por el cual se modifica y define la estructura orgánica y funcional de la Fiscalía General de la Nación
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- Organizar y adelantar comités técnico-jurídicos de revisión de las situaciones y los casos para la ejecución de acciones en el desarrollo efectivo y eficiente de las investigaciones penales de su competencia. Si el fiscal del caso se aparta de la decisión del Comité deberá motivar su posición, la cual será estudiada nuevamente por este. En todo caso, en virtud de los principios de unidad de gestión y de jerarquía, prevalecerá el criterio y la posición de la Fiscalía señalada por el Comité, en aplicación del numeral 3 del artículo 251 de la Constitución.
-
- Mantener actualizada la información que se registre, en los sistemas de información de la entidad, en los temas de su competencia.
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- Consolidar y clasificar la información de las investigaciones y acusaciones adelantadas por las Direcciones Seccionales y remitirla a la Dirección Nacional de Políticas Públicas y Planeación para la formulación de la política criminal, de la Fiscalía General de la Nación.
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- Dirimir, de conformidad con la Constitución y la Ley, los conflictos de competencia que se presenten entre la Fiscalía General de la Nación y los demás organismos que desempeñen funciones de Policía Judicial, en el ámbito de su competencia.
-
- Dirimir los conflictos administrativos que se presenten al interior de la Fiscalía en el ejercicio de las funciones o en la asignación de investigaciones, en los casos y según las directrices y lineamientos impartidos por el Fiscal General de la Nación.
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- Planear, dirigir, coordinar y controlar las funciones de análisis criminal y de Policía Judicial de la Fiscalía General de la Nación a nivel seccional, a través de las Direcciones Seccionales.
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- Adelantar el intercambio de información entre los distintos organismos de investigación, de seguridad e inteligencia a nivel nacional e internacional, para la programación y el desarrollo de operaciones contra la delincuencia a nivel seccional, bajo las directrices del Vicefiscal General de la Nación.
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- Velar porque en el desarrollo de las competencias de las Direcciones Seccionales se apliquen las políticas de aseguramiento y cadena de custodia de los elementos materiales probatorios y evidencia física.
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- Proponer, en coordinación con las dependencias que cumplan funciones de policía judicial en las seccionales de la Fiscalía General de la Nación, metodologías y protocolos de investigación, para aprobación del Fiscal General de la Nación.
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- Dirigir, coordinar, controlar, evaluar y hacer seguimiento a los procesos de atención a las víctimas y usuarios.
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- Diseñar e implementar estrategias dirigidas a fortalecer las investigaciones que se adelanten contra los delitos que afecten la seguridad ciudadana, para lo cual podrá conformar grupos internos de trabajo, bajo los lineamientos del Fiscal General de la Nación.
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- Gestionar la aplicación de sistemas de filtros en la recepción de denuncias y órdenes de trabajo, siguiendo los lineamientos del Fiscal General de la Nación.
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- Dar lineamientos para la administración del registro de antecedentes judiciales que debe llevar la Fiscalía General de la Nación.
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- Realizar seguimiento y control a las Direcciones Seccionales en el cumplimiento de las directrices y orientaciones que en materia de apoyo a la gestión imparta la Dirección Nacional de Apoyo a la Gestión.
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- Mantener canales de comunicación y coordinación con las dependencias misionales de la entidad.
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- Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Subdirección de Planeación.
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- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
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- Las demás que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Nación.
NOTA: Todas las referencias que hagan las disposiciones-legales y reglamentarias vigentes a la Delegada para la Seguridad Ciudadana, deben entenderse referidas a la Delegada para la Seguridad Territorial. (Artículo 64. Ley 2197 de 2022)
ARTÍCULO 30. DIRECCIÓN DE ATENCIÓN AL USUARIO, INTERVENCIÓN TEMPRANA Y ASIGNACIONES. La Dirección Nacional de Atención al Usuario, Intervención Temprana y Asignaciones tiene las siguientes funciones:
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- Asesorar al Fiscal General de la Nación en la definición de las políticas, estrategias, metodologías y protocolos en materia de atención a usuarios.
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- Dirigir, coordinar, controlar y hacer seguimiento a la aplicación de las políticas, metodologías y los protocolos adoptados por la Fiscalía General de la Nación para la atención, clasificación, aplicación de filtros y asignaciones en la recepción de denuncias.
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- Diseñar, implementar y adelantar programas de orientación y capacitación para la atención a víctimas, con el fin de garantizar sus derechos y evitar la revictimización, de acuerdo a cada tipo de población.
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- Impartir lineamientos para la conformación, implementación y funcionamiento de centros integrales de atención y de orientación ciudadana o de otros modelos de atención, con el fin de garantizar la atención de las víctimas y la recepción de denuncias.
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- Consolidar y clasificar la información acerca de los usuarios y las denuncias recibidas, y remitirla a la Dirección Nacional de Políticas Públicas y Planeación, a través de la Dirección Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana.
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- Hacer seguimiento al funcionamiento de los modelos de atención implementados al interior de la Fiscalía General de la Nación y presentar los informes que le sean requeridos.
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- Mantener canales de comunicación y coordinación con las dependencias de la entidad para la aplicación de políticas, estrategias, metodologías y protocolos en materia de atención a víctimas y usuarios.
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- Administrar el registro de antecedentes judiciales que debe llevar la Fiscalía General de la Nación.
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- Diseñar e implementar los mecanismos para la medición de la satisfacción de los usuarios, hacer el seguimiento a la implementación a nivel nacional, consolidar los resultados y proponer, en coordinación con las direcciones seccionales, las acciones de mejora correspondientes.
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- Diseñar e implementar los lineamientos para la atención de quejas y reclamos en la Fiscalía General de la Nación.
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- Elaborar e implementar los planes de acción anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Subdirección de Planeación.
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- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
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- Las demás que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Nación o por el Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana
Artículo 31.Direcciones Seccionales. Las Direcciones Seccionales cumplirán las siguientes funciones:
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- Dirigir, coordinar, controlar y evaluar el ejercicio de las funciones a cargo de la Dirección Seccional, con el fin de asegurar el ejercicio eficiente y coherente de la acción penal, así como su funcionamiento y organización interna.
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- Dirigir, coordinar y controlar la incorporación y aplicación de las políticas públicas en el desarrollo de las actividades que cumple la Dirección Seccional, de acuerdo con los lineamientos y las orientaciones que impartan las dependencias competentes.
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- Dirigir, coordinar, controlar y evaluar el desarrollo de la función investigativa y acusatoria a cargo de la Dirección Seccional, según los lineamientos de priorización y la construcción de contextos, cuando haya lugar.
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- Identificar y delimitar situaciones y casos susceptibles de ser priorizados y presentarlos al Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana.
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- Presidir, directamente o mediante delegado, el Comité Seccional de Priorización de Situaciones y de Casos que al interior de la Fiscalía General de la Nación sea conformado por el Fiscal General de la Nación, para el cumplimiento de las funciones de la entidad.
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- Hacer seguimiento a la ejecución del plan de priorización a cargo de la Dirección Seccional.
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- Suministrar al Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana la información de la realización de comités técnico jurídicos y de las investigaciones y acusaciones adelantadas por la Dirección Seccional, debidamente consolidada y clasificada.
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- Supervisar y hacer seguimiento a los comités técnico-jurídicos de revisión de las situaciones y los casos que realice la Subdirección Seccional de Fiscalías, para la ejecución de acciones en el desarrollo efectivo y eficiente de las investigaciones penales de su competencia.
Si el fiscal del caso se aparta de la decisión del Comité deberá motivar su posición, la cual será estudiada nuevamente por este. En todo caso, en virtud de los principios de unidad de gestión y de jerarquía, prevalecerá el criterio y la posición de la Fiscalía señalada por el Comité, en aplicación del numeral 3 del artículo 251 de la Constitución.
-
- Dirigir, coordinar y controlar las funciones de análisis criminal y de Policía Judicial de la Dirección Seccional, según los lineamientos y directrices del Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana.
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- Velar por que en el desarrollo de las competencias de la Dirección Seccional se apliquen las políticas de aseguramiento y cadena de custodia de los elementos materiales probatorios y evidencia física.
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- Proponer, en coordinación con la Dirección Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana y la Subdirección de Policía Judicial de la Seccional de la Fiscalía General de la Nación, metodologías y protocolos de investigación, para aprobación del Fiscal General de la Nación.
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- Mantener actualizada la información que se registre en los sistemas de información de la entidad, en los temas de su competencia.
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- Realizar seguimiento a la gestión de la Dirección Seccional y presentar informes periódicos y recomendaciones al Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana.
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- Hacer seguimiento, en coordinación con la Dirección del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), al desarrollo y cumplimiento de las funciones de servicios forenses y de genética por parte de la Subdirección Seccional de Policía Judicial (CTI).
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- Dirimir los conflictos de competencia que se presenten entre la Fiscalía General de la Nación y los demás organismos que desempeñen funciones de Policía Judicial.
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- Dirimir los conflictos administrativos que se presenten entre los fiscales adscritos a las Direcciones Seccionales en el ejercicio de las funciones o en la asignación de investigaciones, en los casos y según las directrices y lineamientos impartidos por el Fiscal General de la Nación.
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- Proponer e implementar estrategias dirigidas a fortalecer las investigaciones que se adelanten contra los delitos que afecten la seguridad ciudadana, para lo cual podrá conformar grupos internos de trabajo, bajo las directrices del Fiscal General de la Nación y del Director Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana.
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- Dirigir, coordinar, controlar, evaluar y hacer seguimiento a los procesos de atención a las víctimas y usuarios en la Dirección Seccional.
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- Gestionar la aplicación en la Dirección Seccional de sistemas de filtros en la recepción de denuncias, siguiendo los lineamientos del Fiscal General de la Nación.
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- Informar a la Dirección Nacional de Apoyo a la Gestión sobre los movimientos de personal, situaciones administrativas que generen vacancia del empleo, novedades, nómina y prestaciones de los servidores de la Dirección Seccional.
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- Informar al Director Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana las situaciones administrativas y los movimientos de personal que generen vacancia temporal.
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- Administrar los recursos físicos, informáticos y financieros de la Dirección Seccional.
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- Mantener canales de comunicación y coordinación con las dependencias misionales de la entidad.
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- Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada para el efecto.
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- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
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- Las demás que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal, Vicefiscal General de la Nación o por el Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana.
Artículo 32.Derogado
Artículo 33.Subdirección Seccional de Fiscalías y de Seguridad Ciudadana. La Subdirección Seccional de Fiscalías y de Seguridad Ciudadana cumplirá las siguientes funciones:
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- Coordinar, controlar y evaluar, directamente o a través de sus fiscales delegados, el desarrollo de la función investigativa y acusatoria y las audiencias que se adelanten en los casos y situaciones que le sean asignados, según los lineamientos de priorización y la construcción de contextos, cuando haya lugar.
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- Organizar y adelantar comités técnico-jurídicos de revisión de las situaciones y los casos para la ejecución de acciones en el desarrollo efectivo y eficiente de las investigaciones penales de su competencia. Si el fiscal del caso se aparta de la decisión del Comité deberá motivar su posición, la cual será estudiada nuevamente por este. En todo caso, en virtud de los principios de unidad de gestión y de jerarquía, prevalecerá el criterio y la posición de la Fiscalía señalada por el Comité, en aplicación del numeral 3 del artículo 251 de la Constitución.
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- Dirigir y coordinar los grupos de trabajo que se conformen para el cumplimiento de las funciones y competencias de la Subdirección.
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- Identificar y delimitar situaciones y casos susceptibles de ser priorizados y proponerlos al Comité Seccional de Priorización de Situaciones y Casos.
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- Ejecutar los planes de priorización aprobados por el Comité Seccional de Priorización de Situaciones y Casos en lo de su competencia.
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- Consolidar, analizar y clasificar la información de las investigaciones y acusaciones adelantadas por la Subdirección Seccional de Fiscalías y remitirla al Director Seccional para apoyar la formulación de la política criminal.
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- Actualizar la información que se registre en los sistemas de información de la entidad, en los temas de su competencia.
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- Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Subdirección de Planeación.
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- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
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- Las demás que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Nación, por el Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana o por el Director Seccional.
Artículo 34.Sección de Policía Judicial. La Sección de Policía Judicia cumplirá las siguientes funciones:
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- Planear y ejecutar las funciones de policía judicial de los grupos que conforme la Dirección Seccional para adelantar las investigaciones a su cargo.
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- Hacer análisis criminal para apoyar el desarrollo de las investigaciones adelantadas en la Dirección Seccional, en el ámbito de su competencia.
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- Asesorar y apoyar a las dependencias de la Dirección Seccional en materia de investigación criminal, servicios forenses y de genética y en la administración de información técnica y judicial que se requiera para la investigación penal en los asuntos de su competencia.
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- Proponer al Director Seccional metodologías y protocolos de investigación, para aprobación del Fiscal General de la Nación.
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- Adelantar, dentro del ámbito de su competencia, el intercambio de información entre los distintos organismos de investigación, de seguridad e inteligencia a nivel nacional e internacional, para la programación y el desarrollo de operaciones contra la delincuencia, bajo las directrices del Director Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana.
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- Aplicar las políticas de aseguramiento y cadena de custodia de los elementos materiales probatorios y evidencia física.
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- Prestar apoyo técnico-científico en coordinación con los demás organismos de policía judicial, en ausencia del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
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- Consolidar, analizar y clasificar la información de las investigaciones adelantadas por la Subdirección de Policía Judicial CTI y remitida al Director Seccional para apoyar la formulación de la política criminal.
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- Actualizar la información en el Registro Único de Asuntos de Policía Judicial de la Fiscalía General de la Nación, en los temas de su competencia.
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- Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Subdirección de Planeación.
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- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
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- Las demás que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Nación, por el Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana o por el Director Seccional.
Artículo 35.Sección de Atención a Usuarios. La Sección de Atención a Usuarios tiene las siguientes funciones:
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- Implementar las políticas, metodologías y los protocolos adoptados por la Fiscalía General de la Nación para la atención a víctimas y usuarios y para la clasificación, aplicación de filtros y asignaciones en la recepción de denuncias.
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- Recibir, clasificar, filtrar y asignar las denuncias presentadas por las víctimas y los usuarios ante la Fiscalía General de la Nación.
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- Adelantar programas de orientación y capacitación para la atención a víctimas, con el fin de garantizar sus derechos y evitar la revictimización, de acuerdo a cada tipo de población, bajo los lineamientos de la Subdirección Nacional de Atención a Víctimas y Usuarios.
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- Administrar los centros integrales de atención y de orientación ciudadana o de otros modelos de atención que se implementen en la Fiscalía General de la Nación.
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- Suministrar al Subdirector Nacional de Víctimas y Usuarios la información de los usuarios y las denuncias recibidas, debidamente consolidada y clasificada.
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- Mantener canales de comunicación y coordinación con las dependencias de la entidad para la aplicación de políticas, estrategias, metodologías y protocolos en materia de atención a víctimas y usuarios.
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- Registrar la información de antecedentes judiciales en el sistema que debe llevar la Fiscalía General de la Nación y expedir las constancias a que haya lugar.
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- Implementar los mecanismos para la medición de la satisfacción de las víctimas y usuarios, consolidar los resultados y proponer a la Subdirección Nacional de Atención a Víctimas y Usuarios, las acciones de mejora correspondientes.
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- Proponer los lineamientos para la atención de quejas y reclamos en la Fiscalía General de la Nación.
-
- Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Subdirección de Planeación.
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- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
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- Las demás que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Nación, por el Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana o por el Director Seccional.
ARTÍCULO. 35A. DIRECCIÓN DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN Y ANÁLISIS PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA. Son funciones de la Dirección de Apoyo a la Investigación y Análisis para la Seguridad Ciudadana:
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- Asesorar, acompañar y apoyar casos o situaciones de competencia de la delegada, con el fin de consolidar una estrategia jurídica e investigativa integral.
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- Realizar barras académicas con el fin de discutir problemas jurídicos doctrinales, jurisprudenciales y de casos, relevantes para el adecuado cumplimiento de las funciones de la delegada.
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- Realizar investigaciones analíticas y en contexto y excepcionalmente ejercer la acción penal sobre casos o situaciones priorizados por el Comité Nacional de Priorización de Situaciones y Casos o asignados por el Fiscal General de la Nación.
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- Elaborar e implementar los planes de acción en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada para el efecto.
-
- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
-
- Las demás que le sean asignadas por la ley, por la delegada para la Seguridad Ciudadana o por el Fiscal General de la Nación o el Vicefiscal General de la Nación.
ARTÍCULO 36. La Fiscalía delegada ante la Corte Suprema de Justicia a través de su coordinador, la delegada para la Seguridad Terrtorial, la delegada Contra la Criminalidad Organizada, la delegada para las Finanzas Criminales, las Direcciones Especializadas y las Direcciones Seccionales podrán autorizar la utilización' de agentes encubiertos y de entregas vigiladas solicitadas por los fiscales de la dependencia correspondiente, en los términos y condiciones establecidos en el Código de Procedimiento Penal”
CAPÍTULO VI
De la Dirección de Apoyo a la Gestión y otras dependencias
Artículo 37.Dirección Ejecutiva . La Dirección Ejecutiva cumplirá las siguientes funciones:
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- Asistir al Fiscal General de la Nación en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración de la Entidad.
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- Dirigir, controlar y evaluar la ejecución de los programas y actividades relacionadas con los asuntos financieros y contables, gestión del talento humano, contratación pública, tecnologías de la información y de las comunicaciones, bienes, soporte técnico informático, servicios administrativos, carrera administrativa, gestión documental, correspondencia y notificaciones de la entidad.
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- Impartir los lineamientos, directrices, interpretaciones, orientaciones, herramientas y procedimientos que en materia de gestión administrativa deben cumplir las Direcciones y Subdirecciones Seccionales.
-
- Gestionar la consecución de recursos ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación, para el desarrollo de los planes, programas y proyectos institucionales.
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- Presentar el anteproyecto anual de presupuesto, en coordinación con la Dirección Nacional de Políticas Públicas y Planeación.
-
- Impartir las instrucciones para el seguimiento a la ejecución de los recursos asignados a los proyectos de inversión y para la formulación y seguimiento de proyectos de funcionamiento de la Fiscalía General de la Nación.
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- Formular los lineamientos para la ejecución de planes, programas y demás acciones relacionadas con la gestión presupuestal, contable y de tesorería de la Fiscalía General de la Nación.
-
- Presentar los estados contables y de ejecución de presupuesto de la respectiva vigencia fiscal para la rendición de la cuenta anual e informes presupuestales ante las instancias competentes.
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- Coordinar la ejecución de los planes, programas, proyectos, procesos y actividades en materia de servicios generales y recursos físicos y el suministro oportuno y eficiente de los mismos para el funcionamiento de la Fiscalía General de la Nación.
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- Trazar las políticas y programas de administración de personal, bienestar social, selección, registro y control, capacitación, incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir su gestión.
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- Asesorar al Fiscal General de la Nación en la adopción e implementación de modelos de gestión, de administración y de evaluación de personal; así como en la política de estímulos de los servidores de la entidad.
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- Dirigir y controlar las actividades y procesos de contratación administrativa, y suscribir los actos y contratos requeridos para el buen funcionamiento de la entidad.
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- Aprobar el Plan Anual, de Adquisiciones de la entidad, de acuerdo con la planeación presupuestal adoptada por la entidad, e impartir las directrices y los lineamientos para su ejecución.
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- Dirigir y controlar la administración de bienes patrimoniales, incautados o puestos a disposición de la entidad y garantizar su conservación.
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- Impartir los lineamientos para apoyar el cumplimiento de las funciones de la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación.
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- Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Subdirección de Planeación.
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- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
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- Las demás que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Nación.
Artículo 38.Subdirección de Talento Humano. La Subdirección de Talento Humano cumplirá las siguientes funciones:
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- Dirigir el proceso de talento humano en sus componentes de planeación, gestión y desarrollo.
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- Ejecutar y evaluar los planes estratégicos y programas para la gestión del talento humano en sus fases de ingreso, permanencia y retiro de los funcionarios de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.
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- Diseñar, dirigir, administrar y evaluar los programas de formación, capacitación, incentivos, bienestar, salud ocupacional, seguridad laboral y desarrollo de los servidores públicos de la entidad, de acuerdo con lo previsto en la ley.
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- Sistematizar y actualizar las historias laborales de todos los servidores de la Fiscalía General de la Nación y custodiar las historias laborales de los servidores del Nivel Central.
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- Elaborar y actualizar el Manual de Funciones, Competencias Laborales y requisitos mínimos de los cargos de la Fiscalía General de la Nación, en coordinación con las dependencias de la entidad.
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- Formular y ejecutar acciones tendientes a la identificación, mejoramiento y fortalecimiento de las competencias laborales de los servidores de la Fiscalía General de la Nación.
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- Apoyar al Comité de Formación y Capacitación en la identificación de las necesidades de capacitación y en la definición de las políticas que orienten la formulación del plan institucional de formación y capacitación.
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- Integrar y participar en el Comité de Evaluación del desempeño de la Entidad.
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- Dirigir, controlar y llevar el registro y consolidación de la información de la planta de personal a nivel nacional, en coordinación con los Directores Seccionales de la Fiscalía General de la Nación.
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- Registrar en las historias laborales de los servidores las sanciones disciplinarias impuestas, las decisiones que impliquen declaración de responsabilidad penal o privación de la libertad, y las de responsabilidad penal que le sean informadas, con el fin de informar al nominador sobre las inhabilidades sobrevinientes.
-
- Asesorar a las Direcciones Seccionales en el ámbito de su competencia.
-
- Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Subdirección de Planeación.
-
- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
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- Las demás que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Nación o por el Director de Apoyo a la Gestión de la Fiscalía General de la Nación.
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- Tramitar los nombramientos y traslados de todos los servidores de la Fiscalía General de la Nación, cuya designación o traslado corresponderá al Fiscal General de la Nación.
Artículo 39.Subdirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. La Subdirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones cumplirá las siguientes funciones:
-
- Asesorar al Fiscal General de la Nación en la definición de las políticas, planes, programas y procedimientos relacionados con el uso de las tecnologías de información y comunicaciones, que contribuyan a incrementar la eficiencia y eficacia en las diferentes dependencias de la Entidad, así como garantizar la calidad en la prestación de los servicios.
-
- Liderar, coordinar y monitorear la plataforma de tecnologías de la información y la comunicación de la Fiscalía General de la Nación, que apoye el cumplimiento de sus funciones.
-
- Liderar, coordinar y articular los diferentes sistemas de información de la entidad.
Para tal efecto, adelantará y presidirá comités técnicos con los respectivos coordinadores de los sistemas de información de las diferentes dependencias de la Fiscalía.
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- Elaborar y hacer seguimiento al Plan Maestro de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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- Promover e intervenir en las actividades y programas que tiendan a incorporar el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones en el desarrollo de las actividades de la Fiscalía General de la Nación.
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- Diseñar, implementar e integrar soluciones informáticas, basadas en gestión de procesos, que dé soporte a todas las áreas misionales de la Fiscalía General de la Nación.
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- Definir las necesidades que en materia de sistemas de información requiera la Fiscalía General de la Nación, para el desarrollo de sus funciones y coordinar su adquisición con la Dirección de Apoyo a la Gestión.
-
- Consolidar, desarrollar e implementar las diferentes estrategias, estándares de datos e integración de procesos y líneas de políticas gubernamentales sobre el uso y alcance de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
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- Gestionar, atender, proponer e implementar las políticas y acciones relativas a la seguridad y oficialidad de la información y de la plataforma tecnológica de la Fiscalía General de la Nación.
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- Asesorar a las Direcciones Seccionales en el ámbito de su competencia.
-
- Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Subdirección de Planeación.
-
- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
-
- Las demás que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Nación o por el Director de Apoyo a la Gestión de la Fiscalía General de la Nación.
Artículo 40.Subdirección de Gestión Contractual. La Subdirección de Gestión Contractual cumplirá las siguientes funciones:
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- Coordinar y adelantar todos los trámites y procedimientos relacionados con la gestión contractual de la Fiscalía General de la Nación.
-
- Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones de la Fiscalía General de la Nación en coordinación con las diferentes dependencias de la entidad, y velar por su adecuado cumplimiento.
-
- Proyectar los actos administrativos y demás documentos que se originen con ocasión de la gestión contractual de la Fiscalía General de la Nación.
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- Impartir lineamientos para el desarrollo de las funciones de supervisión de los contratos que suscriba la Fiscalía General de la Nación.
-
- Asesorar a las Direcciones Seccionales en el ámbito de su competencia.
-
- Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Subdirección de Planeación.
-
- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
-
- Las demás que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Nación o por el Director de Apoyo a la Gestión de la Fiscalía General de la Nación.
Artículo 41.Subdirección Financiera. La Subdirección Financiera cumplirá las siguientes funciones:
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- Administrar, registrar y controlar el Presupuesto de Ingresos y Gastos asignado a la Fiscalía General de la Nación.
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- Elaborar el Anteproyecto Anual de Presupuesto y el Programa Anual de Caja que deba adoptar la Fiscalía General de la Nación de acuerdo con las directrices que al respecto dicte el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
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- Hacer seguimiento permanente a la ejecución presupuestal, en coordinación con la Dirección Nacional de Políticas Públicas y Planeación y adelantar los trámites presupuestales requeridos.
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- Expedir los certificados de disponibilidad presupuestal y efectuar su registro.
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- Realizar los trámites necesarios para llevar a cabo las modificaciones presupuestales que sean requeridas por las diferentes dependencias de la Fiscalía General de la Nación.
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- Administrar y controlar los recursos destinados para las cajas menores aprobadas.
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- Controlar y verificar que el proceso de preparación y registro contable de las operaciones se refleje en el balance de la Fiscalía General de la Nación y se realice de conformidad con las disposiciones emitidas por la Contaduría General de la Nación.
-
- Reconocer y ordenar pagos, conforme a la delegación que para tal efecto, le confiera el ordenador del gasto.
-
- Efectuar conciliaciones y verificaciones presupuestales, contables y de pago que garanticen la consistencia y razonabilidad de la información financiera y contable.
-
- Identificar, causar y clasificar los ingresos de la Fiscalía General de la Nación en el Sistema Integrado de Información (SIIF) del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
-
- Coordinar, elaborar y presentar los diferentes informes exigidos por la ley, solicitados por los organismos de control y en general todos aquellos que le sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.
-
- Asesorar a las Direcciones Seccionales en el ámbito de su competencia.
-
- Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Subdirección de Planeación.
-
- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
-
- Las demás que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Nación o por el Director de Apoyo a la Gestión de la Fiscalía General de la Nación.
Artículo 42.Subdirección de Bienes. La Subdirección de Bienes cumplirá las siguientes funciones:
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- Administrar los bienes a cargo de la entidad garantizando su conservación y uso eficiente.
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- Administrar y aplicar medidas para la conservación de los bienes propios, incautados o puestos a disposición de la entidad, así como las bodegas y almacenes generales y transitorios de evidencia física a su cargo.
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- Administrar el Fondo Especial para la Administración de Bienes de la Fiscalía General de la Nación.
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- Diseñar, promover y apoyar la implementación de políticas, estrategias, procedimientos e indicadores tendientes a optimizar y mejorar la administración de los bienes patrimoniales y los que se ponen a disposición de la entidad para su uso.
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- Organizar y controlar las actividades necesarias para garantizar la conservación, buen uso y oportuno aseguramiento de los bienes patrimoniales y los que por cualquier motivo estén a disposición de la entidad.
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- Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con el inventario de los bienes de la Fiscalía General de la Nación y los que estén a su cargo.
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- Proponer proyectos y programas de infraestructura física y hacer seguimiento a la gestión de los mismos.
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- Dirigir y administrar el parque automotor de la Fiscalía General de la Nación.
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- Asesorar a las Direcciones Seccionales en el ámbito de su competencia.
-
- Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Subdirección de Planeación.
-
- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
-
- Las demás que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Nación o por el Director de Apoyo a la Gestión de la Fiscalía General de la Nación.
Artículo 43.Subdirección de Gestión Documental. La Subdirección de Gestión Documental cumplirá las siguientes funciones:
-
- Proponer e implementar las políticas de gestión documental de la entidad.
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- Clasificar, filtrar y direccionar a las dependencias correspondientes de la Fiscalía General de la Nación las solicitudes y comunicaciones presentadas por las víctimas y los usuarios en general.
-
- Realizar seguimiento a las solicitudes y comunicaciones presentadas por las víctimas y los usuarios, y monitorear la aplicación de lineamientos establecidos para la atención de quejas y reclamos, en coordinación con las dependencias de la Fiscalía.
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- Recibir, seleccionar, organizar, administrar y conservar los fondos de archivo central y el patrimonio documental de la entidad, facilitando su acceso y difusión.
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- Gestionar, mantener y coordinar la documentación del sistema de gestión integral y del sistema de gestión documental de la Fiscalía, en cumplimiento de las normas establecidas en materia archivística.
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- Proteger y resguardar la información del sistema de gestión documental de la Fiscalía General de la Nación.
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- Garantizar el adecuado acceso a los documentos que estén bajo su responsabilidad, dando cumplimiento a las normas de reserva legal.
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- Llevar la relación y control de la documentación enviada y recibida por la entidad, a través del sistema operativo de correspondencia establecido para tal fin.
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- Realizar los estudios de identificación, valoración y aprobación de series documentales aplicables a las tablas de retención documental.
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- Proyectar y proponer el Reglamento General de Archivo y Correspondencia de la Fiscalía General de la Nación, para aprobación por parte del Director Nacional de Apoyo a la Gestión.
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- Asesorar a las Direcciones Seccionales en el ámbito de su competencia.
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- Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Subdirección de Planeación.
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- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
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- Las demás que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Nación o por el Director de Apoyo a la Gestión de la Fiscalía General de la Nación.
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- Manejar el archivo de las resoluciones de asignación especial, variación de asignación, delegación y designación. Así mismo, proyectar para la firma del Fiscal General de la Nación las resoluciones sobre la misma materia respecto de todas las investigaciones de la Fiscalía General de la Nación.
ARTÍCULO. 43A. SUBDIRECCIONES REGIONALES DE APOYO. Las subdirecciones regionales de apoyo cumplirán las siguientes funciones:
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- Ejecutar las políticas, objetivos y estrategias adoptadas por el Fiscal General de la Nación para la administración de las direcciones seccionales respectivas.
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- Ejecutar e implementar en las direcciones seccionales respectivas, los programas y actividades relacionadas con los asuntos financieros y contables, tecnologías de la información y de las comunicaciones, soporte técnico informático, gestión documental y servicios administrativos, de conformidad con los lineamientos impartidos por el Director Ejecutivo.
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- Elaborar y ejecutar, en coordinación con las diferentes dependencias de las direcciones seccionales respectivas, el Plan Anual de Adquisiciones.
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- Suministrar al Director Ejecutivo, la información para la elaboración de los estados contables y de ejecución del presupuesto correspondiente a las direcciones seccionales respectivas.
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- Adelantar las acciones requeridas para que las direcciones seccionales respectivas cuenten con los recursos, tanto humanos como físicos, para el cumplimiento de sus funciones.
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- Dirigir el proceso de talento humano en sus componentes de planeación, gestión y desarrollo, de conformidad con la delegación respectiva y los lineamientos y directrices impartidas por el Director Ejecutivo.
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- Implementar en las direcciones seccionales respectivas los modelos de gestión, de administración, de evaluación de personal y la política de estímulos adoptados para los servidores de la Fiscalía General de la Nación.
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- Mantener actualizada la información de la planta de personal de las direcciones seccionales respectivas y reportar periódicamente al Director Ejecutivo.
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- Registrar en las historias laborales de los servidores de las direcciones seccionales respectivas las sanciones disciplinarias impuestas, las decisiones que impliquen declaración de responsabilidad penal o privación de la libertad y las de responsabilidad penal que le sean reportadas, con el fin de informar al nominador sobre las inhabilidades sobrevinientes.
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- Custodiar y actualizar las historias laborales de los servidores de las direcciones seccionales respectivas.
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- Dirigir y controlar las actividades y procesos de contratación administrativa y suscribir los actos y contratos requeridos para el buen funcionamiento de las direcciones seccionales respectivas, de conformidad con la delegación.
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- Elaborar e implementar los planes de acción en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Dirección de Planeación y Desarrollo.
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- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
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- Las demás que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Nación o por el Director Ejecutivo
Artículo 44.Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación. La Subdirección de Apoyo a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación cumplirá las siguientes funciones:
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- Diseñar los sistemas de selección y promoción del personal vinculado a la carrera especial de la Fiscalía General de la Nación.
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- Apoyar al Comité de Evaluación del Desempeño en la identificación de los parámetros y en la elaboración del instrumento para la evaluación del desempeño.
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- Diseñar y elaborar las pruebas para los concursos o procesos de selección que adelante la Fiscalía para la provisión de los empleos de carrera y presentarlas a la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación para su aprobación, salvo que dichas actividades se contraten con terceros.
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- Elaborar los proyectos de convocatorias a concursos, bajo los lineamientos y directrices impartidas por la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación.
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- Sustanciar y tramitar las peticiones, las solicitudes, las reclamaciones y los demás aspectos relacionados con los asuntos de los que deberá conocer la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación.
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- Proyectar los actos administrativos que deba adoptar la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación en el desarrollo de sus competencias.
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- Llevar el Registro Público de inscripción en la carrera especial de la Fiscalía y certificar las anotaciones en el mismo, bajo los lineamientos y orientaciones de la Comisión de Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación.
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- Asesorar a las Direcciones Seccionales en materia de carrera especial.
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- Convocar a elecciones de los representantes de los servidores ante la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación.
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- Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Subdirección de Planeación.
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- Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Fiscalía General de la Nación.
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- Las demás que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Nación o por el Director de Apoyo a la Gestión de la Fiscalía General de la Nación.
Artículo 45.Otras instancias de gestión administrativa. Para el desarrollo de la gestión misional, administrativa e investigativa y el mejoramiento de la prestación del servicio, el Fiscal General de la Nación podrá organizar departamentos, unidades y secciones y señalarle sus funciones. Para ello tendrá en cuenta, entre otros principios, el de racionalización del gasto, eficiencia y un equilibrio racional de los recursos humanos, técnicos, financieros y logísticos en las diferentes áreas.
Las jefaturas de unidades y de secciones serán ejercidas por el servidor de la Fiscalía General de la Nación a quien se le asigne la función.
CAPÍTULO VII
Órganos y Comités de Asesoría y Coordinación
Artículo 46.Comités de Priorización. Créanse los Comités de Priorización encargados de ejecutar las políticas y estrategias de priorización definidas por el Fiscal General de la Nación, de adoptar el plan de priorización y proponer y decidir, cuando le sea asignada esta competencia, las situaciones y los casos priorizados. Las políticas y estrategias de priorización en la investigación penal tendrán en cuenta, entre otros, criterios subjetivos, objetivos, complementario y en especial el contexto de criminalidad social del área geográfica, dirigidas a establecer un orden de atención de casos, con el fin de garantizar, en condiciones de igualdad material, el goce efectivo del derecho fundamental de administración de justicia.
Igualmente, la Fiscalía General de la Nación podrá tener en cuenta dentro de las políticas y estrategias de priorización las sugerencias que, por razones de orden público, le haga el Consejo Superior de Política Criminal y Penitenciaria.
El Fiscal General organizará los comités de priorización que se requieran a nivel nacional o seccional, determinará su número, integración y demás funciones.
Los Comités de Priorización contarán con Secretarías Técnicas encargadas de cumplir las funciones que le señalen el Fiscal General de la Nación y los miembros del Comité respectivo.
Artículo 47.Órganos y Comités de Asesoría y Coordinación. Para lograr la gestión armónica e integral de la entidad, el Fiscal General de la Nación conformará y organizará Comité directivo, así como los demás órganos de asesoría y coordinación que considere necesarios para el mejoramiento de la prestación del servicio, el fortalecimiento de la gestión administrativa e investigativa y, en general, el óptimo funcionamiento de la Fiscalía General de la Nación.
Artículo 48.Comité directivo. Créase el Comité directivo como la instancia encargada de asegurar una visión integral y armónica en el desempeño de las áreas estratégicas, misionales, de apoyo y de evaluación de la Fiscalía General.
La conformación y funciones del Comité son determinadas por el Fiscal General, mediante resolución interna. El Comité debe adoptar su propio reglamento.
CAPÍTULO VIII
Disposiciones finales
Artículo 49.Competencia de los fiscales delegados. Los fiscales delegados tienen competencia en todo el territorio nacional y actúan siempre en representación de la Fiscalía General de la Nación siguiendo las políticas y directrices formuladas por el Fiscal General de la Nación en desarrollo de los principios de unidad de gestión y jerarquía.
Artículo 50.Referencias normativas. Cuando un texto normativo haga referencia a las dependencias de la Fiscalía que existían antes de la expedición del presente decreto-ley, debe entenderse que se refiere a las dependencias de la estructura organizacional contenida en este decreto, de conformidad con las funciones y competencias a estas asignadas en el presente decreto ley.
Artículo 51.Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente los artículos 1° al 32 de la Ley 938 de 2004. Las funciones asignadas a las dependencias de la Fiscalía General de la Nación establecidas en los citados artículos continuarán vigentes hasta tanto se adopte la nueva planta de personal, y el Fiscal General de la Nación expida los actos administrativos que considere necesarios para la entrada en funcionamiento de la nueva estructura.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de enero de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Andrés Restrepo Montoya.
El Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de Justicia y del Derecho, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho,
Miguel Samper Strouss.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.
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