Historial de reformas

por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones

2 versiones · 2014-02-07
2022-09-20
DECRETO 205 DE 2014 — art. 15

Cambios del 2022-09-20

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##### **Artículo 14.** La Fiscalía General de la Nación, en uso de las atribuciones consagradas en el presente decreto, no podrá exceder las apropiaciones presupuestales vigentes.
##### **Artículo 15.** Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4ª de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.
##### **Artículo 15.** Declarado Nulo por el Consejo de Estado en Sentencia 001032500020180110100 de 21/09/2022.
##### **Artículo 16.** Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones de que trata el artículo 19 de la Ley 4ª de 1992.
2014-02-07
DECRETO 205 DE 2014
versión original Texto en esta fecha