MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
de vida de la población.
ACCIONES
Asistir en la formulación de propuestas sobre políticas y medidas
sectoriales de mejora genuina de la competitividad, de acuerdo a los
lineamientos de la política económica nacional.
Coordinar la organización de instancias de articulación entre los
sectores empresariales, de trabajadores y estatales para la
identificación de las necesidades de infraestructura física, logística,
formación de recursos humanos, acceso a la tecnología y el conocimiento
y otros factores que hacen a la competitividad de los distintos
sectores productivos de la economía nacional.
Diseñar y presentar para su aprobación los instrumentos de política
que sean necesarios para cumplir con objetivos y metas de mejora
genuina de la competitividad.
Asistir en la formulación de planes de articulación o coordinación
del sector empresario con el sistema científico-tecnológico, así como
con las instituciones que entienden en la formación y capacitación de
recursos humanos afines a la participación en las distintas actividades
de innovación, sean éstas de carácter tecnológico, organizacional o en
el ámbito de la comercialización de bienes y servicios.
Evaluar y coordinar con la Dirección Nacional de Inversión Pública y
los organismos ejecutores de obras los requerimientos de
infraestructura necesarios para la mejora de la competitividad de
sectores productivos específicos y de la economía nacional.
Realizar los análisis, estudios y diagnósticos que permitan
identificar los limitantes a la competitividad internacional del país,
los sectores productivos y las regiones.
Elaborar y presentar los programas y proyectos que aceleren los
procesos de difusión tecnológica, de mejoramiento de la calidad, de
formación de recursos humanos de alto nivel técnico, profesional y
científico, de desarrollo de clusters, de modernización de la
infraestructura económica y tecnológica, de inversión en actividades de
innovación, y de creación de empresas de base tecnológica y de
productos de alto valor agregado.
Diseñar y establecer un sistema de información sobre mejores
prácticas y otros elementos que incidan en la mejora de la
productividad global y de las firmas para una diseminación y difusión
efectiva de las mismas.
Colaborar con la Dirección Nacional de Coordinación de Políticas
Productivas en el monitoreo de la ejecución de programas productivos
implementados en la órbita de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y
MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD.
Coordinar el diseño, ejecución y monitoreo del Programa de Fomento
al Consumo y la Producción "AHORA 12" y otros de similares
características.
Coordinar el diseño, ejecución y monitoreo del Programa "PROCREAUTO" y otros de similares características.
Colaborar en el diseño, ejecución y monitoreo del Programa de
Fomento a la Producción y Comercialización de Aparatos Eléctricos de
Uso Doméstico "RENOVATE" y otros de similares características.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y
MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD
SUBSECRETARIA DE MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD
DIRECCION DE POLITICA ECONOMICA EXTERNA
(Subsecretaría, Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir y asesorar en los temas
inherentes a los instrumentos de la política de comercio exterior, así
como en lo vinculado con el MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y otros
espacios integrados, en lo que es materia de su competencia.
ACCIONES
Efectuar el seguimiento de las
políticas de comercio exterior y de las negociaciones económicas y
comerciales internacionales, y evaluar su impacto en el desarrollo
productivo interno.
Asistir a la SUBSECRETARÍA DE MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD en el
seguimiento y análisis de la política arancelaria de comercio exterior.
Asistir a la SUBSECRETARÍA DE MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD en el
seguimiento de las políticas de reembolsos y reintegros a la
exportación y de seguro de crédito a la exportación.
Asistir a la SUBSECRETARÍA DE MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD en los
temas inherentes a regímenes de precios índice salvaguardias,
antidumping y otros instrumentos complementarios de la política de
comercio exterior.
Intervenir en los trámites relacionados con derechos de importación
y exportación, Arancel Externo Común del MERCADO COMUN DEL SUR
(MERCOSUR), reintegros impositivos a la exportación y regímenes de
salvaguardias y antidumping, con la finalidad de informar sobre la
compatibilidad de las propuestas con los criterios generales de la
política arancelaria externa.
Diagnosticar sobre los niveles de protección efectiva y sesgos anti
y pro exportadores que pudieran estar implícitos en la estructura
arancelaria vigente, con el objeto de sugerir las modificaciones que
hagan más eficiente y competitivo el aparato productivo nacional.
Asistir a los representantes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD y del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS ante los grupos y comisiones de trabajo del MERCADO
COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y otros espacios económicos integrados, en los
temas vinculados con la competencia específica de dicha Secretaría.
Asistir a la SUBSECRETARÍA DE MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD en las
tareas vinculadas con la coordinación de políticas comerciales y
productivas con otros países, particularmente los integrados al MERCADO
COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y participar en las tareas orientadas a la
armonización de información económica y estadística con esa finalidad.
Suministrar a la SUBSECRETARÍA DE MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD la
información necesaria para evaluar las iniciativas de incorporación a
espacios de integración económica regional y extrarregional y brindar
el apoyo técnico para el seguimiento de esos procesos.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
(Subsecretaría, Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE CONCESIONES DE OBRAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Implementar las acciones necesarias que permitan garantizar la
supervisión e inspección técnica y ambiental, el control económico,
administrativo, contable y legal de las obras contratadas en función de
lo dispuesto por el Decreto N° 863/93.
ACCIONES
Instrumentar mecanismos de control del cumplimiento de las normas
legales y reglamentarias aplicables a los contratos acordados en el
marco del Decreto N° 863/93.
Dirigir las acciones de las áreas encargadas de recabar, procesar y
generar información fidedigna y confiable que sirva de base para
establecer tarifas y precios razonables para los servicios licitados en
el marco del Decreto N° 863/93.
Coordinar acciones con los organismos encargados de ejecutar las políticas ambientales en las distintas jurisdicciones.
Promover la transparencia y la protección de los usuarios en los mecanismos de reglamentación y en las acciones de control.
Asistir técnicamente a las autoridades nacionales en las materias de su competencia.
Evaluar y resolver los requerimientos del concesionario, que
correspondan según lo previsto en los pliegos de bases y condiciones
aplicables.
Resolver sobre el cumplimiento de los objetivos de las etapas de dragado y demás objetivos planteados con el concesionario.
Tomar las medidas que considere necesarias para cumplir con los objetivos previstos en el Decreto N° 863/93.
Elevar a consideración los informes necesarios para que la autoridad
competente establezca tarifas y precios razonables para los servicios
licitados.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARÍTIMO
(Subsecretaría, Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Elaborar, proponer y ejecutar las políticas, planes y programas referidos al transporte fluvial, marítimo y lacustre.
ACCIONES
Participar en la elaboración de la política concerniente a la Marina
Mercante Nacional, tendiendo a alcanzar niveles de competitividad en el
mercado internacional y una adecuada participación del transporte por
agua en tráficos de cabotaje.
Intervenir en las negociaciones e implementar los convenios y
acuerdos de transporte fluvial, marítimo y lacustre de cooperación en
la materia, a nivel nacional e internacional, e intervenir en las
reuniones de los organismos internacionales vinculados al sector.
Coordinar los estudios relativos al área, proponer las acciones para
que la Marina Mercante Nacional alcance niveles de competitividad en el
mercado internacional y efectuar los estudios para la determinación de
las tarifas de fletes y condiciones del transporte.
Intervenir en la aplicación de las normas sobre el servicio de practicaje y pilotaje para los ríos, puertos y canales.
Asesorar a los organismos oficiales y privados en relación con los
requerimientos de las actividades navieras y conexas en el ámbito del
país.
Intervenir en los estudios técnicos, económicos e institucionales
vinculados con el "PROGRAMA DE LA HIDROVÍA PARAGUAY - PARANÁ", en las
reuniones correspondientes.
Supervisar las actividades vinculadas al registro, tráfico y servicios de transporte por agua de pasajeros y cargas.
Supervisar el cumplimiento de las normas atinentes a la industria e infraestructura naval.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE PUERTOS
(Subsecretaría, Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Elaborar, proponer y ejecutar las políticas, planes y programas definidos por la Autoridad Portuaria Nacional.
ACCIONES
Planificar y controlar el cumplimiento de las políticas, planes y programas de la Autoridad Portuaria Nacional.
Asesorar técnicamente en materia portuaria a la Autoridad Portuaria
Nacional y a los organismos públicos y/o privados que lo requieran.
Intervenir en el control de los procedimientos de habilitación de puertos.
Coordinar la acción de los distintos organismos del ESTADO NACIONAL y entes privados que interactúan en el ámbito portuario.
Fiscalizar las actividades operativas de los puertos de acuerdo con la legislación vigente.
Intervenir en la aplicación del régimen disciplinario por el
incumplimiento de las disposiciones legales y/o reglamentarias en que
incurrieran los titulares de las administraciones portuarias públicas y
privadas.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE VÍAS NAVEGABLES
(Subsecretaría, Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Efectuar la propuesta y control de ejecución de las políticas y planes referidos a la actividad en las vías navegables.
ACCIONES
Elaborar y proponer políticas relativas a la promoción de
emprendimientos que involucren la participación del personal y los
activos de la Dirección Nacional de Vías Navegables.
Coordinar estudios para la actualización de la normativa vigente en
lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos,
seguros, régimen tarifario y toda otra norma vinculada con las acciones
de su competencia.
Asistir al Subsecretario de Puertos y Vías Navegables en la elaboración y desarrollo de las políticas del sector.
Ejercer el control de los trabajos de dragado, balizamiento y relevamiento de las vías navegables troncales.
Participar en el proceso de otorgamiento de concesiones y dictado de
declaratorias para la ejecución de obras en las Vías Navegables.
Intervenir y preparar la documentación y especificaciones relativas
a los trabajos de dragado, relevamiento y señalización por
administración o por terceros.
Programar y supervisar la distribución y movimiento de embarcaciones y equipos para el cumplimiento de sus objetivos.
SECRETARIA DE COMERCIO
SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
DIRECCION DE ACTUACIONES POR INFRACCION
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en el desarrollo de las
acciones vinculadas con las actuaciones por infracción a las Leyes
Nros. 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 de Metrología
Legal, 22.802 de Lealtad Comercial, 20.680 de Abastecimiento, 24.240 de
Defensa del Consumidor y 25.065 de Tarjetas de Crédito, sus normas
modificatorias y complementarias.
ACCIONES
Controlar las distintas etapas en
la sustanciación de los sumarios para el juzgamiento en sede
administrativa, de las infracciones a las Leyes Nros. 19.227 de
Mercados de Interés Nacional, 19.511 de Metrología Legal, 22.802 de
Lealtad Comercial, 20.680 de Abastecimiento, 24.240 de Defensa del
Consumidor y 25.065 de Tarjetas de Crédito.
Elaborar informes sobre la marcha de las actuaciones originadas por
aplicación de las Leyes Nros. 19.227, 19.511, 20.680, 22.802, 24.240 y
25.065.
Administrar el Registro Nacional de Infractores, previsto en el
Artículo 49 del Anexo 1 al Decreto N° 1.798 de fecha 13 de octubre de
1994, reglamentario de la Ley N° 24.240.
Contestar las requisitorias del PODER JUDICIAL, referidas a los
sumarios originados en infracciones a las Leyes Nros. 19.227, 19.511,
20.680, 22.802, 24.240 y 25.065.
Mantener actualizada la base de datos correspondiente al registro de
reincidentes previsto según la Ley N° 24.240 y al de Infractores a la
Ley No 20.68
SECRETARIA DE COMERCIO
SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
DIRECCION NACIONAL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y ARBITRAJE DE CONSUMO
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Ejecutar las acciones tendientes a
asegurar una correcta aplicación y control de las políticas vinculadas
con la defensa del consumidor, así como asegurar el cumplimiento de la
normativa aplicable en el ámbito de su competencia.
Coordinar las funciones de superintendencia del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo.
ACCIONES
Coordinar las acciones vinculadas con la aplicación de la Ley N°
24.240 de Defensa del Consumidor y el Título 1 de la Ley N° 26.993 de
Servicio de Conciliación Previa de las Relaciones de Consumo.
Coordinar la elaboración de propuestas de reglamentación específica
de la Ley N° 24.240, del Título 1 de la Ley N° 26.993 y de las
resoluciones que en su consecuencia se dicten.
Verificar el cumplimiento de dichas propuestas y asesorar en la implementación de políticas para su divulgación.
Establecer y mantener contactos sobre temas de consumo con otros
organismos públicos y privados y con las asociaciones privadas de
consumidores, y coordinar la administración del Registro Nacional de
Asociaciones de Consumidores.
Centralizar la recepción, registro y tratamiento de las inquietudes y denuncias de los consumidores o usuarios.
Participar en la elaboración y seguimiento de la normativa de
Defensa del Consumidor en el MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y
proponer los reglamentos nacionales que en su consecuencia deban
dictarse.
Asistir al señor Subsecretario en la supervisión del accionar de los Tribunales Arbitrales de defensa del consumidor.
Coordinar todo lo relacionado con la implementación del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo.
Elaborar propuestas para la implementación de políticas relacionadas con la defensa del consumidor.
SECRETARIA DE COMERCIO
SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Ejecutar las políticas vinculadas con
la Lealtad Comercial, la Metrología Legal y fiscalizar todo lo
relacionado con el cumplimiento de la normativa aplicable.
Ejecutar las acciones tendientes a asegurar una correcta aplicación y
control de las políticas vinculadas con el abastecimiento, así como
asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable en el ámbito de su
competencia.
ACCIONES
Desarrollar y dirigir los estudios vinculados a la elaboración de
normas y fiscalizar su aplicación para asegurar la lealtad comercial.
Controlar las actividades relacionadas con la metrología legal,
publicidad y normalización de productos con el objeto de proteger los
intereses nacionales, públicos y privados.
Coordinar las acciones vinculadas con la aplicación de la Ley N° 20.680 de Abastecimiento.
Coordinar la verificación del cumplimiento de la reglamentación y
asistir a la implementación de políticas para su divulgación.
Asistir a la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR en la elaboración y
seguimiento de la normativa de Metrología Legal y Lealtad Comercial en
el MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y proponer los reglamentos
nacionales que en su consecuencia deban dictarse.
Coordinar la propuesta y elaboración de normas y medidas relacionadas con el aumento de la oferta de bienes y servicios.
Coordinar las acciones que requieran de una participación activa de
la Subsecretaría en el marco normativo del "Acuerdo sobre Obstáculo
Técnicos al Comercio" contemplado en el Acta Final de Marrakech de
fecha 15 de abril de 1994, internalizado mediante la Ley N° 24.425.
Realizar análisis y estudios de los Acuerdos multilaterales o
bilaterales que negocia la REPÚBLICA ARGENTINA a nivel internacional y
que involucran tanto las reglamentaciones técnicas como los
procedimientos de evaluación de la conformidad en los temas que se le
encomienden.
Asumir la responsabilidad de coordinar todas las acciones a través
del "Punto Focal" a fin de centralizar el sistema interno y externo de
medidas que puedan ser identificadas como Obstáculos Técnicos al
Comercio.
Asistir al Secretario de Comercio en todo lo que concierne a las notificaciones y requerimientos de la Ley N° 26.992.
SECRETARIA DE COMERCIO
SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR
DIRECCION DE MONITOREO DEL COMERCIO EXTERIOR
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la centralización, evaluación y producción de información del comercio exterior de la REPÚBLICA ARGENTINA.
ACCIONES
Brindar información de comercio exterior actualizada, a las
distintas áreas de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR de la
SECRETARIA DE COMERCIO.
Desarrollar herramientas tecnológicas de gestión de la información,
que permitan un acceso ágil y dinámico a los datos referidos al
comercio exterior, tanto por las áreas de la Subsecretaría como por
otras áreas de la jurisdicción que lo soliciten.
Analizar permanentemente la evolución y estructura del comercio
exterior de la REPÚBLICA ARGENTINA, elaborando informes estadísticos en
materia comercial, que sirvan como insumo al desarrollo de los
objetivos de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR.
Mantener y actualizar en forma permanente las bases de datos del
comercio exterior argentino provenientes de diversas fuentes, y atender
la adaptación para usos estadísticos de los registros aduaneros, así
como la modernización de las herramientas de acceso a la información,
teniendo en consideración las nuevas tecnologías al respecto.
Contribuir al cumplimiento de las obligaciones que en materia de
información estadística del comercio exterior establece el Decreto N°
1.831 de fecha 1 de septiembre de 1993.
SECRETARIA DE COMERCIO
SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR
DIRECCION NACIONAL DE POLITICA COMERCIAL EXTERNA
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Elaborar y proponer los lineamientos
estratégicos para el Comercio Exterior y la Política Comercial Externa,
definiendo programas, normas y procedimientos e instrumentos
comerciales que contribuyan a cumplir el objetivo nacional de aumentar
la inserción de los bienes y servicios argentinos en el mercado
internacional.
Proponer líneas de acción e intervenir en las cuestiones relativas al
proceso de integración del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), sus
órganos y, en particular, la Comisión de Comercio del citado Mercado
Común.
Elaborar y proponer los lineamientos de la política comercial en
materia de negociaciones, acuerdos económico-comerciales con otros
países o grupos de países y con relación a los organismos
subrregionales y multilaterales económicos y comerciales.
ACCIONES
Dirigir la elaboración de estudios
de análisis y evaluación del comercio internacional y la política
comercial de terceros países con vistas a la definición de las
posiciones y temas de interés de nuestro país.
Diseñar instrumentos y normas de política comercial que respondan a
las características de las reglas multilaterales vigentes en el
Comercio Internacional, principalmente en la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL
COMERCIO (OMC) y el MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR).
Decidir sobre la utilización de mecanismos del MERCADO COMÚN DEL SUR
(MERCOSUR) y de las instituciones del proceso de integración, así como
la coordinación de los Foros Técnicos correspondientes.
Organizar la participación en la Comisión de Comercio del MERCADO
COMÚN DEL SUR (MERCOSUR), la atención de consultas del sector privado,
el análisis de las recomendaciones emanadas de los Comités Técnicos, el
seguimiento de la aplicación de los instrumentos de política comercial
común del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y el apoyo técnico al Grupo
Mercado Común.
Elaborar y proponer lineamientos para las negociaciones
económico-comerciales de la REPÚBLICA ARGENTINA a nivel bilateral,
plurilateral y multilateral, en particular para las negociaciones del
MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) con países y regiones de extrazona.
Desarrollar la capacitación, organización y difusión de información
sobre aspectos normativos y eventos vinculados al Comercio Exterior e
implementar una base de datos que permita la elaboración y preparación
de lineamientos de política comercial externa.
Coordinar, cuando corresponda, las tareas que, en materia de
política comercial externa, realizan las distintas áreas en las
materias de su competencia.
SECRETARIA DE COMERCIO
SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR
DIRECCION NACIONAL DE GESTION COMERCIAL EXTERNA
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asegurar la administración eficiente de los instrumentos de política
comercial referentes a la promoción de exportaciones, competencia
desleal y zonas francas.
Administrar aspectos normativos vinculados a los regímenes de importaciones, a la nomenclatura y a los aranceles de importación.
Proponer lineamientos para elaborar instrumentos de política para el comercio exterior.
Atender los requerimientos del sector privado en lo referente a la
interpretación de las normas pertinentes al Comercio Exterior y brindar
información disponible de carácter cuantitativo y cualitativo sobre
temas vinculados a las transacciones comerciales internacionales.
Asistir a la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR en la elaboración,
interpretación y aplicación de la normativa sobre competencia desleal y
salvaguardias, en lo referente a las prácticas antidumping,
subvenciones y medidas compensatorias, así como en todo lo vinculado
con las reglas de origen.
ACCIONES
Atender las presentaciones sobre aspectos vinculados con la
competencia desleal internacional y administrar los regímenes
vinculados a las importaciones y otras normas resultantes de los
Acuerdos de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) sobre la
materia, en lo que hace a temas de su competencia específica.
Coordinar la elaboración y propuesta de los aspectos normativos
vinculados a: aranceles y nomenclaturas, reembolsos y reintegros,
normas tendientes a la promoción de exportaciones, seguro de crédito a
la exportación, cupos, "draw back", admisión temporaria y otros
regímenes específicos, como también los relacionados con el Sistema
Generalizado de Preferencias.
Analizar los reglamentos y las licitaciones referidas a las zonas francas, proponiendo las acciones que correspondan.
Elaborar y proponer desarrollos normativos relacionados con
instrumentos para la promoción de las exportaciones, regímenes de
competencia desleal, zonas francas y aquellos vinculados a los
regímenes de importaciones, a la nomenclatura y a los aranceles de
importación.
Coordinar lo atinente a la interpretación de los distintos regímenes vigentes relacionados con el comercio exterior.
Supervisar lo referido a la participación en las negociaciones
bilaterales o multilaterales vinculadas al origen de las mercaderías.
Coordinar lo vinculado con la interpretación y aplicación en general
de los regímenes de origen vigentes y reconocimiento de certificados de
origen.
Coordinar la pertinente participación en la elaboración de la
normativa sobre reglas de origen, su interpretación y aplicación.
Coordinar los procedimientos tendientes a verificar el cumplimiento
de los requisitos de origen de productos exportados hacia la REPÚBLICA
ARGENTINA.
Impartir instrucciones de carácter operativo vinculadas con el
accionar de las entidades autorizadas a emitir certificados de origen y
supervisar la evaluación de su funcionamiento.
SECRETARIA DE COMERCIO
SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR
COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
(Nota Infoleg:*por art. 18 del Decreto N° 741/2015
B.O. 07/05/2015 se mantine la vigencia de la estructura organizativa
de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo
desconcentrado dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR de
la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS)*
OBJETIVOS
Conducir las actividades de análisis, investigación y regulación en la
determinación de los efectos de la competencia comercial internacional
sobre la producción nacional, bien sea como autoridad de aplicación de
la legislación sobre la materia o como órgano asesor de la SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Participar en las actividades de análisis, investigación y regulación
en los casos de investigaciones realizadas en terceros países que
afectan a exportadores argentinos.
Conducir, a requerimiento de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, los análisis de barreras a las
exportaciones argentinas en terceros mercados.
Participar, a requerimiento de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, en los foros regionales y
multilaterales en materia de competencia comercial internacional.
Producir dictámenes en materia de daño en las diferentes etapas de las
investigaciones por dumping, subvenciones y salvaguardias.
Analizar desde el punto de vista técnico-económico los Compromisos de
Precios ofrecidos por los exportadores en el ámbito de las
investigaciones por competencia desleal.
SECRETARIA DE COMERCIO
SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR
COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
(Nota Infoleg:*por art. 18 del Decreto N° 741/2015
B.O. 07/05/2015 se mantine la vigencia de la estructura organizativa
de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo
desconcentrado dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR de
la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS)*
GERENCIA DE NORMAS COMERCIALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir los aspectos legales, de procedimiento y normativos en el
ámbito de las investigaciones por prácticas de competencia desleal
internacional (subvenciones y dumping) y salvaguardias por incrementos
de importaciones, y realizar otros estudios vinculados con el comercio
exterior, dentro de las funciones establecidas en las normativas
vigentes.
ACCIONES
1.- Confeccionar los dictámenes que le sean requeridos, sobre el ajuste
a derecho de los informes, normas y otros instrumentos jurídicos
relacionados con las competencias de la institución.
2.- Ejercer la secretaría en las Audiencias públicas y privadas
celebradas en la Comisión, en el contexto de investigaciones por
dumping, subvenciones y salvaguardias.
3.- Recopilar y actualizar periódicamente la normativa sobre comercio
internacional y toda la legislación de uso habitual en la Comisión.
4.- Recopilar y actualizar periódicamente la normativa de los distintos países sobre competencia internacional.
5.- Proponer al Presidente acuerdos de cooperación con otras instituciones, efectuar su seguimiento y analizar sus resultados.
6.- Brindar apoyo en los temas que son de competencia de la Comisión en
los foros económicos multilaterales, regionales o internacionales.
7.- Proponer al Directorio las normas referidas a la metodología de
trabajo e investigación, la forma de presentación de informes y las
fuentes de información a utilizar.
8.- Conducir, desde el punto de vista de los procedimientos y aspectos
legales, las investigaciones en las denuncias por dumping, subsidios y
salvaguardias en las importaciones, dentro de las competencias de la
COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR y en los plazos y formas
establecidas por las normas vigentes.
9.- Solicitar informes, audiencias, publicaciones, documentaciones y
actuaciones ante la Justicia o ante otros organismos estatales.
10.- Participar con la Gerencia de Investigaciones en el diseño y
contenido de los requerimientos de información, verificaciones y
reuniones de partes en el marco de las investigaciones por dumping,
subvenciones y salvaguardias.
11.- Participar en la capacitación interna de la Comisión y en la
externa dirigida a organismos públicos y privados, nacionales y
extranjeros.
12.- Participar en la defensa ante investigaciones en otros países que
involucren empresas nacionales, tanto cuando el Gobierno se presenta
como parte interesada, o bien asesorando a los exportadores argentinos
para realizar una adecuada defensa.
13.- Participar en la preparación del boletín bimensual de la Comisión y del informe anual.
14.- Brindar apoyo legal en el tratamiento de los temas que son
competencia de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR ante el
MERCOSUR, el ALCA, la OMC y otros foros de negociación a nivel
internacional.
15.- Analizar desde el punto de vista legal los Compromisos de Precios
ofrecidos por los exportadores en el ámbito de las investigaciones por
competencia desleal.
SECRETARIA DE COMERCIO
SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR
COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
(Nota Infoleg:*por art. 18 del Decreto N° 741/2015
B.O. 07/05/2015 se mantine la vigencia de la estructura organizativa
de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo
desconcentrado dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR de
la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS)*
GERENCIA DE INVESTIGACIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir los estudios técnicos, en el ámbito de las investigaciones por
prácticas de competencia desleal internacional (subvenciones y dumping)
y salvaguardias por incrementos de importaciones y realizar otros
estudios vinculados con el comercio exterior.
ACCIONES
1.- Apoyar y supervisar la labor de los equipos técnicos en las
distintas investigaciones, previo a la elevación del informe técnico
correspondiente al Presidente de la Comisión para su posterior
consideración por el Directorio, efectuando las consultas que
correspondan a las Gerencias respectivas.
2.- Participar con la Gerencia de Normas Comerciales en el diseño y
contenido de los requerimientos de información, verificaciones y
reuniones de partes en el marco de las investigaciones por dumping,
subvenciones y salvaguardias así como de revisiones.
3.- Diseñar y realizar las verificaciones in situ, dentro del
territorio nacional, de la información aportada por las partes
intervinientes, ya sean productores o importadores.
4.- Analizar desde el punto de vista técnico-económico los Compromisos
de Precios ofrecidos por los exportadores en el ámbito de las
investigaciones por competencia desleal.
5.- Confeccionar estudios sectoriales conforme a las directivas
recibidas del Directorio en respuesta a pedidos del señor Secretario de
Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa referidos a la
política comercial externa.
6.- Elaborar estudios sectoriales, readecuando la información a partir de la base de las investigaciones realizadas.
7.- Analizar regularmente las medidas adoptadas sobre el comercio
desleal y suministrar al Directorio los elementos para la evaluación de
la necesidad de su continuidad o discontinuidad.
8.- Participar desde el punto de vista económico y financiero en las
investigaciones por revisiones de aquellas medidas aplicadas por
dumping o subvenciones en las importaciones en las que caducan las
medidas vigentes.
9.- Participar desde el punto de vista económico y financiero en las
investigaciones sobre las condiciones de sectores sensibles al
incremento de las importaciones.
10.- Brindar apoyo técnico en el tratamiento de los temas que son
competencia de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR ante el
MERCOSUR, el ALCA, la OCM y otros foros de negociación a nivel
internacional.
11.- Participar desde el punto de vista económico y financiero en las
investigaciones y análisis de temas relacionados con su competencia,
tanto en términos conceptuales como de antecedentes internacionales y
de legislación comparada.
12.- Participar en la defensa ante investigaciones en otros países que
involucren empresas nacionales, tanto cuando el Gobierno se presenta
como parte interesada, o bien asesorando a los exportadores para
realizar una adecuada defensa.
13.- Participar en la preparación del boletín bimensual de la Comisión y del informe anual.
14.- Participar en la capacitación interna de la Comisión y en la
externa dirigida a organismos públicos y privados, nacionales y
extranjeros.
SECRETARIA DE COMERCIO
SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR
COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
(Nota Infoleg:*por art. 18 del Decreto N° 741/2015
B.O. 07/05/2015 se mantine la vigencia de la estructura organizativa
de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo
desconcentrado dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR de
la SECRETARIA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS)*
GERENCIA DE ANALISIS DE LA COMPETENCIA Y DEL COMERCIO INTERNACIONAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Realizar, a requerimiento de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, el relevamiento y sistematización de
barreras al comercio impuestas a las exportaciones argentinas por
terceros países y estudios relacionados con la competencia comercial
internacional.
ACCIONES
1.- Relevar y sistematizar los problemas de acceso de los productos argentinos a terceros mercados.
2.- Realizar informes periódicos sobre medidas y restricciones
existentes en terceros mercados que obstaculizan el acceso de productos
argentinos.
3.- Realizar informes ad hoc, y evacuar consultas sobre medidas y
restricciones en terceros mercados a solicitud de sectores privados y
públicos.
4.- Realizar estimaciones del impacto de diversos escenarios de política comercial externa sobre la economía argentina.
5.- Realizar estudios económicos en materia de competencia y comercio internacional, tratados comerciales y política comercial.
6.- Brindar apoyo técnico en los tratamientos de los temas de su
competencia en los foros económicos multilaterales, regionales o
internacionales.
7.- Preparar el proyecto de Informe Anual de la Comisión.
8.- Participar en las tareas de capacitación interna de la Comisión.
9.- Participar en las tareas de divulgación dirigida a los sectores públicos y privados.
SECRETARÍA DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN CON FOROS Y ORGANISMOS FINANCIEROS INTERNACIONALES
(Subsecretaría, Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir a las autoridades de la SECRETARÍA DE FINANZAS en la
representación y participación del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS en los foros internacionales y regionales de cooperación y
consulta en materia económica-financiera, y en los organismos
financieros internacionales de crédito, asegurando la promoción y
defensa del interés nacional y en coordinación con otros organismos del
Gobierno Nacional con competencia.
ACCIONES
Coordinar las relaciones y negociaciones con los organismos
financieros internacionales de crédito y con los foros internacionales,
instrumentando los objetivos de política con las representaciones
argentinas en los mismos.
Asistir a las autoridades de la SECRETARÍA DE FINANZAS en la
coordinación de la representación del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS en el foro del Grupo de los 20 (G-20).
Realizar aportes para consolidar la posición internacional de la
REPÚBLICA ARGENTINA dentro de los grupos de trabajo del G-20, en
coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, la
SECRETARÍA DE COMERCIO, la SECRETARÍA DE HACIENDA, el BANCO CENTRAL DE
LA REPÚBLICA ARGENTINA y otras dependencias de la Administración
Pública Nacional.
Participar en las reuniones de Ministros de Economía y Presidentes
de Bancos Centrales del G20 y de otros foros internacionales,
acompañando o representando al Secretario de Finanzas y/o al Ministro
de Economía y Finanzas Públicas, en defensa de las prioridades
nacionales.
Asistir en la formulación de las declaraciones y comunicados que
efectúe el señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas respecto de
los diferentes tópicos que se analicen en el G-20.
Intervenir en su carácter de Dirección Nacional de enlace en la
relación global con los organismos financieros internacionales de
crédito y asistir al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas
ante la banca multilateral.
Entender en la coordinación de las relaciones institucionales del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS con los
organismos financieros internacionales de crédito.
Ejercer, en conjunto con el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA,
la coordinación del Grupo de Trabajo sobre Integración Financiera
(GTIF) del Consejo Suramericano de Economía y Finanzas (CSEF) de la
UNASUR.
Efectuar la coordinación de las relaciones institucionales del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS con el Consejo de
Estabilidad Financiera (FSB), el Comité Monetario y Financiero
Internacional del Fondo Monetario Internacional (IMFC), el Grupo de los
24 (G24) y el Fondo Verde de las Naciones Unidas, y demás foros
internacionales.
Realizar toda otra tarea que le asigne la superioridad vinculada
con temas de agenda internacional en foros internacionales de
cooperación y consulta en materia económica-financiera.
Entender en la elaboración y realizar el seguimiento de los
distintos instrumentos normativos por los que se aprueban la membrecía
y los aportes de la REPÚBLICA ARGENTINA al capital social de los
Organismos Internacionales de Crédito.
SECRETARÍA DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS INTERNACIONALES DE CRÉDITO
(Subsecretaría, Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Programar, gestionar y negociar con los organismos financieros
internacionales de crédito los préstamos y donaciones que se formulen
en el corto y mediano plazo, conforme con las prioridades fijadas por
el Gobierno Nacional. Supervisar la administración de programas en el
ámbito del Sector Público y efectuar su seguimiento, control y
evaluación.
ACCIONES
Entender en la coordinación de las relaciones institucionales del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS con los
organismos financieros internacionales de crédito.
Coordinar las relaciones y negociaciones con los organismos
financieros internacionales de crédito, bilaterales y no bilaterales,
instrumentando los objetivos de política con las representaciones
argentinas en los mismos.
Intervenir en la programación de la cartera de préstamos con los
organismos financieros internacionales, proponiendo las asignaciones en
los programas y/o proyectos de inversión pública financiados con
recursos externos.
Intervenir en la identificación de fuentes y modalidades de
financiamiento externo de los programas y proyectos que conforman el
Plan Nacional de Inversión Pública en el marco de la Ley N° 24.354.
Participar con la SECRETARÍA DE HACIENDA en la programación
presupuestaria en lo relativo a los proyectos y/o programas financiados
con los organismos internacionales de crédito.
Analizar los informes de auditoría financiera y de gestión, sobre la
ejecución de préstamos con organismos internacionales de crédito.
Coordinar la evaluación concomitante a la ejecución de los programas
y/o proyectos financiados con la banca multilateral, en los aspectos
vinculados a dicho financiamiento.
Informar a la SECRETARÍA DE FINANZAS las desviaciones detectadas en
la ejecución de los proyectos y proponer medidas correctivas tendientes
a resolver los desvíos detectados.
Proponer las medidas necesarias para la buena administración de los
préstamos con los organismos internacionales de crédito para el logro
de una mayor eficiencia en la ejecución de proyectos y programas de
inversión pública.
Revisar periódicamente con cada organismo internacional la cartera de préstamos en ejecución y su evolución.
Asistir a las unidades ejecutoras en la formulación y/o
implementación de los programas y proyectos en sus distintas etapas, en
los aspectos vinculados al financiamiento internacional.
Asegurar el desarrollo, actualización y mantenimiento del sistema
de información de programas y proyectos financiados por los organismos
internacionales de crédito.
SECRETARIA DE FINANZAS
SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO
OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Programar, ejecutar y controlar las Operaciones de Crédito Público del
Sector Público Nacional. Administrar y registrar la deuda pública.
Participar de la programación financiera del Sector Público Nacional.
ACCIONES
Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la
política financiera que, para el Sector Público Nacional, elabore el
órgano coordinador de los sistemas de administración financiera.
Entender en la formulación y mantenimiento de un sistema de
información a los mercados financieros internos y externos, manteniendo
las relaciones con los participantes de los mismos, los organismos de
control y las agencias de calificación de riesgo crediticio.
Asesorar y sugerir mecanismos para el fortalecimiento del Crédito Público.
Coordinar las operaciones de financiamiento del Sector Público Nacional.
Normalizar los procedimientos de emisión, colocación y rescate de
empréstitos, así como los de negociación, contratación y amortización
de préstamos, en todo el ámbito del Sector Público Nacional.
Apoyar y orientar las negociaciones que se realicen para emitir empréstitos o contratar préstamos e intervenir en las mismas.
Intervenir, en los aspectos vinculados al Crédito Público, en la
formulación del proyecto de Ley de Presupuesto Anual de Gastos y
Cálculo de Recursos de la Administración Nacional.
Intervenir en las operaciones de Crédito Público del Tesoro Nacional.
Preparar los proyectos de contratos de la Administración Pública
Centralizada y organismos descentralizados a excepción de aquellos con
los organismos multilaterales de crédito.
Realizar la negociación de contratos de Crédito Público, incluyendo
la colocación de empréstitos, tanto internos como externos.
Requerir de los organismos que gestionan operaciones de Crédito
Público, información completa sobre los objetivos perseguidos, destino
específico de los recursos, viabilidad de la operación y mecanismos que
aseguren el repago.
Dictaminar sobre los proyectos de contratos de Crédito Público de las Empresas y Sociedades del Estado.
Participar en la negociación de contratos de Crédito Público interno y externo de las Empresas y Sociedades del Estado.
Analizar la composición por moneda y tipo de interés de la Deuda
Pública, así como posibilidades de arbitraje que hagan a un adecuado
manejo de la misma.
Ejecutar las operaciones de manejo de pasivos conforme las directivas del señor Subsecretario.
Desarrollar un sistema de medición de riesgos financieros de los pasivos del GOBIERNO NACIONAL.
Monitorear el comportamiento del mercado secundario de los
instrumentos de Crédito Público, tanto en el país como en el exterior.
Mantener un registro actualizado sobre el endeudamiento público
debidamente integrado al sistema de contabilidad gubernamental.
Llevar el registro de la emisión y seguimiento de los avales
otorgados por el Tesoro Nacional, así como el estado de vigencia de los
mismos.
Ejercer el control y supervisión del destino de los fondos
provenientes de la utilización del crédito interno y externo, cuando la
operación determine una utilización específica y controlar que los
recursos provenientes de las operaciones de Crédito Público cumplan el
destino y las condiciones estipuladas en los distintos contratos.
Atender todo lo relativo a la consolidación de la Deuda Pública
dispuesta por las Leyes Nos. 23.982 y 25.344 y sus modificatorias y
complementarias, originada en las jurisdicciones y entidades de la
Administración Nacional.
Asistir al señor Subsecretario de Financiamiento en los aspectos
relativos a la administración de los activos financieros del ESTADO
NACIONAL.
SECRETARÍA DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO
DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS FINANCIEROS
(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Proponer políticas destinadas al desarrollo de productos y servicios
financieros y coordinar con los organismos de contralor financieros la
propuesta de medidas vinculadas con el ejercicio de mejores prácticas
en los mercados.
Asistir las autoridades de la SECRETARÍA DE FINANZAS respecto de los
aspectos administrativos de las relaciones entre el BANCO CENTRAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, el BANCO DE
INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANÓNIMA y el BANCO HIPOTECARIO
SOCIEDAD ANÓNIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL, y en todo lo
vinculado a las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES y la
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN con el PODER EJECUTIVO
NACIONAL.
ACCIONES
Entender en la elaboración de proyectos normativos tendientes a fomentar el desarrollo sustentable de productos financieros.
Entender en el diseño de productos financieros que respondan a las necesidades del mercado.
Asistir en la elaboración de medidas que propicien la transparencia
de los mercados financieros como así también la protección del
consumidor en dicho ámbito.
Participar en el desarrollo e implementación, conjuntamente con los
organismos reguladores de los servicios financieros, de medidas para el
ejercicio de mejores prácticas en los mercados por parte de las
entidades reguladas.
Elaborar propuestas que promuevan la armonización y coordinación de
las normas que involucran a los distintos servicios financieros,
acordes con la realidad del mercado y las tendencias internacionales,
con el fin de eliminar vacíos regulatorios y arbitrajes distorsivos.
Intervenir en los aspectos administrativos de las relaciones entre
el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA NACIÓN
ARGENTINA, el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANÓNIMA y
el BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Asistir a la superioridad en todo lo vinculado a las relaciones
entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES y la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS
DE LA NACIÓN con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Coordinar la elaboración de informes técnicos requeridos en los
recursos administrativos vinculados con medidas dictadas por el BANCO
CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES y la
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIAS
INFORMATICAS Y COMUNICACIONES
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir y optimizar el uso de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, asegurando la eficiente utilización de la
infraestructura, los sistemas y herramientas informáticas de la
jurisdicción, coordinando su accionar con la SECRETARÍA DE HACIENDA, en
lo relativo a la Administración Financiera Gubernamental, de
competencia de esta última, así como con las distintas áreas de la
jurisdicción ministerial, en lo concerniente a desarrollos específicos
propios de su competencia.
Proponer programas de actualización permanente de los recursos de tecnología informática y comunicaciones.
Ejecutar y controlar las políticas relativas a las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones, incluyendo la informática, las
telecomunicaciones, la telefonía, las redes, los sistemas de
información y las tecnologías asociadas, fijadas por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL y la jurisdicción en la materia.
ACCIONES
Coordinar la elaboración del Plan Estratégico de corto, mediano y
largo plazo, así como el Plan Anual de Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones de la jurisdicción ministerial.
Ejecutar los planes operativos cumpliendo con los objetivos y planes
de gestión de servicios asignados, en el marco de un proceso permanente
de mejora continua.
Determinar y proporcionar los recursos para planificar, implementar,
realizar el seguimiento, controlar, revisar y mejorar la prestación y
gestión de los servicios de competencia de la Dirección.
Verificar el cumplimiento de las normas legales y de las políticas y
estándares establecidos por la Administración Pública Nacional en el
organismo.
Entender en todos los aspectos relativos a la seguridad de los
Sistemas Informáticos y de Comunicaciones del organismo, incluyendo el
establecimiento de planes de contingencia para los sistemas críticos,
controlando periódicamente su funcionamiento.
Entender en todos los procesos de incorporación, modificación o
eliminación de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el
organismo.
Coordinar y promover el desarrollo y la administración de los
sistemas informáticos del Ministerio y el establecimiento de un sistema
integral de información.
Conducir todas las actividades vinculadas al uso de las Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones de la jurisdicción.
Articular las relaciones con la SECRETARÍA DE HACIENDA y los
organismos descentralizados de la Jurisdicción en los temas de su
competencia.
Participar en las actividades del Foro de Responsables de
Informática de las Jurisdicciones de la Administración Pública
Nacional, coordinado por la Oficina Nacional de Tecnologías de
Información de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la
SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con el
fin de coordinar y potenciar los distintos esfuerzos tendientes a
optimizar un mejor aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la
información y las comunicaciones aplicadas a la gestión pública.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION
PATRIMONIAL
DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Realizar la coordinación de las actividades tendientes a la
normalización y saneamiento de los activos y pasivos del ESTADO
NACIONAL, incluyendo las vinculadas a los procesos de saneamiento
encarados en el marco de la Ley N° 24.522 de Concursos y Quiebras, y
realizar, también, la coordinación de las acciones relacionadas con los
procesos de reconversión empresaria y con los Programas de Propiedad
Participada.
ACCIONES
Participar en la coordinación de las actividades prejudiciales
orientadas al recupero de los créditos a favor del ESTADO NACIONAL.
Elaborar, proponer y evaluar los programas de administración y
liquidación de bienes, derechos y obligaciones remanentes de las
empresas o entidades subsistentes luego del proceso de privatización,
así como de los entes que fueren disueltos o que dejen de operar por
cualquier causa.
Coordinar las actividades post-liquidatorias correspondientes a los procesos liquidatorios concluidos.
Asistir y asesorar técnicamente a las autoridades que entienden en
el régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público
y el Sector Privado.
Participar y asistir en la coordinación de los procesos de
saneamiento de los pasivos del sector privado en los que resulte
acreedor el Sector Público, en el marco de los procedimientos regidos
por la Ley N° 24.522, de Concursos y Quiebras.
Participar en la coordinación y asistir a las autoridades que
entienden en la dirección y unificación de la representación de los
organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, de
Concursos y Quiebras.
Participar en la coordinación y asistir a las autoridades que
entienden en las actividades vinculadas a los procesos de reconversión
empresaria.
Coordinar las acciones conducentes a la instrumentación y
administración de los Programas de Propiedad Participada de los entes
privatizados en la jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION
PATRIMONIAL
DIRECCION DE ORGANIZACION Y SISTEMAS ADMINISTRATIVOS
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Efectuar la evaluación y propuesta de proyectos relativos a
organizaciones pertenecientes a dependencias de la jurisdicción del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y la fiscalización de la
correcta aplicación de la normativa vigente en la materia.
Coordinar la correcta administración de tecnologías y sistemas de información administrativa y la racional utilización edilicia.
ACCIONES
Realizar la evaluación técnica de los proyectos de estructuras y
propuestas de organizaciones funcionales de los organismos de la
jurisdicción, así como también los de creación, transferencia o fusión
de organismos y otras formas que impliquen cambios en las
organizaciones, controlando la efectiva aplicación de las normas
vigentes en la materia.
Asesorar y evaluar técnicamente a nivel jurisdiccional en materia de
análisis de tareas, sistemas administrativos, métodos y medición de
trabajo administrativo, análisis y diseño de formularios.
Realizar la evaluación técnica y asesorar en materia de administración de espacios físicos y equipamiento de oficinas.
Intervenir en la definición de los lineamientos para la ejecución
del programa de racionalización de espacios físicos, desarrollado a
través de la Comisión de Coordinación Operativa.
Realizar relevamientos integrales o parciales, cuando se lo
considere conveniente, de las distintas unidades de la jurisdicción
ministerial, en los distintos aspectos de su competencia específica.
Realizar el análisis y diagnóstico organizacional de los organismos
de la Administración Centralizada y Descentralizada de la Jurisdicción.
Representar a la Jurisdicción en los temas de su competencia.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al
personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las
relaciones laborales y los servicios de medicina del trabajo y de
higiene y seguridad en el trabajo, procurando mejorar los niveles de
productividad y satisfacción laboral y la calidad de la prestación de
los servicios a cargo de la Jurisdicción.
ACCIONES
Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes.
Dirigir la gestión de las actividades inherentes al desarrollo de la
carrera administrativa: selección, integración, evaluación de
desempeño, promoción y capacitación.
Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados
con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de
recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta
liquidación de haberes del personal.
Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento
de la calidad de los servicios y unidades a cargo de la jurisdicción y
en aquellos vinculados con la mejora de la atención al público.
Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de
recursos humanos y de la medicina del trabajo y de higiene y seguridad
en el trabajo.
Analizar el esquema general de incentivos y proponer las medidas pertinentes.
Proponer las normas de administración internas de personal y
efectuar los estudios y formular las propuestas tendientes a optimizar
los regímenes vigentes.
Mantener relaciones con los representantes gremiales en la administración y negociación de acuerdos o convenios.
Proponer y establecer canales de comunicación institucional en los temas de su competencia.
Coordinar la prestación del servicio médico de la Jurisdicción.
Asistir técnicamente a la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir las actividades relativas a los servicios
contables, económicos, financieros, de administración, de mantenimiento
y suministros.
ACCIONES
Supervisar y coordinar todo lo relacionado con registraciones
contables y presupuestarias, preparación de balances, estados de
ejecución, rendiciones de cuentas y liquidaciones de gastos.
Supervisar y coordinar el manejo y custodia de fondos y valores puestos a su cargo.
Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se
efectúe por el régimen de contrataciones del ESTADO NACIONAL y por la
Ley de Obras Públicas, así como también en la elaboración, modificación
y rescisión de los contratos de cualquier naturaleza celebrados o a
celebrarse.
Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con el registro y control de los bienes patrimoniales de la jurisdicción.
Supervisar y coordinar todo lo relacionado con los servicios
generales, de maestranza, de vigilancia y seguridad, de automotores y
el mantenimiento de los edificios y bienes de la jurisdicción
ministerial e intervenir en la definición de los lineamientos para la
ejecución del Programa de Racionalización de Espacios Físicos,
desarrollado a través de la Comisión de Coordinación Operativa.
Supervisar el cumplimiento de los servicios contratados a terceros en materia de infraestructura.
Coordinar lo relacionado con el almacenamiento y distribución de suministros.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA LEGAL
DIRECCION SUMARIOS
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Efectuar todo lo vinculado con la información y/o sumarios
administrativos disciplinarios que corresponda promover al personal de
la jurisdicción ministerial.
ACCIONES
Realizar las investigaciones de los hechos u omisiones que han dado lugar a la realización del sumario.
Realizar las investigaciones de aquellos hechos u omisiones que,
tomado conocimiento, se infiera pudiera dar lugar a la realización de
un sumario.
Supervisar la recopilación de los informes y la documentación
necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidad
patrimonial emergente, proponiendo a los organismos competentes el
ejercicio de las acciones de recupero.
Fiscalizar la realización de diligencias a
que alude el reglamento de investigaciones y de toda otra que resulte
necesaria.
Mantener actualizado un registro unificado de todos los sumarios en
trámite en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA LEGAL
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar en todos los asuntos de carácter jurídico de competencia de la
jurisdicción ministerial, con el fin de promover el perfeccionamiento
de las disposiciones legales y reglamentarias, en el análisis de los
anteproyectos de legislación económica y en la revisión y
compatibilización de las medidas de legislación económica originadas en
otros organismos. Asumir la representación y patrocinio del ESTADO
NACIONAL en los juicios correspondientes a la jurisdicción ministerial.
ACCIONES
Asesorar y redactar, desde el punto de vista jurídico, los proyectos
de actos administrativos, convenios y demás instrumentos que se sometan
a la consideración del Ministerio, sus Secretarías y Subsecretarías.
Disponer la representación y el patrocinio del ESTADO NACIONAL en
todas las causas judiciales en que el MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, o sus entes descentralizados, deba intervenir, estableciendo
los sistemas que permitan controlar la marcha de las actuaciones.
Emitir dictámenes y tramitar recursos, reclamaciones y denuncias
interpuestas contra actos administrativos producidos en la jurisdicción
ministerial.
Entender en la revisión y compatibilización de las medidas de
legislación económica originadas en otros organismos, siempre que éstas
afecten temas de competencia específica del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS.
Entender en la realización de los estudios vinculados con su
especialidad, con el objeto de promover el perfeccionamiento de las
disposiciones legales y reglamentarias en vigor.
Dictaminar en las solicitudes de autorización que presente la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS para apelar las sentencias
del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN.
Asesorar en los aspectos jurídicos y legales, en todas las
negociaciones económicas nacionales e internacionales, ya sean
bilaterales o multilaterales.
Representar al MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ante otras
autoridades oficiales, ya sean Nacionales, Provinciales o Municipales,
en toda gestión que requiera específicos conocimientos jurídicos.
Asesorar en la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL en
asuntos prejudiciales, judiciales y arbitrales internacionales, del
ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS en forma
coordinada con la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, el MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y otros organismos.
Controlar el seguimiento de asuntos prejudiciales, judiciales y
arbitrales del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS,
realizados por estudios jurídicos en el exterior, en aquellos casos en
los cuales haya asistido y/o asesorado.
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA LEGAL
DIRECCIÓN GENERAL DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asegurar la recepción y salida de la documentación administrativa del
MINISTERIO DE ECONOMÍIA Y FINANZAS PÚBLICAS y la proveniente de otras
jurisdicciones ministeriales, Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y entes descentralizados o
dirigida a los mismos; recibir y despachar la documentación de
particulares; efectuar el registro, protocolización de resoluciones del
señor Ministro, de los señores Secretarios, disposiciones de los
señores Subsecretarios y archivo de la documentación administrativa de
todas las áreas de la Jurisdicción, con excepción de las notas y otra
documentación de carácter interno; coordinar la publicación de las
normas en el Boletín Oficial, autenticar las firmas de funcionarios de
este Ministerio y de Bancos Oficiales, llevar el despacho del señor
Ministro elevando para su intervención todos aquellos proyectos que se
encuentren analizados desde el punto de vista técnico- legal; efectuar
el seguimiento de los trámites administrativos de la Jurisdicción,
cumpliendo y haciendo cumplir las normas relativas a procedimientos
administrativos, asimismo determinar, para cada trámite administrativo,
la unidad o unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria
para entender en el mismo.
Asesorar al señor Subsecretario Legal respecto al grado de cumplimiento
de los plazos establecidos para el diligenciamiento de la
documentación, así como también supervisar dentro de su ámbito
específico la tramitación de aquellos proyectos de carácter
prioritario, efectuando el control de gestión administrativo que
corresponda.
ACCIONES
Coordinar la recepción, registro, tramitación, protocolización y
comunicación de expedientes y proyectos de Leyes, Decretos, Decisiones
Administrativas y Resoluciones del señor Ministro, señores Secretarios
y Disposiciones de los señores Subsecretarios.
Coordinar el giro de la documentación a las distintas unidades
conforme la responsabilidad primaria asignada a cada una de ellas,
controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación.
Supervisar el seguimiento de los trámites y asesorar e informar al señor Subsecretario Legal cuando éste lo requiera.
Brindar información a los que acrediten condición de parte acerca
del estado de tramitación de expedientes y proyectos de Leyes,
Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones del señor Ministro,
señores Secretarios y Disposiciones de los señores Subsecretarios.
Coordinar el registro y guarda de los expedientes y Resoluciones del
señor Ministro, Secretarios Ministeriales y Disposiciones de los
Subsecretarios Ministeriales; así como proceder a la protocolización de
las resoluciones y disposiciones indicadas, así como las emanadas de
aquellos funcionarios con cargos extraescalafonarios con rango no
inferior a Subsecretario, que la Superioridad requiera.
Otorgar vistas.
Elaborar planillas de seguimiento y control de gestión
administrativa de los trámites para información del señor Ministro y
Secretarios Ministeriales.
SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
CENTRO DE DOCUMENTACION E INFORMACION
(Responsabilidad Primaria y Acciones sustituidas por art. 12 delDecreto N° 1585/2015B.O. 19/8/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Facilitar el acceso al insumo de información.
ACCIONES:
Desarrollar y coordinar investigaciones bibliográficas.
Capacitar los recursos necesarios para el procesamiento de la información.
Facilitar el intercambio de información con las distintas
bibliotecas, del país y del exterior, así como con organismos
nacionales para el cumplimiento de sus funciones.
Asistir y asesorar a las distintas unidades y al público usuario en general en lo que es materia de su competencia.
Mantener y actualizar a través de sus diversas bases de datos el
catálogo bibliográfico, el catalogo institucional y las publicaciones
periódicas.
Efectuar el servicio de apoyo documental y de información legislativa destinado a satisfacer las necesidades de la cartera.
Conducir todo lo vinculado con el Centro de Documentación e Investigación de la Arquitectura Pública.
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN CIUDADANA Y SEGUIMIENTO PARLAMENTARIO
(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 3° del Decreto N° 741/2015 B.O. 07/05/2015)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Elaborar y ejecutar planes y propuestas tendientes a apoyar la gestión
de la política económica, desarrollando y coordinando las relaciones
institucionales con el resto de la Administración Pública Nacional, el
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