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ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Texto vigente a fecha 1970-01-02

**ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA NACIONAL**

Decreto 73/2023

**DECTO-2023-73-APN-PTE - Decreto N°

50/2019. Modificación.**

Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-150170576-APN-MINF, la Ley de

Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de

marzo de 1992) y sus modificatorios, el Decreto Nº 50 del 19 de

diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 8/23 se modificó en último término la Ley de

Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios)

estableciendo los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los

negocios de la Nación y se establecieron las Secretarías de Presidencia

necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de

la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que resulta necesario aprobar la conformación organizativa del

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

Que, asimismo, resulta necesario establecer el ámbito jurisdiccional de

actuación de los organismos desconcentrados y descentralizados del

citado Ministerio.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Transfiérense los créditos presupuestarios, unidades

organizativas, bienes, personal con sus cargos y dotaciones vigentes a

la fecha de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA, transferida por

el Decreto N° 8/23 del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO al MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado XIII por el siguiente:

“XIII.- MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

SECRETARÍA DE CONCESIONES

ARTÍCULO 3°.– Suprímense del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la

Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,

aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios los Apartados XII y XXV.

ARTÍCULO 4°. - Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios, el Apartado XIII por el obrante en la PLANILLA ANEXA

(IF-2023-151244378-APN-MINF) al presente artículo, que forma parte

integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 5°.- Suprímense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus

modificatorios los Apartados XII y XXV.

ARTÍCULO 6°.- Sustitúyese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en

los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,

aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado XIII por el siguiente:

“XIII – MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Organismos Desconcentrados

INSTITUTO ARGENTINO DEL TRANSPORTE (IAT)

UNIDAD EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL CORREDOR FERROVIARIO

CABALLITO-MORENO DE LA LÍNEA SARMIENTO

INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN SÍSMICA

Organismos Descentralizados

JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE

ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC)

COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT)

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV)

ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)

DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (DNV)

TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN (TTN)

ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA)

ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP)

INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA

Empresas y Entes del Sector Público Nacional

CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA

EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT)

FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO (FASE)

OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE)

ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO

(ADIF)

DESARROLLO DEL CAPITAL HUMANO FERROVIARIO SOCIEDAD ANÓNIMA CON

PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (DECAHF)

BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA

ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO (AGP)

EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA)

AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA

INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL

PLAYAS FERROVIARIAS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA

AGENCIA DE PLANIFICACIÓN

ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AYSA)

AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR)

CORREDORES VIALES SOCIEDAD ANÓNIMA

ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL DE BAJA ALTURA FERROCARRIL

TRASANDINO CENTRAL (EBIFETRA)

ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL INTERNACIONAL PASO DE AGUA

NEGRA (EBITAIN)

ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL INTERNACIONAL PASO LAS LEÑAS

(EBILEÑAS)”.

ARTÍCULO 7°.- Suprímese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los

que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,

aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de

2019 y sus modificatorios, el Apartado XII.

ARTÍCULO 8º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las

áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales

existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente

mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos

cargos, niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 9º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias

correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas

por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos

presupuestarios previstos en las Jurisdicciones y Entidades de origen.

ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Nicolás Posse

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la

edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/12/2023 N° 105146/23 v. 22/12/2023

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial)*

**PLANILLA

ANEXA AL ARTÍCULO 4°**

(ANEXO II)

XIII.- MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

OBJETIVOS

1.

Coordinar el Gabinete de Asesores del Ministro.

2.

Brindar apoyo y asesoramiento en el diseño de la agenda estratégica

e institucional del Ministerio, de acuerdo a los objetivos planteados

para la gestión de gobierno.

3.

Entender y asistir a al Ministro en todas las cuestiones vinculadas

con los aspectos logísticos y administrativos propios del desarrollo de

sus funciones institucionales.

4.

Centralizar la información producida por las unidades dependientes

del Ministerio relativa a la implementación y ejecución de las

diferentes políticas públicas de competencia de la Jurisdicción.

5.

Asesorar en las cuestiones relacionadas con los proyectos referidos

a convenios en el ámbito de su competencia.

6.

Coordinar el despacho del Ministro.

7.

Asistir al Ministro en todo lo concerniente a las relaciones

institucionales y de ceremonial y protocolo de la Jurisdicción.

8.

Coordinar la relación con la prensa y los medios de comunicación de

la Jurisdicción.

9.

Coordinar la comunicación institucional interna y externa, así como

la difusión de contenidos y el desarrollo e implementación de la imagen

institucional y de los contenidos digitales de la Jurisdicción.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Dirigir el diseño e implementación de políticas administrativas,

presupuestarias y financieras de los Servicios Administrativos

Financieros de la Jurisdicción.

2.

Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y

administrativo de los Servicios Administrativos Financieros del

Ministerio.

3.

Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras

de las distintas categorías programáticas en la formulación y

programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que

se proyecten durante el ejercicio financiero.

4.

Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos

del Ministerio.

5.

Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.

6.

Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y

disciplinarios del Ministerio.

7.

Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las

contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y

demás adquisiciones efectuadas por los Servicios Administrativos

Financieros del Ministerio.

8.

Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de

proyectos de participación público-privada.

9.

Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo del Ministerio.

10.

Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,

de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e

inmuebles y servicios del Ministerio.

11.

Entender en la administración y coordinación de los sistemas y

recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.

12.

Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de

la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el

ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca

la Autoridad de Aplicación en cada materia.

13.

Coordinar el suministro de información pública en los términos de

la Ley N° 27.275 en relación a los fines, competencias y funcionamiento

del Ministerio.

14.

Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO

NACIONAL en las empresas con participación estatal en el ámbito de la

Jurisdicción, y la representación del Ministerio en aquellos órganos

societarios de los entes donde la Jurisdicción y/o el ESTADO NACIONAL

posean participación accionaria y la tenencia accionaria sea ejercida

por el Ministerio, conforme las pautas y lineamientos impartidos al

Ministro por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA LEGAL

OBJETIVOS

1.

Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción, en lo que

respecta a la emisión de dictámenes.

2.

Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo

que es competencia del Ministerio, en los asuntos judiciales,

prejudiciales y arbitrajes y en la contestación de los requerimientos

del Poder Judicial.

3.

Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia

en temas legales existentes en el ámbito de la Jurisdicción.

4.

Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia

de proyectos de leyes y actos administrativos.

5.

Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de

los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico

relativos a su competencia.

6.

Asistir, en el ámbito de su competencia, a la Secretaría en relación

con los contratos de obras y servicios públicos de la Jurisdicción.

7.

Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas

aquellas materias que sean competencia de la Jurisdicción.

8.

Intervenir en la tramitación de los sumarios administrativos y

disciplinarios que se instruyan en el Ministerio.

9.

Asistir, en el ámbito de su competencia, a la Secretaría en la

coordinación de la gestión de los directores que representen al ESTADO

NACIONAL en las empresas con participación estatal en el ámbito de la

Jurisdicción, y la representación de la Jurisdicción en aquellos

órganos societarios de los entes donde posea participación accionaria y

la tenencia accionaria sea ejercida por el Ministerio.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.

Asistir en el diseño de la política presupuestaria de los Servicios

Administrativos Financieros de la Jurisdicción y en la evaluación de su

cumplimiento.

2.

Colaborar con la Secretaría en la asistencia a las unidades

ejecutoras de las distintas categorías programáticas de los Servicios

Administrativos Financieros de la Jurisdicción, en la formulación y

programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que

se proyecten durante el ejercicio financiero.

3.

Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías

programáticas, en la obtención de los recursos humanos, materiales,

equipamientos tecnológicos y los insumos necesarios para el

cumplimiento de los objetivos y metas establecidos.

4.

Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que

presta servicio, así como la planificación de las actividades de

administración general de los distintos Servicios Administrativos

Financieros de la Jurisdicción.

5.

Coordinar la aplicación de la política de administración del

personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de

comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como

la gestión de los espacios físicos del Ministerio.

6.

Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión

administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,

proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas

con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de

proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su

competencia.

7.

Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y

contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de

programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias

técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación

público-privada, en lo que es materia de su competencia.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro, en orden a sus competencias, en todo lo

inherente a las políticas de ordenamiento social y territorial y de

desarrollo de vivienda, hábitat e integración urbana, así como entender

en el diseño de estrategias, planes y programas en el ámbito de su

competencia.

2.

Intervenir en la determinación de los objetivos y políticas del área

de su competencia.

3.

Intervenir en la formulación, elaboración y ejecución de la política

nacional en todas las materias relacionadas con el impulso a nivel

local, provincial y regional de la descentralización política y

económica para la consolidación del reequilibrio social y territorial.

4.

Dirigir la formulación, elaboración y ejecución de la política

nacional en todas las materias relacionadas con el desarrollo del

hábitat, la vivienda y la integración urbana, atendiendo a las

diversidades, demandas y modos de habitar de las diferentes regiones

del país.

5.

Asistir al Ministro en el diseño y ejecución de las políticas de

gestión de suelo, innovando y generando instrumentos urbanísticos y

jurídicos que garanticen el crecimiento conveniente de las áreas

metropolitanas, de las ciudades pequeñas y medianas, y de la protección

de los cordones periurbanos, en coordinación con provincias y

municipios.

6.

Coordinar acciones que realicen el ESTADO NACIONAL, las provincias,

la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios en lo referente a

la planificación del territorio, a los usos del suelo y a los programas

de infraestructura y hábitat, en el marco de lo que establezca la

política de ordenamiento territorial.

7.

Dirigir la elaboración de planes y programas de fortalecimiento y

actualización de las políticas de desarrollo que tengan como objetivo

la competitividad y complementariedad territorial, tanto urbana como

rural.

8.

Proponer lineamientos para el fomento del desarrollo urbano

equilibrado y sustentable en el territorio nacional, en coordinación

con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios.

9.

Asistir al Ministro en la formulación, desarrollo y coordinación de

políticas de regularización del suelo, mejoramiento y construcción de

vivienda e integración socio urbana.

10.

Intervenir, en coordinación con las áreas de la Administración

Pública Nacional con competencia específica, en la ejecución de las

gestiones y obras relativas a la implementación de los programas de

integración socio urbanos.

11.

Dirigir la elaboración de planes y programas para el desarrollo de

ciudades y áreas periurbanas compactas, integradas, inclusivas,

sustentables y resilientes, mediante el diseño y ejecución de obras de

infraestructura y servicio urbano.

12.

Diseñar e implementar programas habitacionales que faciliten el

acceso al hábitat y el arraigo en la vivienda, en sus diferentes

modalidades.

13.

Articular estrategias para la promoción de programas que fomenten

la participación del sector privado en el incremento de la oferta

habitacional, tanto en el mercado inmobiliario como en el de alquileres.

14.

Promover la inversión de recursos en el ámbito de la vivienda para

diferentes sectores sociales, a través de la implementación de

programas específicos.

15.

Dirigir el diseño e implementación de acciones que permitan mejorar

la calidad del hábitat de los sectores que habitan y/o trabajan en las

áreas rurales y/o costeras.

16.

Asistir a la Secretaría en la promoción y el desarrollo de nuevas

tecnologías en lo que respecta a materiales, estandarización y

equipamientos, y técnicas regionales sustentables articulando con las

áreas de la Administración Pública Nacional con competencia específica.

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y VIVIENDA

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la formulación, implementación y

ejecución de políticas públicas de acceso a soluciones habitacionales.

2.

Promover el acceso a soluciones habitacionales en su aspecto

cuantitativo y cualitativo, mediante la implementación de políticas de

urbanización de barrios, regularización dominial y producción de suelo

urbano, en coordinación con las áreas competentes de la Administración

Pública Nacional.

3.

Elaborar e impulsar planes de urbanización de barrios y propiciar la

dotación de infraestructura básica y equipamiento comunitario.

4.

Entender en el diseño, elaboración e implementación de planes

nacionales de regularización dominial de barrios.

5.

Asistir a la Secretaría en el desarrollo de acciones tendientes a la

identificación de inmuebles de dominio del ESTADO NACIONAL que puedan

ser afectados a las políticas y programas habitacionales, en

coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con

competencia en la materia.

6.

Implementar, junto con otros organismos nacionales, provinciales, de

la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales y con las

organizaciones no gubernamentales pertinentes, las tareas vinculadas

con la identificación y adquisición estratégica de suelos para el

desarrollo de programas de acceso a la vivienda digna.

7.

Elaborar y proponer las políticas públicas y programas de acceso a

soluciones habitacionales, en coordinación con las autoridades

provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, municipales y con

los representantes de las organizaciones de la sociedad civil.

8.

Formular programas de asistencia económica, subsidios y créditos, en

el ámbito de su competencia.

9.

Intervenir en el diseño de las herramientas necesarias para llevar

adelante censos y relevamientos poblacionales, en el marco de su

competencia.

10.

Celebrar convenios, en el ámbito de su competencia, con organismos

estatales provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,

municipales, como así también con asociaciones profesionales,

organizaciones de la sociedad civil, centros universitarios y

organismos internacionales públicos y privados.

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la definición, formulación y gestión de

políticas de desarrollo y ordenamiento territorial, fortaleciendo la

estructura federal del país, así como entender en el diseño de

estrategias, planes y programas de inversión pública y privada en el

ámbito de su competencia.

2.

Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, impulsando, promoviendo

y articulando estratégicamente los diferentes niveles de organización

territorial nacional e internacional.

3.

Participar, junto con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES, de las estrategias de reequilibrio del territorio y de la

formulación de los documentos técnicos específicos para implementar y

comunicar las políticas, planes, programas, acciones, proyectos, obras

e impacto de la inversión pública y/o privada.

4.

Participar, articulando con los organismos nacionales, provinciales

y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con competencia en la materia,

en el relevamiento de suelos vacantes o disponibles, como así también

en la actualización, adecuación, homogenización de los sistemas de

inventario de los mismos y en la definición e implementación de

criterios, metodologías, herramientas y plataformas de gestión de

información para la mejora continua de los procesos de planificación y

diseño de proyectos territoriales.

5.

Intervenir en la formulación de un cuerpo normativo y de

instrumentos y/o mecanismos de cooperación y articulación entre las

distintas Jurisdicciones y organizaciones para el abordaje territorial

equilibrado del desarrollo urbano.

6.

Asistir con programas específicos y coordinar acciones tendientes a

que los organismos nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES y municipales definan regulaciones sobre el suelo urbano,

teniendo en cuenta las particularidades de cada territorio.

7.

Entender en la cooperación y asistencia técnica a organismos

públicos y privados y promover la capacitación y el perfeccionamiento

de profesionales y técnicos, en materia de su competencia.

SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA

SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIO-URBANA

OBJETIVOS

1.

Entender en el diseño y la implementación de políticas de

integración urbana y desarrollo territorial.

2.

Entender en la transformación urbana de barrios, mediante un

abordaje integral que favorezca su integración y el desarrollo humano.

3.

Entender en el fortalecimiento de la organización comunitaria y en

el diseño de mecanismos de participación para el desarrollo e

implementación de los proyectos de integración urbana.

4.

Participar en el diseño y en la ejecución de proyectos de

infraestructura urbana y de mejoramiento del hábitat.

5.

Entender en la implementación de iniciativas tendientes a la

vinculación y al desarrollo productivo en los proyectos de integración

urbana que se aborden.

6.

Participar en el diseño e implementación de políticas de acceso a

soluciones habitacionales en los proyectos de integración urbana que se

aborden.

7.

Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales en los asuntos inherentes

al área de su competencia.

8.

Entender en la administración y gestión del REGISTRO NACIONAL DE

BARRIOS EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA y realizar su evaluación y

seguimiento.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la elaboración, propuesta y ejecución de la política

nacional en todas las materias relacionadas con obras públicas de

infraestructura de minería, de energía, viales, hídricas y de

saneamiento, y de prevención sísmica, en especial en los programas de

inversión y pre inversión pública de su competencia, y en la

coordinación de los planes, programas y proyectos relativos a dichas

obras a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la

Jurisdicción.

2.

Dirigir la elaboración, junto con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA

DE BUENOS AIRES y demás organismos nacionales y provinciales que

correspondan, de los documentos técnicos necesarios para implementar y

difundir las políticas, estrategias, planes, programas, proyectos,

obras e impactos de la inversión pública, en coordinación con las áreas

de la Jurisdicción con competencia en la materia.

3.

Participar en la propuesta, elaboración y ejecución del marco

regulatorio y proyectos de programas a realizar en materia de obras

públicas de infraestructura hídrica, de minería, de energía, de

prevención sísmica y de planificación territorial de la inversión

pública, como así también de las que surjan de los entes

desconcentrados y descentralizados, a nivel internacional, regional,

nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipal, en coordinación con las demás áreas de la Administración

Pública Nacional con competencia en la materia.

4.

Asistir al Ministro en el ejercicio de los derechos societarios

correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al

ESTADO NACIONAL en las empresas del área de su competencia.

5.

Entender en el diseño e implementación de acciones y políticas que,

en el marco de la planificación estratégica de mediano y largo plazo,

promuevan las inversiones nacionales e internacionales en obras de

infraestructura, en el ámbito de su competencia.

6.

Coordinar con las autoridades regionales, nacionales, provinciales,

de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, la identificación

y ejecución de obras de infraestructura y logística que potencien el

desarrollo.

7.

Entender en el diseño de proyectos de conservación, preservación,

mantenimiento, construcción y reciclaje, tanto edilicios como de

infraestructura y espacio público, y de obras específicas solicitadas

por los organismos o reparticiones del ESTADO NACIONAL.

8.

Intervenir en la ejecución de obras y en la administración de los

contratos, según las distintas modalidades de contratación, públicas y

público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea

encomendada al Ministerio por otras Jurisdicciones y áreas del ESTADO

NACIONAL.

9.

Entender en la definición e implementación de criterios,

metodologías, herramientas y plataformas de gestión de información para

la mejora continua de los procesos de planificación, desarrollo de

proyectos y ejecución de obras.

10.

Entender, en coordinación con las áreas con competencia en la

materia, en la elaboración y ejecución del Plan de Construcción de

Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones y ampliación de

los establecimientos carcelarios y unidades dependientes del SERVICIO

PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y supervisión de las obras

penitenciarias, actualmente no afectadas al alojamiento de internos.

11.

Entender en el desarrollo y coordinación de las políticas de

infraestructura que reduzcan la desigualdad entre la región Norte

-comprendida por las provincias de SALTA, JUJUY, TUCUMÁN, LA RIOJA,

CATAMARCA, MISIONES, CORRIENTES, CHACO, FORMOSA y SANTIAGO DEL ESTERO-

y el resto del país, en coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL

competentes en la materia.

12.

Proponer el marco regulatorio relativo al manejo de los recursos

hídricos y a la organización y fortalecimiento del sector de agua

potable y saneamiento, vinculando y coordinando la acción de las demás

jurisdicciones provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipales y de los organismos intervinientes en la prestación y

expansión de dichos servicios.

13.

Participar en la propuesta, elaboración y ejecución del marco

regulatorio y de proyectos de programas a realizar en materia de obras

de infraestructura hídricas y planificación territorial de la inversión

pública a nivel internacional, nacional, regional, provincial, de la

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, como así también de las

que surjan de los entes desconcentrados y descentralizados, en

coordinación con las áreas de la Administración Pública Nacional con

competencia en la materia.

14.

Ejercer las facultades de Autoridad de Aplicación del Contrato de

Concesión de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA), en

cumplimiento del Marco Regulatorio de la Concesión establecido por la

Ley N° 26.221.

15.

Coordinar las actividades inherentes al Comité Ejecutor del Plan de

Gestión Ambiental y de manejo de la Cuenca Hídrica Matanza-Riachuelo.

16.

Entender en lo atinente al Fideicomiso de Infraestructura Hídrica,

en el marco de lo previsto en el Decreto N° 1381/01, y en lo atinente a

otros fondos fiduciarios y fideicomisos vinculados a su competencia.

17.

Ejercer el contralor del accionar de la COMISIÓN REGIONAL DEL RÍO

BERMEJO (COREBE), del COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO

(COIRCO) y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS

RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión

de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL, y participar, en la

órbita de su competencia, en la COMISIÓN DE COORDINACIÓN

INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY - PARANÁ.

18.

Participar en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones

para los llamados a concurso y/o licitaciones, como también en los

procesos licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con

motivo de las acciones vinculadas al área de su competencia.

19.

Intervenir en el diseño de la política exterior de la REPÚBLICA

ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales compartidos,

cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos, y cuerpos de agua en

general, asumir la representación técnica, y asistir en la gestión y

obtención de cooperación técnica y financiera internacional, en

coordinación con las áreas con competencia en la materia.

20.

Participar en la planificación, programación, evaluación y/o

ejecución de proyectos de mitigación de las inundaciones en zonas

rurales y periurbanas, avenamiento y protección de infraestructura en

zonas rurales y periurbanas, incluyendo proyectos de obras de

emergencia, solicitadas por las provincias.

21.

Participar en la definición y monitoreo de los objetivos y metas

que involucren al agua (recursos hídricos y servicios de agua y

saneamiento) establecidas por los organismos internacionales en los

cuales interviene y suscribe el ESTADO NACIONAL.

22.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la elaboración,

propuesta y ejecución de las políticas sobre puertos y vías navegables.

23.

Asistir, en materia de su competencia, en el ejercicio del control

tutelar de los organismos descentralizados actuantes en la órbita de la

Jurisdicción.

24.

Asistir, en el ámbito de su competencia, al Ministerio en la

definición, formulación y gestión de políticas de desarrollo,

fortaleciendo la estructura federal de la REPÚBLICA ARGENTINA.

25.

Entender en el diseño de estrategias, planes y programas de

inversión pública y participación público-privado en el ámbito de su

competencia.

26.

Entender en los procesos y procedimientos de redeterminación de

precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de la Jurisdicción.

27.

Coordinar la Comisión de Control y Seguimiento del Régimen de

Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de

Consultoría de Obra Pública de la Administración Pública Nacional, en

el ámbito de su competencia.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la elaboración, propuesta y ejecución de

los programas, proyectos y acciones en materia de infraestructura

pública.

2.

Establecer estándares de calidad para la construcción y gestión de

las obras de infraestructura, en coordinación con las áreas

involucradas, y dictar normas para la fiscalización de los materiales

utilizados en la construcción de las obras de infraestructura pública y

de los supuestos de participación público-privada.

3.

Celebrar convenios con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, los municipios y con otras entidades para el desarrollo e

implementación de proyectos, programas y acciones en el marco de su

competencia.

4.

Evaluar e intervenir en la gestión y la obtención de cooperación

técnica y financiera para el cumplimiento de los objetivos y políticas

del ámbito de su competencia, en coordinación con las áreas de la

Administración Pública Nacional competentes.

5.

Asistir a la Secretaría en la elaboración y planificación de la

política nacional de obras de infraestructura y coordinar los planes y

programas a nivel nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA

DE BUENOS AIRES y municipal que correspondan a la Jurisdicción.

6.

Asistir a la Secretaría en la elaboración y ejecución del Plan de

Construcción de Obras Penitenciarias, de readecuación de instalaciones

y ampliación de los establecimientos carcelarios y unidades

dependientes del SERVICIO

PENITENCIARIO FEDERAL y en el monitoreo y supervisión de las obras

penitenciarias, actualmente no afectadas al alojamiento de internos.

7.

Asistir a la Secretaría en la ejecución de los programas, proyectos

y acciones en materia de obra, infraestructura pública, infraestructura

vial y a la organización y fortalecimiento del sector de agua potable y

saneamiento.

8.

Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración y en

la aprobación de los pliegos de bases y condiciones particulares para

los llamados a contrataciones públicas que se efectúen con motivo de

las obras a realizarse.

9.

Asistir a la Secretaría en la ejecución de obras y administración de

los contratos según las distintas modalidades de contratación, públicas

y público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización sea

encomendada al Ministerio por otras Jurisdicciones y áreas del ESTADO

NACIONAL y ejecutar las obras correspondientes a la construcción,

conservación de los edificios públicos y restauración de monumentos

históricos nacionales.

10.

Asistir a la Secretaría en la ejecución de la política nacional de

obras de infraestructura, coordinando acciones a nivel nacional,

regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal

que correspondan a la Jurisdicción.

11.

Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de

los pliegos de bases y condiciones en los procedimientos de selección.

12.

Gestionar un sistema de control e información geográfica de las

obras de infraestructura públicas de su competencia, consideradas en

los planes estratégicos sectoriales y globales.

13.

Participar, en el ámbito de su competencia, a solicitud de la

Jurisdicción responsable, en todo lo atinente al Fondo Fiduciario

Federal de Infraestructura Regional, creado por la Ley N° 24.855.

14.

Intervenir en la ejecución de los compromisos del ESTADO NACIONAL

con las diferentes agencias y organismos internacionales en cuanto a la

debida realización de los programas y proyectos que se establezcan bajo

su órbita, tanto en su gestión contable y financiera como en el

seguimiento y evaluación de resultados e impacto de la ejecución.

15.

Entender en la inspección, control, administración y seguimiento de

las obras de infraestructura pública en el ámbito de la Secretaría.

16.

Celebrar convenios con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, los municipios y con otras Entidades para el desarrollo e

implementación de los proyectos, programas y acciones en el área de su

competencia.

17.

Coordinar la ejecución de obras de infraestructura de integración

físico territorial internacional, en coordinación con las áreas

competentes en la materia.

18.

Asistir a la Secretaría en los procesos y procedimientos de

redeterminación de precios de las obras que se ejecuten en el ámbito de

su competencia.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE OBRAS DE ENERGÍA

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de obras de

infraestructura energética nacional.

2.

Intervenir en el diseño, elaboración e implementación de planes y

programas de infraestructura de obras de energía.

3.

Articular en forma conjunta con el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA

ELECTRICIDAD (ENRE), el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), la

UNIDAD ESPECIAL DEL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

(UESTEE) y la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CONEA), así como

con todo otro organismo sectorial, la ejecución de planes, programas y

proyectos de obras de infraestructura en el ámbito de su competencia.

4.

Dirigir la ejecución de las obras públicas en materia energética que

lleve adelante el ESTADO NACIONAL.

5.

Participar, en el ámbito de su competencia, en el ejercicio de las

funciones, los derechos y las obligaciones referidas a los contratos de

obra pública correspondientes a los proyectos que integran los

aprovechamientos hidroeléctricos y demás contratos de obra pública para

la construcción de centrales hidroeléctricas en ejecución y/o a

ejecutar por el ESTADO NACIONAL.

6.

Participar, en el ámbito de su competencia en el ejercicio de las

funciones, los derechos y las obligaciones referidas a los contratos de

obra pública para la construcción de las obras de infraestructura

gasíferas en ejecución y/o a ejecutar por el ESTADO NACIONAL.

7.

Participar, en el ámbito de su competencia, en la aprobación de los

pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso y/o

licitaciones, como así también en los procesos licitatorios o

contrataciones hasta su finalización.

8.

Asesorar a la Secretaría en temas relativos al contralor respecto de

los entes u organismos de control de las áreas privatizadas o

concesionadas de su competencia, supervisando, si correspondiere, el

cumplimiento de los marcos regulatorios correspondientes.

9.

Elaborar, junto con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, los municipios y los organismos internacionales, los documentos

técnicos necesarios para implementar y difundir las políticas,

estrategias, planes, programas, proyectos, obras de infraestructura

energética e impactos de la inversión pública, en coordinación con las

áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

10.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de políticas en las

materias relacionadas con infraestructura energética, y en la ejecución

de los planes y programas relativos a dichas obras a nivel

internacional, nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES y municipal.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE OBRAS DE MINERÍA

OBJETIVOS

1.

Intervenir en el diseño, elaboración e implementación de planes y

programas de infraestructura de obras de minería.

2.

Intervenir en la dotación de infraestructura minera para la

ejecución de los trabajos necesarios para la definición de reservas de

mineral positivas.

3.

Intervenir en la contratación para la construcción de naves,

depósitos y otras obras de infraestructura minera afectadas al proceso

productivo, campamentos y viviendas, edificios, caminos, instalaciones

de energía, comunicaciones, sanidad, capacitación, oficinas

administrativas y otras obras de infraestructura auxiliares de la

prospección, exploración y explotación minera.

4.

Participar en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones

para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también en los

procesos licitatorios o contrataciones que se efectúen con motivo de

las acciones vinculadas al área de su competencia, hasta su

finalización.

5.

Asesorar a la Secretaría en temas relativos al contralor respecto de

los entes u organismos de control de las áreas privatizadas o

concesionadas de su competencia, supervisando, si correspondiere, el

cumplimiento de los marcos regulatorios correspondientes.

6.

Elaborar, junto con las provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES, los municipios y los organismos internacionales, los documentos

técnicos necesarios para implementar y difundir las políticas,

estrategias, planes, programas, proyectos, obras de infraestructura

minera e impactos de la inversión pública, en coordinación con las

áreas de la Jurisdicción con competencia en la materia.

7.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de políticas en las

materias relacionadas con infraestructura minera, y de la ejecución de

los planes y programas relativos a dichas obras a nivel internacional,

nacional, regional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipal.

8.

Asistir a la Secretaría en el diseño e implementación de acciones y

políticas que, en el marco de la planificación estratégica de mediano y

largo plazo, promuevan las inversiones nacionales e internacionales en

materia de infraestructura minera.

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS

OBJETIVOS

1.

Gestionar proyectos vinculados a las obras públicas hidráulicas, de

concesión de obras hídricas y de adaptación a los extremos climáticos,

realizando la gestión relativa a la participación de la Secretaría en

todo el ciclo de vida de las mismas, comprendiendo sus etapas de

proyecto, licitación, construcción, operación, mantenimiento y cese de

utilidad.

2.

Asistir a la Secretaría respecto de las necesidades planteadas por

las distintas Jurisdicciones para solucionar problemas de naturaleza

hídrica y contribuir al desarrollo de las economías en cuencas

nacionales e internacionales.

3.

Participar en la elaboración de los pliegos y en el proceso de

licitación y de adjudicación de la obra pública hidráulica, en el marco

de su competencia, de conformidad con la legislación nacional vigente.

4.

Monitorear las obras financiadas y/o licitadas por la Secretaría que

se encuentran en ejecución en el área de su competencia, efectuando la

supervisión, inspección, control de marcha de obra, certificación y

redeterminación de precios, en el ámbito de su competencia.

5.

Colaborar con las áreas del Ministerio con competencia específica en

la elaboración de proyectos de obras hidráulicas orientados al uso,

aprovechamiento, conservación, protección y monitoreo de los recursos

hídricos.

6.

Asistir a la Secretaría en la evaluación y promoción del

establecimiento y aplicación de normas de la obra pública hidráulica y

su concesión.

7.

Asesorar a la Secretaría en los aspectos relativos a la contratación

de la obra pública hidráulica y de concesión de obras hídricas, como

también en lo inherente a la elaboración de los términos de la relación

contractual, en coordinación con las áreas competentes.

8.

Supervisar el cumplimiento de la legislación vigente en materia

ambiental y de normas de seguridad e higiene en el trabajo en las

distintas etapas de ejecución de las obras, en el marco de su

competencia.

9.

Asistir a la Secretaría en sus acciones en la COMISIÓN REGIONAL DEL

RÍO BERMEJO (COREBE), del COMITÉ INTERJURISDICCIONAL DEL RÍO COLORADO

(COIRCO) y de la AUTORIDAD INTERJURISDICCIONAL DE LAS CUENCAS DE LOS

RÍOS LIMAY, NEUQUÉN Y NEGRO, así como de todo otro organismo de gestión

de cuencas, en representación del ESTADO NACIONAL; y en la COMISIÓN DE

COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVÍA PARAGUAY -

PARANÁ.

10.

Ejercer la Secretaría General del Consejo Hídrico Federal (COHIFE).

11.

Asistir a la Secretaría en el diseño de la política exterior de la

REPÚBLICA ARGENTINA en materia de recursos hídricos internacionales

compartidos, cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos y cuerpos de

agua en general, participando en la representación técnica, asistiendo

en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera

internacional, en el marco de su competencia.

12.

Informar sobre el estado de ejecución de las obras dentro del área

de influencia de la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR).

13.

Intervenir en la planificación, coordinación, ejecución y

supervisión de la gestión operativa de los proyectos llevados a cabo

por la Secretaría, en el marco de la planificación estratégica de la

gestión de los recursos hídricos, para la preservación, el uso y el

aprovechamiento de los mismos, en coordinación con los organismos

competentes en la materia y Jurisdicciones involucradas.

14.

Asistir en la confección del planeamiento estratégico de la gestión

de los recursos hídricos, para su desarrollo sustentable y en forma

coordinada con los otros recursos naturales.

15.

Promover la formulación y ejecución de planes, programas y

proyectos orientados al uso, aprovechamiento, conservación, protección

y monitoreo de los recursos hídricos.

16.

Gestionar los programas nacionales de monitoreo de recursos

hídricos, como la Red Hidrológica Nacional, el Sistema Nacional de

Radares Meteorológicos, y otros similares en el ámbito de su

competencia.

17.

Asistir en la evaluación y/o ejecución de los proyectos de

infraestructura de obras hídricas multipropósito o de recuperación de

tierras productivas, de mitigación de inundaciones en zonas rurales y

periurbanas y avenamiento y protección de infraestructura en zonas

rurales y periurbanas, en el marco de lo establecido por el Decreto N° 1381/01 y de los convenios firmados con las provincias, a

financiarse mediante el Fideicomiso de Infraestructura Hídrica o

préstamos de organismos internacionales.

18.

Participar en el proceso de licitación, adjudicación, contratación

y concesión de la obra pública hidráulica y de saneamiento, en el marco

del circuito operativo de su competencia.

19.

Elaborar informes sobre el estado de ejecución físico y financiero

de las obras financiadas por el Fondo de Infraestructura y por el

Tesoro Nacional.

20.

Coordinar la aplicación de los recursos financieros planificando la

inversión en obras en materia de su competencia.

21.

Intervenir en los procesos y procedimientos de redeterminaciones de

precios de los contratos de obra hídrica, en materia de su competencia.

22.

Celebrar convenios, en el ámbito de su competencia, con organismos

estatales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y

municipales, así como con asociaciones profesionales, organizaciones de

la sociedad civil, centros universitarios y organismos internacionales

públicos y privados.

23.

Promover la capacitación y el perfeccionamiento de profesionales y

técnicos en la materia de su competencia.

MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro en la propuesta, elaboración y ejecución de las

políticas y planes en materia de sistemas de transporte.

2.

Intervenir en la supervisión, regulación, coordinación, fomento y

desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte.

3.

Asistir al Ministro en el ejercicio de los derechos societarios

correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al

ESTADO NACIONAL en las empresas del área de su competencia.

4.

Intervenir en la elaboración, aplicación y fiscalización del régimen

de flotas de transporte, tanto terrestre como mercante, fluvial, de

cabotaje y ultramar y aérea.

5.

Participar en las relaciones entre la Jurisdicción y los organismos

y empresas actuantes en la órbita de la Jurisdicción, en materia de

planificación y regulación del transporte.

6.

Asistir al ministro en la formulación, elaboración y ejecución de la

política nacional en materia relativa al impulso local, provincial y

regional, en el área de su competencia.

7.

Asiste al Ministro en la elaboración de las políticas y normas de

regulación de los servicios públicos del área de su competencia.

8.

Intervenir en la construcción, habilitación y fiscalización de las

infraestructuras correspondientes a transporte, en particular vías

terrestres, aeropuertos, puertos y vías navegables.

9.

Intervenir en la elaboración de normas de regulación de las

licencias de servicios públicos del área de su competencia, otorgadas

por el ESTADO NACIONAL o las provincias acogidas por convenios a los

regímenes federales en la materia.

10.

Entender en la elaboración de las estructuras arancelarias y

tarifarias en materia de transporte.

11.

Asistir al Ministro en las funciones de Autoridad de Aplicación de

las leyes que regulan el ejercicio de las actividades relativas al

transporte.

12.

Entender en la elaboración de normas de definición de estándares

industriales para los equipamientos en materia de transporte.

13.

Intervenir en el ejercicio de facultades de contralor respecto de

aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o

dadas en concesión en materia de transporte, así como también hacer

cumplir los marcos regulatorios correspondientes.

14.

Intervenir en la investigación y desarrollo tecnológico en materia

de transporte, a fin de facilitar los cambios tecnológicos, la

integración de datos y la implementación de innovaciones que promuevan

el desarrollo sostenible de todo el sistema.

15.

Intervenir en la elaboración y aplicación de políticas estratégicas

de armonización federal, mediante la coordinación nacional, la

registración y sistematización de datos relativos al Sistema Nacional

de la Seguridad Vial.

16.

Intervenir en la elaboración y ejecución de la política nacional de

transporte aéreo y terrestre, así como en su regulación y coordinación.

17.

Intervenir en todo lo relacionado con el transporte internacional

terrestre, fluvial, marítimo y aéreo.

18.

Intervenir en la supervisión, regulación, coordinación, fomento y

desarrollo técnico y económico de los sistemas de transporte.

19.

Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de

transporte de carga reservada para la matrícula nacional.

20.

Entender en el seguimiento y actualización del Plan Nacional del

Transporte Sostenible, proponiendo el diseño y coordinación de los

estudios de funcionamiento de medios de transporte eléctricos y/o que

utilicen combustibles alternativos para determinar sus capacidades,

viabilidad e impacto.

21.

Intervenir en la ejecución de la política nacional de fletes.

22.

Intervenir en la elaboración y ejecución de la política de

transporte de carga reservada para la matrícula nacional.

23.

Entender en el diseño, elaboración y propuesta de la política

regulatoria del sistema de transporte de jurisdicción nacional en sus

distintas modalidades.

24.

Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones

de procesos para el otorgamiento de concesiones de permisos y/o

cualquier otra figura jurídica que implique prestación de servicio de

transporte, y supervisar la aplicación de los procedimientos

respectivos.

25.

Entender en el desarrollo de recursos humanos y técnicos y en el

fortalecimiento de capacidades institucionales en materia de transporte.

26.

Entender en la propuesta de nuevos servicios de transporte y

mecanismos de control y en la planificación de sistemas de organización

territorial, en materia de su competencia.

27.

Entender en la realización de los estudios y acciones que propendan

al perfeccionamiento del sistema de transporte en todas sus modalidades

y en particular a la coordinación intermodal.

28.

Intervenir en el funcionamiento de un sistema integrado de

transporte terrestre, fluvial, aéreo, marítimo, lacustre y de las vías

navegables, así como del transporte multimodal.

29.

Intervenir en la interacción de la Jurisdicción con organismos

públicos, privados, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

y municipales, en la definición de las políticas públicas relativas a

los medios de transporte y sus actividades subsidiarias, y en los

programas integrales de desarrollo regional promovidos por el ESTADO

NACIONAL, en el ámbito de su competencia.

30.

Entender en la asignación de los planes, programas y proyectos

relacionados a las compensaciones de tarifas y/o subsidios a operadores

y/o usuarios del sistema de transporte y en la compensación tarifaria,

autorizaciones de pago y/o resarcimientos financiados con fondos

fiduciarios cuya administración se encuentre a su cargo y en

coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

31.

Entender en los mecanismos de control y fiscalización para la

liquidación de las compensaciones tarifarias relacionadas con los

servicios de transporte que se prestan a través de los diferentes modos.

32.

Entender en la administración y gestión de los planes y proyectos

del Sistema Único de Boleto Electrónico o el que en el futuro lo

reemplace; gestionar los datos y la información generados por dicho

sistema y el Sistema de Gestión de Flota.

33.

Entender, en el ámbito de su competencia, en lo relativo al Fondo

Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, creado por la Ley N°

24.855.

34.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en los aspectos

vinculados a las Leyes Nros. 24.449 y 26.363.

35.

Intervenir en la organización, dirección y fiscalización del

registro de inscripción, fijación de capacidades y calificación de las

empresas vinculadas al sector transporte.

36.

Intervenir en la homologación de los acuerdos armatoriales y sus

accesorios.

37.

Asistir, en materia de su competencia, en el ejercicio del control

tutelar de los organismos descentralizados actuantes en la órbita de la

Jurisdicción.

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de políticas y

planes referidos a los puertos, vías navegables, transporte fluvial y

marítimo.

2.

Intervenir, en el marco de su competencia, como autoridad de

aplicación, en el ejercicio de las funciones de las Leyes Nros. 24.093

y 27.419.

3.

Intervenir en el control y fiscalización de los servicios de

transporte fluvial, marítimo y los vinculados a ellos que se

desarrollen en el ámbito de su competencia.

4.

Entender en la realización de los estudios para la actualización de

la normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud

técnica de equipos, seguros, capacitación y titulación del personal

embarcado y toda otra normativa vinculada al ámbito de su competencia.

5.

Intervenir en materia de compensaciones tarifarias y de costos de

explotación del transporte fluvial y marítimo y de las actividades

portuarias y vías navegables.

6.

Entender en la administración, control y gestión de las

instalaciones, embarcaciones, materiales, equipos y recursos humanos

afectados a las actividades y áreas de su competencia.

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

OBJETIVOS

1.

Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de las

políticas, planes y programas referidos al transporte automotor de

carga y de pasajeros de jurisdicción nacional, de carácter nacional y/o

internacional.

2.

Intervenir en los estudios para la actualización de los seguros y el

régimen tarifario en el ámbito de su competencia.

3.

Intervenir en la elaboración de la normativa en lo referente a

modalidades operativas, aptitud técnica de equipos y personal de

conducción en el ámbito de su competencia.

4.

Participar en la elaboración y propuesta de políticas sobre permisos

y/o concesión de explotación de los servicios de transporte automotor

de pasajeros y de carga de jurisdicción nacional.

5.

Intervenir en la planificación y estructuración del transporte

automotor urbano, suburbano e interurbano de carga y de pasajeros de

jurisdicción nacional.

6.

Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones

de concursos y/o licitaciones, así como también en los procesos

licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que

se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su

competencia.

7.

Participar en las reuniones de consulta, técnicas o negociaciones

con autoridades de transporte automotor, provinciales o internacionales.

8.

Participar en la celebración de acuerdos y/o convenios con

organismos y/o entidades, a fin de obtener asesoramiento y/o asistencia

técnica para el cumplimiento de los objetivos del área, en coordinación

con las áreas con competencia en la materia.

9.

Intervenir en materia de compensaciones tarifarias y de costos de

explotación del transporte automotor de carga y de pasajeros de

jurisdicción nacional.

10.

Intervenir en las rendiciones financieras de los subsidios y

compensaciones efectuadas en el marco de la gestión económica del

sistema de transporte automotor.

11.

Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el

ámbito de su competencia.

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO

OBJETIVOS

1.

Intervenir en los aspectos vinculados al transporte ferroviario de

carga y de pasajeros, así como en la propuesta de políticas

regulatorias y de explotación de dichos servicios.

2.

Intervenir en la planificación y estructuración del transporte

ferroviario de jurisdicción nacional e internacional, y en la

propuesta, evaluación y revisión del Plan Nacional de Transporte, en el

ámbito de su competencia.

3.

Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones

de concursos y/o licitaciones, así como también en los procesos

licitatorios para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que

se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su

competencia.

4.

Intervenir en las consultas técnicas o negociaciones con autoridades

de transporte ferroviario, provinciales o de otros países.

5.

Colaborar con la Secretaría en el ejercicio de los derechos

societarios correspondientes a las participaciones societarias

pertenecientes al ESTADO NACIONAL en las empresas de transporte

ferroviario, de carga y de pasajeros, así como en los aspectos de

gestión de las concesiones ferroviarias referidos al ordenamiento y

circulación, en el ámbito de su competencia.

6.

Intervenir en las propuestas y/o modificaciones de programas y

proyectos relacionados con las compensaciones tarifarias y de costos de

explotación del transporte ferroviario de carga y de pasajeros; y en la

realización de estudios relativos a regímenes de tarifas, cánones,

aranceles y tasas del transporte ferroviario, en coordinación con las

áreas competentes.

7.

Asistir en los organismos encargados del accionar y funcionamiento

del transporte ferroviario en la implementación de políticas y buenas

prácticas.

8.

Intervenir en la difusión de las políticas, planes, programas y

proyectos ferroviarios entre los distintos actores del sistema, en

coordinación con las áreas de la Jurisdicción con competencia en la

materia.

9.

Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el

ámbito de su competencia.

10.

Intervenir en las rendiciones financieras de los subsidios y

compensaciones efectuadas en el marco de la gestión económica del

sistema de transporte ferroviario.

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AÉREO

OBJETIVOS

1.

Intervenir en los aspectos vinculados al transporte aéreo, así como

en la elaboración y propuesta de políticas de explotación y regulación

del mismo.

2.

Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de las

políticas, planes y programas referidos al transporte aéreo, nacional,

regional e internacional.

3.

Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones

de concursos y/o licitaciones, así como también intervenir en los

procesos licitatorios para el otorgamiento de concesiones o

contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al

área de su competencia.

4.

Participar en las reuniones de consulta, y en las negociaciones con

autoridades de transporte aéreo, nacional e internacional, en el ámbito

de su competencia.

5.

Colaborar con la Secretaría en el ejercicio de los derechos

societarios correspondientes a las participaciones accionarias

pertenecientes al ESTADO NACIONAL en las empresas de transporte aéreo;

así como en los aspectos de gestión de las concesiones de aeropuertos.

6.

Participar, en coordinación con los organismos competentes en

materia de regulación del transporte aéreo, en la implementación de

políticas y buenas prácticas.

7.

Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el

ámbito de su competencia.

8.

Participar en el proceso de concesiones y autorizaciones de

servicios de transporte aéreo, en coordinación con las áreas con

competencia en la materia.

9.

Entender en la realización de estadísticas y estudios económicos del

transporte aéreo.

10.

Participar, en coordinación con las áreas de las Administración

Pública Nacional con competencia en la materia, en el control de los

derechos del usuario del transporte aéreo.

11.

Participar en coordinación con las áreas de las Administración

Pública Nacional con competencia en la materia, en la determinación,

control y seguimiento de la capacidad económico-financiera de los

explotadores de servicios de transporte aéreo.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

OBJETIVOS

1.

Asistir al Ministro en la elaboración y ejecución de la política e

instrumentos de regulación, estandarización y coordinación en materia

de telecomunicaciones, servicios satelitales, servicios de comunicación

audiovisual y servicios postales, promoviendo la conectividad en todo

el territorio nacional, en el marco de su competencia.

2.

Participar en la elaboración de los proyectos de leyes, tratados y

normativa en el ámbito de su competencia, promoviendo la conectividad

en todo el territorio nacional, propendiendo a la mejora en la calidad

regulatoria y en la simplificación administrativa, en coordinación con

las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la

materia.

3.

Intervenir en la elaboración de las estructuras arancelarias en

materia de su competencia.

4.

Elaborar los proyectos y dictar, cuando correspondiere, normas de

regulación de las licencias, autorizaciones, permisos o registros de

servicios del área de su competencia.

5.

Intervenir en la elaboración, ejecución y reglamentación del régimen

del servicio postal.

6.

Asistir al Ministro en el ejercicio de los derechos societarios

correspondientes a las participaciones accionarias pertenecientes al

ESTADO NACIONAL en las empresas del área de su competencia.

7.

Participar, en el ámbito de su competencia, en el establecimiento de

los criterios de atribución de bandas de espectro radioeléctrico, de

determinación de topes por prestador y/o servicio y en la modificación

y actualización del Cuadro Nacional de Bandas de Frecuencias del

Espectro Radioeléctrico, tendiendo a la simplificación y celeridad en

los procesos de asignación de frecuencias, en coordinación con las

áreas con competencia en la materia.

8.

Participar, en el ámbito de su competencia, en la administración y

gestión de los recursos órbita-espectro correspondientes a redes

satelitales, de conformidad con los tratados internacionales suscriptos

y ratificados por el ESTADO NACIONAL, en coordinación con las áreas con

competencia en la materia.

9.

Participar, en el ámbito de su competencia, en el diseño y

aprobación de los Programas de Servicio Universal, en coordinación con

las áreas con competencia en la materia.

10.

Asistir en la elaboración de normas en materia de interoperabilidad

e interconexión de las redes públicas de telecomunicaciones, en el

ámbito de su competencia, a efectos de asegurar la libre competencia y

concurrencia en el mercado.

11.

Entender en la promoción de la conectividad y del acceso universal

a las nuevas tecnologías como herramientas de información y

conocimiento; en el ámbito de su competencia, y en la optimización del

uso de las facilidades y redes existentes, en coordinación con las

provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, los municipios, las

empresas y los organismos con competencia en la materia.

12.

Propiciar los proyectos de leyes, decretos, decisiones

administrativas o resoluciones de carácter general, en el ámbito de su

competencia, articulando acciones, fijando y unificando criterios de

interpretación de las áreas bajo su órbita.

13.

Asistir, en el ámbito de su competencia, en la representación del

ESTADO NACIONAL ante los organismos internacionales que correspondan, y

en la elaboración y negociación de tratados, acuerdos o convenios

internacionales de comunicaciones o relativos a la sociedad de la

información y el conocimiento, en coordinación con las áreas de la

Administración Pública Nacional que corresponda.

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

OBJETIVOS

1.

Asistir a la Secretaría en la definición de los criterios de

actualización de los marcos regulatorios de servicios de

telecomunicaciones, servicios satelitales, de comunicación audiovisual

y del servicio postal, en el ámbito de su competencia.

2.

Asistir a la Secretaría en la elaboración de los proyectos y del

dictado de normas, cuando correspondiere, de regulación de las

licencias, autorizaciones, permisos o registros de servicios, así como

en su otorgamiento, en el ámbito de su competencia.

3.

Asistir a la Secretaría, en el marco de su competencia, en la

interpretación de las normas técnicas que regulan las

telecomunicaciones, los servicios postales, los servicios de

comunicación audiovisual y digitales.

4.

Promover el dictado de normas que fomenten y estimulen la

competencia, así como también prevengan y desalienten las prácticas

monopólicas, las conductas anticompetitivas, predatorias y/o de abuso

de posición dominante, en el marco de su competencia.

5.

Asesorar a la Secretaría en el dictado de normas que regulen los

servicios postales y propendan al desarrollo de la distribución de

logística liviana.

6.

Intervenir en el diseño de programas para la aplicación de los

recursos provenientes del fondo del servicio universal.

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO DE COMUNICACIONES Y CONECTIVIDAD

OBJETIVOS

1.

Recomendar alternativas para la adecuada utilización de la

infraestructura de Red de la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES

SATELITALES (ARSAT) y el desarrollo satelital.

2.

Participar, en el ámbito de su competencia, en las propuestas de

actualización del Cuadro Nacional de Atribución de Bandas del Espectro

Radioeléctrico.

3.

Asistir a la Secretaría, en el marco de su competencia, en la

representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos internacionales

que correspondan en materia de telecomunicaciones.

4.

Asesorar, en el marco de su competencia, en la elaboración de los

regímenes de cánones, aranceles y tasas de los servicios de su

competencia.

5.

Proponer medidas de promoción de conectividad, acceso universal y

optimización del uso de facilidades y redes existentes, poniendo de

relieve las necesidades del sector y propiciando la conformación de

mesas de trabajo que integren a los actores relevantes.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

SECRETARÍA DE CONCESIONES

OBJETIVOS

1.

Entender, en coordinación con las áreas del Ministerio con

competencia en la materia, en el desarrollo de los proyectos de

concesiones para la construcción y explotación de obras públicas y la

prestación de servicios públicos, y entender en la gestión de las

distintas etapas de los procesos licitatorios.

2.

Entender en la elaboración y el análisis de los pliegos de bases y

condiciones y demás documentación destinada a regir los procedimientos

de selección del concesionario, como así también en los procesos

licitatorios de las obras de infraestructura y los servicios públicos,

en el ámbito de su competencia.

3.

Entender en las tareas de estudio y aprobación de los anteproyectos

y proyectos relativos a las obras de infraestructura que estén sujetos

a concesión en el ámbito del Ministerio.

4.

Entender en los procesos de evaluación y licitación de proyectos de

obras de infraestructura y servicios públicos dados en concesión por el

ESTADO NACIONAL.

5.

Dirigir, en el ámbito de su competencia, las actividades

administrativas vinculadas a la gestión contable, financiera, legal o

de otra índole que se tramite en los procesos licitatorios de las obras

de infraestructura y servicios públicos concesionados desde el

Ministerio, en coordinación con las áreas competentes de la

Jurisdicción.

6.

Intervenir en la certificación, administración y seguimiento de las

obras de infraestructura y servicios públicos dados en concesión en la

órbita del Ministerio.

7.

Dirigir la fiscalización y el control posterior del cumplimiento de

los proyectos de concesión de obras de infraestructura y servicios

públicos por parte del o los sujetos concesionarios que sean realizados

en el ámbito de la Jurisdicción.

8.

Intervenir en los procesos licitatorios de las obras de

infraestructura y servicios públicos dados en concesión por el ESTADO

NACIONAL cuando esta sea requerida por otras áreas de la Administración

Pública Nacional.

SECRETARÍA DE CONCESIONES

SUBSECRETARÍA DE ANÁLISIS Y DESARROLLO DE PROYECTOS

OBJETIVOS

1.

Definir las condiciones económicas necesarias para la realización de

las licitaciones de concesión de obras de infraestructura y servicios

públicos.

2.

Analizar la viabilidad económico-financiera de los proyectos

sometidos a su consideración.

3.

Intervenir en las propuestas de distribución de riesgos entre el

concesionario y el ESTADO NACIONAL.

4.

Participar, en el marco de su competencia, en la evaluación de los

proyectos de concesión de obras y servicios públicos, y de aquellos que

provengan de las áreas sustantivas del Ministerio; así como en los

proyectos de iniciativa privada, en el marco de lo previsto por la Ley

N° 17.520 y sus modificatorias.

5.

Entender, en el ámbito de su competencia, en la normalización y,

eventualmente, la renegociación de todos los contratos de concesión

vigentes que hayan sido prorrogados, así como también de aquellos que

estén próximos a vencer.

6.

Dirigir, en el ámbito de su competencia, la revisión de las

condiciones de los activos concesionados del ESTADO NACIONAL, las

inversiones que deben ser realizadas para su puesta en valor

(identificación y estimación de costos) y las condiciones para que

estos activos sean concesionados nuevamente a través de una licitación

pública.

7.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la gestión de los

reclamos que pudieran surgir entre el ESTADO NACIONAL y el

concesionario, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción con

competencia en la materia.

SECRETARÍA DE CONCESIONES

SUBSECRETARÍA DE LICITACIÓN DE PROYECTOS

OBJETIVOS

1.

Dirigir la gestión la licitación de los proyectos de concesiones que

hayan sido aprobados por la Secretaría.

2.

Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la preparación de los

pliegos de bases y condiciones para los procesos licitatorios y de

concesión de obras.

3.

Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en las

actividades vinculadas a la gestión administrativa de los procesos

licitatorios de las obras de infraestructura y servicios públicos

concesionados por el Ministerio, en coordinación con las áreas

competentes de la Jurisdicción.

4.

Proponer a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, nuevos

lineamientos y pautas para las buenas prácticas en materia de

licitaciones y concesiones, en coordinación con otras áreas del

Ministerio.

5.

Intervenir en la promoción nacional y/o internacional de los

proyectos de obras de infraestructura y servicios públicos en

coordinación con las áreas competentes de la Jurisdicción.

SECRETARÍA DE CONCESIONES

SUBSECRETARÍA DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL

OBJETIVOS

1.

Entender en los procesos de control y tareas de fiscalización del

cumplimiento de los proyectos de concesión de obras de infraestructura

y servicios públicos licitados.

2.

Realizar el seguimiento del avance de los proyectos de concesión de

obras de infraestructura y servicios públicos licitados, durante el

período de construcción, y en la observancia por parte del

concesionario de los parámetros establecidos en el contrato de

concesión.

3.

Intervenir en el control y fiscalización de los proyectos en la fase

de ejecución, desde el término de la fase de construcción y hasta el

término de la concesión.

4.

Entender en el control de la observancia por parte del concesionario

de todos los parámetros establecidos en el contrato de concesión

durante su ejecución.

5.

Establecer, en el ámbito de su competencia, cursos de acción ante el

incumplimiento de obligaciones a su cargo por parte de los

concesionarios.

6.

Dirigir el diseño, implementación y actualización de un sistema de

seguimiento de los contratos de concesión vigentes.

IF-2023-151244378-APN-MINF

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