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por el cual se crea el Comité para la Organización y Planeación de los Eventos Conmemorativos del Centenario del natalicio del ex Presidente Alfonso López Michelsen

Texto vigente a fecha 2013-07-30

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 189 numeral 11 de la Constitución Política, 10 de la Ley 1599 de 2012, en concordancia con la Ley 4ª de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que el 30 de junio de 2013 se cumplieron cien años del natalicio del insigne ciudadano, ex Presidente de la República, doctor Alfonso López Michelsen;

Que la Nación honra el recuerdo esclarecido del ex Presidente Alfonso López Michelsen y señala el nombre y la obra política y administrativa del gran hombre de Estado como ejemplo para la juventud colombiana;

Que la Ley 1599 del 21 de diciembre de 2012, al rendir honores a la memoria del ex Presidente Alfonso López Michelsen, dispuso la realización de diferentes obras y acciones;

Que para la toma de decisiones tendientes a la realización de las obras y acciones proyectadas en la Ley 1599 del 21 de diciembre 2012, se requiere la coordinación y concertación del Gobierno Nacional con el Congreso de la República y con diferentes instancias nacionales y territoriales;

Que el artículo 10 de la Ley 1599 del 21 de diciembre de 2012, autoriza al Gobierno Nacional a crear un Comité para la Organización y Planeación de los Eventos Conmemorativos del Centenario del natalicio del ex Presidente Alfonso López Michelsen; del cual se considera oportuno que formen parte ciudadanos que lo conocieron de cerca y recibieron sus enseñanzas.

DECRETA:

Artículo 1°. Creación del Comité Asesor. Créase el Comité Asesor para la Planeación y Organización de los Eventos Conmemorativos del Centenario del Natalicio del ex Presidente Alfonso López Michelsen, como órgano asesor y rector para dar cumplimiento a la Ley 1599 del 21 de diciembre de 2012.
Artículo 2°. Integración. El Comité Asesor para la Organización y Planeación de los Eventos Conmemorativos del Centenario del Natalicio del ex Presidente Alfonso López Michelsen estará integrado por:

Parágrafo. Como Coordinadora Temática del Comité de que trata este artículo se designa a Nora Elena Trujillo Burgos, quien asistirá por derecho propio a todas las reuniones con voz pero sin voto.

Artículo 3. Funciones del Comité Asesor. Son funciones del Comité Asesor:
Artículo 4°. Comité Honorario Consultivo. Créase el Comité Honorario Consultivo, como órgano consejero del Comité Asesor para la Organización y Planeación de los Eventos Conmemorativos del Centenario del Natalicio del ex Presidente Alfonso López Michelsen, integrado por:
Artículo 5°. Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica tendrá las siguientes funciones:
Artículo 6°. Participación ad honórem. La participación de los integrantes, tanto del Comité Asesor como del Comité Honorario Consultivo, será ad honórem.
Artículo 7°. Reuniones y convocatoria. El Comité Asesor será convocado por la Secretaría Técnica, a instancias del Presidente del mismo, y ejercerá sus funciones durante el término requerido para el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 1599 del 21 de diciembre de 2012, y se reunirá con la frecuencia que se requiera.

El Comité Asesor sesionará regularmente en la ciudad de Bogotá o en el lugar que determine su Presidente.

Parágrafo. A las reuniones del Comité Asesor podrán convocarse personalidades y servidores públicos especializados en los temas relacionados en la Ley 1599 del 21 de diciembre de 2012.

Artículo 8°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese, cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de julio de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministerio del Interior,

Fernando Carrillo Flórez.