TRANSPORTE
Cómo apreciamos el valor de carga máxima admisible para el pavimento proyectado, es mayor que la carga efectiva de uso, y teniendo en cuenta que se verificó con una tensión de trabajo igual al 50% de la tensión de rotura, resulta que la nueva calzada no tendrá fallas por fatiga para una cantidad ilimitada de repeticiones de la carga efectiva de uso.
• Verificación de barras de unión, pasadores y armadura distribuida:
Parras de unión:
Se determinan en función del espesor del pavimento y la distancia entre la junta y el borde libre más cercano.
Para un espesor de calzada de 20 cm y una distancia de 3.63 m, ingresamos en la tabla correspondiente para barras de 8mm de diámetro y 55 cm de longitud, obtenemos una separación de 65 cm (separación de proyecto 60 cm).
Pasadores:
La experiencia indica que con una separación de barras de 30 cm, el diámetro de las mismas es aproximadamente 1/8 del espesor de la losa, y tienen una longitud de 40 cm en juntas de contracción y 50 cm en juntas de expansión.
En el proyecto se consignan pasadores de 20mm de diámetro (aprox. 1/8 de 20 cm). Armadura distribuida:
En el proyecto se adoptó una malla de 6 mm de diámetro y 15 cm de separación; este elemento responde a una práctica constrictiva, ya que por cálculo se necesita una sección menor que la proyectada.
Ingresamos a la tabla con el espesor del pavimento (20 cm) y la longitud de la losa (5 m aprox.) y obtenemos para aceros conformados una sección necesaria de 0,55 cm2/m; y con la malla de proyecto tenemos 1,57 cm2/m.
Los tipos de juntas serán los siguientes:
Juntas longitudinales: de 10 mm de espesor y 45 mm de profundidad de aserrado; selladas con espuma de plástico impregnada o relleno premoldeado de neoprene y asfalto. Llevará barras de unión de 8 mm de diámetro de acero torsionado Tipo III, de 55 cm de longitud y 60 cm de separación.
Juntas de contracción transversal: de 10 mm de espesor y 45 mm de profundidad de aserrado; selladas con espuma de plástico impregnada o relleno premoldeado de neoprene y asfalto. La separación entre juntas será de 5 mts. Se utilizarán pasadores de 20 rnm de diámetro de acero dulce, de 40 cm de longitud con una separación de 30 cm. En todos los casos la mitad del pasador deberá ser pintada con pintura asfáltica y dos manos de grasa para permitir su desplazamiento en la losa.
Juntas de expansión o dilatación transversales: de 20 mm de espesor, rellena con madera compresible o relleno premoldeado bituminoso y selladas con espuma de plástico impregnada; previo al curado se realizará un relleno de colado de tipo asfáltico. Se utilizarán pasadores de 20 mm de diámetro de acero dulce, de 50 cm de longitud con una separación de 30 cm. En todos los casos la mitad del pasador deberá ser pintada con pintura asfáltica y dos manos de grasa y se colocará un manguito de expansión con tapa para permitir su desplazamiento en la losa. Estas juntas se ejecutarán con una separación de 100 m.
En las juntas, la diferencia de nivel entre las losas adyacentes no será mayor de 1 mm, en los pasadores una vez colocados se medirá la distancia entre ellos y se controlará su horizontalidad y su perpendicularidad a las juntas.
Después de nivelado el hormigón se lo compactará y alisará con un dispositivo apropiado para darle bombeo a la sección transversal y la superficie de textura uniforme, tan pronto como se haya enrasado el hormigón se lo compactará y alisará longitudinalmente.
Después de completarse los trabajos de terminación y tan pronto lo permita el estado de la superficie se procederá al curado de la losa, a tal efecto se respetarán las recomendaciones de la DNV en sus pliegos de especificaciones técnicas. Una vez efectuados los ensayos pertinentes se deberá proteger cuidadosamente la superficie de la calzada mediante la colocación de barreras y señalización apropiadas.
11- NUEVA PLAYA DE ESTACIONAMIENTO PARA REMISES. MEMORIA DESCRIPTIVA
Producto de la limitación en el crecimiento de la playa de estacionamiento y para mejorar el servicio de remises, proponemos habilitar una playa de estacionamiento exclusiva para los mismos dentro del predio actual ubicada en un sector previo a la entrada del estacionamiento, más específicamente donde hoy es utilizado por la policía como depósito de vehículos secuestrados, degradando el aspecto del sector.
La idea se basa en concentrar la zona de estacionamiento de remises, con una capacidad de 32 vehículos, y de esta manera mejorar el servicio al pasajero y la capacidad del sector.
Se colocara un sistema de barreras automático de acceso y salida, carteles de señalización, seis columnas de iluminación, topes para vehículos y demarcación de cocheras.
La misma se construirá con una capa de asfalto en caliente de 12 cm., previo un alisado compactado de suelo cemento.
12- DARSENA PARA CONTROL DE TACOGRAFOS MEMORIA DESCRIPTIVA
Se construirá una dársena adyacente a la playa de maniobras y con acceso a la misma desde la calle de ingreso a dicha playa. Dicha dársena tendrá una superficie aproximada de 135m2. Dentro de la dársena se ejecutara una fosa para alojar el equipo de control de tacografos, con dimensiones según plano y separada del pavimento con una junta perimetral de 2 cm.
Se deberán contemplar las siguientes tareas necesarias para la ejecución de dicha dársena:
Demolición de cordón existente (~42 ml)
Traslado de la columna de alumbrado existente hacia nuevo lugar a determinar, próxima al sector.
Ejecución de dársena con pavimento de hormigón armado, incluida fosa de asiento del equipo controlador. Nuevo cordón perimetral.
Sobre el sector parquizado adyacente a la calzada se ejecutara una plataforma de hormigón armado de 0.20m de espesor de 5.30m x 4.30m que servirá de apoyo a la futura cabina de medición según ubicación y características indicadas en el plano.
Se deberá prever la modificación del tendido de cañerías existentes para riego, ejecutándose los cambios necesarios para que el sistema siga funcionando sin inconvenientes.
Se deberá ejecutar el tendido de un conductor eléctrico de fuerza motriz desde el sector de bombas de la Torre de Control existente hasta la plataforma de la cabina de medición (longitud aproximada 90m lineales)
Se dispondrán los medios necesarios para desagotar la fosa de asiento del equipo controlador hacia el sumidero existente en la calle de ingreso de ómnibus. A tal fin se preverá en una de las paredes de la fosa un caño pasante de pvc para empalmar con dicho sumidero.
Cabina de medición:
Detalles técnicos:
Provisión de una cabina construida en plástico reforzado con fibra de vidrio.
Dimensiones: 2.30mts. por 2.30mts.
Color: Marfil c/ logo C.N.R.T. (Comisión Nacional de Regulación del Transporte).
Ventana: cantidad 1, dimensiones: 1.80 mts. por 0.90 mts. del tipo corrediza con vidrio templado, cerrojo de seguridad, estructura sobre marco de aluminio anodizado.
Postigon: levadizo que actúa como protector de abertura, con cierre mariposa interno.
Puerta: con cerradura de seguridad, manija de bronce platil, bisagras carroceras zincadas, bastidor de puerta en tirante de pino, incorporado en el proceso de laminado, marco reforzado en los puntos críticos. En el exterior deberá llevar un alero.
Instalación Eléctrica: fusible con llave de corte 2x10 amper. Provisión e instalación de dos plafones de iluminación con tubo de 40 w y una llave de punto y toma.
Piso: en el interior de la cabina el piso será de multilaminado fenolico con tirantes de pino revestido en P.R.F.V. con proceso antideslizante.
Mostrador: como accesorio dentro de la cabina se deberá proveer un mostrador de 2.30 mts. X 0.45mts. con estante para PC con un cajón.
Techo: se deberá instalar un aireador para ventilación, con apertura regulable.
En los extremos de la cabina deberá tener incorporada unas pestañas en el mismo material, para poder ser fijada por intermedio de bulones a la plataforma de hormigón armado.
En el interior de la cabina deberá estar pintada con acabado semimate, y el exterior con acabado brillante pulido. (pintura poliuretánica).
Montaje del equipo controlador de tacógrafo dentro de la fosa construida para tal fin.
ESPECIFICACIONES TECNICAS
Preparación de la sub-base. Consiste en la excavación y retiro del suelo necesario en toda la superficie en no menos de 90 cm de profundidad y compactación de la subbase con suelo cal al 3% perfectamente compactado y perfilado con tosca; en un espesor de 0.30 mínimo hasta obtener una superficie uniforme.
A fin de prever cambios volumétricos excesivos de los suelos expansivos se realizara un cuidadoso control de la humedad y densidad durante la compactación.
Ejecución de una base de hormigón pobre H8 espesor 0.12m.
Ejecución de calzada de hormigón armado H30 para una vida útil de 30 años con espesor 0.30m con pendiente transversal del 1.7% hacia el nuevo cordón.
Los parámetros de resistencia del hormigón serán:
Modelo de rotura a la flexión:
37 Kg/cm2 a los 28 días.
Resistencia a la compresión:
300 Kg/cm2 a los 28 días.
325 kg/cm2 a los 50 días
350 kg/cm2 a los 100 días
La armadura consistirá en una malla electrosoldada de 6 mm. de diámetro y 15 cm de separación de acero conformado superficial tipo V colocada en el medio del espesor de la losa.
La armadura deberá presentar la superficie limpia y libre de sustancias que disminuyan su adherencia con el hormigón. Se evitara que la armadura se deforme durante la distribución, el empalme de las barras se hará con recubrimiento mínimo de 30 veces el diámetro de las mismas.
Cordones: longitud aproximada 45ml con dimensiones y demás características señaladas en el plano de detalle del pavimento.
Ejecución de fosa de hormigón armado en hormigón similar al utilizado para el pavimento, con doble malla de hierro de Ø 8 c/20 cm y dimensiones según especifica el plano.
Deberá preverse en una de las paredes de la fosa un caño de PVC para empalmar el desagüe de la misma hacia el sumidero más cercano. Los tabiques laterales funcionaran como vigas debiendo sus armaduras prolongarse con los de la base tal como se indica en el corte A-A. De esa forma quedara asegurada la indeformabilidad del chasis y por ende la correcta dirección de los rodillos. Las pendientes del fondo de fosa se ejecutaran con mortero de cemento y arena
proporción 1:3.
Provisión y colocación de un marco en el perímetro de la fosa, según plano, en perfil Nº 10 y de una tapa para cierre en chapa de acero antideslizante de espesor¼" con refuerzos y trabas realizadas en perfil PN.L Nº 5.
Los apoyos del chasis deberán ser perfectamente horizontales para el apoyo del bastidor.
Deberán hacerse en una de las paredes de la fosa tres pases en caño de hierro, una de 2" y otras de 1", y continuar los mismos hasta el tablero eléctrico.
Provisión y colocación de un tablero eléctrico para los comandos y protección de un motor trifásico de 2 KW, de un equipo de aire acondicionado frío-calor de 2 KW, de iluminación de la cabina y de alimentación y estabilización de una PC. Potencia total estimada 5 KW.
Tipos de juntas:
6.1 Juntas de dilatación: Serán construidas cada 4 mts. Son juntas transversales de 10 mm de ancho y 6 cm de profundidad de aserrado, selladas con espuma de plástico impregnada o relleno premoldeado de neoprene y asfalto. La separación será la indicada y se utilizara pasadores de 22 mm de diámetro de acero dulce, 0.50mts. de longitud y separados entre sí de 0.30mts.
En todos los casos la mitad del pasador deberá ser pintado con dos manos de asfalto, más dos manos de grasa para permitir el desplazamiento de la losa.
Deberá preverse una adecuada armadura de refuerzo en la losa del pavimento que rodea el perímetro de la fosa.
Las juntas perimetrales que separan el pavimento de la fosa deberá ser sellada con neoprene en todo el espesor del pavimento.
En las juntas, las diferencias de nivel entre losas de pavimento adyacentes y/o será mayor de 1mm. En los pasadores, una vez colocados, se medirá la distancia entre ellos y se controlara su longitudinalidad y su perpendicularidad a las juntas.
Después de nivelar el hormigón, se lo compactara y alisara con un dispositivo adecuado para darle la necesaria compactación a fin de lograr una superficie de textura uniforme, una vez finalizados dichos trabajos y tan pronto lo permita el estado de su superficie, se procederá al curado de las losas del pavimento según las normas de la D.N.V. y su protección mediante colocación de barreras y señalización adecuada.
La calzada podrá librarse al transito, después de transcurridos 28 días de su construcción.
6.2 Juntas de expansión:
Son las que limitan la nueva dársena con la playa de maniobras y la calle de ingreso de ómnibus. Tendrán un ancho de 2 cm y serán selladas con neoprene en todo el espesor del pavimento.
13- DESAGÜES PLUVIALES EN PLAYA DE ESTACIONAMIENTO Y REPAVIMENTACION.
Producto de la reducida pendiente del piso de la playa de estacionamiento y contar con un solo sumidero por sector, es fundamental mejorar la instalación pluvial en dicho espacio, dado que en días de intensas lluvias es lenta e insuficiente la evacuación del agua.
La propuesta es aumentar la cantidad de sumideros, se colocaran cinco por cada sector sumados al existente, conectados con doble cañería de 160 mm.
Los sumideros tendrán a nivel de piso tapas de hierro fundido de 0,50 x 0,50.
Una vez terminada la obra de desagües, se realizara un nuevo pavimento asfáltico en caliente con pendiente a los sumideros.
14- OBRA CIVIL DE SISTEMA DE CONTROL VEHICULAR
Sistema de control vehicular
El sistema de acceso esta desarrollado para administrar y registrar el ingreso/egreso o permanencia de VEHICULOS dentro de la Terminal de Omnibus de Retiro.
Diseñado con el fin de mejorar el control de acceso donde se requiera un uso completamente automatizado, ágil y de bajo costo de mantenimiento, aboliendo aquellos sistemas que emplean diferentes medios y que producen demoras indeseables como así también un soporte continuo de sus partes para asegurar el correcto funcionamiento.
El sistema introduce unidades autónomas que actúan de interfaz entre el ordenador central y los equipos vinculados (lectores RFID, barreras, detectores de presencia, semáforos, carteles luminosos, etc.).
La unidad remota trabaja en forma independiente, y se configura mediante el software instalado en la PC, su función es descargar y actualizar los datos de los usuarios habilitados junto a las reglas de validación de los mismos (tablas horarias, accesos, antipassback, etc.).
Los controladores supervisan continuamente la información que llega de los lectores y así proceden a la activación de las barreras, molinetes, puertas, etc.
Todos los eventos se almacenan en diversas bases de datos para su posterior análisis, mediante el software de gestión.
Operatoria del sistema de identificación vehicular
Cada ómnibus deberá tener instalado en su parabrisas un TAG de identificación codificado que permitirá mantener relacionado la unidad con la compañía transportista, tipo de vehículo, patente, chofer u otros datos que se deseen definir.
Cada ómnibus que desea ingresar a la terminal es detectado por el lazo de presencia magnética que envía una señal a la unidad controladora, para que active la Antena RFID, que permitirá leer el TAG de identificación que el usuario posee adherido en su parabrisas.
La información del TAG viaja a la unidad controladora central que genera un mensaje de permiso de INGRESO en la PC del coordinador de tráfico ubicado en la Torre de Control.
Si el usuario se encuentra habilitado la unidad controladora activa la barrera, el vehículo continúa su marcha y luego que libera el segundo lazo de presencia la barrera se baja automáticamente.
Todo el proceso se realiza con sólo una disminución de la velocidad del vehículo, es decir que el mismo circula prácticamente sin detenerse.
La invulnerabilidad del sistema es tal que no se puede lograr ningún tipo de falsificación ni de fraude para el ingreso y/o egreso del parque a controlar, ya que la transferencia de información entre la antena y el tag es de una alta codificación que es imposible de descifrar como así también la integración circuital que el tag posee.
A partir de aquí el coordinador debe asignar un número de plataforma al ómnibus que desea ingresar para que sea informada a través de los carteles de alta luminosidad de LEDs.
En caso de no poseer un TAG habilitado el chofer del vehículo y el coordinador de tráfico deberán comunicarse mediante algún interfono o teléfono para intercambiar información correspondiente:
• Compañía
• Horario
• Procedencia o destino
• Plataforma
Una vez verificado los datos del ingreso (automático o manual) el microcontrolador enviara una señal a la barrera para que se levante.
15- NUEVA CALLE DE SALIDA Y ENTRADA DE MICROS DENTRO DEL PREDIO
Este nuevo acceso, esta ubicado sobre un el lateral del predio paralelo a la actual calle de ingreso y salida de ómnibus.
Se modifican las trazas de las actuales calles de ingreso de taxis y de vehículos particulares al estacionamiento, mejorando el acceso de ómnibus, entre la calle de acceso de taxis y el límite perimetral de reja actual, generando tres vías de ingreso o salida. La calle se proyecto con un ancho mínimo de 12,00 m.
En la mitad de trayecto entre el acceso y la curva de ingreso a la terminal se colocara un portón sobre la reja perimetral, que será utilizado para salida de micros que no estén habilitados a ingresar a la misma.
En el ingreso, se colocaron dos puestos de seguridad, uno para el control de acceso y el otro para personal policial.
ESPESIFICACIONES TECNICAS de CALLE DE ACCESO DE OMNIBUS:
Preparación de la subbase:
Se realizará la excavación para llegar a las cotas de proyecto que serán determinadas en conjunto con la Dirección de Obra y consistirá en retirar el suelo necesario en toda la superficie y compactar la subrasante hasta obtener una superficie uniforme. A fin de prever cambios volumétricos excesivos de los suelos expansivos se realizará un cuidadoso control de la humedad y densidad durante la compactación.
La subbase estará constituida con suelo seleccionado (tosca) mezclado con un cuatro por ciento (4%) de cal perfectamente compactado y perfilado, completándolo con una capa superior de Hº 8 pobre de 0.08m. de espesor.
Ejecución de cordones integrales:
Se ejecutarán los cordones simultáneamente con la losa del pavimento de hormigón armado.
Ejecución de Calzada:
La calzada de Hormigón proyectada para una vida útil de 30 años, un espesor de 20 cm y un 1,7% de pendiente transversal.
Los parámetros de resistencia para el hormigón serán:
- Módulo de rotura a la flexión:
37 Kg/cm2 a los 28 días.
- Resistencia a la compresión:
300Kg/cm2 a los 28 días.
325 Kg/cm2 a los 50 días.
350 Kg/cm2 a los 100 días.
La armadura consistirá en una malla electrosoldada de 6 mm de diámetro y 15 cm de separación de acero conformado superficial tipo V colocada en el medio del espesor de la losa.
La armadura deberá presentar la superficie limpia y libre de sustancias que disminuyan su adherencia con el hormigón. Se evitará que la armadura se deforme durante la distribución, el empalme de las barras se hará con un recubrimiento mínimo de 30 veces el diámetro de las mismas.
ESPECIFICACIONES TECNICAS GENERALES:
Para referencia de todos los aspectos relacionados con materiales, sus características y tipología; métodos constructivos; ensayos y pruebas; y toda otra definición técnica es de aplicación para esta Obra el Pliego general de especificaciones técnicas más usuales.
Así mismo será documentación válida las Normas y Reglamentos CIRSOC y el Anexo 22 al Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, del Ex MOSP de la Nación.
VERIFICACION DE LA CAPACIDAD PORTANTE DE LA CALZADA DE HORMIGON PROYECTADA:
• Análisis de la subbase:
Considerando un suelo del tipo Limo-Arcilla se toma como valor soporte de la subrasante, Ks = 2,8 Kg/cm3, como valor soporte Kb de la subbase constituida por suelo cal con un espesor de 0.20m. perfectamente compactado y perfilado sea igual a Kb= 5,3 Kg/cm3
Tomando como referencia estos datos se obtiene un valor soporte de la base kb = 14 kg/cm3.
• Cálculo de la capacidad portante:
En el proyecto se ha utilizado un hormigón con una tensión de rotura a flexión, ohº = 37 Kg/cm2; cuando las continuas aplicaciones de las cargas producen tensiones que no exceden el 50% del módulo de rotura, el hormigón soportará un número ilimitado de tales tensiones sin que ocurran fallas por fatiga, por lo tanto adoptamos como valor límite para la tensión de servicio, osº = 18,5 Kg/cm2.
Con los datos antes consignados y el espesor del pavimento proyectado, en 20 cm, ingresamos en el Abaco para el proyecto de espesores —ejes simples— y obtenemos una carga por eje de 9,5 toneladas.
• Análisis de cargas:
La carga total de un ómnibus completo es de aproximadamente 20 toneladas, lo que distribuido en 3 ejes da un valor de 6,60 ton/eje, de este valor mayor con un FSC = 1,2, obtenemos una carga efectiva de uso de 7,92 ton/eje (valor acorde al utilizado en el proyecto de arterias de tránsito general).
Carga admisible de proyecto
= 9,5 ton/eje.
Carga efectiva de uso
= 7,92 ton/eje.
Como apreciamos el valor de carga máxima admisible para el pavimento proyectado, es mayor que la carga efectiva de uso, y teniendo en cuenta que se verificó con una tensión de trabajo igual al 50% de la tensión de rotura, resulta que la nueva calzada no tendrá fallas por fatiga para una cantidad ilimitada de repeticiones de la carga efectiva de uso.
Verificación de barras de unión, pasadores y armadura distribuida:
Barras de unión:
Se determinan en función del espesor del pavimento y la distancia entre la junta y el borde libre más cercarlo.
Para un espesor de calzada de 20 cm y una distancia de 3.63 m, ingresamos en la tabla correspondiente para barras de 8mm de diámetro y 55 cm. de longitud, obtenemos una separación de 65 cm. (separación de proyecto 60 cm.).
Pasadores:
La experiencia indica que con una separación de barras de 30 cm., el diámetro de las mismas es aproximadamente 1/8 del espesor de la losa; y tienen una longitud de 40 cm. en juntas de contracción y 50 cm. en juntas de expansión.
En el proyecto se consignan pasadores de 20 mm. de diámetro (aprox. 1/8 de 20 mm.).
Armadura distribuida:
En el proyecto se adoptó una malla de 6 mm de diámetro y 15 cm. de separación; este elemento responde a una práctica constructiva, ya que por cálculo se necesita una sección menor que la proyectada.
Ingresamos a la tabla con el espesor del pavimento (20 cm.) y la longitud de la losa (5 m aprox.) y obtenemos para aceros conformados una sección necesaria de 0,55 cm2/m; y con la malla de proyecto tenemos 1,57 cm2/m.
Los tipos de juntas serán los siguientes:
Juntas longitudinales: de 10 mm de espesor y 45 mm de profundidad de aserrado; selladas con espuma de plástico impregnada o relleno premoldeado de neoprene y asfalto. Llevará barras de unión de 8 mm de diámetro de acero torsionado Tipo III, de 55 cm. de longitud y 60 cm. de separación.
Juntas de contracción transversal: de 10 mm de espesor y 45 mm de profundidad de aserrado; selladas con espuma de plástico impregnada o relleno premoldeado de neoprene y asfalto. La separación entre juntas será de 5 mts. Se utilizarán pasadores de 20 mm de diámetro de acero dulce, de 40 cm. de longitud con una separación de 30 cm. En todos los casos la mitad del pasador deberá ser pintada con pintura asfáltica y dos manos de grasa para permitir su desplazamiento en la losa.
Juntas de expansión o dilatación transversales: de 20 mm de espesor, rellena con madera compresible o relleno premoldeado bituminoso y selladas con espuma de plástico impregnada; previo al curado se realizará un relleno de colado de tipo asfáltico. Se utilizarán pasadores de 20 mm de diámetro de acero dulce, de 50 cm. de longitud con una separación de 30 cm. En todos los casos la mitad del pasador deberá ser pintada con pintura asfáltica y dos manos de grasa y se colocará un manguito de expansión con tapa para permitir su desplazamiento en la losa. Estas juntas se ejecutarán con una separación de 100m.
En las juntas, la diferencia de nivel entre las losas adyacentes no será mayor de 1 mm, en los pasadores una vez colocados se medirá la distancia entre ellos y se controlará su horizontabilidad y su perpendicularidad a las juntas.
Después de nivelado el hormigón se lo compactará y alisará con un dispositivo apropiado para darle bombeo a la sección transversal y la superficie de textura uniforme, tan pronto como se haya enrasado el hormigón se lo compactará y alisará longitudinalmente.
Después de completarse los trabajos de terminación y tan pronto lo permita el estado de la superficie se procederá al curado de la losa, a tal efecto se respetarán las recomendaciones de la DNV en sus pliegos de especificaciones técnicas. Una vez efectuados los ensayos pertinentes se deberá proteger cuidadosamente la superficie de la calzada mediante la colocación de barreras y señalización apropiadas.
La calzada de hormigón podrá liberarse al tránsito después de transcurrir 14 días desde su construcción, siempre que los ensayos de flexión sobre probetas que tengan la misma edad, den resultados superiores a la resistencia especificadas, de lo contrario deberá esperarse 28 días.
La Dirección de Obra podrá solicitar, por cuenta del contratista, todos los ensayos y pruebas que crea necesarias en el marco de las recomendaciones que a tal efecto indiquen los pliegos de referencia de la DNV.
Desagües:
Se prevé la ejecución de sumideros con sus correspondientes conductos para la evacuación de las aguas superficiales hacia los sumideros y cámaras existentes respectivamente.
Los sumideros a consumir se interconectarán entre sí en forma transversal a la calzada con un caño de IIº simple comprimido de 300 mm de diámetro colocado con una pendiente de fondo del cinco por mil para luego desaguar a los sumideros existentes.
Análisis de los desagües:
Se procederá a la limpieza mecanizada de los desagües pluviales existentes y a la verificación de su correcto funcionamiento.
ANEXO I
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ANEXO II
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• Otros ingresos
A continuación se presentan cada uno de estos conceptos:
1.1- PEAJE
Este concepto corresponde a los ingresos por peaje por toque de dársena. La tarifa proyectada neta de IVA para los servicios nacionales es la actualmente vigente de $ 6,8962. La tarifa proyectada neta de IVA para los servicios internacionales asciende a $ 12.
La cantidad de toques de dársena para los servicios nacionales proyectada para el primer año del período de prórroga (entre octubre de 2005 y septiembre de 2006) se corresponde con la cantidad de toques facturados en el año 2005: 598.470.
La cantidad de toques de dársena para los servicios internacionales proyectada para el primer año del período de prórroga (entre octubre de 2005 y septiembre de 2006) se corresponde con la cantidad de toques facturados en el año 2005: 34.617.
A partir del segundo año del período de prórroga se proyecta un crecimiento en la cantidad de toques de dársena del 0,5% anual acumulativo tanto para los servicios nacionales como para los internacionales3.
El monto correspondiente a los ingresos por peaje surge de sumar los ingresos de los servicios nacionales (cantidad de toques por tarifa) e internacionales (cantidad de toques por tarifa). Para el primer año del período de prórroga se proyecta un ingreso de $ 4.542.453.
1.2- ALQUILER DE BOLETERIAS
Los ingresos anuales por alquiler de boleterías se proyectan en $ 1.108.256 para los diez años del período de prórroga.
Las expensas correspondientes se proyectan en $ 356.284. Este monto representa un 32% de los ingresos por alquiler de boleterías.
Estos montos se proyectan constantes para los 10 años del período de prórroga.
1.3- ALQUILER DE OFICINAS
Los ingresos anuales por alquiler de oficinas se proyectan en $ 235.705 para los diez años del período de prórroga.
Las expensas correspondientes se proyectan en $ 53.005. Este monto representa un 22% de los ingresos por alquiler de oficinas.
Estos montos se proyectan constantes para los 10 años del período de prórroga.
1.4.- ALQUILER ENCOMIENDAS
Los ingresos anuales por alquiler de depósitos de equipaje se proyectan en $ 355.200 para los diez años del período de prórroga. Este monto surge de multiplicar $ 8 por mes por metro cuadrado por una superficie en alquiler de 3.700 metros cuadrados.
Las expensas correspondientes se proyectan en $ 56.832. Este monto representa un 16% de los ingresos por alquiler de depósitos.
Estos montos se proyectan constantes para los 10 años del período de prórroga.
1.5- ALQUILER DEPOSITOS
Los ingresos anuales por alquiler de depósitos de equipaje se proyectan en $ 169.440 para los diez años del período de prórroga. Este monto surge de multiplicar $ 8 por mes por metro cuadrado por una superficie en alquiler de 1.765 metros cuadrados.
Las expensas correspondientes se proyectan en $ 27.110,40. Este monto representa un 16% de los ingresos por alquiler de depósitos.
Estos montos se proyectan constantes para los 10 años del período de prórroga.
1.6- ALQUILERES LOCALES COMERCIALES
Los ingresos anuales por locales comerciales se proyectan en $ 5.669.137 para los diez años del período de prórroga. Este monto se corresponde con los ingresos correspondientes a este concepto para el período enero - diciembre de 2005.
Este monto se proyecta constante para los 10 años del período de prórroga.
1.7- EXPENSAS
Los ingresos anuales por expensas se proyectan en $ 389.566. Este monto se corresponde con los ingresos correspondientes a este concepto para el período enero – diciembre de 2005.
Este monto se proyecta constante para los 10 años del período de prórroga.
1.8- PLAYA DE ESTACIONAMIENTO
Los ingresos anuales de la Playa de Estacionamiento se proyectan en $ 3.977.161 para los diez años del período de prórroga. Este monto se corresponde con los ingresos correspondientes a este concepto para el período enero - diciembre de 2005.
Este monto se proyecta constante para los 10 años del período de prórroga.
1.9 OTROS INGRESOS
El monto anual correspondiente a este concepto se proyecta en $ 251.457 para los diez años del período de prórroga. Este monto surge del promedio correspondiente a los años 2002 a 2005.
Este monto se proyecta constante para los 10 años del período de prórroga.
2-EGRESOS
Los conceptos correspondientes a los ingresos proyectados son los siguientes:
———
2 Este valor fue establecido por la Resolución N° 8/2003 de la Secretaría de Transporte.
3 Se mantiene la tasa de crecimiento proyectada del informe de la UNIREN del 22/08/03 (folios 355 y 366 del Exp-S01-0069297/03).
• Gastos
• Nuevas inversiones
• Canon
2.1.- GASTOS
Los conceptos correspondientes a los gastos proyectados son los siguientes:
• Personal
• Administrativos
• Mantenimiento
• Servicios Contratados
• Servicios Públicos
• Impuestos
• Honorarios
• Incobrables
• Avales Bancarios
2.1.1- PERSONAL
El monto anual proyectado para los diez años del período de prórroga asciende a $ 3.874.553. Este monto surge del costo anual del rubro personal según registraciones contables del año 2005 ($ 3.740.831) más las diferencias por incrementos salariales no reflejados contablemente4: Acuerdo homologado por Resolución N° 187/05 de la Secretaría de Trabajo ($ 65.289) y aumento otorgado por la empresa a partir de junio de 2005 ($ 68.433).
2.1.2- ADMINISTRATIVOS
El monto anual proyectado para los diez años del período de prórroga asciende a $ 236.526. Este monto surge los egresos por este concepto para el período enero diciembre del año 2005.
2.1.3- MANTENIMIENTO
El monto anual proyectado asciende a $ 1.196.008. Este monto surge de los egresos por este concepto para el período enero diciembre del año 2005. También se incluyen los gastos de mantenimiento que resultan necesarios realizar periódicamente5 para que la Estación Terminal se preserve en condiciones adecuadas. En este sentido se presentan los siguientes gastos: fresado de pavimento asfáltico de la playa de maniobras del sector plataformas: pintura de frente calle de taxis, puentes, torres de puentes, boleterías, hall público y encomiendas; y reacondicionamiento de equipos de aire acondicionado. 6
2.1.4- SERVICIOS CONTRATADOS
El monto anual proyectado para los diez años del período de prórroga asciende a $ 1.975.910. Este monto surge los egresos por este concepto para el período enero diciembre del año 2005.
2.1.5- SERVICIOS PUBLICOS
El monto anual proyectado para los diez años del período de prórroga asciende a $ 1.575.846. Este monto surge los egresos por este concepto para el período enero diciembre del año 2005.
2.1.6- IMPUESTOS
El monto anual proyectado para el primer año del período de prórroga asciende a $ 939.800,61.Este monto surge de la suma de los siguientes conceptos:
• Impuesto a los Ingresos Brutos
• Tasas, Contribuciones y Sellados
• IVA Crédito Fiscal no computable.
• Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios
• Otros impuestos
2.1.6.1- IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS
El monto anual proyectado para los diez años del período de prórroga se calculó mediante la siguiente fórmula:
IBi = 0,03 X (Ii - PEi) + 0,045 X Pei
Donde:
IBi: monto correspondiente a los impuestos a los ingresos brutos correspondiente al año i.
Ii: monto correspondientes al total de ingresos del año i.
PEi: monto correspondiente a los ingresos por la playa de estacionamiento del año i.
2.1.6.2- TASAS CONTRIBUCIONES Y SELLADOS
El monto anual proyectado para los diez años del período de prórroga asciende a $ 17.921. Este monto surge del promedio para los años 2002 a 2005.
———
4 Esto se debe a que el impacto en el costo anual de los aumentos se registra contablemente a partir de su devengamiento correspondiente a su entrada en vigencia. Esto se refleja solo parcialmente en el costo del año 2005 (ya que no abarca los 12 meses del año).
5 Cada una determinada cantidad de años.
6 Este concepto estaba considerado como gastos extraordinarios en el informe de la UNIREN del 22/08/03 (folios 355 a 366 del Exp-S01:0039297/03).
2.1.6.3- IVA CREDITO FISCAL NO COMPUTABLE
El monto anual proyectado para los diez años del período de prórroga asciende a $ 164.223. Este monto surge los egresos por este concepto para el período enero diciembre del año 2005.
2.1.6.4- IMPUESTO DEBITOS Y CREDITOS BANCARIOS
El monto anual proyectado para los diez años del período de prórroga asciende a $ 169.915. Este monto surge los egresos por este concepto para el período enero diciembre del año 2005.
2.1.6.4- OTROS IMPUESTOS
El monto anual proyectado para los diez años del período de prórroga asciende a $ 26.374. Este monto surge del promedio para los años 2002 a 2005.
2.1.7- HONORARIOS
El monto anual proyectado para los diez años del período de prórroga asciende a $ 912.255. Este monto surge de la suma de los siguientes conceptos:
• Directores y Síndicos
• Profesionales
• Judiciales
2.1.7.1- DIRECTORES Y SINDICOS
El monto anual proyectado para los diez años del período de prórroga asciende a $ 340.000. Este monto surge del Acta de Asamblea N° 15 de TEBA S.A. del día 25 de noviembre de 2005 donde se aprueba un monto de $ 250.000 en concepto de Honorarios al Directorio y $ 90.000 en concepto de Honorarios a la Comisión Fiscalizadora.
2.1.7.2- PROFESIONALES
El monto anual proyectado para los diez años del período de prórroga asciende a $ 390.240. Este monto surge del promedio de los años 2002 a 2005.
2.1.7.3- JUDICIALES
El monto anual proyectado para los diez años del período de prórroga asciende a $ 182.015. Este monto surge del promedio de los años 2002 a 2005.
2.1.8- INCOBRABLES
El monto anual proyectado para los diez años del período de prórroga asciende a $ 768.733. Este monto surge del promedio de los años 2002 a 2004.
2.1.9 AVALES BANCARIOS
El monto anual proyectado para los diez años del período de prórroga asciende a $ 266.329.
2.2- NUEVAS INVERSIONES
A continuación se presentan los montos correspondientes a las nuevas inversiones presentadas en el flujo de fondos por año de concesión.
Año prórroga
MONTO
1
2
$ 2.977.525
3
$ 4.591.657
4
$ 3.074.973
5
6
7
8
9
TOTAL
$ 10.644.155
2.3- CANON
El canon anual proyectado para los diez años de prórroga se mantiene en $ 1.200.000.
3- RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS
El resultado antes de impuesto es la diferencia entre el total de ingresos y el total de egresos. A continuación se presentan estas diferencias para los diez años de prórroga.
Año prórroga
MONTO
1
$ 3.669.754
2
$ 1.276.114
3
$ -315.877
4
$ 755.559
5
$ 2.317.623
6
$ 4.342.870
7
$ 3.897.957
8
$ 4.388.157
9
$ 3.849.117
10
$ 4.433.898
TOTAL
$ 28.615.171
4- IMPUESTO A LAS GANANCIAS
El impuesto a las ganancias proyectado se calcula de la siguiente manera:
IGi = 0,35 X RSIi
Donde:
IGi: Impuesto a las ganancias correspondiente al año i
RSIi: Resultado sujeto a impuesto correspondiente al año i
El Resultado sujeto a impuesto correspondiente al año i se calcula de la siguiente manera:
RSIi = Ii – Gi-GEi – AOi – Ci – ABUi
Donde
Ii: Ingresos totales correspondientes al año i
Gi: Gastos Extraordinarios correspondientes al año i
AOi: Amortización de obra nueva correspondiente al año i
Ci: Canon correspondiente al año i
ABUi: Amortización de la inversión en Bienes de Uso correspondiente al año i
La inversión en obra nueva se amortiza dentro del período de prórroga a los efectos de determinar la amortización para calcular el impuesto a las ganancias. Por ejemplo la inversión del año 2 se amortiza en los 8 años restantes, la inversión del año 3 en los 7 años restantes y la inversión del año 4 en los 6 años restantes.
La inversión en bienes de uso al inicio de la concesión se amortiza en los diez del período de prórroga.
5- GANANCIA DEL EJERCICIO NETA DE IMPUESTOS
La ganancia del ejercicio neta de impuestos surge de la diferencia entre el resultado antes de impuesto y el impuesto a las ganancias. A continuación se presentan estas diferencias para los diez años de prórroga.
Año
Monto
1
$ 2.444.934
2
$ -153.066
3
$ -1.622.540
4
$ -165.684
5
$ 2.105.272
6
$ 3.334.227
7
$ 3.045.034
8
$ 3.363.664
9
$ 3.013.288
10
$ 3.393.396
TOTAL
$ 18.758.525
ANEXO IV
RESERVA DE DERECHOS PARA LA PROSECUCION DE
TRAMITES NO INCLUIDOS EN EL ACTA ACUERDO.
(Corresponde a la Cláusula DECIMO SEXTA).
1.- Reclamo por Omisión de Concentración Obligatoria en la ETOR.
Si bien el reclamo se encuentra plasmado en forma autónoma o conjunta con otras cuestiones en los expedientes que se mencionan a continuación, la reserva sólo se refiere a la aplicación del artículo 32 del Decreto N° 958/92 y del artículo 2.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales para la licitación de la ETOR.
• Expediente ACTU-S01:38423/2003 (ACTCNRT N° 3493/01).
• Expediente EXP-S01:0039297/2003.
• Expediente EXP-S01:0055434/2006.
2 - Reclamo por Liberación de Garantía de Obras.
Si bien el reclamo se encuentra plasmado en forma autónoma o conjunta con otras cuestiones en los expedientes que se mencionan a continuación, la reserva sólo se refiere a la aplicación del artículo 63.4 del Pliego de Bases y Condiciones Generales para la licitación de la ETOR.
• Expediente EXP-S01:0231114/2002.
• ACTU-S01:0026140/2002.
• EXP-S01:0034672/2003.
• ACTU-S01:0017954/2003.
• EXP-S01:0281038/2005.
ACTA ACUERDO
En Buenos Aires, a los 18 días del mes de agosto de 1999, entre la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, representada en este acto por su titular, el Sr. Gustavo ALVAREZ, en adelante "la Subsecretaría", por una parte, y TEBA S.A, representada en este acto por su Presidente, el Sr. Néstor OTERO, en adelante "TEBA S.A.", por otra, con la presencia del Sr. Presidente de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, Dn. Roberto CIAPPA,
MANIFIESTAN:
Que por el Decreto N° 1995/93 se aprobó el Contrato de Concesión de la Administración, Explotación Comercial, Reparaciones, Ampliación y Servicios Complementarios de la ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS RETIRO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (ETOR), suscripto con la "TEBA S.A.".
Que por el Decreto N° 1293/97, por los fundamentos expuestos en sus considerandos, se autorizó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a introducir en el referido contrato de concesión las modificaciones que fueran necesarias, de conformidad a lo establecido en su articulado.
Que con fecha 30 de diciembre de 1997 entre el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y "TEBA S.A." se suscribió el Convenio de Renegociación autorizado por el Decreto N° 1293/97.
Que haciendo mérito de la desregulación dispuesta por el Decreto N° 2284/91, ratificado por el artículo 29 de la Ley N° 24.307, mediante el Decreto N° 958/92, modificado por su similar 808/95, se dispuso adaptar el régimen del transporte terrestre interurbano de pasajeros a los principios de apertura implementados por el Gobierno Nacional en otros sectores del transporte.
Que como se señala en los considerandos del Decreto N° 958/92, el Gobierno Nacional ha encarado un amplio programa de transformación del sistema nacional de transporte tendiente, entre otros aspectos, a disminuir sus costos, en la perspectiva de contribuir al incremento de la competitividad de la economía y al mejoramiento de la calidad de los servicios.
Que a partir de la puesta en vigencia del nuevo sistema implementado por el Decreto N° 958/92, se ha verificado un importante desarrollo de nuevos servicios y empresas permisionarias, así como una indudable disminución en el valor de las tarifas, que en la actualidad funcionan muy por debajo del máximo autorizado.
Que el costo derivado del peaje (toque de dársena) que deben abonar las empresas de transporte automotor de pasajeros de larga distancia que tienen como origen o destino la Ciudad de Buenos Aires, así como el resto de las tarifas que cobra "TEBA S.A." como concesionaria de la ETOR, constituyen un ítem importante dentro de los costos del servicio, lo que se refleja directamente en el nivel tarifario de los servicios de transporte de pasajeros desarrollados por aquellas.
Que el artículo 49.4.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que rigió la Licitación Pública oportunamente convocada para la concesión de la ETOR, establece que "Las tarifas serán justas y razonables y se establecerán de manera que los ingresos del concesionario derivados de los servicios rentados y de las prestaciones complementarias no excedan el monto necesario para cubrir todos los costos de una explotación eficiente de la ETOR y obtener una rentabilidad adecuada a la inversión realizada".
Que no puede dejar de señalarse que por el Decreto N° 260/97 se declaró en estado de emergencia por el plazo de TREINTA Y SEIS (36) meses contados a partir de su publicación a la actividad aseguradora del autotransporte público de pasajeros y a la situación de las empresas prestadoras de ese servicio, con el alcance y condiciones que allí se determinaron.
Que, por otra parte, no puede desconocerse que al costo del uso de la ETOR, se suma los aranceles requeridos para el uso del resto de las terminales que, en el interior del país, ya que las jurisdicciones locales suelen obligar a la empresa a ingresar a las mismas para el ascenso y descenso de los pasajeros, exigiendo como contraprestación el pago de una determinada tarifa.
Que si bien ello es de competencia local, no puede desconocerse que la tarifa que se cobra para el uso de la ETOR constituye un valor de referencia para el resto de las terminales, de modo que el beneficio logrado por la disminución del derecho de toque habrá de potenciarse si el ejemplo prospera.
Que, de esta forma, mediante una disminución de los costos fijos del servicio, y en el marco de desregulación y competencia actualmente vigente, se habrá de lograr una nueva disminución tarifaria del transporte de pasajeros de larga distancia, permitiendo de esta forma hacer más competitivo al mismo frente a otros modos de transporte.
Que, por lo expuesto, y ante la necesidad de continuar disminuyendo los costos del transporte automotor de pasajeros de larga distancia, la Subsecretaría ha analizado distintas alternativas a efectos de lograr una disminución o eliminación del peaje (toque de dársena) que abonan las empresas que ingresan o egresan de la ETOR.
Que en el Convenio de Renegociación de 1997, ya mencionado, se estableció, entre otras cosas, una redeterminación en el valor del peaje (toque de dársena), del alquiler de depósitos y recepción de equipajes y de alquiler de oficinas.
Que a los efectos de lograr una nueva disminución en las tarifas que cobra "TEBA S.A." por el uso de la ETOR, se ha analizado la posibilidad de disminuir el canon mensual que, de conformidad a lo establecido en el 4.2 del Contrato de Concesión, debe abonar el concesionario.
Que, al efecto, resultó de indudable valor como antecedente, lo establecido en el Decreto N° 686/ 95, por el cual se encomendó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la iniciación de tratativas con los concesionarios de los servicios de transporte ferroviario de cargas, orientadas a la supresión o reducción de la obligación del pago del canon establecida en los contratos de concesión para la explotación de los diversos sectores de la red ferroviaria nacional, manteniéndose el equilibrio de la ecuación económica - financiera del contrato en beneficio del usuario y del interés publico, mediante reducciones equivalentes en los fletes o aumentos en las inversiones a realizar.
Que el artículo 46.4 —Revisión del Canon— del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares prevé la posibilidad de revisar el canon cuando su aplicación condujera a una notoria alteración del contenido económico representado por el canon a la fecha de la apertura de la licitación.
Que, de esta forma, como contraprestación de la reducción de las tarifas que cobra "TEBA S.A." a las empresas de transporte por el uso de la terminal, en atención a lo establecido por el mencionado artículo 46.4 corresponde acceder a una reducción del monto del canon, sólo en la medida de la alteración de la ecuación económico financiera de la concesión derivada de aquella reducción.
Que, por todo lo expuesto, las partes
ACUERDAN:
PRIMERA: "TEBA S.A." acepta una disminución en el valor máximo del peaje (toque de dársena) previsto en el artículo 18.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales (valor modificado por el Convenio de Renegociación de 1997), el cual queda fijado en la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOCE (u$s 12.-), neto del Impuesto al Valor Agregado, para el transporte de larga distancia, y DOLARES ESTADOUNIDENSES NUEVE (u$s 9.-), neto del Impuesto al Valor Agregado, para el transporte de media y corta distancia, valores que deberán incrementarse en los mismos porcentuales establecidos en el contrato originario para los casos de viajes no programados ni informados a la concesionaria, de más y menos de TRESCIENTOS (300) kilómetros, según corresponda.
SEGUNDA.: "TEBA S.A." acepta una disminución en los valores máximo de alquiler de boleterías, Oficinas y Depósitos, previstos en el artículo 18.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales (valores modificados por el Convenio de Renegociación de 1997), los cuales quedan establecidos en las sumas de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA (u$s 50.-) DOLARES ESTADOUNIDENSES QUINCE (U$S 15.-) y DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS (u$s 2.-), respectivamente, en todos los casos por metro cuadrado y neto del Impuesto al Valor Agregado.
TERCERA: Establécese en concepto de expensas, como porcentaje máximo a percibir por el Concesionario el 32% del monto que resulte por aplicación de lo establecido en la Cláusula SEGUNDA del presente.
CUARTA: Como contrapartida de la disminución de los valores máximos a percibir, convenida en las cláusulas primera y segunda, y de acuerdo a la readecuación de la ecuación económico financiera de la concesión (que obra y se aprueba como Anexo I a la presente), el valor del canon mensual, previsto y definido en el artículo 46 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, y determinado en el artículo 4.2 del Contrato de Concesión, aprobado por el Decreto N° 1995/93, se establece en la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES (u$s 204.573).
QUINTA: Dado que la reducción a que hace referencia la Cláusula SEGUNDA del presente, fue instrumentada por el Concesionario el día 1 de mayo de 1999, el presente Acuerdo tiene principio de ejecución en dicha fecha, una vez ratificado por el Poder Ejecutivo Nacional.
SEXTA: La redeterminación del canon mensual, prevista en la cláusula tercera, no modifica de ninguna manera, ni resulta aplicable, a la deuda reconocida por "TEBA S.A." en la cláusula novena del Convenio de Renegociación de 1997, en concepto de canon adeudado.
SEPTIMA: El presente convenio se firma "ad referendum" de su aprobación por el Poder Ejecutivo Nacional.
Se deja aclarado que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, ente que ejerce las funciones de Comisión de Control previstas en el Pliego, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 1388/96, representada en este acto por su Presidente, el Sr. Roberto CIAPPA, suscribe el presente Acta Acuerdo en ejercicio de tales funciones, y a esos exclusivos efectos.
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto, en el lugar y fechas consignado al comienzo.
ANEXO I
[IMG]
| - Módulo de rotura a la flexión:| | 37 Kg/cm2 a los 28 días. |
|---|---|
| - Resistencia a la compresión: | 300 Kg/cm2 a los 28 días. |
| 325 Kg/cm2 a los 50 días. | |
| 350 Kg/cm2 a los 100 días. | |
| Carga admisible de proyecto | = 9,5 ton/eje. |
| --- | --- |
| Carga efectiva de uso | = 7,92 ton/eje. |
| - Módulo de rotura a la flexión: | 37 Kg/cm2 a los 28 días. |
| --- | --- |
| - Resistencia a la compresión: | 300 Kg/cm2 a los 28 días. |
| 325 Kg/cm2 a los 50 días. | |
| 350 Kg/cm2 a los 100 días. | |
| Carga admisible de proyecto | = 9,5 ton/eje. |
| --- | --- |
| Carga efectiva de uso | = 7,92 ton/eje. |
| Modelo de rotura a la flexión: | 37 Kg/cm2 a los 28 días. |
| --- | --- |
| Resistencia a la compresión: | 300 Kg/cm2 a los 28 días. |
| 325 kg/cm2 a los 50 días | |
| 350 kg/cm2 a los 100 días | |
| - Módulo de rotura a la flexión: | 37 Kg/cm2 a los 28 días. |
| --- | --- |
| - Resistencia a la compresión: | 300Kg/cm2 a los 28 días. |
| 325 Kg/cm2 a los 50 días. | |
| 350 Kg/cm2 a los 100 días. | |
| Carga admisible de proyecto | = 9,5 ton/eje. |
| --- | --- |
| Carga efectiva de uso | = 7,92 ton/eje. |
| Año prórroga | MONTO |
| --- | --- |
| 1 | |
| 2 | $ 2.977.525 |
| 3 | $ 4.591.657 |
| 4 | $ 3.074.973 |
| 5 | |
| 6 | |
| 7 | |
| 8 | |
| 9 | |
| TOTAL | $ 10.644.155 |
| Año prórroga | MONTO |
| --- | --- |
| 1 | $ 3.669.754 |
| 2 | $ 1.276.114 |
| 3 | $ -315.877 |
| 4 | $ 755.559 |
| 5 | $ 2.317.623 |
| 6 | $ 4.342.870 |
| 7 | $ 3.897.957 |
| 8 | $ 4.388.157 |
| 9 | $ 3.849.117 |
| 10 | $ 4.433.898 |
| TOTAL | $ 28.615.171 |
| Año | Monto |
| --- | --- |
| 1 | $ 2.444.934 |
| 2 | $ -153.066 |
| 3 | $ -1.622.540 |
| 4 | $ -165.684 |
| 5 | $ 2.105.272 |
| 6 | $ 3.334.227 |
| 7 | $ 3.045.034 |
| 8 | $ 3.363.664 |
| 9 | $ 3.013.288 |
| 10 | $ 3.393.396 |
| TOTAL | $ 18.758.525 |
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de InfoLEG, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
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