INSTITUTO NACIONAL DE LA JUVENTUD

Rango Decreto
Publicación 2020-07-21
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 18
Historial de reformas JSON API
1.

Asistir a la Secretaría en la elaboración y propuesta de los

programas, proyectos y acciones en materia de obra pública cuya

implementación recaiga en el MINISTERIO DEOBRAS PÚBLICAS.

2.

Establecer estándares de calidad para la construcción y gestión de

las obras en coordinación con las áreas involucradas, y dictar normas

para la fiscalización de los materiales utilizados en la construcción

de las obras públicas y contratos de participación público-privada.

3.

Celebrar convenios con las provincias, los municipios, la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y otras entidades para el desarrollo e

implementación de proyectos, programas y acciones en el marco de su

competencia.

4.

Evaluar e intervenir en la gestión y la obtención de cooperación

técnica y financiera para el cumplimiento de los objetivos y políticas

del Ministerio, en coordinación con las áreas competentes de la

Administración Pública Nacional.

5.

Asistir a la Secretaría en la elaboración y planificación de la

política nacional de obras de infraestructura, y coordinar los planes y

programas a nivel nacional, regional, provincial, municipal y de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES que correspondan a la Jurisdicción.

6.

Asistir a la Secretaría en la elaboración y ejecución del Plan de

Construcción de Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones

y ampliación de los establecimientos carcelarios y unidades

dependientes del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y

supervisión de las obras penitenciarias, actualmente no afectadas al

alojamiento de internos.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE EJECUCIÓN DE OBRA PÚBLICA

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la ejecución de los programas, proyectos

y acciones en materia de obra pública cuya implementación recaiga en el

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS y en la elaboración y en la aprobación de

los pliegos de bases y condiciones particulares para los llamados a

concurso y/o licitaciones, como también en los procesos licitatorios y

contrataciones directas que se efectúen con motivo de las obras a

realizarse.

2.

Asistir a la Secretaría en la ejecución de obras y administración de

los contratos según las distintas modalidades de contratación, públicas

y público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea

encomendada al MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS por otras Jurisdicciones y

áreas del ESTADO NACIONAL y ejecutar las obras correspondientes a la

construcción, conservación de los edificios públicos y restauración de

monumentos históricos nacionales.

3.

Asistir a la Secretaría en la ejecución de la política nacional de

obras de infraestructura, coordinando acciones a nivel nacional,

regional, provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

que correspondan a la Jurisdicción.

4.

Intervenir en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones

que se aprueben en los procedimientos de selección en el ámbito de su

competencia.

5.

Gestionar un sistema de control e información geográfica de las

obras públicas de su competencia, consideradas en los planes

estratégicos sectoriales y globales.

6.

Participar, en el ámbito de su competencia, a solicitud de la

Jurisdicción responsable, en todo lo atinente al FONDO FIDUCIARIO

FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, creado por la Ley N° 24.855.

7.

Intervenir en la ejecución de los compromisos del ESTADO NACIONAL

con las diferentes agencias y organismos internacionales en cuanto a la

debida realización de los programas y proyectos que se establezcan bajo

su órbita, tanto en su gestión contable y financiera, como en el

seguimiento y evaluación de resultados e impacto de la ejecución.

8.

Entender en la inspección, control, administración y seguimiento de

las obras de competencia del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, de manera

coordinada con las distintas áreas ministeriales, según corresponda.

9.

Celebrar convenios con las provincias, municipios y la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y/u otras Entidades para el desarrollo e

implementación de los programas y acciones en el área de su competencia.

10.

Coordinar la ejecución de obras de infraestructura de integración

físico territorial con el resto de AMÉRICA DEL SUR, en coordinación con

las áreas competentes en la materia.

11.

Intervenir en los procedimientos de redeterminación de precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de su competencia.

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA

OBJETIVOS

1.

Asistir al/la Ministro/a en la elaboración, propuesta y ejecución de

la política hídrica nacional, incluyendo la obra pública de

infraestructura hidráulica y de saneamiento, supervisando su

cumplimiento; y coordinar los planes y programas relativos a dicha

política, a nivel internacional, nacional, interjurisdiccional,

provincial y municipal, que correspondan a la Jurisdicción.

2.

Proponer el marco regulatorio relativo al manejo de los recursos

hídricos y a la organización y fortalecimiento del sector de agua

potable y saneamiento, vinculando y coordinando la acción de las demás

Jurisdicciones y organismos intervinientes en la prestación y expansión

de los servicios.

3.

Participar en la propuesta, elaboración, ejecución, marco

regulatorio y proyectos de programas a realizar en materia de obras de

infraestructura hídricas y planificación territorial de la inversión

pública, como así también de las que surjan de los entes

desconcentrados y descentralizados, a nivel internacional, nacional,

regional, provincial y municipal, en coordinación con las demás áreas

de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia.

4.

Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes u

organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas de su

competencia.

5.

Ejercer las facultades de Autoridad de Aplicación del Contrato de

Concesión de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), en

cumplimiento del Marco Regulatorio de la Concesión establecido por la

Ley N° 26.221.

6.

Coordinar las actividades inherentes al Comité Ejecutor del Plan de

Gestión Ambiental y de manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo.

7.

Entender en lo atinente al Fideicomiso de Infraestructura Hídrica,

en el marco de lo previsto en el Decreto N° 1381/01, y en lo atinente a

otros fondos fiduciarios y fideicomisos vinculados a su competencia.

8.

Ejercer el contralor del accionar de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO

BERMEJO (COREBE), del COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO

(COIRCO) y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS

RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión

de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL, y participar, en la

órbita de su competencia, en la COMISIÓN DE COORDINACIÓN

INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY - PARANÁ.

9.

Intervenir en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones

para los llamados a concurso y/o licitaciones, como también en los

procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con

motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

10.

Intervenir en el diseño de la política exterior de la REPÚBLICA

ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales compartidos,

cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos y cuerpos de agua en

general, asumiendo la representación técnica, asistiendo en la gestión

y obtención de cooperación técnica y financiera internacional, en el

marco de su competencia.

11.

Participar en las actividades de la agenda nacional e internacional

del cambio climático que involucre al agua; y en la planificación,

programación, evaluación y/o ejecución de proyectos de mitigación de

las inundaciones en zonas rurales y periurbanas y avenamiento y

protección de infraestructura en zonas rurales y periurbanas,

incluyendo proyectos de obras de emergencia, solicitadas por las

provincias.

12.

Participar en la definición y monitoreo de los objetivos y metas

que involucren al agua (recursos hídricos y servicios de agua y

saneamiento) establecidas por los organismos internacionales en los

cuales interviene y suscribe el ESTADO NACIONAL.

13.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración,

propuesta y ejecución de las políticas sobre puertos y vías navegables.

14.

Supervisar el accionar de los organismos descentralizados en su ámbito.

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA

SUBSECRETARÍA DE OBRAS HIDRÁULICAS

OBJETIVOS

1.

Gestionar proyectos vinculados a las obras públicas hidráulicas, de

concesión de obras hídricas y de adaptación a los extremos climáticos,

realizando la gestión relativa a la participación de la Secretaría en

todo el ciclo de vida de las mismas, comprendiendo sus etapas de

proyecto, licitación, construcción, operación, mantenimiento y cese de

utilidad.

2.

Asistir a la Secretaría en todo lo referente a atender las

necesidades planteadas por las distintas Jurisdicciones para solucionar

problemas de naturaleza hídrica y contribuir al desarrollo de las

economías regionales.

3.

Participar en la elaboración de los pliegos y en el proceso de

licitación y de adjudicación de la obra pública hidráulica, en el marco

de su competencia, de conformidad con la legislación nacional vigente.

4.

Monitorear las obras financiadas y/o licitadas por la Secretaría que

se encuentran en ejecución en el área de su competencia, efectuando la

supervisión, inspección, control de marcha de obra, certificación y

redeterminación de los precios, según corresponda.

5.

Colaborar con las áreas del Ministerio con competencia específica en

la elaboración de proyectos de obras hidráulicas orientados al uso,

aprovechamiento, conservación y protección de los recursos hídricos.

6.

Asistir a la Secretaría en la evaluación y promoción del

establecimiento y aplicación de normas de la obra pública hidráulica y

su concesión.

7.

Asesorar a la Secretaría en los aspectos relativos a la contratación

de la obra pública hidráulica y de concesión de obras hídricas, como

también en lo inherente a la elaboración de los términos de la relación

contractual.

8.

Supervisar el cumplimiento de la legislación vigente en materia

ambiental y de normas de seguridad e higiene en el trabajo en las

distintas etapas de ejecución de las obras, en el marco de su

competencia.

9.

Informar sobre el estado de ejecución de las obras dentro del área

de influencia de la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR).

SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA

SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN OPERATIVA DE PROYECTOS HÍDRICOS.

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la planificación, coordinación, ejecución y

supervisión de la gestión operativa de los proyectos llevados a cabo

por la Secretaría, en el marco de la planificación estratégica de la

gestión de los recursos hídricos, para la preservación, el uso y el

aprovechamiento de los mismos, en coordinación con los organismos

competentes en la materia y Jurisdicciones involucradas.

2.

Asistir en la confección del planeamiento estratégico de la gestión

de los recursos hídricos, para su desarrollo sustentable y en forma

coordinada con los otros recursos naturales.

3.

Promover la formulación y ejecución de planes y programas orientados

al uso, aprovechamiento, conservación y protección de los recursos

hídricos.

4.

Asistir en la evaluación y/o ejecución de los proyectos de

infraestructura de obras hídricas, de recuperación de tierras

productivas, mitigación de inundaciones en zonas rurales y periurbanas

y avenamiento y protección de infraestructura en zonas rurales y

periurbanas, en el marco de lo establecido por el Decreto Nº 1381/01 y

de los convenios firmados con las provincias, a financiarse mediante el

Fideicomiso de Infraestructura Hídrica o préstamos de organismos

internacionales.

5.

Participar en el proceso de licitación, adjudicación, contratación y

concesión de la obra pública hidráulica y de saneamiento, en el marco

del circuito operativo de su competencia.

6.

Elaborar informes sobre el estado de ejecución físico y financiero

de las obras financiadas por el Fondo de Infraestructura y por el

Tesoro Nacional.

7.

Coordinar la aplicación efectiva y eficiente de los recursos financieros planificando la inversión en obras.

8.

Intervenir en las redeterminaciones de precios de los contratos de obra hídrica.

IF-2020-38977801-APN-DNDO#JGM

[IMG]

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de InfoLEG, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. InfoLEG
CC-BY 4.0 (atribución obligatoria a SAIJ)
Datos legislativos provistos por el Ministerio de Justicia de la República Argentina a través de la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ). Publicados en https://datos.jus.gob.ar bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional.