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ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Texto vigente a fecha 1970-01-02

**ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA NACIONAL**

Decreto 678/2017

**Modificación. Decretos Nros. 357/2002

y 692/2016.**

Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-07341043-APN-DDMYA#SGP, la Ley Nº

27.341, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus

modificatorios y complementarios, 255 de fecha 24 de diciembre de 2015,

692 de fecha 18 de mayo de 2016 y sus modificatorios, y 513 de fecha 14

de julio de 2017; y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 513 de fecha 14 de julio de 2017, modificatorio

de la Ley de Ministerios (t.o. Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias,

se suprimieron las competencias del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y

DEPORTES en materia de deportes profesional y de alto rendimiento y

recreación.

Que por el Decreto N° 255/15 y su similar N° 692/16 y sus

modificatorios, se aprobó la conformación organizativa y el primer

nivel operativo, respectivamente de la SECRETARÍA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN propicia

modificar su estructura organizativa a fin de optimizar el

funcionamiento de la misma, receptar lo señalado en la parte expositiva

del citado Decreto Nº 513/17, en cuanto a la necesidad de transferir

las competencias referidas al deporte profesional y de alto rendimiento

deportivo al ámbito de la precitada Secretaría, correspondiendo en

consecuencia incorporar, homologar y derogar diversas unidades, en el

Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la citada Secretaría.

Que la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del

MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Transfiérese de la órbita del MINISTERIO DE EDUCACIÓN al

ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la

SECRETARÍA DE DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN, con sus unidades

organizativas dependientes, sus respectivas competencias, cargos,

niveles de Función Ejecutiva, dotaciones, créditos presupuestarios y

bienes, con excepción de la DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN FÍSICA y

sus unidades dependientes.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1º del Decreto N° 357

de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios

—Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL

centralizada— el Apartado I, correspondiente a la SECRETARÍA GENERAL de

la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el que quedará redactado de conformidad

con el detalle obrante en la Planilla Anexa (IF-2017-17799448-APN-SGP)

al presente artículo, que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese del Anexo II al artículo 2° del Decreto N°

357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y

complementarios -Objetivos-, el Apartado I correspondiente a la

SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el que quedará

conformado según el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente

artículo (IF-2017-17799497-APN-SGP) que forma parte integrante del

presente Decreto.

ARTÍCULO 4°.- Apruébase la conformación organizativa de la SECRETARÍA

GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN de acuerdo con el organigrama

que como Anexo I (IF-2017-17799575-APN-SGP) forma parte integrante del

presente Decreto.

ARTÍCULO 5°.- Créase con dependencia directa de la SECRETARÍA DE

DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el

cargo extraescalafonario de Coordinador General de Comunicación

Estratégica de la Secretaría de Deportes, con rango y jerarquía de

Subsecretario, cuyas funciones se describen en la Planilla Anexa al

presente artículo (IF-2017-17799581-APN-SGP), que forma parte

integrante de la presente medida.

(Nota Infoleg: por art. 7° delDecreto N° 194/2020*B.O. 2/3/2020 se suprime el cargo extraescalafonario de Coordinador

General de Comunicación Estratégica de la Secretaría de Deportes,

creado por el artículo, con dependencia directa de la Ex SECRETARÍA DE DEPORTES de la

SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con rango y

jerarquía de Subsecretario)*

ARTÍCULO 6°.- Créase con dependencia directa de la SECRETARÍA DE

DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el

cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete de la Secretaría de

Deportes, con rango y jerarquía de Director Nacional y una remuneración

equivalente al Nivel A Grado 0 – Función Ejecutiva I del Régimen

Escalafonario instituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado

por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, el que

asistirá al Secretario de Deportes en el desarrollo de sus actividades.

ARTÍCULO 7º.- Apruébase la estructura organizativa de la SECRETARÍA DE

DEPORTES, dependiente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN, de conformidad con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y

Acciones que como Anexos I (IF-2017-17799608-APN-SGP) y II

(IF-2017-17799696-APN-SGP), forman parte integrante del presente

Decreto.

ARTÍCULO 8º.- Suprímese la COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS

PRESIDENCIALES, entonces COORDINACION GENERAL DE ASUNTOS TECNICOS Y

POLITICOS DE LA UNIDAD PRESIDENTE, que fuera creada por el artículo 2°

del Decreto N° 407 de fecha 16 de marzo de 2015.

ARTÍCULO 9º.- Asígnase a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN la cantidad de UN (1) cargo vacante de planta permanente de la

reserva de cargos aprobada por el artículo 2º de la Decisión

Administrativa Nº 284 del 5 de mayo de 2017 y detallada en el Anexo II

(IF-2017-08148952-APN-MM) de dicha medida, en los términos del artículo

2° de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017,

para ser aplicado a la creación de los cargos extraescalafonarios

dispuesta por los artículos 5º y 6º de la presente medida, conforme

Planilla Anexa al presente artículo (IF-2017-17799858-APN-SGP), que

forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 10.- Sustitúyense los Anexos Ia, Ib, Ic, Id, y Ie –

Organigramas- aprobados por el Decreto N° 692 del 18 de mayo de 2016,

sus modificatorios y complementarios, de conformidad con las planillas

Anexas al presente artículo Ia (IF-2017-17799974-APN-SGP), Ib

(IF-2017-17800102-APN-SGP), Ic (IF-2017-17800224-APN-SGP), Id

(IF-2017-17800298-APN-SGP) y Ie (IF-2017-17800354-APN-SGP) que forman

parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 11.- Suprímense del Anexo II al artículo 8º del Decreto Nº 692

del 18 de mayo de 2016, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la

DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INSTITUCIONAL, dependiente de la

SUBSECRETARÍA GENERAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN.

ARTÍCULO 12.- Incorpóranse al Anexo II al artículo 8° del Decreto N°

692 del 18 de mayo de 2016, la Responsabilidad Primaria y Acciones de

la DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD OCUPACIONAL, de la DIRECCIÓN GENERAL

DE ASUNTOS JURÍDICOS, ambas con dependencia de la SUBSECRETARÍA DE

COORDINACIÓN, y de la ADMINISTRACIÓN DE LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL DE

CHAPADMALAL, con dependencia de la SUBSECRETARÍA GENERAL, todas ellas

dependientes de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,

de conformidad con la planilla anexa al presente artículo

(IF-2017-17800375-APN-SGP), que forma parte integrante del presente

Decreto.

ARTÍCULO 13.- Sustitúyense del Anexo II al artículo 8º del Decreto N°

692 del 18 de mayo de 2016, las Acciones de la DIRECCIÓN GENERAL DE

ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN y de la

ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL DE OLIVOS, ambas

dependientes de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN y de la DIRECCIÓN

GENERAL DE AUDIENCIAS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN

PRESIDENCIAL, todas ellas de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE

LA NACIÓN, conforme se detalla en la Planilla Anexa al presente

artículo (IF-2017-17800445-APN-SGP), que forma parte integrante de la

presente medida.

ARTÍCULO 14.- Transfiérense el SECRETARIO PRIVADO, el SECRETARIO

ADJUNTO y el SECRETARIO ADSCRIPTO PARA ASUNTOS ESPECIALES, todos ellos

dependientes de la COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS PRESIDENCIALES de la

SECRETARÍA GENERAL a la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con

dependencia directa del Presidente de la Nación.

ARTÍCULO 15.- Facúltase al titular de la SECRETARÍA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, previa intervención de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, a aprobar la estructura organizativa de nivel

inferior a la aprobada por el presente Decreto, la que deberá prever un

máximo de ONCE (11) Direcciones y TRES (3) Coordinaciones, las que a

través de dicho acto serán incorporadas, ratificadas u homologadas,

según corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la

Jurisdicción, con Nivel III (Dirección) y IV (Coordinación).

ARTÍCULO 16.- Asígnase a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA

NACIÓN la cantidad de TRECE (13) cargos vacantes de planta permanente

de la reserva de cargos aprobada por el artículo 2º de la Decisión

Administrativa Nº 284 del 5 de mayo de 2017 y detallada en el Anexo II

(IF-2017-08148952-APN-MM) de dicha medida, en los términos del artículo

2° de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017,

para ser aplicados a la estructura aprobada por los artículos 7º y 12 y

a la facultad concedida en el artículo 15 del presente Decreto,

correspondiendo asignarles Nivel A -TRES (3) cargos- y B -DIEZ (10)

cargos, según lo dispuesto en el artículo 20 del Anexo al Decreto Nº

2098/08 y sus modificatorios, conforme Planilla Anexa al presente

artículo (IF-2017-17800493-APN-SGP), que forma parte integrante de esta

medida.

ARTÍCULO 17.- Incorpóranse, homológanse y deróganse en el Nomenclador

de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la SECRETARÍA

GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, según el detalle obrante en las

Planillas Anexas al presente artículo (IF-2017-17800519-APN-SGP), que

forman parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 18.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las

áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las

aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas,

las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias y

dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados de revista

escalafonarios, funciones ejecutivas y los suplementos adicionales que

tuviera asignados previstos en el Decreto N° 2098 de fecha 3 de

diciembre de 2008 y modificatorios.

ARTÍCULO 19.- Establécese que el Jefe de Gabinete de Ministros

realizará las readecuaciones presupuestarias pertinentes para proveer

el financiamiento que demande el dictado del acto.

Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias, la atención

de las erogaciones de la SECRETARIA DE DEPORTES serán imputadas con

cargo a los créditos vigentes de la Jurisdicción de origen.

ARTÍCULO 20.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente

medida será imputado a las partidas específicas del presupuesto vigente

para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 20.01 SECRETARIA GENERAL

de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con la salvedad dispuesta por el

artículo 19.
ARTÍCULO 21.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser

consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767

e. 25/08/2017 N° 62277/17 v. 25/08/2017

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2º

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

I - SECRETARÍA GENERAL

COORDINACIÓN GENERAL UNIDAD TÉCNICA G 20

CASA MILITAR

SECRETARÍA DE DEPORTES

IF-2017-17799448-APN-SGP

[IMG]

**Hoja

Adicional de Firmas**

Anexo

Número: F-2017-17799448-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL

ARTÍCULO 2º

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pagina/s.

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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°

PRESIDENCIA DE LA NACION

I. SECRETARÍA GENERAL

OBJETIVOS:

1.

Asistir en forma directa al PODER EJECUTIVO NACIONAL en las

atribuciones que le asigna el artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,

en lo relativo a las actividades de su competencia.

2.

Efectuar el seguimiento y la verificación del cumplimiento de las

directivas emanadas de la Presidencia de la Nación y realizar las

tareas especiales que ésta le encomiende, asesorándola, además, sobre

el diseño y actualización de la política del PODER EJECUTIVO NACIONAL

en el contexto de la realidad mundial y nacional, así como también en

materia de consolidación del proceso democrático.

3.

Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL para el diseño de políticas

públicas y en la relación con organizaciones y sectores representativos

de la comunidad.

4.

Supervisar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por

el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

5.

Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración del mensaje al

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, sobre el Estado de la Nación.

6.

Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración de los

mensajes, discursos y declaraciones públicas cuando se lo requiera.

7.

Efectuar el seguimiento de los temas que sean considerados

prioritarios por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, informando su desarrollo

y resultado.

8.

Coordinar el análisis desde el punto de vista político, de todas las

disposiciones que sean sometidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

9.

Coordinar sus tareas con las de las distintas Secretarías de la

Presidencia de la Nación, con las de la Jurisdicción Jefe de Gabinete

de Ministros y con las de los Ministros, con el objeto de optimizar el

resultado de la acción de gobierno.

10.

Coordinar el funcionamiento de las Comisiones Nacionales de

asesoramiento o simples asesorías permanentes o transitorias, sin

funciones ejecutivas, que dependan directamente del PODER EJECUTIVO

NACIONAL.

11.

Asistir en la coordinación de las relaciones entre el PODER

EJECUTIVO NACIONAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

12.

Administrar y ejecutar el Presupuesto de la Jurisdicción.

13.

Asistir en materia presupuestaria, a las áreas presidenciales de su

propia jurisdicción y a las que no cuenten con servicio administrativo

financiero propio.

14.

Conducir los aspectos logísticos y administrativos relacionados con

los viajes del PODER EJECUTIVO NACIONAL y con la flota presidencial de

aeronaves, y determinar las prioridades presupuestarias para el área.

15.

Intervenir en la asistencia presupuestaria para los viajes

presidenciales.

16.

Conducir la administración de todos los recursos humanos,

materiales, informáticos, de comunicaciones, financieros y legales

afectados a la Jurisdicción, y asimismo coordinar esos recursos

materiales, informáticos, de comunicaciones y financieros con las áreas

de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que forman parte de su jurisdicción, y

las que no cuenten con servicio administrativo propio.

17.

Asistir al Titular del PODER EJECUTIVO NACIONAL y su cónyuge en

todo lo concerniente al ceremonial, protocolo, audiencias y designación

de comitivas y asuntos de índole privada, requiriendo de los organismos

de la Administración Pública Nacional la colaboración necesaria para el

cumplimiento de sus funciones.

18.

Entender en las temáticas relativas a la comunicación del Señor

Presidente de la Nación.

19.

Entender en la organización y logística de los eventos

internacionales en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, que se

realicen en territorio nacional y en el exterior, en coordinación con

las áreas competentes en la materia.

20.

Entender en lo relativo a la promoción y desarrollo en el país de

la actividad deportiva en todas sus formas, con excepción a la de

carácter educativo.

21.

Intervenir como Autoridad de Aplicación en el establecimiento de

políticas, planes, programas e infraestructura vinculados al fomento y

al desarrollo integral del deporte a nivel local e internacional, en

todas sus etapas y niveles de competencia y de recreación en todas sus

formas y modalidades, en coordinación con los organismos nacionales,

provinciales, municipales e instituciones privadas.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

COORDINACIÓN GENERAL UNIDAD TÉCNICA G20

OBJETIVOS:

1.

Organizar y desarrollar todo lo atinente al Cronograma de eventos y

actividades de la Presidencia Argentina G20 2018 incluyendo la Cumbre

de Líderes, las reuniones de nivel ministerial, las reuniones

correspondientes al Track de Finanzas G20 así como aquellas

correspondientes al segmento de Sherpas incluyendo, además, la

asistencia a los Grupos de Trabajo (Working Groups).

2.

Impulsar e intervenir en la coordinación de las actividades y

eventos a ser organizados a través de los Grupos de Enlace G20

(Engagement Groups) y otros encuentros de vinculación externa asociados

con temáticas G20.

3.

Coordinar con los organismos correspondientes el desarrollo de los

respectivos cronogramas de reuniones y otras actividades de la

Presidencia argentina G20 2018, así como de eventos conexos que

pudieran surgir en el ejercicio de dicha Presidencia.

4.

Coordinar, con las áreas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y

CULTO responsables de la XI Conferencia Ministerial de la Organización

Mundial de Comercio (OMC), aspectos de agenda, programación, seguridad

y transportes, relativos a la realización de las actividades previstas

en el ámbito de su competencia.

5.

Intervenir y/o celebrar contratos, convenios y todo tipo de acuerdos

o instrumentos necesarios para la instrumentación de la Presidencia

Argentina G20, en el ámbito de su competencia.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

OBJETIVOS:

1.

Asesorar y coordinar la ejecución de las tareas que le encomiende el

Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y en particular

aquellas destinadas a asegurar la eficacia de la gestión y el mejor

cumplimiento de sus atribuciones.

2.

Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en el

diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, en la formulación y programación de la ejecución

presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el

ejercicio financiero.

4.

Efectuar la coordinación administrativa, financiera y de recursos

humanos de todas las áreas integrantes de la Jurisdicción y de las

entidades descentralizadas dependientes, así como la planificación de

las actividades de administración.

5.

Entender en materia de higiene y seguridad en el trabajo y medio

ambiente en los ámbitos de residencia permanente o transitoria del

Presidente y su grupo familiar.

6.

Coordinar la obtención, sistematización y presentación del

asesoramiento que se requiera para el cumplimiento de las funciones del

PODER EJECUTIVO NACIONAL y para el establecimiento de objetivos,

políticas y criterios de gestión.

7.

Asistir al Secretario General en la administración de los recursos

humanos, informáticos, materiales y financieros de la SECRETARIA

GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y asimismo a las Secretarías y

organismos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a los cuales brinde apoyo

administrativo.

8.

Coordinar el seguimiento y trámite de los pedidos de informe que el

PODER EJECUTIVO NACIONAL solicite al Jefe de Gabinete de Ministros, a

los Ministros Secretarios y demás organismos de la Administración

Pública Nacional.

9.

Asistir técnica y administrativamente al Secretario General de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en la coordinación del funcionamiento de las

Comisiones Nacionales de asesoramiento o simples asesorías permanentes

o transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente del

PODER EJECUTIVO NACIONAL.

10.

Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación

administrativa, determinando para cada trámite, las unidades de la

jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema

respectivo.

11.

Asistir en la preparación de la información y el seguimiento de

actividades derivadas de los viajes presidenciales.

12.

Proveer y coordinar los sistemas informáticos y de comunicaciones

de la Presidencia de la Nación.

13.

Asistir administrativamente al Secretario General en todo lo

atinente a la coordinación de los viajes del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

14.

Administrar la Intendencia de la Casa de Gobierno y la Residencia

Presidencial de Olivos.

15.

Coordinar el servicio jurídico de la jurisdicción y la

representación del Estado en juicio en las causas en las que deba

intervenir la Secretaría y sus dependencias, e intervenir en todos los

proyectos de leyes, decretos, decisiones Administrativas o resoluciones

que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad

sustantiva de la jurisdicción.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES

OBJETIVOS

1.

Asistir al Presidente de la Nación en los asuntos relativos a su

competencia específica.

2.

Participar en la relación con las organizaciones y sectores

políticos, sociales, económicos y representativos de la comunidad a

nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipal, en el ámbito de su competencia.

3.

Participar en el diseño y administración de un sistema de

información que permita el seguimiento de la acción de gobierno.

4.

Asistir al Presidente de la Nación durante sus viajes en los

aspectos destinados a alcanzar y sistematizar los logros predefinidos.

5.

Asistir técnica y logísticamente al Secretario General de la

PRESIDENCIA DE LA NACION en todo lo atinente a la coordinación de los

viajes del PODER EJECUTIVO

NACIONAL y la flota presidencial de aeronaves.

6.

Coordinar y entender en el tratamiento de la documentación y las

cuestiones dirigidas por vía oral o escrita al señor Presidente de la

Nación.

7.

Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION en todo

lo ateniente a la coordinación de ceremonial y protocolo.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA GENERAL

OBJETIVOS:

1.

Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en lo

relativo a las actividades que promuevan la coherencia política de la

acción de gobierno y la coordinación del asesoramiento requerido para

el establecimiento de objetivos, políticas y criterios de gestión.

2.

Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN en los

asuntos relativos a su competencia específica, en especial los

vinculados a políticas de interés para el PODER EJECUTIVO NACIONAL, que

le sean requeridos y representarlo cuando así se le encomiende.

3.

Verificar el cumplimiento de las instrucciones emanadas de la

PRESIDENCIA DE LA NACION que le encomiende al Secretario del área.

4.

Coordinar la obtención, análisis y sistematización de la información

para el diseño de políticas públicas.

5.

Coordinar el diseño y la administración de un sistema de información

que permita el seguimiento de la acción de gobierno.

6.

Elaborar e implementar estudios, programas y proyectos especiales

que le encomiende el Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

7.

Realizar el análisis político de los asuntos que la PRESIDENCIA DE

LA NACION solicite al Secretario del área, o de aquellas disposiciones

que se sometan a consideración del señor Presidente de la Nación.

8.

Participar en la determinación y sistematización de los objetivos y

logros alcanzados durante los viajes presidenciales, como asimismo en

la obtención y desarrollo de la información necesaria a esos efectos.

9.

Administrar la Residencia Presidencial de Chapadmalal.

10.

Entender en la gestión del Museo Casa Rosada.

PRESIDENCIADE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

**SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN

PRESIDENCIAL**

OBJETIVOS:

1.

Asistir al Secretario en todo lo concerniente a la comunicación del

Presidente de la Nación.

2.

Entender en la elaboración de los contenidos de las redes sociales

del Presidente de la Nación.

3.

Coordinar la información producida por las áreas de la Jurisdicción

en las temáticas relativas a discurso, eventos, prensa, redes y

ceremonial.

4.

Supervisar la publicación de la agenda presidencial en la página web

del Gobierno Nacional.

5.

Coordinar la difusión de las actividades del Presidente de la Nación

con las áreas competentes de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de

la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

6.

Coordinar con los Ministerios Nacionales y otros organismos

pertenecientes al sector público nacional, las actividades que

requieren la presencia del Presidente de la Nación

7.

Organizar, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO

DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, las visitas del Presidente de

la Nación a las provincias y municipios.

8.

Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION en todo

lo atinente a las audiencias presidenciales.

9.

Asistir al Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION en todo

lo atinente a la coordinación de eventos a desarrollarse en el ámbito

de su competencia específica.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

CASA MILITAR

OBJETIVOS:

1.

Proveer la seguridad del señor Presidente de la Nación y sus

familiares directos, como así también de la Casa de Gobierno,

Residencia Presidencial de Olivos y otros lugares de residencia

transitoria del señor Presidente y su familia.

2.

Atender el ceremonial militar de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y

coordinar lo atinente al ceremonial y protocolo del Regimiento de

Granaderos a Caballo General San Martín.

SECRETARÍA GENERAL

SECRETARÍA DE DEPORTES

OBJETIVOS:

1.

Entender en la orientación, programación, promoción, coordinación,

asistencia, ordenamiento y fiscalización de la actividad deportiva del

país en todas sus formas, de conformidad con la legislación deportiva

vigente, con excepción a la de carácter educativo.

2.

Participar en la elaboración de las normas que requiera la

implementación de la legislación deportiva vigente y asesorar a los

organismos públicos y privados en los aspectos relacionados con su

aplicación.

3.

Entender en la elaboración de planes, programas y proyectos

destinados al fomento y desarrollo del deporte, promoviendo los

principios de la ética deportiva y haciendo partícipe de ella a todos

los integrantes del sistema deportivo nacional.

4.

Participar en el ordenamiento del sistema de instituciones

deportivas.

5.

Entender en la asignación de recursos destinados al fomento del

deporte.

6.

Entender en la promoción y en la orientación del entrenamiento

deportivo y el desarrollo de competencias, en coordinación con los

organismos públicos o privados correspondientes.

7.

Entender en la promoción y en la orientación de la investigación

científica y el estudio de los problemas científicos y técnicos

relacionados con el deporte, así como en la asistencia al deportista,

cualquiera sea su nivel competitivo, en el cuidado de su salud y en la

mejora de su rendimiento, con especial énfasis en la prevención y

control del dopaje.

8.

Intervenir en la elaboración de un sistema tendiente a unificar y

perfeccionar los títulos habilitantes para el ejercicio de las

profesiones vinculadas al deporte y otras especialidades afines a la

materia, así como sus normas regulatorias, en coordinación con las

autoridades educativas competentes.

9.

Entender en el desarrollo del deporte de base en todo el territorio

de la Nación, en coordinación con los organismos nacionales,

provinciales, municipales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES e

instituciones privadas.

10.

Entender en la promoción de sistemas integrados de planificación,

proyecto, dirección y supervisión de las obras de infraestructura

deportiva a nivel nacional, considerando especialmente el desarrollo de

centros regionales de alto y mediano rendimiento y de tecnología

aplicada al deporte.

11.

Intervenir en la formación permanente de los recursos humanos que

actúan en las actividades deportivas y de recreación.

12.

Participar en aquellos aspectos vinculados al desarrollo de

actividades deportivas practicadas en forma profesional y/o amateur, de

los deportes en sus diversas manifestaciones de alto rendimiento.

13.

Entender en la representación del ESTADO NACIONAL, como socio del

ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO.

14.

Proponer y celebrar convenios, acuerdos o instrumentos, con entes

públicos o privados, estatales y no estales, internacionales,

interjurisdiccionales, nacionales, provinciales o municipales, en el

ámbito de su competencia.

SECRETARÍA GENERAL

SECRETARÍA DE DEPORTES

**SUBSECRETARIA DE DEPORTES Y ALTO

RENDIMIENTO DEPORTIVO**

OBJETIVOS:

1.

Entender en la planificación de programas de desarrollo deportivo

con las administraciones provinciales, municipales, de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y regionales.

2.

Entender en la implementación de mecanismos de evaluación y en la

utilización de las instalaciones, equipos y los materiales destinados

al deporte.

3.

Establecer y supervisar con las Federaciones Nacionales estrategias

y acciones comunes para el desarrollo del deporte de alto rendimiento.

4.

Coordinar y ejecutar con los Gobiernos Provinciales y las entidades

federativas, nacionales o locales, programas de captación y desarrollo

de talentos deportivos, cuidando para tal fin los principios éticos y

pedagógicos correspondientes.

5.

Entender en la asistencia al deportista, en el cuidado de su salud y

en la mejora de su rendimiento.

6.

Entender en las acciones tendientes a la prevención y control del

uso indebido de drogas en la práctica y competencias deportivas.

7.

Entender en la planificación de infraestructura deportiva en el

mediano y alto rendimiento.

8.

Intervenir en la elaboración de la legislación referente al

desarrollo deportivo en todos sus niveles.

9.

Participar en el desarrollo de actividades deportivas practicadas en

forma profesional y/o amateur, en sus diversas manifestaciones

deportivas y de alto rendimiento.

10.

Coordinar las tareas de generación de estadísticas e información

deportiva.

11.

Asistir en la representación del ESTADO NACIONAL, como socio del

ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO.

SECRETARÍA GENERAL

SECRETARÍA DE DEPORTES

**SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA

DEPORTIVA Y RECREACIÓN**

OBJETIVOS:

Entender en el desarrollo de las actividades físicas relacionadas

con la utilización del ocio y el tiempo libre, en contacto con el medio

natural, en todo el territorio de la Nación, en coordinación con los

organismos nacionales, provinciales, municipales e instituciones

privadas.

Ejecutar las obras del Plan Nacional de Infraestructura del

Deporte propuestas y las relevadas por la SECRETARÍA DE DEPORTES.

Promover actividades recreativas y competencias deportivas a fin

de preservar y fomentar las oportunidades formativas que brinda el

deporte.

IF-2017-17799497-APN-SGP

[IMG]

**Hoja

Adicional de Firmas**

Anexo

Número: F-2017-17799497-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL

ARTÍCULO 3º

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 12

pagina/s.

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IF-2017-17799575-APN-SGP

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Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número: F-2017-17799575-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL

ARTÍCULO 4º

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1

pagina/s.

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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 5°

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SECRETARÍA DE DEPORTES

COORDINADOR GENERAL DE COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA DE LA SECRETARÍA DE

DEPORTES

FUNCIONES:

1.

Asistir al Secretario de Deportes en la formación del vínculo de la

Secretaria de Deportes con las instituciones internacionales vinculadas

al deporte.

2.

Colaborar en la representación de la Secretaria de Deportes en los

juegos Olímpicos de la Ciudad y demás organizaciones de carácter

deportivo a llevarse a cabo en el país.

3.

Asistir al Secretario de Deportes en la búsqueda de mecanismos para

fomentar el deporte nacional.

4.

Colaborar en la coordinación de los lineamientos de la comunicación

y contenidos de prensa entre las diferentes áreas de la Secretaría de

Deportes.

IF-2017-17799581-APN-SGP

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**Hoja

Adicional de Firmas**

Anexo

Número: F-2017-17799581-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL

ARTÍCULO 5º

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1

pagina/s.

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ANEXO I

(Artículo 7º)

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IF-2017-17799608-APN-SGP

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**Hoja

Adicional de Firmas**

Anexo

Número: F-2017-17799608-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: ANEXO I (Artículo

7º)

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1

pagina/s.

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ANEXO II

(Artículo 7°)

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SECRETARÍA DE DEPORTES

**SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y ALTO

RENDIMIENTO DEPORTIVO**

DIRECCION NACIONAL DE DEPORTE FEDERADO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Establecer junto con las Federaciones Nacionales el plan de apoyos

económicos a eventos y competencias internacionales e impulsar el

desarrollo de las Unidades de Formación Deportiva.

ACCIONES:

1.

Facilitar la articulación con las administraciones provinciales y la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en los programas de desarrollo

deportivo.

2.

Colaborar con las Federaciones Nacionales, en los programas de apoyo

al deporte federado y de alto nivel, desde una visión estratégica y

sustentable.

3.

Diseñar y proponer el cronograma de uso de las instalaciones.

4.

Establecer conjuntamente con las Federaciones Nacionales, el plan de

becas para atletas y entrenadores.

5.

Desarrollar las Unidades de Formación Deportiva vinculadas a las

Administraciones Provinciales de Deportes y la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES y a las Federaciones Deportivas Nacionales.

6.

Colaborar en la formación permanente de atletas y entrenadores de

alto rendimiento deportivo.

**SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y ALTO

RENDIMIENTO DEPORTIVO**

**DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO

DEPORTIVO E INVESTIGACION**

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el desarrollo de un plan nacional de fomento del deporte

argentino y de la proyección de mediano y largo plazo de acciones que

incidan en su gestión integral. Proponer la legislación y la normativa

que favorezcan el impulso de políticas públicas orientadas al

desarrollo del deporte.

Entender en el desarrollo de acciones de prevención y control del uso

indebido de sustancias prohibidas en la práctica y competencias

deportivas.

ACCIONES:

1.

Elaborar un plan de requerimientos y necesidades de soporte de los

programas que conforman el sistema deportivo nacional.

2.

Diseñar e implementar planes innovadores sobre formación y

desarrollo deportivo.

3.

Promover líneas de investigación sobre distintas problemáticas

deportivas, elaborar informes y diagnósticos del sistema deportivo

nacional, con el objeto de optimizar la toma de decisiones.

4.

Implementar planes de capacitación a los efectos de formar recursos

humanos especializados en ciencia, gestión y tecnificación deportiva.

5.

Gestionar planes tendientes a la prevención y control del uso

indebido de sustancias prohibidas en la práctica y competencias

deportivas.

6.

Programar y realizar el relevamiento, sistematización y análisis de

la información de la inversión ejecutada por los distintos niveles de

la SECRETARÍA DE DEPORTES.

7.

Coordinar el seguimiento del desempeño de los programas de la

Secretaría promoviendo la elaboración de sistemas, instrumentos e

indicadores de desempeño y de evaluación de calidad, incluyendo pruebas

internacionalmente comparables.

8.

Promover la organización y coordinar una red federal de información

deportiva que provea los datos necesarios para la evaluación de la

gestión y los resultados del Sistema Deportivo Nacional.

9.

Asistir en la elaboración de proyectos de ley necesarios para la

formulación de políticas de estado referidas al deporte.

**SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA

DEPORTIVA Y RECREACIÓN**

**DIRECCION NACIONAL DE DEPORTES Y

ACTIVIDAD FISICA**

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir en el desarrollo de las actividades recreativas y de

interacción con el medio natural, por gestión propia o por acuerdo con

administraciones públicas, provinciales, municipales o de la CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Coordinar la organización y ejecución de los juegos nacionales.

ACCIONES:

1.

Planificar, organizar, dirigir y controlar los juegos nacionales,

convencionales y adaptados.

2.

Acordar, con las administraciones provinciales de deporte y las

federaciones nacionales, las sedes de cada uno de los juegos nacionales.

3.

Elaborar e implementar programas de actividad física y recreación

para adultos mayores.

4.

Estimular las actividades propias de interacción con el medio

natural o acordando intercambios entre las diferentes provincias

argentinas.

5.

Colaborar en la planificación e implementación de competencias

regionales de fortalecimiento deportivo.

6.

Implementar programas de actividad física orientados a la salud y a

la prevención de enfermedades evitables.

7.

Desarrollar acciones vinculadas al deporte urbano y a la salud.

8.

Favorecer la integración con países limítrofes a través de

competencias deportivas.

**SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA

DEPORTIVA Y RECREACIÓN**

**DIRECCION NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA

Y EQUIPAMIENTO DEPORTIVO**

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Programar y ejecutar las acciones relativas al desarrollo,

mantenimiento y equipamiento de la infraestructura deportiva a nivel

nacional.

ACCIONES:

1.

Establecer los sistemas integrados de planificación, proyecto,

dirección y supervisión de las obras de infraestructura deportiva, de

acuerdo con los lineamientos políticos establecidos por la Secretaría.

2.

Elaborar anteproyectos, proyectos, pliegos técnicos y documentación

sobre la base de las políticas y estrategias que orienten el desarrollo

del deporte

3.

Asistir en la evaluación de proyectos de infraestructura deportiva

propios y/o de otras instituciones que por su contribución a las

políticas deportivas nacionales, requieran asistencia en los aspectos

técnicos y materiales.

4.

Identificar y programar las necesidades de mantenimiento y mejora de

infraestructura y equipamiento de los centros destinados al

entrenamiento y competencia de alto nivel.

5.

Entender en la supervisión del mantenimiento, conservación y

funcionamiento general de los servicios en todas las instalaciones

deportivas que se hallaren en predios bajo la jurisdicción de la

SECRETARÍA DE DEPORTES, y el control de las empresas contratadas para

tal fin.

6.

Ejecutar y supervisar el mantenimiento del CENTRO NACIONAL DE ALTO

RENDIMIENTO DEPORTIVO (CENARD).

7.

Entender en la administración y supervisión de los diversos predios

que se encuentran bajo la jurisdicción de la Secretaría.

8.

Asistir en la implementación de acciones y proyectos que tengan por

finalidad la actualización y la optimización en el uso de los espacios

físicos afectados a la práctica de actividades deportivas en los

predios bajo la jurisdicción de la Secretaría.

9.

Entender en la evaluación de las necesidades de equipamiento

deportivo, de equipos informáticos, de muebles de oficina e insumos

para los distintos predios bajo la jurisdicción de la Secretaría y en

la elaboración de los pliegos técnicos y documentación necesaria para

la adquisición de dicho equipamiento.

10.

Entender en el control de los bienes adquiridos para un fin

específico con el objetivo de verificar que cumplan con dicha finalidad

y llevar un estado patrimonial de los mismos.

11.

Articular la logística para el traslado del equipamiento a los

distintos predios bajo la jurisdicción de la SECRETARÍA DE DEPORTES.

IF-2017-17799696-APN-SGP

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**Hoja

Adicional de Firmas**

Anexo

Número: F-2017-17799696-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: ANEXO II (Artículo

7°)

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 5

pagina/s.

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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9º

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IF-2017-17799858-APN-SGP

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Hoja Adicional de Firmas

Anexo

Número:

F-2017-17799448-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL

ARTÍCULO 9º

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1

pagina/s.

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IF-2017-17799974-APN-SGP

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**Hoja

Adicional de Firmas**

Anexo

Número: F-2017-17799974-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: Planilla Anexa al

artículo 10 Anexo Ia

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1

pagina/s.

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IF-2017-17800102-APN-SGP

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**Hoja

Adicional de Firmas**

Anexo

Número: F-2017-17799448-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: Planilla Anexa al

artículo 10 ANEXO Ib

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1

pagina/s.

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IF-2017-17800224-APN-SGP

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**Hoja

Adicional de Firmas**

Anexo

Número: F-2017-17800224-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: Planilla Anexa al

artículo 10 ANEXO Ic

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1

pagina/s.

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**Hoja

Adicional de Firmas**

Anexo

Número: F-2017-17800298-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: Planilla Anexa al

artículo 10 ANEXO Id

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1

pagina/s.

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**Hoja

Adicional de Firmas**

Anexo

Número: F-2017-17800354-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: Planilla Anexa al

artículo 10 ANEXO Ie

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1

pagina/s.

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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 12

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

**DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD

OCUPACIONAL**

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Controlar el cumplimiento de las normas en materia de Higiene,

Seguridad en el Trabajo y Medio Ambiente en las dependencias de la

Jurisdicción que funcionan en el ámbito de la Casa de Gobierno, como

así también en la Residencia Presidencial de Olivos y la Residencia

Presidencial de Chapadmalal.

ACCIONES:

1.

Coordinar con los organismos que posean dependencias en la Casa de

Gobierno el cumplimiento de las normas y los requerimientos de higiene,

seguridad y medio ambiente laboral.

2.

Diseñar e instrumentar las medidas necesarias para mantener las

condiciones de seguridad, higiene y cuidado del medio ambiente en el

sector presidencial y en las restantes áreas dependientes de la

Secretaría, de conformidad con las normas vigentes en la materia.

3.

Diseñar un plan de higiene seguridad y medio ambiente en el trabajo

para coordinar la aplicación de las medidas de prevención de accidentes

o enfermedades derivadas de la actividad laboral.

4.

Diseñar e instrumentar los Planes de Contingencias a aplicar en las

dependencias de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

5.

Gestionar las actividades derivadas del ejercicio de la

representación técnica frente a organismos de control en la materia.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Prestar asesoramiento en los asuntos de carácter jurídico de

competencia de la Secretaría y sus dependencias y representar al Estado

Nacional en todos aquellos procesos en los que deban intervenir las

mismas.

Prestar asesoramiento legal sobre los proyectos de actos que tramiten

en la jurisdicción y proponer, en su caso, textos alternativos con

ajuste a las normas jurídicas aplicables.

ACCIONES:

1.

Analizar el ajuste a las normas constitucionales, legales y

reglamentarias de los actos administrativos y demás asuntos que

tramiten en la Secretaría.

2.

Proponer textos alternativos cuando los proyectos que se someten a

su consideración presenten deficiencias de orden jurídico o resulte

necesario su perfeccionamiento.

3.

Ejercer la representación y defensa del Estado en juicio cuando las

causas involucren a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA

NACION y sus dependencias.

4.

Dictaminar en los recursos que deban sustanciarse en la jurisdicción

y en todos los casos en que, conforme a la normativa vigente,

corresponda la intervención del Servicio Jurídico Permanente en el

ámbito de la Secretaría y sus dependencias.

5.

Dictaminar en todos los casos que pudieren dar lugar a la aplicación

del régimen administrativo disciplinario, aconsejando, si

correspondiere, la instrucción del sumario pertinente y en las

oportunidades que así se requiera conforme la normativa que rige la

materia.

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA GENERAL

**ADMINISTRACIÓN DE LA RESIDENCIA

PRESIDENCIAL DE CHAPADMALAL**

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Gestionar el funcionamiento integral de la Residencia Presidencial de

Chapadmalal, y prestar atención directa al Presidente de la Nación y su

familia durante su estadía en el lugar y/o a los funcionarios

autorizados.

ACCIONES:

1.

Organizar y coordinar las actividades de mantenimiento de las

instalaciones, servicios y todo aquello necesario para asistir al

Presidente de la Nación y su familia durante su estadía en la

Residencia Presidencial.

2.

Coordinar con las áreas competentes lo relacionado con los actos

oficiales, las reuniones protocolares y las audiencias programadas,

durante la estadía del Presidente de la Nación en la Residencia.

3.

Coordinar con las áreas pertinentes las gestiones relacionadas con

el régimen laboral del personal de la Residencia, su carrera

administrativa y con la contratación de los servicios y suministros

requeridos.

4.

Gestionar y controlar las mejoras y obras que se realicen en la

Residencia.

5.

Coordinar con las áreas competentes los servicios de custodia para

el Presidente de la Nación y/o funcionarios autorizados, durante su

permanencia en el lugar.

6.

Coordinar la realización de todos los actos y reuniones oficiales

que se desarrollen en la Residencia, cuando la misma no sea utilizada

por el Presidente de la Nación.

IF-2017-17800375 -APN-SGP

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**Hoja

Adicional de Firmas**

Anexo

Número: F-2017-17800375-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL

ARTÍCULO 12

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 4

pagina/s.

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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 13

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

**DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE

RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN**

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al

personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo y el

análisis, planificación y diseño organizacional.

ACCIONES:

1.

Atender todo lo vinculado con la administración de los recursos

humanos de la Jurisdicción, y demás Secretarias y organismos de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a los cuales asiste.

2.

Desempeñar la coordinación institucional para la evaluación de los

puestos de trabajo, proponiendo las modificaciones adecuadas.

3.

Efectuar propuestas de reingeniería organizacional a requerimiento

de la Subsecretaría.

4.

Entender en todo lo relacionado con la prestación de la asistencia y

el control médico al personal de la Jurisdicción y de los organismos a

los cuales se brinda apoyo.

5.

Establecer relaciones con los representantes gremiales,

administrando los acuerdos resultantes de los convenios y negociaciones

colectivas, en coordinación con las áreas competentes.

SECRETARÍA GENERAL

**SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN

PRESIDENCIAL**

DIRECCIÓN GENERAL DE AUDIENCIAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Tramitar las solicitudes de audiencias formuladas al Señor Presidente

de la Nación, tanto en el país como en el exterior, y asesorar respecto

del temario, importancia y prioridad de las mismas.

ACCIONES:

1.

Asistir a la SUBSECRETARIA DE COMUNICACIÓN PRESIDENCIAL en el

asesoramiento al Primer Magistrado con relación al temario, importancia

y prioridad de las audiencias, así como en relación a los antecedentes

de las personas a las que se hubiera concedido audiencia.

2.

Tramitar y administrar las audiencias solicitadas al señor

Presidente de la Nación, tanto en el país como en sus viajes al

exterior, a fin de lograr eficiencia en su diligenciamiento.

3.

Organizar y mantener un sistema de información relacionado con las

solicitudes de audiencias y su materialización, en coordinación con las

áreas competentes.

4.

Atender las delegaciones y personalidades que concurran a

entrevistarse con el señor Presidente de la Nación, tanto en el país

como en el exterior.

5.

Realizar las derivaciones a los organismos correspondientes, de

aquellas solicitudes cuyo tenor no hiciera necesaria la concreción de

entrevista directa con el señor Presidente de la Nación.

6.

Efectuar la derivación y seguimiento de los requerimientos

planteados por solicitudes de audiencia no concedidas, informando al

causante de las gestiones realizadas, a efectos de brindar solución a

aquéllos. 7. Confeccionar y difundir, cuando corresponda, la agenda del

Primer Mandatario, coordinando con las distintas áreas una mejor

organización del tiempo del señor Presidente de la Nación.

SECRETARÍA GENERAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

**ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA

RESIDENCIA PRESIDENCIAL DE OLIVOS**

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Conducir el funcionamiento integral de la Residencia Presidencial de

Olivos y prestar la atención directa al Presidente de la Nación durante

su permanencia en la misma.

ACCIONES:

1.

Organizar las distintas actividades de la Residencia

2.

Monitorear el correcto funcionamiento y estado de los sectores

reservados para el Presidente de la Nación y de los destinados a actos

y reuniones oficiales.

3.

Coordinar con las áreas competentes las gestiones relacionadas con

el régimen laboral del personal de la Residencia, su carrera

administrativa y con la contratación de los servicios y suministros

requeridos.

4.

Proveer conjuntamente con la Casa Militar de la Presidencia de la

Nación y con la comisaría de la Casa de Gobierno los servicios de

custodia para el Presidente de la Nación durante su permanencia en el

área y en sus desplazamientos fuera de la misma.

5.

Organizar y coordinar los servicios requeridos para el desarrollo de

los actos oficiales, las reuniones protocolares y las audiencias que se

realicen en la Residencia Presidencial de Olivos.

IF-2017-17800445-APN-SGP

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**Hoja

Adicional de Firmas**

Anexo

Número: F-2017-17799448-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL

ARTÍCULO 13

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 3

pagina/s.

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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 16

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IF-2017-17800493-APN-SGP

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**Hoja

Adicional de Firmas**

Anexo

Número: F-2017-17800493-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL

ARTÍCULO 16

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 1

pagina/s.

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PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 17

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IF-2017-17800519-APN-SGP

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**Hoja

Adicional de Firmas**

Anexo

Número: F-2017-17800519-APN-SGP

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 22 de Agosto de 2017

Referencia: PLANILLA ANEXA AL

ARTÍCULO 17

El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 4

pagina/s.

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