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MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Decreto 889/94

Ratifícase la Resolución Conjunta que aprobara

estructura organizativa de la Secretaría de Coordinación Legal, Técnica

y Administrativa del citado Departamento de Estado.

Bs. As., 6/6/94

VISTO la Resolución Conjunta MeyOySP N° 1747 y SPF

N° 112 del 28 de diciembre de 1993 y el Decreto N° 507 del 8 de abril

de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada resolución se aprobó, entre otras

disposiciones, la estructura organizativa de la SECRETARIA DE

COORDINACION LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA

y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS.

Que dado el carácter de dicha medida corresponde su

ratificación por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que la aludida ratificación en nada afecta lo

dispuesto por el Decreto N° 507 del 8 de abril de 1994, por el cual se

modificó, entre otras medidas, la composición de dicha Secretaría.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Ratifícase la Resolución

Conjunta MeyOySP N° 1747 y SPF N°112 del 28 de diciembre de 1993, cuya

copia autenticada como Anexo I, forma parte integrante del presente

acto, sin perjuicio de lo dispuesto por el Decreto N° 507 del 8 de

abril de 1994.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la

Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM.— Domingo.

F. Cavallo.

Anexo I

Resolución Conjunta 1747 y 112

Buenos Aires, 28 dic. 1993

Visto: Lo establecido por los Decretos N° 1594/92 y

sus modificatorios, 2621/92, 1315/93, 1500/93, 1522/93, lo propuesto

por el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, y

Considerando:

Que por el Decreto N° 1594/92 y sus modificatorios

se adecuó la organización del Ministerio de Economía y Obras y

Servicios Públicos y las distintas áreas de su jurisdicción, entre

ellas, la Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa.

Que por el Decreto N° 2621/92, se aprobó

parcialmente la estructura organizativa de la Secretaría en cuestión,

en la parte pertinente a la Subsecretaría Legal, dependiente de la

misma.

Que por Decretos N° 1315, 1500 y 1522 todos ellos

correspondientes al año 1993, se transfirieron a la actual Secretaría

de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa, los cargos

correspondientes al Servicio Administrativo Nº 383, de la Dirección

Nacional de Transporte Fluvial y Marítimo de la Secretaría de

Transporte, los afectados a tareas propias de administración de la

Secretaría de Energía y la unidad Centro de Documentación e Información

de la Secretaría de Programación Económica, respectivamente.

Que resulta necesario regularizar las situaciones de

revista del personal de las distintas áreas de la jurisdicción

ministerial afectado por la centralización de los servicios que se

prestan en la Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y

Administrativa.

Que por el Decreto N° 1742/93, se creó en la

Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa la

Subsecretaria de Gestión Empresaria, transfiriéndose a ésta los cargos

y personal asignado a la ex-Subsecretaría de Privatizaciones que

actuara en el ámbito de la ex-Secretaría de Economía.

Que en consecuencia corresponde aprobar la

estructura organizativa que contemple, tanto las situaciones antes

descriptas, como as! también ciertos ajustes organizativos, que se

juzgan imprescindibles luego de la experiencia recogida en la gestión

de la Secretaría citada.

Que por el Decreto N° 2621/92 se aprobó para la

Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaria

Legal de la Secretaría en cuestión, una planta no permanente de

personal transitorio vigente hasta el 31 de diciembre de 1993 y dado

que aún subsisten las razones que dieron origen a la misma, resulta

conveniente prever su continuidad, durante el ejercicio 1994.

Que independientemente de ello y como consecuencia

de la resolución de recursos presentados oportunamente, en relación al

reencasillamiento efectuado a los agentes afectados por el presente

acto, se efectuaron modificaciones tanto en el nivel como en los grados

escalafonarios previstos, por lo que resulta necesaria su adecuación.

Que tal como lo establecen las normas vigentes,

corresponde adecuar la distribución administrativa del presupuesto de

la Administración nacional para el ejercicio 1994.

Que ha tomado la intervención que le compete el

Comité Ejecutivo de Contralor de la Reforma Administrativa expidiéndose

favorablemente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las

facultades emergentes del art, 3º del Decreto N° 1482/90.

Por ello, el ministro de Economía y Obras y

Servicios Públicos y la Secretaría de la Función Pública de la

Presidencia de la Nación, resuelven:

ARTICULO 1º - Apruébase la estructura organizativa de la

Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa del

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, de conformidad con

el organigrama, objetivos, responsabilidad primaria y acciones, planta

permanente, planta permanente y gabinete y planilla comparativa de

categorías financiadas que como anexos Ia, Ib, Ic, II, III, Iva, IVb, y

Vb forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2º - Apruébase la planta no permanente de personal

transitorio a utilizar durante el ejercicio 1994, en la Secretaría de

Coordinación Legal, Técnica y Administrativa, de acuerdo con el detalle

que como anexo IVc se acompaña.

ARTICULO 3° - Apruébase la nómina de personal a transferir a

la Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa, de las

unidades que se detallan en las planillas anexas al presente artículo.

ARTICULO 4° - Apruébase la nómina de personal a transferir de

la Secretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa, a las

unidades que se detallan en las planillas anexas al presente artículo.

ARTICULO 5º - Establécese que las áreas afectadas por las

transferencias a las que se refieren los arts. 39 y 4º de la presente

resolución, atenderán financieramente al personal cuyo traspaso

implique un cambio de finalidad.

ARTICULO 6° - Modificase la distribución administrativa del

presupuesto general de la Administración Nacional de la Jurisdicción

50.00 - Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de

conformidad con el detalle que como anexo Va, se acompaña.

ARTICULO 7° - Facúltase al Secretario de Coordinación Legal,

Técnica y Administrativa, quien a su vez podrá delegar dicha facultad

en los directores generales de Administración y de Asuntos Jurídicos, a

asignara las distintas unidades de su dependencia, áreas o temas de

competencia específica.

ARTICULO 8° - Exceptúase, a la Secretaría de Coordinación

Legal, Técnica y Administrativa del Ministerio de Economía y Obras y

Servicios Públicos, de las limitaciones establecidas por el art. 27 del

Decreto N° 435/90 sustituido por el art. 5° de su similar 1887/91 y el

art. 18 del Decreto N° 2043/80, al solo efecto de posibilitar la

cobertura de los cargos de la estructura que se aprueba por el presente

acto.

ARTICULO 9° - El personal transferido de otras unidades

organizativas del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos,

a cargos de la estructura que se aprueba por el presente acto, así como

también aquel que se transfiera dentro de las distintas unidades de la

Secretaría de Coordinación legal, Técnica y Administrativa, mantendrá

sus respectivos niveles y grados de revistas vigentes a la fecha del

dictado de la presente norma.

ARTICULO 10. - El gasto que demande la aplicación de la

presente medida, será atendido con los créditos asignados al Inc. 1

Gastos en personal de la jurisdicción 50.00 - Ministerio de Economía y

Obras y Servicios Públicos

ARTICULO 11. - Comuníquese, publíquese, dése a la

Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Claudia E. Bello

Economía y Obras y Servicios Públicos.

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Anexo II

SECRETARIA DE COORDINACIÓN LEGAL, TECNICA Y

ADMINISTRATIVA

Objetivos

1.

Dirigir y coordinar el desarrollo de las

actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la jurisdicción.

2.

Intervenir en la elaboración de todos los

proyectos de leyes, decretos y resoluciones vinculados con las

actividades sustantivas de la jurisdicción.

3.

Coordinar la aplicación de políticas

administrativas y financieras en la jurisdicción ministerial.

4.

Coordinar la política de recursos humanos,

organización, sistemas administrativos e informáticos y sumados

administrativos-disciplinarios.

S. Coordinar las distintas acciones y procedimientos

de privatización de los diferentes entes del Estado y su difusión en el

país y en el exterior.

6.

Coordinar el ejercicio de los derechos

societarios de las participaciones accionarlas o de capital en empresas

donde el Estado participe como socio minoritario.

7.

Coordinar el asesoramiento técnico a los entes

reguladores o de control de empresas privatizadas de la jurisdicción,

SUBSECRETARIA LEGAL

Objetivos

1.

Coordinar el servicio jurídico y mantener

ordenados los textos de la normativa vinculada con la actividad

sustantiva de la jurisdicción.

2.

Intervenir en todos los proyectos de leyes,

decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas

con la actividad sustantiva de la jurisdicción.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

Objetivos

1.

Efectuar la compatibilización y coordinación administrativa de

las áreas integrantes de la jurisdicción ministerial, así como la

planificación de las actividades de la Administración.

2.

Coordinar la aplicación de la política de

recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informaticos

y la sustanciación de los sumados administrativos-disciplinados de la

jurisdicción ministerial.

SUBSECRETARIA DE GESTION EMPRESARIA

Objetivos

1.

Instrumentar las políticas y acciones que hacen

al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones

accionarías o de capital de empresas donde el Estado sea socio

minoritario, e instruir a los representantes del Estado nacional en las

citadas empresas.

2.

Difundir lo relativo al proceso de privatización

y sus resultados en el país y en el exterior y asistir técnicamente,

cuando así se lo requiera, en las privatizaciones que se realicen en

los ámbitos provinciales y/o municipales.

3.

Intervenir en todos aquellos proyectos de leyes,

decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas

a la gestión empresaria y en resguardo a los intereses de la

participación accionarla del Estado nacional.

4.

Desarrollar un sistema de información

centralizada, sobre la gestión empresaria del Estado, el proceso de

privatización y sus resultados.

5.

Coordinar la ejecución del programa de propiedad

participada.

6.

Asistir técnicamente en la gestión de los entes

reguladores o de control de empresas privatizadas, en lo referente a su

adecuado funcionamiento.

Anexo III

DIRECCION AUDITORIA DE CONTENCIOSOS

Responsabilidad primaria

Controlar y calificar la actuación de los

profesionales en los juicios donde el Ministerio de Economía y Obras y

Servicios Públicos o sus entes descentralizados sean parte, ya se trate

de personal permanente o contratado.

Acciones

1.

Efectuar el control del cumplimiento de las

distintas etapas de las causas judiciales en las que el Ministerio de

Economía y Obras y Servicios Públicos deba intervenir.

2.

Auditar y conformar lo actuado en relación con

dichas causas, cuando su tramitación se encomiende a estudios o

profesionales ajenos a la Administración nacional.

3.

Elaborar informes periódicos sobre la marcha de

las distintas actuaciones, objeto de su competencia.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

Responsabilidad primaria

Asesorar en todos los asuntos de carácter jurídico

de competencia de la jurisdicción ministerial, con el fin de promover

el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias, en

el análisis de los anteproyectos de legislación económica y en la

revisión y compatibilización de las medidas de legislación económica

originadas en otros organismos. Asumir la representación y patrocinio

del Estado en los juicios correspondientes a la jurisdicción

ministerial.

Acciones

1.

Asesorar y redactar, desde el punto de vista

jurídico, los proyectos de actos administrativos, convenios y demás

instrumentos que se sometan a la consideración del Ministerio, sus

secretarías y subsecretarías.

2.

Disponer la representación y el patrocinio del

Estado nacional en todas las causas judiciales en que el Ministerio de

Economía y Obras y Servicios Públicos deba intervenir, estableciendo

los sistemas que permitan controlar la marcha de las actuaciones.

3.

Emitir dictámenes y tramitar recursos,

reclamaciones y denuncias interpuestas contra actos administrativos

producidos en la jurisdicción ministerial.

4.

Entender en la revisión y compatibilización de

las medidas de legislación económica originadas en otros organismos,

siempre que éstas afecten temas de competencia especificas del

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

5.

Entender en la realización de los estudios

vinculados con su especialidad con el objeto de promover el

perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias en

vigor.

6.

Dictaminar en las solicitudes de autorización que

presente la Dirección General Impositiva para apelar las sentencias del

Tribunal Fiscal de la Nación.

7.

Asesorar en los aspectos jurídicos y legales, en

todas las negociaciones económicas nacionales e internacionales, ya

sean bilaterales o multilaterales.

8.

Representar al Ministerio de Economía y Obras y

Servicios Públicos ante otras autoridades oficiales, ya sean

nacionales, provinciales o municipales en toda gestión que requiera

específicos conocimientos jurídicos.

9.

Instruir los sumarios por infracciones a los

regímenes de promoción industrial y minera.

DIRECCION DE NORMAS ECONOMICAS

Acciones

1.

Evaluar los aspectos técnico-legales de los

proyectos de actos administrativos, de carácter general, que se sometan

a consideración del ministerio o secretarías y emitir el dictamen en

los casos que se le delegue.

2.

Elaborar e intervenir anteproyectos de actos de

carácter general o colaborar en los aspectos de técnica legislativa con

los que se proyecten en otras jurisdicciones.

3.

Analizar las leyes que, vinculadas con el

accionar de la jurisdicción ministerial sancione el H. Congreso de la

Nación, elaborar y asesorar sobre los proyectos que proponga el

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

4.

Efectuar la revisión y compatibilización de las

medidas de legislación económica originadas en otros organismos, cuyo

análisis le sea atribuido.

5.

Entender en la realización de los estudios

vinculados con su especialidad a fin de promover el perfeccionamiento

de las disposiciones legales y reglamentadas en vigor, cuyo análisis le

sea atribuido.

DIRECCION DE CONTENCIOSOS

Acciones

1.

Ejercer la coordinación y supervisión de la

representación y el patrocinio del Estado Nacional en las causas

judiciales en que el Ministerio de Economía y Obras y Servicios

Públicos y/o sus secretarías y subsecretarías deban intervenir.

2.

Colaborar con la actuación de las

representaciones del Estado nacional en el interior del país, en las

causas judiciales que correspondan al Ministerio.

3.

Intervenir en los oficios judiciales de carácter

penal y en aquellos que se relacionen con los juicios que tiene a su

cargo la Dirección.

DIRECCION DE DICTAMENES

Acciones

1.

Asistir al Director General de Asuntos Jurídicos

en todas aquellas cuestiones en que se le solicite su análisis y

dictamen.

2.

Entender en la elaboración de dictámenes

referidos a los casos que se sometan a consulta, relacionados con actos

de carácter particular y dictaminar en los casos que se le deleguen.

3.

Entender en las solicitudes que presente la

Dirección General Impositiva para apelar las sentencias del Tribunal

Fiscal de la Nación.

DIRECCION SUMARIOS

Responsabilidad primaria

Efectuar todo lo vinculado con los sumarios

administrativo disciplinarios que corresponda promover al personal de

la jurisdicción ministerial.

Acciones

1.

Realizar las investigaciones de los hechos u

omisiones que han dado lugar a la realización del sumario.

2.

Realizar las investigaciones de aquellos hechos u

omisiones que, tomado conocimiento, se infiera pudiera dar lugar a la

realización de un sumario.

3.

Dictaminar las providencias del caso y dirigir

los procedimientos conforme lo estipulado en el reglamento de

investigaciones.

4.

Supervisar la recopilación de los informes y la

documentación necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la

responsabilidad patrimonial emergente.

5.

Fiscalizar la realización de diligencias a que

alude el reglamento de investigaciones y de toda otra que resulte

necesaria.

6.

Asesorar en todo lo referente a los recursos,

reclamaciones y denuncias interpuestas contra actos administrativos

producidos en la jurisdicción ministerial, como consecuencia de

sumarios regidos por el reglamento de investigaciones, sin perjuicio de

la intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

7.

Tomar conocimiento de la iniciación de sumados

administrativo-disciplinarios en trámite en las distintas áreas de la

jurisdicción ministerial, pudiendo tomar directa intervención cuando

razones de naturaleza procedimental así lo aconsejen.

8.

Mantener actualizado un registro unificado de

todos los sumarios en trámite en el ámbito del Ministerio de Economía y

Obras y Servicios Públicos.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Responsabilidad primaria

Administrar las políticas y la aplicación de las

normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su

capacitación y desarrollo y las relaciones laborales, procurando

mejorar los niveles de productividad y satisfacción laboral y la

calidad de la prestación de los servicios a cargo de la jurisdicción.

Acciones

1.

Monitorear el estado de avance del personal en el

régimen de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes.

2.

Dirigir la gestión de las actividades inherentes

al desarrollo de la carrera administrativa: selección, integración,

evaluación de desempeño, promoción y capacitación.

3.

Administrar y actualizar los sistemas de

información relacionados con la aplicación de las herramientas del

sistema de administración de recursos humanos, aplicando los controles

que permitan la correcta liquidación de haberes del personal.

4.

Participar y asistir técnicamente en los

programas de mejoramiento de la calidad de los servicios y unidades a

cargo de la jurisdicción y en aquellos vinculados con la mejora de la

atención al público.

S. Asegurar la adecuada aplicación de la legislación

en materia de recursos humanos y de la higiene y seguridad laboral.

6.

Analizar el esquema general de incentivos y

proponer las medidas pertinentes.

7.

Proponer las normas de administración intemas de

personal y efectuar los estudios y formular las propuestas tendientes a

optimizar los regímenes vigentes.

8.

Mantener relaciones con los representantes

gremiales en la administración y negociación de acuerdos o convenios.

9.

Proponer y establecer canales de comunicación

institucional en los temas de su competencia.

10.

Coordinar la prestación del servicio médico de

la jurisdicción.

11.

Asistir técnicamente a la delegación

jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera.

DIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PERSONAL

Acciones

1.

Aplicar los regímenes estatutarios y

escalafonarios, las reglamentaciones relativas a licencias,

compensaciones, situaciones especiales de revista, asignaciones

familiares e incompatibilidades, controlar su cumplimiento y proponer

las adecuaciones pertinentes.

2.

Proyectar los actos administrativos vinculados

con la gestión de recursos humanos y ejecutar las tramitaciones

inherentes a los movimientos del personal, reclamos, certificaciones de

servicios, seguro de vida y demás beneficios sociales.

3.

Elaborar indicadores de gestión gerencial de

recursos humanos.

4.

Confeccionar los legajos únicos del personal y

mantener actualizada la base de datos correspondiente.

5.

Elaborar la información básica para la

liquidación de remuneraciones y compensaciones e incentivos.

6.

Mantener mecanismos de difusión y asesoramiento

en materia de su competencia.

DIRECCION DE CARRERA Y DESARROLLO

Acciones

1.

Efectuar el seguimiento de la carrera

administrativa del personal y proponer estrategias de desarrollo.

2.

Implementar las pautas para el análisis de

puestos y definición de perfiles para su desempeño y ejecutar las

tareas concernientes a la organización y desarrollo de los procesos de

selección.

3.

Ejecutar las tareas de organización y desarrollo

de los procesos de evaluación de desempeño.

4.

Detectar las necesidades de capacitación,

desarrollar programas y coordinar las actividades correspondientes.

S. Coordinar y evaluar la aplicación de los sistemas

de selección, evaluación de desempeño y capacitación.

6.

Efectuar estudios sobre los procedimientos de

gestión de la carrera administrativa, el análisis de las remuneraciones

y de otros aspectos relativos a los recursos humanos en el ámbito

jurisdiccional.

7.

Mantener mecanismos de difusión y asesoramiento

en los temas de su competencia.

DIRECCION DE GESTION DE RELACIONES LABORALES Y

GREMIALES

Acciones

1.

Intervenir en la negociación colectiva

jurisdiccional y administrar los acuerdos resultantes.

2.

Fiscalizar la adecuada aplicación de la

legislación en materia de recursos humanos, higiene y seguridad laboral.

3.

Asistir en la gestión de las relaciones laborales

con las entidades gremiales.

4.

Evaluar las situaciones litigiosas colectivas e

individuales y proponer mecanismos alternativos de solución de

conflictos.

5.

Compatibilizar las medidas higiénico-sanitarias

necesarias en los lugares de trabajo y prestar el servicio de atención

y reconocimientos médicos.

6.

Efectuar estudios tendientes a la elaboración y

formulación de propuestas de fomento de productividad.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

Responsabilidad primaria

Dirigir las actividades relativas a los servicios

contables, económicos, financieros, de administración, de

mantenimiento, suministros y sistematización de datos.

Acciones

1.

Supervisar y coordinar todo lo relacionado con

registraciones contables y presupuestarlas, preparación de balances,

estados de ejecución, rendiciones de cuentas y liquidaciones de haberes

y gastos.

2.

Supervisar y coordinar el manejo y custodia de

fondos y valores, como así también lo vinculado a contrataciones, actos

licitatorios y contratos de locación.

3.

Supervisar y coordinar las acciones relacionadas

con el registro y control de los bienes patrimoniales de la

jurisdicción.

4.

Supervisar y coordinar el funcionamiento del

servicio de informática.

5.

Supervisar y coordinar todo lo relacionado con

los servicios generales, de maestranza, vigilancia y mantenimiento de

automotores de la jurisdicción y del edificio y sus bienes.

6.

Supervisar el cumplimiento de los servicios

contratados a terceros en materia de infraestructura.

7.

Coordinar lo relacionado con el almacenamiento y

distribución de suministros.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

Delegación tipo

Acciones

1.

Dictaminar, tramitar recursos, reclamos y

denuncias, e instruir sumados. Todo ello en los casos y respecto de las

materias que se le deleguen.

2.

Asesorar y redactar los proyectos de actos

administrativos, convenios y demás instrumentos que se le encomienden.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

Delegación tipo

Acciones

1.

Supervisar y coordinar todo lo relacionado con

los registros contables de la delegación, solicitudes presupuestadas,

rendición de cuentas, y las correspondientes intervenciones de

tesorería, en aquellos temas que se le asignen.

2.

Supervisar y coordinar las solicitudes de

adquisiciones, compras por Caja Chica -si correspondiere- como así

también el almacenamiento y distribución de bienes o insumos.

3.

Supervisar y coordinar las acciones relacionadas

con el Registro y Control de bienes patrimoniales, como así también el

manejo y custodia de fondos y valores.

4.

Supervisar y coordinar la aplicación de los

sistemas de computación de datos.

5.

Efectuar las contrataciones directas que por

razones de urgencia le sean requeridas, conforme lo establecido por la

ley de contabilidad y su reglamentación.

6.

Realizar los pagos en concepto de viáticos

correspondientes al organismo al cual asisten, y efectuar la

administración del fondo permanente que se le asigne.

DIRECCION DE TECNICA OPERATIVA

Acciones

1.

Dirigir las acciones necesarias para asegurar la

operatividad de los edificios e instalaciones de la jurisdicción.

2.

Supervisar la conducción del personal obrero, de

maestranza y servicios generales y la adopción de medidas de seguridad

laboral.

3.

Planificar y dirigir los programas de

mantenimiento preventivo, cambios o reparaciones.

4.

Efectuar el control y seguimiento de la

prestación de servicios contratados a terceros en el ámbito de su

competencia.

5.

Entender en la coordinación de las actividades de

vigilancia y mantenimiento del edificio y sus bienes.

6.

Coordinar y controlar la prestación de los

servicios de: digesto administrativo, impresiones y fotocopiado.

7.

Efectuar las acciones necesarias para asegurar la

coordinación, coherencia y excelencia de los programas de optimización,

tanto de las comunicaciones como de infraestructura edilicia, su

remodelación y utilización.

DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

Acciones

1.

Asistir en la elaboración del presupuesto anual

de la jurisdicción.

2.

Efectuar el manejo y custodia de los fondos y

valores provenientes de recaudaciones o de cualquier otro ingreso

permanente o eventual como así también de los valores y documentos que

los representen.

3.

Efectuar cobros y pagos, previo cumplimiento de

normas reglamentarias.

4.

Controlar las actividades relacionadas con

registraciones contables y de ejecución del presupuesto.

5.

Supervisar todo lo relativo a la liquidación de

facturas de proveedores, indemnizaciones, gastos de personal y otras

erogaciones.

6.

Controlar todo lo relativo a las rendiciones de

cuentas de "Cajas Chicas" y "Fondos Permanentes".

7.

Fiscalizar las acciones relativas al registro y

control de los bienes patrimoniales del área de su competencia.

DIRECCION DE INFORMATICA

Acciones

1.

Supervisar y coordinar la elaboración y diseño de

todo proyecto de sistematización de datos que se efectúe en la

jurisdicción, correspondiéndole o no, su administración.

2.

Coordinar el funcionamiento armónico de las

distintas especialidades que integran el servicio.

3.

Supervisar y coordinar los proyectos e

instalaciones de procesamiento distribuido basado en equipos

microcomputadores u otros similares.

4.

Evaluar técnicamente y efectuar la aprobación

previa a la incorporación, modificación y/o renovación de bienes,

insumos y/o servicios informáticos, a las distintas áreasde la

jurisdicción, sean a título gratuito u oneroso con entidades de

carácter público o privado, con financiamiento propio o del Tesoro

nacional, de entidades de carácterpúblico o privado, nacionales o

internacionales, con el objeto de asegurar la coordinación y coherencia

de los sistemas utilizados.

5.

Representara la jurisdicción en los temas de su

competencia.

DIRECCION COMPRAS Y CONTRATACIONES

Acciones

1.

Centralizar los requerimientos y formular el plan

anual de necesidades tanto de elementos como de contratos de servicios

o de obras públicas destinados a cubrir las exigencias de las distintas

áreas a las que se presta servicio.

2.

Elaborar la documentación relativa a los

concursos o actos licitarios que sea menester para las adquisiciones o

ventas en general, contratos de locación de obra, servicios y de obras

públicas, así como también la gestión de éstos, hasta su concreción

final.

3.

Mantener actualizada la réplica de los Registros

de Proveedores del Estado y Constructores de Obras Públicas.

4.

Asistir en sus tareas a las comisiones de

pre-adjudicación y recepción, asesorando en la materia.

5.

Proyectar la resolución definitiva, en los

recursos jerárquicos que interpongan las firmas proveedoras.

DIRECCION DE ORGANIZACION Y SISTEMAS ADMINISTRATIVOS

Responsabilidad primaria

Efectuar la evaluación y propuesta de proyectos

relativos a organizaciones pertenecientes a dependencias de la

jurisdicción del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y

la fiscalización de la correcta aplicación de la normativa vigente en

la materia.

Coordinar la correcta administración de tecnologías

y sistemas de información administrativa y la racional utilización

edilicia.

Acciones

1.

Realizar la evaluación técnica de los proyectos

de estructuras y propuestas de organizaciones funcionales de los

organismos de la jurisdicción, como así también los de creación,

transferencia o fusión de organismos y otras formas que impliquen

cambios en las organizaciones, controlando la efectiva aplicación de

las normas vigentes en la materia.

2.

Asesorar y evaluar técnicamente a nivel

jurisdiccional en materia de análisis de tareas, sistemas

administrativos, métodos y medición de trabajo administrativo, análisis

y diseño de formularios.

3.

Realizar la evaluación técnica y asesorar en

materia de administración de espacios físicos y equipamiento de oficina.

4.

Realizar relevamientos integrales o parciales,

cuando se lo considere conveniente, de las distintas unidades de la

jurisdicción ministerial, en los distintos aspectos de su competencia

específica.

5.

Realizar el análisis y diagnóstico organizacional

de los organismos de la Administración centralizada y descentralizada

de la jurisdicción.

6.

Representar a la jurisdicción en los temas de su

competencia.

CENTRO DE DOCUMENTACION E INFORMACION

Responsabilidad primaria

Facilitar el acceso al insumo de información.

Acciones

1.

Desarrollar y coordinar investigaciones

bibliográficas.

2.

Capacitar los recursos necesarios para el

procesamiento de la información.

3.

Facilitar el intercambio de información con las

distintas bibliotecas, del país y del exterior.

4.

Asistir y asesorar a las distintas unidades y el

público usuario en general en lo que es materia de su competencia.

5.

Coordinar la Red NAPLAN Argentina.

6.

Mantener y actualizar la base de datos de

información general, de planes y programas nacionales, de evaluación de

proyectos de listitutos de investigación, de especialistas, de

proyectos, de publicaciones periódicas y el catálogo institudonal.

7.

Coordinar la recopilación y actualización de la

legislación Nacional en materia económica, sus normas interpretativas y

antecedentes.

ANEXO IVa

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ANEXO IVb

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ANEXO IVc

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PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 3°

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ANEXO Va

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ANEXO Vb

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