ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 42/2025
DECTO-2025-42-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 28/01/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-01677497-APN-ANPYN#MEC, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 50 del 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios y 3 del 3 de enero de 2025, la
Decisión Administrativa N° 1740 del 22 de septiembre de 2020 y la
Resolución del ex-MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS N° 58 del 11 de febrero de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N°
438/92) y sus modificatorias se establecieron los Ministerios que
tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y las
Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar las actividades
del Presidente de la Nación.
Que por el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios se aprobaron el
Organigrama de Aplicación, los Objetivos de la Administración Nacional
centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los ámbitos
jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y
descentralizados, entre ellos los correspondientes al MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
Que por el Decreto Nº 3/25 se suprimió la ex-SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y
VÍAS NAVEGABLES de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE
ECONOMÍA y se dispuso la disolución y posterior liquidación de la
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (AGP
SAU).
Que, por otra parte, por el decreto citado en el considerando anterior
se creó la AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPYN) como ente
autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que mediante el artículo 3° del precitado decreto se dispuso que la
AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPYN) será la única
Autoridad Portuaria Nacional y Autoridad de Aplicación del marco
normativo aplicable a las materias de su competencia.
Que por la Decisión Administrativa N° 1740/20 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del ex-MINISTERIO DE
TRANSPORTE.
Que por la Resolución del ex-MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS N° 58/04 se aprobaron las aperturas
estructurales inferiores del citado ex-Ministerio.
Que atento lo señalado corresponde adecuar el Organigrama de
Aplicación, los Objetivos y ámbitos jurisdiccionales de actuación de
los organismos desconcentrados y descentralizados actuantes en el
ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, aprobados por el Decreto N° 50/19 y
sus modificatorios.
Que, asimismo, con el fin de que se torne plenamente operativa la
AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPYN), ente autárquico
actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, resulta necesario
aprobar su estructura organizativa hasta primer nivel operativo.
Que la presente medida no implica incremento en la cantidad de unidades
organizativas que conforman la Administración Pública Nacional.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL del MINISTERIO DE
DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO y la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA
DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO han tomado la intervención de
su competencia.
Que el servicio de asesoramiento jurídico correspondiente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por
el siguiente:
“IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE PRODUCCIÓN
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INFRAESTRUCTURA
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA
- SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MICROECONÓMICA
SECRETARÍA DE HACIENDA
- SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO
- SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN FISCAL PROVINCIAL
SECRETARÍA DE FINANZAS
- SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES
- SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INTERNACIONAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
- SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
- SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS
- SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES GASEOSOS
- SUBSECRETARÍA DE TRANSICIÓN Y PLANEAMIENTO ENERGÉTICO
SECRETARÍA DE MINERÍA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO MINERO
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE PRODUCCIÓN
- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE GESTIÓN DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
- SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
- SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES
- SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA INDUSTRIAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA
- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
- SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍAS REGIONALES Y DE PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES
- SUBSECRETARÍA DE MERCADOS AGROALIMENTARIOS E INSERCIÓN INTERNACIONAL
- SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL
- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS ACUÁTICOS Y PESCA
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE INFRAESTRUCTURA
SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL
- SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y VIVIENDA
- SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
- SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS
- SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AÉREO”.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, los
Objetivos de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE, de conformidad con el detalle
obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-07698677-APN-ANPYN#MEC) al
presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 3°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, los
Objetivos de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES de la
SECRETARÍA DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 4° .- Suprímese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado IX , MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Objetivo
22 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 5°.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por
el que, con igual denominación, obra en la PLANILLA ANEXA
(IF-2025-08684475-APN-ANPYN#MEC) al presente artículo, que forma parte
integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 6°.- Ténganse por suprimidas las unidades organizativas que se
detallan en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-08684534-APN-ANPYN#MEC) al
presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 7°.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel
operativo de la AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPYN), ente
autárquico actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de
conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y
Acciones que como ANEXOS I (IF-2025-07700098-APN-ANPYN#MEC) y II
(IF-2025-07699822-APN-ANPYN#MEC) forman parte integrante del presente
decreto.
ARTÍCULO 8°.- Establécese que el titular de la GERENCIA DE COORDINACIÓN
LEGAL Y ADMINISTRATIVA, el titular de la GERENCIA DE COORDINACIÓN
TÉCNICA y el titular de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la AGENCIA
NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPYN) tendrán una remuneración
equivalente al NOVENTA POR CIENTO (90 %) de la remuneración establecida
para el cargo de Subdirector Ejecutivo de dicha Agencia.
ARTÍCULO 9°.- Hasta tanto se realicen las adecuaciones presupuestarias
pertinentes, los gastos de funcionamiento de la AGENCIA NACIONAL DE
PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPYN) serán atendidos con cargo a la
ex-ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (AGP
SAU) y a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE
ECONOMÍA- correspondientes a la entonces SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y
VÍAS NAVEGABLES.
ARTÍCULO 10.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 11.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/01/2025 N° 4260/25 v. 29/01/2025
(*Nota
Infoleg:**
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)*
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°
(ANEXO II)
MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
OBJETIVOS
Asistir al Ministro en la propuesta, elaboración y ejecución de las
políticas y planes en materia de sistemas de transporte terrestre y
aéreo.
Intervenir en la supervisión, regulación, coordinación, fomento y
desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte terrestre
y aéreo.
Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria.
Coordinar la gestión de los Directores que representan al ESTADO
NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación
accionaria y ejerza la tenencia accionaria.
Intervenir en la elaboración, aplicación y fiscalización del régimen de flotas de transporte terrestre y aéreo.
Participar en las relaciones entre la Jurisdicción y los organismos
y empresas actuantes en la órbita de la Jurisdicción, en materia de
planificación y regulación del transporte.
Asistir al Ministro en la formulación, elaboración y ejecución de la
política nacional en materia relativa al impulso local, provincial y
regional, en el área de su competencia.
Asistir al Ministro en la elaboración de las políticas y normas de
regulación de los servicios públicos del área de su competencia.
Intervenir en la construcción, habilitación y fiscalización de las
infraestructuras correspondientes a transporte de vías terrestres y
aeropuertos.
Intervenir en la elaboración de normas de regulación de las
licencias de servicios públicos del área de su competencia, otorgadas
por el ESTADO NACIONAL o las provincias acogidas por convenios a los
regímenes federales en la materia.
Entender en la elaboración de las estructuras arancelarias y
tarifarias en materia de transporte, en el ámbito de su competencia.
Asistir al Ministro en las funciones de Autoridad de Aplicación de
las leyes que regulan el ejercicio de las actividades relativas al
transporte, en el ámbito de su competencia.
Entender en la elaboración de normas de definición de estándares
industriales para los equipamientos en materia de transporte terrestre
y aéreo
Intervenir en el ejercicio de facultades de contralor respecto de
aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o
dadas en concesión en materia de transporte terrestre y aéreo, así como
también hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes.
Intervenir en la investigación y desarrollo tecnológico en materia
de transporte terrestre y aéreo, a fin de facilitar los cambios
tecnológicos, la integración de datos y la implementación de
innovaciones que promuevan el desarrollo sostenible.
Intervenir en la elaboración y aplicación de políticas estratégicas
de armonización federal, mediante la coordinación nacional, la
registración y sistematización de datos relativos al Sistema Nacional
de la Seguridad Vial.
Intervenir en la elaboración y ejecución de la política nacional de
transporte aéreo y terrestre, así como en su regulación y coordinación.
Intervenir en todo lo relacionado con el transporte internacional terrestre y aéreo.
Intervenir en la supervisión, regulación, coordinación, fomento y
desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte terrestre
y aéreo.
Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de transporte de carga reservada para la matrícula nacional.
Entender en el seguimiento y actualización del Plan Nacional del
Transporte Sostenible, proponiendo el diseño y coordinación de los
estudios de funcionamiento de medios de transporte eléctricos y/o que
utilicen combustibles alternativos para determinar sus capacidades,
viabilidad e impacto, en el ámbito de su competencia.
Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la ejecución de la política nacional de fletes.
Entender en el diseño, elaboración y propuesta de la política
regulatoria del sistema de transporte de jurisdicción nacional en sus
distintas modalidades, en el ámbito de su competencia.
Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones
de procesos para el otorgamiento de concesiones de permisos y/o
cualquier otra figura jurídica que implique prestación de servicio de
transporte, y supervisar la aplicación de los procedimientos
respectivos, en el ámbito de su competencia.
Entender en el desarrollo de recursos humanos y técnicos, y en el
fortalecimiento de capacidades institucionales en materia de transporte
terrestre y aéreo.
Entender en la propuesta de nuevos servicios de transporte y
mecanismos de control y en la planificación de sistemas de organización
territorial, en materia de su competencia.
Entender en la realización de los estudios y acciones que propendan
al perfeccionamiento del sistema de transporte y en particular a la
coordinación intermodal, en el ámbito de su competencia.
Intervenir en el funcionamiento de un sistema integrado de transporte terrestre y aéreo, así como del transporte multimodal.
Intervenir en la interacción de la Jurisdicción con organismos
públicos, privados, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
y municipales, en la definición de las políticas públicas relativas a
los medios de transporte y sus actividades subsidiarias, y en los
programas integrales de desarrollo regional promovidos por el ESTADO
NACIONAL, en el ámbito de su competencia.
Entender en la asignación de los planes, programas y proyectos
relacionados a las compensaciones de tarifas y/o subsidios a operadores
y/o usuarios de los sistemas de transporte terrestre y aéreo y en la
compensación tarifaria, autorizaciones de pago y/o resarcimientos
financiados con fondos fiduciarios cuya administración se encuentre a
su cargo y en coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.
Entender en los mecanismos de control y fiscalización para la
liquidación de las compensaciones tarifarias relacionadas con los
servicios de transporte terrestre y aéreo..
Entender en la administración y gestión de los planes y proyectos
del Sistema Único de Boleto Electrónico o el que en el futuro lo
reemplace; gestionar los datos y la información generados por dicho
sistema y el Sistema de Gestión de Flota.
Entender, en el ámbito de su competencia, en lo relativo al Fondo
Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, creado por la Ley N°
24.855.
Intervenir, en el ámbito de su competencia, en los aspectos vinculados a las Leyes N° 24.449 y N° 26.363.
Intervenir en la organización, dirección y fiscalización del
registro de inscripción, fijación de capacidades y calificación de las
empresas vinculadas al sector transporte, en el ámbito de su
competencia.
Intervenir en la homologación de los acuerdos armatoriales y sus accesorios.
Ejercer el control tutelar de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
AVIACIÓN CIVIL (ANAC), la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL
TRANSPORTE (CNRT), la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), el
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), la
JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE y la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
(DNV).
Participar, en los procesos de concesiones para la construcción y
explotación de obras públicas y la prestación de servicios públicos, en
la evaluación y gestión de las distintas etapas de los procesos
licitatorios, así como en el desarrollo, fiscalización y control
posterior de proyectos, en el ámbito de su competencia.
Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación del
Título VII - RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI)- de
la Ley N° 27.742, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE
INFRAESTRUCTURA.
IF-2025-07698677-APN-ANPYN#MEC
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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 5°
(ANEXO III)
**"IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA
Organismos Desconcentrados**
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC)
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO (VUCEA)
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN SÍSMICA
UNIDAD EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL CORREDOR FERROVIARIO CABALLITO-MORENO DE LA LÍNEA SARMIENTO
Organismos Descentralizados
AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA)
AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN (ANPYN)
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV)
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
SECRETARÍA DE HACIENDA
SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN
SECRETARÍA DE ENERGÍA
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS)
SECRETARÍA DE MINERÍA
SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL (ARICCAME)
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI)
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI)
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP)
INSTITUTO NACIONAL DE LA AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE) INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA)
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV)
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA)
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA (INA)
ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP)
TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN (TTN)
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC)
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV)
COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT)
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (DNV) JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)
Empresas y Entes del Sector Público Nacional
SECRETARÍA DE HACIENDA
SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES
INSTITUTO DE LA MOVILIDAD
POLO TECNOLÓGICO CONSTITUYENTES SOCIEDAD ANÓNIMA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
COMISIÓN MIXTA ARGENTINO- PARAGUAYA DEL RÍO PARANÁ
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE
DIOXITEK SOCIEDAD ANÓNIMA
ENERGÍA ARGENTINA S.A.
ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ
NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA
UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE)
YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO GALLEGOS
SECRETARÍA DE MINERÍA
YACIMIENTOS MINEROS AGUA DE DIONISIO (YMAD)
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
INNOVACIONES TECNOLÓGICAS AGROPECUARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA (INTEA)
INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIF)
AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA
BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA
CORREDORES VIALES SOCIEDAD ANÓNIMA
DESARROLLO DEL CAPITAL HUMANO FERROVIARIO SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (DECAHF)
EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA)
FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO (FASE) I
NTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE)
PLAYAS FERROVIARIAS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
AGENCIA DE PLANIFICACIÓN
AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AYSA)
AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR)
ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL DE BAJA ALTURA FERROCARRIL TRASANDINO CENTRAL (EBIFETRA)
ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL INTERNACIONAL PASO DE AGUA NEGRA (EBITAN)
ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL INTERNACIONAL PASO LAS LEÑAS (EBILEÑAS)
Entes del Sector Público Nacional Financiero
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR
BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA
BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA
Sociedades comprendidas en el artículo 15 de la Ley N° 26.741
SECRETARÍA DE ENERGÍA
YPF SOCIEDAD ANÓNIMA
YPF GAS SOCIEDAD ANÓNIMA"
IF-2025-08684475-APN-ANPYN#MEC
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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 6°
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IF-2025-08684534-APN-ANPYN#MEC
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ANEXO I
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IF-2025-07700098-APN-ANPYN#MEC
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ANEXO II
MINISTERIO DE ECONOMÍA
AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Examinar en forma independiente, objetiva, sistemática e integral el
funcionamiento del sistema de control interno de la Agencia, con ajuste
a las normas de Auditoría Interna Gubernamental y demás normas,
metodologías y herramientas establecidas por la Sindicatura General de
la Nación, a fin de asistir a la máxima autoridad del organismo en el
ejercicio de la responsabilidad establecida en el artículo 101 de la
Ley N° 24.156 y prestar asesoramiento a toda la organización en lo que
es materia de su competencia.
ACCIONES:
Elaborar el Plan Estratégico de Auditoría o Plan Global y el Plan
Anual de Trabajo de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA (UAI) conforme a las
Normas de Auditoría Interna Gubernamental, los lineamientos y pautas
definidas por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) y por la
máxima autoridad de la Agencia.
Ejecutar el plan de trabajo con integridad y debido cuidado
profesional, asegurando la obtención de evidencias competentes,
relevantes y suficientes para formar y sustentar sus juicios y
afirmaciones.
Elaborar informes de auditoría, mantener un diálogo activo, abierto
y constructivo con las áreas auditadas y comunicar sus resultados a la
máxima autoridad de la Agencia y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN
(SIGEN) e intervenir, de corresponder, en los trámites de consolidación
del pasivo público.
Efectuar el seguimiento periódico de la instrumentación de las
medidas correctivas comprometidas, dirigidas al fortalecimiento del
Sistema de Control Interno (SCI) y, brindar asesoramiento en aspectos
de su competencia.
Promover la cultura de control en toda la Agencia, participando en
el Comité de Control Interno o Comité de Auditoría, así como
propiciando la adopción de herramientas y metodologías tales como la
autoevaluación, la identificación de procesos y gestión de riesgos, el
diseño e implementación de planes compromiso de fortalecimiento del
Sistema de Control Interno (SCI) entre otras.
Registrar su planificación, el desarrollo y resultados de su labor y
demás información que se le requiera a través de los sistemas,
aplicativos o formularios electrónicos que al efecto determine la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) y cumplir con sus
resoluciones, circulares e instructivos.
Emitir opinión respecto de los reglamentos y manuales de
procedimientos y de sus modificaciones, en forma previa a su
aprobación, constatando que posean instrumentos idóneos para el
ejercicio del control previo y posterior.
Mantener informada a la autoridad superior de la Agencia y a la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) sobre los actos que hubiesen
acarreado o se estime puedan acarrear significativos perjuicios para el
patrimonio de la Agencia e informar a la citada Sindicatura a través
del Sistema que establezca el estado de los procedimientos de recupero
pendientes.
Evaluar el desempeño del plantel de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
(UAI), verificar la observancia de las Normas de Auditoría Interna
Gubernamental y asegurar niveles de capacitación acorde con las
necesidades específicas del personal.
Realizar todas las actividades necesarias que se deriven de la
eventual participación de la organización en la Red Federal de Control
Público, Red de Control de Defensa o las que en el futuro pudieran
crearse.
AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN
GERENCIA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en los aspectos jurídicos de las actuaciones que tramiten
ante la Agencia y dirigir la representación en los procesos judiciales
en los que deba intervenir el Organismo. Asistir al titular del
Organismo en la gestión de las actividades de apoyo administrativo, de
recursos humanos, en la gestión económica, financiera, patrimonial y
contable, así como también en el desarrollo e implementación de los
sistemas informáticos y de comunicaciones Intervenir en la elaboración
del Plan Estratégico del Organismo y su seguimiento, como así también
en la supervisión del cumplimiento de los planes y proyectos de la
Agencia y en su estrategia comunicacional.
Entender en los procesos de compras y contrataciones que sustancien en
la Agencia para la adquisición de bienes, prestación de servicios y
ejecución de obras.
ACCIONES:
Proponer al Director Ejecutivo la planificación estratégica de la
Agencia y elaborar, analizar y verificar, las metodologías,
indicadores, criterios de decisión y procedimientos a utilizar en la
formulación y evaluación de los programas y proyectos de la
administración.
Efectuar el control de juridicidad previo a la toma de decisiones por parte de la Dirección Ejecutiva del organismo.
Entender en los aspectos técnicos y legales de los proyectos de
actos administrativos, convenios y contratos que sean sometidos a
consideración de la Agencia.
Coordinar el servicio jurídico permanente de la Agencia.
Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de los
actos administrativos a ser suscriptos por la Dirección Ejecutiva.
Colaborar con la GERENCIA DE COORDINACIÓN TÉCNICA, en el ámbito de
su competencia, en relación al cumplimiento de las obligaciones de los
concesionarios de las Terminales Portuarias del Puerto BUENOS AIRES, en
el marco del Pliego de Bases y Condiciones de las Licitaciones Públicas
Nros. 6/93 y 24/15, sus normas complementarias y de las futuras
contrataciones que sobre dichas terminales pudieren otorgarse.
Proponer al Director Ejecutivo el Presupuesto Anual de Recursos y Gastos de la Agencia.
Dirigir, coordinar y supervisar el desarrollo de las actividades
inherentes a la gestión contable, económica, financiera y patrimonial e
intervenir en los procesos de compras, contrataciones y concesiones de
la Agencia.
Elaborar y proponer al Director Ejecutivo el reglamento interno de
funcionamiento para su aprobación, así como sus eventuales
modificaciones.
Planificar, diseñar y llevar adelante las políticas de recursos humanos de la Agencia.
Supervisar el desarrollo, implementación y mantenimiento de los
sistemas informáticos y de comunicaciones y sus condiciones de
seguridad.
Administrar los bienes y recursos asignados a la Agencia.
Entender en la organización del despacho y gestión documental de la
Agencia, como así también en el registro y control de los actos
administrativos, acuerdos marco o estratégicos, cartas de entendimiento
y demás actos de trascendencia institucional que suscriba la máxima
autoridad.
Instrumentar, en el marco de su competencia, los procesos de
contratación de bienes, servicios, obra pública o concesiones de obra
pública relacionados con las vías navegables de jurisdicción nacional y
nodos logísticos o multimodales.
Asistir a la Dirección Ejecutiva en las negociaciones y
modificaciones de los contratos de obras, concesiones de obra y de
servicios públicos.
Gestionar y supervisar las instalaciones, materiales, equipos, flota automotor y de embarcaciones de la Agencia.
Proyectar y proponer la estructura organizativa de la Agencia, para
una mejor planificación, organización y distribución de los recursos
humanos.
Dirigir el diseño e implementación de la estrategia de comunicación de la Agencia.
Asistir a la Dirección Ejecutiva, en el ámbito de su competencia,
en la administración del Puerto de Buenos Aires y los bienes inmuebles
que integran la jurisdicción portuaria.
Colaborar con la GERENCIA DE COORDINACIÓN TÉCNICA en los estudios
de tarifas por los servicios y otorgamientos de espacios portuarios,
incluyendo descuentos, condiciones y costos admisibles.
Colaborar con la GERENCIA DE COORDINACIÓN TÉCNICA en el ámbito de
su competencia, en la delimitación de la jurisdicción portuaria
nacional y evaluar y proponer las medidas a implementar respecto de los
bienes del dominio estatal que lo conforman.
Coordinar la gestión, en el ámbito de su competencia, para el
otorgamiento de espacios portuarios bajo la administración de la
Agencia.
AGENCIA NACIONAL DE PUERTOS Y NAVEGACIÓN
GERENCIA DE COORDINACIÓN TÉCNICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en todos los asuntos de carácter operativo y técnico de
competencia específica de la Agencia como así también en el diseño y
ejecución de proyectos relevantes para la mejor explotación de los
servicios a cargo del organismo.
Asistir en el cumplimiento de las políticas y acciones de carácter
ambiental vinculadas con las actividades que se desarrollen en los
puertos y en las vías navegables.
Intervenir en los asuntos relacionados con la construcción de obras e
instalaciones civiles, ya sean portuarias, electromecánicas, viales,
ferroviarias edilicias, urbanísticas, hidráulicas, de dragado, y ayudas
a la navegación, entre otras.
ACCIONES:
Planificar las obras y adquisiciones relativas a la infraestructura y superestructura portuaria y de desarrollo.
Intervenir en las habilitaciones de puertos y/o amarraderos
fluviales, y de ocupaciones de espejos de agua y de declaratorias para
la ejecución de obras en el ámbito portuario, canales de acceso a
puertos y vías navegables de jurisdicción nacional, la extracción de
arena y/o canto rodado y dragados y/o rellenos.
Asesorar técnicamente en la delimitación de las responsabilidades en
el dragado de accesos y dársenas de cada puerto, en aquellos casos
donde la responsabilidad sea de dudosa o conflictiva determinación.
Dirigir los procesos de fiscalización de las actividades operativas
de los puertos y el funcionamiento de los servicios portuarios y de
transporte interjurisdiccional respecto al cumplimiento de la normativa
de aplicación y a los requisitos mínimos del servicio público y la
protección del usuario y del consumidor frente a posibles violaciones a
los principios de la sana competencia.
Intervenir en la aplicación del régimen disciplinario por el
incumplimiento de las disposiciones legales y/o reglamentarias en que
incurriesen los titulares de las administraciones portuarias públicas y
privadas.
Coordinar el accionar de los distintos organismos del ESTADO
NACIONAL y entes privados que interactúan en el ámbito portuario.
Planificar, proponer e implementar las políticas y acciones en
materia ambiental que desarrolle la Agencia en todas aquellas
actividades que hacen al cumplimiento de su objeto.
Asistir a la Dirección Ejecutiva en la elaboración, ejecución y
evaluación de políticas y planes referidos a los puertos, puertos
secos, vías navegables, transporte fluvial y marítimo y nodos
logísticos y multimodales.
Dirigir la realización de estudios para la actualización de la
normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud
técnica de equipos, seguros, capacitación y titulación del personal
embarcado y toda otra normativa vinculada al ámbito de su competencia.
Asistir a la Dirección Ejecutiva en las negociaciones,
implementación y suscripción de convenios en materia de transporte
fluvial, marítimo y lacustre a nivel nacional e internacional y
efectuar, en coordinación con la GERENCIA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA, el control del tráfico derivado del cumplimiento de los
mismos.
Prestar asesoramiento técnico, en el ámbito de su competencia, en
las comisiones, foros y organismos nacionales e internacionales.
Asistir en el control del cumplimiento de la Ley de Cabotaje
Nacional, la normativa vinculada y tramitar las excepciones a la misma.
Asistir en las autorizaciones de incorporaciones y ceses de buques
y artefactos navales a la matrícula nacional, con excepción de los
buques pesqueros; así como intervenir en las autorizaciones especiales
que requiera la normativa vigente, y llevar los correspondientes
registros.
Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de los
pliegos técnicos para el otorgamiento de concesiones o contrataciones
que pudieren corresponder, cuando le sea requerido.
Entender en el mantenimiento y reparación de toda la traza ferroviaria de la Agencia.
Intervenir en la programación y ejecución de las operaciones portuarias con cruceros y ferris y sus terminales dedicadas.
Controlar que los titulares de las habilitaciones portuarias y
declaratorias otorgadas, den cumplimiento a los proyectos constructivos
y operativos que justificaron su solicitud, como así también controlar
el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los titulares de
espacios portuarios otorgados por la Agencia, en lo que fuere materia
de su competencia.
Brindar asesoramiento a las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y a los particulares que así lo requieran, a su
requerimiento, que promuevan las instalaciones de puertos en sus
respectivos territorios.
Asistir a la Dirección Ejecutiva en la fijación de las políticas
generales en materia portuaria y de administración y explotación de
vías navegables.
Controlar en el ámbito portuario el cumplimiento de cualquier ley o
reglamentación cuya aplicación competa a una autoridad nacional.
Asistir a la Dirección Ejecutiva en el control y fiscalización de
los servicios de transporte fluvial, marítimo y los vinculados a ellos
que se desarrollen en el ámbito de su competencia.
Asistir a la Dirección Ejecutiva en materia de compensaciones
tarifarias y de costos de explotación del transporte fluvial y marítimo
y de las actividades portuarias y vías navegables.
Asesorar técnicamente en la promoción de la asociación con sujetos
públicos o privados para la administración y explotación de los puertos
incluyendo a las actividades conexas, accesorias y complementarias a la
actividad portuarias, o a la planificación y desarrollo de
establecimientos tales como puertos secos, nodos logísticos,
aeroportuarios o ferroportuarios, centros de transferencia de carga
para el transporte multimodal.
Asistir técnicamente a la Dirección Ejecutiva en la promoción de la
inversión privada para el desarrollo portuario y de las vías navegables.
Asistir a la Dirección Ejecutiva en la regulación y control de las
concesiones de obras y servicios sobre las vías navegables
interjurisdiccionales de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Coordinar la gestión para la habilitación correspondiente a empresas privadas que presten servicios operativos portuarios.
Gestionar la aprobación de obras y/o instalaciones que solicitaren
los titulares de espacios portuarios otorgados por la Agencia en la
relación contractual respecto del área de ocupación, del desarrollo de
las actividades descriptas en el objeto autorizado y mantenimiento del
inmueble.
Entender en el control de la operación y mantenimiento de la vía
navegable troncal, en el marco del rol de la AGENCIA NACIONAL DE
PUERTOS Y NAVEGACIÓN como Concesionario de la Vía Navegable Troncal
hasta tanto se adjudique la licitación pública encomendada por el
Decreto N° 709/24.
Ejercer el control de las concesiones, operadores y actividades del
Puerto de Buenos Aires y el poder de policía e imposición sobre el
establecimiento y los bienes muebles e inmuebles que lo integran.
Asistir a la Dirección Ejecutiva en la delimitación de la
jurisdicción portuaria nacional y evaluar y proponer las medidas a
implementar respecto de los bienes del dominio estatal
que lo conforman, en coordinación con otras áreas de la Agencia con competencia en la materia.
IF-2025-07699822-APN-ANPYN#MEC
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