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BANCO HIPOTECARIO NACIONAL

Texto vigente a fecha 1970-01-02

BANCO HIPOTECARIO NACIONAL

Decreto 14/98

**Convalídase el Presupuesto de Gastos y la Memoria para

el ejercicio 1996 de la citada Institución.**

Bs. As., 6/1/98

B.O: 12/01/98

VISTO el Decreto N. 1.304 del 15 de noviembre de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que por la norma legal mencionada el PODER EJECUTIVO NACIONAL

aprobó el Plan de Acción y el Presupuesto de Gastos

y Recursos del BANCO HIPOTECARIO NACIONAL para el ejercicio 1996.

Que atento haber presentado oportunamente la citada Institución

Bancaria el proyecto de ampliación del Presupuesto Funcional

para el Ejercicio 1996 y teniendo en cuenta la proximidad de la

finalización del ejercicio, se estimó más

conveniente devolver el mismo y propiciar la convalidación

del mencionado presupuesto, el cual refleje el cálculo

de los recursos y gastos efectivamente practicados.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de la atribuciones

que emanan del Artículo 99. inciso 1 de la CONSTITUCION

NACIONAL y el Artículo 29 de la Ley Nº 11.672 Complementaria

Permanente de Presupuesto (T.O. 1996).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Convalídase el Presupuesto

de Gastos y la Memoria para el Ejercicio 1996 correspondiente

al BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, de acuerdo con el detalle obrante

en planillas anexas al presente artículo que forman parte

integrante del mismo.

Art. 2º-Convaiidase el Cálculo de Recursos

afectado a la financiación del Presupuesto de la Institución

a que se refiere el Artículo 1º de la presente medida,

de acuerdo con el detalle obrante en planillas anexas a este artículo

que forman parte integrante del mismo.

Art. 3º-Convalídase la distribución

administrativa de los Recursos Humanos de la Institución

a que se refiere el Artículo 1º del presente Decreto,

de acuerdo con el detalle obrante en planillas anexas a este artículo

que forman parte integrante del mismo.

Art. 4º-Dése cuenta oportunamente al HONORABLE

CONGRESO DE LA NACION.

Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.

NOTA:Este Decreto se pública sin planillas anexas.

La documentación no publicada puede ser consultada en la

Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767,

Capital Federal).