ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2024-04-08
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 11
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con instrumentos para la promoción de las exportaciones, zonas francas

y aquellos vinculados a los regímenes de importaciones, a la

nomenclatura y a los aranceles de importación.

8.

Intervenir en la interpretación y aplicación de los regímenes de

origen vigentes y reconocimiento de certificados de origen, en materia

de su competencia, como así también en la elaboración de su normativa e

impartir instrucciones de carácter operativo en las entidades

autorizadas a emitir certificados de origen y evaluar su funcionamiento.

9.

Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la

elaboración, propuesta y seguimiento de los reglamentos técnicos y

procedimientos de evaluación de la conformidad respecto de las normas

técnicas aplicables a la comercialización de bienes y servicios, en el

marco de las previsiones dispuestas por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL

COMERCIO (OMC).

10.

Diseñar y coordinar, en el ámbito de su competencia, la

implementación de políticas para promover la mejora de competitividad

de los productores nacionales, así como el desarrollo de

infraestructura de calidad con un perfil exportador.

11.

Promover la adopción de estándares de calidad y herramientas de

mejora continua en procesos y productos por parte de la industria

nacional, y de medidas orientadas a superar las barreras técnicas

comerciales de entrada a mercados externos, en coordinación con las

áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la

materia.

12.

Coordinar la evaluación de impacto de políticas, programas y

acciones orientados a la promoción del desarrollo exportador, y en el

seguimiento de la implementación de herramientas de fomento productivo

para las diferentes industrias, verificando su consistencia con la

estrategia de inserción internacional.

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la ejecución y control de las políticas

comerciales internas de defensa de los consumidores.

2.

Intervenir en el diseño e implementación de políticas y marcos

normativos necesarios para afianzar la competencia, los derechos del

consumidor y el aumento en la oferta de bienes y servicios.

3.

Asistir a la Secretaría en la aplicación de las Leyes Nros. 19.511

del SISTEMA MÉTRICO LEGAL ARGENTINO (SIMELA) y sus modificaciones;

24.240 de Defensa del Consumidor y sus modificatorias; 25.065 de

Tarjetas de Crédito y sus modificaciones; 25.542 de Libros; 26.993 del

Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo, en lo

que es materia de su competencia, y sus modificatorias; 27.521 del

Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria y

el Decreto N° 274/19 de Lealtad Comercial.

4.

Proponer y efectuar el control de las políticas relacionadas con la

defensa de los consumidores, en coordinación con las áreas con

competencia en la materia.

5.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de proyectos normativos en

el ámbito de su competencia, en especial en materia de defensa de los

consumidores y de lealtad comercial, para armonizar los marcos

regulatorios vigentes.

6.

Asistir a la Secretaría en la supervisión del accionar de los

Tribunales Arbitrales de defensa del consumidor.

7.

Articular el trabajo de la Secretaría con el sector privado que

intervenga en la cadena de comercialización, en lo que refiere a

políticas en materia de gestión comercial interna, en coordinación con

las áreas con competencia en la materia.

8.

Asistir, en el ámbito de su competencia, en la implementación de

acciones de divulgación de las políticas, planes y programas de la

Secretaría que se encuentren relacionados a sus objetivos.

9.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de

proyectos de capacitación que brinden herramientas para la defensa de

los derechos de los consumidores.

10.

Intervenir en el diseño y elaboración de propuestas de programas y

planes de acción de la Secretaría y su articulación con otras áreas de

gobierno, en materia de su competencia.

11.

Participar en la evaluación y asesorar sobre el grado de

oportunidad, mérito y conveniencia para la puesta en marcha de

políticas y acciones que impacten sobre el comercio interior, como así

también en la elaboración de planes, programas y proyectos que

faciliten la desregulación del mercado interno, en el ámbito de la

Secretaría.

12.

Asistir a la Secretaría en la evaluación del grado de

competitividad en todos los ámbitos de la actividad económica,

tipificando las estructuras de costos de los bienes que conforman el

mercado.

13.

Asistir a la Secretaría en las tareas relacionadas a la supervisión

del accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA,

hasta tanto se constituya la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA.

14.

Fiscalizar las actividades relacionadas con las leyes que regulen

la defensa de los consumidores, a fin de procurar que los bienes y

servicios comercializados en el país cumplan con las condiciones de

seguridad, calidad y comercialización establecidas por la normativa

vigente.

15.

Coordinar el seguimiento y análisis de la normativa de Defensa del

Consumidor y Lealtad Comercial en el Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y

los reglamentos nacionales que en su consecuencia deben dictarse, en

coordinación con las áreas con competencia en la materia.

16.

Efectuar la vigilancia respecto del uso de los instrumentos de

medición reglamentados en el país, junto con el INSTITUTO NACIONAL DE

TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) y las entidades públicas y/o privadas

autorizadas al efecto.

17.

Supervisar la sustanciación de los sumarios administrativos en los

que se investiguen posibles infracciones a las leyes cuya fiscalización

sea competencia de la Subsecretaría.

18.

Participar, en el ámbito de su competencia, en la negociación de

acuerdos multilaterales o bilaterales de la REPÚBLICA ARGENTINA que

involucren regulación del comercio interior.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

OBJETIVOS

1.

Elaborar y ejecutar planes, programas y políticas de producción,

tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria, pesquera y

forestal, coordinando y conciliando los intereses del ESTADO NACIONAL,

las provincias y los diferentes subsectores; así como asistir en lo

relativo a la aplicación de la política comercial de productos

agropecuarios.

2.

Dirigir el desarrollo de instrumentos para la inserción económica en

el mundo de la producción agroalimentaria nacional, para el desarrollo

de la bioeconomía, incluyendo los aspectos bioenergéticos,

biotecnológicos y producción de bioproductos, que contengan líneas de

acción, instrumentos de promoción, y mecanismos institucionales de

interacción con otras áreas con competencia en la materia.

3.

Promover la utilización y conservación de los agro-ecosistemas y

recursos naturales destinados a la producción agropecuaria, pesquera y

forestal a fin de promover el desarrollo económico del sector,

incluyendo la diferenciación y el valor agregado en su transformación.

4.

Asistir y participar en el diseño y ejecución de las políticas de

desarrollo, promoción, financiamiento, calidad, bioseguridad y sanidad

de productos agropecuarios incluida su transformación, para consumo

alimentario de origen animal o vegetal, promoviendo los estándares de

comercialización respectivos, en coordinación con las áreas competentes

en la materia.

5.

Entender, en el ámbito de su competencia, en las estrategias,

estudios, investigaciones y análisis prospectivos que fomenten el

consumo, la comercialización y el valor agregado de alimentos de origen

agropecuario, coordinando acciones con los organismos de la

Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

6.

Intervenir en el control de la aplicación de los marcos regulatorios

y el cumplimiento de las prestaciones de los servicios públicos del

sector agropecuario que son brindados por el sector privado.

7.

Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea

participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las

pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

8.

Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO

NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación

accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y

lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

9.

Elaborar y ejecutar las políticas y acciones vinculadas a la

sostenibilidad ambiental de los productos primarios provenientes de la

agricultura, la ganadería y la pesca, incluida su transformación; y

coordinar el diseño de planes, programas, proyectos y normas que

promuevan e impulsen la producción agroindustrial sostenible, en

coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con

competencia en la materia.

10.

Coordinar, en el ámbito de su competencia, acciones con las

distintas regiones del país dirigidas a desconcentrar la ejecución de

las políticas del área y facilitar la integración con los distintos

sectores agropecuarios, forestal y pesquero.

11.

Asistir en la creación y actualización de un sistema integral de

gestión de información y estadística agropecuaria.

12.

Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el

desarrollo de la actividad agropecuaria, pesquera y forestal y de las

transformaciones asociadas, la evaluación de sus tendencias, y proponer

medidas que impulsen el desarrollo de dicha actividad, en el ámbito de

su competencia.

13.

Ejercer el control tutelar del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y

CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), del INSTITUTO NACIONAL DE

VITIVINICULTURA (INV), del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA

AGROPECUARIA (INTA), del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y

DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

(INASE) y del INSTITUTO NACIONAL DE LA AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA

E INDÍGENA.

14.

Entender en la supervisión de los programas, proyectos y

actividades del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA),

del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP),

del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), del SERVICIO NACIONAL DE

SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), del INSTITUTO NACIONAL DE

LA YERBA MATE, del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) y del

INSTITUTO NACIONAL DE LA AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA.

15.

Entender en la fiscalización sanitaria de la producción

agropecuaria, forestal y pesquera, así como en la normatización,

registro, control y fiscalización sanitaria, de inocuidad y calidad

agroalimentaria, en el ámbito de su competencia.

16.

Entender en la matriculación, registro y fiscalización de las

operatorias de las personas humanas o jurídicas que intervengan en el

comercio e industrialización de las distintas cadenas agroalimentarias

y agroindustriales, ejerciendo las funciones de control, fiscalización

y poder de policía previstas por las Leyes N° 21.453, N° 21.740 y N°

25.507, por el artículo 12 de la Ley N° 25.345, por el Decreto-Ley N°

6.698/63, modificado por el artículo 1° de la Resolución N° 592/93 del

Ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, por los

Decretos N° 1405/01, N° 2647/02 y N° 1067/05, y la Resolución N° 109/06

de la Ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del

entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, implementando todas las

acciones necesarias a tales fines en todo el territorio nacional y

aplicando su régimen sancionatorio.

17.

Entender en la aplicación de la Ley N° 26.141 -Régimen para la

recuperación, fomento y desarrollo de la actividad caprina- y de la Ley

N° 25.422 para la recuperación de la ganadería ovina.

18.

Entender en lo relativo a la aplicación y contralor de la Ley N°

25.127.

19.

Desarrollar e impulsar políticas de transferencia de riesgos

climáticos, promoviendo el acceso de los productores agropecuarios a

instrumentos de cobertura, articulando acciones con las áreas con

competencia en la materia.

20.

Entender en materias vinculadas al Consejo Federal Agropecuario, en

los ámbitos de su competencia.

21.

Entender en las tareas vinculadas con el análisis de costos,

evaluación de márgenes y rentabilidad de las empresas del sector

agropecuario.

22.

Entender en la elaboración de la propuesta para la fijación de los

valores FOB mínimos e índices de exportación.

23.

Participar en el otorgamiento de los certificados de origen y

calidad de los productos destinados a la exportación vinculados con su

competencia.

24.

Entender en la tipificación, certificación de calidad y

normalización para la comercialización de los productos primarios de

origen agropecuario, forestal y pesquero, incluida su transformación

25.

Proponer estrategias para la solución de controversias, en todo lo

referido al acceso de productos de los sectores agroalimentarios y

agroindustriales a los mercados externos, en coordinación con las áreas

con competencia en la materia.

26.

Planificar, diseñar e implementar planes y programas que promuevan

el fortalecimiento productivo, integral y sustentable de los pequeños y

medianos productores agroalimentarios.

27.

Promover relaciones de cooperación e integración con las

provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios, con el

fin de promover el desarrollo bioeconómico, de la agricultura,

ganadería y pesca de las distintas regiones del país.

28.

Entender en el otorgamiento de las certificaciones oficiales de

calidad, de los cupos o cuotas de los productos destinados a la

exportación y/o mercado interno vinculados con su competencia.

29.

Entender en la elaboración de políticas, objetivos y acciones

atinentes al desarrollo y competitividad de las economías regionales,

con la inclusión de los productores agropecuarios y las productoras

agropecuarias, en el ámbito de su competencia.

30.

Asistir al Ministro en la aplicación de la Ley N° 26.509 sobre el

Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y

Desastres Agropecuarios.

31.

Entender, en lo referido a la coordinación de las acciones de las

Consejerías Agrícolas de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior, en

coordinación con las distintas áreas competentes.

32.

Articular la definición, planificación, seguimiento y control de

los lineamientos, políticas y programas estratégicos del área, en

coordinación con la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARA EL

DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE LA BIOECONOMÍA.

SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE BIOINDUSTRIAS, BIOTECNOLOGÍAS E INNOVACIÓN

OBJETIVOS

1.

Participar en la propuesta y ejecución de políticas y medidas

tendientes a mejorar la distribución del valor agregado en los

eslabones de las cadenas agroindustriales, la transparencia del

mercado, la igualdad de oportunidades y la libre concurrencia de los

productores organizados al mismo.

2.

Proponer e impulsar la adopción de procesos de biorrefinería,

contribuyendo al resguardo climático y la protección de los ecosistemas.

3.

Proponer políticas que incrementen la generación de materias primas,

productos o subproductos para ser utilizados en la generación de

bioenergía; promoviendo estrategias y actividades para un mejor uso de

los recursos biomásicos de origen agropecuario, agroindustrial y urbano.

4.

Impulsar el crecimiento de las industrias elaboradoras de

bioproductos y biomateriales potenciando la innovación a través de la

creación y el desarrollo de nuevos biomateriales y bioproductos, o

productos sustitutivos a los de origen fósil.

5.

Colaborar con las instituciones del Sistema Científico Tecnológico

contribuyendo en la investigación y desarrollo de biocombustibles,

biomateriales, bioinsumos agropecuarios e industriales, alimentos, y

otros posibles productos que puedan ser obtenidos en forma sustentable,

a partir de recursos de la biomasa y de la biodiversidad.

6.

Intervenir en la aprobación de eventos biotecnológicos y la

aplicación de los marcos regulatorios y políticas relativas a los

productos biotecnológicos, y colaborar con otras áreas con competencia

en la materia, para el otorgamiento de las autorizaciones de liberación

y comercialización de productos biotecnológicos para uso agropecuario.

7.

Promover acciones que faciliten la confluencia entre las

Biotecnologías, las Nanotecnologías y las Tecnologías Digitales, que

permitan el desarrollo de procesos integrados y sostenibles en las

empresas del sector.

8.

Promover la adopción de tecnologías digitales entre los productores

agropecuarios y agroindustriales argentinos, con el propósito de

mejorar la rentabilidad, competitividad, sustentabilidad, trazabilidad,

agregado de valor y diversificación de productos, en coordinación con

las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la

materia.

9.

Colaborar, en el ámbito de su competencia, con universidades,

institutos de investigación y organizaciones del sector agropecuario

para la generación de información que permita analizar el ecosistema de

innovación y emprendimiento en tecnologías digitales aplicadas a la

actividad agropecuaria y agroindustrial, para fomentar el diseño de

políticas y acciones interinstitucionales y fortalecer el desarrollo de

dicho ecosistema.

10.

Intervenir, en coordinación con los organismos con competencia en

la materia, en el desarrollo de las políticas, acciones y programas

tendientes a promover al uso de bioinsumos y su relación con la

conservación de la diversidad biológica, como así también los recursos

genéticos para la alimentación y la agricultura, incluyendo la

valorización de la diversidad genética del suelo.

SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROPECUARIOS Y NEGOCIACIONES INTERNACIONALES

OBJETIVOS

1.

Coordinar la realización de estudios e investigaciones acerca de los

componentes económicos de las políticas sectoriales en materia

agropecuaria y su compatibilización con las políticas macroeconómicas.

2.

Asistir a la Secretaría en las tareas vinculadas con el análisis de

costos, evaluación de márgenes y rentabilidad de las empresas del

sector agropecuario.

3.

Entender en el relevamiento, análisis y elaboración de propuestas y

ejecución de acciones de mejora de toda la cadena de infraestructura y

logística vinculada a la producción y comercialización tanto interna

como externa de productos primarios, provenientes de la agricultura, la

ganadería y la pesca, incluida su transformación, en coordinación con

las áreas con competencia en la materia.

4.

Asesorar en lo relativo a la generación de las políticas tributarias

referidas al sector agropecuario, articulando y coordinando su accionar

con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia

primaria en la materia.

5.

Coordinar acciones con organismos multilaterales, bilaterales y

nacionales en los proyectos y programas de cooperación, en materia de

su competencia, para mejorar la transparencia, el desempeño y la

expansión de los mercados.

6.

Intervenir en la elaboración de la propuesta para la fijación de los

valores FOB mínimos e índices de exportación.

7.

Analizar el impacto económico de políticas y acciones de mejora de

la transparencia, el desempeño y la expansión de diferentes mercados

agrícolas.

8.

Coordinar la realización de estudios y programas de monitoreo y

evaluación permanente de los mercados internos y externos, en

articulación con otras áreas con competencia en la materia de la

Jurisdicción.

9.

Entender en el seguimiento de las actividades de las bolsas, cámaras

y mercados agropecuarios, promoviendo la transparencia y el

cumplimiento de la normativa que rige su funcionamiento.

10.

Actuar como Autoridad de Aplicación y control de la Ley N° 9.643 en

lo relativo a Warrants y certificados de depósito.

11.

Colaborar en el análisis en materia de apertura de mercados

externos e iniciativas para incrementar la presencia del sector en el

comercio internacional, aportando propuestas de negociación.

12.

Colaborar en materias vinculadas al Consejo Federal Agropecuario,

en el ámbito de su competencia.

13.

Asistir a la Secretaría en el control de la aplicación de los

marcos regulatorios y el cumplimiento de las prestaciones de los

servicios públicos del sector agropecuario que son brindados por el

sector privado.

14.

Asistir a la Secretaría en lo relativo a la matriculación, registro

y fiscalización de las operatorias de las personas humanas o jurídicas

que intervengan en el comercio e industrialización de las distintas

cadenas agroalimentarias y agroindustriales, ejerciendo las funciones

de control, fiscalización y poder de policía previstas por las Leyes N°

21.453, N° 21.740 y N° 25.507, por el artículo 12 de la Ley N° 25.345,

por el Decreto-Ley N° 6698 del 9 de agosto de 1963, modificado por el

artículo 1° de la Resolución N° 592 del 4 de junio de 1993 del

ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, por los

Decretos N° 1405/01, N° 2647/02 y N° 1067/05, y la Resolución de la

Ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN N° 109/06, implementando todas las

acciones necesarias a tales fines en todo el territorio nacional y

aplicando su régimen sancionatorio.

15.

Promover planes, programas y proyectos para el fortalecimiento de

la competitividad de las cadenas de valor de alimentos, con especial

atención de los eslabones vinculados con sus insumos para nuevas

empresas exportadoras, sobre la base de la asociatividad de pequeñas y

medianas, empresas y cooperativas productoras de alimentos para el

consumo, con alto agregado de valor en origen y elevada diferenciación,

en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

16.

Monitorear los valores de correspondencia entre los mercados de

productos regionales con los índices de transparencia y simetría entre

las partes, en coordinación con las provincias y proponer las políticas

de intervención necesarias.

17.

Coordinar la actualización del Código Alimentario Argentino (CAA),

así como el desarrollo, organización y seguimiento de la Comisión

Nacional de Alimentos (CONAL), de acuerdo a las competencias

establecidas en la normativa vigente, en coordinación con las áreas con

competencia en la materia.

18.

Colaborar en materias vinculadas al Consejo Federal Agropecuario en

los ámbitos de su competencia.

19.

Asistir a la Secretaría en las relaciones internacionales en

materia de alimentos, desarrollos biotecnológicos, bioenergéticos y

zonas de frontera, especialmente en los distintos Grupos de Trabajo del

Mercado Común del Sur (MERCOSUR), del CODEX ALIMENTARIUS INTERNACIONAL,

de la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ALIMENTACIÓN Y LA

AGRICULTURA (FAO), la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC), el

CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA (CBD), y el CONSEJO AGROPECUARIO

DEL SUR (CAS), entre otros, en coordinación con las áreas de

competencia en la materia.

20.

Proponer e impulsar la creación de nuevas empresas exportadoras

sobre la base de la asociatividad de pequeñas y medianas, empresas y

cooperativas productoras de agroalimentos para el consumo con alto

agregado de valor en origen, elevada diferenciación, descomoditización

y sustentabilidad productiva, en coordinación con las áreas de la

Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

21.

Asistir a la Secretaría en el desarrollo de las acciones de las

Consejerías Agrícolas de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.

SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL

OBJETIVOS

1.

Diseñar, proponer y coordinar la ejecución de políticas, planes y

programas relacionados con los productores y con la producción

agrícola, procurando el adecuado equilibrio entre productividad,

sostenibilidad de los recursos naturales y distribución territorial.

2.

Asistir a la Secretaría en la relación con los gobiernos

provinciales en materia de producción agrícola.

3.

Asistir en el diseño de planes, programas y proyectos vinculados con

la competitividad de las cadenas productivas agrícolas, insumos,

almacenamiento, logística, maquinaria agrícola y la actividad de los

contratistas rurales, en el ámbito de su competencia.

4.

Desarrollar programas específicos de fortalecimiento de las

capacidades de gestión, integración vertical y horizontal de

productores y de Pequeñas y Medianas Empresas del rubro alimentario,

para la diferenciación de productos que fortalezcan su participación en

la comercialización e inserción en el mercado nacional e internacional,

en coordinación con las áreas con competencia en la materia.

5.

Entender en el diseño y ejecución de políticas de desarrollo de las

producciones de las economías regionales y mejora de la competitividad,

promoción comercial para mercados internos y externos y de la calidad,

en la bioseguridad de los productos de la agricultura, la ganadería y

la pesca, incluida su transformación y en la inserción en las cadenas

de valor de los productos de las economías regionales.

6.

Promover la diferenciación de los alimentos producidos en las

economías regionales y en los diferentes territorios de la REPÚBLICA

ARGENTINA para satisfacer las demandas locales y ampliar la oferta

exportable.

7.

Asistir a la Secretaría en la aplicación de los marcos regulatorios

y en el cumplimiento de las prestaciones de los servicios públicos del

sector agropecuario que son brindados por el sector privado, en el

ámbito de su competencia.

8.

Participar en la definición de las políticas sanitaria, comercial y

tecnológica vinculadas a las diferentes actividades de su área de

competencia.

9.

Diseñar, proponer y coordinar la ejecución de políticas, planes y

programas relacionados con la producción vacuna, ovina, porcina, equina

y otras producciones de origen animal.

10.

Diseñar, proponer y coordinar la ejecución de políticas, planes y

programas de producción, fiscalización, calidad, sanidad y regulación

en materia de producción correspondientes a las áreas de su

competencia, procurando su modernización, reconversión,

complementación, diversificación y el adecuado equilibrio entre

productividad, sustentabilidad ambiental, sostenibilidad de los

recursos naturales y distribución territorial.

11.

Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en el

diseño, la elaboración y ejecución de políticas y medidas tendientes a

mejorar la distribución del valor agregado en los eslabones de las

cadenas agroindustriales, la transparencia del mercado, la igualdad de

oportunidades y la libre concurrencia de los productores y productoras

organizados al mismo.

12.

Asistir en la definición de las políticas de riego y gestión de los

recursos hídricos vinculados a las diferentes producciones agrícolas.

13.

Asistir a la Secretaría en la aplicación de la Ley N° 26.141

-Régimen para la recuperación, fomento y desarrollo de la actividad

caprina- y de la Ley N° 25.422 para la recuperación de la ganadería

ovina.

14.

Establecer las normas de clasificación y tipificación del ganado,

de la carne y de la leche destinadas al consumo y a la exportación, y

de todos los productos y subproductos de la ganadería y demás

producciones de origen animal.

15.

Entender en la promoción y desarrollo de la actividad hípica en la

REPÚBLICA ARGENTINA y en el conocimiento de la producción en el

exterior; así como también en el control de la aplicación de la

normativa que rige dicha actividad.

16.

Entender en el desarrollo del mercado interno lechero nacional

tanto para el consumo interno, como así también el mercado orientado a

la exportación.

17.

Participar en la ejecución de las políticas relacionadas con la

biotecnología para uso agrícola y en el fortalecimiento de la

competitividad de los sectores productivos agrícolas y

agroindustriales, proponiendo medidas de carácter global o sectorial

que permitan impulsar su desarrollo, en el ámbito de su competencia.

18.

Gestionar la normatización y registración de productos y

establecimientos elaboradores de alimentos, en particular los

provenientes de las economías regionales, asegurando la calidad e

inocuidad de los alimentos, en coordinación con las otras áreas con

competencia en la materia.

19.

Establecer los lineamientos generales vinculados a Denominaciones

de Origen, Indicaciones Geográficas, Diferenciación y Calidad de

Productos, de acuerdo a la normativa vigente, en lo que es materia de

su competencia.

20.

Colaborar en materias vinculadas al Consejo Federal Agropecuario en

los ámbitos de su competencia.

21.

Asistir a la Secretaría en la propuesta, diseño y ejecución de

planes y programas que promuevan el fortalecimiento productivo,

integral y sustentable de los pequeños y medianos productores

agroalimentarios.

22.

Dirigir la implementación de programas y acciones destinados a

promover y fortalecer la transferencia y desarrollo tecnológico de los

pequeños y medianos productores agroalimentarios, a fin de mejorar su

productividad con acciones específicas y estándares propios.

23.

Articular acciones vinculadas a la innovación tecnológica

específicas para los pequeños y medianos productores agroalimentarios,

en el desarrollo productivo integral de agroalimentos, en forma

conjunta con universidades, centros de investigación y organizaciones

de la sociedad civil.

24.

Supervisar y dirigir la ejecución de acciones de asistencia

técnica, formación y capacitación de los pequeños y medianos

productores.

25.

Promover la competitividad de los pequeños y medianos productores

agroalimentarios, con el objeto de fomentar su participación en el

mercado interno y externo.

26.

Entender en las tareas vinculadas con el análisis de costos, la

evaluación de márgenes y la rentabilidad de la producción de los

pequeños y medianos productores agroalimentarios, articulando acciones

con las áreas y organismos pertinentes, para su inserción en las

cadenas de valor específicas.

27.

Promover, fortalecer y potenciar las capacidades productivas de los

jóvenes y de las mujeres en el sector agroalimentario para un

desarrollo territorial equitativo y sustentable.

SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE RECURSOS ACUÁTICOS Y PESCA

OBJETIVOS

1.

Proponer y ejecutar la política pesquera nacional para la protección

de los intereses nacionales relacionados con la pesca marítima,

continental y la acuicultura; procurando el máximo desarrollo

compatible con el aprovechamiento racional de los recursos.

2.

Ejecutar la Ley Federal de Pesca N° 24.922 en las aguas de

jurisdicción nacional, en coordinación con el Consejo Federal Pesquero.

3.

Coordinar la Mesa de la Pesca con las cámaras y los distintos

organismos nacionales y provinciales a fin de fijar las políticas

tributarias, aduaneras, financieras, de control y de comercio exterior

vinculadas al sector pesquero.

4.

Entender en la administración del Registro de la Pesca, otorgamiento

de permisos de pesca, su transferencia y suspensión, de conformidad con

la Ley N° 24.922 y sus normas complementarias, en coordinación con el

Consejo Federal Pesquero.

5.

Ejecutar la fiscalización de capturas, cuotas por especie, métodos y

artes de pesca en todas las aguas de jurisdicción nacional; así como

sustanciar y aplicar las sanciones que resulten de los sumarios por

infracciones a la normativa vigente.

6.

Asistir a la Secretaría en las negociaciones internacionales en las

que se traten temas pesqueros, tanto en negociaciones bilaterales como

multilaterales, y/o con organismos internacionales, en coordinación con

las áreas con competencia en la materia.

7.

Intervenir en el desarrollo de procesos que promuevan la obtención

de valor agregado y el empleo de mano de obra argentina, en

coordinación con las áreas competentes en la materia.

8.

Proponer las medidas tendientes a regularizar la actividad pesquera

y de acuicultura, su explotación y cultivo, como así también promover

las tareas de fiscalización e investigación que se desarrollen sobre

recursos acuáticos vivos y las especies migratorias en todos los

ámbitos sujetos a la jurisdicción nacional.

9.

Intervenir en la política sanitaria referida a la actividad pesquera.

10.

Asistir a la Secretaría en el ejercicio del control tutelar del

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP).

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro, en orden a sus competencias, en todo lo

inherente a las políticas de ordenamiento social y territorial y de

desarrollo de vivienda, hábitat e integración urbana, así como entender

en el diseño de estrategias, planes y programas en el ámbito de su

competencia.

2.

Intervenir en la determinación de los objetivos y políticas del área

de su competencia.

3.

Intervenir en la formulación, elaboración y ejecución de la política

nacional en todas las materias relacionadas con el impulso a nivel

local, provincial y regional de la descentralización política y

económica para la consolidación del reequilibrio social y territorial.

4.

Dirigir la formulación, elaboración y ejecución de la política

nacional en todas las materias relacionadas con el desarrollo del

hábitat, la vivienda y la integración urbana, atendiendo a las

diversidades, demandas y modos de habitar de las diferentes regiones

del país.

5.

Asistir al Ministro en el diseño y ejecución de las políticas de

gestión de suelo, innovando y generando instrumentos urbanísticos y

jurídicos que garanticen el crecimiento conveniente de las áreas

metropolitanas, de las ciudades pequeñas y medianas, y de la protección

de los cordones periurbanos, en coordinación con provincias y

municipios.

6.

Coordinar acciones que realicen el ESTADO NACIONAL, las provincias,

la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios en lo referente a

la planificación del territorio, a los usos del suelo y a los programas

de infraestructura y hábitat, en el marco de lo que establezca la

política de ordenamiento territorial.

7.

Dirigir la elaboración de planes y programas de fortalecimiento y

actualización de las políticas de desarrollo que tengan como objetivo

la competitividad y complementariedad territorial, tanto urbana como

rural.

8.

Proponer lineamientos para el fomento del desarrollo urbano

equilibrado y sustentable en el territorio nacional, en coordinación

con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios.

9.

Asistir al Ministro en la formulación, desarrollo y coordinación de

políticas de regularización del suelo, mejoramiento y construcción de

vivienda e integración socio urbana.

10.

Intervenir, en coordinación con las áreas de la Administración

Pública Nacional con competencia específica, en la ejecución de las

gestiones y obras relativas a la implementación de los programas de

integración socio urbanos.

11.

Dirigir la elaboración de planes y programas para el desarrollo de

ciudades y áreas periurbanas compactas, integradas, inclusivas,

sustentables y resilientes, mediante el diseño y ejecución de obras de

infraestructura y servicio urbano.

12.

Diseñar e implementar programas habitacionales que faciliten el

acceso al hábitat y el arraigo en la vivienda, en sus diferentes

modalidades.

13.

Articular estrategias para la promoción de programas que fomenten

la participación del sector privado en el incremento de la oferta

habitacional, tanto en el mercado inmobiliario como en el de alquileres.

14.

Promover la inversión de recursos en el ámbito de la vivienda para

diferentes sectores sociales, a través de la implementación de

programas específicos.

15.

Dirigir el diseño e implementación de acciones que permitan mejorar

la calidad del hábitat de los sectores que habitan y/o trabajan en las

áreas rurales y/o costeras.

16.

Asistir al Ministro en la promoción y el desarrollo de nuevas

tecnologías en lo que respecta a materiales, estandarización y

equipamientos, y técnicas regionales sustentables articulando con las

áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica

en la materia.

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la definición, formulación y gestión de

políticas de desarrollo y ordenamiento territorial, fortaleciendo la

estructura federal del país, así como entender en el diseño de

estrategias, planes y programas de inversión pública y privada en el

ámbito de su competencia.

2.

Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, impulsando, promoviendo

y articulando estratégicamente los diferentes niveles de organización

territorial nacional e internacional.

3.

Participar, junto con las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, de las estrategias de reequilibrio del territorio y de la

formulación de los documentos técnicos específicos para implementar y

comunicar las políticas, planes, programas, acciones, proyectos, obras

e impacto de la inversión pública y/o privada.

4.

Participar, articulando con los organismos nacionales, provinciales

y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con competencia en la materia,

en el relevamiento de suelos vacantes o disponibles, como así también

en la actualización, adecuación, homogenización de los sistemas de

inventario de los mismos y en la definición e implementación de

criterios, metodologías, herramientas y plataformas de gestión de

información para la mejora continua de los procesos de planificación y

diseño de proyectos territoriales.

5.

Intervenir en la formulación de un cuerpo normativo y de

instrumentos y/o mecanismos de cooperación y articulación entre las

distintas Jurisdicciones y organizaciones para el abordaje territorial

equilibrado del desarrollo urbano.

6.

Asistir con programas específicos y coordinar acciones tendientes a

que los organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES y municipales definan regulaciones sobre el suelo urbano,

teniendo en cuenta las particularidades de cada territorio.

7.

Entender en la cooperación y asistencia técnica a organismos

públicos y privados y promover la capacitación y el perfeccionamiento

de profesionales y técnicos, en materia de su competencia.

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y VIVIENDA

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la formulación, implementación y

ejecución de políticas públicas de acceso a soluciones habitacionales.

2.

Promover el acceso a soluciones habitacionales en su aspecto

cuantitativo y cualitativo, mediante la implementación de políticas de

urbanización de barrios, regularización dominial y producción de suelo

urbano, en coordinación con las áreas competentes de la Administración

Pública Nacional.

3.

Elaborar e impulsar planes de urbanización de barrios y propiciar la

dotación de infraestructura básica y equipamiento comunitario.

4.

Entender en el diseño, elaboración e implementación de planes

nacionales de regularización dominial de barrios.

5.

Asistir a la Secretaría en el desarrollo de acciones tendientes a la

identificación de inmuebles de dominio del ESTADO NACIONAL que puedan

ser afectados a las políticas y programas habitacionales, en

coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con

competencia en la materia.

6.

Implementar, junto con otros organismos nacionales, provinciales, de

la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales y con las

organizaciones no gubernamentales pertinentes, las tareas vinculadas

con la identificación y adquisición estratégica de suelos para el

desarrollo de programas de acceso a la vivienda digna.

7.

Elaborar y proponer las políticas públicas y programas de acceso a

soluciones habitacionales, en coordinación con las autoridades

provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales y con

los representantes de las organizaciones de la sociedad civil.

8.

Formular programas de asistencia económica, subsidios y créditos, en

el ámbito de su competencia.

9.

Intervenir en el diseño de las herramientas necesarias para llevar

adelante censos y relevamientos poblacionales, en el marco de su

competencia.

10.

Celebrar convenios, en el ámbito de su competencia, con organismos

estatales provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,

municipales, como así también con asociaciones profesionales,

organizaciones de la sociedad civil, centros universitarios y

organismos internacionales públicos y privados.

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA

OBJETIVOS

1.

Entender en el diseño y la implementación de políticas de

integración urbana y desarrollo territorial.

2.

Entender en la transformación urbana de barrios, mediante un

abordaje integral que favorezca su integración y el desarrollo humano.

3.

Entender en el fortalecimiento de la organización comunitaria y en

el diseño de mecanismos de participación para el desarrollo e

implementación de los proyectos de integración urbana.

4.

Participar en el diseño y en la ejecución de proyectos de

infraestructura urbana y de mejoramiento del hábitat.

5.

Entender en la implementación de iniciativas tendientes a la

vinculación y al desarrollo productivo en los proyectos de integración

urbana que se aborden.

6.

Participar en el diseño e implementación de políticas de acceso a

soluciones habitacionales en los proyectos de integración urbana que se

aborden.

7.

Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales en los asuntos inherentes

al área de su competencia.

8.

Entender en la administración y gestión del REGISTRO NACIONAL DE

BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA (RENABAP) y

realizar su evaluación y seguimiento.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la elaboración, propuesta y ejecución de la política

nacional en todas las materias relacionadas con obras públicas de

infraestructura viales, hídricas y de saneamiento, y de prevención

sísmica, en especial en los programas de inversión y preinversión

pública de su competencia, y en la coordinación de los planes,

programas y proyectos relativos a dichas obras a nivel internacional,

nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipal que correspondan a la Jurisdicción.

2.

Dirigir la elaboración, junto con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA

DE BUENOS AIRES y demás organismos nacionales y provinciales que

correspondan, de los documentos técnicos necesarios para implementar y

difundir las políticas, estrategias, planes, programas, proyectos,

obras e impactos de la inversión pública, en coordinación con las áreas

de la Jurisdicción con competencia en la materia.

3.

Participar en la propuesta, elaboración y ejecución del marco

regulatorio y proyectos de programas a realizar en materia de obras

públicas de infraestructura hídrica, de prevención sísmica y de

planificación territorial de la inversión pública, como así también de

las que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, a nivel

internacional, regional, nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES y municipal, en coordinación con las demás áreas de la

Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

4.

Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea

participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las

pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

5.

Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO

NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación

accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y

lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

6.

Entender en el diseño e implementación de acciones y políticas que,

en el marco de la planificación estratégica de mediano y largo plazo,

promuevan las inversiones nacionales e internacionales en obras de

infraestructura, en el ámbito de su competencia.

7.

Coordinar con las autoridades regionales, nacionales, provinciales,

de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, la identificación

y ejecución de obras de infraestructura y logística que potencien el

desarrollo.

8.

Entender en el diseño de proyectos de conservación, preservación,

mantenimiento, construcción y reciclaje, tanto edilicios como de

infraestructura y espacio público, y de obras específicas solicitadas

por los organismos o reparticiones del ESTADO NACIONAL.

9.

Intervenir en la ejecución de obras y en la administración de los

contratos, según las distintas modalidades de contratación, públicas y

público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea

encomendada al Ministerio por otras Jurisdicciones y áreas del ESTADO

NACIONAL.

10.

Entender en la definición e implementación de criterios,

metodologías, herramientas y plataformas de gestión de información para

la mejora continua de los procesos de planificación, desarrollo de

proyectos y ejecución de obras.

11.

Entender, en coordinación con las áreas con competencia en la

materia, en la elaboración y ejecución del Plan de Construcción de

Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones y ampliación de

los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO

PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y supervisión de las obras

penitenciarias, actualmente no afectadas al alojamiento de internos.

12.

Entender en el desarrollo y coordinación de las políticas de

infraestructura que reduzcan la desigualdad entre la región Norte

-comprendida por las provincias de SALTA, JUJUY, TUCUMÁN, LA RIOJA,

CATAMARCA, MISIONES, CORRIENTES, CHACO, FORMOSA y SANTIAGO DEL ESTERO-

y el resto del país, en coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL

competentes en la materia.

13.

Proponer el marco regulatorio relativo al manejo de los recursos

hídricos y a la organización y fortalecimiento del sector de agua

potable y saneamiento, vinculando y coordinando la acción de las demás

jurisdicciones provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipales y de los organismos intervinientes en la prestación y

expansión de dichos servicios.

14.

Participar en la propuesta, elaboración y ejecución del marco

regulatorio y de proyectos de programas a realizar en materia de obras

de infraestructura hídricas y planificación territorial de la inversión

pública a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, como así también de las

que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, en

coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con

competencia en la materia.

15.

Ejercer las facultades de Autoridad de Aplicación del Contrato de

Concesión de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), en

cumplimiento del Marco Regulatorio de la Concesión establecido por la

Ley N° 26.221.

16.

Coordinar las actividades inherentes al Comité Ejecutor del Plan de

Gestión Ambiental y de manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo.

17.

Entender en lo atinente al Fideicomiso de Infraestructura Hídrica,

en el marco de lo previsto en el Decreto N° 1381/01, y en lo atinente a

otros fondos fiduciarios y fideicomisos vinculados a su competencia.

18.

Ejercer el contralor del accionar de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO

BERMEJO (COREBE), del COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO

(COIRCO) y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS

RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión

de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL, y participar, en la

órbita de su competencia, en la COMISIÓN DE COORDINACIÓN

INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY - PARANÁ.

19.

Participar en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones

para los llamados a concurso y/o licitaciones, como también en los

procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con

motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

20.

Intervenir en el diseño de la política exterior de la REPÚBLICA

ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales compartidos,

cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos, y cuerpos de agua en

general, asumir la representación técnica, y asistir en la gestión y

obtención de cooperación técnica y financiera internacional, en

coordinación con las áreas con competencia en la materia.

21.

Participar en la planificación, programación, evaluación y/o

ejecución de proyectos de mitigación de las inundaciones en zonas

rurales y periurbanas, avenamiento y protección de infraestructura en

zonas rurales y periurbanas, incluyendo proyectos de obras de

emergencia, solicitadas por las provincias.

22.

Participar en la definición y monitoreo de los objetivos y metas

que involucren al agua (recursos hídricos y servicios de agua y

saneamiento) establecidas por los organismos internacionales en los

cuales interviene y suscribe el ESTADO NACIONAL.

23.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración,

propuesta y ejecución de las políticas sobre puertos y vías navegables.

24.

Ejercer el control tutelar del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN

(TTN), el ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA), el

ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP) y el INSTITUTO

NACIONAL DEL AGUA.

25.

Asistir, en el ámbito de su competencia, al Ministerio en la

definición, formulación y gestión de políticas de desarrollo,

fortaleciendo la estructura federal de la REPÚBLICA ARGENTINA.

26.

Entender en el diseño de estrategias, planes y programas de

inversión pública y participación público-privado en el ámbito de su

competencia.

27.

Entender en los procesos y procedimientos de redeterminación de

precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de la Jurisdicción.

28.

Coordinar la Comisión de Control y Seguimiento del Régimen de

Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de

Consultoría de Obra Pública de la Administración Pública Nacional, en

el ámbito de su competencia.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la elaboración, propuesta y ejecución de

los programas, proyectos y acciones en materia de infraestructura

pública.

2.

Establecer estándares de calidad para la construcción y gestión de

las obras de infraestructura, en coordinación con las áreas

involucradas, y dictar normas para la fiscalización de los materiales

utilizados en la construcción de las obras de infraestructura pública y

de los supuestos de participación público-privada.

3.

Celebrar convenios con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, los municipios y con otras entidades para el desarrollo e

implementación de proyectos, programas y acciones en el marco de su

competencia.

4.

Evaluar e intervenir en la gestión y la obtención de cooperación

técnica y financiera para el cumplimiento de los objetivos y políticas

del ámbito de su competencia, en coordinación con las áreas de la

Administración Pública Nacional competentes.

5.

Asistir a la Secretaría en la elaboración y planificación de la

política nacional de obras de infraestructura y coordinar los planes y

programas a nivel nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA

DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la Jurisdicción.

6.

Asistir a la Secretaría en la elaboración y ejecución del Plan de

Construcción de Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones

y ampliación de los establecimientos carcelarios y unidades

dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y

supervisión de las obras penitenciarias, actualmente no afectadas al

alojamiento de internos.

7.

Asistir a la Secretaría en la ejecución de los programas, proyectos

y acciones en materia de obra, infraestructura pública, infraestructura

vial y a la organización y fortalecimiento del sector de agua potable y

saneamiento.

8.

Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración y en

la aprobación de los pliegos de bases y condiciones particulares para

los llamados a contrataciones públicas que se efectúen con motivo de

las obras a realizarse.

9.

Asistir a la Secretaría en la ejecución de obras y administración de

los contratos según las distintas modalidades de contratación, públicas

y público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea

encomendada al Ministerio por otras Jurisdicciones y áreas del ESTADO

NACIONAL y ejecutar las obras correspondientes a la construcción,

conservación de los edificios públicos y restauración de monumentos

históricos nacionales.

10.

Asistir a la Secretaría en la ejecución de la política nacional de

obras de infraestructura, coordinando acciones a nivel nacional,

regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal

que correspondan a la Jurisdicción.

11.

Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de

los pliegos de bases y condiciones en los procedimientos de selección.

12.

Gestionar un sistema de control e información geográfica de las

obras de infraestructura públicas de su competencia, consideradas en

los planes estratégicos sectoriales y globales.

13.

Participar, en el ámbito de su competencia, a solicitud de la

Jurisdicción responsable, en todo lo atinente al Fondo Fiduciario

Federal de Infraestructura Regional, creado por la Ley N° 24.855.

14.

Intervenir en la ejecución de los compromisos del ESTADO NACIONAL

con las diferentes agencias y organismos internacionales en cuanto a la

debida realización de los programas y proyectos que se establezcan bajo

su órbita, tanto en su gestión contable y financiera como en el

seguimiento y evaluación de resultados e impacto de la ejecución.

15.

Entender en la inspección, control, administración y seguimiento de

las obras de infraestructura pública en el ámbito de la Secretaría.

16.

Celebrar convenios con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, los municipios y con otras Entidades para el desarrollo e

implementación de los proyectos, programas y acciones en el área de su

competencia.

17.

Coordinar la ejecución de obras de infraestructura de integración

físico territorial internacional, en coordinación con las áreas

competentes en la materia.

18.

Asistir a la Secretaría en los procesos y procedimientos de

redeterminación de precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de

su competencia.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS

OBJETIVOS

1.

Gestionar proyectos vinculados a las obras públicas hidráulicas, de

concesión de obras hídricas y de adaptación a los extremos climáticos,

realizando la gestión relativa a la participación de la Secretaría en

todo el ciclo de vida de las mismas, comprendiendo sus etapas de

proyecto, licitación, construcción, operación, mantenimiento y cese de

utilidad.

2.

Asistir a la Secretaría respecto de las necesidades planteadas por

las distintas jurisdicciones para solucionar problemas de naturaleza

hídrica y contribuir al desarrollo de las economías en cuencas

nacionales e internacionales.

3.

Participar en la elaboración de los pliegos y en el proceso de

licitación y de adjudicación de la obra pública hidráulica, en el marco

de su competencia, de conformidad con la legislación nacional vigente.

4.

Monitorear las obras financiadas y/o licitadas por la Secretaría que

se encuentran en ejecución en el área de su competencia, efectuando la

supervisión, inspección, control de marcha de obra, certificación y

redeterminación de precios, en el ámbito de su competencia.

5.

Colaborar con las áreas del Ministerio con competencia específica en

la elaboración de proyectos de obras hidráulicas orientados al uso,

aprovechamiento, conservación, protección y monitoreo de los recursos

hídricos.

6.

Asistir a la Secretaría en la evaluación y promoción del

establecimiento y aplicación de normas de la obra pública hidráulica y

su concesión.

7.

Asesorar a la Secretaría en los aspectos relativos a la contratación

de la obra pública hidráulica y de concesión de obras hídricas, como

también en lo inherente a la elaboración de los términos de la relación

contractual, en coordinación con las áreas competentes.

8.

Supervisar el cumplimiento de la legislación vigente en materia

ambiental y de normas de seguridad e higiene en el trabajo en las

distintas etapas de ejecución de las obras, en el marco de su

competencia.

9.

Asistir a la Secretaría en sus acciones en la COMISIÓN REGIONAL DEL

RÍO BERMEJO (COREBE), del COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO

(COIRCO) y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS

RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión

de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL; y en la COMISIÓN DE

COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY -

PARANÁ.

10.

Ejercer la Secretaría General del Consejo Hídrico Federal (COHIFE).

11.

Asistir a la Secretaría en el diseño de la política exterior de la

REPÚBLICA ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales

compartidos, cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos y cuerpos de

agua en general, participando en la representación técnica, asistiendo

en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera

internacional, en el marco de su competencia.

12.

Informar sobre el estado de ejecución de las obras dentro del área

de influencia de la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR).

13.

Intervenir en la planificación, coordinación, ejecución y

supervisión de la gestión operativa de los proyectos llevados a cabo

por la Secretaría, en el marco de la planificación estratégica de la

gestión de los recursos hídricos, para la preservación, el uso y el

aprovechamiento de los mismos, en coordinación con los organismos

competentes en la materia y Jurisdicciones involucradas.

14.

Asistir en la confección del planeamiento estratégico de la gestión

de los recursos hídricos, para su desarrollo sustentable y en forma

coordinada con los otros recursos naturales.

15.

Promover la formulación y ejecución de planes, programas y

proyectos orientados al uso, aprovechamiento, conservación, protección

y monitoreo de los recursos hídricos.

16.

Gestionar los programas nacionales de monitoreo de recursos

hídricos, como la Red Hidrológica Nacional, el Sistema Nacional de

Radares Meteorológicos, y otros similares en el ámbito de su

competencia.

17.

Asistir en la evaluación y/o ejecución de los proyectos de

infraestructura de obras hídricas multipropósito o de recuperación de

tierras productivas, de mitigación de inundaciones en zonas rurales y

periurbanas y avenamiento y protección de infraestructura en zonas

rurales y periurbanas, en el marco de lo establecido por el Decreto N°

1381/01 y de los convenios firmados con las provincias, a financiarse

mediante el Fideicomiso de Infraestructura Hídrica o préstamos de

organismos internacionales.

18.

Participar en el proceso de licitación, adjudicación, contratación

y concesión de la obra pública hidráulica y de saneamiento, en el marco

del circuito operativo de su competencia.

19.

Elaborar informes sobre el estado de ejecución físico y financiero

de las obras financiadas por el Fondo de Infraestructura y por el

Tesoro Nacional.

20.

Coordinar la aplicación de los recursos financieros planificando la

inversión en obras en materia de su competencia.

21.

Intervenir en los procesos y procedimientos de redeterminaciones de

precios de los contratos de obra hídrica, en materia de su competencia.

22.

Celebrar convenios, en el ámbito de su competencia, con organismos

estatales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipales, así como con asociaciones profesionales, organizaciones de

la sociedad civil, centros universitarios y organismos internacionales

públicos y privados.

23.

Promover la capacitación y el perfeccionamiento de profesionales y

técnicos en la materia de su competencia.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro en la propuesta, elaboración y ejecución de las

políticas y planes en materia de sistemas de transporte.

2.

Intervenir en la supervisión, regulación, coordinación, fomento y

desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte.

3.

Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea

participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las

pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

4.

Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO

NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación

accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y

lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

5.

Intervenir en la elaboración, aplicación y fiscalización del régimen

de flotas de transporte, tanto terrestre como mercante, fluvial, de

cabotaje y ultramar y aérea.

6.

Participar en las relaciones entre la Jurisdicción y los organismos

y empresas actuantes en la órbita de la Jurisdicción, en materia de

planificación y regulación del transporte.

7.

Asistir al Ministro en la formulación, elaboración y ejecución de la

política nacional en materia relativa al impulso local, provincial y

regional, en el área de su competencia.

8.

Asistir al Ministro en la elaboración de las políticas y normas de

regulación de los servicios públicos del área de su competencia.

9.

Intervenir en la construcción, habilitación y fiscalización de las

infraestructuras correspondientes a transporte, en particular vías

terrestres, aeropuertos, puertos y vías navegables.

10.

Intervenir en la elaboración de normas de regulación de las

licencias de servicios públicos del área de su competencia, otorgadas

por el ESTADO NACIONAL o las provincias acogidas por convenios a los

regímenes federales en la materia.

11.

Entender en la elaboración de las estructuras arancelarias y

tarifarias en materia de transporte.

12.

Asistir al Ministro en las funciones de Autoridad de Aplicación de

las leyes que regulan el ejercicio de las actividades relativas al

transporte.

13.

Entender en la elaboración de normas de definición de estándares

industriales para los equipamientos en materia de transporte.

14.

Intervenir en el ejercicio de facultades de contralor respecto de

aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o

dadas en concesión en materia de transporte, así como también hacer

cumplir los marcos regulatorios correspondientes.

15.

Intervenir en la investigación y desarrollo tecnológico en materia

de transporte, a fin de facilitar los cambios tecnológicos, la

integración de datos y la implementación de innovaciones que promuevan

el desarrollo sostenible de todo el sistema.

16.

Intervenir en la elaboración y aplicación de políticas estratégicas

de armonización federal, mediante la coordinación nacional, la

registración y sistematización de datos relativos al Sistema Nacional

de la Seguridad Vial.

17.

Intervenir en la elaboración y ejecución de la política nacional de

transporte aéreo y terrestre, así como en su regulación y coordinación.

18.

Intervenir en todo lo relacionado con el transporte internacional

terrestre, fluvial, marítimo y aéreo.

19.

Intervenir en la supervisión, regulación, coordinación, fomento y

desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte.

20.

Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de

transporte de carga reservada para la matrícula nacional.

21.

Entender en el seguimiento y actualización del Plan Nacional del

Transporte Sostenible, proponiendo el diseño y coordinación de los

estudios de funcionamiento de medios de transporte eléctricos y/o que

utilicen combustibles alternativos para determinar sus capacidades,

viabilidad e impacto.

22.

Intervenir en la ejecución de la política nacional de fletes.

23.

Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de

transporte de carga reservada para la matrícula nacional.

24.

Entender en el diseño, elaboración y propuesta de la política

regulatoria del sistema de transporte de jurisdicción nacional en sus

distintas modalidades.

25.

Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones

de procesos para el otorgamiento de concesiones de permisos y/o

cualquier otra figura jurídica que implique prestación de servicio de

transporte, y supervisar la aplicación de los procedimientos

respectivos.

26.

Entender en el desarrollo de recursos humanos y técnicos y en el

fortalecimiento de capacidades institucionales en materia de transporte.

27.

Entender en la propuesta de nuevos servicios de transporte y

mecanismos de control y en la planificación de sistemas de organización

territorial, en materia de su competencia.

28.

Entender en la realización de los estudios y acciones que propendan

al perfeccionamiento del sistema de transporte en todas sus modalidades

y en particular a la coordinación intermodal.

29.

Intervenir en el funcionamiento de un sistema integrado de

transporte terrestre, fluvial, aéreo, marítimo, lacustre y de las vías

navegables, así como del transporte multimodal.

30.

Intervenir en la interacción de la Jurisdicción con organismos

públicos, privados, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

y municipales, en la definición de las políticas públicas relativas a

los medios de transporte y sus actividades subsidiarias, y en los

programas integrales de desarrollo regional promovidos por el ESTADO

NACIONAL, en el ámbito de su competencia.

31.

Entender en la asignación de los planes, programas y proyectos

relacionados a las compensaciones de tarifas y/o subsidios a operadores

y/o usuarios del sistema de transporte y en la compensación tarifaria,

autorizaciones de pago y/o resarcimientos financiados con fondos

fiduciarios cuya administración se encuentre a su cargo y en

coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

32.

Entender en los mecanismos de control y fiscalización para la

liquidación de las compensaciones tarifarias relacionadas con los

servicios de transporte que se prestan a través de los diferentes modos.

33.

Entender en la administración y gestión de los planes y proyectos

del Sistema Único de Boleto Electrónico o el que en el futuro lo

reemplace; gestionar los datos y la información generados por dicho

sistema y el Sistema de Gestión de Flota.

34.

Entender, en el ámbito de su competencia, en lo relativo al Fondo

Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, creado por la Ley N°

24.855.

35.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en los aspectos

vinculados a las Leyes N° 24.449 y N° 26.363.

36.

Intervenir en la organización, dirección y fiscalización del

registro de inscripción, fijación de capacidades y calificación de las

empresas vinculadas al sector transporte.

37.

Intervenir en la homologación de los acuerdos armatoriales y sus

accesorios.

38.

Ejercer el control tutelar de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE

AVIACIÓN CIVIL (ANAC), la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL

TRANSPORTE (CNRT), la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), el

ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), la

JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, el ENTE NACIONAL DE CONTROL Y

GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE y la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (DNV).

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de políticas y

planes referidos a los puertos, vías navegables, transporte fluvial y

marítimo.

2.

Intervenir, en el marco de su competencia, como autoridad de

aplicación, en el ejercicio de las funciones de las Leyes N° 24.093 y

N° 27.419.

3.

Intervenir en el control y fiscalización de los servicios de

transporte fluvial, marítimo y los vinculados a ellos que se

desarrollen en el ámbito de su competencia.

4.

Entender en la realización de los estudios para la actualización de

la normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud

técnica de equipos, seguros, capacitación y titulación del personal

embarcado y toda otra normativa vinculada al ámbito de su competencia.

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