por el cual se modifica el Decreto 2650 del 29 de diciembre de 1993
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la constitución política y los artículos 50 y 2035 del código de comercio,
DECRETA:
Artículo 1º. El artículo tercero del Decreto 2650 de 1993, quedará así:
Catálogo de Cuentas. El Catálogo de Cuentas contiene la relación ordenada y clasificada de las clases, grupos, cuentas y subcuentas del Activo, Pasivo, Patrimonio, Ingresos, Gastos, Costo de Ventas, Costos de Producción o de Operación y Cuentas de Orden, identificadas con un código numérico y su respectiva denominación.
Artículo 2º. El artículo sexto del Decreto 2650 de 1993, quedará así:
Normas de aplicación. El Plan Único de Cuentas debe aplicarse de conformidad con las siguientes normas:
-
- Catálogo de Cuentas. El Catálogo de Cuentas y su estructura, serán de aplicación obligatoria y en la contabilidad no podrán utilizarse clases, grupos, cuentas o subcuentas diferentes a las previstas en él. No obstante, los entes económicos que lo consideren necesario podrán utilizar internamente, para el registro de sus operaciones, códigos y denominaciones diferentes, caso en el cual deberán elaborar una Tabla de Equivalencias entre éstas y las contenidas en el Catálogo del Plan Único de Cuentas, la cual estará a disposición de las personas o entidades que de conformidad con la ley tengan la potestad de inspeccionar o examinar los libros y papeles del ente económico.
Sin embargo, en libros registrados se deberá asentar la información contable conforme al Catálogo de Cuentas del mencionado plan.
Los entes económicos que decidan utilizar la Tabla de Equivalencias, deberán informarlo de manera inmediata a la entidad de vigilancia correspondiente.
Las cuentas y subcuentas identificadas únicamente por el código numérico, podrán ser utilizadas y denominadas por el ente económico, dentro del rango establecido, dependiendo de sus necesidades de información, conservando la misma estructura del Plan Único de Cuentas.
-
- Dinámicas y descripciones. En todo caso, las dinámicas y descripciones serán de uso obligatorio y todos los asientos contables deberán efectuarse de conformidad con lo establecido en ellas.
Artículo 3º. El artículo octavo del Decreto 2650 de 1993, quedará así:
Ajustes por inflación. Los ajustes integrales por inflación podrán registrarse dentro de cada una de las subcuentas respectivas. En el evento que el ente económico requiera registrarlos por separado, utilizará las subcuentas cuyos códigos terminen en 99. Para este último caso, en relación con los pasivos que deban ser cancelados en especie o servicios futuros, se podrán crear las subcuentas de ajustes por inflación cuando no se encuentren establecidas en el Catálogo del Plan Único de Cuentas.
Artículo 4º. El artículo noveno del Decreto 2650 de 1993, quedará así:
Abreviaturas. La denominación dada a los rubros que conforman el Catálogo del Plan Único de Cuentas, podrá ser aplicada utilizando abreviaturas o parte de la denominación según le corresponda.
Artículo 5º. El artículo undécimo del Decreto 2650 de 1993, quedará así:
Estados financieros. Toda presentación de Estados Financieros básicos a los administradores, socios, entidades del Estado y a terceros, deberá efectuarse utilizando las denominaciones indicadas en el Catálogo contenido en el Plan Único de Cuentas. Asimismo, indicará los códigos numéricos, en el evento que le sean solicitados por alguno de éstos.
Para tal efecto, el balance general se preparará debidamente clasificado en parte corriente y no corriente, dependiendo de la realización de los activos y exigibilidad de los pasivos, conforme a las normas vigentes sobre presentación y revelación de estados financieros.
Artículo 6º. El artículo decimotercero del Decreto 2650 de 1993, quedará así:
Aplicación gradual. A partir de los estados financieros cortados a 31 de diciembre de 1993, la presentación de los mismos deberá hacerse en su totalidad conforme al Plan Único de Cuentas. El Plan Único de Cuentas se aplicará para todas las operaciones económicas, a partir del 1º de enero de 1994 en las sociedades mercantiles que legal o estatutariamente estén obligadas a tener revisor fiscal. El registro o comprobante contable será obligatorio a nivel de cuenta (los cuatro primeros dígitos).
A partir del 1º de enero de 1995 el Plan Único de Cuentas será obligatorio para todas las personas naturales o jurídicas obligadas a llevar contabilidad de acuerdo con lo dispuesto en el Código de Comercio. El registro o comprobante contable será obligatorio a nivel de subcuentas (los seis primeros dígitos).
Artículo 7º. Al Catálogo del Plan Único de Cuentas contenido en el artículo decimocuarto del Decreto 2650 de 1993, se le efectúan las siguientes modificaciones:
- a) Cuentas y subcuentas que se incluyen
| 1323 | Cuentas por cobrar a directores |
|---|---|
| 132301 a 132398 | 132301 a 132398 |
| 133099 | Ajustes por inflación |
| 1428 | Plantaciones agrícolas |
| 142801 a 142898 | 142801 a 142898 |
| 142899 | Ajustes por inflación |
| 162530 | De exhibición - películas |
| 171069 | Platería |
| 171070 | Cubierteria |
| 219530 | Directores |
| 2357 | Deudas con directores |
| 235701 a 235798 | 235701 a 235798 |
| 2920 | Bonos pensionales |
| 292005 | Valor bonos pensionales |
| 292010 | Bonos pensionales por amortizar (DB) |
| 292015 | Intereses causados sobre bonos pensionales |
| 2925 | Títulos pensionales |
| 292505 | Valor títulos pensionales |
| 292510 | Títulos pensionales por amortizar (DB) |
| 292515 | Intereses causados sobre títulos pensionales |
| 3220 | Know How |
| 322001 a 322098 | 322001 a 322098 |
| 330516 | Acciones propias readquiridas (DB) |
| 330518 | Cuotas o partes de interés social propias readquiridas (DB) |
| 340530 | De saneamiento fiscal |
| 340535 | De ajustes Decreto 3019 de 1989 |
| 340540 | De dividendos y participaciones decretadas en acciones, cuotas o partes de interés social |
| 410595 | Actividades conexas |
| 470568 | Devoluciones en ventas (CR) |
| 470591 | Devoluciones en compras (DB) |
| 510561 | Amortización bonos pensionales |
| 510562 | Amortización títulos pensionales |
| 510570 | Aportes a fondos de pensiones y/o cesantías |
| 520561 | Amortización bonos pensionales |
| 520562 | Amortización títulos pensionales |
| 520570 | Aportes a fondos de pensiones y/o cesantías |
| 610595 | Actividades conexas |
- b) Cuentas y subcuentas que se eliminan
| 171072 | Descuento en colocación de bonos |
|---|---|
| 3110 | Acciones, cuotas o partes de interés social propias readquiridas (DB) |
| 311005 | Acciones propias readquiridas (DB) |
| 311010 | Cuotas o partes de interés social propias readquiridas (DB) |
- c) Cuentas y subcuentas que se redenominan:
| 171044 | Publicidad, propaganda y promoción |
|---|---|
| 3705 | Utilidades acumuladas |
| 4175 | Devoluciones en ventas (DB) |
| 425035 | De provisiones |
| 4275 | Devoluciones en otras ventas (DB) |
| 429553 | Sobrantes de caja |
| 470594 | Costos de producción o de operación (CR) |
| 523560 | Publicidad, propaganda y promoción |
| 6225 | Devoluciones en compras (CR) |
- d) Subcuenta que se recodifica:
| 616095 | Actividades conexas |
|---|---|
- e) Cuentas que se replantean:
| 1445 | Semovientes |
|---|---|
| 144501 a 144598 | 144501 a 144598 |
| 144599 | Ajustes por inflación |
| 1455 | Materiales, repuestos y accesorios |
| 145501 a 145598 | 145501 a 145598 |
| 145599 | Ajustes por inflación |
| 1584 | Semovientes |
| 158401 a 158498 | 158401 a 158498 |
| 158499 | Ajustes por inflación |
| 2905 | Bonos en circulación |
| 290501 a 290598 | 290501 a 290598 |
| 3605 | Utilidad del ejercicio |
| 360501 a 360598 | 360501 a 360598 |
| 3610 | Pérdida del ejercicio |
| 361001 a 361098 | 361001 a 361098 |
Artículo 8º. Al artículo decimoquinto del Decreto 2650 de 1993, se le efectúan las siguientes modificaciones:
- a) Se incluye como inciso inicial:
A las dinámicas contenidas en el Plan Único de Cuentas, se adicionan, cuando a ello hubiere lugar, movimientos débitos o créditos por concepto de daciones en pago, donaciones, permutas, compensaciones, sustituciones, resolución de contratos, retiro o utilización de activos para el consumo, ajustes por diferencia en cambio y aplicación de provisiones, siempre y cuando representen hechos económicos cuyo registro cumpla con las normas o principios de contabilidad generalmente aceptados;
- b) Se eliminan la descripción y dinámicas correspondientes a la cuenta 3110- Acciones, cuotas o partes de interés social propias readquiridas (DB);
- c) Se adicionan las descripciones y dinámicas correspondientes a las cuentas que se incluyen en el literal a) del artículo séptimo del presente Decreto y se modifican algunas de las contenidas en el aludido Plan. así:
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO | CUENTA | |
|---|---|---|---|
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO | CUENTA | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO | CUENTA |
DESCRIPCION
Agrupa el conjunto de las cuentas que representan los bienes y derechos tangibles e intangibles de propiedad del ente económico, que en la medida de su utilización, son fuente potencial de beneficios presentes o futuros. Comprende los siguientes grupos: el Disponible las Inversiones, los Deudores, los Inventarios, las Propiedades Planta y Equipo, los Intangibles, los Diferidos, los Otros Activos y las Valorizaciones.
Las cuentas que integran esta clase tendrán saldo de naturaleza débito, con excepción de las Provisiones, las Depreciaciones, el Agotamiento y las Amortizaciones Acumuladas, que serán deducidas, de manera separada, de los correspondientes grupos de cuentas.
El ente económico deberá ajustar sus activos de acuerdo con el Sistema Integral de Ajustes por inflación mensual o anualmente, de conformidad con lo previsto en las disposiciones legales vigentes.
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 12 INVERSIONES | CUENTA | |
|---|---|---|---|
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 12 INVERSIONES | CUENTA | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 12 INVERSIONES | CUENTA |
DESCRIPCION
Comprende las cuentas que registran las inversiones en acciones, cuotas o partes de interés socia, títulos valores, papeles comerciales o cualquier otro documento negociable adquirido por el ente económico con carácter temporal o permanente, con la finalidad de mantener una reserva secundaria de liquidez, establecer relaciones económicas con otras entidades o para cumplir con disposiciones legales o reglamentarias.
Las inversiones representadas en acciones y en cuotas o partes de interés social, se registrarán por su costo histórico. Las demás inversiones, como bonos, cédulas, certificados, etc., se contabilizarán por su valor nominal. Sin embargo, en caso de presentarse diferencias entre este último y el costo histórico, con el propósito de no quebrantar la norma contable básica de "Valuación o medición", tales diferencias contratará a través de cuentas auxiliares complementarias valuativas de la inversión, específicamente en los títulos en que se presente la diferencia. Para el efecto, se utilizarán los rubros Descuento por Amortizar o Prima por Amortizar.
El costo histórico incluye las sumas en que se incurre para la compra de la inversión, el cual, para el caso de las inversiones representadas en acciones y en cuotas o partes de interés social se ajustará mensual o anualmente, reconociendo el efecto inflacionario de conformidad con lo previsto en las disposiciones legales vigentes:
Cuando el ente económico tenga como actividad principal la de rentista de capital, al momento de vender sus inversiones deberá cargar la cuenta 6150 -Actividad Financiera. Si dicha inversiones son realizadas en desarrollo de actividades secundarias, cuando el valor de ventas es menor, ésta se cargará a la respectiva cuenta de provisiones. En caso de no existir o ser insuficiente la provisión el saldo deberá debitarse a la subcuenta 531005 - Venta de Inversiones.
Cuando se posean inversiones en subordinadas, respecto de las siguientes le transfieran sus utilidades, deben contabilizarse bajo el método de participación, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
| CLASE | GRUPO | CUENTA |
|---|---|---|
| 1. ACTIVO | 12 INVERSIONES | 1205 ACCIONES |
DESCRIPCION
Registra el costo histórico de las inversiones realizadas por el ente económico en sociedades por acciones y/o asimiladas, el cual incluye las sumas incurridas directamente en su adquisición.
Las inversiones en acciones deben ser ajustadas por inflación de conformidad con las disposiciones vigentes.
Cuando el valor de mercado o de realización sea inferior al costo histórico una vez reexpresado como consecuencia de la inflación si fuere el caso, éste debe ajustarse mediante una provisión con cargo a los resultados del ejercicio en el cual se presentó la pérdida del valor y si es superior mediante valorización acreditada a la cuenta 3805 -De Inversiones-.
Para estos efectos se entiende por valor de mercado o de realización el promedio de cotización representativa en las bolsas de valores en el último mes, y, a falla de éste, su valor intrínseco, para lo cual se utilizarán estados financieros certificados. No obstante, cuando el ente económico adopte el método de participación, excluirá el efecto de las utilidades en el valor intrínseco.
El tratamiento contable para cuando sea actividad principal o secundaria, deberá obedecer a lo expuesto en la descripción del grupo 12 -Inversiones-.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el valor de las acciones adquiridas en la constitución de un ente económico; | a) Por el costo histórico o ajustado de las acciones vendidas, según sea el caso; |
| b) Por el costo histórico de las inversiones en sociedades por acciones y/o asimiladas; | b) Por el castigo o baja en libros ocasionados por la pérdida de la inversión; |
| c) Por el valor de las acciones recibidas en pago de dividendos; | c) Por el valor de los dividendos decretados, cuando el ente económico utilice el método de participación; |
| d) Por el valor de las acciones recibidas como dación en pago; | d) Por el valor de las pérdidas que correspondan, cuando el ente económico utilice el método de participación. |
| e) Por el valor de las utilidades correspondan, cuando el ente económico utilice el método de participación; | |
| f) Por el valor del ajuste por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 12 INVERSIONES |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el costo histórico de las inversiones realizadas por el ente económico en sociedades de responsabilidad limitada y/o asimiladas, el cual incluye las sumas incurridas directamente en su adquisición.
Las inversiones en cuotas o partes de interés social deben ser ajustadas por inflación de conformidad con las disposiciones vigentes.
Cuando el valor de mercado o de realización sea inferior al costo histórico una vez reexpresado como consecuencia de la inflación si fuere el caso, éste debe ajustarse mediante una provisión con cargo a los resultados del ejercicio en el cual se presentó la pérdida del valor y si es superior mediante valorización acreditada a la cuenta 3805 -De Inversiones-.
Para estos efectos se entiende por valor de mercado o de realización su valor intrínseco, para lo cual se utilizarán estados financieros certificados. No obstante, cuando el ente económico adopte el método de participación, excluirá el efecto de las utilidades en el valor intrínseco.
El tratamiento contable para cuando sea actividad principal o secundaria, según sea el caso, deberá obedecer a lo expuesto en la descripción del grupo 12 -Inversiones-.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS | |
|---|---|---|
| a) Por el valor de las acciones adquiridas en la constitución de un ente económico; | a) Por el costo histórico o ajustado de las acciones vendidas, según sea el caso; | |
| b) Por el costo histórico de las inversiones en sociedades por acciones y/o asimiladas; | b) Por el castigo o baja en libros ocasionados por la pérdida de la inversión; | |
| c) Por el valor de las acciones recibidas en pago de dividendos; | c) Por el valor de los dividendos decretados, cuando el ente económico utilice el método de participación; | |
| d) Por el valor de las acciones recibidas como dación en pago; | d) Por el valor de las pérdidas que correspondan, cuando el ente económico utilice el método de participación. | |
| e) Por el valor de las utilidades correspondan, cuando el ente económico utilice el método de participación; | ||
| f) Por el valor del ajuste por inflación. | ||
| CLASE | GRUPO | CUENTA |
| --- | --- | --- |
| 1. ACTIVO | 12 INVERSIONES | 1215 BONOS |
DESCRIPCION
Registra el valor de las inversiones hechas por el ente económico' en bonos, los cuales son títulos valores que incorporan una parte alícuota de un crédito colectivo constituido a cargo de una sociedad.
El tratamiento contable para cuando sea actividad principal o secundaria así como para el Descuento por Amortizar o Prima por Amortizar, según sea el caso, deberá obedecer a lo expuesto en la descripción del grupo 12 -Inversiones-.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS | |
|---|---|---|
| a) Por el valor de los bonos adquiridos; | a) Por el valor en libros de los bonos vendidos o redimidos; | |
| b) Por el valor de la diferencia en cambio si fuere el caso. | b) Por los castigos o baja en libros ocasionados por la pérdida de la inversión. | |
| CLASE | GRUPO | CUENTA |
| --- | --- | --- |
| 1. ACTIVO | 12 INVERSIONES | 1220 CEDULAS |
DESCRIPCION
Registra el valor de las cédulas emitidas por el Banco Central Hipotecario u otras sociedades de capitalización autorizadas para tal fin.
El tratamiento contable para cuando sea actividad principal o secundaria, así como para el Descuento por Amortiza o Prima por Amortizar, según sea el caso, deberá obedecer a lo expuesto en la descripción del grupo 12 -Inversiones-.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS | |
|---|---|---|
| a) Por el valor de las inversiones en cédulas. | a) Por el valor en libros de las cédulas vendidas o redimidas | |
| CLASE | GRUPO | CUENTA |
| --- | --- | --- |
| 1. ACTIVO | 12 INVERSIONES | 1225 CERTIFICADOS |
DESCRIPCION
Registra el monto de las inversiones realizadas por el ente económico en certificados emitidos por entidades legalmente autorizadas.
El tratamiento contable para cuando sea actividad principal o secundaria, así como para el Descuento por Amortizar o Prima por Amortizar, según sea el caso, deberá obedecer a lo expuesto en la descripción del grupo 12 -Inversiones.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el valor de los certificados; | a) Por el valor en libros de los certificados vendidos o redimidos; |
| b) Por el valor del ajuste por corrección monetaria UPAC y/o diferencia en cambio; | b) Por el valor nominal de los certificados utilizados en el pago de impuestos. |
| c) Por el valor de los rendimientos capitalizados. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 12 INVERSIONES |
| --- | --- |
-Registra el monto de la inversión realizada por el ente económico en valores de contenido crediticio emitidos por entes comerciales, industriales y de servicios sometidos a la inspección y vigilancia por parte de Entidades del Estado, cuyo objetivo es la financiación del capital de trabajo.
El tratamiento contable para cuando sea actividad principal o secundaria, así como para el Descuento por Amortizar o Prima por Amortizar, según sea el caso, deberá obedecer a lo expuesto en la descripción del grupo 12 -Inversiones-.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el valor de constitución, debidamente autorizado. | a) Por el valor en libros de los papeles comerciales, vendidos o redimidos. |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 12 INVERSIONES |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el valor de la inversión realizada por el ente económico en los denominados genéricamente "Títulos", emitidos por el Gobierno Nacional por intermedio del Banco de la República, otra entidad gubernamental o financiera, debidamente autorizada.
El tratamiento contable para cuando sea actividad principal o secundaria, así como para el Descuento por Amortiza o Prima por Amortiza, según sea el caso, deberá obedecer a lo expuesto en la descripción del grupo 12 -Inversiones-.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el valor de los títulos; | a) Por el valor en libros de los títulos vendidos o redimidos. |
| b) Por el valor de la diferencia en cambio. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 12 INVERSIONES |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el valor de la inversión realizada por el ente económico en instrumentos de financiación denominados aceptaciones bancarias o financieras.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el valor del documentos aceptados por la entidad financiera; | a) Por la venta o redención de las aceptaciones bancarias. |
| b) Por el valor de la diferencia en cambio. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 12 INVERSIONES |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra los valores provisionados por el ente económico, con cargo a las cuentas de resultado, con el fin de cubrir la diferencia resultante entre el costo de las inversiones y el valor de mercado o intrínseco, según sea el caso. Es una cuenta de valuación del activo, de naturaleza crédito.
DINAMICA
DEBITOS CREDITOS
| a) Por el menor valor de las inversiones en el mercado bursátil y/o valor intrínseco. La contrapartida o cargo se registrará en la subcuenta 519905 ó 529906 -Inversiones-, según sea el caso. | a) Por la reversión de las provisiones excesivas o indebidas con abono a la subcuenta 519905 ó 529905 -Inversiones-, según sea el caso, cuando corresponda al mismo ejercicio, o a la subcuenta 42035 -De Provisiones-, si es de ejercicios anteriores; |
|---|---|
| b) Por el valor de la aplicación que se haga de la provisión por enajenación, traspaso o cancelación de la inversión ya sea total o parcial. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 13 DEUDORES |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Comprende el valor de las deudas a cargo de terceros y a favor del ente económico, incluidas las comerciales y no comerciales.
De este grupo hacen parte, entre otras, las siguientes cuentas: Clientes, Cuentas Corrientes Comerciales, Cuentas por Cobrar a Casa Matriz, Cuentas por Cobrar a Vinculados Económicos, Cuentas por Cobrar a Socios y Accionistas, Aportes por Cobrar, Anticipos y Avances, Cuentas de Operación Conjunta, Depósitos y Promesas de Compraventa.
En este grupo también se incluye el valor de la provisión pertinente, de naturaleza crédito, constituida' para cubrir las contingencias de pérdida la cual debe ser justificada cuantificable y confiable.
Los valores representados en moneda extranjera se deberán ajustar a la tasa de cambio representativa del mercado.
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 13 DEUDORES | CUENTA 1305 CLIENTES |
|---|---|---|
DESCRIPCION
Registra los valores a favor del ente económico y a cargo de clientes nacionales y/o extranjeros de cualquier naturaleza por concepto de ventas de mercancías, productos terminados, servicios y contratos realizados en desarrollo del objeto socia, así como la financiación de los mismos.
Para el caso de las Sociedades Administradoras de Consorcios Comerciales, se deben llevar por separado tanto los grupos cerrados como vigentes, entendiéndose por grupos cerrados aquellos en los cuales el bien o servicio objeto del contrato se ha adjudicado en su totalidad a los integrantes del grupo y por grupos vigentes aquellos en los cuales no ha sido adjudicada la totalidad de los bienes o servicios.
Debe presentarse por separado cada uno de los rubros que conforman la subcuenta 130515 -Deudores del sistema -, a saber: Cuota Neta y de Administración, por cada grupo de suscriptores.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el valor de los productos, mercancías o servicios vendidos a crédito; | a) Por el valor de los pagos efectuados por los clientes; |
| b) Por el valor de las notas débito por cheques devueltos por los bancos; | b) Por el valor de las devoluciones de productos, mercancías o servicios no aceptados; |
| c) Por el ajuste por diferencia en cambio, de la cartera expresada en moneda extranjera; | c) Por el valor de los descuentos o bonificaciones por cualquier concepto; |
| d) Por el valor adjudicado y recibido por el suscriptor favorecido de acuerdo con el plan previsto en el contrato, ya sea por sorteo o por oferta; | d) Por los traslados a cuentas de difícil cobro; |
| e) Por el reajuste de las cuotas netas adecuadas por el suscriptor favorecido, en la misma proporción en que varíe el precio del bien o servicio objeto del contrato. El reajuste no opera para aquellas cuotas en mora; | e) Por el valor de las notas crédito que origine el ente económico a favor de sus clientes; |
| f) Por el valor de la causación periódica y sistemática de las cuotas de administración en mora; | f) Por el ajuste por diferencia en cambio, de la cartera expresada en moneda extranjera; |
| g) Por la cesión de derechos de acuerdo con las normas establecidas. | g) Por el saldo a favor que tenga el suscriptor favorecido en la cuenta Acreedores del Sistema, al momento de hacerse la entrega del bien o prestado el servicio; |
| h) Por el valor de la cesión de derechos de acuerdo con las normas legales vigentes en el momento de dicha cesión; | |
| i) Por el valor de las reconsignaciones de los cheques devueltos. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 13 DEUDORES |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el valor de las operaciones comerciales, celebradas entre dos entes económicos, reguladas por las normas legales vigentes. Esta modalidad consiste en un negocio jurídico que tiene por características ser bilateral, oneroso, conmutativo y de ejecución sucesiva para el cual se acuerda anotar y compensa en cuenta abierta por debe y haber sus eventuales créditos recíprocos y se establecen condiciones de exigibilidad y disponibilidad del saldo resultante de la compensación progresiva operada.
Las remesas pueden consistir en mercaderías, dineros, títulos valores, comisiones, créditos, etc., las cuales han de convertirse en partidas de la cuenta.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el valor de las facturas por ventas o prestación de servicios; | a) Por el valor de las facturas por compras o prestación de servicios recibidos; |
| b) Por el valor de los dineros entregados; | b) Por el valor de las partidas de dinero recibidas; |
| c) Por las notas débito por ajustes relativos a las ventas o prestación de servicios; | c) Por las notas crédito por ajustes relativos a las ventas o prestación de servicios; |
| d) Por las notas débito por cargos relativos a interés, comisiones, egresos por pagos a cuenta de terceros o cualquier otro concepto. | d) Por las notas de crédito por abonos relativos a interés, comisiones pagos por su cuenta a terceros o cualquier otro concepto; |
| e) Por el ajuste por diferencia en cambio de la cartera expresada en moneda extranjera; | e) Por el ajuste por diferencia en cambio de la cartera expresada en moneda extranjera. |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 13 DEUDORES |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el valor de las deudas a favor del ente económico, y a cargo de la casa matriz originadas en la facturación, cobro o liquidación de los ingresos u operaciones directamente realizadas con ésta, sin que se haya celebrado contrato de cuenta corriente en, cuyo caso se deberá registrar en la cuenta 1310 - Cuentas Corrientes Comerciales.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el valor de la facturación proveniente de la venta de los productos o la prestación de servicios; | a) Por el valor de los dineros recibidos como abonos ya sean parciales o totales, por venta de productos, prestación de servicios de cancelación de préstamos; |
| b) Por el valor girado como préstamo; | b) Por el valor de las notas crédito, emitidas por el ente económico por concepto de devolución de productos; |
| c) Por el valor de las notas débito bancarias por concepto de devolución de cheques; | c) Por el ajuste por diferencia en cambio sobre saldos expresados en moneda extranjera. |
| d) Por el valor de los giros efectuados a terceros por concepto de pagos por cuenta de la casa matriz; | |
| e) Por el ajuste por diferencia en cambio sobre saldos expresados en moneda extranjera. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 13 DEUDORES |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el valor a cargo de otros entre vinculados económicamente por préstamos o transacciones en dinero o en especie así como los pagos que se realizan por cuenta de éstos.
Se considera que hay vinculación cuando entre dos o más entes económicos existen intereses económicos, financieros o administrativos, comunes o recíprocos, así como cualquier situación de control o dependencia.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el valor del préstamo realizado; | a) Por el valor del recaudo parcial o total de las deudas registras en esta cuenta; |
| b) Por los pagos a terceros por cuenta de vinculados económicos; | b) Por el ajuste por diferencia en cambio saldos expresados en moneda extranjera. |
| c) Por el valor de las notas débito; | |
| d) Por el ajuste por diferencia cambio sobre saldos expresados en moneda extranjera. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 13 DEUDORES |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el valor a cargo de los directores del ente económico sin vinculo laboral por concepto de préstamos, así como los pagos que se realizan por cuenta de éstos, de conformidad con las normas estatutarias y legales vigentes;
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el valor de los préstamos concedidos previo el cumplimiento de los requisitos; | a) Por el valor de recaudo parcial o total de las deudas registradas; |
| b) Por el valor de los pagos efectuados por cuenta del director; | b) Por el traslado del saldo a la cuanta 1370 - Préstamo a Particulares - por retiro del director. |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 13 DEUDORES |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra los valores entregados en dinero o en especie a los socios accionistas y los pagos efectuados por el ente económico a terceros por cuenta de éstos, de conformidad con las normas legales vigentes.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el valor del bien entregado o el servicio prestado al socio o accionista; | a) Por la cancelación en efectivo que haga el socio accionista; |
| b) Por el valor pagado a nombre del socio accionista; | b) Por el cruce de cuentas por utilidades u otros saldos a favor del socio accionista; |
| c) Por el ajuste por diferencia en cambio sobre saldos expresados en moneda extranjera. | c) por los pagos en especie; |
| d) Por el ajuste por diferencia en cambio sobre saldos expresados en moneda extranjera. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 13 DEUDORES |
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DESCRIPCION
Registra el valor de los adelantos efectuados en dinero o en especie por ente económico a personas naturales o jurídicas, con el fin de recibir beneficios o contra prestación futura de acuerdo con las condiciones pactadas, incluye conceptos tales como anticipos a proveedores, a contratistas, a trabajadores, a agentes de aduana y a concesionarios.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por los valores girados por ente económico en la compra de bienes, servicios o según las estipulaciones en los respectivos contratos de obras civiles o trabajos por realizar; | a) Por el valor de los pedidos parciales o totales recibidos de los proveedores; |
| b) Por los pagos adelantados efectuados a trabajadores para cubrir gastos de alojamiento, manutención y movilización; | b) Por el valor del traslado a gastos o costos, cuando se ha formalizado el trámite de la entrada a almacén de las compras; |
| c) Por las sumas giradas para nacionalización de importaciones. | c) Por los valores de las facturas, cuentas de cobro o actas de entrega parciales o totales que presenten los beneficiarios de los anticipos y avances, de acuerdo con los contratos o convenios establecidos; |
| d) Por el valor de los elementos de almacén entregados para la ejecución de las obras; | d) Por los valores de las operaciones con el exterior según la respectiva nota débito del banco local corresponsal; |
| e) Por el ajuste por diferencia en cambio sobre saldos expresados en moneda extranjera; | e) Por el valor de los documentos de legalización de los gastos de viaje; |
| f) Por el valor del ajuste por inflación. | f) Por el valor de las cuentas de cobro que presenten los agentes debidamente soportadas con los documentos externos correspondientes; |
| g) Por los valores no utilizados reintegrados directamente por los beneficiarios, en las oficinas del ente económico; | |
| h) Por la reclasificación a cuentas del pasivo, de los saldos de los beneficiarios a la fecha de cierre; | |
| i) Por el valor de los elementos de almacén devueltos según las entradas de almacén; | |
| j) Por el valor que se está legalizando al realizar la entrega del bien, con cargo al activo respectivo; | |
| k) Por el ajuste por diferencia en cambio sobre saldos expresados en moneda extranjera. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 13 DEUDORE |
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DESCRIPCION
Registra el valor de los dineros entregados por el ente económico con carácter transitorio como garantía del cumplimiento de contratos, importaciones, servicios, responsabilidades en custodia de bienes, juicios ejecutivos y demás obligaciones contraídas con personas naturales o jurídicas.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el valor de los depósitos realizados en entidades de servicios públicos por garantía de aparatos o de los servicios propiamente dichos; | a) Por el valor de utilización de los depósitos en la cancelación de cartas de crédito por importaciones o giros al exterior; |
| b) Por el valor de los depósitos entregados para garantía de la prestación de servicios; | b) Por el valor de la devolución o reembolso de los depósitos en importaciones no realizadas; |
| c) Por el valor de los depósitos entregados a proveedores para la garantía del suministro de mercancías o productos; | c) Por el valor del reintegro o devolución de los depósitos; |
| d) Por el valor de los depósitos realizados en el Banco Popular con destino Judicial; | d) Por el valor correspondiente a las utilización o aplicación de los depósitos; |
| e) Por el ajuste por diferencia en cambio sobre las sumas entregadas en moneda extranjera. | e) Por el valor del traslado a gastos, si el depósito es irrecuperable. |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 13 DEUDORES |
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DESCRIPCION
Registra los saldos a cargo de entidades gubernamentales y a favor del ente económico, por concepto de anticipos de impuestos y los originados en liquidaciones de declaraciones tributarias contribuciones y tasas para ser solicitados en devolución o compensación con liquidaciones futuras.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por los valores pagados; | a)Por aplicación del impuesto del año gravable al cual corresponda; |
| b) Por las retenciones en la fuente practicadas al ente económico por los diferentes conceptos establecidos en la Ley; | b) Por el valor de las sumas obtenidas como devolución. |
| c) Por el valor del traslado de la cuenta 2408 - Impuestos sobre las Ventas por Pagar, en caso de saldos a favor. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 14 INVENTARIOS |
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DESCRIPCIONES
Registra el valor de los elementos básicos adquiridos a nivel nacional o internacional para uso en el proceso de fabricación o producción y que requieren procesamiento adicional.
El costo lo constituirá el monto total del valor del artículo más los cargos incurridos hasta colocarlos en bodega para ser utilizados.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el costo de materias primas adquiridas para los procesos, excluido el impuesto a las ventas que sea deducible de los recaudos por ventas del producto transformado; | a) Por el valor de las materias primas que se entreguen para su utilización o producción; |
| b) Por los ajustes de inventario de materias primas; | b) Por las notas débito a proveedores por devolución de materias primas; |
| c) Por el valor de las materias primas devueltas por los clientes; | c) Por el costo de las ventas de materias primas; |
| d) Por el valor del inventario final al cierre del ejercicio, cuando el ente económico utiliza el sistema periódico; | d) Por el costo de las materias primas dadas de baja; |
| e) Por el valor del ajuste por inflación. | e) Por los ajustes de inventario de materias primas; |
| f) Por el valor del inventario inicial al cierre económico utiliza el sistema periódico. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 14 INVENTARIOS |
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DESCRIPCION
Registra los costos de amortizables en que incurre el ente económico en los procesos de adecuación, preparación. siembra y cultivo, toda vez que su producción se efectúa en varias cosechas y cuyo levantamiento o período productivo tiene una duración de uno a dos años.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el valor de los diferentes materias directos, mano de obra directa, costos indirectos y contratos de servicios, registrados en la clase 7 y aplicados a la respectiva plantación, a fin de mes; | a) Por el valor amortizado de los costos de adecuación preparación y siembra de los terrenos; |
| b) Por los costos incurridos en el levantamiento de las plantaciones; | b) Por los costos incurridos en el levantamiento de las plantaciones. |
| c) Por el valor del ajuste por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
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DESCRIPCION
Comprende el conjunto de las cuentas que registran los bienes de cualquier naturaleza que posea el ente económico, con la intención de emplearlos en forma permanente para el desarrollo del giro norma de sus negocios o que se poseen por el apoyo que prestan en la producción de bienes y servicios, por definición no destinados para la venta en el curso normal de los negocios y cuya vida-útil exceda de un año.
Las Propiedades, Planta y Equipo deben registrarse a costo histórico, del cual forman parte los costos directos e indirectos causados hasta el momento en que el activo se encuentre en condiciones de utilización o en condiciones de puesta en marcha o enajenación, tales como los de ingeniería supervisión, impuestos, corrección monetaria proveniente del UPAC e intereses.
Los intereses y la corrección monetaria proveniente del UPAC causados sobre obligaciones contraídas en la adquisición, forma parte del costo, salvo cuando ha concluido La etapa de puesta en marcha y tales activos se encuentren en condiciones de utilización. En este caso, los gastos financieros deben cargarse a los resultados del respectivo período contable. El costo también incluye la diferencia en cambio causada hasta la puesta en marcha el activo, originada por obligaciones en moneda extranjera contraídas en su adquisición. Sin embargo, Las diferencias en cambio causadas sobre obligaciones en moneda extranjera no identificables directamente con la adquisición de activos específicos, se deben contabilizar los resultados del periodo contable.
El valor de las Propiedades, Planta y Equipo recibidas en cambio, permuta donación, dación en pago o a porte de los propietarios, se determina por el valor convenido por las partes o mediante avalúo.
Las Propiedades, Planta y Equipo, La Depreciación, Agotamiento y Amortización Acumulados se deberán ajustar por inflación de acuerdo con las normas legales vigentes.
Se deben establecer criterios prácticos para el registro de los costos capitalizables por adiciones, mejoras y reparaciones de propiedades, planta y equipo, que consideren tanto la importancia de Las cifras como la duración del activo, de manera que se logre una clara distinción entre aquellos que forman parte del costo del activo y los que deben llevarse a resultados. Para tal efecto se entiende por adición la inversión agregada al activo inicialmente adquirido y por mejora los cambios cualitativos del bien que no aumentan su productividad.
Las reparaciones y mejoras que aumenten la eficiencia o extiendan la vida útil del activo constituyen costo adicional.
Las erogaciones realizadas para atender el mantenimiento y las reparaciones que se realicen para la conservación de los bienes muebles e inmuebles, se deben llevar como gastos del ejercicio en que se produzcan.
En el caso del Impuesto sobre las Ventas que forma parte del costo debe tenerse en cuenta lo prescrito en las normas legales vigentes.
Este grupo comprende, entre otras cuentas: Terrenos, Materiales Proyectos Petroleros, Construcciones en Curso, maquinaria y Equipos en Montaje, Construcciones y Edificaciones, Maquinaria y Equipo de Oficina, Equipo de Computación y Comunicación, Equipo Médico-Científico, Equipo de Hoteles y Restaurantes y flota y Equipo de Transporte.
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO | CUENTA 1504 TERRENOS |
|---|---|---|
DESCRIPCION
Registra el valor de los predios donde están construidas las diferentes edificaciones de propiedad del ente económico, así como los destinados a futuras ampliaciones o construcciones para el uso o servicios del mismo.
La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en las cuentas de Ingresos (Gastos) No. Operacionales.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el costo histórico; | a) Por el costo de los terrenos vendidos. |
| b) Por el valor de las mejores y otros cargos capitalizables que representen un mayor valor del activo; | |
| c) Por el valor convenido a determinado mediante avalúo técnico de los terrenos recibidos por cesión, donación o aporte. | |
| d) Por el valor del ajuste por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el valor de los materiales adquiridos para desarrollar actividades de exploración y explotación y que harán parte de proyectos susceptibles de capitalización; tales como tuberías, cabezales de pozos, bombas y otras facilidades para la adecuación del campo petrolero.
Esta cuenta es de uso exclusivo de los entes económicos que desarrollan actividades de exploración y explotación de hidrocarburos.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el valor de adquisición de los materiales de la industria del Petróleo, tales como tuberías y Equipo de completamiento de pozos. | a) Por el valor de las salidas de materiales para proyectos de acuerdo con sus costos unitarios, según el método de valuación que se tenga. |
| b) Por el valor del costo de transporte, seguros y manejo de los materiales recibidos, incluidos todos los costos hasta la entrega en bodega de la compañía o lugar de trabajo. | b) Por el valor a prorrata de los materiales, para aplicar a cada proyecto a donde se haya enviado el material correspondiente. |
| c) Por el valor de los materiales adquiridos con la finalidad de construir proyectos de facilidades para la extracción, separación y almacenamiento de petróleo tales como bombas, plantas, separadores, motores, calentadores, etc. | |
| d) Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de los materiales recibidos por cesión, donación o aporte. | |
| e) Por el valor de los ajustes por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
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DESCRIPCION
Registra los costos incurridos por el ente económico en la construcción o ampliación de edificaciones destinadas a oficinas, locales, bodegas, plantas de operación; así como de otras obras en proceso, que serán utilizadas en las labores operativas o administrativas. Una vez terminadas dichas obras, sus saldos se trasladarán a las cuentas correspondientes.
El costo incluye los desembolsos por materiales, mano de obra, licencias, honorarios profesionales, costos financieros e interventoría y otros costos efectuados hasta el momento en que el bien quede adecuado para su uso.
Mientras las obras se encuentren en proceso no deben ser objeto de depreciación.
El costo del terreno en el cual se está levantando la construcción se debe registrar por separado en la cuenta 1504 Terrenos.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por los desembolsos efectuados por el ente económico, imputables a la ejecución de la obra; | a) Por la transferencia a la cuenta correspondiente, cuando la obra se encuentre en condiciones de ser utilizada por el ente económico; |
| b) Por el costo de las obras parciales de esta naturaleza que se reciban de contratistas, realizadas por cuenta del ente económico; | b) Por el valor de los materiales cargados o esta cuenta que sean devueltos al almacén. |
| c) Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de las construcciones recibidas por cesión. donación o aporte; | d) Por el valor del ajuste por inflación. |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra los costos incurridos por el ente económico en la adquisición y montaje de maquinaria, hasta el momento en que el activo queda listo para su utilización o explotación, en el sitio y condiciones requeridos.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el costo histórico; | a) Por el valor registrado en libros al momento de su realización o venta; |
| b) Por el costo de la instalación, montaje y otros costos directos e indirectos necesarios para que la maquinaria esté en condiciones de ser utilizada; | b) Por el valor de los elementos dados de baja; |
| c) Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de la maquinaria y equipo recibidos por cesión, donación o aporte; | c) Por el valor en libros al momento de trasladarlo directamente a la cuenta de propiedades, planta y equipo correspondiente; |
| d) Por el valor del ajuste por inflación | d) Por el costo de los materiales cargados inicialmente a esta cuenta que son devueltos al almacén por no haber sido utilizados |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el costo de adquisición o construcción de inmuebles de propiedad del ente económico destinados para el desarrollo del objeto social.
El valor del terreno debe registrarse por separado en la cuenta 1504 - Terrenos.
La diferencia resultantes con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de Ingresos (Gastos) No. operacionales.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el costo histórico de las construcciones y edificaciones; | a) Por el costo de las construcciones y edificaciones vendidas, cedidas, demolidas, permutadas o rematadas. |
| b) Por el costo de los construcciones y edificaciones construidas por el ente económico o por cuenta de él; | |
| c) Por el valor de las adiciones, reparaciones, mejoras y otros cargos capitalizables; | |
| d) Por el valor convenio o determinado mediante avalúo técnico de las construcciones y edificaciones recibidas por cesión, donación o aporte; | |
| e) Por el costo de las construcciones y edificaciones por traslado de la cuenta 1508 Construcciones en Curso; | |
| f) Por el costo de la participación correspondiente en las construcciones y edificaciones adquiridas o construidas en condominio. | |
| g) Por el traslado de la subcuenta 134005 - De Bienes Raíces; | |
| h) Por el valor del ajuste por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el costo histórico de la maquinaría y equipo adquirida por el ente económico.
El costo también incluye la diferencia en cambio causada hasta que se encuentre en condiciones de utilización, originada por obligaciones en moneda extranjera contraídas para su adquisición
El valor de la maquinaría y equipo recibidos en cambio o permuta se deteminará por avalúo técnico y el del aportado por los accionistas o socios se debe registrar por el valor convenido por éstos o aprobado por las entidades de control, según el caso,
La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de Ingresos (Gastos) No Operacionales.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITO |
|---|---|
| a) Por el costo histórico; | a) Por el costo registrado en libros del bien vendido; |
| b) Por el valor de las mejoras y otros cargos capitalizables que representen un mayor valor del activo; | b) Por el valor en libros de la maquinaria y equipo retirados o dados de baja por pérdida, cesión, desmantelamiento, sustracción o destrucción |
| c) Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de la maquinaría y equipo por cesión, donación o aporte; | |
| d) Por el traslado de la subcuenta 134010 - De maquinaria y equipo; | |
| e) Por el traslado de la subcuenta 151205 -Maquinaria y equipo; | |
| f) Por el valor del ajuste por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
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DESCRIPCION
Registra el costo histórico del equipo mobiliario, mecánico y electrónico de propiedad del ente económico, utilizado para el desarrollo de sus operaciones
La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de Ingresos (Gastos) No Operacionales
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el costo histórico de los muebles y enseres, así como del equipo electrónico; | a) Por el costo en libros del equipo dado de baja por pérdida, robo, caso fortuito o fuerza mayor o por venta |
| b) Por el costo histórico de las máquinas y muebles de oficina entregados por el almacén a las respectivas dependencias; | |
| c) Por el traslado de la subcuenta 151210 - Equipo de oficina; | |
| d) Por el valor de las mejoras y otros cargos capitalizables que representen un mayor valor del activo; | |
| e) Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico del equipo de oficina recibido por cesión, donación o aporte; | |
| f) Por el valor del ajuste por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el costo histórico del equipo de c(imputo y comunicación adquiridos por el ente económico para el desarrollo de sus planes o actividades de sistematización y/o comunicación.
La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de Ingresos (Gastos) No Operacionales.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el costo histórico del equipo de computación y comunicación; | a) Por el costo total del bien por venta retiro o donación del mismo; |
| b) Por el valor de las mejoras y otros cargos capitalizables que representen un mayor valor del activo; | b) Por devolución de equipos o parte de ellos a los proveedores. |
| c) Por el ajuste por diferencia en cambio de los bienes importados mientras éstos no se encuentren en condiciones de utilización; | |
| d) Por los intereses, corrección monetaria proveniente del UPAC y otros cargos a que hubiere lugar, mientras el activo entra en funcionamiento; | |
| e) Por el traslado de la Subcuenta 151215 - Equipo de computación y comunicación; | |
| f) Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico del equipo recibido por cesión, donación o aporte; | |
| g) Por el valor del ajuste por inflación, | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el costo histórico de los equipos y elementos médico-científicos cuya vida útil exceda de un año, adquiridos por el ente económico.
La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en las cuentas de Ingresos (Gastos) No Operacionales
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el costo histórico del equipo médico-científico; | a) Por el costo en libros de los equipos vendidos, cedidos, permutados, rematados o dados de baja por pérdida, sustracción, destrucción u obsolescencia |
| b) Por el valor de equipo médico-científico importado, según los costos determinados en la respectiva liquidación de la importación. | |
| c) Por el costo acumulado de las órdenes de trabajo capitalizables por montaje de equipo o para la reparación de los mismos; | |
| d) Por el valor convenido o el determinado mediante avalúo técnico del equipo médico-cientifico recibidos por cesión, donació o aporte. | |
| e) Por el traslado de la Subcuenta 151220 - Equipo médico-cientifico; | |
| f) Por el valor del ajuste por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra los costos en que incurre el ente económico en la adquisición e instalación de los equipos para hoteles y restaurantes para ser utilizados en desarrollo de sus actividades.
La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de Ingresos (Gastos) No Operacionales.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el costo histórico; | a) Por el costo de los equipos vendidos; |
| b) Por otros cargos capitalizables originados en obligaciones para su adquisición; | b) Por el costo de los equipos dados de baja por cesión, perdida o destrucción. |
| c) Por el valor incurrido en mejoras o adiciones capitalizables; | |
| d) Por el traslado de la Subcuenta 151225. Equipo de hoteles y restaurantes; | |
| e) Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico del equipo recibido por cesión, donación o aporte; | |
| f) Por el valor del ajuste por inflación; | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el costo histórico de las unidades de transporte. equipos de movilización y maquinaria de propiedad del ente económico destinados al transporte de pasajeros y de carga para el desarrollo de sus actividades La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de Ingresos (Gastos) No operacionales.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el costo histórico; | a) Por el costo en libros del equipo vendido; |
| b) Por otros cargos capitalizables originados en obligaciones para su adquisición del equipo; | b) Por el costo en libros del equipo dado de baja por cesión, desmantelamiento; pérdida o destrucción. |
| c) Por el valor de las mejoras o adiciones capitalizables; | |
| d) Por el traslado de la Subcuenta 134015 - De flota y equipo de transpone; | |
| e) Por el traslado de la Subcuenta 151230 - Flota y equipo de transporte; | |
| f) Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de la flota y equipo recibido por cesión, donación o aporte; | |
| g) Por el valor del ajuste por inflación, | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el costo histórico de los equipos flotantes de propiedad del ente económico para el desarrollo de sus actividades.
La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de Ingresos (Gastos) No operacionales
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el costo histórico; | |
| a) Por el costo en libros en caso de cesión, venta o retiro del respectivo bien | |
| b) Por el valor de las reparaciones o mejoras capitalizables; | |
| c) Por el traslado de la Subcuenta 134030 - De ilota y equipo fluvial y/o marítimo; | |
| d) Por el traslado de la Subcuenta 151235 -Flota y equipo fluvial y/o marítimo; | |
| e) Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de la ilota y equipo recibidos por cesión, donación o aporte; | |
| f) Por el valor del ajuste por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el costo histórico de los aviones, hidroaviones, planeadores, helicópteros y otros equipos similares, adquiridos por el ente económico para el desarrollo de sus actividades
La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de Ingresos (Gastos) No Operacionales
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el costo histórico de los aviones, hidroaviones, helicópteros y otros equipos similares; | a) Por el costo en libros en caso de ventas; |
| b) Por el costo de las reparaciones mayores, adiciones y mejoras capitalizables; | b) Por el costo en libros, en caso de retiro del equipo por cualquier causa. |
| c) Por el costo de nacionalización; | |
| d) Por el traslado de saldos de la Subcuenta 134020 - De flota y equipo aéreo; | |
| e) Por el traslado de la Subcuenta 151240 - Flota y equipo aéreo; | |
| f) Por la diferencia en cambio sobre obligaciones en moneda extranjera, contraídas para la adquisición del equipo de vuelo; | |
| g) Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de la flota y equipo recibidos por cesión, donación y aporte; | |
| h) Por el valor del ajuste por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra los costos en que incurre el ente económico en la adquisición e instalación de los equipos férreos para ser utilizados en desarrollo de sus actividades,
La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de Ingresos (Gastos) No Operacionales,
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a) Por el costo histórico; | a) Por el costo en libros de la flota y equipo vendidos; |
| b) Por otros cargos capitalizables originados en obligaciones para su adquisición; | b) Por el costo en libros de la flota y equipo dados de baja por cesión, desmantelamiento. pérdida o destrucción, |
| c) Por el valor incurrido en mejoras o adiciones capitalizables; | |
| d) Por el traslado de la Subcuenta 134025 - De flota y equipo férreo; | |
| e) Por el traslado de la Subcuenta 151245 - Flota y equipo férreo; | |
| f) Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de la flora y equipo recibidos por cesión, donación o aporte; | |
| g) Par el valor del ajuste por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el costo incurrió por el ente económico en la adquisición o construcción de acueductos, plantas y redes necesarios en la actividad del objeto social.
La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de Ingresos (Gastos) No Operacionales.
DINAMICA
| DEBITO | CREDITO |
|---|---|
| a) Por costo histórico de los bienes que la integran y de aquellos que se hayan capitalizado para la planta; | a) Por el costo en libros de los bienes que se dan de baja, por obsolescencia, venta y otros conceptos. |
| b) Por el valor de las adquisiciones directas que se efectúen; | |
| c) Por el valor del traslado de la Subcuenta 150810 - Acueductos, plantas y redes; | |
| d) Por el valor convenido o el avalúo técnico de los bienes que se reciban en calidad de donación, cesión, aporte u otra causa; | |
| e) Por el costo histórico de los terrenos, estructuras, equipo de estación, torres y accesorios, postes y accesorios, conductores aéreos y accesorios, conducción subterránea y conductores subterráneos, aparatos y demás elementos y equipos que integran las plantas de transmisión y subestaciones de energía eléctrica, para el caso de las plantas de transmisión y subestaciones; | |
| f) Por el costo total de las plantas de transmisión de energía eléctrica construidas o instaladas por el ente económico o por cuenta de él; | |
| g) por el costo de las adiciones, reparaciones y mejoras hechas a las instalaciones, máquinas, equipos y elementos que integran la planta de transmisión; | |
| h) Por el valor de los ajustes por inflación, | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra los costos amortizables en que incurre el ente económico en los procesos de preparación de terrenos, siembra y desarrollo que corresponden a los períodos pre-productivo y productivo de aquellas plantaciones agrícolas y forestales cuya vida útil es superior a dos años, en el cual se generan varias cosechas
La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de ingresos (Gastos) No Operaciones.
DINAMICA
PARA CULTIVOS EN DESARROLLO
| DEBITO | CREDITO |
|---|---|
| a Por el costo de adecuación y preparación de los terrenos, | a. Por el valor del costo de los cultivos que entran en producción, |
| b Por el costo de las semillas o materia vegetal, | |
| c. Por la mano de obra directa utilizada | |
| d Por los costos indirectos incurridos en los cultivos | |
| e. Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de las plantaciones recibidas por cesión, donación o aporte, | |
| f. Por el valor del ajuste por inflación. |
PARA CULTIVOS AMORTIZABLES
| DEBITO | CREDITO |
|---|---|
| a. Por el costo de los activos que entran en período productivo. | a. Por el cruce con la subcuenta 159705 -Plantaciones Agrícolas y Forestales, por la culminación de la respectiva amortización. |
| b. Por el valor del ajuste por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
| --- | --- |
DESCRIPCION
Registra el costo incurrido por el ente económico en el diseño y construcción, entre otros de vías, caminos, carreteras, puentes, aeródromos, en sus propios predios directamente o por intermedio de terceros.
La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de Ingresos (Gastos) No operacionales.
DINAMICA
| DEBITO | CREDITO |
|---|---|
| a. Por el costo de los derechos así como las indemnizaciones y reclamos cancelados en su construcción. | a. Por el costo de las vías de comunicación cedidas o vendidas por el ente económico. |
| b. Por el costo de los estudios, confección de presupuestos, elaboración de planos, materiales, mano de obra y demás gastos causados por las obras adelantadas por el ente económico. | b. Por el costo de las vías dadas de baja por destrucción |
| c. Por el costo de las adiciones, reparaciones o mejoras capitalizables | |
| d. Por el costo de los traslados de la subcuenta 150815 Vías de Comunicación. | |
| e. Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de las vías recibidas por cesión, donación o aporte | |
| f. Por el valor del ajuste por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
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DESCRIPCION
Registra los costos en que incurre el ente económico en la adquisición de los terrenos, instalaciones y montajes necesarios para la explotación de minas y canteras
Los costos incurrido hasta hacer apta la mina para su explotación serán capitalizables.
La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de Ingresos (Gastos) No Operacionales.
DINAMICA
| DEBITO | CREDITO |
|---|---|
| a. Por el costo histórico de la respectiva mina o cantera | a. Por el costo de las minas o canteras vendidas. |
| b. Por el costo de las adiciones o mejoras capitalizables. | b. Por el valor de retiro de la mina o cantera cuando ha terminado su vida útil. |
| c. Por el valor acumulado de los costos incurridos en los desarrollos mineros o de canteras, hasta hacerlos aptos para . explotación, | |
| d. Por el valor convenido o determinado mediante el avalúo técnico de las minas y canteras recibidas por cesión, donación o aporte. | |
| e Por el valor del ajuste por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
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DESCRIPCION
Registra los costos y gastos incurridos por concepto de la adquisición, construcción directa o a través de contratistas o en forma combinada de las perforaciones realizadas por el ente económico necesarias en la actividad del objeto social.
La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de Ingresos (Gastos) No operacionales.
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a. Por el costo acumulado en la construcción | a Por el costo en libros de los activos retirados por venta o cesión, |
| b. Por el costo de las adiciones, reparaciones o mejoras capitalizable. | |
| c. Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de los pozos recibidos por cesión, donación o aporte. | |
| d. Por el valor del ajuste por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
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DESCRIPCION
Registra el costo de los semovientes que posee el ente económico para el mejoramiento de razas, así como los destinados al servicio de las diferentes actividades productoras
La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de Ingresos (Gastos) No operacionales
DINAMICA
| DEBITOS | CREDITOS |
|---|---|
| a. Por el costo histórico de los diferentes semovientes | a. Por el costo en libros del semoviente vendido o donado, |
| b. Por el valor convenido o del avalúo comercial de los semovientes recibidos como donación. | b. Por el valor en libros cuando se dé de baja por muerte, robo o pérdida del semoviente |
| c. Por el valor de los costos y gastos capitalizables de conformidad con las normas legales | |
| d. Por el traslado de la subcuenta 134035-De Semovientes | |
| e. Por el valor del ajuste por inflación. | |
| CLASE 1. ACTIVO | GRUPO 15 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO |
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DESCRIPCION
Registra el monto de la depreciación calculada por el ente económico sobre la base del costo ajustado por inflación.
Se consideran bienes depreciables las propiedades, planta y equipo tangibles con excepción de los terrenos, las construcciones e importaciones en curso y la maquinaria en montaje
En todo inmueble, se debe desagregar contablemente previo concepto de perito avaluador cuando sea el caso, el importe atribuible al terreno y a la construcción
La depreciación debe basase en la vida útil estimada del bien Para la fijación de ésta es necesario considera el deterioro por el uso y la acción de factores naturales, así como la obsolescencia por avances tecnológicos o por cambios en la demanda de los bienes producidos o de los servicios prestados, La vida útil podrá fijarse con base en conceptos o tablas de depreciación de reconocido valor técnico
Cuando se adquiera un bien que hay estado en uso y por lo tanto hay sido total o parcialmente depreciado, el ente económico deberá depreciarlo, teniendo en cuenta la vida útil restante
El valor de las Propiedades, Planta y Equipo que tienen vida útil limitada debe distribuirse como una forma de medir la expiración de éste, mediante el registro sistemático de su depreciación, durante su vida útil o el período estimado en que dichos activos generan ingresos Con tal fin, deberá observarse lo siguiente:
a. El costo ajustado por inflación es la base para la depreciación de las Propiedades, Planta y Equipo y cuando sea significativo de este monto se debe restar el valor residual técnicamente determinada
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