ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Rango Decreto
Publicación 2022-07-15
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 16
Historial de reformas JSON API
11.

Asistir en la elaboración de la regulación de la actividad de

transporte de energía eléctrica y en la definición de los proyectos,

procedimientos y financiamiento de la expansión de la red de

transmisión.

12.

Participar en la evaluación de los recursos naturales disponibles

para el aprovechamiento energético y en todos los aspectos vinculados

con el desarrollo de la generación de energía eléctrica, mediante el

aprovechamiento de fuentes renovables de energía en todas sus etapas,

así como en la ejecución de las acciones vinculadas al régimen legal

aplicable.

13.

Asistir en el desarrollo de la planificación energética y del marco

regulatorio en aquellos aspectos concernientes a la transición

energética, y monitorear las relaciones entre los diferentes actores y

operadores del sistema eléctrico, facilitando información acerca de las

condiciones de demanda, oferta, trasmisión y distribución de energía

eléctrica en el corto, mediano y largo plazo.

14.

Mantener una base actualizada de información sobre todos los

recursos hídricos no aprovechados en materia eléctrica y del estado de

avance de los proyectos previstos.

15.

Participar en la elaboración de las propuestas normativas

específicas vinculadas con las distintas etapas de la industria

eléctrica, evaluar su impacto ambiental -en coordinación con las áreas

competentes- y promocionar programas conducentes al desarrollo de las

nuevas fuentes renovables vinculadas al uso racional de la energía

eléctrica.

16.

Promover, desarrollar, implementar, evaluar y monitorear programas

y alternativas regulatorias de ahorro y uso eficiente de los recursos

energéticos eléctricos, tanto en la oferta de fuentes primarias como en

las etapas de transformación, transporte y distribución de energía y en

los distintos sectores de consumo.

17.

Participar en la elaboración, coordinación, ejecución y monitoreo

de los proyectos vinculados con el desarrollo de generación autónoma

renovable de energía eléctrica en poblaciones dispersas o alejadas de

las redes de distribución de energía.

18.

Asistir a otras áreas del Gobierno Nacional, los Gobiernos

Provinciales y Municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, que

requieran la incorporación de criterios y contenidos de ahorro y

eficiencia energética en sus actividades, planes, políticas y

normativas.

19.

Participar en todos los aspectos vinculados con el desarrollo de la

generación de energía eléctrica en su modalidad de aprovechamiento de

recursos hídricos, con un criterio ambiental de tipo sustentable.

20.

Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la

relación con los entes u organismos de control de los servicios

públicos privatizados o concesionados, y de servicios públicos de

transporte y distribución de energía eléctrica en el ámbito nacional y

local.

21.

Asistir a la Secretaría en la coordinación de las relaciones con el

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), y de la UNIDAD

ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE).

22.

Proponer criterios de regulación del transporte de energía

eléctrica, así como los criterios, procedimientos y financiamiento de

la expansión del sistema de trasmisión de energía eléctrica.

23.

Intervenir en la ejecución del RÉGIMEN DE FOMENTO NACIONAL PARA EL

USO DE FUENTES RENOVABLES DE ENERGÍA DESTINADA A LA PRODUCCIÓN DE

ENERGÍA ELÉCTRICA, establecido por las Leyes Nros. 26.190 y 27.191, sus

modificatorias y complementarias, y del RÉGIMEN DE FOMENTO A LA

GENERACIÓN DISTRIBUIDA DE ENERGÍA RENOVABLE INTEGRADA A LA RED

ELÉCTRICA PÚBLICA, establecido por la Ley N° 27.424.

24.

Participar en el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA

REGIONAL, creado por la Ley N° 24.855, en coordinación con otras áreas

del Ministerio con competencia en la materia.

25.

Asistir en la definición de la política nuclear, en todo lo

relacionado con los usos pacíficos de la energía nuclear o fuentes

radiactivas, el ciclo de combustibles, la gestión de residuos

radiactivos, el desarrollo e investigación de la actividad nuclear, y

en particular lo relacionado con la generación de energía

nucleoeléctrica.

26.

Intervenir en materia de generación de energía nucleoeléctrica,

mercado eléctrico nuclear y funcionamiento de la infraestructura de

generación nucleoeléctrica, promoviendo políticas que tiendan a mejorar

la eficiencia del sistema.

27.

Participar en la planificación y el seguimiento de los proyectos de

inversión pública en el sector nucleoeléctrico y monitorear los

componentes científicos y tecnológicos de los proyectos, fiscalizando

el cumplimiento de las metas planteadas.

28.

Intervenir en las acciones que propendan al cumplimiento de los

compromisos internacionales de la REPÚBLICA ARGENTINA en materia de no

proliferación nuclear, salvaguardias nucleares, seguridad física

nuclear y otros compromisos internacionales en materia nuclear.

29.

Asistir en lo relacionado al diseño, la elaboración e

implementación de un plan estratégico nacional sustentable de la

energía nuclear, en el marco de la matriz energética nacional.

30.

Intervenir en la coordinación de acciones orientadas al

cumplimiento de las funciones y los objetivos establecidos por la Ley

N° 24.804 y sus normas modificatorias, complementarias y

reglamentarias, con excepción de las que establecen funciones

regulatorias.

31.

Controlar el funcionamiento del complejo industrial nuclear,

promoviendo políticas que tiendan a mejorar la eficiencia del sistema e

incluyendo reformas institucionales, optimización de procesos y

participación del capital privado, cuando corresponda.

32.

Coordinar el Consejo Federal de Energía Eléctrica y ejercer su presidencia suplente.

SECRETARÍA DE ENERGÍA

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en materia de planeamiento energético, en el

análisis de la segmentación de subsidios de servicios públicos en

materia energética y escenarios de estructuras arancelarias en materia

de energía.

2.

Entender en la caracterización técnica y económica de los recursos energéticos del país.

3.

Entender en el desarrollo del balance energético del país y de los

escenarios y proyecciones de oferta y demanda como insumo para el

planeamiento público y privado del uso de los recursos energéticos.

4.

Entender en el desarrollo y la actualización del Sistema Unificado de Información Energética de la REPÚBLICA ARGENTINA.

5.

Gestionar la información de las obras de infraestructura

energética, tanto de las áreas centralizadas como descentralizadas bajo

la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

6.

Asistir a la Secretaría en el fomento de nuevas tecnologías para el

aprovechamiento de fuentes de energía renovables y la preservación del

medio ambiente.

7.

Coordinar la evaluación de los recursos naturales disponibles para el aprovechamiento energético.

8.

Promover la investigación e impulsar programas y proyectos

tecnológicos para el desarrollo de nuevas fuentes renovables y el uso

eficiente de los recursos energéticos.

9.

Participar en la ejecución y evaluación de los programas y proyectos

con financiamiento público multilateral y/o con participación público

privada que se desarrollen en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, en

coordinación con la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN

PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

OBJETIVOS

1.

Entender en la formulación y ejecución de la política comercial interior.

2.

Articular las relaciones que -desde el Ministerio- se

establezcan con otras Jurisdicciones, para fortalecer los lineamientos

estratégicos de la política comercial.

3.

Evaluar, en el ámbito de su competencia, el impacto económico

en relación al cumplimiento de las medidas generadas y ejecutadas,

desarrollando criterios e indicadores que permitan el control

estratégico y la generación de proyectos a futuro.

4.

Evaluar el grado de oportunidad, mérito y conveniencia para la

puesta en marcha de políticas y acciones que impacten sobre el comercio.

5.

Supervisar y entender en las actividades vinculadas con el

seguimiento y verificación de lo relacionado con la aplicación de las

Leyes Nros. 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 del SISTEMA

MÉTRICO LEGAL ARGENTINO (SIMELA), 22.802 de Lealtad Comercial, sus

normas modificatorias y complementarias, 20.680 de Abastecimiento,

24.240 de Defensa del Consumidor, 25.065 de Tarjetas de Crédito y sus

modificaciones, 26.991 de Nueva Regulación de las Relaciones de

Producción y Consumo, 26.992 de creación del Observatorio de Precios y

Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios y 26.993 del Sistema de

Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo, Título I.

6.

Entender en la elaboración de propuestas, control y ejecución

de las políticas comerciales internas relacionadas con la defensa y la

promoción de los derechos de los/las consumidores/as.

7.

Entender en la elaboración e implementación de las políticas y

marcos normativos necesarios para afianzar la competencia de los

derechos de los/las consumidores/as y el aumento en la oferta de bienes

y servicios.

8.

Supervisar la ejecución de las políticas comerciales internas

destinadas a la defensa de la competencia, el accionar de la COMISIÓN

NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, hasta tanto se constituya la

AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA, creada por el artículo 18 de la

Ley N° 27.442, en los términos del artículo 4° del Decreto N° 480/18, y

de los Tribunales Arbitrales de Defensa del Consumidor.

9.

Entender en las propuestas, coordinación, seguimiento y control de

las políticas comerciales vinculadas a la actividad del sector privado,

así como en las medidas comerciales relacionadas con otras políticas

públicas, a fin de asegurar su coherencia y consistencia interna, y

brindar asistencia técnica en la materia.

10.

Evaluar, controlar, proponer y dictar medidas tendientes a mejorar

la organización de los mercados de bienes y servicios tanto públicos

como privados, con el objeto de favorecer su transparencia y desarrollo

en función del interés público, en el ámbito de su competencia.

11.

Dictar la normativa vinculada con el abastecimiento interno de bienes y servicios, y su fiscalización y contralor.

12.

Supervisar la ejecución de las políticas comerciales internas de

defensa de los/las consumidores/as y de defensa de la competencia.

13.

Evaluar el grado de competitividad en todos los ámbitos de la

actividad económica elaborando las estructuras de costo de los bienes y

servicios que conforman los mercados, en el ámbito de su competencia.

14.

Promover la articulación de políticas de comercio con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES

OBJETIVOS

1.

Asistir en la ejecución y control de las políticas comerciales internas de defensa de los/las consumidores/as.

2.

Intervenir en la implementación de políticas y marcos normativos

necesarios para afianzar la competencia, los derechos del consumidor y

el aumento en la oferta de bienes y servicios.

3.

Asistir a la Secretaría en la propuesta, evaluación y control

de las políticas y normas tendientes a mejorar la organización de los

mercados de bienes y servicios, tanto públicos como privados, con el

objeto de favorecer la transparencia, la simplicidad funcional y la

modernización de las normas técnicas.

4.

Asistir a la Secretaría en la aplicación de las Leyes Nros. 24.240

de Defensa del Consumidor, 19.227 de Mercados de Interés Nacional,

19.511 del SISTEMA MÉTRICO LEGAL ARGENTINO (SIMELA), 22.802 de Lealtad

Comercial, sus normas modificatorias y complementarias, 20.680 de

Abastecimiento, 25.065 de Tarjetas de Crédito y sus modificaciones,

26.991 de Nueva Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo y

26.992 de creación del Observatorio de Precios y Disponibilidad de

Insumos, Bienes y Servicios, y 26.993 del Sistema de Resolución de

Conflictos en las Relaciones de Consumo, en lo que es materia de su

competencia.

5.

Efectuar la propuesta y control de las políticas relacionadas con la

defensa de los/las consumidores/as en coordinación con las áreas con

competencia en la materia.

6.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de proyectos normativos en

materia de defensa de los/las consumidores/as y lealtad comercial, para

armonizar los marcos regulatorios vigentes.

7.

Asistir a la Secretaría en la supervisión del accionar de los Tribunales Arbitrales de defensa del consumidor.

8.

Articular el trabajo de la Secretaría con el sector privado

que intervenga en la cadena de comercialización, en lo que refiere a

políticas en materia de gestión comercial interna, en coordinación con

las áreas con competencia en la materia.

9.

Asistir en la implementación de acciones de divulgación de las políticas, planes y programas de la Secretaría.

10.

Intervenir en la elaboración de proyectos de capacitación que

brinden herramientas para la defensa de los derechos de los/las

consumidores/as.

SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO

OBJETIVOS

1.

Intervenir, desde el punto de vista de la unicidad

estratégica, en el diseño y/o elaboración de propuestas de programas y

planes de acción de la Secretaría y su articulación con otras áreas de

gobierno, en materia de su competencia.

2.

Brindar asistencia técnica y armonizar proyectos de leyes, decretos,

decisiones administrativas o resoluciones, con políticas y planes

vinculados con su competencia.

3.

Evaluar el grado de cumplimiento de las políticas en curso en el ámbito de la Secretaría, en materia de su competencia.

4.

Participar en la evaluación y asesorar sobre el grado de

oportunidad, mérito y conveniencia para la puesta en marcha de

políticas y acciones que impacten sobre el comercio interior, en el

ámbito de la Secretaría.

5.

Asistir a la Secretaría en la evaluación del grado de

competitividad en todos los ámbitos de la actividad económica,

tipificando las estructuras de costos de los bienes que conforman el

mercado.

6.

Asistir a la Secretaría en la supervisión del accionar de la

COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA hasta tanto se

constituya la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA, creada por el

artículo 18 de la Ley N° 27.442.

7.

Efectuar la propuesta, evaluación y control de las políticas y

normas para mejorar la organización de los mercados de bienes y

servicios, tanto públicos como privados, con el objeto de favorecer la

transparencia, la simplicidad funcional y la modernización de las

normas técnicas.

8.

Fiscalizar las actividades relacionadas con las leyes que regulen la

defensa de las y los consumidores, los mercados de Interés Nacional, la

metrología legal, la lealtad comercial, el abastecimiento, tarjetas de

crédito, talles, envases, etiquetado frontal, a fin de procurar que los

bienes y servicios comercializados en el país cumplan con las

condiciones de seguridad, calidad y comercialización establecidas por

la normativa vigente.

9.

Supervisar la elaboración y seguimiento de la normativa de Lealtad

Comercial en el MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y los reglamentos

nacionales que en su consecuencia deben dictarse, en coordinación con

las áreas con competencia en la materia.

10.

Efectuar la vigilancia respecto del uso de los instrumentos de

medición reglamentados en el país, junto con el INSTITUTO NACIONAL DE

TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), las entidades públicas y/o privadas

autorizadas al efecto.

11.

Supervisar la sustanciación de los sumarios para el juzgamiento en

sede administrativa, de las infracciones a las leyes de competencia de

la Secretaría.

12.

Coordinar las acciones que requieran de una participación activa en

los acuerdos multilaterales o bilaterales que negocia la REPÚBLICA

ARGENTINA, a nivel internacional y que involucran regulación del

comercio interior.

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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9°

ANEXO II

X.- MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

OBJETIVOS

1.

Entender en la definición de la política industrial, el diseño,

financiamiento y gestión de los instrumentos para promover el

desarrollo y crecimiento del sector de la industria manufacturera,

actuando como autoridad de aplicación de los regímenes de promoción,

cuando las normas respectivas así lo establezcan.

2.

Programar y proyectar las actividades de las áreas bajo su

competencia, para la mejora de los regímenes de promoción industrial y

del desarrollo de proveedores en las cadenas de valor manufactureras.

3.

Entender en el análisis de la problemática de los diferentes

sectores industriales, detectando las necesidades de asistencia

financiera y tecnológica, entre otras, así como promover el

fortalecimiento productivo, tanto a nivel sectorial como regional.

4.

Ejercer como autoridad de aplicación del Régimen Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores, aprobado por la Ley N° 27.437.

5.

Realizar y definir negociaciones sectoriales en el área industrial

del proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros

países en materia de su competencia.

6.

Intervenir en materia de estructuras arancelarias y de políticas de

reembolsos y reintegros a la exportación, de seguro de crédito a la

exportación en el ámbito de su competencia.

7.

Supervisar la gestión de los instrumentos y regímenes de

administración del comercio exterior, en coordinación con las áreas

competentes en la materia.

8.

Participar, en el ámbito de su competencia, en los acuerdos de

cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en

los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, y en su supervisión.

9.

Asistir y asesorar al/a la Ministro/a en la supervisión del accionar

de la política industrial, del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD

INDUSTRIAL y del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL.

10.

Entender y coordinar la implementación, administración y

funcionamiento del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio

Exterior Argentino (VUCEA) y supervisar el accionar de su Unidad

Ejecutora.

11.

Supervisar el accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA

OBJETIVOS

1.

Intervenir en el análisis de la problemática de los diferentes

sectores industriales, en la definición de la política industrial y su

diseño y en la ejecución de los instrumentos que contribuyan a la

promoción del desarrollo industrial en forma articulada con los

diferentes sectores y regiones del país.

2.

Efectuar el seguimiento de la evolución de los diferentes sectores

industriales y sugerir políticas para los mismos, generando marcos para

el aumento de la inversión, la mejora de la competitividad y la

articulación tecnológico-industrial nacional.

3.

Asistir a la Secretaría en la articulación de las políticas públicas

con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

con el objeto de dar respuesta a las necesidades de naturaleza

productiva que surjan en el territorio.

4.

Generar espacios de articulación que promuevan el diálogo entre

actores del sector público, privado y tercer sector, en relación a las

necesidades productivas, y a la identificación de los requerimientos de

los proyectos industriales estratégicos.

5.

Participar en las negociaciones de los procesos de integración de

bloques comerciales en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, en los

temas de su competencia.

6.

Ejercer la coordinación del Subgrupo de Trabajo N° 7 - Industria-

(SGT N° 7) y cuando corresponda, de los Foros de Competitividad

Sectoriales, en el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR).

7.

Programar y proyectar las actividades para la mejora de los

regímenes de promoción industrial, en los sectores tradicionales y no

tradicionales y la expansión del desarrollo de la industria sostenible.

8.

Coordinar e implementar la aplicación de la Ley de Compre Argentino

y Desarrollo de Proveedores N° 27.437 y sus complementarias.

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL

OBJETIVOS

1.

Intervenir en lo referente a la interpretación de las normas

pertinentes al comercio exterior, en materia de su competencia,

elaborando propuestas y medidas acordes a los requerimientos del sector

privado sobre temas vinculados a las transacciones comerciales

internacionales.

2.

Participar, en el ámbito de su competencia, en las negociaciones

comerciales internacionales, propendiendo al dictado y suscripción de

convenios, tratados y acuerdos comerciales y de inversión.

3.

Ejercer la representación de la Jurisdicción en los grupos y

comisiones de trabajo en el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR)

y participar en el diseño de las políticas con otros espacios de

integración comercial y económica internacional, en coordinación con

las dependencias nacionales competentes.

4.

Entender en lo referente a las prácticas comerciales desleales y

salvaguardias, incluyendo los derechos antidumping, los subsidios y las

medidas compensatorias, en el ámbito de su competencia.

5.

Participar en la elaboración y propuesta de los aspectos normativos

vinculados a aranceles y nomenclaturas, reembolsos y reintegros, normas

tendientes a la promoción de exportaciones, seguro de crédito a la

exportación, cupos, "draw back", admisión temporaria y otros regímenes

específicos, como también los relacionados con el Sistema Generalizado

de Preferencias.

6.

Intervenir en materia de su competencia en los aspectos atinentes a

los regímenes vinculados a las importaciones y otras normas resultantes

de los Acuerdos de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) y otros

organismos e instituciones internacionales con competencia en el ámbito

del comercio internacional.

7.

Coordinar, elaborar y proponer desarrollos normativos relacionados

con instrumentos para la promoción de las exportaciones, zonas francas

y aquellos vinculados a los regímenes de importaciones, a la

nomenclatura y a los aranceles de importación.

8.

Intervenir en la interpretación y aplicación de los regímenes de

origen vigentes y reconocimiento de certificados de origen, en materia

de su competencia, como así también en la elaboración de su normativa e

impartir instrucciones de carácter operativo en las entidades

autorizadas a emitir certificados de origen y evaluar su funcionamiento.

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

OBJETIVOS

1.

Promocionar las actividades económicas que apliquen el uso del

conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los

avances de la ciencia y de las tecnologías, orientado a la obtención de

bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.

2.

Asistir al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO en su carácter de

Autoridad de Aplicación del Régimen de Promoción de la Economía del

Conocimiento, aprobado por la Ley N° 27.506.

3.

Asistir al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO en su carácter de

Autoridad de Aplicación del Régimen de Desarrollo y Producción de la

Biotecnología Moderna, aprobado por la Ley N° 26.270.

4.

Impulsar la actualización y el uso de nuevas tecnologías tanto en

las empresas de sectores tradicionales como en aquellas empresas

ligadas a los sectores del conocimiento a fin de optimizar su

competitividad.

5.

Promover la capacitación y el desarrollo de infraestructura hacia el

conjunto del entramado productivo con el propósito que los recursos

humanos y físicos posean las habilidades y capacidades acordes con los

requerimientos del nuevo paradigma de la economía basada en el

conocimiento, en articulación con los gobiernos locales.

6.

Apoyar, en coordinación con otros organismos del ESTADO NACIONAL,

mediante el esquema de innovación, la generación de proyectos de

inversión público-privados para encarar nuevos desarrollos en áreas

estratégicas.

7.

Colaborar con otros organismos del ESTADO NACIONAL en la

implementación de las herramientas para la protección de resultados

generados por las actividades de la economía del conocimiento

susceptibles de tener valor comercial.

8.

Diseñar estrategias focalizadas para lograr acercar la innovación

tecnológica a pequeñas, medianas y grandes empresas tanto públicas como

privadas considerando las especificidades de los distintos sectores

productivos de la REPÚBLICA ARGENTINA.

9.

Propiciar la coordinación y colaboración con distintas áreas y

organismos del ESTADO NACIONAL, así como con Agencias y entidades

empresarias, para el fomento de la Economía del Conocimiento y la

Industria 4.0.

10.

Estimular el proceso de identificación, aplicación, valorización,

protección y transferencia de conocimiento hacia sectores productivos

en general y áreas estratégicas con potencial exportador en particular,

que fortalezcan las posibilidades de competitividad de las empresas.

11.

Promover la aplicación de las actividades de la economía del

conocimiento en la producción de bienes y servicios de carácter

estratégico para lograr la diversificación productiva con mayor valor

agregado.

12.

Diseñar políticas para fomentar la digitalización y actualización en tecnologías 4.0 del entramado productivo nacional.

13.

Impulsar, en el marco de su competencia, la generación y expansión

de nuevas empresas con alto contenido tecnológico -mediante estrategias

de innovación abierta- que permitan generar empleo de calidad, el

desarrollo de productos y/o servicios con valor agregado diferencial

para potenciar el perfil exportador de la economía.

14.

Entender en el análisis cuantitativo y cualitativo de las

principales variables de los sectores de la Economía del Conocimiento

con el objeto de evaluar su evolución.

15.

Ejercer las facultades y deberes que le corresponden al MINISTERIO

DE DESARROLLO PRODUCTIVO en su rol de fiduciante del Fondo Fiduciario

para la Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC), creado por

la Ley N° 27.506.

16.

Difundir y acercar a las empresas del territorio nacional

instrumentos de apoyo y los beneficios definidos por la Jurisdicción

para impulsar la incorporación de conocimiento e innovación en sus

sistemas de producción.

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