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TRATADOS INTERNACIONALES

Texto vigente a fecha 1970-01-02

ACUERDOS INTERNACIONALES

LEY N° 21.255

**Se aprueba el suscripto con relación a exención impositiva sobre los

actos realizados por la Comisión Mixta Argentino-Paraguaya del Río

Paraná.**

POR CUANTO:

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1° -

Apruébase el "Acuerdo entre el Gobierno de la República Argentina y el

Gobierno de la República del Paraguay por el que se declaran exentos

del pago de todo impuesto o gravamen a los actos que realice la

Comisión Mixta Argentino-Paraguaya del Río Paraná", suscripto en la

Ciudad de Asunción el día 6 de junio de 1974, cuyo texto forma parte de

la presente ley.

ARTICULO 2° -Considérase que

la exención establecida en el Acuerdo aprobado por el artículo 1°

alcanza a todos los actos, hechos u operaciones que realice la Comisión

Mixta Argentino-Paraguaya del Río Paraná.

ARTICULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a

los diecisiete días del mes de marzo del año mil novecientos setenta y

seis.

I.

A.

LUDER

N. SANCHEZ TORANZO

A. H. N.

Cantoni

Alberto L. Rocamora