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EXPROPIACION

Texto vigente a fecha 1970-01-02

INMUEBLES

LEY N° 22.975

Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble.

Buenos Aires, 11 de noviembre de 1983.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto

para el Proceso de Reorganizacion Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

SANCIONA Y PROMULGACON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1°- Declárase de

utilidad pública y sujeto a expropiación con destino a plaza el

inmueble ubicado en la calle José León Cabezón N° 2.621/27 (Parcela 12,

Manzana 58, Sección 75).

ARTICULO 2°- Facúltase a la

Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a realizar las gestiones

tendientes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1°

de la presente ley.

ARTICULO 3°- Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese.

BIGNONE.

Llamil Reston