ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 293/2024
**DECTO-2024-293-APN-PTE - Decreto Nº
50/2019. Modificación.**
Ciudad de Buenos Aires, 05/04/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-20647147-APN-DGDA#MEC, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992) y sus modificatorios, el Decreto Nº 50 del 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 8/23 se modificó la Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto Nº 438/92) estableciendo los Ministerios que
tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y las
Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar la actividad del
Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 195/24, entre otras cuestiones, se suprimió el
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA y se modificaron las competencias del
MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que resulta necesario adecuar el Organigrama de Aplicación, los
Objetivos y el ámbito jurisdiccional de actuación de organismos
desconcentrados y descentralizados del MINISTERIO DE ECONOMÍA y del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la
SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por
el siguiente:
“IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE ASUNTOS PRODUCTIVOS Y DE
LA BIOECONOMÍA
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y
ESPECIALES DE DESARROLLO E INVERSIÓN PÚBLICA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA
- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA
SECRETARÍA DE HACIENDA
- SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO
- SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN FISCAL PROVINCIAL
SECRETARÍA DE FINANZAS
- SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES
- SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INTERNACIONAL
SECRETARÍA DE ENERGÍA
- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
- SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS
- SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES GASEOSOS
- SUBSECRETARÍA DE TRANSICIÓN Y PLANEAMIENTO ENERGÉTICO
SECRETARÍA DE MINERÍA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE
LA BIOECONOMÍA
- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE POLÍTICAS DE DESARROLLO
PRODUCTIVO Y DE LA BIOECONOMÍA
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA
DEL CONOCIMIENTO
- SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
- SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES
- SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA INDUSTRIAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA
- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL
SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA
- SUBSECRETARÍA DE BIOINDUSTRIAS, BIOTECNOLOGÍAS E INNOVACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROPECUARIOS Y NEGOCIACIONES
INTERNACIONALES
- SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL
- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS ACUÁTICOS Y PESCA
SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL
- SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y VIVIENDA
- SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
- SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS
- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
- SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AÉREO
SECRETARÍA DE CONCESIONES
- SUBSECRETARÍA DE LICITACIÓN DE PROYECTOS
- SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL”.
ARTÍCULO 2°.- Suprímese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado XIII, MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA.
ARTÍCULO 3°.- Sustitúyense del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el obrante
en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-30459251-APN-MEC) al presente artículo,
que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 4°.- Suprímese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado XIII, MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.
ARTÍCULO 5°.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado XVII, MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, el
Objetivo 38 de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
por el siguiente:
“38. Asistir al Ministro en el ejercicio del control tutelar del
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES)”.
ARTÍCULO 6°.- Sustitúyense del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, los Apartados IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA y
XVII, MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, por los que, con igual
denominación, obran en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-27758590-APN-MEC) al
presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 7°.- Suprímese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los
que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado XIII, MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA.
ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría,
las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal
con sus respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos
vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 9º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas
por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos
presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Nicolás Posse
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/04/2024 N° 19079/24 v. 08/04/2024
(*Nota
Infoleg:**
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)*
**PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 3°**
(ANEXO II)
IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
OBJETIVOS
Asistir al Ministro en la priorización de las políticas públicas a
implementarse desde el Ministerio y en la coordinación de los objetivos
estratégicos que le encomiende el titular de la Jurisdicción.
Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a
dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el
Ministro.
Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las
distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.
Asistir en el diseño de proyectos especiales que contribuyan a la
viabilidad de políticas sustantivas en el ámbito de competencia del
Ministerio.
Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,
herramientas y procedimientos para generar información de gestión, en
coordinación con las áreas competentes.
Sistematizar reportes e información producida por las unidades
dependientes del Ministerio relativa a la implementación y ejecución de
las diferentes políticas públicas de competencia de la Jurisdicción.
Brindar apoyo en el diseño de la agenda institucional del Ministerio
de acuerdo a los objetivos planteados para la gestión.
Colaborar en el análisis de las propuestas de acuerdos y convenios a
celebrarse por el Ministerio.
Entender y asistir al Ministro en todas las cuestiones vinculadas
con la gestión logística propias del desarrollo de sus funciones
institucionales.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
Dirigir el diseño e implementación de políticas administrativas,
presupuestarias y financieras de los distintos Servicios
Administrativos Financieros de la Jurisdicción.
Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo técnico y
administrativo de los distintos Servicios Administrativos Financieros
del Ministerio.
Coordinar las actividades de apoyo legal del servicio jurídico del
Ministerio.
Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad
sustantiva corresponden a la gestión de otras unidades programáticas.
Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos
del Ministerio.
Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.
Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y
disciplinarios del Ministerio.
Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y
demás adquisiciones efectuadas por los distintos Servicios
Administrativos Financieros del Ministerio, como así también en los
proyectos de participación público-privada.
Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción.
Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo del Ministerio.
Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,
de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e
inmuebles y servicios del Ministerio.
Entender en la administración y coordinación de los sistemas y
recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.
Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de
la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el
ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca
la Autoridad de Aplicación en cada materia.
Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las
previsiones establecidas en la Ley N° 27.275.
Coordinar la comunicación institucional interna y externa.
Coordinar la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación
de la imagen institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.
Coordinar la relación con la prensa y los medios de comunicación de
la Jurisdicción.
Asistir al Ministro en todo lo concerniente a las relaciones
institucionales de la Jurisdicción.
Asistir al Ministro en materia de ceremonial y protocolo.
Brindar información procesada como aporte a la comunicación
institucional interna y externa de la Jurisdicción.
Asesorar a las autoridades de la Jurisdicción en la elaboración de
mecanismos de fortalecimiento institucional, en materia de su
competencia.
Supervisar la promoción de la gestión cultural, el fortalecimiento
institucional y las relaciones basadas en el patrimonio artístico,
aplicando el marco jurídico relativo a los bienes culturales.
Coordinar el Centro de Documentación e Información y entender en la
recuperación y conservación del patrimonio cultural, así como
fortalecer el acervo editorial de la Jurisdicción.
Coordinar el suministro de la información solicitada por la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS relativa a empresas y sociedades del
estado en las que el Ministerio tenga participación societaria.
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA LEGAL
OBJETIVOS
Coordinar el servicio jurídico del Ministerio, en lo que respecta a
la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos.
Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo
que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales,
prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos
del Poder Judicial.
Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia
en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.
Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia
de proyectos de leyes y actos administrativos.
Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de
los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico
relativos a su competencia.
Participar en materia de cancelación de pasivos mediante bonos de
consolidación de deuda y de los saldos de deudas a cargo de la
Administración Pública Nacional.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.