Por el cual se encarga accidentalmente del despacho de la Secretaría de lo Interior i Relaciones Esteriores al Secretario del Tesoro i Crédito nacional
Texto vigente a fecha 1970-01-02
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
En observancia de lo dispuesto en el artículo 4.º de la lei de 11 de mayo de 1863, "sobre Secretarías de Estado,"
DECRETA :
Desde el dia 4 del presente mes, i durante el término señalado por la lei, se encargará del despacho de la Secretaría de lo Interior i Relaciones Esteriores el Secretario del Tesoro i Crédito nacional.
Dado en Bogotá, a 3 de julio de 1874.
S. PÉREZ.
El Secretario de Guerra, encargado del Despacho de lo interior i Relaciones Esteriores,
R Santodomingo Vila.