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SECRETARIA DE COMUNICACION Y PRENSA

Texto vigente a fecha 2020-03-01

**SECRETARÍA

DE COMUNICACIÓN Y PRENSA**

Decreto 195/2020

**DCTO-2020-195-APN-PTE - Estructura

organizativa.**

Ciudad de Buenos Aires, 28/02/2020

Ver Antecedentes Normativos

VISTO el Expediente N° EX-2020-03388160-APN-DNO#JGM, la Ley de

Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de

marzo de 1992) y sus modificatorias, los Decretos Nº 2098 del 3 de

diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, N° 362 del 16

de febrero de 2016, N° 262 de fecha 28 de marzo de 2018 y sus

modificatorios, Nº 7 del 10 de diciembre de 2019, Nº 50 del 19 de

diciembre de 2020 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa N°

295 de fecha 9 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 7/19 se modificó la Ley de Ministerios,

incorporándose la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA como Secretaría

de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y se establecieron las atribuciones del

JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Que por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios se aprobó el

Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada

hasta nivel de Subsecretaría, entre ellos el correspondiente a la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y

PRENSA y a la SECRETARÍA GENERAL, ambas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,

para cumplir con las responsabilidades que le son propias,

estableciendo, asimismo, sus objetivos.

Que por el Decreto N° 262/18 se aprobó la estructura organizativa de

primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, que incluía la entonces SUBSECRETARÍA DE

COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL.

Que por la Decisión Administrativa N° 295/18 se aprobó la estructura

organizativa de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS.

Que en atención a las modificaciones introducidas por el citado Decreto

N° 50/19 y la aprobación de la estructura organizativa de la SECRETARÍA

DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que se efectúa

por la presente medida resulta necesario efectuar la pertinente

adecuación del Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus

modificatorios y complementarios.

Que por el artículo 2° del Decreto N° 362/16 se creó, con dependencia

directa de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, el cargo extraescalafonario de Coordinador de la

Unidad de Comunicación Presidencial, con rango y jerarquía de

Subsecretario, el que actuaría como vocero presidencial; y que fue

transferido por el artículo 14 del Decreto N° 262/18 a la órbita de la

entonces SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL de la SECRETARÍA

GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que en atención a las competencias asignadas a la mencionada SECRETARÍA

DE COMUNICACIÓN Y PRENSA resulta menester la derogación del citado

cargo extraescalafonario.

Que las necesidades y criterios de gestión de la citada Secretaría

tornan necesaria la creación de los cargos extraescalafonarios de Jefe

de la Unidad Gabinete de Asesores y de Jefe de la Unidad de

Coordinación Ejecutiva, para coordinar aspectos de eficacia y

ordenamiento de la gestión.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL

DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la

OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE

PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que el servicio jurídico permanente de la SECRETARÍA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades

conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- (Artículo derogadopor art. 15 del[Decreto

Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)ARTÍCULO 2º.- *(Artículo

derogado*por art. 15 del[Decreto

Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)

ARTÍCULO 3º.- (Artículo derogadopor art. 15 del[Decreto

Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)

ARTÍCULO 4º.- (Artículo derogadopor art. 15 del[Decreto

Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)ARTÍCULO 5º.- *(Artículo

derogado*por art. 15 del[Decreto

Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)

ARTÍCULO 6º.- Derógase el cargo extraescalafonario de Coordinador de la

Unidad de Comunicación Presidencial, creado por el Decreto Nº 362/16

con rango y jerarquía de Subsecretario.

ARTÍCULO 7º.- (Artículo derogadopor art. 15 del[Decreto

Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)

ARTÍCULO 8º.- Desígnase, a partir del dictado de la presente medida, en

el cargo extraescalafonario de Jefe de la Unidad de Gabinete de

Asesores de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE

LA NACIÓN, al doctor Patricio de Dios TASSARA (D.N.I. Nº 27.286.762).

ARTÍCULO 9º.- *(Artículo derogado por
art. 5° del*[Decreto

N° 303/2024](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=397956)B.O. 10/4/2024)

ARTÍCULO 10.- Desígnase, a partir del dictado de la presente medida, en

el cargo extraescalafonario de Jefa de la Unidad de Coordinación

Ejecutiva, dependiente de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a la señora Cecilia Soledad BALIANI (D.N.I.

Nº 29.001.577).

ARTÍCULO 11.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente

medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 20-01

– SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/03/2020 N° 10960/20 v. 02/03/2020

ANEXO

I

(Anexo derogadopor art. 15 del[Decreto

Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)

ANEXO II

(Anexo derogadopor art. 15 del[Decreto

Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)

ANEXO III

(Anexo derogadopor art. 15 del[Decreto

Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)

ANEXO IV

(Anexo derogadopor art. 15 del[Decreto

Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°

(Planilla derogada*por

art. 15 del*[Decreto

Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 7°

(Planilla derogada por art. 15 del[Decreto

Nº 121/2025](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=410029)B.O. 25/2/2025.)

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9°

(Planilla derogadapor art. 5° del[Decreto

N° 303/2024](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=397956)B.O. 10/4/2024)

Antecedentes Normativos

(Nota Infoleg*: las modificaciones a los Anexos que se

hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el

enlace "*[Esta

norma es complementada o modificada por X norma(s).](http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verVinculos.do?modo=2&id=334888)")