Ley Nº 9839 - ELEVACION DE CATEGORIA A PUEBLO
Artículo 1
Elévase a la categoría de pueblo, con la denominación de "Agraciada", el núcleo de población de igual nombre, ubicado en la 4.ª sección judicial del Departamento de Soriano.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BALDOMIR - TORIBIO OLASO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.