DESREGULACION ECONOMICA
de Jubilaciones y Pensiones) y 24.714 (Régimen de Asignaciones
Familiares) pertenecientes al sector privado. Así también, será de
aplicación a las entidades y organismos comprendidos en el artículo 1°
de la Ley N° 22.016 y sus modificatorias**. Esta alícuota sustituye
las vigentes para los regímenes del Sistema Unico de la Seguridad
Social (SUSS), previstos en los incisos a), b), d) y f), del artículo
87 del Decreto N° 2284 de fecha 31 de octubre de 1991, conservando
plena aplicación las correspondientes a los regímenes enunciados en los
incisos c) y e) del precitado artículo,por art. 2° delDecreto N° 814/2001B.O. 22/6/2001. Vigencia: a partir del 1° de julio de 2001, resultando
de aplicación para las contribuciones patronales que se devenguen desde
esa fecha.);*
- Artículo 70 sustituido por art. 1º delDecreto Nº 2022/92B.O. 21/12/1992;
- Artículo 89, párrafo sustituido por art. 1º delDecreto Nº 1234/92B.O. 22/7/1992.
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