Ley Nº 9982 - PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA

Rango Ley
Publicación 1941-01-02
Estado Vigente
Departamento BALDOMIR - PEDRO MANINI RIOS - JAVIER MENDIVIL
Fuente IMPO
artículos 3
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer del saldo no emitido de la deuda creada por ley número 8913 de 3 de Noviembre de 1932, con destino a cancelar las obligaciones pendientes de las Intendencias Municipales de Salto, Treinta y Tres y Río Negro, con la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles, Ministerio de Salud Pública, Dirección de Ganadería y Tesoro Nacional, al 31 de Diciembre de 1938.

Artículo 2

El reintegro de los servicios que demanden las sumas a emitir, será de cargo de las Intendencias Municipales, quedando en vigor todas las disposiciones aplicables de la ley número 8913.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BALDOMIR - PEDRO MANINI RIOS - JAVIER MENDIVIL

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.