Ley Nº 9976 - GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. AUTORIZACION. BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). PRESTAMOS
Artículo 1
Autorízase al Municipio de Colonia a contratar en cuenta corriente un empréstito por sesenta mil pesos ($ 60.000.00) con el Banco de la República Oriental del Uruguay, amortizable en cinco anualidades, en las condiciones y con las finalidades del decreto de la Junta Departamental de Colonia de 16 de mayo de 1940.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BALDOMIR - P. MANINI RIOS - CESAR CHARLONE
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