DONACIONES
LEY N° 22.519
**Se faculta al Poder Ejecutivo Nacional
a donar al Círculo Militar diversas parcelas ubicadas en el Partido de
Vicente López, Provincia de Buenos Aires.**
Buenos Aires, 11 de diciembre de 1981.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
El Ministro del Interior en Ejercicio del Poder Ejecutivo Nacional Sanciona y Promulga con Fuerza de
Ley:
ARTICULO 1° — Facúltase al
Poder Ejecutivo Nacional a donar al Círculo Militar la Parcelas uno (1)
y cuatro (4) de la Fracción III, Sección C, Circunscripción II, según
designación del Plano de Mensura 110-202-81, con todo lo Plantado y
adherido al suelo, ubicadas en el Partido de Vicente López, Provincia
de Buenos Aires.
Son sus superficies y linderos:
Parcela uno (1): Afecta la forma de un polígono irregular de diez (10)
lados, abarcando una superficie de veinticinco mil seiscientos
cincuenta y cuatro metros cuadradas con treinta y: seis decímetros
cuadrados (25.654,36 m2); y tiene por linderos; partiendo del vértice
Sur, denominado R., con Rumbo Noreste se medirá ciento cuarenta y un
metros con setenta y nueve centímetros (141,79 m), lindando con la
Parcela dos (2);de este punto con ángulo Interno de noventa y dos
grados, cuarenta y cuatro minutos, cuarenta y nueve segundos (92° 44'
49") se medirá ciento cincuenta y tres metros con cuarenta y dos
centímetros (153,42 m.), de este. punto con ángulo Interna de noventa y
siete grados, cuarenta y ocho minutos, catorce segundos (97° 48' 14")
se medirá cuatro metros con quince centímetros (4,15 m) de este punto
con ángulo interno de doscientos cincuenta y ocho grados, cincuenta y
cuatro minutos, treinta y nueve segundos (258° 54' 39") se medirá nueve
metros con cuarenta y ocho centímetros (9,48 m), de aquí y con ángulo
interno de noventa y tres grados, siete minutos, treinta y un segundos
(93° 07' 31") se medirá cuarenta y nueve metros con ocho centímetros
(49,08 m), de aquí con ángulo interno de doscientos setenta grados
diecisiete minutos, nueve segundos (270° 17' 09") se medirá
veinticuatro metros con cuarenta y cinco centímetros (24,45 m), estos
últimos cinco (5) lados lindando con el Río de la Plata; de este
vértice con ángulo Interno de ochenta y siete grados, cincuenta y dos
minutos, cuarenta y siete segundos (87° 52' 47") se medirá ochenta y
ocho metros con sesenta y un centímetros (88,61 m) lindando con zona de
relleno ocupada por Prefectura Naval; de aquí con ángulo interno
noventa y dos grados, cincuenta y ocho minutos, cincuenta y cinco
segundos (92°58'55") se medirán cuatro metros con cuarenta y un
centímetros (4,41 m) lindando con la calle Juan Díaz de Solis; de este
punto con ángulo interno de ciento setenta y ocho grados, cuarenta y
ocho minutos, dos segundos (178°48' 02") se medirán treinta y cinco
metros con setenta y siete centímetros (35,77 m) lindando con la
intersección de las calles Carlos Villate y Juan Diaz de Solis; de este
punto con ángulo interno de ciento ochenta grados, cero minutos, cero
segundos (180° 00' 00") se medirá ciento cincuenta y un metros con
veintinueve centímetros (151,29 m) lindando con la Parcela Cuatro (4),
llegando así al punto de partida donde se forma, un ángulo de ochenta y
siete grados, veintisiete minutos, cincuenta y cuatro segundos (87° 27'
54") (corresponde zonificación REC).
Parcela Cuatro (4): Afecta la forma de un polígono irregular de seis
(6) lados, abarcando una superficie de veintiocho mil quinientos cuatro
metros cuadrados con diecinueve decímetros cuadrados (28.504,10 metros
cuadrados) y tiene por linderos: partiendo del vértice Noroeste
denominado K, con rumbo Sudeste se medirá ciento treinta y cinco metros
con ochenta y siete centímetros (135,87 m), lindando con Avenida del
Libertador, de este punto, con ángulo interno de ochenta y dos grados,
cero minutos, cincuenta y cinco segundos (82° O' 55") se medirá ciento
cincuenta y nueve metros con cincuenta y ocho centímetros (159,58 m),
de aquí con ángulo interno de ciento noventa y cuatro grados,
veinticinco minutos, veintiocho segundos (194° 25' 28") se medirá,
veintiún metros con sesenta y cuatro centímetros (21,64 m), de este
punto con ángulo interno de ciento sesenta y tres grados, ocho minutos,
cincuenta y cines segundos (163° 08' 55"). se medirá treinta metros con
quince centímetros (30,15 m) estos tres (3) últimos lados lindando con
la Parcela tres (3), de este último punto, con ángulo interno de
noventa y dos grados, treinta y dos minutos seis segundos (92° 32' 06")
se medirá ciento cincuenta y un metros con veintinueve centímetros
(151,29 m) lindando con la Parcela uno (1), de aquí con ángulo interno
de ochenta y seis grados, siete minutos, cuarenta y cuatro segundos
(86° 07', 44") se medirá ciento noventa y dos metros con cuarenta y
ocho centímetros (192,48 m), lindando con la calle Carlos Villate,
llegando así al punto de partida donde se forma un ángulo, Interno de
ciento un grados, cuarenta: y cuatro minutos, cincuenta y dos segundos
(101° 44' 52") - (corresponde zonificación E.-1.).
Corresponde al Estado Nacional Argentino:
Parcela uno (1): por escritura de protocolización E.N.A. N° 339 del 6
de noviembre de 1981, Folio 1.222 del Registro Notarial del Estado
Nacional inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo el N°
2.390/1 de fecha 16 de noviembre de 1981.
Parcela cuatro (4): por legado de fecha 15 de octubre de 1911, aceptado
por Decreto del 30 de setiembre de 1918, Inscripto en el Registro de
la Propiedad Inmueble bajo el N° 62.233 del 30 de diciembre de 1921.
ARTICULO 2° — La presente
donación se efectúa con cargo a que se mantenga en el patrimonio del
círculo Militar con destino a sus fines societarios específicos. En
caso contrario los bienes donados se reintegrarán al patrimonio del
Estado Nacional Argentino.
ARTICULO 3°— La escritura traslativa de dominio será otorgada Por ante la Escribanía General de Gobierno de la Nación.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
LIENDO
Lorenzo J. Sigaut
Carlos A. Lacoste.