ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2022-07-15
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 404/2022

DCTO-2022-404-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 14/07/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-63333904-APN-DNDO#JGM, la Ley de

Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992

y sus modificatorias), la Ley Nº 27.669, los Decretos Nros. 50 del 19

de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 710 del 14 de octubre de

2021 y 326 del 14 de junio de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de

la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,

sus Objetivos y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los

organismos desconcentrados y descentralizados.

Que a través del Decreto Nº 710/21 se creó, con dependencia directa de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Unidad de Comunicación de Gestión

Presidencial como cargo extraescalafonario con rango y jerarquía de

Ministro o Ministra.

Que por razones de gestión resulta necesario suprimir el citado cargo

extraescalafonario y modificar los objetivos de la SECRETARÍA DE

COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de su

dependiente SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA.

Que por el Decreto Nº 326/22 se transfirieron las competencias

relativas a la elaboración, propuesta y ejecución de la política

nacional comercial interna, en todo lo relacionado con la defensa del

consumidor y de la consumidora y la defensa de la competencia de la

órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO al ámbito del MINISTERIO

DE ECONOMÍA.

Que, en función de las competencias asignadas a las citadas

jurisdicciones, resulta necesaria la reorganización de funciones con el

fin de fortalecer acciones vinculadas a la reactivación productiva y al

abordaje de la problemática inflacionaria.

Que con el fin de consolidar la política nacional para la reducción de

tasas de inflación orientada al control de los precios bajo una misma

autoridad, resulta conveniente transferir la SECRETARÍA DE COMERCIO

INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO al MINISTERIO DE

ECONOMÍA.

Que, en consecuencia, resulta necesario modificar la conformación

organizativa de los Ministerios citados y adecuar los objetivos de sus

Secretarías y Subsecretarías.

Que por la Ley Nº 27.669 se estableció el Marco Regulatorio para el

Desarrollo de la Industria del Cannabis Medicinal y el Cáñamo

Industrial y se creó la AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO

Y DEL CANNABIS MEDICINAL (ARICCAME) como organismo descentralizado en

el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con autarquía

administrativa, funcional, técnica y financiera, con jurisdicción en

todo el territorio nacional.

Que, en consecuencia, procede incorporar el citado organismo

descentralizado en el Anexo III del Decreto Nº 50/19 y adecuar, atento

las precitadas modificaciones, los Apartados de dicho Anexo

correspondientes al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y al MINISTERIO

DE ECONOMÍA.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, dependiente de la

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLANIFICACIÓN DEL

DESARROLLO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y la OFICINA

NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la

SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la

intervención que les compete.

Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Suprímese la Unidad de Comunicación de Gestión

Presidencial, cargo extraescalafonario con dependencia directa de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con rango y jerarquía de Ministro o Ministra

creado por el artículo 2º del Decreto Nº 710 del 14 de octubre de 2021.

ARTÍCULO 2º.- Transfiérese la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO al MINISTERIO DE

ECONOMÍA.

La transferencia aludida comprende las unidades organizativas, créditos

presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha y el personal

con su actual situación de revista.

ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese del Anexo I –Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-

aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por

el siguiente:

“IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE HACIENDA

SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SECRETARÍA DE FINANZAS

SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese del Anexo I – Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 el Apartado X, MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, por el

siguiente:

“X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES

SECRETARÍA DE MINERÍA

ARTÍCULO 5º.- Incorporáse al Anexo II -Objetivos- aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, en el

Apartado IV, como Objetivo 10 de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN el siguiente:

“10. Efectuar las tareas de vocería presidencial, comunicando las decisiones adoptadas por el Presidente de la Nación”.

ARTÍCULO 6º.- Incorporánse al Anexo II -Objetivos- aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, en el

Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE

LA NACIÓN, como Objetivos 5 y 9 de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y

PRENSA los siguientes:

“5. Participar en las tareas de vocería presidencial.

9.

Coordinar y articular las vocerías del ESTADO NACIONAL”.

ARTÍCULO 7°.- Establécese que, a partir de la fecha de la presente

medida, la designación efectuada por el Decreto N° 217/22 dejará de

tener carácter “ad honorem”.

ARTÍCULO 8º.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos- aprobado por el

artículo 2º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el obrante

en la Planilla Anexa (IF-2022-71969374-APN-DNDO#JGM) al presente

artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 9º.- Suprímense del Anexo II -Objetivos- aprobado por el

artículo 2º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, en el

Apartado X, MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, los Objetivos de la

SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL

EXTERNA y de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR y los correspondientes

a sus Subsecretarías dependientes .

ARTÍCULO 10.- Incorpóranse al Anexo II -Objetivos- aprobado por el

artículo 2º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, en el

Apartado X, MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, los Objetivos de la

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA y de sus

Subsecretarías dependientes y los correspondientes a la SECRETARÍA DE

ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, conforme el detalle obrante en la Planilla

Anexa (IF-2022-71970670-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma

parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 11.- Sustitúyese del Anexo III – Ámbitos jurisdiccionales en

los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-

aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de

2019 el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el siguiente:

“IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

Organismos Descentralizados

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN

SECRETARÍA DE ENERGÍA

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS)

COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA)

Organismos Desconcentrados

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

CASA DE MONEDA SOCIEDAD DEL ESTADO

CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE ENERGÍA

COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE

COMISIÓN MIXTA ARGENTINO- PARAGUAYA DEL RÍO PARANÁ

NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

ENERGÍA ARGENTINA S.A.

ENTE BINACIONAL YACYRETÁ

DIOXITEK SOCIEDAD ANÓNIMA

UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE)

YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO GALLEGOS

Entes del Sector Público Nacional Financiero

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA

BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA

Sociedades comprendidas en el artículo 15 de la Ley N° 26.741

SECRETARÍA DE ENERGÍA

YPF SOCIEDAD ANÓNIMA

YPF GAS SOCIEDAD ANÓNIMA”.

ARTÍCULO 12.- Sustitúyese del Anexo III – Ámbitos jurisdiccionales en

los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-

aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de

2019 el Apartado X, MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, por el

siguiente:

“X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

Organismos Descentralizados

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI)

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI)

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES)

AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL (ARICCAME)

SECRETARÍA DE MINERÍA

SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)

Organismos Desconcentrados

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN NACIONAL DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO

COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

POLO TECNOLÓGICO CONSTITUYENTES SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE MINERÍA

YACIMIENTOS MINEROS AGUA DE DIONISIO (YMAD)

Entes del Sector Público Nacional Financiero

BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR”.

ARTÍCULO 13.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las

áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las

aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría,

las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones vigentes y

personal con su actual situación de revista.

ARTÍCULO 14.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias

correspondientes, la atención de las erogaciones de las funciones

transferidas por el artículo 2° del presente decreto serán atendidas

con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción de origen

de las mismas.

ARTÍCULO 15.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 16.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 15/07/2022 N° 54608/22 v. 15/07/2022

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 7

ANEXO II

IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

OBJETIVOS

1.

Coordinar y asistir en las relaciones institucionales de la

Jurisdicción con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, los gobiernos

provinciales, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, las cámaras

empresariales y las organizaciones no gubernamentales.

2.

Desarrollar y coordinar las relaciones institucionales con las demás

Jurisdicciones y Organismos de la Administración Pública Nacional, y

otros actores institucionales en el área de su competencia.

3.

Asistir al/a la Ministro/a en materia de ceremonial y protocolo.

4.

Supervisar el diseño de herramientas que permitan la medición y

seguimiento de resultados e impactos de planes, programas y proyectos

implementados por la Jurisdicción, relativos al cumplimiento de las

prioridades y objetivos establecidos.

5.

Supervisar el seguimiento sistemático de los Planes Estratégicos y

Operativos del Ministerio, así como la aplicación de las metodologías

de análisis establecidas para efectuarlo.

6.

Asesorar a las autoridades de la Jurisdicción en la elaboración de

mecanismos de fortalecimiento institucional, en materia de su

competencia.

7.

Dirigir acciones de carácter académico y cultural para consolidar

proyectos, estrategias, procedimientos, prácticas y actividades

orientadas al fomento de la conservación y la restauración del

patrimonio cultural de la Jurisdicción.

8.

Supervisar la promoción de la gestión cultural, el fortalecimiento

institucional y las relaciones basadas en el patrimonio artístico,

aplicando el marco jurídico relativo de los bienes culturales.

9.

Coordinar el Centro de Documentación e Información y entender en la

recuperación y conservación del patrimonio cultural, así como

fortalecer el acervo editorial de la Jurisdicción.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1.

Coordinar el Gabinete de Asesores del/de la Ministro/a.

2.

Entender en la articulación de las políticas y programas llevados a

cabo por las distintas Secretarías y Organismos actuantes en la órbita

de la Jurisdicción.

3.

Entender en la priorización de las políticas públicas a

implementarse desde el Ministerio y en la coordinación de los objetivos

estratégicos que le encomiende el/la titular de la Jurisdicción.

4.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el/la Ministro/a.

5.

Entender y asistir al/a la Ministro/a en los aspectos logísticos,

administrativos y de comunicación y difusión, propios del desarrollo de

sus funciones.

6.

Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos para generar información de gestión en

coordinación con las áreas competentes.

7.

Entender en la comunicación institucional interna y externa, así

como en la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la

imagen institucional y de los contenidos digitales de la Jurisdicción.

8.

Coordinar el seguimiento de los programas y proyectos de las

distintas áreas del Ministerio para la optimización de la gestión.

9.

Coordinar el suministro de información sobre los programas y

proyectos llevados a cabo por las distintas áreas de la Jurisdicción a

las áreas de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA que así lo requieran.

10.

Asistir en el diseño de proyectos especiales que contribuyan a la

viabilidad de políticas sustantivas en el ámbito de competencia del

Ministerio.

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SUBSECRETARÍA DE INFORMACIÓN Y DIFUSIÓN ECONÓMICA

OBJETIVOS

1.

Dirigir la obtención de datos, el análisis y la sistematización de

la información de las acciones realizadas por las distintas áreas del

Ministerio.

2.

Coordinar el desarrollo e implementación de los contenidos de la

Jurisdicción, la difusión de información económica en medios y soportes

nacionales e internacionales y la imagen institucional.

3.

Proponer y coordinar la implementación de un plan de difusión

internacional de la agenda económica priorizada por el/la Ministro/a.

4.

Asistir a la UNIDAD GABINETE DE ASESORES en la centralización de la

información económica producida por el Ministerio, así como elaborar

contenidos para suministrar a los medios de comunicación nacionales e

internacionales.

5.

Supervisar la difusión de información económica elaborada por el

Ministerio mediante la implementación de diversos mecanismos de

seguimiento coordinados por la Jurisdicción.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo del Ministerio.

2.

Coordinar el diseño e implementación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras en el Ministerio.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero, con excepción de los que por su especificidad

sustantiva corresponden a la gestión de otras unidades programáticas.

4.

Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos del Ministerio.

5.

Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

6.

Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios del Ministerio.

7.

Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las

contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y

demás adquisiciones destinadas al Ministerio.

8.

Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo de la Jurisdicción.

9.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

10.

Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e

inmuebles y servicios del Ministerio.

11.

Entender en la administración y coordinación de los sistemas y

recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.

12.

Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de

la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el

ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de acuerdo a las previsiones que

establezca la Autoridad de Aplicación en cada materia.

13.

Intervenir en los supuestos contemplados en el artículo 24 de la Ley N° 27.401.

14.

Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las

previsiones establecidas en la Ley N° 27.275, actuando en

representación del Ministerio ante la AGENCIA DE ACCESO A LA

INFORMACIÓN PÚBLICA.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

OBJETIVOS

1.

Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2.

Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero, con excepción de aquellos procesos asignados a

otras unidades orgánicas de la Jurisdicción.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para

la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos

tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los

objetivos y metas previstos en el Ministerio.

4.

Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que

presta servicio, así como la planificación de las actividades de

administración general, con excepción de aquellas que por su

especificidad sustantiva correspondan a la gestión de otras unidades

programáticas.

5.

Coordinar la aplicación de la política de administración del

personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de

comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como

la gestión de los espacios físicos del Ministerio.

6.

Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de

proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su

competencia.

7.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación

público-privada, en lo que es materia de su competencia.

8.

Dirigir la aplicación de los programas de administración y

liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las

empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen

de operar por cualquier causa; así como coordinar todo lo vinculado con

la liquidación de aquellos fondos fiduciarios que comprometen bienes

y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o

Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y de otros cuya

liquidación sea encomendada al MINISTERIO DE ECONOMÍA, como así también

de sus bienes, derechos y obligaciones remanentes.

9.

Asistir en la dirección y en la unificación de la representación de

todos los organismos y empresas actuantes en el ámbito del MINISTERIO

DE ECONOMÍA, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por

la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos

del sector privado de los que resulte acreedor el Sector Público

Nacional.

10.

Proponer las acciones vinculadas a los procesos de reconversión

empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO

NACIONAL, en lo que es materia de su competencia, y coordinar la

aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el

Sector Público Nacional y el sector privado, en el marco de las normas

vigentes.

11.

Coordinar la gestión de los/as directores/as que representan al

ESTADO NACIONAL en las empresas con participación estatal en el ámbito

de la Jurisdicción, con excepción de aquellas que pertenezcan a los

sectores financieros y energéticos; y la representación del MINISTERIO

DE ECONOMÍA en aquellos órganos societarios de los entes donde la

Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y

la tenencia accionaria sea ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

12.

Coordinar la implementación y la ejecución de los Programas de

Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE

ECONOMÍA y la gestión en sede administrativa vinculada con la

cancelación de pasivos cuyo pago deba materializarse en bonos de

consolidación de deuda, en el marco de las competencias asignadas.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1.

Coordinar el servicio jurídico del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en lo que

respecta a la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos.

2.

Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo

que es competencia del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en los asuntos

judiciales, prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los

requerimientos del Poder Judicial.

3.

Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y actos administrativos.

4.

Participar en materia de cancelación de pasivos mediante bonos de

consolidación de deuda y de los saldos de deudas a cargo de la

Administración Pública Nacional.

5.

Asistir a la Secretaría en relación con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.

6.

Coordinar el asesoramiento que brinde la Secretaría en todas aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

7.

Intervenir en la tramitación de los sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE HACIENDA

OBJETIVOS

1.

Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.

2.

Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y

Contabilidad y ejercer, con la SECRETARÍA DE FINANZAS, las funciones de

Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración

Financiera del Sector Público Nacional.

3.

Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

4.

Intervenir en la definición de las necesidades de financiamiento del

Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas,

por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones

de pago.

5.

Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos

fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través

de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública

Nacional.

6.

Participar en el control y análisis presupuestario del gasto en

personal del Sector Público Nacional, en coordinación con las áreas

correspondientes de otras Jurisdicciones del ESTADO NACIONAL con

competencia en la materia.

7.

Participar en los procesos de modernización y transparencia del ESTADO NACIONAL en el ámbito de su competencia.

8.

Entender en todo lo vinculado a los aspectos contables, fiscales y

económicos, en la relación entre el Gobierno Nacional, los gobiernos

provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y elaborar

propuestas respecto al perfil de la deuda pública de las provincias y

de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el ESTADO NACIONAL.

9.

Intervenir en el otorgamiento de asistencia transitoria a las

provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a través de anticipos

a cuenta de las respectivas participaciones en los impuestos nacionales

coparticipables, y desarrollar en coordinación con el MINISTERIO DEL

INTERIOR, políticas y programas de asistencia a las mismas, en lo que

es materia de su competencia.

10.

Coordinar la participación del MINISTERIO DE ECONOMÍA y el accionar

de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los foros

financieros internacionales y en los organismos internacionales de

crédito, incluyendo al FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI).

11.

Intervenir en la representación o representar, cuando corresponda,

al MINISTERIO DE ECONOMÍA en los grupos intergubernamentales o foros de

cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero

Internacional.

12.

Intervenir en las relaciones, negociaciones y representación del

país con los organismos financieros internacionales de crédito de los

que la REPÚBLICA ARGENTINA forma parte, en los aspectos que hacen a las

políticas generales y particulares de dichos organismos y en los

préstamos provenientes de los mismos.

13.

Intervenir en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones

con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales

y multilaterales, para el desarrollo, actualización y mantenimiento de

los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los

programas con dichos organismos.

14.

Intervenir en la autorización del endeudamiento del Sector Público

No Financiero Provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, así como en el análisis de propuestas respecto al perfil de su

endeudamiento con el ESTADO NACIONAL.

15.

Entender en el seguimiento de la evolución fiscal del Sector

Público Argentino a través de la instrumentación de un sistema de

información del Sector Público Nacional, Provincial y Municipal.

16.

Participar en el ámbito de su competencia en la aplicación de la

política salarial en el marco de los límites presupuestarios

establecidos por la ley.

17.

Coordinar las relaciones entre la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

18.

Entender en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO

OBJETIVOS

1.

Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector Público Nacional.

2.

Coordinar la implementación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.

3.

Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.

4.

Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de

Información Financiera (SIDIF) y la capacitación de los recursos

humanos del Sector Público Nacional en la materia.

5.

Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos

del Gobierno Nacional, los gobiernos provinciales y de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

6.

Asistir a la Secretaría en los procesos de modernización y transparencia del ESTADO NACIONAL en el ámbito de su competencia.

7.

Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

8.

Realizar, en el ámbito de su competencia, el control y análisis

presupuestario del gasto en personal del Sector Público Nacional, en

coordinación con las Jurisdicciones con competencia en la materia.

9.

Asistir a la Secretaría en la aplicación de la política salarial en

el marco de los límites presupuestarios establecidos por la ley, en el

marco de sus competencias.

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

OBJETIVOS

1.

Formular el cálculo general de ingresos públicos y controlar su ejecución.

2.

Entender en el cálculo del impacto fiscal sobre los ingresos

públicos de las propuestas de reformas de política impositiva, aduanera

y de recursos de la seguridad social, así como de los acuerdos

internacionales en materia impositiva y aduanera.

3.

Efectuar el seguimiento sistemático de la recaudación y distribución de los recursos tributarios nacionales.

4.

Participar en el diseño de regímenes de promoción económica, en lo

atinente a los aspectos tributarios y en los fines extra-fiscales que

se persigan a través de ellos.

5.

Entender en el análisis e interpretación de las leyes, decretos y

otras normas que afectan la estructura de los impuestos, en el

seguimiento de su aplicación y en las propuestas de modificación de las

bases imponibles, las alícuotas, las exenciones y de cualquier otro

aspecto del sistema de determinación de los tributos.

6.

Dirigir el desarrollo e instrumentación de mecanismos de

articulación y coordinación institucional con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL

DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).

7.

Ejercer el control tutelar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN.

8.

Intervenir en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.

9.

Asistir al/a la Ministro/a en la representación ante la Organización

para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y participar en

los Comités Técnicos vinculados con su competencia específica.

10.

Participar, en el ámbito de su competencia y por medio de sus

representantes, en la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO

ECONÓMICOS (OCDE), en los distintos Comités de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL

DE ADUANAS (ex-Consejo de Cooperación Aduanera) y de la ORGANIZACIÓN

MUNDIAL DEL COMERCIO (ex- GATT), en la Asociación Latinoamericana de

Integración (ALADI), del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), de la

ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA) y en las sesiones de otros

organismos o grupos de trabajo nacionales e internacionales de carácter

técnico en materia aduanera, impositiva y de los recursos de la

seguridad social.

11.

Participar en la Comisión Federal de Impuestos y en la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA

OBJETIVOS

1.

Entender en el diseño de la política impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.

2.

Diseñar, mediante la aplicación de instrumentos de política

tributaria, propuestas para el desarrollo económico con inclusión

social.

3.

Articular relaciones con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en materia tributaria, en coordinación con las

áreas de la Administración Pública con competencia en la temática.

4.

Participar en la negociación de acuerdos internacionales en materia

impositiva y aduanera, y que afecten recursos de la seguridad social,

en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública

Nacional.

5.

Participar, en coordinación con las áreas con competencia en la

temática, en los procesos de integración regional en materia impositiva

y aduanera orientados a un equilibrio tributario.

SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TRIBUTARIA FEDERAL

OBJETIVOS

1.

Diseñar, en coordinación con las áreas con competencia en la

materia, convenios interjurisdiccionales relativos a la política

tributaria y de distribución de la base imponible, en los que

intervengan las provincias, los municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES.

2.

Participar en el análisis y en la elaboración de estudios sobre

políticas tributarias de las jurisdicciones provinciales, municipales y

de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en coordinación con las áreas

con competencia en la materia.

3.

Elaborar un sistema normativo que contemple los recursos tributarios

y no tributarios de las jurisdicciones provinciales, municipales y de

la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

4.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de propuestas federales

para el desarrollo económico y social, y para la promoción y protección

de actividades económicas a través de instrumentos de política

tributaria.

5.

Proponer políticas tributarias de mediano y largo plazo orientadas a la sustentabilidad económica y social.

SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA

SUBSECRETARÍA DE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL

OBJETIVOS

1.

Asistir en el análisis e interpretación de la normativa tributaria internacional.

2.

Participar en las negociaciones de acuerdos tributarios internacionales para evitar la doble imposición.

3.

Analizar las tendencias de la tributación internacional y proponer posibles aplicaciones en el sistema tributario argentino.

4.

Proponer adecuaciones de la legislación interna para combatir la evasión y la elusión fiscal internacional.

5.

Diseñar e implementar mecanismos para favorecer la suscripción de tratados para el intercambio de información.

6.

Supervisar y evaluar el avance de los convenios y tratados suscriptos con otros Estados.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

OBJETIVOS

1.

Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos

estratégicos para la programación de la política económica y la

planificación del desarrollo.

2.

Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos

institucionales que promuevan la sistematicidad, coherencia, unidad y

organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la

Jurisdicción ministerial, en lo que es materia de su competencia.

3.

Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de las

políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de su

competencia, desarrollando criterios e indicadores que permitan un

adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación.

4.

Entender en la determinación de los objetivos de política económica

y elaborar las pautas que orienten al esquema de reestructuración y

negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional

en el ámbito de su competencia.

5.

Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en

el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y otros espacios

económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia

específica.

6.

Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial

y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el

desempeño de la economía, y el impacto sobre la economía local de los

cambios en el contexto internacional, en coordinación con las áreas de

la Jurisdicción con competencia en la materia.

7.

Programar y coordinar la realización de diagnósticos y el

seguimiento de los niveles de vida, de pobreza, del empleo y la

distribución del ingreso de la población y coordinar la elaboración,

propuesta y seguimiento de estrategias y políticas tendientes a

promover el crecimiento económico con inclusión social, incorporando la

perspectiva de género.

8.

Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación

de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, desde el

punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos, y de

pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal

en el marco de la política económica vigente.

9.

Entender en la programación regional y sectorial de la política

económica nacional, en coordinación con las distintas Jurisdicciones

del ESTADO NACIONAL a fin de establecer coherencia y complementariedad

en los lineamientos estratégicos de la política económica para el

desarrollo a largo plazo.

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA

OBJETIVOS

1.

Programar, coordinar y dirigir las tareas correspondientes al

seguimiento de la economía nacional e internacional, y entender en el

análisis de evaluación del impacto de los cambios en el contexto

internacional sobre la economía nacional, en coordinación con la

SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES.

2.

Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación

macroeconómica, efectuar el análisis de consistencia de las políticas

macroeconómicas y asistir en la elaboración y propuesta de pautas

macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el

marco de la política económica vigente.

3.

Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la

elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar

el desempeño de la economía y efectuar el seguimiento de las pautas de

programación fiscal nacional vigentes, evaluando su impacto sobre la

economía real.

4.

Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo

plazo basadas en experiencias internacionales o en acuerdos de

coordinación de políticas macroeconómicas.

5.

Efectuar el seguimiento y el diagnóstico de los niveles de empleo,

pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, proponer vías de

acción para su mejoramiento, y asistir a la Secretaría en la

coordinación del diseño de estrategias y políticas tendientes a

promover el crecimiento económico con inclusión social.

6.

Asistir a la Secretaría en la elaboración y propuesta de criterios

para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones

fiscales desde el punto de vista de su finalidad e impacto económico,

así como en la determinación de los objetivos y pautas generales de la

política económica.

7.

Dirigir el seguimiento sistemático de las distintas cuentas del

balance de pagos y proponer las medidas tendientes a fortalecer el

desempeño del sector externo.

8.

Asistir a la Secretaría y a las áreas correspondientes del

MINISTERIO DE ECONOMÍA en la representación ante los grupos y

comisiones de trabajo en el marco del Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

y de otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con

su competencia específica.

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN REGIONAL Y SECTORIAL

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en el diseño y análisis de la política

económica, considerando el impacto en el desarrollo productivo a nivel

regional y sectorial.

2.

Asistir a la Secretaría en el diseño de la programación económica

regional y sectorial, coordinando su accionar con las jurisdicciones

con competencia en la materia.

3.

Entender en la elaboración de indicadores e informes periódicos y en el análisis de impacto de las políticas productivas.

4.

Participar en la agenda del sector público referida a políticas para

el desarrollo productivo local, regional y sectorial, en coordinación

con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en

la materia.

5.

Realizar el seguimiento e identificación de sectores estratégicos de

la economía nacional, de acuerdo al diseño de la política

macroeconómica.

6.

Realizar análisis de rentabilidad, estructura de costos e incidencia tributaria en la actividad microeconómica.

7.

Evaluar los entornos micro y meso de la economía, en su vínculo estratégico con el desarrollo nacional.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE FINANZAS

OBJETIVOS

1.

Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los

aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento

externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las

negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales y

extranjeros, públicos y privados, las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA

DE BUENOS AIRES y con el Fondo Monetario Internacional (FMI), tomando a

su cargo las relaciones con la comunidad financiera internacional y la

coordinación de las representaciones en el exterior, en el ámbito de su

competencia, en coordinación con la SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y

FINANCIEROS INTERNACIONALES en los casos en que corresponda.

2.

Diseñar las acciones tendientes a la preservación del crédito público.

3.

Coordinar la elaboración de las proyecciones presupuestarias del endeudamiento público y efectuar su seguimiento.

4.

Dirigir y supervisar el Sistema de Crédito Público, coordinar la

administración de la deuda pública y ejercer con la SECRETARÍA DE

HACIENDA las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los

Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

5.

Entender en la gestión y administración de la deuda pública externa de la REPÚBLICA ARGENTINA.

6.

Establecer las políticas de administración de los activos

financieros de la REPÚBLICA ARGENTINA y coordinar el análisis de los

aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea

parte.

7.

Intervenir, en coordinación con la SECRETARÍA DE HACIENDA y con la

SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES, en el

ámbito de sus respectivas competencias, en las relaciones,

negociaciones y representación del país con los organismos financieros

internacionales de crédito de los que la Nación forma parte, en los

aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos

organismos y en los préstamos provenientes de los mismos.

8.

Intervenir, en coordinación con la SECRETARÍA DE HACIENDA y con la

SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES, en todo

lo vinculado a las relaciones y negociaciones con los organismos

financieros internacionales de crédito bilaterales y multilaterales,

para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de

información destinados a optimizar la ejecución de los programas con

dichos organismos.

9.

Entender en el diseño e implementación de políticas públicas

vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas

tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras

oficiales nacionales.

10.

Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los

servicios financieros, el desarrollo del mercado de capitales y al

financiamiento de la actividad productiva.

11.

Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que involucre al crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA.

12.

Entender en el análisis de la estructuración financiera del plan de

inversión pública, propiciando la preservación del crédito público de

la REPÚBLICA ARGENTINA e intervenir en la definición de los

requerimientos de financiamiento del Sector Público Nacional por los

que se originen o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

13.

Entender en el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones

por parte del Sector Público Nacional, con relación a la estructura

financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de

Participación Público- Privada, en la medida que involucre

endeudamiento público.

14.

Entender en la representación del MINISTERIO DE ECONOMÍA en

aquellos órganos societarios en empresas del sector financiero, donde

la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria

y la tenencia accionaria sea ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

15.

Coordinar la gestión de los/as directores/as que representan al

ESTADO NACIONAL en aquellas empresas del sector financiero con

participación estatal en el ámbito de la Jurisdicción.

16.

Entender en las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES,

la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y los demás órganos del

PODER EJECUTIVO NACIONAL, y en los aspectos administrativos de las

relaciones de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, del BANCO CENTRAL DE

LA REPÚBLICA ARGENTINA, del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y del BANCO

HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con los demás órganos del PODER EJECUTIVO

NACIONAL.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS

OBJETIVOS

1.

Supervisar la organización de los sistemas de información sobre mercados de capitales.

2.

Asesorar en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los

servicios financieros del mercado de capitales y del financiamiento de

la actividad productiva.

3.

Asesorar en el diseño e implementación de políticas públicas

vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas

tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras

oficiales nacionales.

4.

Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que

involucre tanto al mercado de capitales como al mercado asegurador.

5.

Entender en la elaboración de propuestas que vinculen las normas

involucradas en los distintos servicios financieros y de aquellas

medidas que propicien la transparencia de los mercados financieros y la

protección del consumidor en dicho ámbito.

6.

Participar en los grupos intergubernamentales, foros financieros

internacionales y foros de cooperación y consulta en temas relacionados

con el Sistema Financiero Internacional en coordinación con la

SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES.

7.

Coordinar las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y los demás órganos del PODER

EJECUTIVO NACIONAL, como así también los aspectos administrativos de

las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, del BANCO

DE LA NACIÓN ARGENTINA y del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con los

demás órganos del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO

OBJETIVOS

1.

Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.

2.

Asistir en el diseño y ejecución de políticas y medidas relativas al

financiamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA,

interviniendo en las negociaciones inherentes a la materia con entes

financieros nacionales, extranjeros, públicos y privados.

3.

Asistir en la dirección y supervisión del Sistema de Crédito Público

y en la ejecución de las funciones como Órgano Responsable de la

Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector

Público Nacional.

4.

Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.

5.

Supervisar la organización de los sistemas de información y el registro del endeudamiento público.

6.

Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros

del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos

fiduciarios en los que éste sea parte.

7.

Asistir en las acciones orientadas a preservar el crédito público.

8.

Coordinar el análisis de los aspectos tributarios que afectan al crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA.

9.

Coordinar el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones por

parte del Sector Público Nacional relacionado con la estructura

financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de

Participación Público Privada, en la medida que involucre endeudamiento

público.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA

OBJETIVOS

1.

Asistir y asesorar a la Secretaría en la gestión y administración de la deuda pública externa de la REPÚBLICA ARGENTINA.

2.

Supervisar el análisis de sostenibilidad de la deuda pública y la confección de estrategias de administración de pasivos.

3.

Coordinar la estrategia de vinculación con los titulares de la deuda

pública externa a través del desarrollo de un programa integral de

relaciones con inversores.

4.

Participar en la elaboración de análisis técnicos que propendan a la sostenibilidad financiera de largo plazo.

5.

Analizar la evolución en los mercados internacionales de los títulos valores argentinos emitidos bajo legislación extranjera.

6.

Participar en instancias de discusión respecto de la deuda externa bajo legislación extranjera.

7.

Prestar asistencia a la Secretaría en la coordinación de objetivos y

políticas vinculados a la deuda pública en moneda extranjera de las

provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, dirigiendo los

análisis técnicos que permitan evaluar su sostenibilidad.

8.

Colaborar, ante el requerimiento de los gobiernos provinciales y de

la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con la estrategia de sostenibilidad

de la deuda pública en moneda extranjera.

9.

Participar en el fortalecimiento de las capacidades del sector

público nacional, provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

para fomentar el desarrollo de una estrategia de finanzas sostenibles,

en coordinación con la SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS

INTERNACIONALES.

10.

Evaluar y proponer a la Secretaría alternativas financieras a fin

de impulsar las acciones para la aplicación de criterios ambientales,

sociales y de gobernanza en los instrumentos destinados a captar medios

de financiamiento sostenible, en materia de su competencia.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES

OBJETIVOS

1.

Coordinar la representación del MINISTERIO DE ECONOMÍA ante los

organismos y foros internacionales en los que participa, con excepción

de aquellos cuya asistencia y/o representación estuvieran asignadas a

áreas o unidades específicas.

2.

Asistir y asesorar a las áreas con competencia en asuntos económicos

y financieros internacionales referidos a los sectores público y

privado.

3.

Proponer políticas para el desarrollo y la integración económica a

nivel bilateral y multilateral, en coordinación con el MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

4.

Articular las relaciones con otros miembros y representantes de

organismos gubernamentales de la REPÚBLICA ARGENTINA, en temas

relacionados con los asuntos internacionales de competencia del

MINISTERIO DE ECONOMÍA.

5.

Elaborar y ejecutar la estrategia de relacionamiento internacional,

bilateral y multilateral del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en el ámbito de su

competencia.

6.

Articular el vínculo del MINISTERIO DE ECONOMÍA con la SECRETARÍA DE

ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en lo que se

refiere a las relaciones, sistemas de información y negociaciones con

los organismos multilaterales y bilaterales de crédito, en coordinación

con la SECRETARÍA DE FINANZAS en los casos en que corresponda.

7.

Conducir, en el marco de su competencia, investigaciones y estudios

sobre asuntos económicos y políticos internacionales en línea con la

estrategia de relacionamiento internacional, bilateral y multilateral

de la REPÚBLICA ARGENTINA.

8.

Asistir al/a la Ministro/a de Economía en su rol institucional de

Gobernador/a ante el Fondo Monetario Internacional (FMI) en lo relativo

a las acciones que como país miembro se desarrollen.

9.

Fortalecer las capacidades de la Administración Pública Nacional

para fomentar el desarrollo de una estrategia de finanzas sostenibles,

en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA

PÚBLICA EXTERNA.

SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INTERNACIONAL

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en su participación en los grupos

intergubernamentales, foros financieros internacionales y foros de

cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero

Internacional.

2.

Asistir a la Secretaría en la articulación de propuestas y

negociaciones que promuevan el desarrollo y la integración a nivel

bilateral y multilateral en relaciones económicas y financieras

internacionales, en el ámbito de su competencia.

3.

Diseñar productos y soportes de información que faciliten la

ejecución de la estrategia de asuntos financieros y económicos

internacionales referidos a los sectores público y privado.

4.

Asistir a la Secretaría en las funciones de enlace con las áreas del

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y

de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

sobre las acciones llevadas adelante por la Secretaría.

5.

Proponer a la Secretaría, en el marco de su competencia, políticas vinculadas con la coyuntura económica internacional.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE ENERGÍA

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la elaboración y ejecución de la política energética nacional.

2.

Entender en los planes, programas y proyectos del área de su

competencia y en su gestión presupuestaria, contable y financiera.

3.

Intervenir en la elaboración y fiscalización del régimen de

combustibles y entender en la fijación de sus precios, cuando así

corresponda, acorde con las pautas respectivas.

4.

Intervenir en la elaboración de las políticas y normas de regulación

de los servicios públicos del área energética, en la supervisión de los

organismos y entes de control de los concesionarios de obra o de

servicios públicos, así como en la elaboración de normas de regulación

de las licencias de servicios públicos aplicables a los regímenes

federales en materia energética.

5.

Ejercer las funciones de Autoridad de Aplicación de las leyes que

regulan el ejercicio de las actividades en materia energética.

6.

Entender en la segmentación de los subsidios de las tarifas de los

servicios públicos del área energética y en la elaboración de

estructuras arancelarias en materia de energía.

7.

Entender en el diseño y ejecución, y asistir en la elaboración de la política de reembolsos y reintegros a la exportación.

8.

Asistir al/a la Ministro/a en la investigación y en el desarrollo tecnológico en las distintas áreas de energía.

9.

Ejercer las atribuciones otorgadas a los órganos del ESTADO NACIONAL en la Ley N° 27.007.

10.

Dirigir la representación en las empresas del sector energético,

donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia

accionaria.

11.

Coordinar la gestión de los/as directores/as que representan al

ESTADO NACIONAL en aquellas empresas del sector energético con

participación estatal en el ámbito de la Jurisdicción.

12.

Promover la aplicación de la política sectorial fomentando la

explotación racional de los recursos naturales y la preservación del

ambiente.

13.

Promover la utilización de nuevas fuentes de energía, la

incorporación de oferta hidroeléctrica convencional y la investigación

aplicada a estos campos.

14.

Asistir en la celebración de los acuerdos de cooperación e

integración internacionales e interjurisdiccionales en materia

energética en los que la Nación sea parte, y supervisar su ejecución.

15.

Entender en el diseño y la ejecución de la política de

relevamiento, conservación, recuperación, defensa y desarrollo de los

recursos naturales en el área de energía.

16.

Ejercer la representación de la Secretaría en el Consejo Federal de la Energía Eléctrica.

17.

Entender en la definición de la política nuclear, en todo lo

relacionado con los usos pacíficos de la energía nuclear o fuentes

radiactivas, el ciclo de combustibles, la gestión de residuos

radiactivos, el desarrollo e investigación de la actividad nuclear, y

en particular lo relacionado con la generación de energía

nucleoeléctrica.

18.

Ejercer el control tutelar del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA

ELECTRICIDAD (ENRE), del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), de

la UNIDAD ESPECIAL DEL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

(UESTEE) y de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

19.

Propiciar y celebrar convenios con entidades públicas y privadas, y

participar en las negociaciones con organismos nacionales e

internacionales en materia de energía.

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL DE ENERGÍA

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la planificación y control de la gestión

presupuestaria y financiera, y en la coordinación integral de los

circuitos destinados a dar respuesta a las cuestiones priorizadas por

el/la Secretario/a, interactuando con las Subsecretarías que le

dependen, en las cuestiones vinculadas específicamente con los

Programas de Energía.

2.

Articular las cuestiones vinculadas a los aspectos logísticos y

administrativos propios del desarrollo de las funciones institucionales

de la Secretaría, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE

ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y

ADMINISTRATIVA.

3.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones con la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA).

4.

Intervenir en la coordinación del accionar de los diferentes actores

políticos y sociales involucrados con la actividad nuclear, y asesorar

en lo relativo a la participación de la REPÚBLICA ARGENTINA en foros,

organizaciones, iniciativas y en cualquier ámbito a nivel nacional e

internacional.

5.

Efectuar el control de las participaciones del Estado en las

entidades, sociedades y empresas con actividad en el sector de Energía

y de la gestión de los/as directores/as, interventores/as,

delegados/as, consejeros/as o representantes del ESTADO NACIONAL.

6.

Asistir a la Secretaría en materia de relaciones institucionales,

ceremonial y protocolo y en la articulación de las relaciones que se

establezcan con otras jurisdicciones del gobierno nacional, provincial,

municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el ámbito de su

competencia, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES

INSTITUCIONALES.

7.

Articular la comunicación institucional interna y externa de la

Secretaría, la difusión de sus contenidos, el desarrollo e

implementación de su imagen institucional y su relación con la prensa y

los medios de comunicación, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE

INFORMACIÓN Y DIFUSIÓN ECONÓMICA de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES.

8.

Intervenir en el trámite de los convenios que propicie la Secretaría

con organismos estatales e instituciones públicas o privadas, del

ámbito nacional e internacional, y asistir en las negociaciones con

organismos nacionales e internacionales que fomenten y faciliten el

acceso al financiamiento, en coordinación con la SUBSECRETARÍA DE

ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL y

ADMINISTRATIVA.

9.

Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos

específicos en materia energética; así como el diseño, elaboración,

definición de instrumentos, herramientas y procedimientos para generar

información que permita optimizar la gestión.

10.

Coordinar las relaciones con las entidades binacionales e internacionales del sector energético.

11.

Articular las actividades presupuestarias y administrativas

relativas a los programas de la Secretaría en los que se tramiten

aplicaciones financieras con entes o instituciones de la comunidad.

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en el ejercicio de sus atribuciones de

Autoridad de Aplicación del marco regulatorio del gas y del régimen

jurídico de los hidrocarburos y otros combustibles -cualquiera sea su

origen-, e intervenir en las acciones de control y fiscalización de las

diversas actividades involucradas.

2.

Asistir en el diseño, ejecución, seguimiento y control de la

política nacional de hidrocarburos y otros combustibles -cualquiera sea

su origen- en lo referido a la promoción y regulación de sus etapas de

exploración, explotación, transporte y distribución, en coordinación

con las demás áreas competentes.

3.

Asistir a la Secretaría en la formulación de la política tarifaria y

la segmentación de subsidios en los servicios públicos de transporte y

distribución de gas.

4.

Entender en la promoción de políticas de competencia y de eficiencia

en la asignación de recursos del mercado de los hidrocarburos.

5.

Intervenir en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones

para llamados a concurso y/o licitaciones, así como también en los

procesos licitatorios o contrataciones directas vinculadas al área de

su competencia.

6.

Asistir en la promoción y supervisión de la explotación racional de

los recursos hidrocarburíferos y la preservación del ambiente en todas

las etapas, de la industria petrolera y otros combustibles.

7.

Fiscalizar y coordinar con las áreas correspondientes los planes de

otorgamiento de permisos de reconocimiento superficial, permisos de

exploración y concesiones de explotación y transporte.

8.

Intervenir en la recepción y el análisis de las auditorías de reservas de hidrocarburos en todo el país.

9.

Ejercer las funciones de control respecto de la seguridad de las

actividades de exploración y explotación de hidrocarburos y otros

combustibles, así como las instalaciones de elaboración,

transformación, almacenamiento, despacho, expendio y transporte.

10.

Elaborar propuestas para la regulación del almacenaje y el

transporte de petróleo crudo y subproductos y controlar el cumplimiento

del marco regulatorio vigente.

11.

Fiscalizar el régimen de canon, superficiarios y expedición de

servidumbres, así como las obligaciones de permisionarios y

concesionarios en materia de pago de regalías.

12.

Fiscalizar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de medio ambiente en el área de su competencia.

13.

Implementar programas y proponer normativa en materia de

especificaciones de combustibles y biocombustibles, refinación y

comercialización de petróleo crudo y derivados, y realizar la

caracterización técnica pertinente.

14.

Ejercer el poder de policía en materia de seguridad y comercialización de gas licuado de petróleo a granel y fraccionado.

15.

Coordinar con los organismos correspondientes en la materia las

acciones tendientes a evitar la evasión del impuesto sobre los

combustibles líquidos y el gas natural.

16.

Gestionar las bases de datos correspondientes a gas licuado,

seguridad de instalaciones, registro de empresas refinadoras y

comercializadoras, y calidad de combustibles.

17.

Registrar y controlar a las empresas elaboradoras y comercializadoras de combustibles líquidos.

18.

Administrar los sistemas de información relativos a las actividades

de exploración, producción, transporte, refinación y comercialización

de hidrocarburos y otros combustibles.

19.

Definir las modalidades de operación y contratación dentro del

ámbito de su competencia y los procedimientos para la autorización de

importación y exportación de hidrocarburos y otros combustibles,

cualquiera sea su origen.

20.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones con el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS).

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en el ejercicio de sus atribuciones como Autoridad de Aplicación del marco regulatorio eléctrico.

2.

Intervenir en las cuestiones vinculadas con el desarrollo de la generación de energía eléctrica.

3.

Asistir en las cuestiones vinculadas al transporte y a la

distribución de energía eléctrica, como así también respecto a la

demanda y oferta de energía eléctrica mayorista, a la importación y

exportación de energía eléctrica y a la introducción de nuevas

tecnologías en el ámbito de su competencia.

4.

Asistir en la elaboración de normas para el cumplimiento de los planes y las políticas del sector.

5.

Participar en la elaboración de las propuestas sectoriales y de la

política nacional en materia de recursos renovables aplicables a la

producción de energía eléctrica, así como en el control de su ejecución.

6.

Participar en la definición de las modalidades a aplicar para

incentivar la inversión que permita incorporar nueva oferta de energía

renovable en cumplimiento de las metas legales nacionales y/o acuerdos

internacionales celebrados.

7.

Participar en la implementación de proyectos y programas,

colaborando con las áreas competentes del Ministerio y los demás

organismos de la Administración Pública Nacional, que posibiliten la

efectiva inserción técnica y económica de las energías renovables en la

matriz nacional.

8.

Asistir a la Secretaría en la formulación de la política tarifaria y

la segmentación de subsidios de servicios públicos de transporte y

distribución de electricidad.

9.

Monitorear el comportamiento del mercado eléctrico mayorista y

asistir en la elaboración de las normas que regulen su funcionamiento.

10.

Asistir en la gestión de corto y mediano plazo del mercado

eléctrico mayorista, en la incorporación de nuevos actores, en la

definición de las modalidades de operación y contratación dentro del

ámbito de dicho mercado, y asistir en los procedimientos para la

autorización de importación y exportación de energía eléctrica.

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