← Texto vigente · Historial

DONACIONES

Texto vigente a fecha 1970-01-02

DONACIONES

LEY N° 22.519

**Se faculta al Poder Ejecutivo Nacional

a donar al Círculo Militar diversas parcelas ubicadas en el Partido de

Vicente López, Provincia de Buenos Aires.**

Buenos Aires, 11 de diciembre de 1981.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

El Ministro del Interior en Ejercicio del Poder Ejecutivo Nacional Sanciona y Promulga con Fuerza de

Ley:

ARTICULO 1° — Facúltase al

Poder Ejecutivo Nacional a donar al Círculo Militar la Parcelas uno (1)

y cuatro (4) de la Fracción III, Sección C, Circunscripción II, según

designación del Plano de Mensura 110-202-81, con todo lo Plantado y

adherido al suelo, ubicadas en el Partido de Vicente López, Provincia

de Buenos Aires.

Son sus superficies y linderos:

Parcela uno (1): Afecta la forma de un polígono irregular de diez (10)

lados, abarcando una superficie de veinticinco mil seiscientos

cincuenta y cuatro metros cuadradas con treinta y: seis decímetros

cuadrados (25.654,36 m2); y tiene por linderos; partiendo del vértice

Sur, denominado R., con Rumbo Noreste se medirá ciento cuarenta y un

metros con setenta y nueve centímetros (141,79 m), lindando con la

Parcela dos (2);de este punto con ángulo Interno de noventa y dos

grados, cuarenta y cuatro minutos, cuarenta y nueve segundos (92° 44'

49") se medirá ciento cincuenta y tres metros con cuarenta y dos

centímetros (153,42 m.), de este. punto con ángulo Interna de noventa y

siete grados, cuarenta y ocho minutos, catorce segundos (97° 48' 14")

se medirá cuatro metros con quince centímetros (4,15 m) de este punto

con ángulo interno de doscientos cincuenta y ocho grados, cincuenta y

cuatro minutos, treinta y nueve segundos (258° 54' 39") se medirá nueve

metros con cuarenta y ocho centímetros (9,48 m), de aquí y con ángulo

interno de noventa y tres grados, siete minutos, treinta y un segundos

(93° 07' 31") se medirá cuarenta y nueve metros con ocho centímetros

(49,08 m), de aquí con ángulo interno de doscientos setenta grados

diecisiete minutos, nueve segundos (270° 17' 09") se medirá

veinticuatro metros con cuarenta y cinco centímetros (24,45 m), estos

últimos cinco (5) lados lindando con el Río de la Plata; de este

vértice con ángulo Interno de ochenta y siete grados, cincuenta y dos

minutos, cuarenta y siete segundos (87° 52' 47") se medirá ochenta y

ocho metros con sesenta y un centímetros (88,61 m) lindando con zona de

relleno ocupada por Prefectura Naval; de aquí con ángulo interno

noventa y dos grados, cincuenta y ocho minutos, cincuenta y cinco

segundos (92°58'55") se medirán cuatro metros con cuarenta y un

centímetros (4,41 m) lindando con la calle Juan Díaz de Solis; de este

punto con ángulo interno de ciento setenta y ocho grados, cuarenta y

ocho minutos, dos segundos (178°48' 02") se medirán treinta y cinco

metros con setenta y siete centímetros (35,77 m) lindando con la

intersección de las calles Carlos Villate y Juan Diaz de Solis; de este

punto con ángulo interno de ciento ochenta grados, cero minutos, cero

segundos (180° 00' 00") se medirá ciento cincuenta y un metros con

veintinueve centímetros (151,29 m) lindando con la Parcela Cuatro (4),

llegando así al punto de partida donde se forma, un ángulo de ochenta y

siete grados, veintisiete minutos, cincuenta y cuatro segundos (87° 27'

54") (corresponde zonificación REC).

Parcela Cuatro (4): Afecta la forma de un polígono irregular de seis

(6) lados, abarcando una superficie de veintiocho mil quinientos cuatro

metros cuadrados con diecinueve decímetros cuadrados (28.504,10 metros

cuadrados) y tiene por linderos: partiendo del vértice Noroeste

denominado K, con rumbo Sudeste se medirá ciento treinta y cinco metros

con ochenta y siete centímetros (135,87 m), lindando con Avenida del

Libertador, de este punto, con ángulo interno de ochenta y dos grados,

cero minutos, cincuenta y cinco segundos (82° O' 55") se medirá ciento

cincuenta y nueve metros con cincuenta y ocho centímetros (159,58 m),

de aquí con ángulo interno de ciento noventa y cuatro grados,

veinticinco minutos, veintiocho segundos (194° 25' 28") se medirá,

veintiún metros con sesenta y cuatro centímetros (21,64 m), de este

punto con ángulo interno de ciento sesenta y tres grados, ocho minutos,

cincuenta y cines segundos (163° 08' 55"). se medirá treinta metros con

quince centímetros (30,15 m) estos tres (3) últimos lados lindando con

la Parcela tres (3), de este último punto, con ángulo interno de

noventa y dos grados, treinta y dos minutos seis segundos (92° 32' 06")

se medirá ciento cincuenta y un metros con veintinueve centímetros

(151,29 m) lindando con la Parcela uno (1), de aquí con ángulo interno

de ochenta y seis grados, siete minutos, cuarenta y cuatro segundos

(86° 07', 44") se medirá ciento noventa y dos metros con cuarenta y

ocho centímetros (192,48 m), lindando con la calle Carlos Villate,

llegando así al punto de partida donde se forma un ángulo, Interno de

ciento un grados, cuarenta: y cuatro minutos, cincuenta y dos segundos

(101° 44' 52") - (corresponde zonificación E.-1.).

Corresponde al Estado Nacional Argentino:

Parcela uno (1): por escritura de protocolización E.N.A. N° 339 del 6

de noviembre de 1981, Folio 1.222 del Registro Notarial del Estado

Nacional inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo el N°

2.390/1 de fecha 16 de noviembre de 1981.

Parcela cuatro (4): por legado de fecha 15 de octubre de 1911, aceptado

por Decreto del 30 de setiembre de 1918, Inscripto en el Registro de

la Propiedad Inmueble bajo el N° 62.233 del 30 de diciembre de 1921.

ARTICULO 2° — La presente

donación se efectúa con cargo a que se mantenga en el patrimonio del

círculo Militar con destino a sus fines societarios específicos. En

caso contrario los bienes donados se reintegrarán al patrimonio del

Estado Nacional Argentino.

ARTICULO 3°— La escritura traslativa de dominio será otorgada Por ante la Escribanía General de Gobierno de la Nación.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

LIENDO

Lorenzo J. Sigaut

Carlos A. Lacoste.