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AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES

Texto vigente a fecha 1970-01-02

AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Decreto 1117/2015

Apruébase Estructura Organizativa.

Bs. As., 12/6/2015

VISTO el Expediente N° 0121434/2015 del Registro del MINISTERIO DE

PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, la ley N° 27.078,

el Decreto N° 677 de fecha 28 de abril de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.078 se creó, como Autoridad de Aplicación de la

misma, la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS

COMUNICACIONES.

Que en virtud de ello se dictó el Decreto N° 677 de fecha 28 de abril

de 2015, que estableció que la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA

INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, continuadora de la SECRETARÍA DE

COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,

INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y de la COMISIÓN NACIONAL DE

COMUNICACIONES organismo descentralizado de la mencionada Secretaría,

iniciará sus funciones a los TREINTA (30) días contados a partir de la

publicación del mencionado decreto.

Que mediante el artículo 30 del Decreto N° 677/15 se facultó a la

SECRETARIA DE COMUNICACIONES, para que realice todos los actos

necesarios para la constitución y puesta en funcionamiento de la

AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

Que como consecuencia del nuevo escenario y reglas fijadas para el

sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las

Telecomunicaciones y sus recursos asociados, resultan necesarias

acciones inmediatas por parte de las autoridades a fin de dotar al

nuevo organismo de los recursos humanos y materiales necesarios para

dar cumplimiento a su accionar, contemplando la continuidad de las

actividades de regulación, control, fiscalización y verificación a

cargo del Estado Nacional.

Que la conformación de éste nuevo organismo, continuador de dos

estructuras existentes, vuelve necesario contemplar y planificar en

base a la envergadura de las tareas encomendadas y la experiencia de

funcionamiento operativo adquirida, la estructura organizativa hasta el

nivel de Dirección Nacional, General o equivalentes.

Que en razón de la naturaleza dinámica de las actividades que conforman

la competencia de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

Y LAS COMUNICACIONES, resulta conveniente facultar a dicho organismo

para que en el supuesto de ser necesario realice modificaciones sobre

la estructura organizativa inicialmente dispuesta en el presente.

Que el artículo 33 del Decreto N° 677/15 dispuso la composición de la

dotación inicial de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA

INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, transfiriendo el personal dependiente

de la SECRETARÍA DE COMUNICACIONES y de la COMISIÓN NACIONAL DE

COMUNICACIONES a la planta permanente de la primera.

Que en tal entendimiento, y considerando la especialidad del nuevo

Órgano y su régimen laboral específico, es necesaria la concertación

entre la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS

COMUNICACIONES y las asociaciones representativas de los trabajadores

de la misma, de un Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, en el marco

del Convenio Colectivo General para la Administración Pública y la Ley

N° 24.185 de negociación colectiva para el Sector Público.

Que el artículo 83 de la Ley N° 27.078 establece la conformación del

presupuesto de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y

LAS COMUNICACIONES.

Que mediante el artículo 87 la Ley N° 27.078 se dispuso la

transferencia bajo la órbita de competencias de la AUTORIDAD FEDERAL DE

TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES del PLAN NACIONAL DE

TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA CONECTADA”, creado por el Decreto N° 1552

de fecha 21 de octubre de 2010.

Que por lo expuesto, y a los fines de garantizar la operatividad de la

AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

y la continuidad del Plan transferido bajo su órbita, resulta necesaria

la reglamentación de los artículos antes mencionados.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la

SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN

PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 99 incisos 1° y 2° de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º— Apruébase la

estructura organizativa de primer nivel operativo de la AUTORIDAD

FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

organismo descentralizado y autárquico actuante en el ámbito de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de acuerdo al Organigrama y Objetivos,

responsabilidad primaria y acciones, que como Anexos I y II forman

parte integrante del presente.

Art. 2° — Facúltase a la

AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

para realizar modificaciones sobre la estructura organizativa inicial

aprobada por medio del presente decreto, previa intervención de la

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE

de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA

del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Art. 3° — En un plazo de

SESENTA (60) días a partir de la publicación del presente decreto, la

AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

deberá aprobar el proyecto de estructura organizativa correspondiente a

las aperturas inferiores a las que se aprueban por la presente medida.

Art. 4° — Instrúyese al

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para la conformación

de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

para los trabajadores de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA

INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

Art. 5° — Entiéndense como

conceptos comprendidos en el inciso a) del artículo 83 de la Ley N°

27.078 a las tasas, derechos, aranceles y gravámenes incluidos en el

Título VI de la mencionada Ley.

Art. 6° — Sustitúyese el artículo 2° del Decreto N° 1552/2010 por el siguiente:

“ARTÍCULO 2° — Créase la COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN

ESTRATÉGICA DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES ‘ARGENTINA

CONECTADA’ en la órbita de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA

INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, la cual estará presidida por el

Presidente del Directorio de dicha Autoridad, pudiendo el mismo delegar

sus funciones”.

Art. 7° — Sustitúyese el artículo 4° del Decreto N° 1552/2010 por el siguiente:

“ARTÍCULO 4° — La COMISIÓN DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTRATEGICA

DEL PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA CONECTADA” estará

conformada por UN (1) representante de las siguientes jurisdicciones,

cada uno en el marco de sus competencias:

descentralizado, en la órbita del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL,

descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE COMERCIO del

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.”

Art. 8° — Sustitúyese el artículo 5° del Decreto N° 1552/2010 por el siguiente:

“ARTÍCULO 5° — Facúltase a la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA

INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES a reglamentar el funcionamiento de la

COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN ESTRATÉGICA DEL PLAN NACIONAL

DE TELECOMUNICACIONES “ARGENTINA CONECTADA” y, a establecer las

condiciones generales del citado Plan, en donde se determinarán los

procedimientos, las responsabilidades y metodologías que deriven del

mismo”.

Art. 9° —Hasta tanto se

efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención

de las erogaciones de las áreas y funciones transferidas por el

presente decreto serán atendidas con cargo a los créditos

presupuestarios de las jurisdicciones de origen de las mismas.

Art. 10. — Encomiéndase al Jefe

de Gabinete de Ministros, previa intervención del MINISTERIO DE

ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, a efectuar las adecuaciones

presupuestarias necesarias para perfeccionar el cumplimiento de las

disposiciones del presente Decreto.

Art. 11. — Comuníquese,

publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.

ANEXO I

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ANEXO II

AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

OBJETIVOS

1.

Promover, regular y gestionar en materia de las Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones en general, de las telecomunicaciones

en particular y del servicio postal.

2.

Controlar, fiscalizar y verificar en el ámbito de su competencia.

3.

Regular y promover la competencia y el desarrollo eficiente de las

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en general, de las

telecomunicaciones en particular y del servicio postal en el ámbito de

las atribuciones conferidas y demás disposiciones legales aplicables.

4.

Regular, promover y supervisar el uso, aprovechamiento y explotación

del espectro radioeléctrico, los recursos orbitales, los servicios

satelitales, las redes de telecomunicaciones y la prestación de los

servicios de telecomunicaciones y tecnologías digitales, así como del

acceso a la infraestructura activa y pasiva y otros insumos o

facilidades esenciales, sin perjuicio de las atribuciones concurrentes

con otras autoridades.

5.

Regular en materia de lineamientos técnicos relativos a la

infraestructura y los equipos que se conecten a las redes de

telecomunicaciones, así como en materia de homologación y evaluación de

la conformidad de dicha infraestructura y equipos, promoviendo la

industria y la producción nacional en materia de Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones en general, de las telecomunicaciones

en particular y del servicio postal.

6.

Resolver sobre el otorgamiento, la prórroga, la revocación de

licencias, registros, permisos y autorizaciones, así como la

autorización de cesiones o cambios de control accionario, titularidad u

operación de sociedades relacionadas con concesiones en materia de las

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en general, de las

telecomunicaciones en particular.

7.

Adoptar las acciones y medidas necesarias que garanticen la

continuidad en la prestación de los servicios de Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones. Actuar del mismo modo en los casos de

tratarse de servicios de comunicación audiovisual, cuando la Autoridad

en la materia le dé aviso de la existencia de causas de terminación por

revocación o rescate de concesiones, disolución o quiebra de las

sociedades concesionarias.

8.

Planear, fijar, instrumentar, conducir y ejecutar las políticas

públicas y programas de cobertura universal y cobertura social en las

materias de su competencia.

9.

Promover y regular el acceso a las Tecnologías de la Información y

las Comunicaciones y a los servicios de telecomunicaciones, incluido el

de banda ancha e Internet, en condiciones de competencia efectiva.

10.

Expedir disposiciones administrativas de carácter general, planes

técnicos fundamentales, lineamientos, modelos de costos, procedimientos

de evaluación, procedimientos de homologación y certificación y

ordenamientos técnicos en materia de Tecnologías de la Información y

las Comunicaciones y de los servicios de telecomunicaciones así como

demás disposiciones para el cumplimiento de lo dispuesto en su ley de

creación.

11.

Formular y publicar sus programas de trabajo.

12.

Elaborar, publicar y mantener actualizado el Cuadro Nacional de

Atribución de Frecuencias o el Cuadro de Atribución de Bandas de

Frecuencias de la República Argentina (CABFRA), independientemente de

la denominación específica que se determine.

13.

Emitir disposiciones, lineamientos o resoluciones en materia de

interoperabilidad e interconexión de las redes públicas de

telecomunicaciones, como así también imponer obligaciones y condiciones

específicas a los licenciatarios, a efectos de asegurar la libre

competencia y concurrencia en el mercado.

14.

Llevar registro de los acuerdos de acceso e interconexión

celebrados y efectuar el análisis previo a la autorización de una

oferta de referencia.

15.

Resolver de oficio o a petición de parte y establecer los términos

y condiciones de interconexión que no hayan podido convenir los

licenciatarios respecto de las redes públicas de telecomunicaciones.

16.

Emitir lineamientos de carácter general para el acceso y, en su

caso, uso compartido de la infraestructura activa y pasiva, de

conformidad con la normativa vigente.

17.

Resolver los desacuerdos de compartición de infraestructura entre licenciatarios.

18.

Resolver los desacuerdos que se susciten entre licenciatarios de redes de telecomunicaciones.

19.

Resolver las situaciones de interrupción parcial o total, por

hechos fortuitos o causas de fuerza mayor de las vías generales de

comunicación en materia de telecomunicaciones.

20.

Resolver sobre el cambio o rescate de bandas de frecuencia.

21.

Determinar la existencia de actores con poder significativo de

mercado e imponer las medidas necesarias para evitar que se afecte la

competencia y la libre concurrencia.

22.

Declarar la existencia o inexistencia de condiciones de competencia

efectiva en el sector de que se trate y, en su caso, la extinción de

las obligaciones impuestas a los actores con poder significativo de

mercado.

23.

Determinar, autorizar, registrar y publicar las tarifas de los servicios de su competencia.

24.

Requerir a los sujetos regulados bajo la órbita de su competencia

la información y documentación, incluso aquella generada por medios

electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, necesarios para

el ejercicio de sus funciones.

25.

Coordinar acciones con las autoridades del Poder Ejecutivo

Nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

26.

Imponer sanciones por infracciones a las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas.

27.

Procurar la completa neutralidad de las redes y el acceso de la

totalidad de los habitantes de la República Argentina a los servicios

de la información y las comunicaciones en condiciones sociales y

geográficas equitativas, con los más altos parámetros de calidad.

28.

Procurar la accesibilidad y asequibilidad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para toda la población.

29.

Suscribir convenios de cooperación con las provincias, Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y municipios, con la finalidad de establecer

mecanismos de coordinación para el despliegue de redes de

telecomunicaciones.

30.

Ejercer la representación nacional ante los organismos y entidades

nacionales e internacionales en materia de Servicios de TIC y postal,

coordinar la participación del sector privado en los mismos, si así

correspondiera, y ejercer las atribuciones de signatario y parte de

INTELSAT e INMARSAT.

31.

Ejercer la promoción y control de actividades de experimentación de

los particulares en las materias de su competencia, entre ellas las de

los radioaficionados y filatelistas.

32.

Ejercer las competencias que como continuadora de los organismos

preexistentes a su funcionamiento resulten pertinentes, como así

también las dispuestas en la Ley N° 27.078 y su reglamentación de

conformidad a las disposiciones normativas vigentes.

UNIDAD AUDITORÍA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Examinar en forma independiente, objetiva, sistemática e integral el

funcionamiento del sistema de control interno, sus operaciones y el

desempeño en el cumplimiento de sus responsabilidades financieras,

legales y de gestión informando acerca de su eficacia y eficiencia.

• Coadyuvar al cumplimiento de los objetivos institucionales enfocados

hacia el control contributivo y mejora continua de la Gestión Pública.

• Brindar asesoramiento dirigido a contribuir al buen funcionamiento de

la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS

COMUNICACIONES y asistir al Presidente del Directorio en el

mantenimiento de un adecuado sistema de control interno.

ACCIONES

1.

Elaborar el Plan Estratégico de Auditoría o Plan Global y el Plan

Anual de Trabajo de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA conforme las Normas

de Auditoría Interna Gubernamental, el Manual de Control Interno

Gubernamental, los lineamientos y pautas definidas por la SIGEN y por

la máxima autoridad de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA

INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

2.

Evaluar y asesorar en el cumplimiento de planes y metas,

recomendando la corrección de los mismos cuando se produzcan desvíos,

manteniendo un diálogo activo, abierto y constructivo con las áreas

auditadas.

3.

Revisar y evaluar la aplicación del sistema de control interno de la

AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

en sus aspectos operativos, contables, de legalidad y financieros.

4.

Contribuir al adecuado cumplimiento de las funciones asignadas a la

AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

5.

Verificar la observancia de las normas dictadas por la SINDICATURA

GENERAL DE LA NACIÓN en su carácter de órgano rector del sistema de

control interno, como así también cumplir con las resoluciones,

circulares e instructivos emitidos por la misma.

6.

Elaborar informes de auditoría y comunicar sus resultados a la

máxima autoridad de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA

INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y a la SINDICATURA GENERAL DE LA

NACIÓN.

7.

Realizar auditorías enfocadas hacia el control contributivo,

orientando sus resultados a la elaboración de informes de gestión

respecto de áreas, circuitos u operaciones de la AUTORIDAD FEDERAL DE

TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

8.

Brindar asesoramiento en aspectos de su competencia, con una

orientación dirigida a agregar valor al conjunto de la organización.

9.

Propiciar el fortalecimiento del sistema de control interno.

10.

Informar a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN a través del Sistema

Informático de Seguimiento de Recupero Patrimonial (SISREP), el estado

de los procedimientos de recupero pendientes, con la periodicidad que

fije la normativa aplicable a la materia.

11.

Intervenir en los trámites de consolidación del pasivo público.

12.

Efectuar la carga del Planeamiento Anual, los informes de

auditoría, observaciones, medidas correctivas y conclusiones obtenidas

de los informes de auditoría al Sistema de Seguimiento de Informes y

Observaciones (SISIO WEB II).

13.

Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

14.

Producir informes periódicos sobre las auditorías prácticas.

15.

Medir y evaluar la eficiencia de la gestión del Organismo, elaborar

informes relativos a la utilización de manera económica, eficiente y

eficaz de sus recursos y el logro de sus metas, y sugerir soluciones

para aquellos problemas que conspiren contra la consecución de sus

propósitos, en base a criterios objetivos.

16.

Coordinar la elaboración de los descargos que el Organismo deba

presentar con relación a informes emanados de los distintos órganos de

control.

SECRETARÍA GENERAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Entender en la firma del despacho, elevando para su intervención

todos aquellos proyectos que se encuentren analizados desde el punto de

vista técnico legal, coordinando su posterior registro,

protocolización, comunicación y custodia.

• Entender en la recepción y salida de la documentación administrativa,

recibir y despachar la documentación y efectuar el archivo de la

documentación administrativa de todas las dependencias de la AUTORIDAD

FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

• Entender en la coordinación de los trámites administrativos

ingresados, determinando la dependencia con responsabilidad primaria

que deba intervenir.

ACCIONES

1.

Coordinar el registro, trámite y custodia de la documentación

relativa a las reuniones del Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE

TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

2.

Coordinar la recepción, registro, tramitación, comunicación y

notificación de expedientes, proveídos, notas y resoluciones

provenientes de las autoridades, asistiendo a éstas en su firma.

3.

Coordinar el giro de la documentación a las distintas dependencias

de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS

COMUNICACIONES.

4.

Coordinar la publicación de actos administrativos en el Boletín

Oficial, autenticar las firmas de funcionarios de la AUTORIDAD FEDERAL

DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y efectuar la

notificación de resoluciones a las partes involucradas.

5.

Coordinar el registro y guarda de los expedientes, como también de

copia de las notas externas, de las resoluciones y de las disposiciones

suscriptas por las autoridades; así como de la protocolización de la

documentación indicada.

6.

Otorgar vistas y llevar el Registro de Representantes y Domicilios creado por Resolución CNC N° 18/01.

7.

Supervisar el seguimiento de los trámites y asesorar e informar de ello a las autoridades en caso de requerirlo.

UNIDAD DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Intervenir en la difusión de todas las acciones de comunicación que

se realicen desde adentro y hacia afuera de la AUTORIDAD FEDERAL DE

TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

• Entender en las relaciones con los medios de comunicación, procurando mantener una estrecha y eficaz relación.

ACCIONES

1.

Coordinar la relación con los medios de comunicación Nacionales, Regionales y Locales.

2.

Coordinar todas las herramientas de comunicación necesarias con la

finalidad de difundir las actividades que realice la AUTORIDAD FEDERAL

DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

3.

Asistir en la promoción del intercambio institucional y la

generación de posibles convenios de cooperación con instituciones del

ámbito nacional e internacional.

4.

Ejecutar el Plan de Comunicación interna y externa del Organismo.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Entender en la gestión económica, financiera y patrimonial de la

AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

a fin de efectuar una asignación racional de los recursos materiales.

• Entender en la recepción y administración de los fondos por

recaudación y demás ingresos que por disposiciones legales,

reglamentarias o judiciales se asignen a la AUTORIDAD FEDERAL DE

TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

• Entender en el diligenciamiento de todas las actuaciones en que

intervenga la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS

COMUNICACIONES relacionadas con los recursos que administra.

• Ejercer las funciones asignadas por la normativa vigente al Servicio Administrativo y Financiero.

ACCIONES

1.

Administrar los fondos y efectuar el registro contable vinculado con

la gestión económica, financiera y patrimonial, y administrar la

gestión de cobranzas.

2.

Asistir al DIRECTORIO en la planificación y confección del Plan

Anual de Compras de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA

INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y en la fijación de la política de

compras y contrataciones.

3.

Asistir en la definición de políticas sobre la recaudación de las

tasas de control, fiscalización, verificación y derechos

radioeléctricos que percibe la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA

INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, proponiendo sistemas de optimización

de la recaudación.

4.

Cumplir y hacer cumplir, a través de diversos controles, las normas

dictadas por los órganos rectores haciendo un uso apropiado de los

recursos que posee la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA

INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

5.

Elaborar y elevar el presupuesto de cada ejercicio, sus modificaciones y ajustes.

6.

Entender en la tramitación de las compras o locaciones de bienes y

servicios, o cualquier otro tipo de contratación pública o privada que

deba efectuarse.

7.

Entender en la planificación del mantenimiento general de la

estructura edilicia y los demás bienes de la AUTORIDAD FEDERAL DE

TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, para que se

encuentren en óptimas condiciones de operatividad.

8.

Percibir y recaudar las tasas, derechos, multas y aranceles

previstos por la legislación vigente para el sostenimiento o desarrollo

de la actividad.

9.

Recaudar la renta postal prevista por el marco regulatorio de la actividad.

10.

Brindar apoyo técnico, administrativo en los temas de su competencia a todo el Organismo.

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS INSTITUCIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Entender en la formación de la imagen institucional de la AUTORIDAD

FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, con la

finalidad de fortalecer el rol del Estado Nacional en las funciones de

promoción, regulación, gestión y control en materia de las Tecnologías

de la Información y las Comunicaciones, las Telecomunicaciones, sus

recursos asociados y el servicio postal.

• Entender en el desarrollo, difusión y control de todas las acciones

de comunicación que se realicen hacia adentro y hacia afuera de la

AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

• Asistir a las autoridades en las relaciones con el Honorable Congreso

de la Nación, los Gobiernos Provinciales y Municipales, como así

también de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y con las restantes

dependencias del Gobierno Nacional.

ACCIONES

1.

Coordinar y articular la comunicación interna con la finalidad de

difundir las actividades que realice la AUTORIDAD FEDERAL DE

TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES a sus integrantes.

2.

Coordinar administrativa y funcionalmente el Museo de las Comunicaciones y el Centro de Información Técnica.

3.

Intervenir y asistir a sus superiores en materia de Protocolo y

Ceremonial, Prensa y Difusión, y relaciones con otras instituciones.

4.

Supervisar el Centro de Información Técnica y mantener actualizada la biblioteca y el material pertinente.

5.

Desarrollar el Plan de Comunicación interna y externa del Organismo.

6.

Coordinar y mantener las relaciones con las Cámaras representativas

del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

7.

Coordinar la formulación, desarrollo y ejecución de políticas y

estrategias comunicacionales internas y externas de la AUTORIDAD

FEDERAL DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Ejercer las funciones de servicio jurídico permanente de la AUTORIDAD

FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

• Intervenir en la elaboración y análisis de anteproyectos de

legislación general e instrumentación normativa de políticas públicas

del sector y en el perfeccionamiento de las disposiciones legales y

reglamentarias existentes.

• Entender en el patrocinio y asesoramiento jurídico del organismo y su

representación tanto en sede judicial como en sede administrativa.

• Entender en todos los aspectos de índole jurídica que le sean

requeridas, elaborando los dictámenes que correspondieren para las

distintas dependencias del Organismo.

ACCIONES

1.

Asistir en el dictado de regulaciones para el sector de servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

2.

Entender en la elaboración y análisis de los proyectos de la

normativa vinculada a los servicios de Tecnologías de la Información y

las Comunicaciones.

3.

Entender en la elaboración de las normas e instrumentos jurídicos

que recepten los nuevos avances tecnológicos para el sector.

4.

Asistir en la elaboración, aprobación y modificación de los planes técnicos fundamentales.

5.

Analizar y efectuar propuestas relativas a proyectos normativos

originados o destinados a otras jurisdicciones y que sirvan a los

propósitos de regulación, promoción, desarrollo e incentivo en temas de

competencia específica del Organismo.

6.

Promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y

reglamentarias en vigor mediante la realización de los estudios

vinculados con su especialidad.

7.

Administrar el registro de acuerdos entre licenciatarios de acceso e interconexión.

8.

Asistir en la redacción de los pliegos de bases y condiciones para

el llamado a concurso de adjudicación de licencias destinadas a la

prestación de servicios de TIC.

9.

Asistir en la redacción, análisis y evaluación de las propuestas

presentadas en el marco de los llamados a Concursos y/o Subastas

Públicas para la autorización del uso de bandas de frecuencia del

espectro radioeléctrico para la prestación de servicios de

telecomunicaciones.

10.

Intervenir en los sumarios y las actuaciones investigativas

dispuestas por las autoridades de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS

DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES.

11.

Ejercer la representación de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE

LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES, ante la PROCURACIÓN DEL TESORO DE

LA NACIÓN, los distintos Tribunales y Juzgados que conforman el Poder

Judicial de la Nación y los Poderes Judiciales de las provincias y de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otras autoridades oficiales, ya

sean Nacionales, Provinciales y Municipales, en toda gestión que

requiera conocimientos jurídicos específicos.

12.

Intervenir en los procedimientos destinados a la adjudicación,

otorgamiento, modificación, inscripción o caducidad de licencias para

prestar servicios de Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones, verificando en cada caso el cumplimiento de las

condiciones legales vigentes.

13.

Intervenir en la atribución de bandas de frecuencias a efectos de

verificar que se cumpla con la normativa establecida para la gestión

del espectro radioeléctrico.

14.

Sustanciar los procedimientos de ejecución fiscal por falta de pago

de tasas, intereses, multas y demás adicionales establecidos en los

diferentes servicios.

15.

Asistir a las distintas dependencias del Organismo en todos los

aspectos de índole jurídica que le sean requeridas, elaborando los

dictámenes que correspondieren.

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Entender en la gestión del personal a fin de efectuar una asignación

racional de los recursos humanos, con el fin de lograr una mayor

eficiencia y un mejor desempeño del mismo.

• Entender en el diseño y aplicación de políticas y procedimientos de

Recursos Humanos para asegurar la adecuada selección, desarrollo y

capacitación del personal.

• Entender en la liquidación de sueldos y beneficios del personal.

• Entender en la gestión de programas de Seguridad e Higiene, Medicina

Laboral y de Medio Ambiente, que contribuyan a asegurar la salud

ocupacional de los trabajadores.

ACCIONES

1.

Entender en todos los actos administrativos vinculados con el

movimiento del personal desde su ingreso hasta su egreso; mantener las

bases de datos correspondientes permanentemente actualizadas y

debidamente custodiadas.

2.

Liquidar los sueldos del personal y aplicar las normativas

relacionadas con las retenciones, pagos complementarios, y otros de

similar naturaleza.

3.

Aplicar las reglamentaciones inherentes al manejo del personal.

4.

Diseñar, ejecutar y evaluar los planes de capacitación y desarrollo

de los Recursos Humanos, a fin de garantizar el mejoramiento en el

desempeño y la calificación profesional del personal.

5.

Implementar los procesos vinculados a la selección, incorporación, socialización, y retención del personal.

6.

Diseñar, ejecutar y administrar el sistema de valoración del desempeño.

7.

Entender en los procesos asociados a la óptima gestión de las relaciones laborales.

8.

Asesorar al Directorio, Direcciones u otras Áreas del Organismo en materia de gestión de recursos humanos.

9.

Entender en el diseño de las políticas, normas y programas de

Seguridad e Higiene, Medicina Laboral y Medioambiente a fin de

garantizar la eficacia y la eficiencia de las operaciones de prevención

de accidentes y/o enfermedades ocupacionales en el Organismo, de

acuerdo a la normativa vigente en la materia.

10.

Formular e implementar todas aquellas acciones orientadas a crear

un clima laboral que asegure el bienestar del personal de la AUTORIDAD

FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

11.

Elaborar y remitir informes periódicos que sean requeridos por

organismos externos pertenecientes a la Administración Pública Nacional

con competencia en el registro de los recursos humanos.

DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS INFORMATICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Entender en el análisis, actualización y rediseño de los sistemas,

procesos y procedimientos internos con el propósito de sistematizar

informáticamente la gestión de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE

LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

• Entender en la formulación, implementación y seguimiento de proyectos

de sistematización informática de las políticas de gestión interna de

la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS

COMUNICACIONES.

ACCIONES

1.

Asistir a las autoridades de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE

LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, en el diseño e implementación de

proyectos que incorporen sistemas informáticos en la gestión.

2.

Entender en el análisis, diseño y adecuación de los procesos del

Organismo, aplicando criterios de eficacia y eficiencia mediante la

sistematización informática de los mismos.

3.

Entender en la implementación de sistemas informáticos de gestión.

4.

Asistir a las Autoridades en la definición de políticas de desarrollo de sistemas de información.

5.

Entender en los procesos de incorporación, implementación,

modificación y mantenimiento de las Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN

Y LAS COMUNICACIONES.

6.

Asistir a las autoridades en la definición y aplicación de

metodologías y normas relativas a la seguridad y privacidad de la

información de conformidad con la normativa vigente y estándares

aplicables en la materia.

7.

Intervenir en la estandarización de los procesos relacionados con la

gobernabilidad de los proyectos del Organismo, facilitando el uso

compartido de recursos, metodologías, herramientas y técnicas de la

gestión de proyectos.

DIRECCIÓN NACIONAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Asistir a las autoridades en cuestiones propias de las relaciones

internacionales destinadas a potenciar la representación de la

República Argentina en orden a las políticas públicas de las

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

• Asistir a las autoridades en la representación nacional ante los

organismos internacionales y administraciones extranjeras de similares

servicios.

ACCIONES

1.

Asesorar a las autoridades en la formulación de las políticas

públicas de comunicaciones en el orden internacional, de conformidad a

los lineamientos de la política exterior del Gobierno Nacional.

2.

Asistir a las Autoridades de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE

LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES en el mantenimiento de las

relaciones internacionales con entidades intermedias y organizaciones

no gubernamentales.

3.

Asistir a los representantes de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS

DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES cuando concurran ante los

organismos internacionales que correspondan y coordinar la difusión de

los tratados, acuerdos o convenios que resulten de ello.

4.

Coordinar las relaciones con la Unión Internacional de

Telecomunicaciones (UIT), Comisión Interamericana de Telecomunicaciones

(CITEL), Unión de Naciones Sudamericanas (UNASUR), Unión Postal

Universal (UPU), Unión Postal de las Américas, España y Portugal

(UPAEP), Mercado Común del Sur (MERCOSUR), Organización Mundial de

Comercio (OMC) - Grupo de Negociación sobre Telecomunicaciones Básicas

(GNTB), Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satélite

(ITSO), Organización Internacional de Telecomunicaciones Móviles por

Satélite (IMSO), Organización Internacional de Telecomunicaciones

Marítimas por Satélite (INMARSAT), en especial con sus organismos

técnicos, como así también con todas aquellas otras Organizaciones que

guarden relación con los fines de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS

DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

5.

Intervenir en la elaboración y negociación de tratados, acuerdos y

convenios internacionales en las materias de su competencia.

DIRECCIÓN NACIONAL DE ATENCION DE USUARIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Entender en todo lo relativo a la atención de los usuarios de

servicios de TIC, en el asesoramiento acerca de los derechos y

obligaciones que los asisten y los procesos sancionatorios que a su

respecto se inicien, según la normativa vigente.

• Ejercer la representación federal del Organismo en materia de

usuarios a través de la dirección y supervisión de las actividades

desarrolladas por las dependencias que el organismo disponga como

centros o puntos de atención al usuario en el territorio nacional.

ACCIONES

1.

Entender en la organización y funcionamiento técnico, operativo y

administrativo de las dependencias que el organismo disponga como

centros o puntos de atención al usuario en el territorio nacional.

2.

Entender en la planificación de actividades desarrolladas por las

dependencias que el organismo disponga como centros o puntos de

atención al usuario en el territorio nacional, coordinando y

promoviendo el control regional, optimizando la disponibilidad de

recursos humanos y materiales asignados a las distintas áreas.

3.

Brindar atención a los usuarios y evacuar sus consultas sobre

servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

4.

Analizar, impulsar e instruir los reclamos de los usuarios de

servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

5.

Entender en la resolución de los conflictos originados en denuncias

de usuarios de los servicios de Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones.

6.

Intervenir en el dictado de normas y procedimientos de atención al

público y de tramitaciones de reclamos de usuarios de servicios de

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

7.

Coordinar planes de acción a fin de asistir a la Dirección Nacional

de Control y Fiscalización en los procedimientos y ejecución de las

tareas de control y fiscalización a los prestadores de servicios de

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el ámbito de su

competencia, a través de la dependencia que corresponda.

8.

Entender en los procesos sancionatorios a los prestadores de

servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones que

hayan incurrido en incumplimientos a la normativa vigente, desde su

impulso hasta su sanción.

9.

Perfeccionar los mecanismos para efectuar los reclamos y hacer

efectivos los derechos de los usuarios de los servicios de Tecnologías

de la Información y las Comunicaciones.

DIRECCIÓN NACIONAL DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Entender en la tramitación de las autorizaciones para el uso,

instalación y puesta en funcionamiento de servicios y/o sistemas de

comunicaciones fijas, móviles, terrestres, marítimas, espaciales y

aeronáuticas que utilizan el espectro electromagnético.

• Entender en el otorgamiento de autorizaciones y/o permisos

correspondientes a la instalación y puesta en funcionamiento de los

servicios de telecomunicaciones y radiocomunicaciones, excepto los de

Radiodifusión.

• Entender en la Asignación de Frecuencias destinadas al uso eficiente del Espectro Radioeléctrico.

ACCIONES

1.

Intervenir en la asignación de las frecuencias de los distintos

servicios de telecomunicaciones y de radiocomunicaciones estableciendo

los criterios técnicos correspondientes.

2.

Gestionar las acciones relacionadas con las autorizaciones y/o

permisos correspondientes para la instalación y puesta en

funcionamiento de estaciones radioeléctricas que hacen al uso del

espectro electromagnético.

3.

Entender en los procedimientos técnicos y reglamentarios de

autorización, registro, coordinación nacional e internacional, y

notificación internacional de estaciones terrenas y las cuestiones

vinculadas con el uso del espectro radioeléctrico.

4.

Entender en los procesos para el otorgamiento de autorizaciones, permisos y asignaciones.

DIRECCION NACIONAL DE CONTROL Y FISCALIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Entender en la fiscalización del cumplimiento de las condiciones

técnicas, económicas, financieras y de calidad establecidas para la

prestación de Servicios de TIC.

• Entender en el control del cumplimiento de las condiciones que se

establezcan a los prestadores de servicios de Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones conforme los alcances de sus licencias.

• Entender en el proceso sancionatorio por incumplimiento a la

normativa vigente en materia de Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones y telecomunicaciones que expresamente no estén asignadas

a otra dependencia.

• Entender en los requerimientos formulados por las autoridades

Judiciales y/o Policiales de todo el país, realizando diligencias y

peritajes relacionados con infracciones cometidas sobre servicios de

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o valiéndose de

ellos.

• Entender en la supervisión del uso y explotación del espectro

radioeléctrico, determinando la existencia y localizando las fuentes de

interferencias perjudiciales y estaciones radioeléctricas no

autorizadas.

• Entender en la comprobación del cumplimiento de las normas legales o

reglamentarias relacionadas con el uso del espectro radioeléctrico, y

las condiciones técnicas y operativas particulares de cada estación

autorizada.

• Entender en el proceso sancionatorio consecuencia de las inspecciones y comprobaciones técnicas efectuadas.

• Intervenir en las inspecciones técnicas y de habilitación de los

distintos servicios y sistemas de radiocomunicaciones y así como en la

tramitación de actuaciones administrativas que puedan originar

aplicación de sanciones por infracción a las condiciones técnicas y

reglamentarias, establecidas para las estaciones autorizadas.

• Entender en toda otra tarea de control y fiscalización asignada al Organismo por la normativa vigente.

ACCIONES

1.

Analizar el comportamiento técnico y operativo de los prestadores

del servicio público esencial y estratégico de Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones en competencia a efectos de constatar

que se brinde en condiciones de generalidad, uniformidad, regularidad y

continuidad.

2.

Analizar el comportamiento técnico y operativo de las prestadoras de

servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a

efectos de alcanzar un nivel de calidad satisfactorio, según los

estándares fijados por la normativa vigente.

3.

Requerir a los licenciatarios la información y documentación

necesaria para el cumplimiento de sus responsabilidades primarias.

4.

Analizar, impulsar e instruir los procesos sancionatorios a los

prestadores de servicios de Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones por incumplimientos a la normativa vigente, y elevar,

cuando corresponda, el proyecto de sanción respectivo, en relación a

los procesos asignados a su Dirección.

5.

Planificar y ejecutar tareas de control y fiscalización a los

prestadores de servicios de Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones, a través de la dependencia que corresponda.

6.

Efectuar los controles operativos y demás funciones emergentes del

poder de policía conferido a la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGIAS DE LA

INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

7.

Elaborar informes y confeccionar cuadros estadísticos de

deficiencias en los servicios para la redacción de reportes

comparativos.

8.

Fiscalizar el cumplimiento de los indicadores de calidad de servicio y de los planes anuales de obras e inversiones.

9.

Receptar, detectar y proponer soluciones a las interrupciones o deficiencias en la prestación de los servicios.

10.

Controlar la correcta aplicación y facturación de las tarifas y/o precios y/o promociones.

11.

Revisar los acuerdos internacionales de tráfico y enrutamiento e

intervenir en el dictado de normas para elección de los corresponsales

del servicio internacional.

12.

Realizar controles contables y de costos de las licenciatarias.

13.

Colaborar en el dictado de normas y procedimientos de atención al

público, de tramitaciones de reclamos e inspecciones a los servicios de

TIC que impliquen la defensa de los derechos de los usuarios y efectuar

la difusión de las mismas.

14.

Controlar el cumplimiento de las normas que fijen asimetrías

regulatorias entre licenciatarios en materia de acceso e interconexión

y su progresiva reducción, a fin de fomentar la competencia.

15.

Entender en la clausura o secuestro de instalaciones

radioeléctricas no autorizadas o en infracción, incluyendo las de

radiodifusión, con el concurso del poder judicial y la fuerza pública.

16.

Entender en el dictado de medidas previas al inicio del proceso sancionatorio.

17.

Entender en el dictado de medidas cautelares en el proceso sancionatorio.

18.

Entender en la comprobación del cumplimiento de las normas

relacionadas con el uso del espectro radioeléctrico, y las condiciones

técnicas y operativas particulares de cada estación autorizada.

19.

Efectuar las inspecciones técnicas a estaciones radioeléctricas

para verificar los protocolos de autorización cuando corresponda.

20.

Entender en la tramitación de actuaciones administrativas que

puedan originar la aplicación de sanciones por infracciones a las

condiciones técnicas y reglamentarias establecidas para las estaciones

autorizadas.

21.

Coordinar administrativa y operativamente el Sistema Nacional de Comprobaciones Técnicas de Emisiones.

22.

Realizar las tareas de instalación y mantenimiento de los equipos

radioeléctricos y sistemas asociados, que conforman el Sistema Nacional

de Comprobación Técnica de Emisiones en la jurisdicción territorial

asignada.

23.

Entender en la medición de los parámetros técnicos cuyo objeto sea

investigar el medio de propagación tendiente a optimizar la

planificación del uso del espectro radioeléctrico.

DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION ECONOMICA TIC

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Recolectar, procesar y analizar información estadística del mercado

de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la

realización de estudios, proyecciones e investigaciones tendientes a

determinar la evolución del mercado en el sector.

• Procurar el mantenimiento de la competencia y libre concurrencia en

materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a fin de

evitar conductas anticompetitivas, prácticas predatorias y/o

discriminatorias entre los prestadores con poder significativo de

mercado respecto de los demás actores.

• Intervenir en el otorgamiento de la licencia para la prestación de los Servicios de TIC.

• Entender en el planeamiento económico estratégico de los Servicios de TIC.

ACCIONES

1.

Impulsar las adecuaciones económicas necesarias del sector en

función de las estadísticas obtenidas en base a la información

existente.

2.

Entender en la realización de estudios y estadísticas técnicas y

económicas de servicios de Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones.

3.

Intervenir en la fiscalización del cumplimiento de los planes anuales de obras e inversiones.

4.

Colaborar en la fiscalización y control de la correcta aplicación y

facturación de las tarifas y/o precios y/o promociones, entendiendo en

sus modificaciones y efectuando comparaciones internacionales.

5.

Intervenir en los controles contables y de costos de las licenciatarias.

6.

Entender en el análisis de las Ofertas de Interconexión de

Referencia y resolver los conflictos que se susciten por acceso e

interconexión, ya sea interviniendo de oficio o a pedido de parte para

la modificación del acuerdo.

7.

Determinar la existencia de actores con poder significativo de mercado.

8.

Entender en la declaración de la existencia o inexistencia de

condiciones de competencia efectiva en el sector de que se trate y, en

su caso, la extinción de las obligaciones impuestas a los actores con

poder significativo de mercado.

9.

Determinar, autorizar, registrar y publicar las tarifas de los servicios.

10.

Entender en el establecimiento de condiciones particulares de

acceso e interconexión con las redes que fueran propiedad del Estado

Nacional o de sociedades con participación estatal mayoritaria.

11.

Intervenir en la declaración de la existencia o inexistencia de

condiciones de competencia efectiva en el sector de que se trate y en

su caso, la extinción de las obligaciones impuestas a los actores con

poder significativo de mercado.

DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACION TECNOLOGICA TIC

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Entender en la administración, gestión y optimización de los recursos

órbita-espectro correspondientes a redes satelitales, de conformidad

con los tratados internacionales suscriptos por el país.

• Gestionar el Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones.

• Entender en la gestión de órbitas de satélites y en la disposición de

las medidas relativas a la provisión de enlaces satelitales.

• Asesorar a las autoridades en el diseño, elaboración, actualización y

desarrollo de la reglamentación, normativa y planes técnicos; como así

también en materia de políticas regulatorias de los servicios de

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

• Entender en el planeamiento estratégico de los distintos servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

• Intervenir en la planificación y desarrollo de políticas públicas que

permitan universalizar los servicios de Tecnologías de la Información y

las Comunicaciones para facilitar el acceso a la información y el

conocimiento, específicamente donde exista desigualdad en el acceso y

uso de los recursos.

ACCIONES

1.

Administrar el espectro radioeléctrico a efectos de garantizar el

uso eficiente para promover la prestación competitiva de servicios de

telecomunicaciones y dar estricto cumplimiento a las normas nacionales

e internacionales y a los convenios y tratados internacionales en la

materia.

2.

Efectuar el seguimiento del uso de la capacidad satelital, y

tramitar ante las distintas organizaciones internacionales de

comunicaciones por satélites las solicitudes efectuadas por las

empresas del sector.

3.

Entender en las tareas de mantenimiento del registro de frecuencias

y notificación de asignaciones ante la Unión Internacional de

Telecomunicaciones para los servicios terrenales.

4.

Entender la homologación y certificación de equipos de telecomunicaciones que hacen uso del espectro electromagnético.

5.

Colaborar en la elaboración de normas técnicas relacionadas con la homologación, codificación o autorización de equipos.

6.

Intervenir en los procesos para la expedición de las licencias, autorizaciones, permisos y asignaciones.

7.

Intervenir en el análisis de los aspectos técnicos y regulatorios

relacionados con la interconexión de las redes de telecomunicaciones.

8.

Elaborar y administrar los Planes Fundamentales Nacionales de Telecomunicaciones.

9.

Entender en la gestión y actualización del “Cuadro de Atribución de

Bandas de Frecuencias en la República Argentina” o del “Cuadro de

Atribución de Bandas de Frecuencias de la República Argentina

(CABFRA)”, independientemente de la denominación específica que se

determine.

10.

Cooperar en la evaluación y formulación de criterios técnicos y

medidas pertinentes para asegurar los estándares de calidad y

prestación de los servicios de telecomunicaciones y radiocomunicaciones.

11.

Intervenir en el planeamiento estratégico en materia regulatoria de los servicios de TIC.

12.

Intervenir en la realización de proyectos relacionados con la

incorporación de nuevas tecnologías y servicios para el sector de las

telecomunicaciones con el objetivo de disminuir la brecha digital.

13.

Colaborar en la preparación de planes, programas y especificaciones

necesarias para la participación de la República Argentina en foros

nacionales, regionales e internacionales relacionados con temas

regulatorios y los vinculados con las comunicaciones y las Tecnologías

de la Información y las Comunicaciones.

14.

Proponer actualizaciones de la normativa técnica y planes técnicos

fundamentales para adaptarlos a los cambios tecnológicos con el fin de

permitir nuevas tecnologías o servicios.

DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS PÚBLICAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Entender en la elaboración, implementación y monitoreo de proyectos

de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones tendientes a

fomentar su desarrollo, uso, aprovechamiento y explotación eficiente.

• Administrar y gestionar los proyectos de Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones de manera que procuren el federalismo

y la inclusión social, promoviendo la competencia efectiva.

• Entender en la implementación de políticas públicas y programas de

cobertura universal, cobertura social y continuidad de la prestación de

los servicios de TIC.

• Entender en la conformación de políticas públicas y programas

tendientes al cumplimiento de los objetivos y finalidades establecidos

en la Ley N° 27.078 y las normas que con posterioridad se dicten en

razón de la misma.

ACCIONES

1.

Promover planes y programas destinados a la universalización de las

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, al desarrollo de

economías regionales, al acceso a las mismas en condiciones sociales y

geográficas equitativas y de calidad, a la neutralidad de las redes y

al desarrollo sustentable.

2.

Coordinar y supervisar la ejecución de todos los Programas y Planes

en curso o a iniciar, que de alguna forma se relacionen con los

servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y que

sean específicamente colocados bajo la órbita de la AUTORIDAD FEDERAL

DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

3.

Entender en la implementación de los convenios celebrados con otros

organismos del Estado y del sector privado y organismos no

gubernamentales, que posibiliten la promoción y el desarrollo de los

servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

vinculados al servicio universal y al despliegue de las redes de

telecomunicaciones.

4.

Asesorar a los establecimientos educativos de gestión estatal,

primarios, secundarios, terciarios, universitarios y a las comunidades

de pueblos originarios respecto a la viabilidad de instalación y puesta

en funcionamiento de servicios de Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones en los mismos.

5.

Proponer medidas de relevamiento, monitoreo y confección de informes

relacionados con los proyectos especiales de Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones.

6.

Colaborar en la elaboración de procedimientos para regímenes de

implementación de servicios de Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones en zonas de baja densidad demográfica y/o alta

vulnerabilidad social.

7.

Controlar las rendiciones de los fondos ejecutados correspondientes

a los proyectos especiales de Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones.

8.

Organizar e impulsar programas y políticas que propendan al fomento

del derecho a la información, el federalismo, la inclusión social y el

fortalecimiento de las Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones.

9.

Realizar monitoreos de los proyectos especiales de Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones, evaluando el impacto producido por su

implementación, a través de informes que contengan indicadores para

efectuar dicha medición.

10.

Implementar políticas públicas, programas y líneas de acción

destinadas a fortalecer el desarrollo sustentable de las Tecnologías de

la Información y las Comunicaciones.

11.

Entender en el diseño, aplicación y monitoreo de proyectos

especiales que fomenten y resguarden los mercados regionales,

establezcan incentivos para el despliegue de infraestructura regional y

fortalecimiento de actores locales y también asimetrías regulatorias

como instrumentos de universalización tendientes al desarrollo de una

efectiva competencia.

12.

Participar en la elaboración de los lineamientos de carácter

general para el acceso y, en su caso, uso compartido de la

infraestructura activa y pasiva.

DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS POSTALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

• Controlar el cumplimiento de la normativa vigente en materia postal y

telegráfica por parte de los operadores del mercado postal y

telegráfico.

• Entender en la habilitación de Operadores para desarrollar la

actividad postal, administrando el Registro Nacional de Prestadores de

Servicios Postales.

• Verificar que los servicios postales sean prestados conforme las condiciones de calidad previstas por las normas vigentes.

• Entender en la tramitación y resolución de los reclamos que efectúen

los usuarios de servicios postales, u otras partes interesadas, y

administrar los registros correspondientes.

• Entender en la tramitación de actuaciones por incumplimientos a la

normativa vigente en materia postal, promover la aplicación de las

sanciones pertinentes, y administrar los registros correspondientes.

ACCIONES

1.

Efectuar los controles, inspecciones, operativos y demás funciones de Policía Postal.

2.

Producir estadísticas del mercado postal y telegráfico local e

internacional, realizar estudios técnicos y económicos sobre el mismo.

3.

Auditar los servicios prestados por el Correo Oficial.

4.

Entender en los procedimientos destinados a la inscripción y

habilitación de prestadores de Servicios Postales, verificando en cada

caso el cumplimiento de las condiciones legales vigentes.

5.

Controlar el cumplimiento de las normas en materia postal, para la

emisión de certificados de inscripción, y el mantenimiento de la

autorización para prestar servicios postales y telegráficos.

6.

Realizar la atención y tramitación de consultas y reclamos de usuarios postales y entender en su proceso sancionatorio.

7.

Ejecutar las acciones tendientes a prevenir conductas

anticompetitivas en el mercado postal y promover su sanción en caso que

se verifiquen.

8.

Fiscalizar los procedimientos de apertura de envíos caídos en rezago.

9.

Intervenir y colaborar en la elaboración de normas específicas para

el control del Correo Oficial, la determinación y alcance del servicio

postal básico universal, la calidad de sus servicios y demás

obligaciones vinculadas a la prestación.

10.

Efectuar la planificación de las actividades de control postal,

aplicando y controlando el cumplimiento efectivo de la normativa

vigente en la materia.

11.

Administrar los registros del Correo Oficial, el Registro Nacional

de Prestadores de Servicios Postales, el Subregistro de Prestadores de

Servicios de Mensajería y/o todo registro especial establecido por la

normativa pertinente.