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LEY GENERAL DE MIGRACIONES Y DE FOMENTO DE LA INMIGRACION

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MIGRACIONES

Ley N° 24.298

**Créase el Programa Nacional para la Vinculación

con la Comunidad Argentina en el Exterior.**

Sancionada: Diciembre 7 de 1993.

Promulgada: Diciembre 30 de 1993.

B.O.: 10/1/94

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1° - Créase el Programa Nacional para

la Vinculación con la Comunidad Argentina en el Exterior

cuyo objetivo será la formulación, implementación

y evaluación de un conjunto de políticas, proyectos

y acciones para la comunidad argentina en el exterior, orientadas

a fortalecer su participación en la vida nacional, fomentar

su organización y ofrecerle canales concretos de cooperación

con el país.

ARTICULO 2° - El Programa Nacional funcionará

bajo la conducción de una unidad ejecutora coordinada por

el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional

y Culto e integrada por representantes de la Secretaría

de Población y Relaciones con la Comunidad del Ministerio

del Interior, del Ministerio de Economía y Obras y Servicios

Públicos, del Ministerio de Cultura y Educación,

de la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Presidencia

de la Nación, del Senado de la Nación y de la Cámara

de Diputados de la Nación.

ARTICULO 3° - Se solicitará la cooperación

para la formulación e implementación del Programa

de la Organización Internacional para las Migraciones.

ARTICULO 4° - Comuníquese al Poder Ejecutivo

Nacional.- ALBERTO R. PIERRI.- ORALDO BRITOS.- Esther H. Pereyra

Arandía de Pérez Pardo.- Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS

AIRES, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL

NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.

Decreto N° 2776/93

Bs.As., 30/12/93

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación N° 24.298, cúmplase,

comuníquese, dése a la Dirección Nacional

del Registro Oficial y Archívese.- MENEM.- Guido Di Tella.