por el cual se reglamentan las funciones de las dependencias del Ministerio de Educacion Nacional, de que trata el Decreto legislativo numero 2067 de 1954
Texto vigente a fecha 2021-03-02
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 13 del Decreto legislativo número 2067 de 1954,
DECRETA:
Artículo 1. Derogado.
Artículo 2. Derogado.
Artículo 3. Derogado.
Artículo 4. Derogado.
Artículo 5. Derogado.
Artículo 6. Derogado.
Artículo 7. Derogado.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de septiembre de 1954.
Teniente General GUTAVO ROJAS PINILLA.
El Ministro de Educación Nacional,
Aurelio Caicedo Ayerbe.