por el cual se aprueba la estructura orgánica y funciones de la dependencia de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica CORELCA
- b) Coordinar la elaboración de pliegos de condiciones para la apertura de licitaciones y evaluar las propuestas presentadas por los diferentes contratistas de obras civiles;
- c) Dirigir y mantener un sistema integrado de información acerca del desarrollo del proyecto, de los costos correspondientes y presentar los informes requeridos por la Dirección Regional;
- d) Dirigir y coordinar las reuniones de evaluación de avance de obras con los contratistas e interventores del proyecto y estudiar y proponer soluciones a los inconvenientes que se presenten
- e) Supervisar los estudios de construcción y operación de las obras de ingeniería civil que resultan de las diferentes soluciones tendientes a mitigar los impactos socio económicos y ambientales causados durante la construcción y operación del proyecto;
- f) Efectuar la revisión y aplicación de los aspectos técnicos involucrados en las facturas de consultoría e interventoría y en las actas de construcción;
- g) Coordinar con la División de bienes y demás la negociación de los terrenos y servidumbres que permitan el normal desarrollo del proyecto;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Diseño de Obras Civiles.
Artículo 100. Son funciones de la Sección de Diseños Civiles:
- a) Participar en la determinación de los aspectos de diseños de las obras civiles del proyecto con el fin de estructurar los pliegos de licitaciones, en la evaluación de las propuestas y presentar las recomendaciones correspondientes;
- b) Establecer Ios programas de trabajo del personal necesario para la elaboración de los diseños de las diferentes obras civiles;
- c) Mantener información actualizada sobre las características técnicas de los materiales y demás datos complementarios que le proporcionen las herramientas necesarias para realizar los estudios de diseño de las obras civiles del proyecto;
- d) Revisar y aprobar los cambios que se requieran en los diseños de las obras civiles durante la etapa de ejecución del proyecto;
- e) Coordinar los estudios de diseño, construcción y montaje de las obras de Ingeniería Civil tendientes a mitigar los impactos socioeconómicos y ambientales causados durante la construcción y operación del proyecto;
- f) Participar en coordinación con la Sección de Control de Obras Civiles en las discusiones técnicas que se realicen con los contratistas o consultores relacionados con el desarrollo del proyecto;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Control de Obras Civiles.
Artículo 101 Son funciones de la Sección de Control de Obras Civiles:
- a) Elaborar en coordinación con las dependencias correspondientes los pliegos de condiciones para las licitaciones de adquisición de materiales, construcción, montaje y puesta en servicio de las obras civiles del proyecto, evaluar las ofertas y presentar las recomendaciones del caso;
- b) Coordinar o llevar a cabo directamente la interventoría de los contratos de construcción, montaje y puesta en servicio de las obras civiles del proyecto;
- c) Verificar que los equipos, elementos y materiales suministrados por los contratistas cumplan con las especificaciones técnicas estipuladas en los respectivos contratos;
- d) Participar en las reuniones de evaluación de avance de obras con los contratistas e interventores del proyecto y estudiar y proporcionar soluciones a los inconvenientes que se presenten;
- e) Coordinar y controlar la interventoría de las obras civiles que por su naturaleza sean contratadas con firmas externas y rendir los informes técnicos que presentan su evaluación;
- f) Efectuar la revisión y aprobación de los aspectos técnicos involucrados en las facturas de consultoría e interventoría y en las actas de construcción relacionadas con el proyecto;
- g) Asesorar a la División de Bienes en la negociación de los terrenos y servidumbres que se requieran durante la ejecución del proyecto;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Programación y Control de Costos.
Artículo 102 Son funciones de la Sección de Programación Control de Costos:
- a) Diseñar los programas de análisis, diseño y construcción de las obras civiles del proyecto implementar los mecanismos de control. necesarios para asegurar su adecuada ejecución;
- b) Establecer mecanismos de control que permitan revaluar permanentemente los costos de ejecución de las obras civiles con el fin de reajustar los presupuestos establecidos;
- c) Establecer un sistema integrado de información acerca del desarrollo del proyecto y de los costos correspondientes y presentar los informes requeridos;
- d) Coordinar reuniones de evaluación de avance de obras con los contratistas e interventores del proyecto y estudia y proponer soluciones a los inconvenientes que se presenten
- e) Velar por el cumplimiento de los plazos y condiciones estipulados en los contratos con terceros, relacionados con la ejecución de las obras civiles del proyecto:
- f) Recopilar y procesar en coordinación con la División de Sistemas, toda la información relacionada con los avances del proyecto y presentar los informes correspondientes;
- g) Coordinar con la División de Bienes y demás dependencia de la de la Corporación, la negociación del terreno y permisos que permitan el normal desarrollo del proyecto;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División Administrativa y Financiera.
Artículo 103. Son funciones de la División Administrativa y Financiera:
- a) Servir de enlace entre la Dirección Regional y las demás dependencias de la Corporación, con el fin de coordinar las actividades relacionadas con el manejo administrativo en sus diferentes fases;
- b) Coordinar con las dependencias centrales el procesamiento de la información técnica administrativa y financiera que se requiera durante las etapas de montaje y operación del proyecto;
- c) Coordinar con la División Comercial las actividades relacionadas con la adquisición de materiales, repuestos y bienes de origen nacional o internacional, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos;
- d) Programar en coordinación con la División de relaciones Industriales, las actividades de reclutamiento, selección, inducción, entrenamiento capacitación, promoción y bienestar del personal de la Regional;
- e) Organizar y controlar el adecuado manejo y almacenamiento de los materiales, equipos repuestos y elementos de la Regional, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos en la Corporación;
- f) Administrar de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos en la Corporación, el fondo rotatorio creado para ejecutar los pagos menores requeridos en el sitio de construcción del proyecto y durante su operación;
- g) Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Servicios Administrativos
Artículo 104. Son funciones de la Sección de Servicios Administrativos:
- a) Realizar las actividades de administración y desarrollo de personal, compras, almacenes y servicios generales de la Regional, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos;
- b) Coordinar con la División de Relaciones Industriales actividades de reclutamiento, selección, inducción, entrenamiento, capacitación, promoción y bienestar del personal;
- c) Coordinar con las Secciones de Administración de personal las actividades de registro, revisión y envío de las novedades del personal de la Regional para la liquidación de la nómina y demás situaciones administrativas;
- d) Adelantar los trámites necesarios. para la adquisición de materiales, equipos, repuestos y elementos, requeridos por la Regional, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos;
- e) Organizar y controlar el adecuado manejo y almacenamiento o de los materiales, equipos, repuestos y elementos de la Regional, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos para los almacenes de la Corporación;
- f) Prestar los servicios de transporte, aseo, vigilancia, reparaciones locativas, mantenimiento del parque automotor, archivo, correspondencia y demás servicios de apoyo a las dependencias e instalaciones de la Regional
- g) Rendir informes periódicos sobre el desarrollo de las actividades a la División;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia
Sección Financiera.
Artículo 105. Son funciones de la Secciona Financiera:
- a) Efectuar las actividades de carácter financiero en la Regional especialmente en las áreas de Presupuesto, Contabilidad y Pagaduría;
- b) Coordinar con las dependencias Centrales el procesamiento de la información financiera, de acuerdo con los procedimientos establecidos;
- c) Codificar y. efectuar los registros contables que se requieran para mantener actualizado el sistema contable consolidado de la Corporación;
- d) Efectuar los pagos que se causen durante el normal desarrollo de las actividades de la Regional, siguiendo los procedimientos de control interno que establezca la Corporación;
- e) Participar con la colaboración de las demás dependencias de la Dirección Regional, en la elaboración del anteproyecto del presupuesto anual de esta;
- f) Presentar informes sobre la situación financiera de la, Regional y formular las recomendaciones del caso a la División Administrativa y Financiera;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Dirección Regional del Proyecto Electrificacíon Rural.
Artículo 106. Son funciones de la Dirección Regional del Proyecto Electrificación Rural:
- a) Dirigir, programar, coordinar y controlar el programa regional de electrificación rural, desde las fases de prefactibilidad y diseño hasta su operación comercial;
- b) Presentar a la Dirección General y a la Subdirección de Electrificadoras Subsidiarias los informes actualizados sobre el avance y estado del proyecto durante su planeación, diseño y ejecución;
- c) Dirigir, coordinar y controlar las actividades de las dependencias a su cargo y programar sus necesidades de recursos correspondientes, en coordinación con las dependencias de la Corporación,
- d) Velar que la ejecución de los contratos asignados a consultores, contratistas e interventores cumplan con las especificaciones establecidas;
- e) Expedir los actos administrativos que sean necesarios para el funcionamiento eficiente del proyecto, de acuerdo con las funciones que le hayan sido asignadas
- f) Coordinar con las Electrificadoras Subsidiarias y la Subdirección de Operaciones la entrega en operación de los distintos proyectos del programa que hayan llegado a su etapa final;
- g) Presentar a las entidades de crédito que financian el proyecto, los informes solicitados por éstas para el normal desarrollo del programa;
- h) Coordinar las reuniones con las entidades crediticias para evaluar el avance del proyecto en sus diferentes etapas;
- i) Coordinar con la División de Bienes la consecución oportuna de los terrenos y permisos necesarios para permitir el normal desarrollo del proyecto;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División de Estudios y Licitaciones,
Artículo 107. Son funciones de la División de Estudios y Licitaciones:
- a) Revisar y evaluar los estudios de factibilidad y diseño del programa regional de Electrificación Rural de la Costa Atlántica y San Andrés y providencia, realizados por los Consultores, correspondientes a las zonas interconectadas y no interconectadas;
- b) Elaborar los estudios y diseños que se requieran en el desarrollo de los planes de electrificación del programa
- c) Propender por la correcta elaboración de los pliegos de condiciones de los proyectos del programa y efectuar la revisión final en coordinación con la Dirección Regional;
- d) Coordinar con la Oficina Jurídica las actividades relacionadas con la apertura y cierre de las licitaciones que demande el proyecto;
- e) Preparar los informes de evaluación de propuestas de las licitaciones, con el fin de elaborar en asocio con la Dirección Regional y las otras dependencias de la Entidad los informes finales producto del análisis técnico y económico;
- f) Rendir informes periódicos a la Dirección Regional sobre el estado de los diferentes estudios y licitaciones del proyecto y las especiales que le sean solicitados;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División de Coordinación e Interventoría.
Artículo 108. Son Funciones de la División de Coordinación e Interventoría:
- a) Dirigir, coordinar y controlar las actividades relacionadas con la ejecución de los proyectos de construcción y montaje del Programa Regional de Electrificación Rural de la Costa Atlántica y San Andrés y Providencia
- b) Coordinar, en asocio con la Sección de Administración y Programación y otras dependencias de la corporación; el suministro oportuno de materiales y equipos requeridos para el proyecto;
- c) Establecer el seguimiento y control a las firmas contratadas para la ejecución de las obras, para evaluar el desarrollo de las mismas;
- d) Velar por el cumplimiento de plazo y condiciones estipulados en los contratos con terceros, relacionados con la ejecución de obras;
- e) Rendir Informes periódicos a la Dirección Regional sobre el estado y avance de las obras
- f) Las demos que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Administración y programación.
Artículo 109 Son funciones de la Sección de Administración y Programación:
- a) Programar las obras a ejecutarse dentro del Programa regional de Electrificación Rural, y suministrar la información necesaria para el buen desarrollo del proyecto;
- b) Participar en asocio con la División de Estudios y Licitaciones, en la programación y coordinación de la apertura, cierre y adjudicación de las licitaciones relacionadas con los proyectos de la Regional
- c) Coordinar con la División Comercial, las actividades relacionadas con la recepción, almacenamiento, mantenimiento y despacho de los equipos y materiales requeridas para el normal desarrollo del proyecto;
- d) Establecer y mantener un sistema de información para la Dirección Regional, con el fin de suministrar los informes requeridos
- e) Preparar los informes periódicos requeridos por la Dirección Regional y los especiales que le sean solicitados;
- f) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Organos de Asesoría y Coordinación.
La Corporación contará con los siguientes Organos de Asesoría y Coordinación:
--Comité de Dirección
--Comisión de Personal
--Junta de Licitaciones y Adquisiciones.
--Comisión Financiera del Sistema Integrado.
--Comisión Técnica del Sistema Integrado.
--Comité de Operación del Sistema integrado.
--Comités de Coordinación Interna.
Comité de Dirección.
Artículo 110. El Comité de Dirección, estará integrado por el Director General, quien lo presidirá; los Subdirectores de la Corporación y el Secretario General, quien actuará como Secretario del Comité. También podrán asistir los demás funcionarios especializados que ocasionalmente designe el Director de la Corporación cuando su presencia se estime necesaria.
Son funciones del Comité de Dirección:
- a) Trazar planes para el alcance de objetivos y metas propuestas;
- b) Coordinar la ejecución de los planes y programas adoptados;
- c) Estudiar previamente los asuntos que deban ser tratados por el Consejo Directivo
- d) Coordinar las actividades de las distintas, dependencias que. conforman la estructura de la Corporación.
Comisión de personal.
Artículo 111. La Comisión de Personal estará integrada por:
- a) El Secretario General de la Corporación
- b) El Jefe de la Oficina Jurídica
- c) Un Representante de los empleados de la Corporación.
Actuara como Secretario el Jefe de la División de Relaciones Industriales. A las reuniones podrán ser llamados los funcionarios que puedan aportar elementos de juicio en los asuntos materia de estudio
Esta Comisión cumplirá las funciones que le asignen las disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia.
Junta de Licitaciones y Adquisiciones.
Articulo 112. La Junta de Licitaciones y Adquisiciones estará integrada por:
a ) El Subdirector Administrativo, quien la presidirá;
- b) El Subdirector del área correspondiente al asunto que se vaya a tratar;
- c) El Jefe de la División de , Presupuesto y Contabilidad
- d) El Jefe de la Oficina Jurídica.
Actuará como Secretario el Jefe de la División Comercial. El Auditor de la Contraloría General de la República asistirá a las reuniones con voz, pero sin voto.
La Junta de Licitaciones y Adquisiciones cumplirá las funciones señaladas en las disposiciones legales vigentes.
Comisión Financiera del Sistema lntegrado.
Articulo 113. La Comisión Financiera del Sistema Integrado estará conformada por:
- a) El Subdirector Financiero de la Corporación quien la presidirá,
- b) El Subdirector de Electrificadoras Subsidiarias de la Corporación;
- c) Los Gerentes de las distintas Electrificadoras Subsidiarias o los Subgerentes Financieros, quienes actuarán como suplentes.
Actuara como Secretario de la Comisión el funcionario que designe su Presidente.
A las reuniones podrán ser llamados los funcionarios que puedan aportar elementos de juicio en los asuntos materia de estudio.
Son funciones de la Comisión Financiera del Sistema Integrado:
- a) Trazar los planes a corto, mediano y largo plazo que en el área financiera requieran Corelca y las Electrificadoras Subsidiarias, con el objeto de optimizar en forma integral la utilización de los recursos;
- b) Determinar cursos de acción a seguir en relación con las políticas tarifarias de cada Entidad, teniendo en cuenta las condiciones de cada una de ellas y sus relaciones con las demás;
- c) Seguir el desarrollo de los planes acordados y tomarlas medidas que aseguren su cumplimiento.
Comisión Técnica del Sistema Integrado.
Artículo 114. La Comisión Técnica del Sistema Integrado estará conformada por:
- a) El Subdirector Técnico de la Corporación, quien la presidirá
- b) El Subdirector de Electrificadoras Subsidiarias o su delegado;
- c) El Subdirector de Planeación de Corelca o su delegado
- d) Los Jefes de División de Ingeniería y de Construcciones de Corelca;
- e) Los Gerentes de las distintas Electrificadoras Subsidiarias o los Subgerentes encargados del área técnica, quienes actuarán como suplentes.
Actuará como Secretario de la Comisión el funcionario que designe su Presidente.
Son funciones de la Comisión:
- a) Identificar estudios de transformación, transmisión, subtransmisión y distribución comunes y particulares de Corelca y las Electrificadoras Subsidiarias con el fin de optimizar la utilización de los recursos a través de una acción coordinada e integral;
- b) Fijar objetivos y trazar los planes a corto y mediano plazo que permitan mejorar la prestación del servicio eléctrico de la Costa Atlántica
- c) Evaluar las experiencias obtenidas con los Consultores y Contratistas de la Región para tomar acciones correctivas y de coordinación;
- d) Colaborar con la Dirección General de Corelca y las Gerencias de las Electrificadoras en la fijación de políticas regionales sobre el diseño, construcción y montaje de proyectos identificados;
- e) Seguir el desarrollo de los planes acordados y tomar las medidas que aseguren el cumplimiento de los objetivos fijados.
Comité de Operación del Sistema Integrado.
Artículo 115 El Comité de Operación del Sistema Integrado estará conformado por:
- a) El Subdirector de Operaciones de Corelca, quien lo presidirá;
- b) El Subdirector de Electrificadoras Subsidiarias o su delegado;
- c) Los Directores Regionales de Termocartagena y Termoguajira
- d) Los jefes de División del Centro de Control, Planta Termobarranquilla y Transmisión de la Corporación;
- e) Los Gerentes de las distintas Electrificadoras Subsidiarias que operan dentro del sistema o los Subgerentes encargados de la Operación, quienes actuarán como suplentes.
Actuará como Secretaria del comité el Jefe de la Sección de, Operación del Centro de Corelca.
Son funciones del Comité
- a) Fijar objetivos y trazar los planes a corto y mediano plazo que permitan mejorar la prestación del servicio eléctrico del Sistema Interconectado;
b).Optimizar la utilización de los recursos para la operación y el mantenimiento de los equipos de Corelca y de las Electrificadoras Subsidiarias a través de una acción coordinada e integral;
- c) Determinar las necesidades a corto y mediano plazo de Corelca y de las Electrificadoras Subsidiarias a la prestación de un servicio de suministro de energía eléctrica eficiente y confiable en todo el área de influencia del sistema,
- d) Seguir el desarrollo de los planes acordados y tomar las medidas que aseguren el cumplimiento de los objetivos fijados,
Comités de Coordinación Interna.
Artículo 116. Para una mejor organización del trabajo en cada una de las Subdirecciones y Direcciones Regionales de la Corporación funcionará un Comité de Coordinación Interna confirmado por el Subdirector o Director Regional y por las Divisiones y Secciones que integran las anteriores
El Comité de Coordinación Interna será presidido por el Subdirector o Director Regional y hará las veces de Secretario, el funcionario que designe su Presidente.
El Comité de Coordinación Interna tendrá a su cargo la programación y coordinación de las actividades que deban desarrollarse en las diferentes áreas y proponer soluciones viables a los problemas de .orden técnico y administrativo que puedan presentarse.
Artículo 117 El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo 03 de 1983, emanado del Consejo Directivo de Corelca.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Barranquilla a los once (11) días del mes de junio de mil novecientos ochenta y seis (1986).
(Fdo.) Iván Duque Escobar,
Presidente del Consejo Directivo,
(Fdo) José Domingo Dávila Armenta,
Secretario".
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su, publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 1° de septiembre de 1987.
VIRGILO BARCO
El Ministro de Minas y Energía.
Guillermo Perry Rubio
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