INSTITUTO NACIONAL DE LA JUVENTUD

Rango Decreto
Publicación 2020-07-21
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD

Decreto 606/2020

DCTO-2020-606-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-37740381-APN-DNDO#JGM, la Ley de

Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus

modificatorias), las Leyes Nros.13.482 y 17.671 y sus modificatorias,

los Decretos Nros. 773 del 21 de junio de 2007 y sus modificatorios,

174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, 50 del 19 de diciembre

de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de

la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,

para cumplir con las responsabilidades que le son propias,

estableciendo, asimismo, sus objetivos y los ámbitos jurisdiccionales

en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.

Que por el Decreto Nº 174/18 se creó el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD

(INJUVE) como organismo desconcentrado de la entonces SECRETARÍA DE

ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL,

actualmente dependiente de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del citado

Ministerio.

Que entre los objetivos asignados a dicho Organismo se encuentran los

vinculados con la implementación de políticas sociales destinadas a

jóvenes, la articulación de la intervención de los organismos

gubernamentales competentes en toda materia que se vincule a

problemáticas relacionadas con la juventud, comprendiendo aspectos como

la capacitación en oficios y primer empleo, terminalidad educativa,

políticas culturales, artísticas, iniciativas deportivas, turismo,

prevención de adicciones, situación de calle, salud reproductiva,

participación ciudadana, violencia institucional o escolar, entre otras.

Que dichas competencias exigen una ejecución transversal a toda la

Administración Pública Nacional y acciones interministeriales que

exceden el ámbito de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del MINISTERIO

DE DESARROLLO SOCIAL.

Que en virtud de ello, se considera oportuna la transferencia del

citado INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD a la órbita de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS.

Que, por otra parte, requerimientos de gestión tornan necesaria la

modificación de los Objetivos de distintas áreas de la SECRETARÍA DE

COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, del MINISTERIO DE ECONOMÍA, del MINISTERIO DE

OBRAS PÚBLICAS, del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y del MINISTERIO DE

CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

Que, en consecuencia, corresponde la modificación de los Anexos II y III del Decreto Nº 50/19.

Que por la Ley Nº 13.482 se creó el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS,

actual DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

(RENAPER) como entidad descentralizada en jurisdicción del MINISTERIO

DEL INTERIOR, con el objeto de elaborar políticas nacionales y medidas

concretas en materia de identificación, registro y clasificación del

potencial humano nacional, entre otros aspectos, impulsando y llevando

a cabo acciones a tal fin.

Que por el artículo 3º -Sección III- de la Ley Nº 17.671 se estableció

que el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS estará a cargo de un Director

o una Directora Nacional secundado o secundada por un Subdirector o una

Subdirectora Nacional.

Que por los artículos 5º y 6º del Decreto Nº 773/07 se incorporó a la

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS en el Nivel 1

de los Organismos del Estado a efectos de establecer los importes

retributivos de sus autoridades superiores y se fijaron sus

retribuciones mensuales.

Que para esta gestión de gobierno resulta de suma importancia la

jerarquización de la materia a cargo de dicha entidad, así como el

adecuado cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por

la REPÚBLICA ARGENTINA a través de convenios y normas que amparan el

derecho a la identificación, a la igualdad y a la no discriminación.

Que por lo expuesto, corresponde modificar el rango y jerarquía del/de

la titular de la citada Dirección Nacional y derogar los artículos 5º y

6º del citado Decreto Nº 773/07.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente

de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del

MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.

Que los servicios jurídicos pertinentes han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Transfiérese el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD (INJUVE),

organismo desconcentrado creado por el artículo 8º del Decreto Nº 174

del 2 de marzo de 2018, de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

La transferencia aludida comprende las unidades organizativas que

conforman dicho organismo, créditos presupuestarios, bienes y

dotaciones vigentes a la fecha y el personal con su actual situación de

revista.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese del artículo 8º del Decreto Nº 174 del 2 de

marzo de 2018 y sus modificatorios, el Objetivo 1 del INSTITUTO

NACIONAL DE JUVENTUD (INJUVE) por el siguiente:

“1. Entender en el diseño e implementación de políticas destinadas a jóvenes”.

ARTÍCULO 3º.- Incorpóranse al ANEXO II -Objetivos- aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, en el Apartado IV, SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como Objetivos 14 y 15 los siguientes:

“14. Celebrar convenios con las provincias, municipios, la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con organizaciones civiles públicas o

privadas, nacionales o extranjeras, para el desarrollo, investigación e

implementación de proyectos, programas y acciones en el marco de su

competencia.

15.

Coordinar la realización de mediciones, estudios e investigaciones

y el desarrollo e implementación de herramientas para la evaluación de

la ejecución de la política de prensa, la comunicación y actividad

presidencial”.

ARTÍCULO 4º.- Sustitúyese, del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el

Objetivo 8 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, por el

siguiente:

“8. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la temática de gestión

y empleo público concerniente al Consejo Federal de la Función Pública

(COFEFUP)”.

ARTÍCULO 5º.- Incorpórase al ANEXO II -Objetivos- aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

como Objetivo 10 de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA

DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, el siguiente:

“10. Asistir a la Secretaría en las Comisiones Negociadoras que se

constituyan en el marco de la Ley N° 14.250, en las que intervengan

organismos descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las

instituciones de seguridad social y entes estatales o empresas y

Sociedades del Estado, como parte del sector empleador”.

ARTÍCULO 6º.- Incorpórase al ANEXO II -Objetivos- aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

como Objetivo 11 del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

(INAP) de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, el siguiente:

“11. Asistir a la Secretaría en la formulación y evaluación de los

programas académicos a financiar por el Fondo Permanente de

Capacitación y Recalificación Laboral (FOPECAP)”.

ARTÍCULO 7º.- Sustitúyense, del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, en el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

los Objetivos de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE

LA NACIÓN ARGENTINA y de sus dependientes SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN

ADMINISTRATIVA, SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA

DE DROGAS y SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS

EN MATERIA DE DROGAS, por los obrantes en la PLANILLA ANEXA

(IF-2020-38974984-APN-DNDO#JGM) al presente artículo, que forma parte

integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 8º.- Sustítuyese, del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, de conformidad

con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA

(IF-2020-38976513-APN-DNDO#JGM), al presente artículo que forma parte

integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 9º.- Sustitúyese, del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, el Apartado XIII, MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, de

conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA

(IF-2020-38977801-APN-DNDO#JGM), al presente artículo que forma parte

integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 10.- Suprímese del ANEXO II -Objetivos- aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, en el Apartado XVII, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL,

el Objetivo 9 de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL.

ARTÍCULO 11.- Incorpóranse al ANEXO II -Objetivos- aprobado por el

artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, en el Apartado XXI, MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E

INNOVACIÓN, como Objetivos 10, 11 y 12 de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN los siguientes:

“10. Diseñar e implementar políticas de internacionalización de la

ciencia, la tecnología y la innovación a partir del análisis del

contexto nacional e internacional.

11.

Establecer la política de cooperación internacional en materia de

ciencia, tecnología e innovación, y las alianzas estratégicas, para

promover su implementación, en el marco de sus competencias.

12.

Promover el desarrollo de capacidades científicas y tecnológicas de

la REPÚBLICA ARGENTINA por medio del desarrollo de políticas de

vinculación con investigadores argentinos e investigadoras argentinas

residentes en el exterior, así como a través de acciones destinadas a

promover la permanencia de investigadores e investigadoras en la

REPÚBLICA ARGENTINA”.

ARTÍCULO 12.- Sustitúyese, del ANEXO III – Ámbitos jurisdiccionales en

los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,

aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS, por el siguiente:

“V - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Organismos Descentralizados

AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE)

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM)

Organismos Desconcentrados

INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD (INJUVE)

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA

EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT)

CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

SECRETARÍA DE MEDIOS Y COMUNICACIÓN PÚBLICA

RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO

TELAM SOCIEDAD DEL ESTADO

CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO”

ARTÍCULO 13.- Sustitúyese, del ANEXO III – Ámbitos jurisdiccionales en

los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,

aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado XVII, MINISTERIO DE DESARROLLO

SOCIAL, por el siguiente:

“XVII.- MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Organismos Desconcentrados

SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL

COMISIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN DEL MICROCRÉDITO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMÍA SOCIAL”

ARTÍCULO 14.- Establécese que el Director o la Directora Nacional de la

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER),

organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE

INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, tendrá rango y jerarquía de

Subsecretario.

El Subdirector o la Subdirectora Nacional tendrá una remuneración

equivalente al Nivel A, grado 0, Función Ejecutiva I del Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

ARTÍCULO 15.- Deróganse los artículos 5º y 6º del Decreto Nº 773 del 21 de junio de 2007 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 16.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las

áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales

existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente

mantendrán las acciones, dotaciones vigentes y personal con su actual

situación de revista.

ARTÍCULO 17.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias

correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas

por la presente medida será atendida con cargo a los créditos

presupuestarios de origen de las mismas.

ARTÍCULO 18.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/07/2020 N° 28185/20 v. 21/07/2020

(Nota Infoleg:*Los

anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 7º

V.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN

ARGENTINA

OBJETIVOS

1.

Elaborar políticas y planificar estrategias nacionales que tengan

como eje principal el cuidado de las personas, a través de la atención,

la prevención y la capacitación en materia de consumo problemático de

estupefacientes y sustancias psicoactivas.

2.

Supervisar el cumplimiento de la legislación nacional e internacional en lo que esmateria de su competencia.

3.

Coordinar acciones relativas al diseño y ejecución de políticas y

estrategias para la prevención, capacitación y tratamiento en materia

de consumo problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas

con las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública

Nacional con competencia en la materia.

4.

Coordinar la aplicación de las políticas y estrategias para la

prevención, capacitación, tratamiento del consumo problemático de

estupefacientes y sustancias psicoactivas con los gobiernos

provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

5.

Brindar asistencia técnica a los gobiernos provinciales y de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a fin de homogeneizar las actividades,

maximizar los recursos y generar espacios de discusión, trabajo

conjunto e intercambio de información.

6.

Coordinar con el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN y el MINISTERIO PÚBLICO

acciones para la atención y prevención del consumo problemático de

estupefacientes y sustancias psicoactivas, brindando asistencia técnica

en causas penales.

7.

Coordinar con el PODER LEGISLATIVO NACIONAL acciones para la

prevención y atención del consumo problemático de estupefacientes y

sustancias psicoactivas, promoviendo y brindando asistencia técnica en

el análisis y la elaboración de proyectos legislativos.

8.

Realizar asistencias técnicas para el diseño de capacitaciones de

los recursos humanos de las fuerzas de seguridad y otras instituciones

nacionales sobre prevención, atención y cuidado en materia de consumo

problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas.

9.

Representar al Gobierno Nacional en las reuniones de los organismos

especializados en la materia, implementando el cumplimiento de los

tratados internacionales suscritos por la REPÚBLICA ARGENTINA, en

coordinación con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

INTERNACIONAL Y CULTO, así como también coordinar la producción de la

información específica y la documentación técnica respectiva.

10.

Centralizar la recopilación general de datos y de información

especializada acerca de los aspectos involucrados en el consumo

problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas y problemas

relacionados, analizando su evolución y tendencias, a nivel nacional,

provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, regional e

internacional como insumo para la implementación de un sistema de

información y de alerta temprana nacional y federal, que provea

información para la elaboración de políticas públicas.

11.

Coordinar el diseño y desarrollo de actividades de investigación

técnico-científica, normativa y social, a nivel nacional, provincial,

de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, identificando los

modelos y metodologías para los procesos de intervención en consumo

problemático de estupefacientes y sustancias psicoactivas y problemas

relacionados.

12.

Presidir el CONSEJO FEDERAL DE DROGAS (COFEDRO).

13.

Designar oficiales de enlace, a propuesta de los titulares de las

diferentes Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional o

Provincial, destinados a cumplir funciones de consulta o coordinación

con los respectivos organismos de origen en materia de drogas o afines.

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Intervenir en las cuestiones vinculadas con la gestión económica,

financiera, patrimonial, de infraestructura, de mantenimiento,

administración de bienes muebles e inmuebles y de servicios de la

Secretaría, en coordinación con las áreas pertinentes de la SECRETARÍA

DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

2.

Entender en materia de administración y gestión de recursos humanos

de la Secretaría, en coordinación con las áreas pertinentes de la

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

3.

Entender y planificar las acciones relativas a la gestión y

administración de las tecnologías de la información de la Secretaría,

en coordinación con las áreas pertinentes de la SECRETARÍA DE

COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

4.

Entender en la gestión documental de la Secretaría.

5.

Coordinar el asesoramiento jurídico permanente sobre aspectos específicos y funcionales de la Secretaría.

6.

Asistir a la Secretaría en la apoyatura administrativa, técnica y legal del CONSEJO FEDERAL DE DROGAS (COFEDRO).

7.

Coordinar los aspectos relativos a cuestiones sumariales.

8.

Entender en la ejecución operativa y en los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo, como así también en los proyectos de

participación público-privada, en coordinación con las áreas

pertinentes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

9.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación

público-privada, en coordinación con las áreas pertinentes de la

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

10.

Asistir a la Secretaría en la administración de los beneficios

económicos a que refieren la Ley N° 23.737 y su decreto reglamentario

Nº 1148/91, los bienes decomisados mediante sentencia condenatoria (en

el marco de la Comisión Mixta de Registro, Administración y Disposición

Ley N° 23.737) y los respectivos producidos por sus ventas, así como

las multas que se recauden por la aplicación de la ley mencionada.

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO EN MATERIA DE DROGAS

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de políticas nacionales y

en la planificación de estrategias de desarrollo y abordaje territorial

en materia de drogas.

2.

Coordinar, generar y promover dispositivos de atención y

acompañamiento que aborden la complejidad del consumo problemático de

sustancias psicoactivas en el territorio nacional según los

lineamientos y la normativa vigente, la Ley de Salud Mental Nº 26.657,

los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y la Ley Nº 26.934 de

Plan IACOP.

3.

Planificar y coordinar la red de atención y acompañamiento en

materia de consumo problemático de estupefacientes y sustancias

psicoactivas desde una perspectiva amplia y federal.

4.

Realizar el seguimiento y control de avance de los convenios nacionales suscritos por la Secretaría.

5.

Asistir a la Secretaría en la articulación de la relación con el

HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, brindando asistencia técnica en el

análisis y la elaboración de proyectos legislativos, vinculados a la

temática de competencia de la Secretaría.

6.

Diseñar líneas de acción para construir una articulación entre el

ESTADO NACIONAL y las organizaciones de la sociedad civil con

despliegue territorial.

7.

Proponer y elaborar lineamientos y protocolos de intervención para

los dispositivos ambulatorios, centros comunitarios de residencia y

centros de internación. en coordinación con las áreas competentes de la

Administración Pública Nacional.

8.

Implementar herramientas de seguimiento de las acciones desarrolladas por las diversas áreas de la Secretaría.

9.

Diseñar planes y programas de carácter nacional referentes a la

capacitación y asistencia técnica dirigidos a los equipos de los

dispositivos ambulatorios, centros comunitarios y centros de residencia

en materia de asistencia y abordaje territorial en adicciones,

adaptándose a las necesidades y características locales, en

coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública

Nacional.

10.

Intervenir en lo relativo a la red de articulación de dispositivos

de atención y atención crítica en articulación con el Sistema de Salud,

centros comunitarios de residencia y centros de internación.

SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA

SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS EN MATERIA DE DROGAS

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de las políticas

nacionales y en la planificación de estrategias para la prevención y

tratamiento relacionadas con el consumo de sustancias psicoactivas.

2.

Supervisar la aplicación de las políticas y estrategias para la

prevención y tratamiento del consumo de sustancias psicoactivas, en

coordinación con el MINISTERIO DE SALUD, el MINISTERIO DE DESARROLLO

SOCIAL, el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y

SEGURIDAD SOCIAL y el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, entre otros

organismos nacionales.

3.

Impulsar, coordinar y evaluar el desarrollo de investigaciones,

estudios y estadísticas relevantes en materia de cuidado y prevención

del consumo de sustancias con base en la Ley Nº 26.934 de Plan Integral

para el Abordaje de los Consumos Problemáticos (Plan IACOP), Ley

Nacional de Salud Mental Nº 26.657 y tratados internacionales de

derechos humanos, como así también marcos de referencia y planes de

acción en la temática.

4.

Elaborar un modelo de referencia que -mediante acciones

interdisciplinarias y de complementariedad entre las diferentes áreas

del conocimiento- permita elaborar un marco interpretativo de las

situaciones de consumo desde una perspectiva de derechos humanos que

contemple todas las dimensiones de la problemática.

5.

Impulsar acuerdos con la Mesa Federal en materia de Drogas y

organismos competentes en la toma de decisiones, la coordinación y

colaboración para la implementación de las diversas líneas de acción

objeto de su competencia.

6.

Desarrollar, en articulación con la Mesa en materia de Federal, una

red de investigación e información con alcance nacional e internacional

sobre las modalidades y representaciones de consumo de alcohol y otras

drogas y de las adicciones en general.

7.

Coordinar la elaboración de los insumos necesarios para lograr los objetivos estratégicos planteados por la Secretaría.

8.

Supervisar el desarrollo de las actividades del OBSERVATORIO ARGENTINO DE DROGAS.

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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8º

IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

OBJETIVOS

1.

Coordinar y asistir en las relaciones institucionales de la

Jurisdicción, con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, los gobiernos

provinciales y municipales, las cámaras empresariales y las

organizaciones no gubernamentales.

2.

Desarrollar y coordinar las relaciones institucionales con el resto

de la Administración Pública Nacional, y otros actores institucionales

en el área de su competencia.

3.

Asistir al/a la Ministro/a en materia de ceremonial y protocolo.

4.

Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como

la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen

institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.

5.

Coordinar la comunicación y prensa del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en lo

relativo a actividades ceremoniales, protocolares, institucionales y

gestión de la agenda del/de la Ministro/a.

6.

Asesorar a las autoridades de la Jurisdicción en la elaboración de

mecanismos de fortalecimiento institucional, en materia de su

competencia.

7.

Coordinar con la SUBSECRETARÍA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO CIUDADANO,

dependiente de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, las acciones en

materia de acceso a la información pública y control ciudadano,

mediante el suministro de información sobre el estado de tramitación de

expedientes y proyectos de leyes y actos administrativos.

8.

Coordinar el Centro de Documentación e Información y entender en la

recuperación y conservación del patrimonio cultural de la Jurisdicción.

9.

Asistir en el diseño de proyectos especiales que contribuyan a la

viabilidad de políticas institucionales en el ámbito de su competencia.

10.

Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de

las distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1.

Coordinar el Gabinete de Asesores del/de la Ministro/a.

2.

Entender en la articulación de las políticas y programas llevados a cabo por las distintas Secretarías de la Jurisdicción.

3.

Entender en la priorización de las políticas públicas a implementarse desde el Ministerio.

4.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el/la Ministro/a.

5.

Entender y asistir al/a la Ministro/a en los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de sus funciones.

6.

Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos para generar información de gestión en

coordinación con las áreas competentes.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo del Ministerio.

2.

Coordinar el diseño e implementación de políticas administrativas,

presupuestarias, financieras y de transparencia en el Ministerio.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero.

4.

Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos de la Jurisdicción.

5.

Entender en la gestión documental de la Jurisdicción.

6.

Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de la Jurisdicción.

7.

Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las

contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y

demás adquisiciones destinadas a la Jurisdicción.

8.

Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo.

9.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo.

10.

Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e

inmuebles y servicios del Ministerio.

11.

Entender en la administración y coordinación de los sistemas y

recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la

Jurisdicción.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL

OBJETIVOS

1.

Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2.

Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para

la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos

tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los

objetivos y metas previstos.

4.

Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que

presta servicio, así como la planificación de las actividades de

administración.

5.

Coordinar la aplicación de la política de administración del

personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de

comunicaciones, así como en la gestión de los espacios físicos del

Ministerio.

6.

Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo, como así también de proyectos de

participación público-privada, en lo que es materia de su competencia.

7.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación

público-privada, en lo que es materia de su competencia.

8.

Dirigir la aplicación de los programas de administración y

liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las

empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen

de operar por cualquier causa; así como coordinar todo lo vinculado con

la liquidación de aquellos fondos fiduciarios que comprometen bienes

y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o

Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y de otros cuya

liquidación sea encomendada al MINISTERIO DE ECONOMÍA, como así también

de sus bienes, derechos y obligaciones remanentes.

9.

Asistir en la dirección y la unificación de la representación de

todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA,

cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N°

24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del

sector privado de los que resulte acreedor el Sector Público Nacional.

10.

Proponer las acciones vinculadas a los procesos de reconversión

empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO

NACIONAL, en lo que es materia de su competencia, y coordinar la

aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el

Sector Público Nacional y el sector privado, en el marco de las normas

vigentes.

11.

Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO

NACIONAL en empresas del sector no financiero con participación estatal

en el ámbito de la Jurisdicción y la representación del MINISTERIO DE

ECONOMÍA en aquellos órganos societarios de los entes donde la

Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria y

la tenencia accionaria sea ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

12.

Coordinar la implementación y la ejecución de los Programas de

Propiedad Participada que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE

ECONOMÍA y la gestión en sede administrativa vinculada con la

cancelación de pasivos cuyo pago deba materializarse en bonos de

consolidación de deuda, en el marco de las competencias asignadas.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1.

Coordinar el servicio jurídico del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en lo que

respecta a la emisión de opiniones y dictámenes jurídicos.

2.

Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo

que es competencia del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en los asuntos

judiciales, prejudiciales y arbitrajes y la contestación de los

requerimientos del Poder Judicial;

3.

Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia de proyectos de leyes y actos administrativos.

4.

Participar en materia de cancelación de pasivos mediante bonos de

consolidación de deuda y de los saldos de deudas a cargo de la

Administración Pública Nacional.

5.

Asistir a la Secretaría en relación con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.

6.

Coordinar el asesoramiento que brinde la Secretaría en materia

impositiva, aduanera, presupuestaria y en cuestiones vinculadas con

materias administrativas, financieras y de empleo público.

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO CIUDADANO

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría, en los temas de su competencia,

interviniendo en las actuaciones que le sean requeridos y en el

planeamiento y seguimiento de los temas prioritarios y estratégicos

para el desarrollo de los programas, proyectos y acciones de la

repartición.

2.

Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las

previsiones establecidas en la Ley N° 27.275, actuando en

representación del Ministerio ante la AGENCIA DE ACCESO A LA

INFORMACIÓN PÚBLICA.

3.

Dirigir la implementación de las políticas de transparencia e

integridad que se desarrollen en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA,

de acuerdo a las previsiones que establezca la Autoridad de Aplicación

en la materia.

4.

Intervenir en los supuestos contemplados en el artículo 24 de la Ley N° 27.401.

5.

Coordinar la elaboración de los informes que requieran ser

contestados en base a los informes elaborados por la Unidad de

Auditoría Interna, y efectuar el seguimiento de las observaciones

efectuadas por los órganos de control.

6.

Supervisar el despacho y la gestión de la documentación administrativa del Ministerio.

7.

Intervenir en la tramitación de los sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE HACIENDA

OBJETIVOS

1.

Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.

2.

Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y

Contabilidad y ejercer, con la SECRETARÍA DE FINANZAS, las funciones de

Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración

Financiera del Sector Público Nacional.

3.

Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

4.

Intervenir en la definición de las necesidades de financiamiento del

Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas,

por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones

de pago.

5.

Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos

fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través

de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Pública

Nacional.

6.

Participar en el control y análisis presupuestario del gasto en

personal del Sector Público Nacional, en coordinación con las áreas

correspondientes de otras Jurisdicciones del ESTADO NACIONAL con

competencia en la materia.

7.

Participar en los procesos de modernización y transparencia del ESTADO NACIONAL en el ámbito de su competencia.

8.

Entender en todo lo vinculado a los aspectos contables, fiscales y

económicos, en la relación entre el Gobierno Nacional, los gobiernos

provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y elaborar

propuestas respecto al perfil de la deuda pública de las provincias y

de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con el ESTADO NACIONAL.

9.

Intervenir en el otorgamiento de asistencia transitoria a las

provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a través de anticipos

a cuenta de las respectivas participaciones en los impuestos nacionales

coparticipables y desarrollar en coordinación con el MINISTERIO DEL

INTERIOR, políticas y programas de asistencia a las mismas, en lo que

es materia de su competencia.

10.

Coordinar la participación del MINISTERIO DE ECONOMÍA y el accionar

de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los foros

financieros internacionales y en los organismos internacionales de

crédito, incluyendo al FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI).

11.

Intervenir en la representación o representar, cuando corresponda,

al MINISTERIO DE ECONOMÍA en los grupos intergubernamentales o foros de

cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero

Internacional.

12.

Intervenir en las relaciones, negociaciones y representación del

país con los organismos financieros internacionales de crédito de los

que la REPÚBLICA ARGENTINA forma parte, en los aspectos que hacen a las

políticas generales y particulares de dichos organismos y en los

préstamos provenientes de los mismos.

13.

Intervenir en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones

con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales

y multilaterales, para el desarrollo, actualización y mantenimiento de

los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los

programas con dichos organismos.

14.

Intervenir en la autorización del endeudamiento del Sector Público

No Financiero Provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, así como en el análisis de propuestas respecto al perfil de su

endeudamiento con el ESTADO NACIONAL.

15.

Entender en el seguimiento de la evolución fiscal del Sector

Público Argentino a través de la instrumentación de un sistema de

información del Sector Público Nacional, Provincial y Municipal.

16.

Participar en el ámbito de su competencia en la aplicación de la

política salarial en el marco de los límites presupuestarios

establecidos por la ley.

17.

Coordinar las relaciones entre la SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

18.

Entender en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO

OBJETIVOS

1.

Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector Público Nacional.

2.

Coordinar la implementación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.

3.

Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.

4.

Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de

Información Financiera (SIDIF) y la capacitación de los recursos

humanos del Sector Público Nacional en la materia.

5.

Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos

del Gobierno Nacional, los gobiernos provinciales y de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

6.

Asistir a la Secretaría en los procesos de modernización y transparencia del ESTADO NACIONAL en el ámbito de su competencia.

7.

Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

8.

Realizar, en el ámbito de su competencia, el control y análisis

presupuestario del gasto en personal del Sector Público Nacional, en

coordinación con las Jurisdicciones con competencia en la materia.

9.

Asistir a la Secretaría en la aplicación de la política salarial en

el marco de los límites presupuestarios establecidos por la ley, en el

marco de sus competencias.

SECRETARÍA DE HACIENDA

SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS

OBJETIVOS

1.

Formular el cálculo general de ingresos públicos y controlar su ejecución.

2.

Entender en el cálculo del impacto fiscal sobre los ingresos

públicos de las propuestas de reformas de política impositiva, aduanera

y de recursos de la seguridad social, así como de los acuerdos

internacionales en materia impositiva y aduanera.

3.

Efectuar el seguimiento sistemático de la recaudación y distribución de los recursos tributarios nacionales.

4.

Participar en el diseño de regímenes de promoción económica, en lo

atinente a los aspectos tributarios y en los fines extra-fiscales que

se persigan a través de ellos.

5.

Entender en el análisis e interpretación de las leyes, decretos y

otras normas que afectan la estructura de los impuestos, en el

seguimiento de su aplicación y en las propuestas de modificación de las

bases imponibles, las alícuotas, las exenciones y de cualquier otro

aspecto del sistema de determinación de los tributos.

6.

Dirigir el desarrollo e instrumentación de mecanismos de

articulación y coordinación institucional con la ADMINISTRACIÓN FEDERAL

DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).

7.

Ejercer el control tutelar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN.

8.

Intervenir en la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.

9.

Asistir al Ministro en la representación ante la Organización para

la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), y participar en los

Comités Técnicos vinculados con su competencia específica.

10.

Participar, en el ámbito de su competencia y por medio de sus

representantes, en la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO

ECONÓMICOS (OCDE), en los distintos Comités de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL

DE ADUANAS (ex-Consejo de Cooperación Aduanera) y de la ORGANIZACIÓN

MUNDIAL DEL COMERCIO (ex- GATT), en la Asociación Latinoamericana de

Integración (ALADI), del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), de la

ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA) y en las sesiones de otros

organismos o grupos de trabajo nacionales e internacionales de carácter

técnico en materia aduanera, impositiva y de los recursos de la

seguridad social.

11.

Participar en la Comisión Federal de Impuestos y en la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA

OBJETIVOS

1.

Entender en el diseño de la política impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.

2.

Diseñar, mediante la aplicación de instrumentos de política

tributaria, propuestas para el desarrollo económico con inclusión

social.

3.

Articular relaciones con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en materia tributaria, en coordinación con las

áreas de la Administración Pública con competencia en la temática.

4.

Participar en la negociación de acuerdos internacionales en materia

impositiva y aduanera, y que afecten recursos de la seguridad social,

en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública

Nacional.

5.

Participar, en coordinación con las áreas con competencia en la

temática, en los procesos de integración regional en materia impositiva

y aduanera orientados a un equilibrio tributario.

SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TRIBUTARIA FEDERAL

OBJETIVOS

1.

Diseñar, en coordinación con las áreas con competencia en la

materia, convenios interjurisdiccionales relativos a la política

tributaria y de distribución de la base imponible, en los que

intervengan las provincias, los municipios y la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES.

2.

Participar en el análisis y en la elaboración de estudios sobre

políticas tributarias de las jurisdicciones provinciales, municipales y

de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en coordinación con las áreas

con competencia en la materia.

3.

Elaborar un sistema normativo que contemple los recursos tributarios

y no tributarios de las jurisdicciones provinciales, municipales y de

la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

4.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de propuestas federales

para el desarrollo económico y social, y para la promoción y protección

de actividades económicas, a través de instrumentos de política

tributaria.

5.

Proponer políticas tributarias de mediano y largo plazo orientadas a la sustentabilidad económica y social.

SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA

SUBSECRETARÍA DE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL

OBJETIVOS

1.

Asistir en el análisis e interpretación de la normativa tributaria internacional.

2.

Participar en las negociaciones de acuerdos tributarios internacionales para evitar la doble imposición.

3.

Analizar las tendencias de la tributación internacional y proponer posibles aplicaciones en el sistema tributario argentino.

4.

Proponer adecuaciones de la legislación interna para combatir la evasión y la elusión fiscal internacional.

5.

Diseñar e implementar mecanismos para favorecer la suscripción de tratados para el intercambio de información.

6.

Supervisar y evaluar el avance de los convenios y tratados suscriptos con otros Estados.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

OBJETIVOS

1.

Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos

estratégicos para la programación de la política económica y la

planificación del desarrollo.

2.

Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos

institucionales que promuevan la sistematicidad, coherencia, unidad y

organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la

Jurisdicción ministerial, en lo que es materia de su competencia.

3.

Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de las

políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de su

competencia, desarrollando criterios e indicadores que permitan un

adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación.

4.

Entender en la determinación de los objetivos de política económica

y elaborar las pautas que orienten al esquema de reestructuración y

negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional

en el ámbito de su competencia.

5.

Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en

el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) y otros espacios

económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia

específica.

6.

Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial

y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el

desempeño de la economía, y el impacto sobre la economía local de los

cambios en el contexto internacional.

7.

Programar y coordinar la realización de diagnósticos y seguimiento

de los niveles de vida, de pobreza de la población, del empleo y la

distribución del ingreso y coordinar la elaboración, propuesta y

seguimiento de estrategias y políticas tendientes a promover el

crecimiento económico con inclusión social, incorporandola perspectiva

de género.

8.

Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación

de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, desde el

punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos; y de

pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal

en el marco de la política económica vigente.

9.

Entender en la programación regional y sectorial de la política

económica nacional, coordinando con las distintas Jurisdicciones del

ESTADO NACIONAL a fin de establecer coherencia y complementariedad en

los lineamientos estratégicos de la política económica para el

desarrollo de largo plazo.

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA

OBJETIVOS

1.

Programar, coordinar y dirigir las tareas correspondientes al

seguimiento de la economía nacional e internacional, y entender en el

análisis de evaluación del impacto de los cambios en el contexto

internacional sobre la economía nacional.

2.

Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación

macroeconómica, efectuar el análisis de consistencia de las políticas

macroeconómicas y asistir en la elaboración y propuesta de pautas

macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el

marco de la política económica vigente.

3.

Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la

elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar

el desempeño de la economía y efectuar el seguimiento de las pautas de

programación fiscal nacional vigentes, evaluando su impacto sobre la

economía real.

4.

Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo

plazo basadas en experiencias internacionales o en acuerdos de

coordinación de políticas macroeconómicas.

5.

Efectuar el seguimiento y diagnóstico de los niveles de empleo,

pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, proponer vías de

acción para su mejoramiento, y asistir a la Secretaría en la

coordinación del diseño de estrategias y políticas tendientes a

promover el crecimiento económico con inclusión social.

6.

Asistir a la Secretaría en la elaboración y propuesta de criterios

para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones

fiscales desde el punto de vista de su finalidad e impacto económico,

así como en la determinación de los objetivos y pautas generales de la

política económica.

7.

Dirigir el seguimiento sistemático de las distintas cuentas del

balance de pagos y proponer las medidas tendientes a fortalecer el

desempeño del sector externo.

8.

Asistir a la Secretaría y a las áreas correspondientes del

MINISTERIO DE ECONOMÍA en la representación ante los grupos y

comisiones de trabajo en el marco del Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

y de otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con

su competencia específica.

SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA

SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN REGIONAL Y SECTORIAL

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en el diseño y análisis de la política

económica, considerando el impacto en el desarrollo productivo a nivel

regional y sectorial.

2.

Asistir a la Secretaría en el diseño de la programación económica

regional y sectorial, coordinando su accionar con las jurisdicciones

con competencia en la materia.

3.

Entender en la elaboración de indicadores e informes periódicos y en el análisis de impacto de las políticas productivas.

4.

Participar en la agenda del sector público referida a políticas para

el desarrollo productivo local, regional y sectorial, en coordinación

con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en

la materia.

5.

Realizar el seguimiento e identificación de sectores estratégicos de

la economía nacional, de acuerdo al diseño de la política

macroeconómica.

6.

Realizar análisis de rentabilidad, estructura de costos e incidencia tributaria en la actividad microeconómica.

7.

Evaluar los entornos micro y meso de la economía, en su vínculo estratégico con el desarrollo nacional.

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE FINANZAS

OBJETIVOS

1.

Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los

aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento

externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las

negociaciones inherentes al tema con entes financieros, nacionales,

extranjeros, públicos y privados y el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL

(FMI) y tomando a su cargo las relaciones con la comunidad financiera

internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior,

en el ámbito de su competencia.

2.

Diseñar las acciones tendientes a la preservación del crédito público.

3.

Coordinar la elaboración de las proyecciones presupuestarias del endeudamiento público y efectuar su seguimiento.

4.

Dirigir y supervisar el Sistema de Crédito Público, coordinar la

administración de la deuda pública y ejercer con la SECRETARÍA DE

HACIENDA las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los

Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

5.

Entender en la gestión y administración de la deuda pública externa de la REPÚBLICA ARGENTINA.

6.

Establecer las políticas de administración de los activos

financieros de la REPÚBLICA ARGENTINA y coordinar el análisis de los

aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea

parte.

7.

Intervenir, en coordinación con la SECRETARÍA DE HACIENDA y la

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en

las relaciones, negociaciones y representación del país con los

organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación

forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales y

particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de

los mismos.

8.

Intervenir, en coordinación con la SECRETARÍA DE HACIENDA, y la

SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en

todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones con los organismos

financieros internacionales de crédito bilaterales y multilaterales,

para el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de

información destinados a optimizar la ejecución de los programas con

dichos organismos.

9.

Entender en el diseño e implementación de políticas públicas

vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas

tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras

oficiales nacionales.

10.

Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los

servicios financieros, el desarrollo del mercado de capitales y al

financiamiento de la actividad productiva.

11.

Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que involucre al crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA.

12.

Entender en el análisis de la estructuración financiera del plan de

inversión pública, propiciando la preservación del crédito público de

la REPÚBLICA ARGENTINA e intervenir en la definición de los

requerimientos de financiamiento del Sector Público Nacional por los

que se originen o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

13.

Entender en el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones

por parte del Sector Público Nacional, con relación a la estructura

financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de

Participación Público- Privada, en la medida que involucre

endeudamiento público.

14.

Entender en la representación del MINISTERIO DE ECONOMÍA en

aquellos órganos societarios en empresas del sector financiero, donde

la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL posean participación accionaria

y la tenencia accionaria sea

ejercida por el MINISTERIO DE ECONOMÍA.

15.

Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO

NACIONAL en aquellas empresas del sector financiero con participación

estatal en el ámbito de la Jurisdicción.

16.

Entender en las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES,

la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO

NACIONAL, y en los aspectos administrativos de las relaciones de la

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA

ARGENTINA, del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y del BANCO HIPOTECARIO

SOCIEDAD ANÓNIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS

OBJETIVOS

1.

Supervisar la organización de los sistemas de información sobre mercados de capitales.

2.

Asesorar en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los

servicios financieros del mercado de capitales y del financiamiento de

la actividad productiva.

3.

Asesorar en el diseño e implementación de políticas públicas

vinculadas a la inclusión financiera y en la elaboración de propuestas

tendientes a coordinar el accionar de las entidades financieras

oficiales nacionales.

4.

Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que

involucre tanto al mercado de capitales como al mercado asegurador.

5.

Entender en la elaboración de propuestas que vinculen las normas

involucradas en los distintos servicios financieros y de aquellas

medidas que propicien la transparencia de los mercados financieros y la

protección del consumidor en dicho ámbito.

6.

Coordinar la participación del MINISTERIO DE ECONOMÍA y el accionar

de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los grupos

intergubernamentales, foros financieros internacionales, y foros de

cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero

Internacional.

7.

Coordinar las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO NACIONAL,

como así también los aspectos administrativos de las relaciones del

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y

del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARÍA DE FINANZAS

SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO

OBJETIVOS

1.

Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.

2.

Asistir en el diseño y ejecución de políticas y medidas relativas al

financiamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA,

interviniendo en las negociaciones inherentes a la materia con entes

financieros nacionales, extranjeros, públicos y privados.

3.

Asistir en la dirección y supervisión del Sistema de Crédito Público

y en la ejecución de las funciones de Órgano Responsable de la

Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector

Público Nacional.

4.

Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.

5.

Supervisar la organización de los sistemas de información y el registro del endeudamiento público.

6.

Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros

del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos

fiduciarios en los que éste sea parte.

7.

Asistir en las acciones orientadas a preservar el crédito público.

8.

Coordinar el análisis de los aspectos tributarios que afectan al crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA.

9.

Coordinar el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones por

parte del Sector Público Nacional relacionado con la estructura

financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de

Participación Público Privada, en la medida que involucre endeudamiento

público.

SECRETARÍA DE FINANZAS

UNIDAD DE GESTIÓN DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la gestión y administración de la deuda pública externa de la REPÚBLICA ARGENTINA.

2.

Supervisar el análisis de sustentabilidad de la deuda pública y la confección de estrategias de administración de pasivos.

3.

Participar en la vinculación con los titulares de la deuda pública externa.

4.

Participar en la elaboración de análisis técnicos que propendan a la sostenibilidad financiera de largo plazo.

5.

Analizar la evolución en los mercados internacionales de los títulos valores argentinos emitidos bajo legislación extranjera.

6.

Participar en instancias de discusión respecto de la deuda externa bajo legislación extranjera.

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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9º

XIII.- MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo del Ministerio.

2.

Coordinar el diseño e implementación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras en el Ministerio.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero.

4.

Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos de la Jurisdicción.

5.

Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de la Jurisdicción.

6.

Entender en la gestión documental de la Jurisdicción.

7.

Coordinar el servicio jurídico e intervenir en todos los actos administrativos en el ámbito de su competencia.

8.

Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las

contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y

demás adquisiciones destinadas a la Jurisdicción.

9.

Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo.

10.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo.

11.

Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e

inmuebles y servicios del Ministerio.

12.

Entender en la administración y coordinación de los sistemas y

recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la

Jurisdicción.

13.

Entender en los procedimientos de redeterminación de precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de la Jurisdicción.

14.

Coordinar la Comisión de Control y Seguimiento del Régimen de

Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de

Consultoría de Obra Pública de la Administración Pública Nacional,

conforme el Decreto N° 691/16

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1.

Coordinar el Gabinete de Asesores del/de la Ministro/a.

2.

Entender en la coordinación integral de los circuitos destinados a

dar respuesta a las cuestiones priorizadas por el/la Ministro/a.

3.

Entender y asistir al/a la Ministro/a en todas las cuestiones

vinculadas a los aspectos logísticos y administrativos propios del

desarrollo de sus funciones institucionales.

4.

Asistir al/a la Ministro/a en materia de relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.

5.

Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como

la difusión de contenidos, el desarrollo e implementación de la imagen

institucional y contenidos digitales de la Jurisdicción.

6.

Coordinar la relación con la prensa y los medios de comunicación de la Jurisdicción.

7.

Coordinar el seguimiento de los planes, programas y proyectos de las

distintas áreas del Ministerio para optimizar la gestión.

8.

Entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos,

herramientas y procedimientos para generar información de gestión en

coordinación con las áreas competentes.

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la elaboración, propuesta y ejecución de la política

nacional en todas las materias relacionadas con obras de

infraestructura habitacionales, viales, públicas e hídricas, en

especial en los programas de inversión y pre inversión pública de su

competencia y en la coordinación los planes, programas relativos a

dichas obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial y

municipal que correspondan a la Jurisdicción.

2.

Entender en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para

llamados a concurso y/o licitaciones, como así también entender en los

procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con

motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia, hasta su

finalización.

3.

Intervenir en el contralor respecto de los entes u organismos de

control de las áreas privatizadas o concesionadas de su competencia,

supervisando el cumplimiento de los marcos regulatorios

correspondientes.

4.

Elaborar, junto con las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES y los organismos nacionales y provinciales que correspondan, los

documentos técnicos necesarios para implementar y difundir las

políticas, estrategias, planes, programas, proyectos, obras e impactos

de la inversión pública.

5.

Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales,

municipales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en materia de su

competencia.

6.

Elaborar políticas en las materias relacionadas con obras públicas y

coordinar la ejecución de los planes y programas relativos a dichas

obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la

Jurisdicción, de conformidad con el marco regulatorio correspondiente.

7.

Participar en la propuesta, elaboración, ejecución, marco

regulatorio y proyectos de programas a realizar en materia de obras de

infraestructura habitacional, públicas, de prevención sísmica, y de

planificación territorial de la inversión pública, como así también de

las que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, a nivel

internacional, nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES y municipal, en coordinación con las demás áreas de la

Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

8.

Entender en la realización de proyectos de conservación,

preservación, mantenimiento, construcción y reciclaje, tanto edilicios,

como de infraestructura, y espacio público, y de obras específicas

solicitadas por los organismos o reparticiones del ESTADO NACIONAL.

9.

Intervenir en la ejecución de obras y administraciones de los

contratos, según las distintas modalidades de contratación, públicas y

público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea

encomendada al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS por otras Jurisdicciones y

áreas del ESTADO NACIONAL.

10.

Entender en la definición e implementación de criterios,

metodologías, herramientas y plataformas de gestión de información para

la mejora continua de los procesos de planificación, desarrollo de

proyectos y ejecución de obras.

11.

Entender en el desarrollo y coordinación de las políticas de

infraestructura que reduzcan la desigualdad entre la región Norte

-comprendida por las provincias de SALTA, JUJUY, TUCUMÁN, LA RIOJA,

CATAMARCA, MISIONES, CORRIENTES, CHACO, FORMOSA y SANTIAGO DEL ESTERO-

y el resto del país, en coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL

competentes en la materia.

12.

Entender en la elaboración y ejecución del Plan de Construcción de

Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones y ampliación de

los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO

PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y supervisión de las obras

penitenciarias, actualmente no afectadas al alojamiento de internos.

13.

Entender en el relevamiento de la infraestructura y en el

diagnóstico de las necesidades de construcción de los establecimientos

carcelarios con la asistencia de las unidades competes del MINISTERIO

DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN TERRITORIAL DE LA OBRA PÚBLICA

OBJETIVOS

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