Por el cual se aprueba el Acuerdo número 003 de abril 2 de 1984, que establece la estructura orgánica del Instituto Colombiano Agropecuario y se determinan las funciones de sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 1984-06-07
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 41
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. Aprúebanse en todas sus partes el acuerdo número 003 de abril 2 de 1984, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano Agropecuario, cuyo texto es el siguiente:

«ACUERDO NUMERO 003 DE 1984

(abril 2)

por el cual se establece la estructura orgánica del Instituto Colombiano Agropecuario y se determinan las funciones de sus dependencias.

La Junta Directiva del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias vigentes y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,

ACUERDA:

Artículo 1º. La estructura orgánica del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, será la siguiente:

Nivel Central.

2.1 Oficina de Planeación.

2.2 Oficina de Educación y Capacitación.

3.1 Oficina de Organización y Control Operacional.

3.2 Oficina Jurídica.

3.3 Sección de Archivo y Correspondencia.

3.4 Sección de Información y Prensa.

4-.1 Oficina de Coordinación Programa ICA-BIRP.

4.2 División de Cultivos Industriales.

4.2.1 Sección Programa de Algodón.

4.2.2 Sección Programa Cacao.

4.2.3 Sección Programa Oleaginosas Perennes.

4.2.4 Sección Programa Frutales.

4.3 División de Cultivos Múltiples.

4.3.1 Sección Programa Caña Panelera.

4.3.2 Sección Programa Yuca y Ñame.

4.3.3 Sección Programa -Plátano.

4.3.4 Sección Programa Cultivos Asociados.

4.3.5 Sección Programa Papa.

4.3.6 Sección Programa Hortalizas.

4.3.7 Sección Programa Tabaco.

4.4 División Cultivos Anuales.

4.4.1 Sección Programa Arroz.

4.4.2 Sección Programa Maíz y Sorgo.

4.4.3 Sección Programa Leguminosas y oleaginosas.

4.4.4 Sección Programa Cereales Menores.

4.5 División de Disciplinas Agrícolas.

4.5.1 Sección Programa Entomología

4.5.2 Sección Programa Fitopatología.

4.5.3 Sección Programa Fisiología.

4.5.4 Sección Programa Genética.

4.5.5 Sección Programa Suelos.

4.5.6 Sección Programa Manejo de Aguas.,

4.5.7 Sección Programa Maquinaria Agrícola.

4.5.8 Sección Programa Procesos Agrícolas.

4.6 División de Centros y Estaciones.

4.6.1 Sección Programa Manejo de Centros.

4.6.2 Sección Programa Adecuación de Centros.

4.7 División de Bovinos.

4.7.1 Sección Programa Ganado de Carne.

4.7.2 Sección Programa Ganado de Leche.

4.7.3 Sección Programa 'Ganado Doble Propósito.

4.7.4 Sección Programa Pastos y Forrajes.

4.8 División de Especies Menores.

4.8.1 Sección Programa Porcicultura.

4.8.2 Sección Programa Avicultura.

4.8.3 Sección Programa Ovinocultura y Capricultura,

4.8.4 Sección Programa Cunicultura y Apicultura.

4.9 División di Disciplinas Pecuarias.

4.9.1 Sección Programa Nutrición Animal.

4.9.2 Sección Programa Fisiología y Genética Animal.

4.9.3 Sección Programa Medicina Veterinaria Preventiva.

4.9.4 Sección Programa Enfermedades Vesiculares.

4.9.5 Sección Programa Patología Animal.

4.9.6 Sección Programa Microbiología.

4.10 División de Apoyo Técnico.

4.10.1 Sección Programa Estadística y Biometría.

4.10.2 Sección Programa Economía Agraria.

4.10.3 Sección Programa Comunicación Rural.

5.1 División de Personal.

5.1.1 Sección de Registro y Control.

5.1.2 Sección de Selección y Clasificación.

5.1.3 Sección de Bienestar Social.

5.2 División Financiera.

5.2.1 Sección de Presupuesto.'

5.2.2 Sección de Contabilidad.

5.2.3 Sección de Tesorería.

5.2.4 Sección de Cartera.

5.2.5 Sección Interventoría Fondo Rotatorio de Transporte.

5.3 División de Servicios Generales,

5.3.1 Sección de Adquisiciones.

5.3.2 Sección de Almacenes,

5.3.3 Sección de Servicios Auxiliares.

5.4 División de Construcciones.

5.4.1 Sección -de Diseño e Interventoría.

5.4.2 Sección de Mantenimiento de Inmuebles.

5.5 División de Producción Comercial.

6.1 Oficina de Coordinación Programa ICA-USDA.

6.2 División de Semillas,

6.2.1 Sección de Certificación de Semillas.

6.2.2 Sección de Fomento de Semillas.

6.2.3 Sección Laboratorio Nacional de Semillas.

6.3 División de Insumos Agrícolas.

6.3.1 Sección de Plaguicidas.

6.3.2 Sección de Fertilizantes y Semillas.

6.3.3 Sección de Aplicación de Insumos Agrícolas.

6.3.4 Sección de Pruebas de Eficiencia Agroquímico".

6.3.5 Sección Laboratorio Nacional de Insumos Agrícolas.

6.4 División de Sanidad Vegetal.

6.4.1 Sección de Manejo Integrado de Plagas y Enfermedades.

6.4.2 Sección de Protección Sanitaria al Cafeto.

6.4.3 Sección de Inspección y Cuarentena Fitosanitaria,

6.4.4 Sección de Información y Vigilancia Epidemiológica Vegetal.

6.4.5 Sección de Diagnóstico Vegetal,

6.5 División de Supervisión de Asistencia Técnica Agropecuaria.

6.5.1 Sección de Supervisión de Asistencia Técnica Agrícola.

6.5.2 Sección de Planes de Producción Agrícola.

6.5.3 Sección de Supervisión de Asistencia Técnica Pecuaria.

6.5.4 Sección de Planes de Producción Pecuario.

6.6 División de Insumos Pecuarios.

6.6.1 Sección de Drogas y Biológicos Veterinarios.

6.6.2 Sección de Alimentos y Material Genético.

6.6.3 Sección Laboratorio Nacional de Insumos Pecuarios.

6.7 División de Sanidad, Animal.

6.7.1 Sección Control de Fiebre Aftosa.

6.7.2 Sección Campañas Sanitarias.

6.7.3 Sección Inspección y Cuarentena Zoosanitaria.

6.7.4 Sección de Centros de Diagnóstico,

6.7.5 Sección Frigoríficos de Exportación.

6.7.6 Sección Estación Cuarentenaria.

6.7.7 Sección Sistemas de Información y Vigilancia Epidemiológica Animal,

4.7.4 Sección Programa Pastos y Forrajes.

4.8 División de Especies Menores.

4.8.1 Sección Programa Porcicultura.

4.8.2 Sección Programa Avicultura.

4.8.3 Sección Programa Ovinocultura y Capricultura.

4.8.4 Sección Programa Cunicultura y Apicultura.

4.9 División de Disciplinas Pecuarias.

4.9.1 Sección Programa Nutrición Animal.

4.9.2 Sección Programa Fisiología y Genética Animal.

4.9.3 Sección Programa Medicina Veterinaria Preventiva.

4.9.4 Sección Programa Enfermedades Vesiculares.

4.9.5 Sección Programa Patología Animal.

4.9.6 Sección Programa Microbiología.

4.10 División de Apoyo Técnico

4.10.1 Sección Programa Estadística y Biometría.

4.10.2 Sección Programa Economía Agraria.

4.10.3 Sección Programa Comunicación Rural.

5.1 División de Personal.

5.1.1 Sección de Registro y Control.

5.1.2 Sección de Selección y Clasificación.

5.1.3 Sección de Bienestar Social.

5.2 División Financiera.

5.2.1 Sección de Presupuesto.'

5.2.2 Sección de Contabilidad.

5.2.3 Sección de Tesorería.

5.2.4 Sección de Cartera.

5.2.5 Sección Interventoría Fondo Rotatorio de Transporte.

5.3 División de Servicios Generales.

5.3.1 Sección de Adquisiciones

5.3.2 Sección de Almacenes.

5.3.3 Sección de Servicios Auxiliares.

5.4 División de Construcciones.

5.4.1 Sección de Diseño e Interventoría.

5.4.2 Sección de Mantenimiento de Inmuebles.

5.5 División de Producción Comercial.

6.1 Oficina de Coordinación Programa ICA-USDA.

6.2 División de Semillas.

6.2.1 Sección de Certificación de Semillas.

6.2.2 Sección de Fomento de Semillas.

6.2.3 Sección Laboratorio Nacional de Semillas.

6.3 División de Insumos Agrícolas.

6.3.1 Sección de Plaguicidas.

6.3.2 Sección de Fertilizantes y Semillas.

6.3.3 Sección de Aplicación de Insumos Agrícolas.,

6.3.4 Sección de Pruebas de Eficiencia Agroquímicas.

6.3.5 Sección Laboratorio Nacional de Insumos Agrícolas.

6.4 División de Sanidad Vegetal.

6.4.1 Sección de Manejo Integrado de Plagas y Enfermedades.

6.4.2 Sección de Protección Sanitaria al Cafeto.

6.4.3 Sección de Inspección y Cuarentena Fitosanitaria,

6.4.4 Sección de Información y Vigilancia Epidemiológica Vegetal.

6.4.5 Sección de Diagnóstico Vegetal,

6.5 División de Supervisión de Asistencia Técnica Agropecuaria.

6.5.1 Sección de Supervisión de Asistencia Técnica Agrícola,

6.5.2 Sección de Planes de Producción Agrícola.

6.5.3 Sección de Supervisión de Asistencia Técnica Pecuaria.

6.5.4 Sección de Planes de Producción Pecuario,

6.6 División de Insumos Pecuarios.

6.6.1 Sección de Drogas y Biológicos Veterinarios.

6.6.2 Sección de Alimentos y Material Genético.

6.6.3 Sección Laboratorio Nacional de Insumos Pecuarios.

6.7 División de Sanidad Animal.

6.7.1 Sección Control de Fiebre Aftosa.

6.7.2 Sección Campañas Sanitarias.

6.7.3 Sección Inspección y Cuarentena Zoosanitaria.

6.7.4 Sección de Centros de Diagnóstico.

6.7.5 Sección Frigoríficos de Exportación,

6.7.6 Sección Estación Cuarentenaria.

6.7.7 Sección Sistemas de Información y Vigilancia Epidemiológica Animal.

6.8 División de Desarrollo Campesino.

6.8.1 Sección de Sistemas de Producción.

6.8.2 Sección de Planificación y Seguimiento.

6.8.3 Sección de Componente Social.

6.8.4 .Sección Centro de Tecnología Apropiada CENTA.

6.8.5 Sección de Proyectos Especiales.

6.9 División de Divulgación.

6.9.1 Sección Planes de Comunicación.

6.9.2 Sección Producción de Medios.

6.10 División de Estudios Regionales.

6.10.1 Sección de Análisis de Proyectos.

6.10.2 Sección de Estudios de Desarrollo Agropecuario

7.1 Comité Asesor de Gerencia.

7.2 Junta de Licitaciones y Adquisiciones.

7.3 Comisión de Personal.

Nivel Regional.

8 Gerencias Regionales.

8.1 Sección de Investigación y Transferencia Agropecuaria.

8.2 Sección Administrativa.

8.3 Sección de Fomento y Servicios.

8.4 Organos de Asesoría y Coordinación Regional.

8.4.1 Comité de Coordinación.

8.4.2 Junta Regional de Licitaciones, y Adquisiciones.

Junta Directiva y Gerencia General.

Artículo 2º. La Junta Directiva y el Gerente General cumplirán las funciones para ellos estipuladas en los estatutos del Instituto y, en las demás disposiciones legales vigentes que las adicionen o modifiquen.

Oficina de Planeación

Artículo 3º. Son funciones de la Oficina de Planeación:

Oficina de Educación y Capacitación.

Artículo 4º. Son funciones de la Oficina de Educación y Capacitación.

Secretaría General.

Artículo 5º. Son funciones de la Secretaría General:

Oficina Jurídica

Articulo 6º. Son funciones de la Oficina Jurídica:

Oficina de Organización y Control Operacional.

Artículo 7º. Son funciones de la Oficina de Organización y Control Operacional:

Subgerencia de Investigación y Transferencia Agropecuaria

Artículo 8º. Son, funciones de la Subgerencia de investigación y Transferencia Agropecuaria:

ñ) Las demás funciones que le sean asignadas por la junta Directiva o la Gerencia General y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

Oficina de Coordinación Programa ICA-BIRF.

Artículo 9º. Son funciones de la oficina de Coordinación Programa IPA-BIRF:

División de Cultivos Industriales.

Artículo 10. Son funciones de la División de Cultivos Industriales:

ñ) Orientar y coordinar las actividades de las Secciones adscritas a la División y velar por la eficiente utilización de los recursos humanos, físicos y financieros que se le asignen.

División de Cultivos Múltiples.

Articulo 11. Son funciones de la División de- Cultivos Múltiples.

ñ) Orientar y coordinar las actividades de las Secciones adscritas a la División y velar por la eficiente utilización de los recursos humanos, físicos y financieros que se le asignen.

División de Cultivos Anuales.

Artículo 12. Son funciones de la División de Cultivos Anuales:

ñ) Orientar y coordinar las actividades de las Secciones adscritas a la División y velar por la eficiente utilización de los recursos humanos, físicos y financieros que se le asignen.

División de Disciplinas Agrícolas.

Artículo 13. Son funciones de la División de Disciplinas Agrícolas:

la) Con el conocimiento de las tecnologías generadas, ofrecerle al país el respaldo técnico-científico en el área de las disciplinas agrícolas, con el objeto de formular planes del producción y fomento de los cultivos e Insumos agrícolas, así como en Innovación técnica.

Artículo 14. Son funciones de la División dé Centros y Estaciones:

División de Bovinos.

Artículo 15. Son funciones de la División de Bovinos-

n). Definir, en coordinación con la Subgerencia Administrativa, las necesidades de recursos humanos físicos y financieros de la División y presentarlas para aprobación de la Subgerencia de Investigación y. Transferencia Agropecuaria.

División de Especies menores.

Artículo 16. Son funciones de la División de Especies Menores:

f). Preparar en coordinación con las Unidades pertinentes; los planes y estrategias más convenientes para la transferencia de tecnología que generen los programas propios de la División.

ll). Elaborar los proyectos de investigación y transferencia propios a la División, que el Instituto planea presentar a Instituciones nacionales e internacionales para su financiación y velar posteriormente, por su ejecución y evaluación.

ñ) Orientar y coordinar las actividades de las Secciones adscritas, a la División y velar por la eficiente utilización de los recursos humanos, físicos y financieros que se le asignen.

División de Disciplinas Pecuarias.

Artículo 17. Son funciones de la División de Disciplinas Pecuarias:

ñ) Las demás funciones que le sean asignadas por la Junta Directiva, la Gerencia General- o la Subgerencia de Investigación y Transferencia Agropecuaria y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

División de Apoyo Técnico.'

Artículo 18. Son funciones de la División de Apoyo Técnico:

ñ) Orientar y Coordinar las actividades de las Secciones adscritas a la División y velar por la eficiente utilización de los recursos humanos, físicos y financieros que se le asignen.

Artículo 19. Son funciones dé la Subgerencia Administrativa:

División de Personal,

Artículo 20. Son funciones de la División de Personal:

División Financiera.

Artículo 21. Son funciones de la División Financiera:

División de Servicios Generales.

Articulo 22. Son funciones, la División de Servicios Generales:

División de Construcciones.

Artículo 23. Son funciones de la División de Construcciones

í) Prestar apoyo en el área de su competencia a las Gerencias Regionales y demás dependencias del Instituto.

División de Producción Comercial.

Artículo 24. Son funciones de la División de Producción Comercial:

Subgerencia de Fomento y Servicios.

Artículo 25. Son funciones de la Subgerencia de Fomento y Servicios:

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