Ley Nº 9807 - AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. OTORGAMIENTO DE SUBVENCION
Artículo 1
Destínase de Rentas Generales la cantidad de tres mil pesos ($ 3.000.00) anuales como subvención a la Asociación Uruguaya de Protección a la Infancia, para atender los gastos del Refectorio número 2, que se denominará "Pilar de Herrera de Arteaga".
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BALDOMIR - CESAR CHARLONE - TORIBIO OLASO
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