Ley Nº 9995 - JUBILACIONES Y PENSIONES. INTERPOSICION DE RECURSOS

Rango Ley
Publicación 1941-01-14
Estado Vigente
Departamento BALDOMIR - ABALCAZAR GARCIA
Fuente IMPO
artículos 3
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

(*)

Artículo 2

Promulgada esta ley, que entrará en vigencia el 1º de Diciembre próximo, el Poder Ejecutivo efectuará en la número 9940, de 2 de Julio de 1940, la correspondiente sustitución.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BALDOMIR - ABALCAZAR GARCIA

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