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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 132/2015

Dase por designada la Directora Nacional de Atención a Grupos en Situación de Vulnerabilidad.

Bs. As., 27/1/2015

VISTO el Expediente N° S04:0031863/2014 del registro del MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 491

del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de

diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.008, se estableció que las

Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán

cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su

sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo

decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER

EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10

de esa misma ley.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos,

que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración

Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente

y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a

propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura

transitoria del cargo vacante financiado de Director Nacional de la

DIRECCION NACIONAL DE ATENCION A GRUPOS EN SITUACION DE VULNERABILIDAD,

Nivel A - Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel I, del Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08,

dependiente de la SUBSECRETARIA DE PROTECCION DE DERECHOS HUMANOS de la

SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la citada Dirección Nacional.

Que la persona propuesta reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo a cubrir.

Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria

resulta necesario desigdesignar a la persona que se propone con

carácter de excepción a lo establecido por el artículo 7° de la Ley N°

27.008 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos

mínimos de acceso al Nivel A establecidos en el artículo 14 del

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°

2098/08.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto N° 601/02.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del citado Ministerio.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de

los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.008 y del artículo 1° del Decreto

N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por

designada transitoriamente, a partir del 23 de abril de 2014 y por el

término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la

fecha del presente decreto, a la licenciada María Soledad PAVESI

(D.N.I. N° 30.243.099), en el cargo de Directora Nacional de la

DIRECCION NACIONAL DE ATENCION A GRUPOS EN SITUACION DE VULNERABILIDAD

dependiente de la SUBSECRETARIA DE PROTECCION DE DERECHOS HUMANOS de la

SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS, Nivel A - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la

Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado

por el Decreto N° 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por

el artículo 7° de la Ley N° 27.008 y con autorización excepcional por

no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel

A, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 del citado

Convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado

deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de

selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los

Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de

Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de

CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del

presente decreto.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos

asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio C. Alak.