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ACTIVIDAD MINERA

Texto vigente a fecha 1970-01-02

ACTIVIDAD MINERA

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Ley 25.161

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**Modifícase la Ley Nº 24.196, que instituyó un

Régimen de Inversiones Mineras para dicha actividad.**

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Sancionada:

Septiembre 8 de 1999.

Promulgada

de Hecho: Octubre 4 de 1999.

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El

Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de Ley:

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ARTICULO 1º— Incorpórase como

artículo 22 bis de la ley Nº 24.196. el siguiente texto:

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Artículo

22 bis: Se considera “mineral boca mina”, el mineral extraído, transportado y/o

acumulado previo a cualquier proceso de transformación.

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Se

define el “valor boca mina” de los minerales y/o metales declarados por el

productor minero, como el valor obtenido en la primera etapa de su

comercialización, menos los costos directos y/u operativos necesarios para

llevar el mineral de boca mina a dicha etapa, con excepción de los gastos y/o

costos directos o indirectos inherentes al proceso de extracción.

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Los

costos a deducir, según corresponda, serán:

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a)

Costos de transporte, flete y seguros hasta la entrega del producto logrado,

menos los correspondientes al proceso de extracción del mineral hasta la boca

mina.

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b)

Costos de trituración, molienda, beneficio y todo proceso de tratamiento que

posibilite la venta del producto final, a que arribe la operación minera.

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c)

Costos de comercialización hasta la venta del producto logrado.

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d)

Costos de administración hasta la entrega del producto logrado, menos los

correspondientes a la extracción.

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e)

Costos de fundición y refinación.

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Queda

expresamente excluido de los costos a deducir todo importe en concepto de

amortizaciones.

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En

todos los casos, si el valor tomado como base de cálculo del valor boca mina

fuese inferior al valor de dicho producto en el mercado nacional o

internacional, se aplicará este último como base de cálculo.

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ARTICULO 2º— Invítase a las

Provincias a adherir a la presente ley.

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ARTICULO 3º— Comuníquese al Poder

Ejecutivo.

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DADA EN

LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS OCHO DIAS

DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.

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REGISTRADO BAJO EL Nº 25.161 —

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ALBERTO

R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.— Juan

C. Oyarzún.