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INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL

Texto vigente a fecha 1970-01-02

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL

Decreto 923/97

**Apruébase la estructura organizativa del mencionado organismo

descentralizado.**

Bs. As., 11/9/97

VISTO el Expediente N° 762.149/97 del Registro del INSTITUTO NACIONAL

DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado dependiente

de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA

Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto - Ley N° 17.138 de fecha 27 de diciembre de 1957,

ratificado por la Ley N° 14.467, fue creado el INSTITUTO NACIONAL DE

TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado dependiente de

la SECRETARIA DE INDUSTRIA COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA

Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que por el Decreto N° 660 de fecha 24 de junio de 1996, modificado

por el Decreto N° 1450 de fecha 12 de diciembre de 1996 y normas modificatorias,

el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) actúa bajo

la órbita de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), dió

oportunamente estricto y acabado cumplimiento al Proceso de Reforma y Modernización

del Estado instituido por la Ley N° 23.696 y demás medidas complementarias,

como asimismo al resultante de la Ley N° 24.629 y sus normas complementarias,

y por otra parte debe materializar las modificaciones estructurales que

permitan dar adecuada ejecución a las nuevas exigencias relacionadas

con la optimización de la calidad, transferencia tecnológica

y acreditación de productos y servicios, las que se encuentran expresadas

en la Resolución N° 48 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO

Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha

24 de enero de 1997, por la cual se aprobó la Visión, Política

Gubernamental y Misión, así como el Proceso de Conducción

y los Objetivos Básicos y Complementarios del INSTITUTO NACIONAL

DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado de la SECRETARIA

DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS

PUBLICOS.

Que asimismo, el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI)

debe concretar el proceso de reagrupamiento de los Centros de Investigación

y Desarrollo, en el contexto de las incumbencias funcionales necesarias

para la implementación en lo pertinente, de los convenios sobre

cooperación técnica suscriptos por la Nación Argentina

en cuya ejecución participa el citado Instituto.

Que con relación a las facultades asignadas al Consejo Directivo,

en virtud del artículo 4° del Decreto - Ley N° 17.138 ratificado

por la Ley N° 14.467 y las resultantes de las incumbencias prescriptas

por el Proceso de Conducción fijado por la Resolución N°

48 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MlNISTERIO DE

ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, de fecha 24 de enero de 1997, la

experiencia del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) concordante

con similares situaciones observadas en la gestión de otros organismos

de conducción colegiada, indica la conveniencia de otorgar suficientes

facultades ejecutivas al Presidente del Consejo Directivo a fin de asegurar

la marcha regular del Organismo.

Que la Ley Orgánica del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL

(INTI), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO

Y MINERIA del MlNISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, fijó

la duración del mandato de los Vocales del Consejo Directivo en

cuatro (4) años, y no especificó la duración del término

del mandato del Presidente, estimándose conveniente fijar la duración

del mismo también en CUATRO (4) años, prorrogables automáticamente,

salvo disposición expresa en contrario, ya que por tratarse de un

organismo científico tecnológico resulta necesario garantizar

la continuidad de la ejecución de las políticas desarrolladas.

Que resulta imprescindible actualizar y perfeccionar la estructura organizativa

del Instituto de conformidad con las tareas que se le asignan en la citada

Resolución N° 48/97 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO

Y MINERIA del MlNISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, teniendo

en cuenta las profundas transformaciones ocurridas en el ámbito

internacional en los últimos años, período en el cual

la globalización de la economía ha ocasionado un proceso

de concentración industrial, con efectos no deseados particularmente

en el sector de las Pequeñas y Medianas Industrias (PYMIS), que

son el ámbito mas dinámico y significativo en la generación

de nuevas fuentes de trabajo, por lo que resulta imprescindible la profundización

de los cometidos de apoyo al mencionado sector, a cargo del INSTITUTO NACIONAL

DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).

Que a estos fines, resulta imprescindible fortalecer cuantitativamente

el plantel profesional, científico y tecnológico del INSTITUTO

NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), particularmente en lo que se

relaciona con profesionales jóvenes, ya que la planta de personal

se ha visto reducida en los últimos años.

Que resulta conveniente formalizar por este Decreto la aprobación

del PROGRAMA DE INCORPORACION DE JOVENES PROFESIONALES AL INSTITUTO NACIONAL

DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), el que se pondrá en vigencia gradualmente

de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias que asigne para cada

ejercicio el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Que por otra parte, a efectos de impulsar el mayor rendimiento y premiar

la productividad de su personal, es preciso facultar expresamente al INSTITUTO

NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), para otorgar al mismo, incentivos

selectivos de carácter no remunerativo y no bonificable compatibles

con su remuneración, con fondos provenientes de personas de cualquier

naturaleza jurídica no incluidas en el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION

NACIONAL.

Que se han previsto cambios de denominación de algunas Unidades

Organizativas y la creación de la GERENCIA DE COOPERACION ECONOMICA

E INSTITUCIONAL, con responsabilidad en la gestión de la cooperación

interinstitucional en todos los aspectos relacionados con la asistencia

técnica nacional e internacional que recibiera o brindase el INSTITUTO

NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) y de toda otra gestión

externa al Instituto, tanto en el ámbito gubernamental como privado.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) debe brindar

asistencia técnica al Sistema nacional de Normas, Calidad y Certificación

creado por Decreto N° 1474, de fecha 23 de agosto de 1994, como así

también encarar proyectos de perfeccionamiento en Calidad Total,

por lo que se propone la creación de la SUBGERENCIA DE PROYECTOS

ESPECIALES.

Que a efectos de subsanar la ausencia dentro del organigrama del INSTITUTO

NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) de un área específica

que ejerza el Servicio Jurídico Permanente del Organismo, se prevé

la creación de la SUBGERENCIA DE ASUNTOS LEGALES.

Que las modificaciones propuestas no implican en modo alguno alterar

las pautas normativas que rigen el ordenamiento institucional del INSTITUTO

NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), de conformidad con la Ley de

aplicación respectiva, ni introducir modificaciones en los créditos

presupuestarios correspondientes al presente ejercicio.

Que el Decreto N° 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, reglamentado

por la Resolución de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces

dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, N° 422 del 13 de septiembre

de 1994, faculta a la autoridad máxima del INSTITUTO NACIONAL DE

TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) a aprobar las estructuras organizativas en

las aperturas de menor nivel.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MlNISTERIO DE ECONOMIA

Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, Ia COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL

DEL SECTOR PUBLICO y la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO de

la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención

que les compete, expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas

por el Artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º.- (Artículo derogado por art. 6° delDecreto N° 779/2012B.O. 28/05/2012)

Art. 2º-(Artículo derogado por art. 6° delDecreto N° 779/2012B.O. 28/05/2012)

Art. 3°- Facúltase al Consejo Directivo del INSTITUTO

NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, (INTI), previa intervención de

la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO y de

la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en los aspectos de su competencia,

a establecer un régimen de incentivos, a efectos de impulsar el

mayor rendimiento y premiar la productividad de su personal, el que no

se considerará como parte integrante del sueldo, siendo en consecuencia

su naturaleza de carácter no remunerativo y no bonificable, compatibles

con su remuneración. Dicho régimen será liquidado

en forma períodica no regular.

Art. 4º- El gasto del régimen aprobado por el Artículo

anterior, que formará parte del PRESUPUESTO DEL INSTITUTO NACIONAL

DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), será financiado con fondos provenientes

de personas de cualquier naturaleza jurídica no incluidas en el

PRESUPUESTO de la ADMINISTRACION NACIONAL.

Art. 5º- El Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA

INDUSTRIAL (INTI) tendrá las siguientes atribuciones ejecutivas

necesarias para el cumplimiento de las Leyes y Reglamentos que conciernen

al Organismo, y las Resoluciones emanadas de su Consejo Directivo:

a)

Asumir la representación legal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA

INDUSTRIAL (INTI) por delegación del Consejo Directivo.

b)

Ejercer la conducción ejecutiva del INSTITUTO NACIONAL DE

TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).

c)

Convocar y presidir las reuniones del Consejo Directivo.

d)

Someter al Consejo Directivo las estrategias a fijar para el cumplimiento

de los objetivos del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI)

y los planes de trabajo generales, los proyectos estratégicos y

el proyecto de presupuesto anual a ser elevado al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

e)

Otorgar mandatos generales y especiales conferidos por el Consejo

Directivo.

f)

Informar al Consejo Directivo la distribución del Presupuesto

Anual otorgado.

g)

Informar al Consejo Directivo acerca del cumplimiento de los planes,

proyectos y otras actividades previstas.

h)

Proponer al Consejo Directivo para su aprobación la estructura

del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) de los niveles no

definidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

i)

Designar, promover, sancionar o remover al personal de conformidad

con las leyes y reglamentos vigentes.

j)

Designar y enviar representantes y destacar en comisión a

personal idóneo a conferencias, reuniones o congresos nacionales

o internacionales.

Art. 6º- El Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA

INDUSTRIAL (INTI) desempeñará sus funciones por el término

de CUATRO (4) años, prorrogables automáticamente, salvo disposición

expresa en contrario. EL mandato del actual Presidente del INSTITUTO NACIONAL

DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) se computará a partir de la fecha

de su designación.

Art. 7º- Apruébase el PROGRAMA DE INCORPORACION DE

JOVENES PROFESIONALES AL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI),

hasta un máximo de CIEN (100) cargos, el cual entrará en

vigencia a partir del 1º de enero de 1998 e irá siendo implementado

gradualmente de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias que asigne,

para cada ejercicio, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, conforme planillas

anexas al presente.

Art. 8º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.

**[ANEXO

I](45796.JPG)**

ANEXO II

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Brindar servicio a todo el Organismo, consistente en revisiones, evaluaciones

y recomendaciones de las actividades referidas a los aspectos presupuestarios,

financieros, económicos, patrimoniales, normativos y de gestión,

basados en criterios de economía, eficacia y eficiencia

a)

Elaborar el planeamiento general de la Auditoria Interna en el INSTITUTO

NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) de acuerdo con las Normas Generales

de Control interno y de Auditoría Interna producidas por la SINDICATURA

GENERAL DE LA NACION, aplicando el modelo de control integral e integrado.

b)

Elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna.

c)

Diagnosticar sobre el grado de confiabilidad de los controles internos.

d)

Supervisar las tareas de relevamiento de los circuitos administrativos

y contables, y en su caso, formular las recomendaciones u observaciones

si corresponde.

SUBGERENCIA DE PROYECTOS ESPECIALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Implementar la asistencia técnica que el INSTITUTO NACIONAL DE

TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) debe brindar al Sistema Nacional de Normas,

Calidad y Certificación, y dirigir los proyectos especiales que

deba encarar el Instituto.

ACCIONES:

a)

Colaborar en la ejecución de todas las tareas que el Consejo

Nacional de Normas, Calidad y Certificación encomiende al INSTITUTO

NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) en su carácter de Organismo

Ejecutor del Sistema.

b)

Dirigir el instituto de la Calidad Industrial, creado por convenio

entre el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (lNTI) y la UNIVERSIDAD

NACIONAL DE GENERAL SAN MARTIN.

c)

Gerenciar los proyectos de cooperación internacional que la

Presidencia del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) le indique.

d)

Gerenciar cualquier otro proyecto especial que la Presidencia del

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) considere conveniente.

SUBGERENCIA DE ASUNTOS LEGALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Brindar asesoramiento legal al Organismo, sobre las materias sometidas

a su consideración, y representarlo administrativa y judicialmente.

ACCIONES:

a)

Producir los dictámenes jurídicos solicitados por las

distintas áreas, de acuerdo con la normativa vigente.

b)

Ejercer el patrocinio legal y la representación judicial del

Organismo en Juicios y actuaciones administrativas.

c)

Instruir sumarios y las actuaciones investigativas dispuestas por

las Autoridades Superiores del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL

(INTI).

GERENCIA GENERAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Planificar, organizar, gestionar y controlar las actividades del Instituto

en materia de desarrollo de capacidad tecnológica, investigación

aplicada, asistencia técnica, Iaboratorios de referencia, gestión

de calidad, protección ambiental y servicios de apoyo.

ACCIONES:

a)

Estudiar escenarios tecnológicos posibles y presentar alternativas

para la definición de estrategias institucionales.

b)

Planificar, organizar y supervisar las actividades especificas de

investigación y desarrollo tecnológico y supervisar las actividades

de los Centros de Investigación y Desarrollo.

c)

Planificar, organizar y supervisar la política institucional

en materia de gestión de calidad y ambiente.

d)

Planificar, organizar y supervisar las tareas de asistencia técnica

a la industria del interior.

e)

Planificar, organizar y supervisar las acciones relacionadas con

la comercialización de la oferta tecnológica del Instituto.

f)

Planificar el desenvolvimiento de nuevos Centros de Investigación

y Desarrollo para aplicarlos a la provisión y asistencia técnica,

servicios de ensayos y calibraciones, y apoyar el desarrollo de la industria

en estrecho contacto con esta.

g)

Coordinar el uso de los recursos humanos y financieros provenientes

de la Cooperación Internacional.

h)

Conducir el Comité de Seguridad Laboral del INSTITUTO NACIONAL

DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).

i)

Coordinar la acción referida a las inversiones presupuestarias.

j)

Elaborar y confeccionar, a partir de las estrategias fijadas por

la Presidencia, el Plan de Acción Anual que deben realizar las unidades

técnicas del Organismo supervisando su cumplimiento.

k)

Supervisar las funciones a cargo de las Gerencias bajo su directa

dependencia.

I) Supervisar la gestión de los Centros de Investigación

y Desarrollo que adopten formas asociativas del derecho privado.

II) Proponer el proyecto de presupuesto de la Gerencia General luego

de evaluar los proyectos de presupuesto de las Gerencias y demás

dependencias a su cargo. elaborados a partir del Plan de Acción

Anual.

m)

Organizar las tareas que conforman el Programa de Protección

de la Seguridad Pública en temas que se generen por acción

de sistemas a presión, fuego, seguridad estructural y contaminación

de efluentes entre otros.

GERENCIA DE DESARROLLO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Planificar, organizar y supervisar las actividades específicas

de investigación y desarrollo tecnológico.

Coordinar las actividades de industrialización de recursos en

los emprendimientos encarados

Supervisar las actividades de los Centros de Investigación y

Desarrollo de su dependencia.

ACCIONES:

a)

Elaborar y evaluar los planes de acción que se deriven de

las estrategias aprobadas, y que le sean propuestos por los Centros de

Investigación y Desarrollo de su dependencia.

b)

Participar en el diseño de las vinculaciones con los sectores

Científico-Tecnológicos y productores de bienes y servicios

en el área de desarrollo tecnológico del país y del

exterior y supervisar su desenvolvimiento.

c)

Coordinar en conjunto con la Gerencia de Comercialización,

grupos multidisciplinarios para la ejecución de proyectos de desarrollo

tecnológico.

d)

Seleccionar y planificar la ejecución de tareas de investigación

aplicada, y desarrollo multidisciplinario, coordinando aquellas tareas

en las que se requiere la colaboración de otros organismos públicos

o privados para satisfacer los requerimientos de interés industrial.

e)

Colaborar con la Gerencia de Recursos Humanos en las tareas de capacitación

del personal del Organismo, a los efectos de mejorar su nivel técnico-científico

y su capacidad de gestión tecnológica.

f)

Integrar en banco de datos, la información proveniente de

las distintas Gerencias, en cuanto a las realizaciones del INSTITUTO NACIONAL

DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), en materia de investigación y desarrollo

recopilando asimismo toda la información relativa al conjunto de

las tecnologías globalmente disponibles de las diversas ramas y

actividades industriales.

g)

Elaborar el proyecto de presupuesto correspondiente a la Gerencia

y supervisar el de las áreas y Centros de Investigación y

Desarrollo bajo su dependencia.

GERENCIA DE CALIDAD Y AMBIENTE

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Planificar, organizar y supervisar la política institucional

en materia de gestión de calidad.

Planificar, organizar y supervisar el Programa Institucional de Apoyo

y Asistencia de la Protección Ambiental.

Coordinar las actividades inherentes a la industrialización de

recursos utilizados por los Centros de Investigación y Desarrollo

bajo su dependencia.

Supervisar las actividades de los Centros de Investigación y

Desarrollo de su dependencia.

ACCIONES:

a)

Organizar los medios técnicos para la evaluación, de

conformidad a las normas técnicas vigentes, de los productos industriales

que pudieran afectar la seguridad del publico.

b)

Organizar las acciones para actuar en defensa de la industria nacional

frente a barreras técnicas que puedan afectar al comercio.

c)

Proponer las políticas y procedimientos de protección

ambiental a cumplimentar, difundir y promocionar por el Instituto.

d)

Asistir en la aplicación de políticas y procedimientos

de protección ambiental y controlar el cumplimiento de las mismas.

e)

Colaborar con las tareas que la Dirección Ejecutiva del Consejo

Nacional de Normas, Calidad y Certificación le solicite.

f)

Coordinar con los organismos gubernamentales la participación

de los Centros de investigación y Desarrollo en tareas de normalización

nacional e internacional.

g)

Elaborar el proyecto de presupuesto correspondiente a la Gerencia

y supervisar el de las áreas y Centros de Investigación y

Desarrollo bajo su dependencia.

GERENCIA DE ASISTENCIA REGIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Identificar, analizar y coordinar estudios con áreas de innovación

y comercialización para la implantación de técnicas

específicas de procesos industriales y proyectos de asistencia tecnológica

a la industria del país.

Coordinar e implementar las políticas regionales del Instituto

a través de las Delegaciones Regionales y Centros Regionales Multipropósito.

Coordinar las actividades vinculadas a la industrialización de

recursos de todo tipo en que corresponda la intervención de los

Centros de Investigación y Desarrollo bajo su dependencia.

Supervisar los Centros de Investigación y Desarrollo bajo su

dependencia.

ACCIONES:

a)

Vincular en el interior del país, a los Centros Regionales

Multipropósito con organismos técnicos gubernamentales, instituciones

científico-tecnológicas, organismos de clase, cámaras

industriales y empresas.

b)

Efectuar la difusión en las distintas regiones del país

de nuevas líneas de tecnología apeada y su condicionamiento

a la industria regional.

c)

Mantener un relevamiento contínuo y actualizado del movimiento

industrial en el interior del país, de manera de detectar tendencias

y poder canalizar líneas de interés concreto para actuar

en el apoyo de la industria local.

d)

Colaborar en el desarrollo de programas de capacitación empresarial

y gestión local de los mismos en el interior.

e)

Monitorear y controlar la gestión de todas las unidades del

interior bajo su dependencia.

f)

Identificar intereses concretos de la Industria Regional para propender

a la transformación de las Delegaciones Regionales actuales, que

se justifique en Centros Regionales Multipropósito e instrumentar

en la región aquellos servicios que por sus frecuencias justifiquen

hacerse en la zona, o aquellos para los que la industria necesite respuestas

inmediatas.

e)

Mantener un estrecho contacto operativo con:

I) Sectores de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependientes

del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, dedicados a fijar

políticas en el área industrial y tecnológica.

II) Sectores de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

dependientes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, que

trabajan en tareas complementarias.

III) Sectores de otros organismos de gobierno relacionados con la industria

y la tecnología.

h)

Establecer Antenas INTI en cada provincia para optimizar los recursos

y potencialidades existentes.

GERENCIA DE COMERCIALIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Planificar, organizar y supervisar las acciones relacionadas con la

comercialización de la oferta tecnológica del Instituto.

Coordinar y supervisar las políticas y actividades comerciales

que realicen los Centros de Investigación y Desarrollo de las Gerencias

dependientes de la Gerencia General.

ACCIONES:

a)

Difundir la imagen institucional de acuerdo con los objetivos del

Organismo en coordinación con la Gerencia de Cooperación

Económica e Institucional.

b)

Implementar las acciones tendientes a una adecuada promoción

de las actividades del Instituto.

c)

Establecer e implementar mecanismos y procedimientos adecuados de

transferencia de tecnología

d)

Desarrollar estudios de mercado a efectos de determinar la demanda

tecnológica.

e)

Proponer la política de aranceles del Instituto.

f)

Coordinar los grupos de trabajo interdisciplinarios a formarse para

la realización de servicios de asistencia técnica requeridos

por la industria.

g)

Coordinar y supervisar las áreas de relaciones empresariales,

orientación al cliente, difusión y ediciones.

h)

Elaborar el proyecto de presupuesto correspondiente a la Gerencia.

GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Planificar, organizar y generar la gestión del personal y los

programas de desarrollo de recursos humanos del Instituto.

ACCIONES:

a)

Desarrollar la planificación estratégica de las necesidades

de recursos humanos del Instituto y proponer las políticas y procedimientos

necesarios para asegurar su cobertura.

b)

Efectuar la implementación y seguimiento de las políticas

y procedimientos de recursos humanos aprobados por la conducción

del Instituto.

c)

Velar por el mantenimiento de una estructura organizativa adecuada

a la visión, misión, objetivos y funciones de la institución.

d)

Supervisar la gestión del personal, la descripción

de puestos y perfiles y los planes de carrera

e)

Centralizar la administración de becas y contrataciones de

personal.

f)

Implementar el sistema de remuneraciones y compensaciones y supervisar

su administración.

g)

Supervisar los servicios de administración de personal, Ia

actualización permanente de legados, el control de ausentismo y

el Servicio Medico.

h)

Implementar y mantener el sistema de evaluación del potencial

y desempeño del personal.

i)

Proponer, implementar y administrar el sistema de incentivos al personal.

j)

Dirigir los programas de capacitación y desarrollo de los

profesionales, técnicos, administrativos y de apoyo del Instituto.

k)

Dirigir las acciones de capacitación externa que desarrolla

el Instituto, en beneficio de la industria en general y de las PEQUEÑAS

Y MEDIANAS INDUSTRIAS (PYMIS) en particular.

l)

Supervisar los servicios de difusión y documentación

bibliográfica centraIizados del Instituto.

ll) Participar en la conducción de las relaciones gremiales y

en la definición e implementación del proceso permanente

de comunicaciones con el personal.

m)

Asegurar la prestación de los servicios sociales y el correcto

funcionamiento del Jardín Materno Infantil.

n)

Elaborar el proyecto de presupuesto correspondiente a la Gerencia

y supervisar el de los Departamentos y Centros de Investigación

y Desarrollo bajo su dependencia.

GERENCIA DE ADMINISTRACION, HACIENDA Y FINANZAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Planificar, organizar, dirigir y controlar los actos vinculados con

la gestión administrativa, financiera y patrimonial, atinentes al

funcionamiento del Organismo y su Sistema de Centros de Investigación

y Desarrollo.

ACCIONES:

a)

Elaborar y proponer los criterios y procedimientos de gestión

administrativa y financiera.

b)

Supervisar las tareas de los Departamentos a su cargo en materia

administrativa, contable, presupuestaria y de manejo de fondos del Organismo

y un Sistema de Centros.

c)

Intervenir en la formulación del Proyecto de Presupuesto Anual,

sus modificaciones, ajustes y ejecución.

d)

Verificar a través de la gestión administrativa, el

adecuado cumplimiento de la normativa vigente en materia de suministros.

e)

Participar en el gerenciamiento de la gestión e implementación

de proyectos con financiación externa.

f)

Elaborar el proyecto de presupuesto correspondiente a la Gerencia.

GERENCIA DE COOPERACION ECONOMICA E INSTITUCIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Planificar, organizar, ejecutar y supervisar la cooperación interinstitucional

de todos los aspectos relacionados con la cooperación nacional o

internacional que recibiera o brindare el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA

INDUSTRIAL (INTI) y de toda otra gestión externa al Instituto, tanto

en el ámbito gubernamental como privado.

ACCIONES:

a)

Atender las acciones de cooperación con organismos científico-técnicos

nacionales, provinciales, municipales y extranjeros y con organizaciones

internacionales de asistencia técnica y económica.

b)

Atender y coordinar las acciones de cooperación en el marco

del proceso de integración regional del MERCADO COMUN DEL SUR (MECOSUR).

c)

Coordinar la obtención de préstamos, subsidios y toda

otra clase de asistencia financiera destinada al fortalecimiento de la

capacidad científico tecnológica del INSTITUTO NACIONAL DE

TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).

d)

Proponer y administrar el sistema de relaciones con instituciones

públicas y privadas, nacionales, provinciales y municipales, e internacionales.

e)

Difundir la imagen institucional de acuerdo con los objetivos del

Organismo, en coordinación con la Gerencia de Comercialización.

f)

Propiciar la participación del Organismo en todo tipo de eventos

que contribuyan a un mejor conocimiento de la Institución y sus

objetivos.

g)

Coordinar y supervisar las áreas de Relaciones Internacionales,

Relaciones Institucionales, Relaciones Públicas, Prensa Institucional

y Proyectos de Cooperación Técnica y Económica.

h)

Apoyar a la Presidencia en el ejercicio de sus funciones de representación

del Organismo, en particular a lo referido al ceremonial y protocolo, y

a las relaciones públicas.

i)

Elaborar el proyecto de presupuesto correspondiente a la Gerencia.

NOTA:VER LOS ANEXOS IIIa, IIIb, IIIc Y LA PLANILLA ANEXA AL

ARTICULO 7º EN EL B.O. DEL 17/9/97.