ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2024-04-08
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 11
Historial de reformas JSON API

expansión del sistema de trasmisión de energía eléctrica.

8.

Participar en la instrumentación del Sistema Unificado de

Información Energética, como fuente central e integrada de información

estadística sobre el sector.

9.

Asistir en la definición de la política nuclear, en todo lo

relacionado con los usos pacíficos de la energía nuclear o fuentes

radiactivas, el ciclo de combustibles, la gestión de residuos

radiactivos, el desarrollo e investigación de la actividad nuclear y,

en particular, lo relacionado con la generación de energía

nucleoeléctrica.

10.

Intervenir en la planificación y el seguimiento de los proyectos de

inversión pública y privada en el sector nucleoeléctrico y monitorear

los componentes científicos y tecnológicos de los proyectos,

fiscalizando el cumplimiento de las metas planteadas.

11.

Intervenir en las acciones que propendan al cumplimiento de los

compromisos internacionales de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia de no

proliferación de armas nucleares, salvaguardias nucleares, seguridad

física nuclear y otros compromisos internacionales en materia nuclear.

12.

Asistir en las cuestiones vinculadas a la demanda y oferta de

energía eléctrica mayorista y a la importación y exportación de energía

eléctrica.

13.

Asistir a la Secretaría en la formulación de la política tarifaria

en los servicios públicos de transporte y distribución de electricidad.

14.

Administrar una base actualizada de información sobre los recursos

hídricos no aprovechados en materia eléctrica y del estado de avance de

los proyectos previstos.

15.

Coordinar el funcionamiento del Consejo Federal de Energía

Eléctrica y ejercer su presidencia suplente.

16.

Participar en la definición de las modalidades para incentivar la

inversión que permita incorporar nueva oferta de energía renovable en

cumplimiento de las metas legales nacionales y/o acuerdos

internacionales celebrados.

17.

Participar en la elaboración de las propuestas normativas

específicas vinculadas con las distintas etapas de la industria

eléctrica, evaluar su impacto ambiental -en coordinación con las áreas

competentes- y promocionar programas conducentes al desarrollo de las

nuevas fuentes renovables vinculadas al uso racional de la energía

eléctrica.

18.

Participar en la elaboración, coordinación, ejecución y monitoreo

de los proyectos vinculados con el desarrollo de generación autónoma

renovable de energía eléctrica en poblaciones dispersas o alejadas de

las redes de distribución de energía.

19.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones con el

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y con la UNIDAD

ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE).

20.

Intervenir en la ejecución del RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL

USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE

ENERGÍA ELÉCTRICA, establecido por la Ley N° 26.190 y sus

modificatorias y complementarias, y del RÉGIMEN DE FOMENTO A LA

GENERACIÓN DISTRIBUIDA DE ENERGÍA RENOVABLE INTEGRADA A LA RED

ELÉCTRICA PÚBLICA, establecido por la Ley N° 27.424 y sus

modificaciones.

21.

Participar en el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA

REGIONAL, creado por la Ley N° 24.855, en coordinación con otras áreas

del Ministerio con competencia en la materia.

22.

Asistir en lo relacionado al diseño, la elaboración e

implementación de un plan estratégico nacional sustentable de la

energía nuclear, en el marco de la matriz energética nacional.

23.

Intervenir en la coordinación de acciones orientadas al

cumplimiento de las funciones y los objetivos establecidos por la Ley

N° 24.804 y sus normas modificatorias, complementarias y

reglamentarias, con excepción de las que establecen funciones

regulatorias.

24.

Controlar el funcionamiento del complejo industrial nuclear,

promoviendo políticas que tiendan a mejorar la eficiencia del sistema e

incluyendo reformas institucionales, optimización de procesos y

participación del capital privado, cuando corresponda.

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la elaboración de políticas sectoriales inherentes al

desarrollo y control de las actividades de exploración, producción,

almacenamiento, transporte, industrialización, despacho y

comercialización de combustibles líquidos, en el marco de una

producción racional y sustentable de los recursos, en coordinación con

las provincias.

2.

Elaborar propuestas para la modificación y actualización de

normativas técnicas o regulatorias, que promuevan las actividades de la

cadena de valor de los combustibles líquidos.

3.

Coordinar, en el ámbito de su competencia, con las áreas

correspondientes el otorgamiento de permisos de exploración,

concesiones de explotación, y autorizaciones de producción, transporte

y expendio de combustibles líquidos.

4.

Ejercer las funciones de control respecto de la seguridad de las

actividades de exploración y explotación de hidrocarburos y otros

combustibles líquidos, así como las instalaciones de elaboración,

transformación, almacenamiento, despacho, expendio y transporte.

5.

Participar en la instrumentación del Sistema Unificado de

Información Energética, como fuente central e integrada de información

estadística sobre el sector.

6.

Asistir a la Secretaría en todo lo relacionado con la industria de

los hidrocarburos y combustibles líquidos, y en materia de integración

energética regional.

7.

Asistir a la Secretaría en la promoción y supervisión de la

explotación racional de los recursos hidrocarburíferos y la

preservación del ambiente en todas las etapas, de la industria

petrolera y otros combustibles líquidos.

8.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la recepción y el

análisis de las auditorías de reservas de hidrocarburos en todo el país.

9.

Elaborar propuestas para la regulación del almacenaje y el

transporte de petróleo crudo y subproductos y controlar el cumplimiento

del marco regulatorio vigente.

10.

Fiscalizar, en el ámbito de su competencia, el régimen de canon,

superficiarios y expedición de servidumbres, así como las obligaciones

de permisionarios y concesionarios en materia de pago de regalías.

11.

Implementar programas y proponer normativa en materia de

especificaciones de combustibles líquidos y biocombustibles, refinación

y comercialización de petróleo crudo y derivados, y realizar la

caracterización técnica pertinente.

12.

Registrar y controlar a las empresas elaboradoras y

comercializadoras de combustibles líquidos.

13.

Definir las modalidades de operación y contratación dentro del

ámbito de su competencia y los procedimientos para la autorización de

importación y exportación de hidrocarburos y otros combustibles

líquidos, cualquiera sea su origen.

14.

Ejercer el poder de policía en materia de seguridad y

comercialización de gas licuado de petróleo a granel y fraccionado.

15.

Coordinar, con los organismos correspondientes en la materia,

acciones tendientes a evitar la evasión del impuesto sobre los

combustibles líquidos y el gas natural.

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES GASEOSOS

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la elaboración de políticas sectoriales inherentes al

desarrollo de las actividades de exploración, producción,

almacenamiento, transporte, industrialización, despacho y

comercialización de gas natural, gas licuado de petróleo (GLP), gas

natural licuado (GNL) y demás combustibles gaseosos, en el marco de una

producción racional y sustentable de los recursos, en coordinación con

las provincias.

2.

Elaborar propuestas para la modificación y actualización de

normativas técnicas o regulatorias, que promuevan las actividades de la

cadena de valor de los distintos combustibles gaseosos.

3.

Coordinar con las áreas correspondientes, el otorgamiento de

permisos de exploración, concesiones de explotación, autorizaciones de

producción, transporte y expendio de combustibles gaseosos, en el

ámbito de su competencia.

4.

Implementar los controles necesarios para resguardar la seguridad

pública y la seguridad energética, en el ámbito de su competencia.

5.

Participar en la instrumentación del Sistema Unificado de

Información Energética, como fuente central e integrada de información

estadística sobre el sector.

6.

Asistir a la Secretaría en todo lo relacionado con la industria de

los hidrocarburos y combustibles gaseosos, como así también en materia

de integración energética regional.

7.

Asistir a la Secretaría en la promoción y supervisión de la

explotación racional de los recursos hidrocarburíferos y la

preservación del ambiente en todas las etapas de la industria de los

combustibles gaseosos.

8.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la recepción y el

análisis de las auditorías de reservas de hidrocarburos en todo el país.

9.

Elaborar propuestas para la regulación del almacenaje y el

transporte de combustibles gaseosos y controlar el cumplimiento del

marco regulatorio vigente.

10.

Fiscalizar el régimen de canon, superficiarios y expedición de

servidumbres, así como las obligaciones de permisionarios y

concesionarios en materia de pago de regalías, en materia de su

competencia.

11.

Implementar programas y proponer normativa en materia de

especificaciones de combustibles y biocombustibles gaseosos, y realizar

la caracterización técnica pertinente.

12.

Registrar y controlar a las empresas elaboradoras y

comercializadoras de combustibles gaseosos.

13.

Definir las modalidades de operación y contratación dentro del

ámbito de su competencia y los procedimientos para la autorización de

importación y exportación de hidrocarburos y otros combustibles

gaseosos, cualquiera sea su origen.

14.

Asistir a la Secretaría en el ejercicio de sus atribuciones de

Autoridad de Aplicación del marco regulatorio del gas y del régimen

jurídico de los hidrocarburos y otros combustibles gaseosos -cualquiera

sea su origen- e intervenir en las acciones de control y fiscalización

de las diversas actividades involucradas.

15.

Intervenir en la formulación de la política tarifaria en los

servicios públicos de transporte y distribución de gas natural.

16.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones con el

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS).

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE TRANSICIÓN Y PLANEAMIENTO ENERGÉTICO

OBJETIVOS

1.

Asistir y representar a la Secretaría en temas relativos a

transición y planeamiento energético, en los ámbitos que corresponda.

2.

Entender en la caracterización técnica y económica de los recursos

energéticos del país.

3.

Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la

coordinación con instituciones y organismos competentes, instrumentos y

regulaciones que permitan la transición hacia una economía baja en

carbono, para asegurar el cumplimiento de los compromisos del país en

el marco del Acuerdo de París.

4.

Proponer a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, medidas y

regulaciones tendientes a reducir la contaminación, estableciendo

límites de derechos de emisión de cumplimiento obligatorio para todos

los sujetos del sector público y privado, en articulación con las áreas

con competencia en la materia.

5.

Proponer e implementar, en el ámbito de su competencia,

procedimientos de asignación de derechos de emisión gratuitos a cada

sector y subsector de la economía, para el cumplimiento de las metas de

emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) comprometidas por el

país.

6.

Proponer la implementación, en el ámbito de su competencia, de un

plan de monitoreo global basado en los datos del Inventario Nacional de

Gases de Efecto Invernadero, y elaborar e implementar un mercado de

transacciones de derechos de emisión y su plataforma de registro, en

coordinación con las áreas con competencia en la materia.

7.

Definir las condiciones y los instrumentos para facilitar a las

empresas privadas, al sector público y a otros organismos, el

cumplimiento de los límites de derechos de emisión de Gases de Efecto

Invernadero, y en particular la transición a las pequeñas y medianas

empresas (PYMES), en coordinación con las áreas con competencia en la

materia.

8.

Implementar, en el ámbito de sus competencias, acciones que permitan

el acceso al financiamiento climático y elaborar procedimientos para

definir medidas elegibles de mitigación y/o de adaptación, a fin de

cumplir las metas de emisiones de Gases de Efecto Invernadero, en

coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con

competencia en la materia.

9.

Asesorar a la Secretaría en los temas relacionados con energías

renovables, eficiencia energética, electromovilidad, biocombustibles,

hidrógeno, transición energética, minerales asociados con la transición

y nuevas tecnologías bajas en carbono.

10.

Intervenir en la recolección de datos del sector energético y en la

elaboración del Balance Energético Nacional (BEN) y el Balance de

Energía Útil (BEU).

11.

Desarrollar escenarios energéticos de demanda y de oferta y

proponer planes y cursos de acción a seguir.

12.

Entender en las cuestiones vinculadas con tecnologías bajas en

carbono, y proponer mecanismos para facilitar su implementación.

13.

Proponer, en el ámbito de su competencia, medidas de eficiencia

energética y energías renovables en instalaciones de la Administración

Pública Nacional, que permitan bajar emisiones de la flota pública para

no superar el límite de derechos de emisión asignados, en coordinación

con las áreas con competencia en la materia.

14.

Dirigir el diseño de programas de información pertinente,

capacitaciones, campañas de difusión, concientización y sensibilización

en temas de transición hacia una economía baja en carbono, en el ámbito

de su competencia.

15.

Elaborar, en el ámbito de su competencia, propuestas para la

adaptación del sector energético a los escenarios climáticos futuros y

entender en temas de vulnerabilidad del sector energético frente a la

afectación del ambiente analizando impactos en la oferta y la demanda.

16.

Asesorar a la Secretaría en el desarrollo de la planificación

energética y de los marcos regulatorios en aquellos aspectos

concernientes a la transición energética, y monitorear las relaciones

entre los diferentes actores y operadores del sistema, facilitando

información acerca de las condiciones de demanda, oferta, transmisión y

distribución de energía eléctrica en el corto, mediano y largo plazo.

17.

Asistir a la Secretaría en materia de planeamiento energético, en

el análisis de la asignación de subsidios de servicios públicos en

materia energética y los escenarios de estructuras arancelarias en

materia de energía.

18.

Promover, desarrollar, implementar, evaluar y monitorear programas

y alternativas regulatorias de ahorro y uso eficiente de los recursos

energéticos, tanto en la oferta de fuentes primarias como en las etapas

de transformación, transporte y distribución de energía y en los

distintos sectores de consumo.

19.

Entender en el desarrollo y la actualización del Sistema Unificado

de Información Energética de la REPÚBLICA ARGENTINA.

20.

Gestionar la información de las obras de infraestructura

energética, tanto de las áreas centralizadas como descentralizadas

actuantes en la órbita de la Secretaría.

21.

Promover la investigación e impulsar programas y proyectos

tecnológicos para el desarrollo de nuevas fuentes renovables y el uso

eficiente de los recursos energéticos.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE MINERÍA

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro en el diseño e implementación de las políticas

mineras, en lo referido a la interacción con las provincias, los

municipios y la comunidad en su conjunto, procurando el desarrollo

sostenible de la minería.

2.

Asistir al Ministro en el diseño e implementación de las políticas

mineras, en lo referido a la interacción con los inversores y las

empresas del sector, y en las acciones destinadas a promover el

desarrollo de la minería en el país.

3.

Formular el planeamiento estratégico del sector minero con objetivos

de corto, mediano y largo plazo, apuntando al aprovechamiento racional

de los recursos geológico-mineros en beneficio del desarrollo socio-económico integral

de la REPÚBLICA ARGENTINA.

4.

Proponer, ejecutar y controlar la política minera de la REPÚBLICA

ARGENTINA, tendiendo a la consecución de los objetivos de corto,

mediano y largo plazo implícitos en la visión global.

5.

Coordinar con las provincias la aplicación de la política minera

nacional, buscando consenso y participación a través de la Organización

Federal de Estados Mineros (OFEMI) y el Consejo Federal de Minería

(COFEMIN).

6.

Implementar acciones tendientes a la consolidación y desarrollo de

la actividad minera en el territorio nacional, incluyendo actividades

de fomento, promoción y educación minera en coordinación con las áreas

de la Jurisdicción con competencia en la materia, con el objeto de

sensibilizar a la población en general sobre la temática.

7.

Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea

participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las

pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

8.

Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO

NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación

accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y

lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

9.

Ejercer el control tutelar del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO

(SEGEMAR).

10.

Coordinar los programas de cooperación bilateral y multilateral,

nacionales e internacionales en materia de su competencia, en apoyo al

sector minero, informando sobre las mejores prácticas industriales,

ambientales y sociales practicadas internacionalmente y fomentado su

aplicación e implementación en las provincias, en coordinación con las

áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

11.

Entender, en materia de su competencia, en las relaciones con los

diferentes organismos provinciales, nacionales, regionales,

internacionales y multilaterales, participar en los foros y eventos que

permitan consolidar las relaciones existentes y captar nuevos mercados,

teniendo como objeto el desarrollo minero en el territorio nacional de

manera coordinada con las provincias, y asesorar a los posibles

inversores que pretenda realizar actividades en la REPÚBLICA ARGENTINA.

12.

Coordinar con los diferentes organismos provinciales, nacionales,

regionales e internacionales, la elaboración e implementación de planes

y programas tendientes a la capacitación de los recursos humanos,

planificación del desarrollo de las regiones mineras y modernización

del sector de infraestructura de obras de minería, en coordinación con

las áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

13.

Dirigir el diseño e implementación de sistemas de información

minera, accesibles a los diferentes actores y a la comunidad en general.

14.

Dirigir la elaboración de estudios y análisis prospectivos

relativos a la actividad minera, a fin de promover políticas acordes a

las necesidades del sector.

15.

Impulsar acciones de relacionamiento e interacción entre los

distintos actores vinculados a la actividad minera, que permitan la

formulación e implementación de iniciativas de inversión y desarrollo.

16.

Coordinar con los organismos provinciales, nacionales,

internaciones y el sector privado, políticas de desarrollo de la cadena

de valor e industrialización de los recursos mineros.

17.

Entender en la revisión y actualización de las normas nacionales

aplicables en el sector.

SECRETARÍA DE MINERÍA

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO

OBJETIVOS

1.

Diseñar e implementar acciones y políticas que, en el marco de la

planificación estratégica de mediano y largo plazo, promuevan las

inversiones nacionales e internacionales en todas las etapas de la

actividad minera.

2.

Asistir a la Secretaría en las relaciones con los actores vinculados

a la actividad minera para propiciar la concreción de posibles

inversiones, mediante la provisión de información relativa a aspectos

legales, geológicos, catastrales, de proyectos mineros y de actores de

la industria minera argentina.

3.

Entender en la instrumentación y administración de las acciones que

deriven de la aplicación de las leyes nacionales referidas a la

actividad minera y su normativa asociada, y ejercer los controles

pertinentes.

4.

Asistir a la Secretaría en la vinculación con los inversores, las

empresas mineras, organizaciones y cámaras del sector, actuando como

enlace entre ellas y las distintas áreas de la Administración Pública

Nacional.

5.

Asistir a la Secretaría en las relaciones con los organismos

internacionales y multilaterales en materia de su competencia.

6.

Asistir a la Secretaría en la generación de estudios e informes

vinculados al sector, como así también en la realización de análisis de

posibles escenarios económicos y productivos de la actividad minera.

SECRETARÍA DE MINERÍA

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA

OBJETIVOS

1.

Promover, en acuerdo con las provincias, el desarrollo de mejores

prácticas ambientales y sociales para la sustentabilidad de la

actividad minera, con arreglo a los estándares internacionales

aplicables.

2.

Impulsar, en acuerdo con las provincias, acciones de desarrollo de

la ciencia y la innovación aplicadas a la actividad minera.

3.

Diseñar, elaborar e implementar herramientas de gestión que, junto

con el sector privado y los gobiernos provinciales y municipales,

maximicen los beneficios y minimicen los riesgos del impacto de los

proyectos mineros en las comunidades aledañas, promoviendo para ello

una adecuada participación de la comunidad.

4.

Impulsar, en el ámbito de su competencia, programas de

fortalecimiento institucional en coordinación con organismos

nacionales, provinciales y municipales, como sí también el fomento de

la educación y sensibilización social en materia minera, en

coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la

materia.

5.

Coordinar con las autoridades nacionales y provinciales competentes,

la identificación y el desarrollo de obras de infraestructura y

logística que puedan potenciar el desarrollo de regiones mineras.

6.

Elaborar herramientas y programas que incentiven, en un marco de

competitividad, el desarrollo de proveedores de bienes y servicios a la

actividad minera, promoviendo su interrelación con la ciencia y la

innovación, para potenciar la cadena de valor integrando a la minería

con el resto de los sectores productivos.

7.

Asistir a la Secretaría en las relaciones con los organismos

internacionales y multilaterales en materia de su competencia.

8.

Asistir a la Secretaría en la planificación de acciones y programas

atinentes a la capacitación de los recursos humanos, planificación del

desarrollo de las regiones mineras y modernización del sector de

infraestructura de obras de minería, en coordinación con las áreas de

la Jurisdicción con competencia en la materia.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE

LA BIOECONOMÍA

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro en la determinación de los objetivos y las

políticas para la industria y el comercio, las pequeñas y medianas

empresas, los emprendedores y la economía del conocimiento; y la

bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca y en la coordinación de la

gestión operativa de dichas áreas.

2.

Articular la planificación y seguimiento de los planes, programas y

proyectos estratégicos de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA

EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, la SECRETARÍA DE

INDUSTRIA Y COMERCIO y la SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA.

3.

Participar en el diseño, implementación y evaluación de la política

de simplificación y desburocratización del Sector Público Nacional, que

afecte a los sectores productivos, y a los sectores de la bioeconomía,

agricultura, ganadería y pesca, en coordinación con las áreas de la

Administración Pública Nacional con competencia específica en la

materia.

4.

Asistir en la definición y planificación de las políticas de

desarrollo de las estructuras productivas regionales y/o provinciales y

de la mejora de la competitividad de las mismas, con perspectiva

federal.

5.

Celebrar convenios subsidiarios de ejecución de proyectos con

gobiernos provinciales, entidades empresarias, organizaciones

gubernamentales y no gubernamentales y universidades, en coordinación

con las áreas con competencia en la materia.

6.

Supervisar el desarrollo de las actividades técnicas,

administrativas y legales que tengan significancia económica y/o

relevancia institucional y aquellas destinadas a dar respuesta a las

cuestiones priorizadas por el Ministro, en el ámbito de su competencia,

en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE

ASUNTOS PRODUCTIVOS Y DE LA BIOECONOMÍA y con la SUBSECRETARÍA LEGAL,

ambas dependientes de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

7.

Participar en la comunicación institucional interna y externa en

materia de desarrollo productivo, y de la bioeconomía, agricultura,

ganadería y pesca, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con

competencia específica en la materia.

8.

Participar en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos para generar información de gestión en

materia de desarrollo productivo, y de la bioeconomía, agricultura,

ganadería y pesca, en coordinación con las áreas competentes del

Ministerio.

9.

Asistir al Ministro en su participación en las relaciones,

negociaciones y representación del país con bancos y organismos

multilaterales y bilaterales de crédito y de asistencia técnica para el

desarrollo, de los que la REPÚBLICA ARGENTINA forme parte, en los

aspectos que hacen a la política de desarrollo productivo, y de la

bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca.

10.

Asistir al Ministro en la vinculación institucional con organismos

y autoridades del ámbito nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES y municipal, así como con distintos sectores del ámbito

público y privado, en materia de desarrollo productivo, y de la

bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca.

11.

Colaborar en la identificación y gestión de fuentes de

financiamiento para promover la mejora de la competitividad, el nivel

de inversión y el desarrollo de las estructuras productivas regionales,

en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia

específica en la materia.

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE

LA BIOECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE POLÍTICAS DE DESARROLLO

PRODUCTIVO Y DE LA BIOECONOMÍA

OBJETIVOS

1.

Diseñar y proponer a la Secretaría instrumentos de monitoreo y

seguimiento de programas, proyectos y acciones relativos a los sectores

productivos, la bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca.

2.

Asistir a la Secretaría en la evaluación de planes, programas y

proyectos de los sectores productivos y de bioeconomía, agricultura,

ganadería y pesca.

3.

Asistir a la Secretaría en el seguimiento de las actividades

técnicas y administrativas que tengan impacto económico y/o relevancia

institucional y aquellas destinadas a dar respuesta a las cuestiones

priorizadas por el Ministro, en el ámbito de su competencia.

4.

Dirigir el análisis de los circuitos administrativos y de trámites

que tengan impacto en el sector productivo, y en la bioeconomía,

agricultura, ganadería y pesca; y proponer políticas de simplificación

y desregulación, en coordinación con las áreas de la Administración

Pública Nacional con competencia en la materia.

5.

Dirigir el diseño de los instrumentos, herramientas y procedimientos

necesarios para generar información de gestión, en coordinación con las

áreas competentes, en materia de desarrollo productivo, y de la

bioeconomía, agricultura, ganadería y pesca.

6.

Proponer lineamientos y acciones para el fortalecimiento

institucional y la promoción de políticas públicas en relación al

desarrollo de los sectores productivos, y de la bioeconomía,

agricultura, ganadería y pesca.

7.

Participar en el desarrollo e implementación de la imagen y

contenidos institucionales y de la comunicación institucional interna y

externa, en el ámbito de su competencia y en coordinación con las áreas

de la Jurisdicción con competencia en la materia.

8.

Entender, en el ámbito de su competencia, en el diseño, ejecución y

seguimiento de políticas de mejora de la productividad y el desarrollo

de las economías subnacionales y regionales, de polos productivos del

interior del país, promoviendo la inserción de los productos con

enfoque regional e internacional, en coordinación con las áreas de la

Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

9.

Elaborar y proponer programas, proyectos y acciones tendientes a

mejorar la competitividad, la proyección internacional y el fomento y

la atracción de inversiones que coadyuven al crecimiento y

diversificación de las estructuras productivas subnacionales y

regionales, en el ámbito de su competencia.

10.

Asistir a la Secretaría en la celebración de convenios con

entidades empresarias, organizaciones gubernamentales y no

gubernamentales y universidades, en materia de su competencia.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA

DEL CONOCIMIENTO

OBJETIVOS

1.

Entender en la aplicación de las Leyes N° 24.467, N° 25.300, N°

25.872, N° 27.264, N° 27.506, del Título I de la Ley N° 27.349 y del

Título I de la Ley N° 27.440, sus modificatorias y complementarias, en

su carácter de Autoridad de Aplicación de las mismas.

2.

Definir los lineamientos estratégicos de fomento del desarrollo

regional y proponer las prioridades con sentido federal en materia de

políticas y programas relativos a las Micro, Pequeñas y Medianas

Empresas (MiPyMES) y los Emprendedores, y la creación de empresas

dentro de las definiciones de políticas globales y sectoriales

dispuestas por el Gobierno Nacional.

3.

Entender en la elaboración, propuesta y definición de políticas

públicas y estudios dirigidos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas

(MiPyMES) y los Emprendedores.

4.

Establecer y definir los parámetros y/o características para la

definición de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), y los

emprendedores, como así también de los servicios basados en el

conocimiento en materia de su competencia.

5.

Contribuir a la creación, desarrollo y consolidación de Micro,

Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) y a los emprendedores, a través

de políticas de capacitación, financiamiento y asistencia técnica,

incluso en "cluster", polos productivos del interior del país y en el

desarrollo de los corredores productivos ubicados en las economías

regionales, procurando su inserción en el mercado internacional.

6.

Promover procesos de transformación productiva, tanto a nivel

sectorial como regional e intervenir en el fortalecimiento,

reestructuración y reingeniería de las Micro, Pequeñas y Medianas

Empresas (MiPyMES), fomentando la productividad, la incorporación del

conocimiento, la digitalización, la creación y consolidación del empleo

genuino, la agregación de valor, el desarrollo local, la formalización,

internacionalización y competitividad.

7.

Detectar las necesidades financieras, de capacitación y asistencia

técnica de los emprendedores, emprendimientos y las Micro, Pequeñas y

Medianas Empresas (MiPyMES) y con el objetivo de fomentar, promover y facilitar su acceso

al crédito en las mejores condiciones.

8.

Intervenir en la facilitación, fomento y organización del acceso a

los mercados de capitales domésticos y al mercado financiero nacional e

internacional de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) y de

los emprendedores, a través de las áreas de la Administración Pública

Nacional con competencia en la materia.

9.

Diseñar e implementar políticas de asistencia financiera que

contemplen tanto instrumentos de crédito como herramientas fiscales que

fortalezcan las garantías que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas

puedan ofrecer para facilitar el acceso al financiamiento, en

coordinación con las áreas con competencia en la materia.

10.

Intervenir en la elaboración de programas nacionales para la

capacitación y asistencia técnica de los cuadros gerenciales, técnicos

y profesionales de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES)

así como también de los emprendores.

11.

Participar, en el ámbito de su competencia, en la gestión y

obtención de cooperación técnica y financiera internacional proveniente

de otros países y organismos internacionales, para el cumplimiento de

los objetivos y políticas del sector.

12.

Colaborar con las áreas de la Jurisdicción y de la Administración

Pública Nacional con competencia en la materia, en la elaboración y

ejecución de programas y acciones relativas a la simplificación de

trámites destinadas a promover las exportaciones de bienes y servicios

de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y los Emprendedores.

13.

Participar en el ámbito de su competencia, en ferias y congresos

internacionales, integrando delegaciones oficiales para promover las

exportaciones de bienes y servicios de las Micro, Pequeñas y Medianas

Empresas y los Emprendedores, en coordinación con las áreas con

competencia en la materia.

14.

Promover y participar en la celebración de convenios con entidades

empresarias, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales,

universidades y empresas, en el marco de sus competencias.

15.

Promover el desarrollo de la competitividad de los sectores

productivos en el ámbito de su competencia mediante la incorporación de

diseño e innovación a los productos y procesos.

16.

Entender en la definición de programas de promoción de las

actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la

digitalización de la información, apoyados en los avances de la ciencia

y de las tecnologías y orientados a la obtención de bienes, prestación

de servicios y/o mejoras de procesos.

17.

Impulsar la actualización y el uso de nuevas tecnologías tanto en

las empresas de sectores productivos tradicionales como en aquellas

empresas ligadas a los sectores del conocimiento a fin de optimizar su

competitividad.

18.

Promover, en el ámbito de su competencia, la capacitación e

incorporación al conjunto del entramado productivo de recursos humanos

que posean las capacidades y habilidades acordes a los requerimientos

del nuevo paradigma de la economía basado en el conocimiento.

19.

Colaborar en el desarrollo de la infraestructura y los recursos

humanos necesarios para el fortalecimiento a nivel federal de las

actividades de la economía del conocimiento, en articulación con los

gobiernos locales.

20.

Articular acciones con otros organismos del ESTADO NACIONAL,

entidades empresarias, organizaciones no gubernamentales, universidades

y empresas, para impulsar nuevas modalidades de formación de recursos

humanos que respondan con flexibilidad, dinámica y calidad a las

demandas del sector productivo.

21.

Intervenir en la definición y creación de programas y líneas de

financiamiento dirigidos a empresas de la Economía del Conocimiento, en

coordinación con las áreas con competencia en la materia.

22.

Diseñar políticas para fomentar la digitalización y actualización

en tecnologías 4.0 del entramado productivo nacional.

23.

Ejercer las facultades y deberes que le corresponden al Ministerio

en su rol de fiduciante del Fondo Fiduciario para la Promoción de la

Economía del Conocimiento (FONPEC), creado por la Ley N° 27.506.

24.

Articular la definición, planificación, seguimiento y control de

los lineamientos, políticas y programas estratégicos del área, en

coordinación con la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARA EL

DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE LA BIOECONOMÍA.

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA

DEL CONOCIMIENTO

SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la aplicación de las Leyes N° 24.467, N°

25.300 y N° 27.264, del Régimen de devolución de crédito fiscal y del

Régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs del Título I de la

Ley N° 27.440.

2.

Asistir a la Secretaría en la definición de políticas de mejora de

la productividad, y del financiamiento y desarrollo regional de la

Pequeña y Mediana Empresas (PyMES).

3.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la ejecución de los

distintos instrumentos, programas y líneas de financiamiento a cargo de

la Secretaría.

4.

Asistir a la Secretaría en la elaboración, difusión, ejecución y

seguimiento de alternativas de asistencia financiera, regímenes de

promoción que atiendan a la problemática de las Micro, Pequeñas y

Medianas Empresas (MiPyMES).

5.

Desarrollar e implementar mecanismos de coordinación institucional

nacional y sectorial en materia de financiamiento y mejora de

competitividad para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

6.

Analizar la problemática de financiamiento de las Micro, Pequeñas y

Medianas Empresas (MiPyMES) y proponer políticas y acciones de mejora.

7.

Intervenir en el Sistema de Sociedades de Garantía Recíproca, y

proponer las normas complementarias que resulten necesarias para

mejorar su funcionamiento y utilización por parte de las Micro,

Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

8.

Proponer y gestionar, en el ámbito de su competencia programas de

asistencia financiera y programas de capacitación direccionados a

sectores estratégicos del aparato productivo nacional, en línea con los

programas del Ministerio.

9.

Articular acciones, en el ámbito de su competencia, con el sistema

financiero público y privado para promover y difundir las políticas y

programas de la Secretaría.

10.

Asistir a la Secretaría en el desarrollo del régimen de fomento

para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) establecido por

la Ley N° 27.264 y el Régimen de devolución de crédito fiscal.

11.

Desarrollar e implementar mejoras en el Registro de Micro, Pequeñas

y Medianas Empresas (MiPyMES) y sus datos, así como en el Legajo Único

Financiero y Económico (LUFE), procesando la información para que sea

utilizada como insumo en el diseño e implementación de políticas e

instrumentos para el sector.

12.

Asistir a la Secretaría en su relación con organismos e

instituciones públicas y/o privadas locales e internacionales para

promover la firma de convenios o acuerdos orientados al fortalecimiento

de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

13.

Analizar la problemática de los sectores y espacios regionales

correspondientes a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES)

para identificar necesidades tecnológicas y de asistencia técnica.

14.

Asistir a la Secretaría en el diseño, ejecución y evaluación de

programas y acciones de fomento, asistencia y promoción que atiendan a

la problemática de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) en

todas sus ramas, en el ámbito de su competencia.

15.

Colaborar en el desarrollo de la competitividad de los sectores

productivos mediante la incorporación de diseño e innovación a los

productos y procesos para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que

realizan actividades en el campo de la innovación y el diseño.

16.

Proponer y coordinar la ejecución de las actividades destinadas a

la elaboración de políticas de desarrollo regional, en el ámbito de su

competencia.

17.

Promover y generar condiciones para el desarrollo de ecosistemas

productivos para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

18.

Entender en la promoción, desarrollo y consolidación del

asociativismo entre las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

19.

Asistir a la Secretaría en la promoción de las exportaciones de las

Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), facilitando su acceso a

mercados internacionales mediante la participación en ferias, congresos

e integrando delegaciones oficiales comerciales al exterior, en

coordinación con las áreas con competencia en la materia.

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA

DEL CONOCIMIENTO

SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la definición de los lineamientos

estratégicos de fomento del desarrollo regional y en la elaboración y

propuesta de políticas para el desarrollo de los emprendedores y Micro,

Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

2.

Intervenir en la aplicación de la Ley N° 25.872 y del Título I de la

Ley N° 27.349, así como también en las acciones relativas a fomentar el

espíritu emprendedor, y en los aspectos relacionados a la creación,

desarrollo y consolidación de empresas nacionales y de aceleradoras y

vehículos para el desarrollo del capital emprendedor.

3.

Desarrollar, en el ámbito de su competencia, herramientas para

estimular el acceso al capital a través de esquemas de coinversión

pública-privada e instrumentos que promuevan y faciliten la generación

de capital emprendedor en la REPÚBLICA ARGENTINA.

4.

Desarrollar programas e iniciativas competitivas, innovadoras,

sustentables en el tiempo y generadoras de valor y empleo, tendientes a

la creación, desarrollo y consolidación de Emprendedores y Micro,

Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES).

5.

Promover la creación y el desarrollo de redes de inversores de

proximidad que participen activamente en el financiamiento de empresas

en etapas tempranas para contribuir en el desarrollo de una masa

crítica de empresas de alto potencial.

6.

Asistir a la Secretaría en el diseño e implementación de estrategias

e iniciativas de capacitación y formación para facilitar la creación,

desarrollo y consolidación de Emprendedores.

7.

Promover e impulsar herramientas fiscales, impositivas, financieras

y no financieras para mejorar la productividad y competividad, a través

de la introducción de innovaciones, del desarrollo de talento y del

apoyo a la creación y evolución de emprendimientos generadores de

empleo y de mayor valor agregado e impacto social.

8.

Articular acciones con otros organismos del ESTADO NACIONAL,

entidades empresarias, organizaciones no gubernamentales, universidades

y empresas, en el ámbito de su competencia.

9.

Asistir a la Secretaría en la promoción de las exportaciones de los

emprendedores, facilitando su acceso a mercados internacionales,

mediante la participación en ferias, congresos e integrando

delegaciones oficiales comerciales al exterior, en coordinación con las

áreas con competencia en la materia.

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA

DEL CONOCIMIENTO

SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la definición de programas de promoción

de las actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la

digitalización de la información, apoyados en los avances de la ciencia

y de las tecnologías y orientados a la obtención de bienes, prestación

de servicios y/o mejoras de procesos.

2.

Implementar estrategias para la aplicación, fiscalización y control

del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento aprobado por

la Ley N° 27.506 y del Régimen de Desarrollo y Producción de la

Biotecnología Moderna aprobado por la Ley N° 26.270.

3.

Asesorar a la Secretaría en materia de actualización y el uso de

nuevas tecnologías tanto en las empresas de sectores productivos

tradicionales como en aquellas empresas ligadas a los sectores del

conocimiento a fin de optimizar su competitividad.

4.

Planificar e implementar programas de desarrollo de las capacidades

humanas en el sector de la economía del conocimiento tendientes al

fortalecimiento a nivel federal, en articulación con las áreas con

competencia en la materia.

5.

Desarrollar y promover políticas, programas, y plataformas

tecnológicas necesarias para el desarrollo del capital humano del

sector de la economía del conocimiento que permita el incremento de los

perfiles necesarios para generar valor en la matriz productiva, en

coordinación con las áreas con competencia en la materia.

6.

Asistir, en el ámbito de su competencia, en coordinación con otros

organismos del ESTADO NACIONAL y mediante el esquema de innovación, en

la generación de proyectos de inversión público-privada para encarar

nuevos desarrollos en áreas estratégicas.

7.

Asistir a la Secretaría en la definición y creación de programas y

líneas de financiamiento dirigidos a empresas de la Economía del

Conocimiento, en coordinación con las áreas con competencia en la

materia.

8.

Colaborar con otros organismos del ESTADO NACIONAL en la

implementación de las herramientas de protección de resultados

generados por las actividades de la economía del conocimiento

susceptibles de tener valor comercial.

9.

Fomentar el proceso de identificación, aplicación, valorización,

protección y transferencia de conocimiento hacia sectores productivos

en general y áreas estratégicas con potencial exportador en particular,

que fortalezcan las posibilidades de competitividad de las empresas, en

el ámbito de su competencia.

10.

Promover la producción nacional de productos y servicios de alto

valor agregado surgidos de la aplicación de las actividades de la

economía del conocimiento, que resulten estratégicos para lograr la

diversificación productiva, promoviendo nuevos conglomerados

exportadores para fortalecer cadenas de valor en favor del

fortalecimiento de la producción nacional.

11.

Fomentar y generar una red de empresas con capacidad comercial y

tecnológica para apoyar y potenciar el desarrollo de empresas basadas

en el conocimiento.

12.

Impulsar la generación y expansión de nuevas empresas con alto

contenido tecnológico mediante estrategias de innovación abierta que

permitan generar empleo de calidad y el desarrollo de productos y/o

servicios con valor agregado diferencial para potenciar el perfil

exportador de la economía nacional.

13.

Asistir a la Secretaría en el desarrollo de la infraestructura y

los recursos humanos necesarios para el fortalecimiento a nivel federal

de las actividades de la economía del conocimiento, en articulación con

los gobiernos locales.

14.

Administrar y gestionar los recursos del Fondo Fiduciario para la

Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC).

15.

Colaborar con la Secretaría en las acciones relativas a la

celebración de convenios con entidades empresarias, organizaciones

gubernamentales y no gubernamentales, universidades y empresas, en el

marco de su competencia.

16.

Elaborar análisis prospectivos y proyecciones de las variables del

sector de la economía del conocimiento para la identificación de nichos

y tendencias relevantes a nivel local, regional y mundial.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

OBJETIVOS

1.

Entender en la formulación y ejecución de la política comercial,

industrial y en el diseño y gestión de los instrumentos para promover

el desarrollo y crecimiento de los sectores productivos.

2.

Articular las relaciones que, desde el Ministerio, se establezcan

con otras Jurisdicciones, para fortalecer los lineamientos estratégicos

de la política comercial.

3.

Evaluar, en el ámbito de su competencia, el impacto económico en

relación al cumplimiento de las medidas generadas y ejecutadas por las

distintas áreas asignadas a su órbita, desarrollando criterios e

indicadores que permitan el control estratégico y la generación de

proyectos a futuro.

4.

Evaluar la oportunidad, mérito y conveniencia de las políticas y

acciones que impacten sobre el comercio.

5.

Entender en las actividades vinculadas con el seguimiento y

verificación de lo relacionado con la aplicación de las Leyes N° 19.511

del Sistema Métrico Legal Argentino (SIMELA), N° 24.240 de Defensa del

Consumidor, N° 25.065 de Tarjetas de Crédito y sus modificaciones, y N°

26.993 del Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de

Consumo, Título I, N° 27.521 del Sistema Único Normalizado de

Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI) y el Decreto N°

274/19 de Lealtad Comercial.

6.

Entender en la elaboración de propuestas, control y ejecución de las

políticas comerciales internas relacionadas con la defensa y la

promoción de los derechos de los consumidores.

7.

Entender en la elaboración e implementación de las políticas y

marcos normativos necesarios para afianzar la competencia de los

derechos de los consumidores y el aumento en la oferta de bienes y

servicios.

8.

Supervisar la ejecución de las políticas comerciales internas

destinadas a la defensa de la competencia y el accionar de la COMISIÓN

NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, actuando como Autoridad de

Aplicación de la Ley N° 27.442, hasta tanto se constituya la AUTORIDAD

NACIONAL DE LA COMPETENCIA creada por el artículo 18 de la Ley N°

27.442, en los términos de los artículos 4° y 5° del Decreto N° 480/18,

y de los Tribunales Arbitrales de Defensa del Consumidor.

9.

Entender en las propuestas y coordinación de políticas comerciales

vinculadas a la actividad del sector privado, así como en las medidas

comerciales relacionadas con otras políticas públicas, a fin de

asegurar su coherencia y consistencia interna y brindar asistencia

técnica en la materia.

10.

Evaluar, proponer y dictar medidas tendientes a mejorar la fluidez

de los mercados de bienes y servicios tanto públicos como privados, con

el objeto de favorecer su transparencia y desarrollo en función del

interés público, en el ámbito de su competencia.

11.

Realizar el seguimiento de las políticas que desarrolle la

CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES, y su correspondencia

con las políticas públicas implementadas por el PODER EJECUTIVO

NACIONAL, teniendo a su cargo la relación con las demás jurisdicciones

que la integran.

12.

Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea

participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las

pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

13.

Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO

NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación

accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y

lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

14.

Supervisar la ejecución de las políticas comerciales internas de

defensa de los consumidores y de defensa de la competencia.

15.

Evaluar el grado de competividad en todos los ámbitos de la

actividad económica elaborando las estructuras de costo de los bienes y

servicios que conforman los mercados, en el ámbito de su competencia.

16.

Promover la articulación de políticas de comercio con los gobiernos

provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

17.

Intervenir en materia de estructuras arancelarias, de políticas de

reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la

exportación, en el ámbito de su competencia.

18.

Supervisar la gestión de los instrumentos y regímenes de

administración del comercio exterior, en coordinación con las áreas

competentes en la materia.

19.

Entender en la implementación, administración y funcionamiento del

Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino

(VUCEA) y supervisar el accionar de su Unidad Ejecutora.

20.

Supervisar el accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.

21.

Programar y proyectar las actividades de las áreas bajo su

competencia, para la mejora de los regímenes de promoción industrial y

del desarrollo de proveedores en las cadenas de valor manufactureras.

22.

Entender en el análisis de la problemática de los diferentes

sectores industriales, detectando las necesidades de asistencia

financiera y tecnológica, entre otras, así como promover el

fortalecimiento productivo, tanto a nivel sectorial como regional.

23.

Ejercer como Autoridad de Aplicación del Régimen Compre Argentino y

Desarrollo de Proveedores, aprobado por la Ley N° 27.437, respecto de

las cuestiones remanentes o pendientes de conclusión.

24.

Realizar y definir negociaciones sectoriales en el área industrial

del proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros

países en materia de su competencia.

25.

Participar, en el ámbito de su competencia, en los acuerdos de

cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en

los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, y en su supervisión.

26.

Ejercer el control tutelar del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD

INDUSTRIAL (INPI), del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

(INTI) y de la AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL

CANNABIS MEDICINAL (ARICCAME).

27.

Diseñar las políticas de desarrollo productivo en el marco de las

políticas macroeconómicas definidas por el Poder Ejecutivo Nacional,

enfocadas hacia la incorporación de valor agregado y la mejora de la

productividad.

28.

Implementar las políticas del Gobierno Nacional relativas a los

sectores industriales y a la propiedad industrial.

29.

Establecer, en el ámbito de su competencia, mecanismos de

colaboración entre el sector público y privado para identificar

oportunidades de mejora y proponer proyectos para solucionar los

problemas y desafíos identificados.

30.

Entender en el análisis y planificación de las políticas de

desarrollo industrial y productivo, en el ámbito de su competencia.

31.

Intervenir en la interpretación y aplicación de los regímenes de

origen vigentes y reconocimiento de certificados de origen, en materia

de su competencia, como así también en la elaboración de su normativa.

32.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación de la

política de promoción comercial.

33.

Asistir al Ministro en los aspectos relativos a la participación en

ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular el intercambio

con el exterior.

34.

Entender en lo referente a las prácticas comerciales desleales y

salvaguardias, incluyendo los derechos antidumping, los subsidios y las

medidas compensatorias, en el ámbito de su competencia.

35.

Intervenir en la aplicación del Régimen de Desarrollo y

Fortalecimiento del Autopartismo Argentino, Ley N° 27.263; del Régimen

de Promoción de Inversiones en la Industria Automotriz-Autopartista y

su cadena de valor, Ley N° 27.686; del Registro de Beneficiarios y

Productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de Bienes de

Capital creado por el Decreto N° 379/01 y sus modificaciones; del

Régimen en Aduana Factoría, Decreto N° 688/02; en el Régimen de

Importación de Vehículos Incompletos, Totalmente Desarmados, a los

efectos de su ensamble con la incorporación de autopartes locales en la

REPÚBLICA ARGENTINA, Decreto N° 310/23 y del Régimen de Devolución

Saldo Técnico de IVA, creado por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE

INDUSTRIA N° 17/18.

36.

Intervenir en el Régimen de Exención Impositiva para la PROVINCIA

DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR creado por la

Ley N° 19.640 y sus complementarias; y en los Regímenes de Aduana en

Factoría creado por el Decreto N° 688/02, de Importación de Líneas de

Producción Usadas, creado por el Decreto N° 1174/16 y sus

modificatorios, así como en las detracciones contempladas en el Decreto

N° 1067/18, sus modificatorios y complementarios; de Importación de

Bienes Usados, regulados por la Resolución del Ex MINISTERIO DE

ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS N° 909/94 y sus modificatorias;

de importación de los productos comprendidos por la Resolución del Ex

MINISTERIO DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS N° 1388/97 y sus

modificatorias; y de Importación de Bienes Integrantes de Grandes

Proyectos de Inversión creado por la Resolución del MINISTERIO DE

ECONOMÍA N° 256/00 y sus modificatorias.

37.

Entender en el marco de las políticas de fomento al desarrollo del

sector automotriz y autopartista, en las nuevas modalidades de

movilidad sustentable, electromovilidad, sistemas híbridos y otras

tecnologías sostenibles.

38.

Articular la definición, planificación, seguimiento y control de

los lineamientos, políticas y programas estratégicos del área de su

competencia, en coordinación con la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y

GESTIÓN PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE LA BIOECONOMÍA.

39.

Intervenir en lo relativo a la aplicación del Régimen de Promoción

de la Industria Naval Argentina, creado por la Ley N° 27.418.

40.

Administrar el Programa Nacional para el Desarrollo de Parques

Industriales, creado por el Decreto N° 716/20.

41.

Impulsar, con las áreas de la Administración Pública Nacional con

competencia en la materia, el desarrollo de proyectos de investigación

aplicada, en colaboración con instituciones de investigación y

desarrollo, académicas y del sector privado para impulsar la innovación

industrial y la adopción de tecnología.

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA INDUSTRIAL

OBJETIVOS

1.

Generar espacios de articulación que promuevan el diálogo entre

actores del sector público nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA

DE BUENOS AIRES y municipal, como así también con el sector privado y

el tercer sector, para analizar las necesidades productivas, así como

identificar los requerimientos de los proyectos industriales

estratégicos.

2.

Asistir a la Secretaría en la articulación de las políticas públicas

con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

con el objeto de dar respuesta a las necesidades de naturaleza

productiva que surjan en el territorio.

3.

Dirigir la elaboración y administración de programas y proyectos

para la mejora de los regímenes de promoción industrial, en los

sectores tradicionales y no tradicionales, y la expansión del

desarrollo de la industria sostenible.

4.

Entender en el desarrollo en los programas bajo su órbita vinculados

a la competitividad industrial.

5.

Asistir a la Secretaría en la aplicación del Régimen de Desarrollo y

Fortalecimiento del Autopartismo Argentino, Ley N° 27.263; del Régimen

de Promoción de Inversiones en la Industria Automotriz-Autopartista y

su cadena de valor, Ley N° 27.686; del Registro de Beneficiarios y

Productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de Bienes de

Capital creado por el Decreto N° 379/01 y sus modificaciones, del

Régimen de Aduana en Factoría, Decreto N° 688/02; en el Régimen de

Importación de Vehículos Incompletos, Totalmente Desarmados, a los

efectos de su ensamble con la incorporación de autopartes locales en la

REPÚBLICA ARGENTINA, Decreto N° 310/23 y del Régimen de Devolución

Saldo Técnico de IVA Resolución de la Ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA N°

17/18.

6.

Identificar tendencias y cambios en la industria a nivel mundial

para anticipar oportunidades y desafíos para la industria nacional, y

elaborar informes con propuestas para ser elevados a la autoridad.

7.

Entender en la elaboración de estudios y análisis que sirvan de

insumo para la planificación y diseño de las políticas de desarrollo

productivo nacional y definir indicadores de seguimiento para la

evaluación de impacto.

8.

Intervenir en el marco de las políticas de fomento al desarrollo del

sector automotriz y autopartista, en las nuevas modalidades de

movilidad sustentable, electromovilidad, sistemas híbridos y otras

tecnologías sostenibles.

9.

Participar en las negociaciones con la Unión Europea (UE) y el

Mercado Común del Sur (MERCOSUR), en las temáticas de su competencia en

todo lo referido a la Ley N° 27.437 y sus complementarias, en las

cuestiones remanentes o pendientes de conclusión.

10.

Establecer los sectores productivos estratégicos de la economía

nacional, en coordinación con otras áreas de competencia en la materia,

para identificar oportunidades de crecimiento y de inversión.

11.

Coordinar e implementar, en el ámbito de su competencia, las

políticas de desarrollo del sector industrial y el fortalecimiento de

cadenas de valor manufactureras.

12.

Intervenir en todo lo referido a la Ley N° 27.437 y sus

complementarias, en las cuestiones remanentes o pendientes de

conclusión.

13.

Estimular, en el ámbito de su competencia, el desarrollo integral

de las economías regionales y los nodos productivos para fortalecer la

interconexión y la competitividad.

14.

Asistir a la Secretaría en la formulación de políticas que

estimulen prácticas de calidad y certificaciones en la industria para

promover el agregado de valor y posicionar los productos nacionales en

mercados globales.

15.

Coordinar e implementar el Programa Nacional de Fortalecimiento de

la Calidad, creado por la Resolución N° 815/21 de la Ex SECRETARÍA DE

INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA.

16.

Promover el desarrollo de la competitividad de las industrias y su

inserción internacional, así como desarrollar estrategias que promuevan

la sostenibilidad en la industria y la adopción de prácticas

ambientalmente sustentables.

17.

Promover el desarrollo de parques, agrupamientos y polígonos

industriales tendientes a fortalecer el entramado productivo y generar

economías de aglomeración.

18.

Asistir a la Secretaría en la administración del Programa Nacional

para el Desarrollo de Parques Industriales, creado por el Decreto N°

716/20, sus modificaciones y normas complementarias.

19.

Coordinar con el Instituto Nacional de Tecnología Industrial

(INTI), la elaboración de políticas relacionadas a innovación, diseño,

manufactura avanzada, calidad, actualización y transferencia

tecnológica, ensayos, certificaciones, prototipos y plantas piloto,

eficiencia energética, entre otros.

20.

Coordinar, con las áreas de la Administración Pública Nacional con

competencia en la materia, el desarrollo de proyectos de investigación

aplicada en colaboración con instituciones de investigación y

desarrollo, académicas y del sector privado para impulsar la innovación

industrial y la adopción de tecnología.

21.

Ejercer la coordinación del Subgrupo de Trabajo N° 7 - Industria-

(SGT N° 7) y cuando corresponda, en otros ámbitos del Mercado Común del

Sur (MERCOSUR).

22.

Participar en las negociaciones de los procesos de integración de

bloques comerciales en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, en los

temas de su competencia.

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA

OBJETIVOS

1.

Contribuir en la simplificación de regulaciones industriales para

reducir la carga burocrática y promover la agilidad en el sector

Industrial, en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

2.

Coordinar, con las áreas de la Administración Pública Nacional con

competencia en la materia, la armonización de normativas y regulaciones

relacionadas con la competitividad industrial para evitar barreras

innecesarias.

3.

Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la creación de un

entorno legal favorable para atraer inversiones en la industria,

promoviendo la seguridad jurídica y la confianza empresarial.

4.

Verificar el cumplimiento de las normas y acciones de promoción y

desarrollo industrial en el ámbito de la Secretaría.

5.

Programar, proyectar y administrar las actividades orientadas a la

mejora de los regímenes de promoción industrial, en los sectores

tradicionales y no tradicionales, y la expansión del desarrollo de la

industria sostenible.

6.

Asistir a la Secretaría en la implementación de los programas a su

cargo vinculados con la promoción industrial sectorial.

7.

Asesorar a los organismos descentralizados actuantes en la órbita de

la Secretaría, cuando le sea requerido, sobre la implementación de

estrategias para favorecer el desarrollo y la sostenibilidad

industrial, contribuyendo a la articulación de las políticas definidas.

8.

Participar en las negociaciones de los procesos de integración de

bloques comerciales en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, en los

temas de su competencia.

9.

Asistir a la Secretaría en lo relativo al Régimen de Exención

Impositiva para la PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL

ATLÁNTICO SUR creado por la Ley N° 19.640 y sus complementarias y en

los Regímenes de Aduana en Factoría, creado por el Decreto N° 688/02;

de Importación de Líneas de Producción Usadas, creado por el Decreto N°

1174/16 y sus modificatorias; así como en las detracciones contempladas

en el Decreto N° 1067/18, sus modificatorios y complementarios; de

Importación de Bienes de Capital Usados, regulado por la Resolución del

Ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS N° 909/94 y sus

modificatorias; de importación de los productos comprendidos en la

Resolución del Ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS N°

1388/97 y sus modificatorias y de Importación de Bienes Integrantes de

Grandes Proyectos de Inversión creado por la Resolución del MINISTERIO

DE ECONOMÍA N° 256/00 y sus modificatorias.

10.

Verificar el desarrollo y otorgamiento de los certificados de

homologación de vehículos y de autopartes de seguridad para su

comercialización de conformidad con la Ley de Tránsito N° 24.449.

11.

Participar en la autorización de importación de vehículos

automotores usados con características especiales de uso, establecido

en el régimen creado por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA

N° 26/19.

12.

Entender, en el ámbito de su competencia, en el Régimen de

Importación de Autopartes no Producidas con AEC del 2% en el marco de

la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA N° 67/18.

13.

Asistir a la Secretaría en lo relativo a la aplicación del Régimen

de Promoción de la Industria Naval Argentina creado por la Ley N°

27.418.

14.

Intervenir en el análisis de la problemática de los diferentes

sectores industriales, en la definición de la política industrial y su

diseño y en la ejecución de los instrumentos que contribuyan a la

promoción del desarrollo industrial en forma articulada con los

diferentes sectores y regiones del país.

15.

Coordinar y promover las Mesas Sectoriales para articular con

entidades públicas, privadas y del tercer sector en relación a las

necesidades productivas y a la identificación de las necesidades de los

proyectos industriales estratégicos.

16.

Asistir a la Secretaría en el diseño y rediseño de políticas

industriales nacionales y sectoriales.

17.

Participar, en el ámbito de su competencia, en las negociaciones

internacionales que involucren al sector industrial.

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR

OBJETIVOS

1.

Intervenir en lo referente a la interpretación de las normas

pertinentes al comercio exterior, en materia de su competencia,

elaborando propuestas y medidas acordes a los requerimientos del sector

privado sobre temas vinculados a las transacciones comerciales

internacionales.

2.

Participar, en el ámbito de su competencia, en las negociaciones

comerciales internacionales, propendiendo al dictado y suscripción de

convenios, tratados y acuerdos comerciales y de inversión.

3.

Ejercer la representación de la Jurisdicción en los grupos y

comisiones de trabajo en el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

y participar en el diseño de las políticas con otros espacios de

integración comercial y económica internacional, en coordinación con

las dependencias nacionales competentes.

4.

Asistir a la Secretaría en lo referente a las prácticas comerciales

desleales y salvaguardias, incluyendo los derechos antidumping, los

subsidios y las medidas compensatorias, en el ámbito de su competencia.

5.

Participar en la elaboración y propuesta de los aspectos normativos

vinculados a aranceles y nomenclaturas, reembolsos y reintegros, normas

tendientes a la promoción de exportaciones, seguro de crédito a la

exportación, cupos, "draw back", admisión temporaria y otros regímenes

específicos, como también los relacionados con el Sistema Generalizado

de Preferencias.

6.

Intervenir en materia de su competencia en los aspectos atinentes a

los regímenes vinculados a las importaciones y otras normas resultantes

de los Acuerdos de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) y otros

organismos e instituciones internacionales con competencia en el ámbito

del comercio internacional.

7.

Coordinar, elaborar y proponer desarrollos normativos relacionados

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