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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 1400/2014

Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Articulación Regional.

Bs. As., 21/8/2014

VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0012514/2014 del Registro de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros.

491 del 12 de marzo de 2002, 1952 del 15 de octubre de 2012 y 1664 del

23 de octubre de 2013 y lo solicitado por la SECRETARIA DE INTEGRACION

NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Que mediante el Decreto Nº 1952 del 15 de octubre de 2012 se designó

con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días

hábiles al agente D. Rodrigo Alexis LASALLE como Director Nacional de

Articulación Regional de la SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA de la

SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS y cuya prórroga se efectuó mediante el Decreto Nº 1664 del 23

de octubre de 2013.

Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación

citada precedentemente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días

hábiles.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció,

entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de

la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de

Planta Permanente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO

NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su

artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien

designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y

reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública

Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la

Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA

NACION Nº 4 del 15 de marzo de 2002.

Que el agente involucrado en la presente medida, se encuentra

exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº

601/02 y su modificatorio reglamentario del Decreto Nº 491/02, por

haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y

TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención

correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y

1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° —Dase por

prorrogada, a partir del 1° de abril de 2014 por el término de CIENTO

OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada en los

términos del Decreto Nº 1952 del 15 de octubre de 2012 y cuya prórroga

operó mediante el Decreto Nº 1664 del 23 de octubre de 2013, del agente

D. Rodrigo Alexis LASALLE (D.N.I. Nº 24.535.188) como Director Nacional

de Articulación Regional de la SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA de

la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS en un cargo Nivel A - Grado 0, autorizándose el

correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel l del SISTEMA

NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo

de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de

diciembre de 2008 y sus modificatorios, con autorización excepcional

por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en el artículo

14, Título II, Capítulo III del Convenio citado precedentemente.

Art. 2° —El cargo involucrado

deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección

vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,

Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

(SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y

sus modificatorios dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días

hábiles contados a partir del 1° de abril de 2014.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a

los créditos de las partidas específicas del Presupuesto vigente de la

JURISDICCION 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.