ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2024-04-08
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 293/2024

**DECTO-2024-293-APN-PTE - Decreto Nº

50/2019. Modificación.**

Ciudad de Buenos Aires, 05/04/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-20647147-APN-DGDA#MEC, la Ley de

Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de

marzo de 1992) y sus modificatorios, el Decreto Nº 50 del 19 de

diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 8/23 se modificó la Ley de Ministerios (texto

ordenado por Decreto Nº 438/92) estableciendo los Ministerios que

tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y las

Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar la actividad del

Presidente de la Nación.

Que por el Decreto N° 195/24, entre otras cuestiones, se suprimió el

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA y se modificaron las competencias del

MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de

la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que resulta necesario adecuar el Organigrama de Aplicación, los

Objetivos y el ámbito jurisdiccional de actuación de organismos

desconcentrados y descentralizados del MINISTERIO DE ECONOMÍA y del

MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la

SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del

MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por

el siguiente:

“IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

LA BIOECONOMÍA

ESPECIALES DE DESARROLLO E INVERSIÓN PÚBLICA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SECRETARÍA DE HACIENDA

SECRETARÍA DE FINANZAS

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SECRETARÍA DE MINERÍA

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE

LA BIOECONOMÍA

PRODUCTIVO Y DE LA BIOECONOMÍA

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA

DEL CONOCIMIENTO

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

INTERNACIONALES

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SECRETARÍA DE CONCESIONES

ARTÍCULO 2°.- Suprímese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado XIII, MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA.

ARTÍCULO 3°.- Sustitúyense del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el obrante

en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-30459251-APN-MEC) al presente artículo,

que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Suprímese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, el Apartado XIII, MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

ARTÍCULO 5°.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, en el Apartado XVII, MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, el

Objetivo 38 de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

por el siguiente:

“38. Asistir al Ministro en el ejercicio del control tutelar del

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES)”.

ARTÍCULO 6°.- Sustitúyense del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en

los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,

aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, los Apartados IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA y

XVII, MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, por los que, con igual

denominación, obran en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-27758590-APN-MEC) al

presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 7°.- Suprímese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los

que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,

aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado XIII, MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA.

ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las

áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las

aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría,

las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal

con sus respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos

vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 9º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias

correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas

por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos

presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.

ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Nicolás Posse

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/04/2024 N° 19079/24 v. 08/04/2024

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

**PLANILLA

ANEXA AL ARTÍCULO 3°**

(ANEXO II)

IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro en la priorización de las políticas públicas a

implementarse desde el Ministerio y en la coordinación de los objetivos

estratégicos que le encomiende el titular de la Jurisdicción.

2.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar adecuada y rápida respuesta a las cuestiones priorizadas por el

Ministro.

3.

Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las

distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

4.

Asistir en el diseño de proyectos especiales que contribuyan a la

viabilidad de políticas sustantivas en el ámbito de competencia del

Ministerio.

5.

Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos para generar información de gestión, en

coordinación con las áreas competentes.

6.

Sistematizar reportes e información producida por las unidades

dependientes del Ministerio relativa a la implementación y ejecución de

las diferentes políticas públicas de competencia de la Jurisdicción.

7.

Brindar apoyo en el diseño de la agenda institucional del Ministerio

de acuerdo a los objetivos planteados para la gestión.

8.

Colaborar en el análisis de las propuestas de acuerdos y convenios a

celebrarse por el Ministerio.

9.

Entender y asistir al Ministro en todas las cuestiones vinculadas

con la gestión logística propias del desarrollo de sus funciones

institucionales.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Dirigir el diseño e implementación de políticas administrativas,

presupuestarias y financieras de los distintos Servicios

Administrativos Financieros de la Jurisdicción.

2.

Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo técnico y

administrativo de los distintos Servicios Administrativos Financieros

del Ministerio.

3.

Coordinar las actividades de apoyo legal del servicio jurídico del

Ministerio.

4.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad

sustantiva corresponden a la gestión de otras unidades programáticas.

5.

Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos

del Ministerio.

6.

Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

7.

Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y

disciplinarios del Ministerio.

8.

Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las

contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y

demás adquisiciones efectuadas por los distintos Servicios

Administrativos Financieros del Ministerio, como así también en los

proyectos de participación público-privada.

9.

Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo de la Jurisdicción.

10.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

11.

Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e

inmuebles y servicios del Ministerio.

12.

Entender en la administración y coordinación de los sistemas y

recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.

13.

Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de

la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el

ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca

la Autoridad de Aplicación en cada materia.

14.

Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las

previsiones establecidas en la Ley N° 27.275.

15.

Coordinar la comunicación institucional interna y externa.

16.

Coordinar la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación

de la imagen institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.

17.

Coordinar la relación con la prensa y los medios de comunicación de

la Jurisdicción.

18.

Asistir al Ministro en todo lo concerniente a las relaciones

institucionales de la Jurisdicción.

19.

Asistir al Ministro en materia de ceremonial y protocolo.

20.

Brindar información procesada como aporte a la comunicación

institucional interna y externa de la Jurisdicción.

21.

Asesorar a las autoridades de la Jurisdicción en la elaboración de

mecanismos de fortalecimiento institucional, en materia de su

competencia.

22.

Supervisar la promoción de la gestión cultural, el fortalecimiento

institucional y las relaciones basadas en el patrimonio artístico,

aplicando el marco jurídico relativo a los bienes culturales.

23.

Coordinar el Centro de Documentación e Información y entender en la

recuperación y conservación del patrimonio cultural, así como

fortalecer el acervo editorial de la Jurisdicción.

24.

Coordinar el suministro de la información solicitada por la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS relativa a empresas y sociedades del

estado en las que el Ministerio tenga participación societaria.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1.

Coordinar el servicio jurídico del Ministerio, en lo que respecta a

la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos.

2.

Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo

que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales,

prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos

del Poder Judicial.

3.

Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia

en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.

4.

Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia

de proyectos de leyes y actos administrativos.

5.

Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de

los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico

relativos a su competencia.

6.

Participar en materia de cancelación de pasivos mediante bonos de

consolidación de deuda y de los saldos de deudas a cargo de la

Administración Pública Nacional.

7.

Asistir a la Secretaría en relación con los contratos de obras y

servicios públicos de la Jurisdicción.

8.

Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas

aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

9.

Intervenir en la tramitación de los sumarios

administrativo-disciplinarios que se instruyan en la órbita del

Ministerio.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

OBJETIVOS

1.

Asistir en el diseño y evaluación del cumplimiento de la política

presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros de la

Jurisdicción, con excepción de aquellos asignados a la SUBSECRETARÍA DE

GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE ASUNTOS PRODUCTIVOS Y DE LA BIOECONOMÍA y a

la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA.

2.

Colaborar con la Secretaría en su asistencia a las unidades

ejecutoras de las distintas categorías programáticas, correspondientes

a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita, en

la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las

modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, correspondientes a los Servicios Administrativos

Financieros asignados a su órbita, efectuando los trámites

administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos,

materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el

cumplimiento de los objetivos y metas previstos para la SECRETARÍA

LEGAL Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA, la

SECRETARÍA DE HACIENDA, la SECRETARÍA DE FINANZAS, la SECRETARÍA DE

ENERGÍA y la SECRETARÍA DE MINERÍA.

4.

Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que

presta servicio, así como la planificación de las actividades de

administración general, con excepción de aquellas que por su

especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades

programáticas.

5.

Intervenir en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, mantenimiento y administración de bienes muebles e

inmuebles, y de servicios correspondientes a los Servicios

Administrativos Financieros asignados a su órbita.

6.

Supervisar la gestión documental de las áreas vinculadas a los

Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.

7.

Coordinar la aplicación de la política de administración del

personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de

comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como

la gestión de los espacios físicos del Ministerio y de las áreas

vinculadas a los Servicios Administrativos Financieros asignados a su

órbita.

8.

Dirigir la aplicación de los programas de administración y

liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las

empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen

de operar por cualquier causa; así como coordinar todo lo vinculado con

la liquidación de aquellos fondos fiduciarios que comprometen bienes

y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o

Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y de otros cuya

liquidación sea encomendada al Ministerio, como así también de sus

bienes, derechos y obligaciones remanentes.

9.

Proponer las acciones vinculadas a los procesos de reconversión

empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO

NACIONAL, en lo que es materia de su competencia, y coordinar la

aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el

Sector Público Nacional y el sector privado, en el marco de las normas

vigentes.

10.

Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea

participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las

pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

11.

Coordinar, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la gestión de los directores que

representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas con participación

estatal en el ámbito de la Jurisdicción, como así también, la

representación del MINISTERIO DE ECONOMÍA en aquellos órganos

societarios de los entes donde la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL

posean participación accionaria y la tenencia accionaria sea ejercida

por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, con excepción de aquellas empresas con

participación estatal y órganos societarios que pertenezcan a los

sectores de hacienda, financieros, energéticos y mineros, de industria,

comercio, de bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca, de obras

públicas y transporte.

12.

Coordinar la implementación y la ejecución de los Programas de

Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito de la

Jurisdicción y la gestión en sede administrativa vinculada con la

cancelación de pasivos cuyo pago deba materializarse en bonos de

consolidación de deuda, en el marco de las competencias asignadas.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE ASUNTOS PRODUCTIVOS Y DE LA

BIOECONOMÍA

OBJETIVOS

1.

Asistir en el diseño y en la evaluación del cumplimiento de la

política presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros de

las áreas vinculadas a la industria, el comercio y el desarrollo

productivo, la bioeconomía, la agricultura, ganadería y pesca.

2.

Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas de los Servicios Administrativos Financieros de las áreas

vinculadas a la industria, el comercio y el desarrollo productivo, la

bioeconomía, la agricultura, ganadería y pesca, en la formulación y

programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que

se proyecten durante el ejercicio financiero.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas correspondientes a los Servicios Administrativos

Financieros de las áreas vinculadas a la industria, el comercio y el

desarrollo productivo, la bioeconomía, la agricultura, ganadería y

pesca efectuando los trámites administrativos necesarios para la

gestión de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos

y los insumos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas

previstos en las áreas de su competencia.

4.

Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que

presta servicio, así como la planificación de las actividades de

administración general, con excepción de aquellas que por su

especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades

programáticas.

5.

Intervenir en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, mantenimiento y administración de bienes muebles e

inmuebles, y servicios correspondientes a los Servicios Administrativos

Financieros asignados a su órbita.

6.

Coordinar la aplicación de la política de administración del

personal y de los de recursos tecnológicos, informáticos y de

comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como

la gestión de los espacios físicos de las áreas vinculadas a los

Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.

7.

Supervisar la gestión documental de las áreas vinculadas a los

Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA

OBJETIVOS

1.

Asistir en el diseño y en la evaluación del cumplimiento de la

política presupuestaria de los Servicios Administrativos Financieros de

las áreas vinculadas a desarrollo territorial y hábitat, obras

públicas, transporte y concesiones.

2.

Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas de los Servicios Administrativos Financieros de las áreas

vinculadas a su órbita, en la formulación y programación de la

ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten

durante el ejercicio financiero.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas correspondientes a los Servicios Administrativos

Financieros de las áreas vinculadas a su órbita, efectuando los

trámites administrativos necesarios para la gestión de los recursos

humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y los insumos

necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en

las áreas de su competencia.

4.

Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que

presta servicio, así como la planificación de las actividades de

administración general a su cargo, con excepción de aquellas que por su

especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades

programáticas.

5.

Intervenir en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, mantenimiento y administración de bienes muebles e

inmuebles y servicios correspondientes a los Servicios Administrativos

Financieros asignados a su órbita.

6.

Supervisar la gestión documental de las áreas vinculadas a los

Servicios Administrativos Financieros asignados a su órbita.

7.

Coordinar la aplicación de la política de administración del

personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de

comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como

la gestión de los espacios físicos correspondientes a las áreas

vinculadas a desarrollo territorial y hábitat, obras públicas,

transporte y concesiones.

8.

Participar en los procesos de gestión administrativa, presupuestaria

y financiera- contable de los diversos programas y proyectos,

correspondientes a las áreas vinculadas a su órbita, con excepción de

aquellos financiados con crédito externo.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y

ESPECIALES DE DESARROLLO E INVERSIÓN PÚBLICA

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la ejecución operativa y de los procesos

de gestión administrativa, presupuestaria y financiera-contable de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así

también de proyectos de participación público- privada, en lo que es

materia de su competencia.

2.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de la ejecución de los

procedimientos de adquisiciones y contrataciones, y de las actividades

de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones

técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo

y/o proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de

su competencia.

3.

Participar en las acciones relativas a la planificación,

programación y formulación de los proyectos a ser presentados para su

evaluación ante los organismos financieros internacionales, como así

también, de los proyectos de participación público-privada, definiendo

los aspectos vinculados a la gestión ejecutiva, financiera y

fiduciaria, en coordinación con las áreas pertinentes de la Secretaría

y demás áreas sustantivas del Ministerio con competencia en la materia.

4.

Coordinar, en el ámbito de sus competencias, las gestiones

tendientes a la priorización y relevamiento de demandas de programas y

proyectos con financiamiento externo, en coordinación con las restantes

áreas competentes de la Jurisdicción.

5.

Articular, con las áreas sustantivas de la Jurisdicción, las

acciones necesarias para velar por el cumplimiento de los requisitos

ambientales y sociales para la preparación, aprobación y ejecución de

los programas y proyectos con financiamiento externo y/o proyectos de

participación público-privada de la Jurisdicción.

6.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas de la Jurisdicción que ejecutan programas con

financiamiento externo, efectuando los trámites administrativos

necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales,

equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el

cumplimiento de los objetivos y metas previstos, en coordinación con la

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL, la

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE ASUNTOS PRODUCTIVOS Y DE LA

BIOECONOMÍA y la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE

INFRAESTRUCTURA.

7.

Participar en la articulación de la información y las relaciones con

los organismos nacionales e internacionales vinculados con la ejecución

de programas y proyectos con financiamiento externo y proyectos de

participación público-privada, en la órbita de la Jurisdicción.

8.

Intervenir en las actuaciones administrativas relativas a la gestión

y aprobación del financiamiento internacional e inversiones con

participación público-privada, en materia de su competencia.

9.

Participar, conforme los lineamientos impartidos por la Secretaría,

en la tramitación de los proyectos y convenios, modificaciones y

adendas a ser suscriptos en el marco de adquisiciones y contrataciones

relativas a programas y proyectos con financiamiento externo y

proyectos de participación público-privada, en la órbita de la

Jurisdicción.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

OBJETIVOS

1.

Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos

estratégicos para la programación de la política económica y la

planificación del desarrollo.

2.

Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos

institucionales que promuevan la sistematicidad, coherencia, unidad y

organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la

Jurisdicción, en lo que es materia de su competencia.

3.

Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de las

políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de su

competencia, desarrollando criterios e indicadores que permitan un

control estratégico sobre su instrumentación.

4.

Entender en la determinación de los objetivos de política económica

y elaborar las pautas que orienten al esquema de reestructuración y

negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional

en el ámbito de su competencia.

5.

Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en

el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y otros espacios

económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia

específica.

6.

Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial

y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el

desempeño de la economía, y el impacto sobre la economía local de los

cambios en el contexto internacional, en coordinación con las áreas de

la Jurisdicción con competencia en la materia.

7.

Programar y coordinar la realización de diagnósticos y el

seguimiento de los niveles de vida, de pobreza, del empleo y la

distribución del ingreso de la población y coordinar la elaboración,

propuesta y seguimiento de estrategias y políticas tendientes a

promover el crecimiento económico con inclusión social.

8.

Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación

de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, desde el

punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos, y de

pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal

en el marco de la política económica vigente.

9.

Entender en la programación regional y sectorial de la política

económica nacional, en coordinación con las distintas Jurisdicciones

del ESTADO NACIONAL a fin de establecer coherencia y complementariedad

en los lineamientos estratégicos de la política económica para el

desarrollo a largo plazo.

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA

OBJETIVOS

1.

Programar, coordinar y dirigir las tareas correspondientes al

seguimiento de la economía nacional e internacional, y entender en el

análisis de evaluación del impacto de los cambios en el contexto

internacional sobre la economía nacional, en coordinación con la

SECRETARÍA DE FINANZAS.

2.

Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación

macroeconómica, efectuar el análisis de consistencia de las políticas

macroeconómicas y asistir en la elaboración y propuesta de pautas

macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el

marco de la política económica vigente.

3.

Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la

elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar

el desempeño de la economía y efectuar el seguimiento de las pautas de

programación fiscal nacional vigentes, evaluando su impacto sobre la

economía real.

4.

Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo

plazo basadas en experiencias internacionales o en acuerdos de

coordinación de políticas macroeconómicas.

5.

Efectuar el seguimiento y el diagnóstico de los niveles de empleo,

pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, proponer vías de

acción para su mejoramiento, y asistir a la Secretaría en la

coordinación del diseño de estrategias y políticas tendientes a

promover el crecimiento económico con inclusión social.

6.

Asistir a la Secretaría en la elaboración y propuesta de criterios

para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones

fiscales desde el punto de vista de su finalidad e impacto económico,

así como en la determinación de los objetivos y pautas generales de la

política económica.

7.

Dirigir el seguimiento sistemático de las distintas cuentas del

balance de pagos y proponer las medidas tendientes a fortalecer el

desempeño del sector externo.

8.

Asistir a la Secretaría y a las áreas correspondientes del

Ministerio en la representación ante los grupos y comisiones de trabajo

en el marco del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y de otros espacios

económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia

específica.

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en el diseño y análisis de la política

económica, considerando el impacto de los componentes presupuestarios,

tributarios y regulatorios en el desarrollo productivo a nivel regional

y sectorial.

2.

Asistir a la Secretaría en el diseño de la programación

microeconómica regional y sectorial, coordinando su accionar con las

Jurisdicciones con competencia en la materia.

3.

Intervenir en el diseño e implementación de instrumentos de

seguimiento y análisis del impacto sobre la actividad de las

iniciativas presupuestarias, tributarias y de las regulaciones o

desregulaciones, a nivel regional y sectorial, y emitir informes

periódicos sobre los datos relevados y análisis efectuados.

4.

Dirigir la evaluación de los impactos de las iniciativas productivas

a nivel regional y sectorial sobre los resultados fiscales, en

coordinación con las áreas con competencia en la materia del ESTADO

NACIONAL.

5.

Coordinar el análisis de rentabilidad, estructura de costos e

incidencia de los impuestos y regulaciones nacionales o locales en la

actividad microeconómica, como insumo para la definición de la política

tributaria.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE HACIENDA

OBJETIVOS

1.

Coordinar la aplicación de las políticas y la administración

presupuestaria y financiera del gasto público nacional.

2.

Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y

Contabilidad y ejercer, con la SECRETARÍA DE FINANZAS, las funciones de

Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración

Financiera del Sector Público Nacional.

3.

Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del

ESTADO NACIONAL.

4.

Intervenir en la definición de las necesidades de financiamiento del

Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas,

por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones

de pago y desarrollar políticas y programas de asistencia a las mismas

en lo que es materia de su competencia.

5.

Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea

participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las

pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

6.

Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO

NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación

accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y

lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

7.

Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos

fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través

de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública

Nacional.

8.

Proponer la política salarial del Sector Publico Nacional y

desarrollar el control y análisis presupuestario del gasto en personal

del Sector Publico Nacional, en coordinación con las áreas

correspondientes de otras jurisdicciones del ESTADO NACIONAL con

competencia en la materia.

9.

Participar en los procesos de modernización y transparencia del

ESTADO NACIONAL, en el ámbito de su competencia.

10.

Entender en todo lo vinculado a los aspectos contables, fiscales y

económicos en la relación entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos

Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y elaborar

propuestas respecto al perfil de la deuda pública de las provincias y

de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el ESTADO NACIONAL.

11.

Asistir al Ministro en su participación en la instrumentación y

seguimiento, en forma concurrente con los otros ministerios

competentes, de políticas fiscales, económicas y financieras entre el

Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales.

12.

Intervenir en el otorgamiento de asistencia transitoria a las

provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a través de anticipos

a cuenta de las respectivas participaciones en los impuestos nacionales

coparticipables.

13.

Coordinar, en el ámbito de su competencia, la participación del

Ministerio y el accionar de los representantes de la REPÚBLICA

ARGENTINA en los foros financieros internacionales y en los organismos

internacionales de crédito.

14.

Intervenir en la representación o representar, cuando corresponda,

al Ministerio en los grupos intergubernamentales o foros de cooperación

y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero

Internacional.

15.

Intervenir en las relaciones, negociaciones y representación del

país con los organismos financieros internacionales de crédito de los

que la REPÚBLICA ARGENTINA forma parte, en los aspectos que hacen a las

políticas generales y particulares de dichos organismos y en los

préstamos provenientes de los mismos.

16.

Intervenir en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones

con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales

y multilaterales para el desarrollo, actualización y mantenimiento de

los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los

programas con dichos organismos.

17.

Intervenir en la autorización del endeudamiento del Sector Público

No Financiero Provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipal, así como en el análisis de propuestas respecto al perfil de

su endeudamiento con el ESTADO NACIONAL.

18.

Entender en el seguimiento de la evolución fiscal del Sector

Público Argentino a través de la instrumentación de un sistema de

información del Sector Público Nacional, Provincial y Municipal.

19.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en las negociaciones

salariales, dictado de actos administrativos de alcance general que

otorguen beneficios económicos de cualquier tipo a los agentes

comprendidos en las jurisdicciones del Sector Público Nacional o en

aquellas negociaciones salariales que, directa o indirectamente,

signifiquen erogaciones del Tesoro Nacional.

20.

Coordinar las relaciones entre la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE

MONEDA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

21.

Intervenir en la negociación de acuerdos internacionales en materia

impositiva y aduanera y participar en aquellos que afecten recursos de

la seguridad social.

22.

Entender en el diseño de la política impositiva, aduanera y de los

recursos de la seguridad social, como así también participar en el

diseño de los regímenes de promoción económica que involucren esos

aspectos.

23.

Diseñar, en el marco de sus competencias y en coordinación con las

áreas con competencia en la materia, convenios interjurisdiccionales

relativos a la política tributaria y de distribución de la base

imponible, en los que intervengan las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES y los municipios.

24.

Participar en el seguimiento y control de la aplicación de la

normativa vigente en materia de coparticipación de impuestos o de

regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las

provincias, en coordinación con el MINISTERIO DEL INTERIOR.

25.

Participar en los organismos de instrumentación, control y análisis

donde tenga intervención el ESTADO NACIONAL sobre el Régimen

Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales, establecido por el

Artículo 1° de la Ley N° 23.548.

26.

Asistir al Ministro en su participación en el Consejo Federal de

Responsabilidad Fiscal como órgano de Aplicación del Régimen Federal de

Responsabilidad Fiscal, creado por el artículo 27 de la Ley N° 25.917.

27.

Coordinar acciones entre los tres niveles de gobierno, y los

organismos nacionales, internacionales, bilaterales y multilaterales

que brinden asistencia para el fortalecimiento de las políticas

fiscales, económicas y financieras.

28.

Participar en mecanismos de resolución de cuestiones objeto de

controversia en el campo económico, fiscal y/o financiero entre la

Nación y las provincias o la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

29.

Coordinar la determinación de los procedimientos y metodologías de

aplicación para las valuaciones fiscales de los inmuebles, establecidos

por el Comité Ejecutivo del ORGANISMO FEDERAL DE VALUACIONES DE INMUEBLES (OFEVI), en el territorio

de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO

OBJETIVOS

1.

Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los

organismos y entidades del Sector Público Nacional.

2.

Coordinar la implementación del sistema de contabilidad

gubernamental del Sector Público Nacional.

3.

Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público

Nacional.

4.

Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de

Información Financiera (SIDIF) y la capacitación de los recursos

humanos del Sector Público Nacional en la materia.

5.

Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos

del Gobierno Nacional, los gobiernos provinciales y de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

6.

Asistir a la Secretaría en los procesos de modernización y

transparencia del ESTADO NACIONAL, en el ámbito de su competencia.

7.

Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos

del ESTADO NACIONAL.

8.

Realizar, en el ámbito de su competencia, el control y análisis

presupuestario del gasto en personal del Sector Público Nacional, en

coordinación con las Jurisdicciones con competencia en la materia.

9.

Asistir a la Secretaría en la aplicación de la política salarial en

el marco de los límites presupuestarios establecidos por la ley, en el

ámbito de sus competencias.

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

OBJETIVOS

1.

Formular el cálculo general de ingresos públicos y controlar su

ejecución, así como también calcular los gastos tributarios.

2.

Entender en el cálculo del impacto fiscal sobre los ingresos

públicos de las propuestas de reformas de política impositiva, aduanera

y de recursos de la seguridad social, así como de los acuerdos

internacionales en materia impositiva, aduanera y de los recursos de la

seguridad social.

3.

Efectuar el seguimiento sistemático de la recaudación y distribución

de los recursos tributarios nacionales.

4.

Diseñar, mediante la aplicación de instrumentos de política

tributaria, propuestas para el desarrollo económico con inclusión

social.

5.

Participar en el diseño de regímenes de promoción económica, en lo

atinente a los aspectos tributarios y en los fines extra-fiscales que

se persigan a través de ellos, actuando como autoridad de control en la

utilización de beneficios promocionales a partir de la información

suministrada por los organismos de aplicación y fiscalización

competentes en la materia, y de aplicación cuando las normas

respectivas así lo establezcan.

6.

Entender en el análisis e interpretación de las leyes, decretos y

otras normas que afectan la estructura de los impuestos y de los

recursos de la seguridad social, en el seguimiento de su aplicación y

en las propuestas de modificación de las bases imponibles, las

alícuotas, las exenciones y de cualquier otro aspecto del sistema de

determinación de aquellos.

7.

Dirigir el desarrollo e instrumentación de mecanismos de

articulación y coordinación institucional con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL

DE INGRESOS PÚBLICOS.

8.

Ejercer el control tutelar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN.

9.

Asistir a la Secretaría en su intervención en la negociación de

acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera y participar

en la negociación de aquellos que afecten recursos de la seguridad

social, en coordinación con las áreas competentes de la Administración

Pública Nacional.

10.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de la participación del

Ministerio ante organismos internacionales, en aspectos impositivos,

aduaneros y de los recursos de la seguridad social.

11.

Participar, en el ámbito de su competencia y por medio de sus

representantes, en la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO

ECONÓMICOS (OCDE), en los distintos Comités de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL

DE ADUANAS (OMA) y de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC), en la

Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), del Mercado Común

del Sur (MERCOSUR), de la ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA),

comités técnicos vinculados a los temas de su competencia específica y

en las sesiones de otros organismos o grupos de trabajo nacionales e

internacionales de carácter técnico en materia aduanera, impositiva y

de los recursos de la seguridad social.

12.

Asistir a la Secretaría en su participación en la Comisión Federal

de Impuestos y en la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

13.

Articular relaciones con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en materia tributaria, en coordinación con las

áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la

materia.

14.

Participar, en coordinación con las áreas con competencia en la

materia, en los procesos de integración regional en materia impositiva

y aduanera orientados a un equilibrio tributario.

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN FISCAL PROVINCIAL

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en relación a la participación en la

instrumentación y seguimiento de políticas fiscales, económicas y

financieras entre el ESTADO NACIONAL y los Gobiernos Provinciales, de

la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales.

2.

Proponer a la Secretaría instrumentos de financiamiento para asistir

a las provincias en la implementación de programas fiscales y

financieros.

3.

Coordinar, en el marco de sus competencias, la instrumentación y

actualización de un banco de datos fiscales, económicos y financieros

sobre provincias y municipios.

4.

Participar en la coordinación de las políticas fiscales, económicas

y financieras y sus impactos sociales entre el Gobierno Nacional y los

Sectores Públicos Provinciales y municipales.

5.

Diseñar y operar un sistema de información sobre la gestión de las

provincias y municipios que permita su integración a las cuentas

nacionales.

6.

Participar en lo atinente a opciones de cooperación y asistencia

nacional e internacional, bilateral y multilateral disponibles para las

provincias y municipios en apoyo de sus políticas y acciones fiscales,

económicas y financieras, en coordinación con las áreas con competencia

específica de la Administración Pública Nacional.

7.

Asistir a la Secretaría en el diseño de convenios con las

provincias, municipios y/u otras entidades para el desarrollo e

implementación de los programas y acciones de su competencia.

8.

Asistir a la Secretaría en la participación en los organismos

vinculados con el control del Régimen Transitorio de Distribución de

Recursos Fiscales.

9.

Asistir a la Secretaría en el seguimiento de la aplicación de la

normativa vigente en materia de coparticipación de impuestos o de

regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las

provincias.

10.

Asistir a la Secretaría en las autorizaciones de endeudamiento del

sector público no financiero provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES y municipal.

11.

Promover acciones de coordinación de las políticas de endeudamiento

del Gobierno Nacional con relación a los gobiernos provinciales, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, y realizar el

seguimiento de los niveles de endeudamiento de estos últimos y de su

incidencia en sus finanzas públicas.

12.

Articular relaciones con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en materia tributaria, en coordinación con las

áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la

temática.

13.

Asistir a la Secretaría en la resolución de cuestiones objeto de

controversia en el campo económico, fiscal y/o financiero entre la

Nación y las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

14.

Coordinar la realización de asistencias técnicas dirigidas a las

provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, destinadas a la

homogenización de metodologías de información fiscal y financiera de

las cuentas públicas provinciales, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipales.

15.

Asistir a la Secretaría en el análisis de controversias de

distribución de recursos del Régimen Transitorio de Distribución de

Recursos Fiscales.

16.

Participar de los Foros y Organismos de coordinación presupuestaria

interjurisdiccional con las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE FINANZAS

OBJETIVOS

1.

Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los

aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento

externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las

negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales y

extranjeros, públicos y privados, y con el Fondo Monetario

Internacional (FMI), tomando a su cargo las relaciones con la comunidad

financiera internacional y la coordinación de las representaciones en

el exterior.

2.

Diseñar las acciones tendientes a la preservación del crédito

público.

3.

Coordinar la elaboración de las proyecciones presupuestarias del

endeudamiento público y efectuar su seguimiento.

4.

Dirigir y supervisar el Sistema de Crédito Público, coordinar la

administración de la deuda pública y ejercer, con la SECRETARÍA DE

HACIENDA, las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los

Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

5.

Establecer las políticas de administración de los activos

financieros del ESTADO NACIONAL y coordinar el análisis de los aspectos

financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.

6.

Entender en las relaciones, negociaciones y representación del país

con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la

Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales

y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de

los mismos.

7.

Entender en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones con

los organismos financieros internacionales de crédito, para el

desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de

información destinados a optimizar la ejecución de los programas con

dichos organismos.

8.

Entender en el diseño e implementación de políticas públicas

vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas

tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras

oficiales nacionales.

9.

Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los

servicios financieros, el mercado de capitales, el mercado asegurador y

el financiamiento de la actividad productiva.

10.

Entender en el análisis de la estructuración financiera del plan de

inversión pública, propiciando la preservación del crédito público de

la REPÚBLICA ARGENTINA e intervenir en la definición de los

requerimientos de financiamiento del Sector Público Nacional por los

que se originen o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

11.

Entender en el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones

por parte del Sector Público Nacional, con relación a la estructura

financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de

Participación Público- Privada, en la medida que involucre

endeudamiento público.

12.

Entender en la representación del Ministerio en aquellos órganos

societarios en empresas del sector financiero, donde la Jurisdicción

y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y la tenencia

accionaria sea ejercida por el Ministerio.

13.

Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO

NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación

accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y

lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

14.

Entender en las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES,

la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y los demás órganos del

PODER EJECUTIVO NACIONAL, y en los aspectos administrativos de las

relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, del BANCO DE LA

NACIÓN ARGENTINA, del BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR y del

BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA y con los demás órganos del PODER

EJECUTIVO NACIONAL.

15.

Coordinar la participación y el accionar de los representantes del

Ministerio ante los organismos y foros internacionales en temas

relacionados con el sistema financiero internacional.

16.

Proponer políticas para el desarrollo y la integración económica a

nivel bilateral y multilateral, en coordinación con el MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

17.

Articular las relaciones con otros miembros y representantes de

organismos gubernamentales de la REPÚBLICA ARGENTINA, en temas

relacionados con los asuntos internacionales de competencia del

Ministerio.

18.

Elaborar y ejecutar la estrategia de relacionamiento internacional,

bilateral y multilateral del Ministerio, en el ámbito de su competencia.

19.

Conducir en el marco de su competencia, investigaciones y estudios

sobre asuntos económicos y políticos internacionales en línea con la

estrategia de relacionamiento internacional, bilateral y multilateral

de la REPÚBLICA ARGENTINA.

20.

Asistir al Ministro en su rol institucional de Gobernador ante el

Fondo Monetario Internacional (FMI) en lo relativo a las acciones que

como país miembro se desarrollen.

21.

Entender en el proceso de definición de prioridades en términos

productivos y sociales y en las relaciones interjurisdiccionales

vinculadas con la gestión y ejecución del financiamiento proveniente de

organismos internacionales de crédito, en coordinación con las áreas de

la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

22.

Entender en las relaciones, negociaciones y representación del país

con los bancos y organismos multilaterales y bilaterales de crédito y

de asistencia técnica para el desarrollo de los que la REPÚBLICA

ARGENTINA forme parte, en los aspectos que hacen a las políticas de

dichos organismos, en los préstamos, cooperaciones técnicas y

donaciones provenientes de los mismos, en coordinación con las áreas de

la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO

OBJETIVOS

1.

Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la

política financiera.

2.

Asistir en el diseño y ejecución de políticas y medidas relativas al

financiamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA,

interviniendo en las negociaciones inherentes a la materia con entes

financieros nacionales, extranjeros, públicos y privados.

3.

Asistir en la dirección y supervisión del Sistema de Crédito Público

y en la ejecución de las funciones como Órgano Responsable de la

Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector

Público Nacional.

4.

Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del

servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.

5.

Supervisar la organización de los sistemas de información y el

registro del endeudamiento público.

6.

Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros

del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos

fiduciarios en los que éste sea parte.

7.

Asistir en las acciones orientadas a preservar el crédito público.

8.

Coordinar el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones por

parte del Sector Público Nacional relacionado con la estructura

financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de

Participación Público Privada, en la medida que involucre endeudamiento

público.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES

OBJETIVOS

1.

Asesorar en las negociaciones y en la representación del país ante

los organismos financieros internacionales de crédito de los que la

REPÚBLICA ARGENTINA forma parte, en los aspectos que hacen a las

políticas de dichos organismos y en los préstamos provenientes de los

mismos.

2.

Asistir a la Secretaría en el diseño de la estrategia internacional

con bancos bilaterales y multilaterales de desarrollo y otras

instancias internacionales en que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte.

3.

Efectuar el seguimiento de las prioridades en términos productivos y

sociales y las relaciones interjurisdiccionales vinculadas con la

gestión y ejecución del financiamiento proveniente de organismos

internacionales de crédito.

4.

Coordinar todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con

los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y

multilaterales, en coordinación con las áreas competentes.

5.

Gestionar sistemas de información destinados a optimizar la

ejecución de los programas con los organismos financieros

internacionales de crédito, en coordinación con las áreas competentes.

6.

Realizar la programación, formulación, negociación y gestión de la

cartera de préstamos con los organismos internacionales,

multilaterales, bilaterales y regionales de crédito y la revisión de

las operaciones de cartera existentes.

7.

Supervisar la administración de programas y proyectos con

financiamiento externo del Sector Público Nacional y efectuar su

evaluación y control.

8.

Intervenir en el diligenciamiento de las actuaciones

correspondientes a la aprobación y suscripción de Convenios de Donación

y Cooperación Técnica no Reembolsable.

9.

Participar en la programación presupuestaria en lo relativo a los

proyectos y/o programas financiados con los organismos internacionales

de crédito, en coordinación con las áreas competentes.

10.

Intervenir en la programación de la cartera de préstamos con los

organismos financieros internacionales, proponiendo las asignaciones en

los programas y/o proyectos de inversión pública financiados con

recursos externos.

11.

Intervenir en la identificación de fuentes y modalidades de

financiamiento externo de los programas y proyectos que conforman el

Plan Nacional de Inversión Pública en el marco de la Ley N° 24.354

-Inversión Pública-.

12.

Informar a la Secretaría las desviaciones detectadas en la

ejecución de los proyectos y proponer medidas correctivas tendientes a

resolver los desvíos detectados.

13.

Dirigir la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo del Sector Público Nacional.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS

OBJETIVOS

1.

Supervisar la organización de los sistemas de información sobre

mercados de capitales.

2.

Asesorar en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los

servicios financieros del mercado de capitales y del financiamiento de

la actividad productiva.

3.

Asesorar en el diseño e implementación de políticas públicas

vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas

tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras

oficiales nacionales.

4.

Entender en la elaboración de propuestas que vinculen las normas

involucradas en los distintos servicios financieros y de aquellas

medidas que propicien la transparencia de los mercados financieros y la

protección del consumidor en dicho ámbito.

5.

Participar en los grupos intergubernamentales, foros financieros

internacionales y foros de cooperación y consulta en temas relacionados

con el Sistema Financiero Internacional en coordinación con la

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INTERNACIONAL.

6.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones entre

la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA

NACIÓN y el PODER EJECUTIVO NACIONAL, como así también los aspectos

administrativos de las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA

ARGENTINA, del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, el BANCO DE INVERSIÓN Y

COMERCIO EXTERIOR y del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con los

demás órganos del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

7.

Asistir a la Secretaría en la coordinación y ejecución de las

políticas y acciones y en las cuestiones administrativas que hacen al

ejercicio de los derechos societarios en empresas del sector

financiero, donde la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean

participación accionaria y la tenencia accionaria sea ejercida por el

Ministerio.

8.

Asistir en la coordinación de la gestión de los directores que

representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría

posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria,

conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INTERNACIONAL

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en su participación en los grupos

intergubernamentales, foros financieros internacionales y foros de

cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero

Internacional.

2.

Asistir a la Secretaría en la articulación de propuestas y

negociaciones que promuevan el desarrollo y la integración a nivel

bilateral y multilateral en relaciones económicas y financieras

internacionales, en el ámbito de su competencia.

3.

Diseñar productos y soportes de información que faciliten la

ejecución de la estrategia de asuntos financieros y económicos

internacionales referidos a los sectores público y privado.

4.

Asistir a la Secretaría en las funciones de enlace con las áreas del

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

sobre las acciones llevadas adelante por la Secretaría.

5.

Proponer a la Secretaría, en el marco de su competencia, políticas

vinculadas con la coyuntura económica internacional.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE ENERGÍA

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la elaboración y ejecución de la política energética

nacional.

2.

Entender en los planes, programas y proyectos del área de su

competencia y en su gestión presupuestaria, contable y financiera.

3.

Intervenir en la elaboración y fiscalización del régimen de

combustibles y entender en los procedimientos de fijación de sus

precios, cuando así corresponda, acorde con las pautas respectivas.

4.

Intervenir en la elaboración de las políticas y normas regulatorias

de los servicios públicos del área energética, en la supervisión de los

organismos y entes de control de los concesionarios de obra y de

servicios públicos, así como en la elaboración de normas regulatorias

de las licencias o concesiones de servicios públicos aplicables a los

regímenes federales en materia energética, en coordinación con las

áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la

materia.

5.

Ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que

regulan el ejercicio de las actividades en materia energética.

6.

Entender en los mecanismos de fijación de las tarifas de los

servicios públicos del área energética en relación con los subsidios

destinados a los usuarios finales, como así también en la elaboración

de estructuras arancelarias en materia de energía.

7.

Entender en el diseño y ejecución de la política de reembolsos y

reintegros a la exportación de energía.

8.

Ejercer las atribuciones otorgadas a los órganos del ESTADO NACIONAL

en la Ley N° 27.007.

9.

Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea

participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las

pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

10.

Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO

NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación

accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y

lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

11.

Promover la aplicación de la política sectorial fomentando la

explotación racional de los recursos naturales y la preservación del

ambiente.

12.

Entender en el diseño y la ejecución de la política de

relevamiento, conservación, recuperación, defensa y desarrollo de los

recursos naturales en el área de energía.

13.

Intervenir en la promoción de la utilización de nuevas fuentes de

energía y la incorporación de oferta hidroeléctrica convencional.

14.

Asistir al Ministro en la elaboración de las políticas, planes y

programas sobre energías renovables, eficiencia energética,

electromovilidad, biocombustibles, hidrógeno, transición energética,

minerales asociados con la transición y nuevas tecnologías bajas en

carbono, y promover el dictado y/o la modificación de la normativa

aplicable a esas materias.

15.

Participar, en el ámbito de su competencia, en la planificación de

las políticas, planes y programas tendientes a reducir la contaminación

ambiental y al cumplimiento de las metas de emisiones de Gases de

Efecto Invernadero (GEI) comprometidas por el país.

16.

Entender en la definición de la política nuclear, en todo lo

relacionado con los usos pacíficos de la energía nuclear o fuentes

radiactivas, el ciclo de combustibles, la gestión de residuos

radiactivos, el desarrollo e investigación de la actividad nuclear, y

en particular lo relacionado con la generación de energía

nucleoeléctrica.

17.

Participar en la negociación y celebración de los acuerdos de

cooperación e integración internacionales e inter-jurisdiccionales en

materia energética en los que la Nación sea parte, y supervisar su

ejecución.

18.

Propiciar y celebrar convenios con entidades públicas y privadas, y

participar en las negociaciones con organismos nacionales e

internacionales en materia de energía.

19.

Ejercer la representación del ESTADO NACIONAL en el Consejo Federal

de la Energía Eléctrica (CFEE).

20.

Asistir al Ministerio en la investigación y el desarrollo

tecnológico en las distintas áreas del sector de la energía.

21.

Ejercer el control tutelar del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA

ELECTRICIDAD (ENRE), del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), y

de la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

(UESTEE).

22.

Asistir al Ministro en el control tutelar de la COMISIÓN NACIONAL

DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

OBJETIVOS

1.

Participar en la elaboración de las políticas del sector e

intervenir en la definición de la política nacional en materia de

producción de energía eléctrica y en la elaboración de la política

nacional en materia de desarrollo y expansión de infraestructura de

transporte y distribución de energía eléctrica.

2.

Elaborar la normativa correspondiente para el cumplimiento de los

planes y las políticas del sector, para asegurar el abastecimiento

sostenible de energía eléctrica de la REPÚBLICA ARGENTINA.

3.

Participar, en el ámbito de su competencia, en los procesos de

planificación de la integración energética regional, en lo relativo a

la infraestructura requerida y en la coordinación de los despachos de

energía entre los países intervinientes.

4.

Definir y promover proyectos de infraestructura energética y de

generación de energía eléctrica, en el ámbito de competencia de la

Secretaría.

5.

Dirigir la elaboración de los planes de incorporación de oferta y

expansión de la infraestructura de transporte y distribución que sirvan

de insumos para la planificación y toma de decisiones estratégicas

sobre el sector.

6.

Efectuar el seguimiento del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) para

el cumplimiento del marco regulatorio eléctrico y mantener la normativa

técnica actualizada conforme a las normas IRAM-IEC.

7.

Proponer los criterios de regulación del transporte de energía

eléctrica, y los criterios, procedimientos y financiamiento de la

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