← Texto vigente · Historial

INICIATIVA PRIVADA

Texto vigente a fecha 1970-01-02

RED VIAL INTERPROVINCIAL

Decreto 685/98

**Declárase incluida en el régimen establecido

en el Decreto Nº 1105/89 la iniciativa de la empresa Pardo

Rabello Consultora Sociedad Anónima, ampliatoria de un

proyecto presentado oportunamente, orientada a potenciar el impacto

del desarrollo sobre extensas regiones en las que se carece de

adecuada infraestructura vial.**

Bs. As., 11/06/98.

B.O: 18/06/98.

VISTO el Expediente Nº 561-000216/98 del Registro del MINISTERIO

DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y los Decretos Nº

1056 de fecha 3 de octubre de 1997 y Nº 1105 de fecha 20

de octubre de 1989, modificado por su similar Nº 635 de fecha

11 de julio de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 1056/97, fue declarada incluida

en el régimen establecido en los incisos l) y ll) del artículo

58 del Decreto Nº 1105/89, agregado por el artículo

1º de su similar Nº 635/97, la iniciativa presentada

por la Empresa PARDO RABELLO CONSULTORA SOCIEDAD ANONIMA.

Que la Empresa PARDO RABELLO CONSULTORA SOCIEDAD ANOMINA ha evaluado

la conveniencia de enriquecer el proyecto en estudio con opciones

estratégicas de altísima prioridad, con la finalidad

de potenciar el impacto del desarrollo sobre extensas regiones

en las que se carece de adecuada infraestructura vial.

Que, por tal motivo, la Empresa PARDO RABELLO CONSULTORA SOCIEDAD

ANONIMA ha presentado una ampliación del proyecto original

que tramita a través de la actuación citada en el

Visto.

Que la propuesta de ampliación aludida resulta acorde con

la política de incentivación y desarrollo de la

economía que está impulsando el Gobierno Nacional.

Que las nuevas obras presentadas por la Empresa PARDO RABELLO

CONSULTORA SOCIEDAD ANONIMA fortalecen los objetivos considerados

al analizar la propuesta original.

Que es de interés del PODER EJECUTIVO NACIONAL que se amplíe,

incluyéndose las nuevas obras presentadas por la Empresa

PARDO RABELLO CONSULTORA SOCIEDAD ANONIMA, la iniciativa privada

que, mediante Decreto Nº 1056/97, fuera declarada incluida

en el régimen establecido en los incisos I) y II) del artículo

58 del Decreto Nº 1105/89, agregado por el artículo

1º de su similar Nº 635/97.

Que resulta necesario aprobar nuevos términos de referencia,

que adecuen los lineamientos establecidos en los Términos

de Referencia de los estudios de factibilidad técnico-económico

aprobados por el Decreto Nº 1056/97, a las características

particulares de las nuevas obras incluidas en el proyecto.

Que la ampliación del proyecto requerirá de un nuevo

plazo para la presentación de los estudios de factibilidad

técnico-económico correspondientes a las nuevas

obras incluidas.

Que el artículo 3º del Decreto Nº 1056/97 aceptó

la garantía constituida por la Empresa PARDO RABELLO CONSULTORA

SOCIEDAD ANONIMA, en cumplimiento de lo establecido por el inciso

I), apartado III), del artículo 58 del Decreto Nº

1105/89, agregado por el artículo 1º del Decreto Nº

635/97.

Que el inciso II), apartado II del artículo 58 del Decreto

Nº 1105/89, agregado por el artículo 1º del Decreto

Nº 635/97, establece que en caso de que se introdujeran modificaciones

al proyecto original, la garantía de mantenimiento de la

iniciativa deberá ajustarse en monto, tiempo y modo a los

términos de referencia fijados.

Que la Empresa PARDO RABELLO CONSULTORA SOCIEDAD ANONIMA absorberá

los gastos y honorarios necesarios para la realización

de los nuevos estudios, dentro del monto presupuestado en origen.

Que en virtud de lo expresado en el considerando precedente, no

corresponde ampliar la garantía aceptada por el artículo

3º del Decreto Nº 1056/97, en tanto ésta se mantenga

vigente durante el plazo estipulado por el régimen aplicable.

Que a fojas 67 del expediente citado en el Visto luce en fotocopia

la renuncia expresa efectuada por la Empresa PARDO RABELLO CONSULTORA

SOCIEDAD ANONIMA a todo tipo de reembolso, por parte del ESTADO

NACIONAL y/o de eventuales o futuros concesionarios, de gastos

o costos en los que incurriera y/o se deriven como consecuencia

de la realización de los estudios que demandaría

la iniciativa privada que, mediante Decreto Nº 1056/97, fuera

declarada incluida en el régimen establecido en los incisos

l)

y ll) del artículo 58 del Decreto Nº 1105/89, agregado

por el artículo 1º de su similar Nº 635/97.

Que siendo la presente propuesta una ampliación del proyecto

original, corresponde hacer extensiva la referida renuncia a los

gastos o costos que demanden los estudios de factibilidad técnico-económico

de las nuevas obras incluidas en la iniciativa.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención

que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas

por la Ley Nº 17.520, modificada por su similar Nº 23.696,

reglamentadas por el Decreto Nº 1105/89, modificado por Decreto

Nº 635/97.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Declárase incluida en el

régimen establecido por los incisos l) y ll) del artículo

58 del Decreto Nº 1105 del 20 de octubre de 1989, agregado

por el artículo 1º de su similar Nº 635 del 11

de julio de 1997, a la iniciativa presentada por la Empresa PARDO

RABELLO CONSULTORA SOCIEDAD ANONIMA, la cual resulta ampliatoria

del proyecto oportunamente presentado por la aludida empresa y

que fuera incluido en el mencionado régimen por el Decreto

Nº 1056, de fecha 3 de octubre de 1997.

Art. 2º- Apruébase los términos de referencia

presentados por la firma citada, que como Anexo forman parte integrante

de la presente medida.

Art. 3º- Mantiénese la garantía constituida

por la Empresa PARDO RABELLO CONSULTORA SOCIEDAD ANONIMA en los

términos del inciso l), apartado III), del artículo

58 del Decreto Nº 1105 del 20 de octubre de 1989, agregado

por el artículo 1º de su similar Nº 635, del

11 de julio de 1997, aprobada por el artículo 3º del

Decreto Nº 1056 del 3 de octubre de 1997.

Art. 4º- Fíjase en CIENTO OCHENTA (180) días

el plazo en que el proponente deberá realizar y presentar

los estudios correspondientes a la ampliación de su iniciativa.

Art. 5º- Establécese que el COMITE CONSULTOR

DE EVALUACION DEL PROYECTO, constituido por el artículo

4º del Decreto Nº 1056 del 3 de octubre de 1997, intervendrá

a los fines indicados en el inciso m) del artículo 58 del

Decreto Nº 635, del 11 de julio de 1997, aprobada por el

artículo 3º del Decreto Nº 1056 del 3 de octubre

de 1997.

Art. 6º- Fíjase el plazo de CIENTO VEINTE (120)

días, contados desde la presentación de los estudios,

para que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se pronuncie por su aceptación

o rechazo.

Art. 7º- Establécese que no se reconocerán

costos reembolsables, ni honorarios a favor de la Empresa PARDO

RABELLO CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANONIMA.

Art. 8º- Establécese que en el supuesto de

que el PODER EJECUTIVO NACIONAL desestimare el proyecto, cualquiera

fuera la causa, la Empresa PARDO RABELLO CONSULTORA SOCIEDAD ANONIMA,

no tendrá derecho a percibir ningún tipo de compensación

de gastos, reembolso de costos o percepción de honorarios.

Art. 9º- El dictado de la presente medida no importa

limitación alguna para el ESTADO NACIONAL respecto de la

eventual evaluación, estudio y/o contratación de

nuevas obras viales y/o modificación de las ya existentes.

Art. 10º- Comuníquese, publíquese, dése

a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

ANEXO

RED PROVINCIAL DE AUTOPISTAS

TERMINOS DE REFERENCIA PARA EL ESTUDIO DE FACTIBILIDAD TECNICO-ECONOMICO

OBRAS COMPLEMENTARIAS

1. - OBJETO

El estudio de factibilidad técnico-económico se

referirá a las obras complementarias que amplían

el proyecto original denominado: R.I.A. (RED INTERPROVINCIAL DE

AUTOPISTAS).

Los lineamientos generales se encuentran parcialmente contenidos

en las propuestas presentadas el 30 de marzo del corriente año,

y sus complementarias posteriores en el Expediente Nº 561-000216/98

del Registro del Ministerio de Economía y Obras y Servicios

Públicos.

La médula conceptual de estas obras complementarias al

proyecto original, radica en la conveniencia de enriquecerlo con

opciones estratégicas de altísima prioridad en zonas

que carecen de adecuada infraestructura vial de modo tal de proveer

una solución a la necesidad de comunicar a las distintas

regiones del país, integrando a todo el territorio nacional

en una red única de autopistas.

El estudio referido será abarcativo de los aspectos técnicos,

legales y financieros, propios de un estudio de factibilidad técnico-económico,

con el alcance que se detalla en estos términos de Referencia.

No incluirá un proyecto ejecutivo de ingeniería.

En cambio, el estudio incluirá el análisis de la

conservación, mantenimiento y eventual explotación

del servicio, como así también aquellas complejidades

jurídico-económicas derivadas de las distintas competencias

jurisdiccionales.

Las obras complementarias a la R.I.A. proyectada originariamente,

comprenderán 10 módulos de autopista y rutas, que

totalizan aproximadamente 3826 km.

Las nuevas obras proyectadas, complementarias de la R.I.A. estarán

además divididas en tramos. La longitud de los módulos

y tramos propuestos se encuentran indicados en los 14 (catorce)

cuadros, anexos al presente, formando parte integrante de estos

Términos de Referencia.

El estudio partir de la realización de un INVENTARIO VIAL

de las rutas existentes entre las localidades mencionadas y se

desarrollará sobre la base de soluciones similares de modo

que, como regla general, la red a estudiar utilizará, casi

en su totalidad, las rutas ya construidas como una de las calzadas

(ascendente o descendente) de las nuevas autopistas, en su caso,

o la adecuación y pavimentación de los caminos señalados

y sin pavimentar.

El estudio se regirá por las Instrucciones generales para

Estudios y Proyectos de Caminos de la Dirección Nacional

de Vialidad.

Las velocidades directrices de las rutas y autopistas serán

las correspondientes a la nueva Ley de Tránsito, debiéndose

adaptar las mismas a las condiciones del terreno que atraviesa

en cada caso.

El "INVENTARIO VIAL", punto de partida de este estudio

y que se describe más abajo, tiene por objeto relevar todos

los hechos existentes recogidos de las rutas que abarca el estudio.

La situación existente será, en la mayoría

de los casos, copia de lo que se deberá construir en la

nueva segunda calzada, en los casos de transformación de

rutas en autopistas.

En los caminos a pavimentar se adecuará la obra básica

y estructura existente, previamente a su pavimentación

según normas técnicas en uso por la Dirección

Nacional de Vialidad.

El resultado final de este estudio es el cómputo y presupuesto

con un buen nivel de aproximación de cada kilómetro

que compone la red, teniendo en cuenta no sólo la doble

vía a construir, sino también, como se mencionó

en el párrafo anterior, la posible necesidad de rehabilitar

las calzadas existentes o sus obras complementarias (repavimentación

de calzadas, reconstrucción de puentes o de alcantarillas,

reposición de barandas y alambrados, etc.), como así

también, para el caso de pavimentación de rutas.

Entiéndese que los cómputos y presupuestos para

esta etapa no tendrán mayor alcance que el necesario para

un estudio de factibilidad técnico-económico, y

eventualmente será perfeccionado y/o complementado en la

etapa de estudios de ingeniería y proyectos ejecutivos.

2. - INVENTARIO VIAL

Se realizará un INVENTARIO VIAL, completo y detallado

de cada uno de los módulos de obras complementarias, agregados

a la R.I.A. proyectada originalmente. En el mismo se detallarán

todos los hechos existentes recopilados "in situ".

La información que figurará en la documentación

se referirá a: obras de arte mayores y menores, cruces,

intersecciones, ingreso a campos, defensas, columnas de iluminación,

interferencias con servicios públicos (líneas de

transmisión de energía, gasoductos, acueductos,

etc.), estado y tipo de calzada y banquina, forestación

y demás accidentes relevantes.

Dicho relevamiento detallado se volcará en planillas creadas

a tal fin, para luego hacer referencia de cada hecho relevante

de las rutas adicionales, en una planimetría (ver apartado

correspondiente).

El nivel de detalle de dicho inventario, tanto para autopistas

como para los casos de pavimentación de las calzadas existentes,

será el necesario para obtener como resultado las dos informaciones

siguientes, que se refieren tanto a autopistas como a la pavimentación

de calzada:

1) Inventariar dicho elemento para luego reproducir funcionalmente

lo mismo en la nueva calzada de la autopista o sólo en

la pavimentación de la calzada existente, según

el caso; y

2) Poder determinar técnicamente el estado actual de la

calzada existente y de cada componente de la misma ante la posibilidad

de tener que ser rehabilitada, reconstruida o pavimentada.

2.1. - Recorrido de la traza

Previo al recorrido, el particular presentante podrá obtener

toda la información disponible de la D.N.V., en lo que

respecta a los hechos existentes de la traza a recorrer (tipo

de calzada, paquete estructural, tipo de puentes y su conformación

estructural, etc.).

El presentante se compromete a realizar un minucioso recorrido

de la traza existente para realizar el INVENTARIO VIAL, el mismo

será realizado por profesionales de alto reconocimiento

técnico en el área a relevar.

Todos los datos tomados en dicho relevamiento serán luego

volcados en planillas de tipo Excel. También se fotografiarán

los tramos de rutas a relevar con la densidad de fotos necesaria

para tener una buena representación de cada tramo, de forma

tal que aporte al INVENTARIO VIAL no sólo una información

numérica sino, además, una visual.

Se pondrá especial atención en los desmontes y terraplenes

de la traza existente, ya que, probablemente, una solución

similar se empleará para construir una nueva doble vía

o su pavimentación, afectando en forma directa al cómputo

y presupuesto a desarrollar. Asimismo, y teniendo en cuenta la

importancia de los desagües, se tratarán de obtener

todos los datos existentes posibles en el tema, para determinar

la solución altimétrica de la calzada.

3. - DOCUMENTACION A PREPARAR

3.1. - Planimetría General y Particular

Se elaborará en Autocad una planimetría en escala

1:10.000 de cada uno de los módulos de la red proyectada.

En el mismo se representarán, a nivel de croquis, todos

los hechos relevados como así también una nueva

traza de la doble vía proyectada cuando técnicamente

resulte necesario. Igualmente en el caso de simple pavimentación.

Se colocará además una referencia a la información

volcada en las planillas del Inventario Vial.

En todos los casos se utilizará la conformación

estructural y geométrica de los planos tipo (ver apartado

correspondiente) adaptándola a la situación en particular

que se está tratando.

En esta planimetría general se marcará la zona de

afectación actual como así también para la

nueva situación.

En los casos de puentes, distribuidores u otras obras de arte

de alta complejidad se harán planimetrías particulares

en escala 1:1000.

3.2.1. - Generalidades

Se tratará de lograr un diseño básico de

puentes de luces moderadas, que pueda ser adoptado al mayor número

posible de casos, sobre la base de un proyecto modulado por partes

típicas, que puedan cubrir un rango lo más amplio

de soluciones, considerando las diversas combinaciones posibles.

Se definirán los casos básicos de proyecto: puentes

carreteros, puentes ferroviarios o puentes peatonales, estos últimos

llamados también pasarelas. Las cargas y los lineamientos

de proyecto para cada caso, se podrán tomar de los reglamentos

de la D.N.V. o de la dependencia ferroviaria que corresponda.

Sólo se realizarán el número necesario de

proyectos ejecutivos de puentes tipo con el objeto de determinar

un costo representativo por metro cuadrado de estructura, que

luego se utilizarán en todos los puentes que el proyecto

requiera a los fines de ser incluidos en el cómputo y presupuesto

final de cada uno de los módulos.

3.2.2. - Superestructura

Se entiende que en un puente la superestructura es la parte que

más fácilmente puede adaptarse a una solución

básica repetitiva, estando limitada fundamentalmente por

la luz a salvar.

Se adoptará un esquema de "n" tramos isostáticos,

tantos como sean necesarios para salvar la luz total del proyecto

(Lt.). Se definirá en cada caso, la luz parcial (Lp.) más

conveniente a adoptar teniendo en cuenta los aspectos técnicos

y los económicos.

La tipología a emplear, en el caso de los puentes carreteros,

dada su gran difusión y comprobada eficiencia, será

la de un emparrillado de vigas de arriostramiento transversales

y losa de tablero de hormigón "in situ". Las

vigas mantendrán en todos los casos el mismo ritmo de separación

en sentido transversal, con lo que la única variable en

función de la luz parcial será la viga principal

a adoptar, y eventualmente la adecuación de las vigas transversales.

En el diseño de las vigas principales se respetarán

determinadas dimensiones de su sección transversal, de

manera que los encofrados sean fácilmente adaptables a

cada necesidad. En todos los casos, las losas tendrán las

mismas dimensiones y armaduras.

En el caso de los puentes ferroviarios, se tratará de lograr

un diseño básico con dos vigas de hormigón

premoldeado, pretensado por vía, con tablero inferior cerrado.

Nuevamente, la variable en función de la luz y del ancho

de la trocha será la viga a adoptar en cada caso. El tablero

dependerá fundamentalmente de la trocha que se trate.

En todos los casos, se lograrán diseños unificados

para barandas, veredas, juntas, desagües y demás detalles

constructivos típicos.

3.2.3. - Infraestructura

Se entiende que, a diferencia de la superestructura, la infraestructura

no resulta tan fácil de tipificar, debido al elevado número

de variables que intervienen en su diseño: la capacidad

portante de los suelos, aspectos hidráulicos, relieve del

terreno, proximidad a otros obstáculos, etc.

No obstante ello, para los tres tipos de puentes antes mencionados,

se estudiarán y proyectarán distintas combinaciones

de luces parciales y totales y gálibos a respetar, fundaciones

de pilas y estribos del tipo directa, indirecta y sobre macizos

de suelo mecánicamente estabilizados. En determinados

obstáculos, como ser cursos de agua, se evaluarán

las que resulten alternativas viables.

En el caso de los puentes típicos, se formará ,

por lo tanto, un glosario de elementos básicos a partir

de los cuales se pueda, mediante algunos ajustes necesarios, obtener

rápidamente un proyecto estructural. El proyecto de estos

elementos constructivos se realizará teniendo en cuenta

los avances tecnológicos en la materia, que permitan trabajar

con elementos industrializados, a fin de economizar tiempo y costos.

Tal como se dijo anteriormente, el estudio de las soluciones de

infraestructura también queda limitado a los casos típicos.

Los planos a presentar serán:

Planimetría general. Escala 1:200 ó 1:250.

Vigas prefabricadas. Encofrados y armaduras. Escala 1:50,

detalles 1:20 ó 1:25.

Tablero. Encofrados y armaduras. Escala 1:100, detalles 1:20

ó 1:25.

Pilas para un caso estándar. Encofrado y armaduras.

Escala 1:50, detalles 1:20 ó 1:25.

Estribos. Encofrados y armaduras. Escala 1:50, detalles 1:20

ó 1.25.

Los detalles complementarios (barandas, iluminación, carpeta

de desgaste, losas de aproximación, juntas de dilatación,

desagües, etc.) podrán obtenerse de los planos tipos

de la D.N.V.

3.3 - Distribuidores tipo

Se confeccionarán tres distribuidores tipo: diamante, trompeta

y trébol. Estos distribuidores se diseñarán

a nivel de detalle, dado que podrán ser utilizados como

modelo para la totalidad de los distribuidores que contendrían

las obras complementarias de la R.I.A.

Los planos a presentar para dichos distribuidores son:

Planimetría general en Esc. 1:500.

Perfil longitudinal en Esc. H.: 1:1000, Esc. V: 1:100 (cotas

relativas).

Perfiles transversales a lo largo de cada uno de los ejes

de las calzadas que componen el distribuidor cada 20 m, Esc. H.:

1:200, V: 1:100.

Se confeccionará en planillas Excel o similar una tabla

con el cómputo de todos los elementos que llevará

el distribuidor.

3.4. - Perfil Tipo y Paquete Estructural

Se confeccionarán planos con los perfiles tipo de la obra

a proyectar, como así también del anteproyecto del

paquete estructural a construir para la nueva doble vía.

En dicho plano se graficará además el paquete estructural

de la calzada existente y también para el caso de simple

pavimentación.

Se partirá del supuesto que la nueva calzada tendrá

igual o similar conformación estructural que la calzada

existente y en los casos de pavimentación, su conformación

estructural, será acorde con las normas de la D.N.V., en

especial, para las condiciones climáticas extremas del

sur país.

3.5. - Cómputos y presupuestos

Se confeccionará en planillas de tipo Excel o similar,

detallando cómputo y presupuesto.

Para el análisis de precios se utilizará principalmente

la información sobre precios de obras similares en el mercado

vial, local o internacional.

Entre los elementos que compondrán dicho cómputo

y presupuesto, se destacarán los siguientes ítems

generales de alto interés:

Forestación:Se enumerará la selección

de especies vegetales que se proyecta introducir en cada zona

de camino, de acuerdo con criterios ecológicos, funcionales,

económicos y de disponibilidad en el mercado.

Zonas de descanso: Se definirán zonas de descanso

con las comodidades primordiales del caso. Se los ubicará

en zonas de arboledas existentes o se deberá prever la

forestación a tal fin.

Areas de servicios: De características similares

a las zonas de descanso, pero con mayor alcance en cuanto a las

comodidades al servicio del usuario (restaurantes, servicios médicos

de emergencia, servicios telefónicos, etc.).

4. - SITUACIONES ESPECIALES

4.1. - Zonas Urbanas;

En los cruces de zonas urbanas o urbanizadas de hecho, se estudiará

un nuevo trazado que circunvale la urbanización. De este

modo, un trazado urbano se podrá transformar en un trazado

rural nuevo que funcione como by pass de la ciudad o pueblo, para

lograr una eficiente organización de tránsito.

4.2. - Curvas Peligrosas

Se entiende que una causal de realineamiento de la traza existente

está constituida por las curvas peligrosas actuales, por

lo que se considerarán soluciones alternativas que eventualmente

podrán requerir una nueva zona de afectación para

acomodar a dicha variante.

4.3. - Compra de la Tierra

Se ponderará el costo de adquisición de la tierra

para el ensanche de la traza, la ejecución de distribuidores,

y reas de servicio en base a valores de la tierra por zonas,

calculadas sobre bases aceptables por el Tribunal de Tasaciones

de la Nación.

Se analizar la posibilidad de implementar un programa de avance

de adquisiciones de tierra por avenimiento durante el período

licitatorio, utilizando un crédito puente, reembolsable

cuando se adjudique cada concesión.

5. - ASPECTOS ECONOMICOS

La propuesta de ampliación, tal como lo está el

proyecto original, estará sustentada en un enfoque que

no sólo proyecte al futuro una serie de beneficios monetarios

basados en ahorro de costos operativos de vehículos, sino

que evalúe otro tipo de costos y beneficios privados y

sociales.

Con respecto a la proyección de tránsito a utilizar,

la evaluación económica se realizar tomando en

cuenta la proyección de la demanda de tránsito en

el año medio de la vida útil del proyecto, computado

a partir de la fecha tentativa de la inauguración de la

R.I.A.

El proyecto será evaluado como un sistema único

integrado, y no desagregado en tramos parciales. Por ende, la

existencia de tramos que actualmente tienen tránsito insuficiente

para su autofinanciación por peaje, no será óbice

para la factibilidad del conjunto. Lo que se buscará determinar

es si el conjunto de ingresos del sistema es suficiente para cubrir

el recupero de la totalidad de las inversiones, con sus costos

financieros.

Dado que el proyecto estudiará un sistema de red que alcance

a todo el territorio y no se límite a brindar el servicio

público de autopista, exclusivamente en las zonas más

ricas del país, la existencia de tramos de fomento no invalidará

el proyecto en la medida en que los ingresos cubran los costos

totales.

El particular presentante entiende que, si se aplicara el criterio

de evaluación del proyecto solamente en base al T.M.D.A,

(Tránsito Medio Diario Anual) y a su autofinanciación

por peaje, sólo se podrían construir autopistas

en las zonas más ricas y se deberían dejar de lado

las regiones más pobres, con lo cual la brecha de desarrollo

entre las distintas regiones se iría acrecentando en el

tiempo.

El criterio de la evaluación será amplio teniendo

en cuenta, por ejemplo, los resultados obtenidos a lo largo de

más de treinta años con la ejecución del

Interstate Highway System de los Estados Unidos. En este sentido

se considerarán los siguientes aspectos:

5.1. - Impacto en la reducción de accidentes. Se

entiende que la alta tasa de siniestralidad en las carreteras

de nuestro país se debe a que casi todas ellas son de sólo

dos carriles y se ven transitadas por elevado número de

camiones con reducida relación potencia/peso, lo cual se

ve acrecentado, en tramos y/o sectores, a causa de distintos factores

climáticos desfavorables que dificultan aún más

la transitabilidad. La importancia que adquieren en el tránsito

los vehículos de carga deriva de que ellos movilizan por

lo menos el 80 % de la carga interurbana terrestre. Por otra parte,

al haberse en los últimos años suprimido el ferrocarril

como alternativa para el transporte de pasajeros, en la mayoría

de la proyectada red, ha aumentado el tránsito de ómnibus

de larga distancia, que dado su carácter de vehículos

de transporte colectivo, constituye uno de los problemas más

sensibles de seguridad.

5.2. - Impacto en la reducción de fletes. En función

de la mayor utilización del parque de transporte, conseguida

gracias a una mayor velocidad de los camiones; por la menor cantidad

de accidentes que redundará menores costos de seguros;

menor consumo de combustible.

5.3. - Impacto en los costos de producción agropecuaria.Ya sea por incremento o reducción de precios de insumos

y servicios, especialmente de fletes. Se tomará en cuenta

la disminución del costo de fletes carreteros y la mayor

accesibilidad de las zonas productoras a los puertos de ultramar.

5.4. - Impacto en la recaudación fiscal

5.5. - Impacto en el crecimiento del tránsito futuro.

Tanto de carga como de pasajeros, en vista a las nuevas facilidades,

dado que la disponibilidad de una infraestructura capaz de proveer

un servicio de alta calidad, estimulará el incremento del

tránsito actual.

5.6. - Impacto en el ahorro del tiempo para los usuarios.Se

evaluarán las economías de tiempo de travesía,

considerando la importancia que tiene la carretera en el desplazamiento

de personas.

**5.7. - Impacto en el desarrollo regional y social con un horizonte

de 10 a 15 años.** La disponibilidad de una infraestructura

de transporte de calidad superior, al reducir los costos de transporte,

tenderá a una gradual relocalización de las actividades

en sitios donde es mayor la disponibilidad de mano de obra, o

donde se den otras condiciones favorables que actualmente no pueden

ser plenamente aprovechadas. Esto atenuará, en el largo

plazo, la concentración económica en el Area Metropolitana

de Buenos Aires.

5.8. - Impacto en el proceso de descentralización.Tanto

urbana como a nivel nacional y prevención de las migraciones

internas.

5.9. - Impacto en el crecimiento del turismo.Atento a

las nuevas facilidades y a la integridad del servicio (considerar

áreas de servicios cada 100 km.). La disminución

de accidentes, la posibilidad de realizar los viajes en un tiempo

menor, la disminución del precio de los servicios de transporte,

la disponibilidad generalizada de áreas de servicios, estimularán

el turismo nacional e internacional al interior del país,

propiciando el desarrollo de la industria hotelera, promoviendo

un mayor ingreso de divisas a nivel nacional y promoviendo una

mejor distribución de la riqueza entre regiones.

**5.10. - Impacto en el intercambio con el MERCOSUR con un horizonte

de 10 a 15 años.** Lo que repercutirá mejorando

la posibilidad de que el mismo se amplíe con la incorporación

de Chile, ya que la red propuesta mejorará la vinculación

de puntos fronterizos como Paso de los Libres, Las Cuevas, etc.

5.11. - Impacto en el empleo. El efecto será directo

e inmediato al ponerse en marcha las construcciones creándose

puestos de trabajo para las obras en sí mismas y en la

industria proveedora de piedra, cemento, asfalto y servicios varios.

En una segunda etapa, quedará el mayor empleo creado por

el desarrollo económico inducido por las mejoras.

**5.12. - Impacto en la ejecución de senderos para ciclistas

y ciclomotores en zonas semi urbanas y/o semi rurales, para las

familias de menores ingresos.** Esto facilitará que los

sectores modestos de la población puedan proveerse de movilidad

privada, elemento que promueve el crecimiento social de las personas.

A nuestro entender, la integración nacional, significa

tener en cuenta las distintas contingencias que se originarían,

dado que estarían sobre la R.I.A. proyectada la casi totalidad

de las ciudades habitadas por 100.000 habitantes o más

y una parte muy significativa de las ciudades menores, lo cual

implica la integración política de todas las provincias

entre sí. Queda claro que el proyecto intentaría

comunicar en forma más directa a las capitales provinciales.

6. - ASPECTOS LEGALES

6.1. - El estudio incluirá el análisis de

los aspectos legales e institucionales necesarios para la implementación

del programa incluyendo un anteproyecto de las normas legales

que resulte necesario modificar.

6.2. - Se analizará la compatibilización

legal del proyecto de ampliación de la R.I.A., con las

concesiones viales vigentes.

7. - ASPECTOS FINANCIEROS

El estudio de factibilidad analizará alternativas de financiación

y repago que posibiliten la ejecución de las obras conforme

a experiencias nacionales e internacionales.

8. - ASPECTOS AMBIENTALES

En la elaboración del proyecto se tomará debida

consideración de los aspectos ambientales que correspondan.

9. - PLAZO DE ESTUDIO

El plazo para la ejecución y presentación del estudio

de factibilidad técnico y financiero con forme a estos

Términos de Referencia es de ciento ochenta (180) días

hábiles contados a partir de la fecha del Decreto que apruebe

la ampliación del proyecto originario.

10. - RESPONSABILIDAD

Se deja expresa constancia que las eventuales omisiones y/o imprecisiones

técnicas y legales que contengan los presentes Términos

de Referencia deberán interpretárselas como de nuestra

exclusiva responsabilidad.

NOTA: Ver el Anexo que forma parte integrante del presente

Decreto en el Boletín Oficial de fecha 18/06/98, páginas

4 a 7.

ANEXO
RED PROVINCIAL DE AUTOPISTAS
TERMINOS DE REFERENCIA PARA EL ESTUDIO DE FACTIBILIDAD TECNICO-ECONOMICO
OBRAS COMPLEMENTARIAS