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FIESTAS NACIONALES

Texto vigente a fecha 1970-01-02

HOMENAJES

Decreto N° 1.635/1974

Normas para la celebración del "Día de la Afirmación de los Derechos Argentinos sobre las Malvinas, islas y sector antártico".

Bs. As., 29/5/74.

VISTO la Ley 20.561, que instituye el 10 de junio como " Día de la

Afirmación de los Derechos Argentinos sobre Malvinas, islas y sector

antártico", y dispone su celebración y,

CONSIDERANDO:

Que el propósito perseguido por la ley, nace de un sentimiento común a

todo el pueblo argentino que satisface en el pleno ejercicio de la

soberanía nacional en esa porción del territorio nacional;

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° -El dia 10 de

junio de cada año, a las 11 horas, en todos los establecimientos

y dependencias mencionados en el artículo 2° de la Ley 20.561, se

procederá a realizar un acto alusivo de reafirmación de nuestra

soberanía sobre Malvinas, islas y sector antártico.

Art. 2° -Los ministros y

titulares de entes descentralizados quedan autorizados a disponer en

sus respectivas jurisdicciones horarios distintos al previsto en el

artículo anterior, cuando ello sea necesario por razones o modalidades

de servicio.

Art. 3° -Por intermedio del Ministerio del Interior se invitará

a los señores Gobernadores de Provincias a adoptar medidas similares a

las contenidas en el presente decreto.Art. 4° -El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto tomará

las previsiones necesarias para que el presente decreto sea

cumplimentado en todas las dependencias diplomáticas y consulares

acreditadas en el exterior.Art. 5° -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

PERON.

Benito P. Llambi.

Alberto J. Vignes.

Angel F. Robledo.

Antonio J. Benítez.

Jorge A. Taiana.

José B. Gelbard.

Ricardo Otero.

José López Rega.