OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA VOIPTELPHONE TELECOMUNICACIONES SpA
Santiago, 30 de octubre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 110.
Vistos:
El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley. c) La resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. d) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. e) El decreto supremo N° 484 de 2007, Reglamento de Voz sobre Internet, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y sus modificaciones.
Considerando:
Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 26.010 de 23.02.2024, complementado mediante ingreso Subtel N° 107.721 de 24.09.2025. b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Público de Telecomunicaciones, a la sociedad Voiptelphone Telecomunicaciones SpA, RUT N° 76.552.515-2, con domicilio en General Del Canto N° 105, oficina 1207, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
La presente concesión de servicio público de telecomunicaciones se compone de los elementos indicados a continuación:
-Tipo de Servicio : Servicio Público de Telecomunicaciones. -Prestación específica : Voz sobre Internet. -Período de Vigencia : 30 años contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que la autorice.
2 Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar un (1) nodo, según se indica a continuación:
Para la Región: Metropolitana de Santiago.
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El servicio se suministrará a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados. 3. La zona de servicio corresponde a todo el territorio nacional. 4. Los plazos de inicio y término de obras, y de inicio del servicio son los que a continuación se indican:
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Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 6. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 7. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.