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MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Decreto 756/97

**Modifícase el Decreto Nº 660/96 en la parte correspondiente

al citado Departamento de Estado.**

Bs. As., 11/8/97

B.O: 22/8/97

VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS

PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que dada la relevancia de las políticas de inversión

pública y los planes de obras públicas actualmente

en desarrollo por parte del Gobierno Nacional y la necesidad de

establecer una adecuada coordinación a nivel nacional,

regional y provincial de los distintos proyectos y programas existentes,

resulta conveniente desdoblar la actual SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

Y TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,

de forma tal de responder como las circunstancias lo exigen, a

las necesidades que generan el diseño de las políticas

y la instrumentación de los planes de obras públicas,

así como también del transporte en sus distintas

modalidades.

Que resulta necesario unificar la conducción de los programas,

proyectos y actividades vinculados con el transporte interno e

internacional, de carga y pasajeros, en sus distintos modos, así

como también lo referido a las actividades portuarias y

de las vías navegables, a fin de lograr una mayor eficiencia

y eficacia en la utilización de los recursos asignados

a las mismas.

Que por otra parte, y dado el nuevo perfil que requiere la SECRETARIA

DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS

PUBLICOS, se estima aconsejable transferir a esta la SUBSECRETARIA

DE PROGRAMACION REGIONAL, actualmente en la órbita de la

SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA

Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que en el mismo orden de ideas, corresponde explicitar los Objetivos

de los niveles políticos de las SECRETARIAS DE POLITICA

ECONOMICA, DE OBRAS PUBLICAS. DE TRANSPORTE y DE ENERGIA, del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que asimismo, y por razones de ordenamiento administrativo, es

necesario determinar las unidades de primer nivel operativo que

dependen en forma directa de los niveles políticos que

resultan afectados por la presente medida.

Que en razón de las adecuaciones que se introducen por

esta norma, resulta aconsejable delimitar claramente la dependencia

de los organismos no integrantes de la Administración Central

dependientes de las áreas que se ven afectadas por el presente

acto.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención

que le compete.

Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA

DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que

le compete, expidiéndose favorablemente.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar

la presente medida, en virtud de las atribuciones emergentes del

Artículo 99, inciso 1), de la CONSTITUCION NACIONAL y el
Artículo 15 de la Ley Nº 24.764.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

Artículo 1º-Modifícase del Anexo I del

Decreto Nº 660 del 24 de junio de 1996, sus modificatorios

y complementarios, Ia parte correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMIA

Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la que se integrará de acuerdo

al detalle que se señala en las Planillas Anexas al presente

artículo.

Art. 2º-Modifícase del Anexo II -Objetivos-

del Decreto Nº 660 del 24 de junio de 1996, sus modificatorios

y complementarios, Ia parte correspondiente a las SECRETARIAS

DE POLITICA ECONOMICA, DE OBRAS PUBLICAS, DE TRANSPORTE y DE ENERGIA,

todas ellas dependientes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y

SERVICIOS PUBLICOS, Ia que quedará redactada como se detalla

en las Planillas Anexas al presente artículo.

Art. 3º-Apruébase la organización funcional

de las SECRETARIAS DE POLITICA ECONOMICA, DE OBRAS PUBLICAS, DE

TRANSPORTE y DE ENERGIA, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y

SERVICIOS PUBLICOS, Ia que quedará conformada de acuerdo

con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo.

Art. 4º-Apruébase la Responsabilidad Primaria

y Acciones de la Dirección Nacional de Transporte Fluvial

y Marítimo de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL,

FLUVIAL Y MARITIMO, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE

del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, de conformidad

con la Planilla Anexa al presente artículo.

Art. 5º-Establécese la dependencia de los organismos

no integrantes de la Administración Centralizada de las

SECRETARIAS DE POLITICA ECONOMICA, DE OBRAS PUBLICAS, DE TRANSPORTE

y DE ENERGIA, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,

de acuerdo con las Planillas Anexas a este artículo.

Art. 6º-El personal de las áreas afectadas

por la presente medida mantendrá sus niveles y grados de

revista vigentes a la fecha. La medida incluye los cargos ocupados

del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas.

Art. 7º-Hasta tanto se concluya con la organización

de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán

vigentes las aperturas estructurales inferiores existentes, con

la asignación de los respectivos cargos con funciones ejecutivas

del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas.

Art. 8º-Al solo efecto de implementar lo dispuesto

por el presente acto, facúltase al señor Ministro

de Economía y Obras y Servicios Públicos a asignar

transitoriamente, hasta tanto se concluya el proceso organizativo

pertinente, a los titulares de los cargos correspondientes a las

áreas afectadas por este decreto.

Art. 9º-Modifícase la Distribución Administrativa

del Presupuesto General de la Administración Nacional-Recursos

Humanos de la Jurisdicción 50.00 -MINISTERIO DE ECONOMIA

Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS- de conformidad con las planillas

anexas al presente artículo.

Art. 10.-El MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS

PUBLICOS, deberá elevar en un plazo no mayor a los TREINTA

(30) días para su aprobación, Ios proyectos de estructura

organizativa de las áreas afectadas por la presente medida.

Art. 11.-El gasto que demande la aplicación del

presente decreto, será atendido con los créditos

vigentes asignados a la Jurisdicción 50.00 - MINISTERIO

DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 12.-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.Roque B. Fernández.-José A.

Caro Figueroa. -Guido J. Di Tella.-Raul E. Granillo Ocampo. -Jorge

M. R. Domínguez.-Susana B. Decibe -Alberto J. Mazza.-Carlos

V. Corach.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

-SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA:

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA

SUBSECRETARIA DE INVERSION PUBLICA Y GASTO SOCIAL

SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS

-SECRETARIA DE COORDINACION:

SUBSECRETARIA LEGAL

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION

SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL

SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

-SECRETARIA DE HACIENDA:

SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA

SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO

-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA:

SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA

SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR

SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR

SUBSECRETARIA DE MINERIA

-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION:

SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION

SUBSECRETARIA DE PESCA

SUBSECRETARIA DE ALIMENTACION Y MERCADOS

-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS:

SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL

-SECRETARIA DE TRANSPORTE:

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO

SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES

-SECRETARIA DE ENERGIA

SUBSECRETARIA DE ENERGIA

SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2º

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

OBJETIVOS

1.-Elaborar y proponer instrumentos para la programación,

la consistencia y el análisis de la política económica.

2.-Efectuar el seguimiento sistemático de la situación

de la economía global y sectorial.

3.-Coordinar en su carácter de autoridad de aplicación

del Sistema Nacional de Inversión Pública, la evaluación

y propuesta de prioridades en los proyectos de inversión

públicas y programas con financiamiento externo, así

como también la actualización de los planes anual

y plurianual de inversión.

4.-Conducir, a través del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA

Y CENSOS, el Sistema Estadístico Nacional y los Censos

Nacionales, elaborar las estadísticas nacionales socioeconómicas,

y los análisis y estudios que deriven de ellos.

5.-Conducir, a través de las respectivas áreas,

los Sistemas de Cuentas Nacionales e Internacionales y los análisis

y estudios que deriven de ellos.

6.-Programar y coordinar la evaluación de las políticas

de gasto social consolidado, su financiamiento y su impacto sobre

la población y efectuar diagnósticos y seguimientos

de los niveles de vida de la población.

7.-Coordinar todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones

con los organismos financieros internacionales de crédito,

bilaterales y no bilaterales.

8.-Dirigir la coordinación de las políticas y acciones

que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones

accionarias o de capital en empresas donde el Estado Nacional

sea socio minoritario, e instruir a los representantes del Estado

Nacional en las citadas empresas, incluyendo las que estén

en proceso de total privatización.

9.-Supervisar el desarrollo de los servicios de seguros y mercado

de valores en función de las políticas de apertura

externa y desregulación.

10.-Efectuar la coordinación de los aspectos administrativos

de las relaciones con el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, BANCO HIPOTECARIO

NACIONAL y al BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD

ANONIMA (BICE:).

11.-Coordinar las relaciones entre la COMISION NACIONAL DE VALORES,

la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, la CASA DE MONEDA

SOCIEDAD DEL ESTADO y el INSTITUTO SUPERIOR DE LOS ECONOMISTAS

DE GOBIERNO, con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA

OBJETIVOS

1.

-Coordinar la realización de análisis prospectivos

que vinculen los objetivos e instrumentos de las políticas

macroeconómicas.

2.-Conciliar los distintos planes, programas y proyectos con los

lineamientos de la política económica en el plano

fiscal, monetario y de ingresos.

3.-Efectuar el seguimiento sistemático de la coyuntura

económica y publicar indicadores e informes periódicos

que permitan evaluar el desempeño de la economía.

4.-Organizar y elaborar los Sistemas de Cuentas Nacionales e Internacionales

y los análisis y estudios conexos.

5.-Supervisar todo lo vinculado con el INSTITUTO SUPERIOR DE LOS

ECONOMISTAS DE GOBIERNO.

SUBSECRETARIA DE INVERSION PUBLICA Y GASTO SOCIAL

OBJETIVOS

1.-Evaluar y proponer las prioridades de los proyectos de inversión

pública nacional y de los programas con financiamiento

externo.

2.-Entender en el Sistema Nacional de Inversiones Públicas

e intervenir en los proyectos sujetos a sus disposiciones.

3.-Elaborar el Plan Nacional de Inversiones Públicas y

asegurar su actualización permanente.

4.-Interactuar con la actividad privada a los efectos del cumplimiento

de la Ley Nº 24.354 de creación del Sistema Nacional

de Inversiones Públicas.

5.-Intervenir en las negociaciones con los Organismos Internacionales

de crédito y en el control y seguimiento de los programas

y proyectos con financiamiento externo.

6.-Colaborar con la SECRETARIA DE HACIENDA en la elaboración

del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos

de la Administración Nacional, específicamente en

lo relativo a los proyectos de inversión pública

nacional, con el alcance establecido en la Ley Nº 24.354

y los proyectos financiados por organismos internacionales de

crédito.

7.-Asegurar el desarrollo, actualización y mantenimiento

de los sistemas de información destinados a lograr una

eficiente ejecución de los programas con los organismos

internacionales de crédito.

8.-Resolver sobre las medidas correctivas que coadyuven a la buena

administración de los préstamos con los organismos

internacionales de crédito y a la mayor eficiencia para

la ejecución de los proyectos y programas de inversión

pública.

9.-Evaluar los programas de gasto social consolidado, realizando

un diagnóstico y seguimiento permanente de su impacto sobre

las condiciones de vida de la población.

SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS

1.-Ejecutar las políticas relativas al desarrollo de los

servicios y mercado de valores.

2.-Asistir al Secretario de Política Económica en

lo que respecta a las relaciones con la COMISION NACIONAL DE VALORES

y SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.

3.-Asistir en la coordinación de los aspectos administrativos

de las relaciones con el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, el BANCO

HlPOTECARIO NACIONAL y el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR

SOCIEDAD ANONIMA (BICE).

4.-Coordinar el análisis y realizar propuestas de alternativas

para el diseño de la política del sector financiero.

5.-Ejecutar las acciones para coordinar la venta de los paquetes

accionarios en poder del Estado Nacional.

6.-Coordinar las políticas y acciones que hacen al ejercicio

de los derechos societarios de las participaciones accionarias

o de capital de empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario

y estén en proceso de total privatización, e instruir

a los representantes del Estado Nacional en las citadas empresas.

7.-Instrumentar las políticas y acciones que hacen al ejercicio

de los derechos societarios de las participaciones accionarias

o de capital de empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario,

e instruir a los representantes del Estado Nacional en las citadas

empresas.

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

OBJETIVOS

1.-Entender en la elaboración, propuesta y ejecución

de la política nacional en materia de obras públicas,

supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas

y proyectos vinculados a ellas a nivel nacional, regional y provincial.

Asimismo, proponer el marco regulatorio destinado a facilitar

su ejecución, ejerciendo las atribuciones conferidas directamente

por la normativa vigente sobre la materia o las que en el futuro

se le deleguen.

2.-Conducir la gestión y obtención de cooperación

técnica y financiera internacional que otros países

u organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de

los objetivos y políticas de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS.

3.-Entender en la formulación, seguimiento y control de

aplicación de las políticas relativas a los bienes

físicos de propiedad del Estado Nacional e implementar

y mantener actualizado un sistema de información que facilite

la operación de dichos bienes.

4.-Supervisar y coordinar todos los actos de administración

de los bienes inmuebles del Estado Nacional correspondientes a

la Administración Centralizada, su adquisición,

disposición, conservación, mantenimiento y asignación

y en la racionalización de los espacios físicos,

formulando las políticas relativas a su conservación

y mantenimiento, y efectuar su seguimiento y control.

5.-Ejercer las atribuciones encomendadas a la COMISION VENTA INMUEBLES

ESTATALES creada por Decreto Nº 2137 del 10 de octubre de

1991 y ejercer las atribuciones encomendadas por la Ley Nº

24.383.

6.-Entender en la elaboración, propuesta y ejecución

de las políticas relativas a la gestión de los recursos

hídricos, incluyendo los servicios e infraestructuras comprendidos,

supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas

y proyectos de desarrollo vinculados a los mismos en todas sus

manifestaciones, a fin de proveer a su uso correcto y eficiente,

y a la determinación de políticas tarifarias y de

participación pública y privada en las diversas

facetas de la gestión.

7.-Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes

u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas

de competencia de la Secretaría cuando tengan una vinculación

funcional con la misma, y hacer cumplir los marcos regulatorios

correspondientes.

8.-Asistir en la resolución de los recursos de carácter

administrativo que se interpongan en contra de las actividades

específicas del accionar de los entes mencionados en el

párrafo anterior.

9.-Conducir las acciones tendientes a aplicar la política

sectorial orientando al proceso de adaptación de los nuevos

operadores al interés general.

10.-Efectuar el seguimiento sistemático de la situación

de la economía regional.

11.-Coordinar los aspectos económicos, fiscales y financieros

así como también todo lo referido a proyectos de

obras públicas, entre el GOBIERNO NACIONAL y los GOBIERNOS

PROVINCIALES y el GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL

OBJETIVOS

1.-Conducir lo vinculado con la programación y articulación

de proyectos de obra pública a nivel nacional, regional

y provincial.

2.-Formular los programas de obra pública nivel regional

y provincial.

3.-Coordinar con dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS

Y SERVICIOS PUBLICOS y de otros Ministerios, todos los aspectos

relacionados con la programación económica regional.

4.-Ofrecer asistencia técnica a las provincias en la formulación

de programas de desarollo regional y de obra pública.

5.-Proponer instrumentos de financiamiento propiados para el apoyo

del desarrollo regional.

6.-Coordinar la instrumentación de un banco único

de datos económicos y sociales sobre provincias y economías

regionales.

7.-Realizar estudios sobre las economías regionales.

8.-Actuar como unidad ejecutora de proyectos orientados al desarrollo

regional.

9.-Asistir en la planificación de las políticas

de concesiones de obras públicas, en especial, del sistema

vial nacional.

10.-Coordinar los aspectos fiscales, económicos y financieros

y sus impactos sociales en la relación entre el GOBIERNO

NACIONAL y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales

y diseñar y operar un sistema de información sobre

la gestión financiera de las Provincias y Municipios que

permita su integración a las cuentas nacionales.

11.-Efectuar la evaluación y seguimiento de los sistemas

financieros de los Estados Provinciales, su infraestructura productiva,

los procesos de privatizaciones y desregulación y en general,

todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones

objeto de controversia en el campo económico, financiero

y/o fiscal entre la Nación y las Provincias.

12.-Coordinar en todo lo atinente a opciones de Cooperación

y Asistencia Nacional e Internacional, Bilaterales y Multilaterales,

disponibles para las Provincias y Municipios en apoyo de sus políticas

y acciones fiscales, económicas y financieras.

13.-Asesorar al Secretario de Obras Públicas en la planificación

de la política exterior de la Nación en materia

de recursos hídricos internacionales compartidos, sus cuencas,

cursos de ríos sucesivos y contiguos y cuerpos de agua

en general, asumiendo la representación técnica

nacional en los organismos de cuencas respectivos.

14.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en la programación

de programas y acciones de gestión y desarrollo de infraestructura

y servicios vinculados a los recursos hídricos.

15.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en la planificación

de la política nacional referida a la prestación

de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable,

evacuación y tratamiento de excretas y otros complementarios.

16.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en la gestión

y obtención de cooperación técnica y financiera,

provenientes de organismos internacionales o de otro origen, destinada

a la concreción de los objetivos de la Secretaría.

17.-Celebrar convenios con las provincias, municipios y/u otras

entidades para el desarrollo e implementación de los programas

y acciones de su competencia.

SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

OBJETIVOS

1.-Elaborar el plan operativo de obras de la SECRETARIA DE OBRAS

PUBLICAS y conducir su ejecución.

2.-Coordinar el análisis y la elaboración de las

propuestas sobre el marco regulatorio que facilite la concreción

de las mismas.

3.-Elaborar los pliegos e intervenir en el proceso de contratación

de la obra pública de responsabilidad de la SECRETARIA

DE OBRAS PUBLICAS.

4.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en el ejercicio

de las facultades que le han sido delegadas o le fueren delegadas

en el futuro respecto de las normas rectoras sobre obras públicas

y/o sobre concesiones de obras públicas.

5.-Asistir a los organismos de contralor respectivos en la fiscalización

de las concesiones viales.

6.-Entender en la formulación, seguimiento y ejecución

de las políticas relativas a la construcción, conservación

y reciclaje de edificios fiscales y a la restauración y

conservación de monumentos históricos nacionales.

7.-Entender en la elaboración, ejecución, modificación,

reformulación y rescisión de los contratos celebrados

y las licitaciones o contrataciones que se efectúen con

motivo de las acciones vinculadas a la restauración, conservación,

preservación, mantenimiento, construcción y reciclaje

de los monumentos y lugares históricos e inmuebles fiscales,

como así también la administración de obras

solicitadas por otros organismos o reparticiones del Estado Nacional.

8.-Brindar la asistencia técnica y administrativa al Tribunal

Arbitral de Obras Públicas.

9.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en la ejecución

de la política hídrica nacional y en la elaboración

y propuesta del marco regulatorio relativo a la gestión

de los recursos hídricos, en conjunción con las

políticas de preservación que determine la SECRETARIA

DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA

DE LA NACION, y vinculando la acción de las jurisdicciones

y organismos intervinientes en la problemática hídrica.

10.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en la ejecución

de programas y acciones vinculados a la gestión de recursos

hídricos internacionales compartidos, sus cuencas, cursos

de ríos sucesivos y contiguos y cuerpos de agua en general.

11.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en la ejecución

de los programas y acciones orientados a la gestión integral

de cuencas y regiones hídricas interprovinciales, representando

al Estado Nacional cuando corresponda a la legislación

vigente, en concordancia con los lineamientos que determine la

SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la

PRESIDENCIA DE LA NACION y en coordinación con los organismos

y jurisdicciones involucrados.

12.-Asistir al secretario de Obras Públicas en el diseño

y ejecución de programas y acciones de gestión y

desarrollo de infraestructura y servicios vinculados a los recursos

hídricos, promoviendo mecanismos de construcción,

operación y mantenimiento y de control y regulación

que, en lo posible, contemplen la participación empresaria

privada y de la comunidad involucrada.

13.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en la ejecución

de la política nacional referida a la prestación

de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable,

evacuación y tratamiento de excretas y otros complementarios.

14.-Supervisar el accionar de los organismos descentralizados

de su jurisdicción.

SECRETARIA DE TRANSPORTE

OBJETIVOS

1.-Entender en la elaboración, propuesta y ejecución

de la política nacional en materia de transporte terrestre,

aerocomercial, fluvial y marítimo, y actividades portuarias

y de las vías navegables, supervisando su cumplimiento

y coordinando los planes, programas y proyectos vinculados a ellas.

Asimismo, proponer el marco regulatorio destinado a facilitar

su ejecución, ejerciendo las atribuciones conferidas directamente

por la normativa vigente sobre la materia o las que en el futuro

se le deleguen.

2.-Conducir la gestión y obtención de cooperación

técnica y financiera internacional que otros países

u organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de

los objetivos y políticas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.

3.-Entender en el funcionamiento de un sistema integrado de transportes

interno e internacional coordinando sus acciones y elaborando

las medidas que permitan el desarrollo de los modos aéreo,

terrestre, fluvial y marítimo, en condiciones de máxima

eficiencia, de conformidad con las facultades otorgadas por la

legislación y la normativa vigente.

4.-Definir y controlar las políticas y planes de corto,

mediano y largo plazo para transporte interno e internacional

que faciliten una adecuada coordinación, orientadas en

especial a favorecer la integración latinoamericana y promover

los estudios y acciones que posibiliten distintas formas de desregulación,

privatización y/o concesión parcial o total de los

servicios en la medida que tienda al perfeccionamiento del sistema.

5.-Supervisar el control y fiscalización de los servicios

de transporte que se prestan a través de los diferentes

modos, asegurando la máxima calidad del servicio y protección

al usuario en condiciones racionales de economicidad, y coordinar

las acciones relativas a prevención, accidentes y seguridad

vial.

6.-Participar en las reuniones de consulta, reuniones técnicas

o negociaciones con autoridades del transporte aerocomercial de

los demás países, necesarios para la elaboración

de los instrumentos de regulación de las relaciones aerocomerciales

internacionales.

7.-Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes

u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas

de competencia de la Secretaría cuando tengan una vinculación

funcional con la misma, y hacer cumplir los marcos regulatorios

correspondientes.

8.-Entender en la formulación, seguimiento y control de

la aplicación de las políticas y atribuciones encomendadas

al ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS, creado

por Decreto Nº 1383 del 29 de noviembre de 1996.

9.-Asistir en la resolución de los recursos de carácter

administrativo que se interpongan en contra de las actividades

específicas del accionar de los entes mencionados en los

Objetivos 7) y 8) precedentes.

10.-Conducir las acciones tendientes a aplicar la política

sectorial orientando el proceso de adaptación de los nuevos

operadores al interés general.

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE

OBJETIVOS

I.-Efectuar la propuesta y el control de ejecución de las

políticas, planes y programas referidos al transporte terrestre,

de carga y pasajeros, tanto metropolitano como de larga distancia.

2.-Coordinar los estudios para la actualización de la normativa

vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica

de equipos, seguros, régimen tarifario y toda otra normativa

vinculada con las acciones de su competencia.

3.
  • Elaborar y proponer políticas de desregulación,

privatización y/o concesión de los servicios de

transporte.

4.-Contribuir a la estructuración y planificación

del transporte en el Area Metropolitana de Buenos Aires.

5.-Supervisar el accionar de los organismos descentralizados de

su Jurisdicción.

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO

OBJETIVOS

1.-Efectuar la propuesta y el control de ejecución de las

políticas, planes y programas referidos al transporte aerocomercial,

fluvial y marítimo.

2.-Coordinar los estudios para la actualización de la normativa

vigente en lo referente a modalidades operativas, régimen

tarifario y toda otra normativa vinculada con las acciones de

su competencia.

3.
  • Elaborar y proponer políticas de desregulación,

privatización y/o concesión de los servicios de

transporte.

4.-Coordinar todo lo relativo a planos de ruta como así

también la modificación o actualización de

la legislación y el funcionamiento del sistema de transporte

aerocomercial.

5.-Participar en la reestructuración del Sistema Nacional

de Aeropuertos.

6.-Aplicar las prescripciones del Código Aeronáutico,

los Acuerdos Internacionales y las normas reglamentarias en todo

lo concerniente al transporte aerocomercial.

7.-Supervisar el accionar de los organismos descentralizados de

su jurisdicción.

8.-Propiciar el sistema de promoción a través de

la complementación económica.

SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES

OBJETIVOS

1.-Efectuar la propuesta y control de ejecución de las

políticas y planes referidos a la actividad portuaria y

de las vías navegables. Ejercer todas las responsabilidades

y funciones de la autoridad portuaria nacional.

2.
  • Elaborar y proponer políticas de desregulación,

privatización y/o concesión de los puertos, servicios

portuarios y de vías navegables.

3.-Coordinar los estudios para la actualización de la normativa

vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica

de equipos, seguros, régimen tarifario y toda otra normativa

vinculada a las acciones de su competencia.

SECRETARIA DE ENERGIA

OBJETIVOS

1.-Entender en la elaboración, propuesta y ejecución

de la política nacional en materia de energía supervisando

su cumplimiento y proponiendo el marco regulatorio destinado a

facilitar su ejecución.

2.-Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes

u organismos de control de los servicios públicos privatizados

o concesionados en el área de la Secretaría, cuando

estos tengan una vinculación funcional con la misma y hacer

cumplir los marcos regulatorios correspondientes.

3.-Asistir en la resolución de los recursos de carácter

administrativo que se interpongan en contra del accionar de los

Entes Reguladores de las actividades específicas.

4.-Conducir las acciones tendientes a aplicar la política

sectorial orientando el proceso de adaptación de los nuevos

operadores al interés general.

SUBSECRETARIA DE ENERGIA

OBJETIVOS

1.-Efectuar la propuesta y control de ejecución de las

políticas sectoriales.

2.-Monitorear las relaciones con y entre los diferentes operadores

del sistema eléctrico, asegurando la adecuada información

acerca de las condiciones de demanda y oferta en el corto, mediano

y largo plazo.

3.-Evaluar los recursos naturales disponibles para el aprovechamiento

energético, asistir en la elaboración de las propuestas

relativas a la normativa específicas para las distintas

etapas de la industria eléctrica, evaluar su impacto ambiental

en coordinación con las áreas competentes y promocionar

programas conducentes al uso racional de la energía y al

desarrollo de las fuentes nuevas y renovables.

SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES

OBJETIVOS

1.-Efectuar la propuesta y control de la ejecución de la

política nacional de hidrocarburos, carbón mineral

y otros combustibles, en lo que hace a la promoción y regulación

de sus etapas de exploración, explotación, transporte

y distribución.

2.-Estudiar y analizar el comportamiento del mercado desregulado

de hidrocarburos y carbón mineral, promoviendo políticas

de competencia y de eficiencia en la asignación de recursos.

3.-Promover y supervisar la explotación racional de los

recursos hidrocarburíferos y la preservación del

ambiente en todas las etapas de la industria petrolera y ejecutar

las demás acciones de control y fiscalización previstas

para la autoridad de aplicación de la Ley Nº 17.319

y del Decreto Nº 44/91 y ejercer el poder de policía

en materia de gas licuado envasado.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 3º

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA( 10)

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA (2)

DIRECCION NACIONAL DE CUENTAS NACIONALES ( 1 )

DIRECCION NACIONAL DE CUENTAS INTERNACIONALES (1)

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS MACROECONOMICAS

(1)

SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS (2)

SUBSECRETARIA DE INVERSION PUBLICA

DIRECCION NACIONAL DE INVERSION PUBLICA (1)

DIRECCION NACIONAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS INTERNACIONALES

DE CREDITO (1)

DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION DEL GASTO SOCIAL (1)

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS ( 1 )

DIRECCION DE DIFUSION (1)

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y OPERACIONES (1)

DIRECCION NACIONAL DE METODOLOGIA ESTADISTICA, TECNOLOGIA Y COORDINACION

DEL SISTEMA ESTADISTICO NACIONAL (1)

DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION (1)

DIRECCION ASISTENTE DE ESTADISTICAS SOCIODEMOGRAFICAS Y ECONOMICAS

(1)

DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS Y PRECIOS DE LA PRODUCCION

Y EL COMERCIO (1)

DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS DEL SECTOR EXTERNO (1)

DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS SOCIALES Y DE POBLACION (1)

DIRECCION NACIONAL DE ENCUESTAS A HOGARES (1)

SECRETARIA DE ENERGIA (2)

DIRECCION GENERAL DE COOPERACION Y ASISTENCIA FINANCIERA (1)

SUBSECRETARIA DE ENERGIA (2)

DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA ( 1)

DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION (1)

SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES (2)

DIRECCION NACIONAL DE ECONOMIA DE LOS HIDROCARBUROS (1)

DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS HIDROCARBURIFEROS Y COMBUSTIBLES

(1)

SECRETARIA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL (1)

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARITIMO (2)

SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES ( 1 )

DIRECCION NACIONAL DE VIAS NAVEGABLES (1)

DIRECCION NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA PORTUARIA (1)

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE (4)

DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (1)

DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE TRANSPORTE FERROVIARIO (1)

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

DIRECCION NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO (1)

SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS (5)

DIRECCION NACIONAL DE GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS (1)

DIRECCION NACIONAL DE ARQUITECTURA (1)

DIRECCION NACIONAL DE EJECUCION DE PROYECTOS (8)

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL (2)

DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION Y PROGRAMACION DE PROYECTOS

DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION REGIONAL (6)

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION CON LAS PROVINCIAS (7)

(1) Mantienen vigentes sus actuales Responsabilidades Primarias,

Acciones y Dotación.

(2) Mantiene vigente la dotación asignada.

(3) Absorbe la dotación asignada a la ex-SUBSECRETARIA

DE INVERSION PUBLICA.

(4) Absorbe la dotación asignada a la ex-SUBSECRETARIA

DE TRANSPORTE METROPOLITANO Y DE LA LARGA DISTANCIA.

(5) Absorbe las dotaciones asignadas a la SUBSECRETARIA DE OBRAS

PUBLICAS y la exSUBSECRETARIA DE GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS.

(6) Absorbe la Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación

de la ex-DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION ECONOMICA REGIONAL.

(7) Absorbe la Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación

de la ex-DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION FISCAL CON LAS PROVINCIAS.

(8) Absorbe la Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación

de la ex-DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION Y EJECUCION DE PROYECTOS.

(9) Absorbe la Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación

de la ex-DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION Y CONTROL.

( 10) Absorbe la dotación asignada a la ex-SECRETARIA DE

PROGRAMACION ECONOMICA.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 4º

SECRETARIA DE TRANSPORTE

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO

DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARITIMO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Elaborar, proponer y ejecutar las políticas, planes y programas

referidos al transporte fluvial, marítimo y lacustre.

ACCIONES

1.-Participar en la elaboración de la política concerniente

a la Marina Mercante Nacional.

2.
  • Participar en las negociaciones e implementar los convenios

y acuerdos de transporte fluvial, marítimo y lacustre de

cooperación en la materia, a nivel nacional e internacional.

Intervenir en las reuniones de los organismos internacionales

vinculados con el sector.

3.-Coordinar los estudios relativos al área y proponer

las acciones para que la Marina Mercante Nacional, alcance niveles

de competitividad en el mercado internacional y efectuar los estudios

para la determinación de las tarifas de fletes y condiciones

del transporte.

4.-Intervenir en la aplicación de las normas sobre el Servicio

de Practicaje y Pilotaje para los ríos, puertos y canales.

Coordinar la gestión administrativa de la Dirección

Nacional.

5.-Promover el desarrollo eficiente y competitivo en el orden

internacional de la industria naval y asesorar a los organismos

oficiales y privados, en relación con los requerimientos

de las actividades navieras y conexas en el ámbito del

país.

6.-Intervenir en los estudios técnicos, económicos

e institucionales vinculados con el proyecto de la Hidrovía

Paraguay y Paraná, en las reuniones correspondientes.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 5º

DEPENDENCIA JERARQUICA DE LOS ORGANISMOS NO INTEGRANTES DE LA

ADMINISTRACION CENTRAL, DE LAS AREAS AFECTADAS POR EL PRESENTE

DECRETO

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA:

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

COMISION NACIONAL DE VALORES

CASA DE MONEDA S. E.

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACIÓN MACROECONOMICA:

INSTITUTO SUPERIOR DE LOS ECONOMISTAS DE GOBIERNO

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS:

ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS

ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS

ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED DE ACCESOS A LA

CIUDAD DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS:

ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD

TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION

SECRETARIA DE TRANSPORTE:

ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO:

INTERCARGO S. A. C.

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE:

COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

FERROCARRIL GENERAL BELGRANO S. A.

SECRETARIA DE ENERGIA:

ORGANISMO REGIONAL DE SEGURIDAD DE PRESAS-COMAHUE

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S. A.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 9º

JURISDICCION 50-00

PROGRAMA 55 - FORMULACION Y CONDUCCION DE POLITICAS DE TRANSPORTE

CARGOS O CATEGORIA CANT. DE CARGOS

RETRIBUCION

PERSONAL PERMANENTE

AUTORIDADES SUPERIORES DEL PODER

EJECUTIVO NACIONAL

Secretario 1 62.400.

Total 1 62.400.

JURISDICCION 50-00

PROGRAMA 46 - FORMULACION Y EJECUCION DE LA POLITICA DE RECURSOS

HIDRICOS

CARGOS O CATEGORIA CANT. DE CARGOS RETRIBUCION

PERSONAL PERMANENTE

AUTORIDADES SUPERIORES

DEL PODER EJECUTIVO

NACIONAL

Subsecretario -1 - 60.000. -

Total -1 - 60.000. -