por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación
Artículo 36. Funciones de la Subdirección de Planificación y Regulación Ambiental. Son funciones de la Subdirección de Planificación y Regulación Ambiental las siguientes:
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- Asesorar y orientar la formulación y el seguimiento de procesos de ordenamiento ambiental y territorial, la prevención de amenazas, riesgos y desastres naturales y el manejo integral de recursos naturales renovables.
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- Fomentar el desarrollo de información ambiental para la planificación y seguimiento ambiental a través de la aplicación del sistema de indicadores ambientales.
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- Asesorar y participar en la formulación del marco normativo y regulatorio del sistema de licenciamiento ambiental.
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- Brindar asistencia técnica en la orientación de la inversión ambiental.
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- Realizar y promover estudios de interés nacional hacia la sostenibilidad ambiental del desarrollo; y
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- Las demás que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 37.Funciones de la Subdirección de Estudios Ambientales. Son funciones de la Subdirección de Estudios Ambientales las siguientes:
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- Aplicar el análisis económico, en la formulación, seguimiento y evaluación de la política ambiental.
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- Diseñar, aplicar y evaluar los instrumentos económicos, y financieros de la política ambiental.
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- Dirigir y asesorar el desarrollo institucional del Sistema Nacional Ambiental, SINA, y su sostenibilidad financiera.
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- Definir los criterios para la asignación de la inversión ambiental.
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- Coordinar el seguimiento a los convenios internacionales en materia ambiental.
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- Promover el desarrollo de la información ambiental para la planificación, seguimiento y evaluación ambiental a través de la aplicación del sistema de indicadores ambientales.
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- Realizar estudios de valoración económica del patrimonio natural del país.
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- Asesorar el desarrollo de cuentas ambientales; y
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- Las demás que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 38.Funciones de la Dirección de Justicia y Seguridad. Son funciones de la Dirección de Justicia y Seguridad las siguientes:
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- Adelantar las acciones requeridas para el cumplimiento de las funciones del Departamento Nacional de Planeación en el ámbito de los sectores de justicia, defensa y seguridad nacional, de Relaciones Exteriores, la Registraduría Nacional, el Ministerio del Interior, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el Congreso de la República, la Contraloría General de la Nación y en el área de convivencia ciudadana.
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- Orientar, participar y promover la formulación de políticas, planes, programas, estudios y proyectos de inversión en los sectores de su competencia, conjuntamente con los organismos y entidades pertinentes.
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- Orientar, promover y realizar el seguimiento, control y evaluación de la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos y recomendar las modificaciones y ajustes necesarios.
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- Orientar y promover la aplicación de indicadores que permitan identificar las necesidades de inversión pública en los sectores de su competencia. Así como el impacto de las políticas, planes, programas y proyectos.
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- Promover la preparación de normas sobre la organización, el funcionamiento y la gestión institucional requeridos para adelantar políticas, planes, programas y proyectos en los sectores y áreas de su competencia.
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- Coordinar y apoyar las principales actividades de difusión de los programas de convivencia ciudadana.
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- Coordinar, con otras dependencias del Estado, los programas que adelante el Gobierno en los temas relacionados de narcotráfico, orden público y paz, derechos humanos, desplazados, corrupción y acercamiento del Estado a la sociedad civil. La Dirección de Justicia y Seguridad coordinará y orientará la realización de diagnósticos y estudios sobre los temas mencionados y coordinará y apoyará el estudio de propuestas legislativas para los componentes señalados.
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- Participar en el diseño e implementación del Sistema de Evaluación de Gestión y Resultados de la administración en los temas de su competencia, en coordinación con la Dirección de Evaluación de Gestión y Resultados del Departamento; y
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- Las demás que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 39.Funciones de la Subdirección de Seguridad y Defensa. Son funciones de la Subdirección de Seguridad y Defensa las siguientes:
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- Coordinar la programación del presupuesto de inversión de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y de sus entidades adscritas y vinculadas y emitir conceptos de sus modificaciones cuando se requiera.
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- Asesorar el seguimiento y evaluación de los proyectos de inversión presentados por las entidades del sector.
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- Formular propuestas para la inversión pública sectorial y la organización institucional; y
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- Las demás que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 40.Funciones de la Subdirección de Justicia. Son funciones de la Subdirección de Justicia las siguientes:
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- Coordinar la programación del presupuesto de inversión del sector justicia, integrado por las respectivas entidades de la Rama Ejecutiva, Judicial y Organos de Control y sus entidades adscritas y vinculadas, así como emitir conceptos de modificaciones a proyectos cuando se requiera.
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- Asesorar el seguimiento y evaluación de los proyectos presentados por las entidades del sector y de los organismos que lo apoyan.
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- Coordinar la evaluación de la eficiencia del gasto del sector justicia y la gestión de sus entidades, y formular propuestas para su mejoramiento; y
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- Las demás que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 41.Funciones de la Dirección de Desarrollo Empresarial. Sonfunciones de la Dirección de Desarrollo Empresarial las siguientes:
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- Adelantar las acciones requeridas para el cumplimiento de las funciones del Departamento Nacional de Planeación en relación con los temas de comercio interno y externo, desarrollo empresarial en cualquier nivel, desarrollo de la producción de bienes industriales y servicios, desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa, financiamiento de la actividad empresarial y el mercado de capitales, ciencia y tecnología, desarrollo científico y tecnológico, productividad, competitividad, integración económica, marcas y patentes, inversiones extranjeras en Colombia e inversiones colombianas en el exterior, e índices de gestión.
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- Orientar, participar y promover la formulación de políticas, planes, programas, estudios y proyectos de inversión en los sectores de su competencia, conjuntamente con los organismos y entidades pertinentes.
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- Orientar, promover y realizar el seguimiento, control y evaluación de la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos y recomendar las modificaciones y ajustes necesarios.
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- Orientar y promover la aplicación de indicadores que permitan identificar las necesidades de inversión pública en los sectores de su competencia. Así como el impacto de las políticas, planes, programas y proyectos.
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- Colaborar y participar en la presentación de normas sobre la organización, e1 funcionamiento y la gestión institucional requeridos para adelantar las políticas, planes, programas y proyectos en los sectores de su competencia.
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- Realizar la evaluación de gestión y resultados de las entidades, las empresas, las políticas, los planes, programas y proyectos de los sectores de su competencia, y recomendar las modificaciones y ajustes necesarios.
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- Realizar y dirigir la elaboración de análisis y diagnósticos sobre los temas y sectores de su competencia, llevar las estadísticas correspondientes y realizar un análisis detallado de la información disponible.
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- Evaluar la gestión de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y aquellas en las que exista inversión pública y promover su liquidación cuando no cumplan sus objetivos; estudiar y evaluar el marco institucional para el desarrollo empresarial en el país y proponer sus modificaciones cuando sea el caso.
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- Coordinar y evaluar la programación del presupuesto de inversión de la Nación, de los organismos y entidades públicas del orden nacional, que se relacionen con los temas de su competencia; y
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- Las demás que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 42. Funciones de la Subdirección de Política Industrial y Comercial. Son funciones de la Subdirección de Política Industrial y Comercial, las siguientes:
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- Participar en el diseño y elaboración de las políticas, planes y programas relacionados con el desarrollo empresarial.
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- Orientar y promover el mejoramiento de los regímenes de propiedad industrial y marcas y patentes y en general, investigar, seleccionar y fomentar la adopción de sistemas de promoción de la competencia y protección de la propiedad industrial.
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- Participar en el diseño y elaboración de la política de competitividad y hacer su evaluación y seguimiento.
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- Preparar los informes necesarios sobre el desarrollo, cumplimiento y perspectivas de las políticas, planes, programas y proyectos sobre los temas de su competencia.
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- Velar por la articulación de las políticas en los sectores de su competencia.
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- Participar en el diseño y elaboración de la política en materia de comercio exterior e inversión extranjera.
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- Promover los ajustes necesarios en el marco legal de la inversión privada y el comercio exterior.
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- Analizar, seleccionar y fomentar la adopción de sistemas de promoción de la competencia y también analizar, promover y evaluar los sistemas de promoción de la inversión extranjera y el comercio exterior.
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- Realizar diagnósticos y estudios sobre temas relacionados con la exportación e importación de bienes y servicios, la política arancelaria y comercial, la integración económica, las negociaciones bilaterales y multilaterales y la dinámica de los flujos de inversión; y llevar las estadísticas correspondientes.
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- Apoyar a las entidades competentes para los fines de la participación de Colombia en organizaciones económicas internacionales.
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- Participar en la adopción de normas sobre inversión extranjera y las modificaciones y ajustes a las mismas, las cuales deben ser aprobadas por el Conpes y velar por su articulación con las demás políticas.
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- Participar en las negociaciones de acuerdos en materia de comercio exterior e inversiones internacionales y conceptuar sobre las mismas.
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- Realizar y dirigir la elaboración de análisis y diagnósticos sobre los temas y sectores de su competencia, llevar las estadísticas correspondientes y realizar un análisis detallado de la información disponible.
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- Coordinar y evaluar la programación del presupuesto de inversión de la Nación, de los organismos y entidades públicas del orden nacional, que se relacionen con el desarrollo de la producción de bienes industriales y servicios; y
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- Las demás que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 43.Funciones de la Subdirección de Ciencia y Tecnología. Son funciones de la Subdirección de Ciencia y Tecnología, las siguientes:
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- Participar y coordinar el diseño, seguimiento y evaluación de las políticas de Ciencia y Tecnología y de formación de recurso humano específico; desarrollo tecnológico e impulso a la innovación y de productividad.
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- Preparar los informes necesarios sobre el desarrollo, cumplimiento y perspectivas de las políticas, planes, programas y proyectos sobre los temas de su competencia.
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- Realizar y dirigir la elaboración de análisis y diagnósticos sobre los temas y sectores de su competencia, llevar las estadísticas correspondientes y realizar un análisis detallado de la información disponible.
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- Coordinar y evaluar la programación del presupuesto de inversión de la Nación, de los organismos y entidades públicas del orden nacional, que se relacionen con los temas de su competencia.
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- Velar por la articulación de las políticas en los sectores de su competencia; y
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- Las demás que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 44.Funciones de la Dirección de Desarrollo Urbano y Programas Regionales Especiales. Son funciones de la Dirección de Desarrollo Urbano y Programas Regionales Especiales, las siguientes:
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- Adelantar las acciones requeridas para el cumplimiento de las funciones del Departamento Nacional de Planeación en los ámbitos de desarrollo urbano, vivienda, servicios públicos, equipamiento municipal y agua potable, en coordinación con los organismos y entidades pertinentes.
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- Orientar, participar y promover la formulación de políticas, planes, programas, estudios y proyectos de inversión en los sectores de su competencia, conjuntamente con los organismos y entidades pertinentes.
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- Orientar, promover y realizar el seguimiento, control y evaluación de la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos y recomendar las modificaciones y ajustes necesarios.
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- Orientar y promover la aplicación de indicadores que permitan identificar las necesidades de inversión pública en los sectores de su competencia. Así como el impacto de las políticas, planes, programas y proyectos.
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- Realizar los análisis y colaborar en la preparación de normas que deban prescribirse en relación con la organización y la gestión institucional y financiera de las entidades oficiales vinculadas a los sectores de su competencia.
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- Apoyar el establecimiento de los instrumentos de concertación para la planeación, seguimiento y evaluación de planes, programas y proyectos para los sectores de su competencia.
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- Analizar, hacer seguimiento y evaluar la ejecución del presupuesto de inversión pública nacional en las entidades territoriales en los sectores de desarrollo urbano, equipamiento municipal, vivienda y agua potable.
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- Diseñar y orientar programas para el fortalecimiento de la planeación territorial en los sectores de vivienda, servicios públicos y equipamiento municipal.
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- Coordinar y poner en marcha acciones para el diseño técnico de proyectos y programas regionales especiales de inversión.
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- Elaborar propuestas para la definición de los aspectos financieros e institucionales de programas especiales de inversión.
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- Apoyar a las comisiones de regulación en los sectores de su competencia, y realizar el seguimiento y evaluaciones de las mismas.
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- Apoyar y seguir el desarrollo del mercado de crédito y de la intermediación financiera para el financiamiento de los sectores relacionados con el desarrollo urbano y los servicios públicos, y definir las políticas para promover su aplicación por parte de las entidades relacionadas con los sectores de su competencia.
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- Apoyar el desarrollo de las políticas generales y la definición de estrategias del control y vigilancia de los servicios públicos de su competencia, y realizar el seguimiento y evaluación de las mismas.
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- Desarrollar estudios de base e investigaciones que brinden insumos para la formulación e identificación de acciones e inversiones especiales, en particular, en relación con la incidencia de la violencia y la paz en el desarrollo social y económico del país.
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- Definir criterios técnicos para el diseño de indicadores de evaluación y seguimiento de programas especiales de inversión en coordinación con la Dirección de Evaluación de Gestión y Resultados.
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- Realizar la coordinación de proyectos y programas especiales con entidades ejecutoras tanto públicas como organizaciones no gubernamentales y agencias internacionales, entre otras.
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- Preparar conceptos técnicos en relación con los programas especiales a cargo de la Unidad.
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- Participar en el diseño e implementación del Sistema de Evaluación de Gestión y Resultados de la administración en los temas de su competencia, en coordinación con la Dirección de Evaluación de Gestión y Resultados del Departamento; y
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- Las demás que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 45. Funciones de la Subdirección de Vivienda. Son funciones de la Subdirección de Vivienda las siguientes:
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- Promover la coordinación institucional y la asesoría técnica de los intermediarios financieros en beneficio de los usuarios del crédito para proyectos en las áreas urbanas que cuenten con la financiación del Gobierno Nacional o a través de crédito externo con garantía de la nación.
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- Proponer, desarrollar y hacer el seguimiento de los temas relacionados con la política de vivienda: instrumentos financieros, sector de la construcción y entidades financieras.
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- Asesorar y dar asistencia técnica a las entidades oficiales que tengan competencia sobre el tema del desarrollo urbano.
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- Efectuar seguimiento a las entidades encargadas de ejecutar las políticas de vivienda social establecidas en el Plan de Desarrollo.
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- Realizar los análisis que se requieren para la puesta en marcha de los instrumentos financieros establecidos en el Plan de Desarrollo.
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- Asesorar a los municipios para la elaboración de los planes de ordenamiento territorial.
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- Recopilar la información y preparar el documento Conpes sobre los reajustes de los avalúos catastrales que se realiza anualmente.
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- Revisar las normas que expidan las diferentes autoridades del gobierno en materia de vivienda, subsidios, construcción, financiamiento hipotecario y analizar su impacto en el marco de la política de vivienda.
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- Participar en los procesos de formulación, implementación y seguimiento de la Ley 388 de 1997.
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- Formular y gestionar macroproyectos urbanos como instrumentos para desarrollar proyectos de intervención en la estructura física de las ciudades, alrededor de objetivos socioeconómicos, articulando las políticas de vivienda, agua potable, saneamiento básico y transporte urbano, promoviendo las alianzas público-privadas para el desarrollo económico de los centros urbanos.
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- Promover la implementación de observatorios como herramienta de análisis del comportamiento del mercado del suelo e inmobiliarios y las dinámicas urbanas que permita a las administraciones municipales la toma de decisiones con respaldo de un conocimiento de su problemática; y
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- Las demás asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 46.Funciones de la Subdirección de Agua Potable y Saneamiento Básico. Son funciones de la Subdirección de Agua Potable y Saneamiento Básico las siguientes:
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- Coordinar las entidades relacionadas con los sectores de su competencia, con el propósito de asegurar el cumplimiento de las políticas, planes y programas del Gobierno Nacional.
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- Dirigir, orientar y controlar la formulación, preparación, seguimiento, control y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos del sector de agua potable, saneamiento básico y equipamiento municipal, definidas en el Plan Nacional de Desarrollo.
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- Desarrollar las políticas generales y la planeación de las estrategias para el control y vigilancia, para la adecuada y eficiente prestación de los servicios públicos domiciliarios.
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- Seguir y apoyar la definición y ejecución de las políticas planes y programas de las Comisiones de Regulación de los sectores de su competencia, y participar en los Comités que para el cumplimiento de las mismas se establezcan.
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- Definir y coordinar políticas, planes, programas para estimular la participación del sector privado en los sectores de agua potable, saneamiento básico y equipamiento municipal.
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- Proponer, evaluar y promover la adopción de mecanismos financieros, garantías, contingencias y facilidades de financiamiento para los proyectos con participación del sector privado en los sectores de agua potable, saneamiento básico y equipamiento municipal.
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- Analizar y hacer seguimiento al desarrollo del mercado de crédito y de la intermediación financiera para los sectores de agua potable, saneamiento básico y equipamiento municipal, y definir las políticas para promover su aplicación por parte de las entidades encargadas de la ejecución de las mismas.
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- Realizar la evaluación y el seguimiento a los proyectos que requieran garantía de la Nación para la contratación de créditos externos en los sectores de su competencia.
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- Promover actividades tendientes a fortalecer los procesos de descentralización y modernización de la gestión pública.
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- Dirigir y coordinar la preparación, programación, seguimiento, evaluación y control del Presupuesto General de la Nación, del plan financiero y del plan operativo anual de inversiones de los sectores de agua potable, saneamiento básico y equipamiento municipal.
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- Las demás asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 47.Funciones de la Secretaría General. Son funciones de laSecretaría General las siguientes:
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- Garantizar la prestación de los servicios y la disposición de los recursos necesarios para el funcionamiento del Departamento y la ejecución de los programas del mismo.
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- Coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites administrativos internos al igual que aquellas que rigen el funcionamiento del Departamento en materia fiscal y presupuestal.
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- Coordinar y someter a consideración del Director del Departamento el proyecto de presupuesto anual de gastos de la entidad y, una vez aprobado, dirigir su ejecución.
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- Coordinar la actividad presupuestal del Departamento.
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- Dirigir la actividad administrativa del Departamento.
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- Someter a consideración del Director del Departamento los nombramientos y promociones del personal de la entidad.
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- Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las normas y reglamentos en materia de Administración de personal.
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- Expedir las copias de los documentos que reposen en los archivos del Departamento Nacional de Planeación, en aquellos casos en que tal función no haya sido asignada a otro funcionario.
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- Dirigir y coordinar los programas de bienestar social y capacitación de los funcionarios del Departamento.
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- Dirigir y coordinar el proceso de contratación y compras del Departamento.
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- Presentar ante la Dirección General del Presupuesto y la Tesorería General de la República los informes que esas dependencias requieran.
12 Dirigir la contabilidad y supervisar los registros contables y presupuestales de acuerdo con las instrucciones que al respecto impartan la Unidad Administrativa Especial-Contaduría General de la Nación, la Dirección General de Presupuesto y la Contraloría General de la República.
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- Preparar oportunamente para la firma del Director los informes que solicite la Contraloría General de la República u otros organismos de control.
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- Atender las quejas o reclamos que presenten los funcionarios o ciudadanos sobre el desempeño de las dependencias o personas que laboran en el Departamento, evaluar la magnitud de las fallas y dar traslado, en caso que lo amerite, a la autoridad competente.
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- Gestionar las órdenes de pago por concepto de bienes o servicios suministrados al Departamento.
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- Gestionar las órdenes de comisión y pago de viáticos nacionales e internacionales y responder por el adecuado funcionamiento del trámite correspondiente; y
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- Las demás que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 48.Funciones de la Subdirección de Recursos Humanos. Son funciones de la Subdirección de Recursos Humanos las siguientes:
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- Adelantar las acciones necesarias para el cumplimiento de normas y procedimientos relacionados con la administración de personal, régimen salarial y prestacional de los funcionarios.
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- Desarrollar el proceso de selección del personal requerido por el Departamento de conformidad con las políticas trazadas por las directivas y la reglamentación vigente.
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- Elaborar y tramitar resoluciones de nombramientos, renuncias, ascensos y demás actos administrativos relacionados con situaciones administrativas del personal.
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- Estructurar y desarrollar el sistema de capacitación y el sistema de estímulos del Departamento Nacional de Planeación, acorde con las normas legales vigentes.
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- Responder por el cumplimiento de las normas relacionadas con el Sistema de Seguridad Social.
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- Elaborar estudios de estructuración de planta de personal y llevar control de nombramientos y vacantes.
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- Elaborar y actualizar el manual de requisitos mínimos y funciones del Departamento.
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- Ejecutar el proceso de nómina de pagos por diversos conceptos a los funcionarios del Departamento y pensionados, efectuar las liquidaciones de prestaciones sociales y las relaciones de pago a los contratistas.
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- Tramitar las comisiones de estudio de los funcionarios del Departamento y de las entidades adscritas al mismo, así como las comisiones de servicio del Director del Departamento.
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- Elaborar el anteproyecto de presupuesto de servicios personales en conjunto con el área financiera del Departamento.
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- Efectuar la carnetización de los servidores públicos del Departamento.
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- Hacer el seguimiento del presupuesto asignado y certificar, que los movimientos de personal no excedan el límite por concepto de servicios personales, según lo exigido por la ley, en conjunto con el área financiera del Departamento.
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- Velar por el cumplimiento y aplicación de las normas y disposiciones vigentes de carrera administrativa y evaluación del desempeño.
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- Llevar el registro y control de novedades de personal y las estadísticas de recurso humano que se requieran, mediante un adecuado sistema de información.
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- Velar por el cumplimiento de las normas vigentes, relacionadas con la declaración de bienes y rentas.
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- Presentar para aprobación del Secretario General los programas que le competen y coordinar todo lo relacionado con la ejecución de los mismos.
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- Llevar las hojas de vida de los funcionarios y ex funcionarios de la entidad y expedir las certificaciones laborales requeridas por los servidores públicos del Departamento Nacional de Planeación y por sus ex funcionarios.
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- Coordinar las labores del personal que presta los servicios de cafetería y aseo; y
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- Las demás que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 49.Funciones de la Subdirección Administrativa. Son funciones de la Subdirección Administrativa las siguientes:
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- Prestar los servicios de apoyo logístico a las diferentes dependencias del Departamento, en lo que tiene que ver con mantenimiento locativo, fotocopiado, transporte, conmutador, vigilancia, correspondencia y memoria institucional.
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- Elaborar y hacer seguimiento a la ejecución del Plan Anual de Compras.
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- Establecer, coordinar y ejecutar los procesos de adquisición y aseguramiento de los bienes del Departamento, suministro a las dependencias y registro de sus inventarios y velar por la correcta administración y protección de los mismos.
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- Organizar y responder por la prestación del servicio de Biblioteca, tanto a usuarios internos como externos.
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- Hacer el seguimiento de la ejecución del presupuesto a su cargo.
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- Programar y preparar los proyectos de licitaciones, en coordinación con la Oficina Jurídica, que conforme con la ley deban realizarse para la adquisición de bienes y la contratación de servicios requeridos para el Departamento; y
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- Las demás que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 50.Organos de Asesoría y Control. Los comités de litaciones y adquisiciones, de Control Interno y la Comisión de Personal se integrarán y atenderán sus funciones conforme a la ley y sus reglamentos.
Artículo 51. Adopción de la nueva Planta de Personal. De conformidad con la reestructuración ordenada por el presente Decreto se procederá a adoptar la nueva Planta de Personal.
Los funcionarios de la Planta de Personal actual del Departamento Administrativo continuarán ejerciendo las atribuciones a ellos asignadas, hasta tanto sea adoptada la nueva Planta de Personal del Departamento Nacional de Planeación.
Artículo 52. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga los Decretos números 2410 de 1989, 2167 de 1992, 367 de 1994, 1273 de 1994 y todas las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 12 de julio de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
El Director del Departamento Nacional de Planeación,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.
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