PRESUPUESTO ADMINISTRACION NACIONAL
obligaciones generadas, como consecuencia de la dación en pago de
espacios publicitarios y/o servicios conexos generados con anterioridad
y durante el Ejercicio 2017, en el marco de lo dispuesto en el decreto
1.145/2009 y sus modificatorios decretos 852/2014, 2.379/2015 y
345/2016. Asimismo, autorízase al jefe de Gabinete de Ministros a
dictar las normas complementarias para la instrumentación del presente
artículo.
La utilización de la publicidad producto de la dación en pago queda
expresamente prohibida noventa (90) días antes de la elección primaria
y hasta la finalización de la elección general, en los años de
realización de elecciones. El crédito a utilizar nunca podrá ser
superior al veinte por ciento (20%) por período fiscal.
ARTÍCULO 81. — Ratifícanse los convenios celebrados en el marco del
“Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas”
regulado por el decreto 660 del 10 de mayo de 2010 y sus normas
complementarias, los que solamente podrán modificarse mediante los
acuerdos intrafederales que alcancen las partes que los suscribieron.
ARTÍCULO 82. — La empresa Aguas y Saneamientos Argentinos (AYSA),
comprendida en las leyes 26.100 y 26.221, podrá solicitar la
acreditación contra otros impuestos a cargo de la AFIP, entidad
autárquica en el ámbito del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas,
o la devolución o la aplicación de algún otro mecanismo que se
instrumente en la reglamentación del presente artículo, del saldo a su
favor a que se refiere el primer párrafo del artículo 24 de la ley de
Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus
modificaciones. El Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas
reglamentará las condiciones del presente artículo tomando en
consideración las condiciones generales imperantes en materia de
ingresos presupuestarios.
ARTÍCULO 83. — No obstante las autorizaciones otorgadas, sólo se podrán
iniciar los procesos de contratación de las Obras de Infraestructura
Energética Hidroeléctrica cuando exista la expresa aprobación por parte
del Comité de Cuenca Hídrica respectivo o, si aún no se ha constituido,
de cada uno de los gobiernos condóminos, según los previsto en la ley
25.688 - Régimen de Gestión Ambiental de Aguas.
CAPÍTULO XI
De la ley complementaria permanente de presupuesto
ARTÍCULO 84. — Incorpóranse a la ley 11.672, complementaria permanente
de presupuesto (t.o. 2014) los artículos, 63, 64 y 82 de la presente
ley.
TÍTULO II
Presupuesto de gastos y recursos de la administración central
ARTÍCULO 85. — Detállanse en las planillas Resumen números 1, 2, 3, 4,
5, 6, 7, 8 y 9, anexas al presente Título, los importes determinados en
los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de la presente ley que corresponden a la
Administración Central.
TÍTULO III
Presupuesto de gastos y recursos de organismos descentralizados e instituciones de la seguridad social
ARTÍCULO 86. — Detállanse en las planillas Resumen números 1A, 2A, 3A,
4A, 5A, 6A, 7A, 8A y 9A anexas al presente Título los importes
determinados en los artículos 1º, 2°, 3° y 4º de la presente ley que
corresponden a los organismos descentralizados.
ARTÍCULO 87. — Detállanse en las planillas Resumen números 1B, 2B, 3B,
4B, 5B, 6B, 7B, 8B y 9B anexas al presente Título los importes
determinados en los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de la presente ley que
corresponden a las instituciones de la seguridad social.
ARTÍCULO 88. — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 27341 —
EMILIO MONZÓ. — FEDERICO PINEDO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(*Nota
Infoleg:**
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)*
(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")
| Finalidad | Gastos corrientes | Gastos de capital | Total |
|---|---|---|---|
| Administración Gubernamental | 98.748.438.023 | 38.942.034.313 | 137.690.472.336 |
| Servicios de Defensa y Seguridad | 120.812.022.255 | 5.497.316.628 | 126.309.338.883 |
| Servicios Sociales | 1.430.010.843.663 | 82.631.279.108 | 1.512.642.122.771 |
| Servicios Económicos | 251.372.281.321 | 87.973.606.486 | 339.345.887.807 |
| Deuda Pública | 247.632.048.777 | - | 247.632.048.777 |
| Total | 2.148.575.634.039 | 215.044.236.535 | 2.363.619.870.574 |
| Recursos corrientes | 1.879.131.112.920 | ||
| --- | --- | ||
| Recursos de capital | 3.687.383.382 | ||
| Total | 1.882.818.496.302 | ||
| Fuentes de Financiamiento | 1.735.634.599.305 | ||
| --- | --- | ||
| - Disminución de la inversión financiera | 8.386.160.351 | ||
| - Endeudamiento público e incremento de otros pasivos | 1.727.248.438.954 | ||
| Aplicaciones Financieras | 1.254.833.225.033 | ||
| - Inversión financiera | 212.332.022.405 | ||
| - Amortización de deuda y disminución de otros pasivos | 1.042.501.202.628 | ||
| Planta permanente | 376.120 | Cargos | |
| --- | --- | --- | |
| Planta temporaria | 14.622 | Cargos | |
| Horas de cátedra | 302.139 | Horas | |
| Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares | 1.329.918.189 | ||
| --- | --- | ||
| Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina | 1.298.000.000 | ||
| Servicio Penitenciario Federal | 50.000.000 | ||
| Gendarmería Nacional | 360.811.000 | ||
| Prefectura Naval Argentina | 18.000.000 | ||
| Total | 3.056.729.189 |
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