Ley Nº 9934 - PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. COMERCIO. PRECIOS. PRORROGA
Artículo 1
Prorrógase por el término de seis meses la vigencia de la ley Nº 9.893, de Diciembre de 1939, por la que se faculta al Poder Ejecutivo para adoptar toda clase de medidas necesarias para evitar el aumento de precios, el acaparamiento y la ocultación de los artículos de primera necesidad, enumerados en el artículo 5º de la ley de 20 de Diciembre de 1917 y bajo las sanciones establecidas en la misma.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BALDOMIR - GERVASIO A. DE POSADAS BELGRANO
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