por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y se dictan otras disposiciones
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- Asesorar al Ministro en el diseño y la formulación del Plan de Tecnologías de la Información Institucional y apoyarlo en las funciones de dirección, supervisión y control para la implementación del mismo.
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- Definir la información de Tecnologías de la Información que se debe incorporar al sistema de información integral, con los datos, variables e indicadores del Sector en materia de Tecnologías de la Información, coordinando con la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales la incorporación al sistema.
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- Asistir y participar representando al Ministro en reuniones, consejos, juntas o comités de carácter oficial, cuando sea convocado o delegado.
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- Asistir al Ministro en sus relaciones con el Congreso de la República y vigilar el curso de los proyectos de ley relacionados con las Tecnologías de la Información.
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- Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 27.Dirección de Políticas y Desarrollo de Tecnologías de la Información. Son funciones de la Dirección de Políticas y Desarrollo de Tecnologías de la Información, las siguientes:
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- Dirigir el diseño, la formulación, la implementación y el seguimiento de políticas y el marco normativo para la Industria de Tecnologías de la Información en el contexto de la Constitución Política, la legislación vigente y las políticas del Gobierno Nacional.
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- Proponer y formular en coordinación con las entidades, organismos y grupos interesados una visión estratégica del Sector en materia de Tecnologías de la Información que permita posicionar esta industria en el país como una industria de talla mundial.
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- Promocionar e incentivar en el país la innovación en el Sector en materia de Tecnologías de la Información.
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- Proponer las políticas de administración, mantenimiento y desarrollo de los dominios de Internet bajo los códigos país correspondientes a Colombia.
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- Definir los lineamientos para la medición del impacto de las políticas formuladas en materia de Tecnología de la Información, en coordinación con la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas del Departamento Nacional de Planeación.
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- Recomendar las prioridades de inversión del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en la promoción y gestión del Sector en materia de Tecnologías de la Información focalizando recursos en los temas establecidos como prioritarios y relevantes para la industria de Tecnologías de la Información.
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- Liderar procesos de investigación que permitan identificar tecnologías de información innovadoras y emergentes a nivel mundial y evaluar la viabilidad de su adopción en la industria de Tecnologías de la Información Nacional.
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- Promover evaluaciones del capital humano del país en materia de Tecnologías de la Información y coordinar acciones para mejorar la cantidad y la calidad del talento humano en Tecnologías de la Información.
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- Promover y facilitar la competencia, calidad de servicios y protección de los usuarios en el Sector en materia de Tecnologías de la Información contando con la participación de los ciudadanos y la industria.
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- Evaluar la viabilidad técnica y presupuestal de los proyectos de Tecnologías de la Información de acuerdo con los lineamientos dados por el Viceministerio de Tecnologías de la Información.
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- Estudiar, evaluar y preparar los procesos y los actos administrativos relacionados con la industria de las Tecnologías de la Información en el marco de sus funciones.
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- Coordinar las acciones que promuevan la industria de Tecnologías de la Información con las entidades del Gobierno que tengan competencia en la materia.
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- Definir, diseñar y promover políticas y acciones relacionadas con la adopción de buenas prácticas para la Industria de Tecnologías de la Información.
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- Definir, diseñar y promover la creación de mecanismos de fomento para el Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones incluida la industria de Externalización de Procesos de Negocios (BPO) con énfasis en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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- Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 28.Subdirección de Innovación de Tecnologías de la Información. Son funciones de la Subdirección de Innovación de Tecnologías de la Información, las siguientes:
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- Construir la visión del Sector en materia de Tecnologías de la Información que permita la preparación de las políticas y planes para el desarrollo de los servicios de Tecnologías de la Información en Colombia.
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- Diseñar políticas que contengan criterios económicos, financieros, normativos y de innovación en la industria de Tecnologías de la Información.
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- Diseñar, ejecutar y difundir programas que impulsen la investigación, el desarrollo y la innovación en la industria de las Tecnologías de la Información.
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- Determinar y producir los indicadores de seguimiento y monitoreo a la industria de Tecnologías de la Información, que permitan generar las acciones de política para mejorar la competitividad del Sector y verificar la inserción de indicadores de gestión de Tecnologías de la Información en los sistemas de información del Ministerio, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales.
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- Gestionar la información que hará parte del Sistema de Información de la Industria de Tecnologías de la Información.
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- Apoyar a la Oficina Asesora de Prensa en la emisión de boletines que permitan brindar y tener información oportuna del Sector en materia de Tecnologías de la Información.
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- Adelantar los procesos de seguimiento y evaluación técnica de los programas, planes y proyectos que se encuentren bajo la responsabilidad de la Subdirección, o le sean asignados por la Dirección.
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- Elaborar informes de avances en la implementación de acciones para el Sector en materia de Tecnologías de la Información, al Director de Políticas y Desarrollo de Tecnologías de la Información para retroalimentar el proceso de diseño de política pública de la Subdirección de Innovación de Tecnologías de la Información.
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- Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 29.Subdirección para el Desarrollo Económico de Tecnologías de la Información. Son funciones de la Subdirección para el Desarrollo Económico de Tecnologías de la Información, las siguientes:
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- Gestionar e implementar las acciones derivadas de las políticas que atañen a la industria del Sector en materia de Tecnologías de la Información, en el marco de las políticas y planes propuestos por la Subdirección de Innovación de Tecnologías de la Información.
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- Servir de enlace técnico en la coordinación de políticas para la promoción de la industria de Tecnologías de la Información con las entidades públicas que tengan competencia en la materia.
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- Promover, desarrollar y participar en acciones con las industrias del Sector en materia de Tecnologías de la Información, para mejorar la competitividad de estas en el entorno nacional e internacional para el aprovechamiento de oportunidades en los espacios de la globalización.
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- Preparar de acuerdo con las competencias del Director y si es del caso, en coordinación con otros Ministerios o entidades de regulación, vigilancia y control, intervenciones dirigidas a promover y facilitar la competencia, calidad de servicios y protección de los usuarios, contando con la participación de la industria del Sector en materia de Tecnologías de la Información.
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- Identificar oportunidades de mejoramiento e inversión que estimulen el crecimiento del Sector en materia de Tecnologías de la Información desde la perspectiva social, económica y política.
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- Verificar que las políticas de Tecnologías de la Información implementadas cumplan con los criterios técnicos y presupuestales definidos desde su formulación.
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- Efectuar los procesos de seguimiento y evaluación técnica de los programas, planes y proyectos que se encuentren bajo la responsabilidad de la Subdirección, o le sean asignados.
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- Elaborar informes de avances en la implementación de acciones para el Sector en materia de Tecnologías de la Información, al Director de Políticas y Desarrollo de Tecnologías de la Información para retroalimentar el proceso de diseño de política pública de la Subdirección de Innovación de Tecnologías de la Información.
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- Atender las solicitudes y quejas que sobre la industria del Sector en materia de Tecnologías de la Información reciba el Ministerio y dar curso a las instancias competentes.
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- Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 30.Dirección de Estándares y Arquitectura de Tecnologías de la Información. Son funciones de la Dirección de Estándares y Arquitectura de Tecnologías de la Información, las siguientes:
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- Coordinar con la Dirección de Políticas y Desarrollo de Tecnologías de la Información, el diseño e implementación de las políticas públicas de Tecnologías de la Información que modernicen y transformen las plataformas tecnológicas del Estado, buscando garantizar la efectividad de la gestión y la interoperabilidad entre los sistemas de Tecnologías de la Información con seguridad y privacidad de la información.
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- Analizar y proponer directrices de Tecnologías de la Información que cumplan los parámetros requeridos en materia de información estatal, de seguridad y protección de la información, coordinando con las entidades pertinentes en los temas de su competencia.
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- Establecer y coordinar la implementación de estrategias y lineamientos para racionalizar las compras de Tecnologías de la Información en el Estado, bajo el criterio de eficiencia y efectividad, buscando economías de escala y respetando el principio de autonomía administrativa.
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- Coordinar con la Subdirección de Innovación de Tecnologías de la Información, procesos de investigación para identificar tecnologías de información innovadoras y emergentes a nivel mundial que modernicen y transformen las plataformas tecnológicas y evaluar la viabilidad de su adopción en las instituciones del Gobierno.
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- Planear y liderar la definición de estándares y estructura tecnológica necesaria para el manejo de entornos de información compartida que garanticen la interoperabilidad de los sistemas del Gobierno, asegurando la disponibilidad, calidad, confiabilidad y seguridad de la información por parte de las entidades que los administran.
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- Coordinar y promover acuerdos institucionales que permitan la interoperabilidad de las Tecnologías de la Información estatal y el manejo compartido de las mismas entre entidades y sectores.
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- Promover alianzas público-privadas para mejorar los procesos de adopción de Tecnologías de la Información, en las estrategias fijadas para el funcionamiento efectivo del Estado.
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- Formular y presentar al Viceministro de Tecnologías de la Información planes de acción para incorporar los estándares y los parámetros de arquitectura requeridos en el Estado.
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- Formular, en coordinación con la Dirección de Políticas y Desarrollo de Tecnologías de la Información, programas y planes de adopción de Tecnologías de la Información que modernicen y transformen las plataformas tecnológicas y garanticen la efectividad de la gestión y la interoperabilidad entre los sistemas de Tecnologías de la Información con seguridad y privacidad de la información, e incorporarlos en las estrategias de Gobierno en todas las ramas del poder público.
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- Formular y presentar al Viceministro de Tecnologías de la Información planes de fortalecimiento del talento humano requerido para impulsar y gestionar proyectos de diseño y adopción de Tecnologías de la Información en el Estado.
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- Coordinar el diseño y la implementación de una gestión de riesgos asociada a la seguridad y privacidad de la información bajo las pautas de las entidades dedicadas a ciberseguridad y ciberdefensa en el país.
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- Liderar el diseño e implementación de las estrategias, procesos y procedimientos para la seguridad de la información acordes con los lineamientos de política vigentes.
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- Definir y divulgar lineamientos para la medición del impacto de las políticas públicas formuladas en materia de Tecnologías de la Información que modernicen y transformen las plataformas tecnológicas y garanticen la efectividad de la gestión y la interoperabilidad entre los sistemas de Tecnologías de la Información con seguridad y privacidad de la información, en coordinación con la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas del Departamento Nacional de Planeación.
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- Elaborar informes de avances sobre la implementación de acciones en el Sector en materia de Tecnologías de la Información, para ser presentados a la Dirección de Políticas y Desarrollo de Tecnologías de la Información, con el fin de retroalimentar el proceso de diseño de política pública.
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- Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 31.Subdirección de Gestión Pública de Tecnologías de la Información. Son funciones de la Subdirección de Gestión Pública de Tecnologías de la Información, las siguientes:
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- Diseñar e implementar las políticas públicas en relación con las plataformas y arquitectura tecnológica estatal que contengan criterios económicos, financieros, normativos, de sostenibilidad, seguridad, privacidad y uso de la información estatal, así como establecer procesos para la evaluación de las políticas formuladas.
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- Diseñar, ejecutar y difundir resultados de investigaciones sobre temas relacionados con las Tecnologías de la Información en el contexto local, regional, nacional e internacional, que faciliten la determinación de estándares y arquitectura tecnológica en las entidades del Estado en coordinación con la Dirección de Gobierno en Línea.
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- Definir y liderar áreas de investigación, análisis e innovación para las plataformas tecnológicas que soportan los sistemas estatales de Tecnologías de la Información en coordinación con la Dirección de Gobierno en Línea.
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- Diseñar modelos de interoperabilidad y arquitectura tecnológica de los sistemas estatales de Tecnologías de la Información que determinen calidad, seguridad y privacidad de la información en coordinación con la Subdirección de Innovación de Tecnologías de la Información y la Dirección de Gobierno en Línea.
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- Liderar la incorporación en los Planes Estratégicos y los Planes de Sistemas de Información de las instituciones estatales, el diseño de componentes de tecnología y sus indicadores de seguimiento.
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- Verificar y promocionar que los proyectos estratégicos del país incorporen las Tecnologías de la Información como componente transversal.
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- Proponer y liderar mecanismos de seguimiento y evaluación a la implementación de Planes de Tecnologías de la Información gubernamentales, con el objetivo de mejorar la adopción y uso de las Tecnologías de la Información en la dinámica estatal, así como definir acciones de actualización, aplicación y ajuste a las políticas, estándares y arquitectura definida para la incorporación de la tecnología a la gestión estatal.
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- Verificar que los planes de inversión en Tecnologías de la Información estatales estén articulados con los lineamientos de política definidos por la Dirección de Estándares y Arquitectura de Tecnologías de la Información.
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- Definir y diseñar los indicadores que permitan medir la implementación de una eficiente estructura tecnológica en el Estado y la inversión pública en Tecnologías de la Información, verificar la incorporación y reporte de los indicadores en los sistemas de información del Ministerio.
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- Lograr acuerdos con autoridades e instituciones académicas en el país para incrementar las competencias del talento humano que participa en la gestión de Tecnologías de la Información en el Estado.
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- Adelantar los procesos de seguimiento y evaluación técnica de los programas, planes y proyectos que se encuentren bajo la responsabilidad de la Subdirección, o le sean asignados.
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- Elaborar informes de avances de la implementación de acciones para el Sector en materia de Tecnologías de la Información.
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- Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 32.Subdirección de Seguridad y Privacidad de Tecnologías de la Información. Son funciones de la Subdirección de Seguridad y Privacidad de Tecnologías de la Información, las siguientes:
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- Liderar la implementación en el Estado de plataformas con estándares de seguridad y privacidad de la información en coordinación con las autoridades pertinentes.
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- Definir, conjuntamente con las autoridades competentes, una estrategia de seguridad y privacidad de la información desde la perspectiva de la tecnología en las dimensiones de la protección de bienes, activos, servicios, derechos y libertades dependientes del Estado y que coordine las agencias y entidades público-privadas relacionadas con este fin.
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- Elaborar una estrategia de seguridad de la información que soporte un marco normativo específico para las entidades del orden nacional y en coordinación con las entidades del orden territorial respetando la autonomía administrativa.
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- Definir los lineamientos de política y estándares de protección de la información pública, para su preservación en situaciones de desastre.
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- Identificar los activos dependientes del ciberespacio así como su regulación y definir el marco funcional y de responsabilidades en la materia, centrándose en la defensa de las infraestructuras críticas, el tejido empresarial y las libertades y derechos individuales, conforme a la ley vigente.
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- Fomentar y reforzar la cooperación internacional en materia de ciberseguridad a través de alianzas multinacionales y bilaterales en la materia.
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- Promover en la dinámica del Estado una cultura de la ciberresponsabilidad, basada en la concientización y formación continua en ciberseguridad, a través de planes de estudio que desarrollen teoría práctica aplicable en las organizaciones y provean empleo cualificado.
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- Promover la investigación, el desarrollo y la innovación del Sector en materia de la ciberseguridad, que proporcione soluciones de tecnologías de la información requeridas por el Estado.
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- Formular y liderar proyectos para identificar fortalezas y debilidades relacionadas con la estructura de la información tales como la innovación, adaptación y obsolescencia tecnológica para garantizar estándares de calidad y seguridad de la información en coordinación con la Subdirección de Gestión Pública de Tecnologías de la Información.
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- Las demás que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 33.Dirección de Gobierno en Línea. Son funciones de la Dirección de Gobierno en Línea, las siguientes:
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- Desarrollar lineamientos en materia de Gobierno en Línea necesarios para definir las políticas, estrategias y prácticas que soporten la gestión del Estado en beneficio de la prestación efectiva de sus servicios.
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- Promover políticas para la racionalización y automatización de trámites y servicios del Gobierno en coordinación con el Departamento Administrativo de la Función Pública y demás organismos competentes que impulsen la eficiencia administrativa.
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- Diseñar e implementar el Plan Estratégico de Gobierno Electrónico del Estado y coordinar los estudios que sean necesarios para su formulación y evaluación.
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- Dirigir las políticas, estrategias, lineamientos, estándares y prácticas para el diseño, puesta en marcha, seguimiento y evaluación de las soluciones de Gobierno en Línea requeridas por el Estado y los ciudadanos.
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- Aplicar los lineamientos y procesos de infraestructura tecnológica en materia de software, hardware, redes y telecomunicaciones y de manejo de información acorde con los parámetros y lineamientos de la Dirección de Estándares y Arquitectura de Tecnologías de la Información.
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- Promover la cooperación entre las autoridades nacionales, regionales y locales, así como las relaciones con instituciones comunitarias, a través del Gobierno en Línea.
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- Proveer y administrar las soluciones tecnológicas transversales que apoyen el cumplimiento de la estrategia.
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- Apoyar el proceso de expedición de políticas, lineamientos, programas, planes y proyectos que logren eficiencia en la producción de información estatal derivadas de las directrices emanadas de la Comisión Nacional Digital y de Información Estatal.
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- Formular y proponer políticas, planes y programas que garanticen, a través del uso de Tecnologías de la Información, el mejoramiento de la calidad de los servicios públicos, reforzar los procesos democráticos y apoyar a las políticas públicas.
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- Formular y ejecutar políticas y planes que permitan gestionar la apropiación de la estrategia de Gobierno en Línea y de las soluciones, por parte de los funcionarios públicos, ciudadanos y empresarios para poder aprovechar plenamente los servicios que ofrece la administración en línea.
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- Promover la innovación en la prestación de servicios en línea por parte de las entidades públicas.
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- Gestionar los modelos de administración de las plataformas tecnológicas transversales del Estado.
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- Aplicar los lineamientos que garanticen la confidencialidad de los datos de carácter personal y la seguridad de las transacciones y las comunicaciones y demás lineamientos establecidos en la arquitectura.
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- Liderar la definición e implantación de indicadores de gestión que den cuenta del avance en el cumplimiento de los resultados e impactos esperados del Gobierno en Línea.
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- Liderar el proceso de evaluación de las políticas públicas relacionadas con las acciones de Gobierno en Línea adelantadas por la Dirección, en coordinación con la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas del Departamento Nacional de Planeación.
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- Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 34.Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General las siguientes:
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- Asistir al Ministro en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionados con la administración del Ministerio.
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- Diseñar y formular procesos, normas y procedimientos para la administración de los recursos humanos, físicos, económicos y financieros del Ministerio.
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- Coordinar la elaboración del presupuesto de funcionamiento y del programa anual de caja que deba adoptar el Ministerio de acuerdo con las directrices que al respecto dicte el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación.
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- Dirigir los procesos financieros, de ejecución presupuestal, contables, de ingresos, de cartera y de tesorería del Ministerio y del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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- Impartir directrices para que la gestión de cobro persuasivo promueva el oportuno recaudo de las contraprestaciones y derechos que se causan a favor del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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- Impartir directrices y supervisar la rendición de informes fiscales, presupuestales y contables de los recursos asignados al Ministerio conforme a los requerimientos solicitados por las autoridades competentes.
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- Liderar los procesos de gestión del talento humano y la promoción de la cultura organizacional del Ministerio y del Fondo.
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- Impartir directrices para que en desarrollo de la gestión de recursos humanos, se dé cumplimiento al Régimen Prestacional y Salarial de los empleados públicos del Ministerio.
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- Impartir directrices para que en desarrollo de la gestión administrativa, se adelanten las gestiones para el funcionamiento del Punto de Atención al usuario.
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- Dirigir la recepción, transferencia y seguimiento de las solicitudes, peticiones, quejas y reclamos interpuestos por los ciudadanos, concesionarios y demás personas que presten o utilicen los servicios relacionados con las funciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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- Liderar la elaboración y actualización de los manuales de funciones del Ministerio, en concordancia con las directivas impartidas por el Departamento Administrativo de la Función Pública y demás órganos competentes.
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- Dirigir y controlar la gestión documental y de archivo del Ministerio y el Fondo.
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- Coordinar la función disciplinaria y fallar en primera instancia los procesos que se adelanten contra los servidores y ex servidores del Ministerio.
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- Dirigir y coordinar los procesos de contratación de bienes y servicios requeridos por el Ministerio y el Fondo, velando porque las políticas y planes generales de contratación se cumplan de acuerdo con los términos y condiciones establecidos por la ley para ello.
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- Elaborar el Manual de Contratación del Ministerio, asegurar su actualización y verificar su cumplimiento.
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- Determinar el esquema de seguimiento y control a la contratación del Ministerio y el Fondo.
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- Dirigir los procesos de notificación y publicidad de todos los actos administrativos que emita el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en virtud de sus funciones.
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- Apoyar la orientación, coordinación y el ejercicio del control administrativo de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio, conforme a la normativa sobre la materia y a las instrucciones que le imparta el Ministro.
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- Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 35. Oficina para la Gestión de Ingresos del Fondo. Son funciones de la Oficina para la Gestión de Ingresos del Fondo las siguientes:
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- Apoyar a la Secretaría General en los asuntos relacionados con ejecución de recursos, seguimiento y control sobre los procesos y fuentes generadoras de recursos, asunción de compromisos, presentación de informes y los demás que requiera relacionados con el Fondo.
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- Brindar apoyo a las diferentes dependencias del Ministerio en la revisión y conceptualización de estudios técnicos y pliegos de condiciones para los procesos de convocatorias y contratos que adelante el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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- Conocer e intervenir en los procesos de convocatorias y contratación que con la Secretaría General y las dependencias de apoyo del Ministerio, se adelanten y comprometan recursos del Fondo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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- Efectuar el seguimiento y recomendaciones para la ejecución de los contratos que se celebren con recursos del Fondo.
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- Gestionar y coordinar el Comité de Control y Seguimiento del Fondo al cual se deben rendir informes técnicos y estadísticos de los temas relacionados con los ingresos, el recaudo y uso de los recursos financieros.
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- Velar porque los recursos del Fondo se ejecuten de acuerdo al Programa Anua' de Caja programado y generar alertas tempranas que permitan cumplir con la ejecución programada.
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- Coordinar las acciones que permitan incorporar a los recursos del Fondo, fuentes de financiación adicionales a las contraprestaciones, que puedan apoyar las siguientes funciones propias del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones:
- a) Financiar planes, programas y proyectos para promover prioritariamente el acceso universal a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en los segmentos de población de menores ingresos.
- b) Financiar planes, programa s y proyectos para promover la investigación, el desarrollo y la innovación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones dando prioridad al desarrollo de contenidos.
- c) Financiar planes, programas y proyectos para promover el acceso de los ciudadanos a servicios, contenidos y aplicaciones que usen Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y para la masificación del Gobierno en Línea.
- d) Financiar y establecer planes, programas y proyectos que permitan masificar el uso y apropiación de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
- e) Apoyar económicamente las actividades del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y de la Agencia Nacional del Espectro, en el mejoramiento de su capacidad administrativa, técnica y operativa para el cumplimiento de sus funciones.
- f) Financiar planes, programas y proyectos para promover el acceso de los ciudadanos con limitaciones físicas a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
- g) Rendir informes técnicos y estadísticos en los temas de su competencia.
- h) Realizar auditorías y estudios de impacto de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en las comunidades, para verificar la eficiencia en la utilización de los recursos asignados.
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- Diseñar e implementar prácticas y mecanismos de gestión, seguimiento y control sobre los procesos y fuentes generadoras de recursos del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en coordinación con la Subdirección Financiera.
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- Preparar informes sobre facturación, cartera, valoración de portafolio de inversiones, compra y venta de inversiones.
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- Elaborar la proyección de ingresos del Fondo, con el apoyo de la Agencia Nacional del Espectro y demás dependencias relacionadas con el tema y apoyar la coordinación de la elaboración del anteproyecto de gastos.
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- Preparar los informes de control y seguimiento que requieran las distintas instancias, con la colaboración de las dependencias de apoyo del Ministerio.
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- Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 36.Subdirección Financiera. Son funciones de la Subdirección Financiera, las siguientes:
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- Proponer, a la Secretaría General, políticas, proyectos de normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros del Ministerio y del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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- Elaborar el presupuesto de funcionamiento y el Programa Anual de Caja que deba adoptar el Ministerio y el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de acuerdo con las directrices que al respecto dicte el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación.
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- Registrar, hacer el seguimiento, desarrollar los procesos contables y de tesorería, presentar informes y dar cumplimiento a la normatividad vigente, correspondiente a la ejecución presupuestal, facturación, cartera, valoración de portafolio de inversiones, compra y venta de inversiones.
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- Recibir y revisar las autoliquidaciones de derechos correspondientes a las contraprestaciones que se causan a favor del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y emitir los informes a las respectivas direcciones misionales.
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- Generar oportunamente las liquidaciones de derechos correspondientes a las contraprestaciones que se causan a favor del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y presentar los informes respectivos.
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- Efectuar acciones de cobro persuasivo orientadas al recaudo de las contraprestaciones y derechos que se causan a favor del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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- Elaborar y mantener actualizada la información referente al estado de cuenta de los concesionarios y demás personas que presten o utilicen los servicios del Sector en materia de comunicaciones.
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- Garantizar el oportuno cumplimiento de las obligaciones económicas contraídas por el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones o el Ministerio.
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- Elaborar y presentar a las autoridades competentes los estados financieros del Ministerio y del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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- Expedir los certificados de disponibilidad presupuestal y efectuar su registro.
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- Realizar los trámites necesarios para llevar a cabo las modificaciones presupuestales que sean requeridas por las diferentes dependencias del Ministerio.
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- Efectuar el control y seguimiento a los procesos de las erogaciones del Ministerio- Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como de la normatividad aplicable al manejo de los recursos públicos.
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- Efectuar el reporte de deudores morosos ante la Contaduría General de la Nación.
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- Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 37.Subdirección Administrativa y de Gestión Humana. Son funciones de la Subdirección Administrativa y de Gestión Humana, las siguientes:
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- Elaborar y ejecutar, con base en las necesidades y consumos de las dependencias, el plan general de compras.
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- Controlar, conservar y custodiar el inventario de elementos de consumo y demás bienes en cabeza del Ministerio y del Fondo, dirigir la administración y control de los inventarios, así como el proceso de ingreso y retiro de los mismos.
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- Diseñar, mantener, administrar y ejecutar la gestión documental del Ministerio y del Fondo.
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- Asesorar a la Secretaría General en la adopción de políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración de recursos físicos del Ministerio y el Fondo.
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- Administrar y gestionar la prestación de servicios de aseo, vigilancia, transporte, mantenimiento y otros que requiera el Ministerio.
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- Implementar y ejecutar, bajo los lineamientos impartidos por la Oficina Asesora de Prensa, los procedimientos para garantizar la oportuna y efectiva atención al usuario, derechos de peticiones, quejas, soluciones y sugerencias en cuanto a la prestación del servicio, gestión que deberá realizar en coordinación con la Oficina Asesora de Prensa y las áreas del Ministerio encargadas de la atención de ciudadanos.
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- Dirigir la prestación de los servicios generales en lo relacionado con adecuaciones locativas, servicio de aseo, cafetería, vigilancia, conservación y reparación de los bienes, incluido el equipo automotor del Ministerio y del Fondo Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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- Dirigir y coordinar la planeación, ejecución, control y seguimiento de la gestión documental del Ministerio y del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, garantizando la correcta prestación de los servicios de correspondencia y archivo, de conformidad con las normas vigentes y los lineamientos impartidos por el Archivo General de la Nación.
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- Realizar el plan estratégico de recursos humanos del Ministerio teniendo en cuenta procesos de cultura y desarrollo humano integral.
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- Administrar los procesos y sistemas de nómina, prestaciones, liquidaciones, certificaciones, estímulos e incentivos en general, del Ministerio.
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- Trazar las políticas y programas de administración de personal, bienestar social, selección, permanencia, retiro, registro y control, capacitación, incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir su gestión.
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- Ejecutar los programas de evaluación de riesgos profesionales, de salud ocupacional y de mejoramiento de la calidad de vida laboral que sean adoptados por la entidad en cumplimiento de sus obligaciones legales.
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- Elaborar la justificación técnica para la adopción y actualización del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales.
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- Implementar el sistema de evaluación del desempeño, de acuerdo con las normas vigentes y los procedimientos establecidos por la ley.
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- Las demás que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 38.Gestión por procesos. Todas las dependencias del Ministerio deberán propender y trabajar de manera coordinada en el diseño, desarrollo e implementación de procesos y procedimientos en busca del mejoramiento continuo de conformidad con las políticas administrativas definidas para el modelo integrado de gestión adoptado en el Ministerio, para lo cual ejercerán las siguientes funciones:
- a) Realizar las acciones para que dentro de su dependencia se conozca, aplique y mejore el Modelo Integrado de Gestión, ejerciendo acciones de seguimiento y mejora en los procesos institucionales a su cargo de manera transversal y en coordinación con otros procesos;
- b) Participar en las reuniones, consejos y otros encuentros de obligatoria asistencia de la dependencia o efectuar las delegaciones pertinentes;
- c) Realizar las acciones de seguimiento y control necesarias en los procesos, planes y proyectos bajo su responsabilidad o en los que participe a fin de consolidar los informes respectivos que permitan tomar las acciones de mejora oportunamente;
- d) Programar, convocar y participar en los comités propios de la dependencia de conformidad con el funcionamiento y estructura de los mismos.
Artículo 39.Órganos de Asesoría y Coordinación. El Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo, el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, el Comité de Seguimiento al Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Comisión de Personal se organizarán y ejercerán sus funciones conforme a lo previsto en las disposiciones legales vigentes.
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones podrá crear comités permanentes o transitorios especiales para estudio, análisis y asesoría en los temas que considere pertinentes.
El trabajo coordinado entre todas las áreas y dependencias del Ministerio, se establecerá a través de los procesos y procedimientos institucionales constituidos formalmente en el Modelo Integrado de Gestión.
Artículo 40.Adopción de la nueva planta de personal. De conformidad con la estructura prevista en el presente decreto, el Gobierno Nacional procederá a adoptar la planta de personal del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Artículo 41.Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto número 091 del 19 de enero de 2012 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
Diego Ernesto Molano Vega.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.
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