por el cual se aprueba el Acuerdo 21 del 18 de mayo de 1993 que determina la estructura orgánica, establece las funciones de las dependencias y adopta los estatutos internos del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”
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- Coordinar con la División de Información y Divulgación, la adecuada difusión de los resultados de las actividades desarrolladas por la Sub-Dirección.
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- Prestar la asesoría y apoyo requeridos por las dependencias del Instituto, especialmente en los niveles regional y seccional, para el cumplimiento de los planes de trabajo relacionados con el área.
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- Apoyar a los demás organismos del Estado en los planes de ordenamiento territorial y en el desarrollo y ejecución de los mismos.
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- Ejercer sobre las dependencias adscritas, el control de gestión establecido por la Dirección General, para el mantenimiento de adecuados niveles de eficiencia y eficacia.
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- Evaluar periódicamente el cumplimiento de las metas físicas aprobadas para la Sub-Dirección, analizar las causas de las desviaciones y proponer los correctivos correspondientes.
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- Presentar oportunamente a la Dirección General los informes de la ejecución de sus funciones.
Artículo 23. **División de Estudios Geográficos Básicos.** El objetivo de la División de Estudios Geográficos Básicos es realizar estudios e investigaciones sobre el desarrollo de la diversidad Geográfica del país, considerando su entorno rural y urbano y sus características físicas, económicas, humanas, sociales, culturales y sus interrelaciones.
Son funciones de la División de Estudios Geográficos Básicos:
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- Asesorar y apoyar a la Sub-Dirección en la formulación de Programas y Proyectos que prioritariamente deban desarrollarse en su área de competencia, de conformidad con los lineamientos generales establecidos por el Plan de Desarrollo del Instituto y como respaldo de los procesos de Planificación y Ordenamiento Territorial.
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- Asesorar y apoyar a la Sub-Dirección en la definición de estrategias de ejecución de Programas y Proyectos, teniendo en cuenta las posibilidades y modalidades de participación de la organización territorial del Instituto, así como las que pueda ofrecer el sector privado, buscando en todo caso la mayor eficacia y eficiencia.
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- Desarrollar estudios e investigaciones sobre la realidad geográfica del país.
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- Realizar estudios e investigaciones sobre las características del sistema socio-económico-espacial, fundamentados con indicadores sociales apropiados.
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- Adelantar estudios e investigaciones sobre las características y estructura funcional del medio biofísico.
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- Elaborar adaptar y actualizar metodologías y normas para la realización de estudios e investigaciones geográficas, en coordinación con la Oficina de Investigación del Instituto.
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- Coordinar con la División de Información y Divulgación, la adecuada difusión de los resultados de las actividades desarrolladas por la División.
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- Prestar la asesoría, capacitación y apoyo requeridas por las dependencias del Instituto, en especial a nivel regional y seccional, para el cumplimiento de los planes de trabajo relacionados con el área.
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- Elaborar el proyecto de presupuesto de la División, de acuerdo con los lineamientos de la Oficina de Planeación y Evaluación de Operaciones y la Sub-Dirección de Geografía, y, una vez aprobado, responder por su ejecución.
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- Evaluar periódicamente el cumplimiento de las metas físicas aprobadas para la División, analizar las causas de las desviaciones y proponer los correctivos correspondientes.
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- Ejercer el control de gestión establecido por la Dirección General, para el mantenimiento de adecuados niveles de eficiencia y eficacia.
Artículo 24. **División de Ordenamiento Territorial.**
El objetivo de la División de Ordenamiento Territorial es llevar a cabo, en coordinación con las demás entidades competentes del Estado, los estudios e investigaciones requeridos en los procesos de planificación y ordenamiento territorial, en concordancia con las normas y políticas existentes sobre la materia.
Son funciones de la División de Ordenamiento Territorial:
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- Asesorar y apoyar a la Sub-Dirección en la formulación de programas y proyectos que prioritariamente deban desarrollarse en su área de competencia, de conformidad con los lineamientos generales establecidos por el Plan de Desarrollo del Instituto y como respaldo de los procesos de Planificación y Ordenamiento Territorial.
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- Asesorar y apoyar a la Sub-Dirección en la definición de estrategias de ejecución de Programas y Proyectos, teniendo en cuenta las posibilidades y modalidades de participación de la organización territorial del Instituto, así como las que pueda ofrecer el sector privado, buscando en todo caso la mayor eficacia y eficiencia.
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- Adelantar estudios e investigaciones sobre procesos de ordenamiento territorial, de acuerdo con las prioridades establecidas por las autoridades competentes.
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- Realizar y adaptar, en coordinación con la Oficina de Investigación del Instituto, nuevos métodos analíticos orientados a desarrollar procesos de ordenamiento territorial, en concordancia con las necesidades de la Entidad y del país.
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- Adelantar las operaciones de deslinde y amojonamiento de las entidades territoriales.
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- Coordinar con la División de Información y Divulgación, la adecuada difusión de los resultados de las actividades desarrolladas por la División.
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- Elaborar el Proyecto de Presupuesto de la División, de acuerdo con los lineamientos de la Oficina de Planeación y Evaluación de Operaciones y la Sub-Dirección de Geografía y, una vez aprobado, responder por su ejecución.
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- Evaluar periódicamente el cumplimiento de las metas físicas aprobadas para la División, analizar las causas de las desviaciones y proponer los correctivos correspondientes.
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- Ejercer el control de gestión establecido por la Dirección General, para el mantenimiento de adecuados niveles de eficiencia y eficacia.
Artículo 25. **Dirección Regional.** El objetivo de la Dirección Regional es responder por la gestión integral del Instituto en el área de influencia de la Dirección Regional.
Son funciones de la Dirección Regional:
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- Organizar, supervisar, coordinar y controlar la ejecución de los proyectos y actividades asociados con los procesos cartográfico, agrológico, catastral, geográfico y de investigación, asignados en la programación general del Instituto, a la Regional y a las Direcciones Seccionales que la conforman.
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- Dirigir, coordinar y controlar el desarrollo de las actividades administrativas y financieras requeridas como apoyo a la realización de los procesos técnicos del Instituto en las Direcciones Seccionales y en la Regional.
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- Identificar, en coordinación con las entidades públicas y privadas de los niveles regional, departamental y local, las necesidades asociadas con los procesos de planificación y ordenamiento territoriales.
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- Definir, en coordinación con las entidades públicas y privadas de los niveles regional, departamental y local, las prioridades de las necesidades a atender en los procesos referidos y acordar con las dependencias centrales del Instituto su participación y programación de las actividades pertinentes.
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- Participar en la elaboración de la programación anual del Instituto y, una vez establecida, ejecutarla con aplicación de criterios de eficacia, eficiencia y economía.
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- Organizar y mantener actualizado un sistema de información sobre la calidad y clase de servicios que prestan las personas naturales y jurídicas del sector privado ubicadas en el área de influencia de la Regional, potencialmente utilizables por el Instituto.
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- Dirigir y controlar la contratación de las actividades que en desarrollo de la programación, y por sus características, puedan ser realizadas más eficientemente por el sector privado de la región.
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- Coordinar con las dependencias centrales el intercambio de información para la adecuada ejecución de las funciones de la Regional.
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- Dirigir, coordinar y controlar, de acuerdo con los lineamientos de las dependencias centrales del Instituto, la elaboración y actualización de las estadísticas de los procesos que se realicen en la Regional o en la Seccional.
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- Coordinar con las Direcciones Seccionales la determinación de los requerimientos de recursos humanos, físicos y financieros para desarrollar eficaz y eficientemente su gestión.
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- Dirigir, coordinar y controlar, de acuerdo con las orientaciones de las Oficinas de Planeación y Evaluación de Operaciones y de Sistemas y Procedimientos, el diseño y actualización del sistema de información de la Regional y de las Seccionales que la conforman.
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- Diseñar y actualizar, en coordinación con la Oficina de Planeación y Evaluación de Operaciones del Instituto, el sistema de Control de gestión de la Regional y de las Direcciones Seccionales y, una vez establecido, ejecutarlo.
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- Analizar periódicamente la gestión de la Regional y sus Seccionales adscritas y proponer o ejecutar los correctivos del caso.
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- Organizar, coordinar, apoyar y controlar el levantamiento de información de campo requerido en las Oficinas Centrales, que deba ser realizado en las Seccionales de la Regional.
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- Elaborar, de acuerdo con los lineamientos de la Oficina Jurídica y la Secretaría General, los Pliegos de Condiciones o términos de referencia de los trabajos relacionados con la Regional que deban ser contratados externamente.
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- Velar por el efectivo recaudo de los pagos ordenados o de las sumas asignadas por cualquier autoridad por razón de labores, servicios, bienes o productos del Instituto.
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- Dar posesión al personal a la Dirección Regional.
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- Presentar oportunamente a la Dirección General los informes de la ejecución de sus funciones.
Artículo 26. **Dirección Seccional.** El objetivo de la Dirección Seccional es responder por la gestión integral del Instituto en el área de influencia de la Dirección Seccional.
Son funciones de la Dirección Seccional:
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- Desarrollar las actividades asociadas con la formación, actualización y conservación del catastro de los municipios de jurisdicción de la Seccional, de acuerdo con la programación del Instituto.
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- Realizar los avalúos y peritazgos que le sean asignados, de acuerdo con los lineamientos de la División de Avalúos.
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- Divulgar y promover la utilización de información catastral a los usuarios públicos y privados.
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- Atender y prestar al público en general los servicios de información geográfica y, divulgar en el área de su jurisdicción los servicios y productos de la Entidad.
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- Participar en la elaboración de la programación anual del Instituto a través de la Dirección Regional y, una vez establecida, ejecutar la correspondiente a la Seccional, con aplicación de criterios de eficacia, eficiencia y economía.
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- Capturar, procesar, actualizar y suministrar a la Dirección Regional, información sobre la calidad y clase de servicios que prestan las personas naturales y jurídicas del sector privado ubicadas en el área de influencia de la Seccional, potencialmente utilizables por el Instituto.
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- Contratar, de acuerdo con las instrucciones de la Dirección General y la Dirección Regional, las actividades que en desarrollo de la programación, y por sus características, puedan ser realizadas más eficientemente por el sector privado ubicado en su área de influencia.
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- Desarrollar las actividades administrativas y financieras requeridas para las operaciones a cargo de la Seccional.
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- Coordinar con la Dirección Regional la participación de la Seccional en el desarrollo de las actividades de carácter interinstitucional que se deban ejecutar en su área de influencia, especialmente las asociadas con los procesos de planificación y ordenamiento territorial que requieran la participación del Instituto.
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- Coordinar con las dependencias de los niveles regional y central el intercambio de información requerido para la adecuada ejecución de las funciones de la Seccional.
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- Coordinar con la Dirección Regional la determinación de los requerimientos de recursos humanos, físicos y financieros para desarrollar eficaz y eficientemente su gestión.
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- Diseñar y actualizar, en coordinación con la Dirección Regional y, de acuerdo con los lineamientos de la Oficina de Planeación y Evaluación de Operaciones del Instituto, el sistema de control de Gestión de la Seccional y, una vez establecido, operarlo.
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- Organizar, coordinar, apoyar y controlar las actividades de recolección de información de campo requeridas por la Dirección Regional o por las Oficinas Centrales.
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- Recopilar, evaluar y consolidar la información estadística resultante de las actividades catastrales en su jurisdicción.
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- Responder ante la Dirección Regional y la Dirección General del Instituto, por el adecuado uso de sus activos y por el recaudo efectivo de los pagos ordenados y de las sumas asignadas por cualquier autoridad por razón de labores, servicios, bienes o productos del Instituto.
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- Elaborar, de acuerdo con los lineamientos de la Oficina Jurídica y de la Secretaría General, los Pliegos de Condiciones o términos de referencia de los trabajos relacionados con la Seccional que deban ser contratados externamente.
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- Informar oportunamente a la Dirección Regional sobre las novedades y necesidades de la Seccional.
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- Prestar el apoyo administrativo y financiero a la Dirección Regional en los casos en que las dos sedes coincidan.
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- Dar posesión al personal de la Dirección Seccional y de las Oficinas Delegadas adscritas.
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- Presentar oportunamente a la Dirección Regional los informes de la ejecución de sus funciones.
Artículo 27. **Oficina Delegada.** El objetivo de la Oficina Delegada es responder por la ejecución de los procesos catastrales a cargo del Instituto, en el área de influencia de la Oficina Delegada.
Son funciones de la Oficina Delegada:
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- Ejecutar las actividades asociadas con la formación, actualización y conservación del Catastro en la jurisdicción de la Oficina Delegada, de acuerdo con la programación del Instituto.
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- Apoyar las actividades de recolección de información de campo requeridas por la Dirección Seccional, la Dirección Regional o por las Oficinas Centrales.
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- Recopilar, evaluar y consolidar la información estadística resultante de las actividades catastrales en su jurisdicción.
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- Coordinar con la Dirección Seccional y/o la Dirección Regional, la participación de la Oficina Delegada en el desarrollo de las actividades de carácter interinstitucional que se deban ejecutar en su área de influencia, especialmente las asociadas con los procesos de planificación y ordenamiento territorial que requieran la participación del Instituto.
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- Coordinar con las dependencias de los niveles Seccional y/o Regional y central, el intercambio de información requerido para la adecuada ejecución de las funciones de la Oficina Delegada.
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- Divulgar y promover la utilización de información catastral a los usuarios públicos y privados.
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- Desarrollar las actividades administrativas y financieras requeridas para las operaciones a cargo de la Oficina Delegada.
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- Coordinar con la Dirección Regional y/o la Dirección Seccional la determinación de los requerimientos de recursos humanos, físicos y financieros para desarrollar eficaz y eficientemente su gestión.
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- Responder ante la Dirección Seccional, la Dirección Regional y la Dirección General del Instituto, por el adecuado uso de sus activos.
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- Informar oportunamente a la Dirección Seccional y/o a la Dirección Regional sobre las novedades y necesidades de la Oficina Delegada.
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- Presentar oportunamente a la Dirección Seccional y/o a la Dirección Regional los informes de la ejecución de sus funciones.
Artículo 28. **Centro de Información Geográfica.** (Medellín). El objetivo del Centro de Información Geográfica es recopilar, almacenar, clasificar, divulgar y comercializar toda la información producida por el Instituto, así como los servicios que prestan las distintas dependencias del mismo.
Son funciones del Centro de Información Geográfica:
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- Brindar información a los usuarios internos y externos sobre los servicios, publicaciones y materiales que presta y produce el Instituto.
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- Prestar el servicio de venta de publicaciones y materiales del Instituto.
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- Coordinar y supervisar la distribución y comercialización de las publicaciones del Instituto.
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- Ampliar las tareas de divulgación, comercialización y circulación de los servicios, productos y reglamentación producida por el Instituto, mediante información dirigida a públicos-objetivo, exploración de mercados y canales informales de comunicación y ventas.
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- Colaborar con los procesos de apoyo del Instituto, a la planificación regional y local y de ordenamiento territorial, canalizando la oferta y demanda de información especializada.
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- Organizar y mantener actualizado el índice de contenido de los bancos de datos existentes en el Instituto, y suministrar la información correspondiente, según el reglamento que se establezca para el efecto.
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- Coordinar con la División de Información y Divulgación, la elaboración y distribución de las publicaciones producidas.
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- Evaluar periódicamente el cumplimiento de las metas físicas, analizar las causas de las desviaciones y proponer los correctivos correspondientes.
Artículo 29. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo número 59 de julio 3 de 1987.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a ...
La Presidente de la Junta,
(Fdo.) Graciela Palacios Meiresonne.
La Secretaria de la Junta,
(Fdo.) Gloria Maldonado Guerrero”.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Decretos 2205 de 1983 y 1280 de 1987.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 1° de junio de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rudolf Hommes Rodríguez.
El Subdirector General del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Jorge Eliécer Sabas Bedoya.
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