Por el cual se aprueba la estructura orgánica y las funciones de las dependencias de la Corporación Autónoma Regional del Cauca, CVC
- h) Programar ejecutar y controlar el presupuesto de gastos para adelantar la operación y el mantenimiento;
Desarrollar y coordinar programas de capacitación para el personal técnico a su cargo:
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS AL CONSUMIDOR.
Artículo 59. Son funciones de la Sección de Administración y Servicios al Consumidor las siguientes:
- a) Atender permanente y oportunamente las reclamaciones y solicitudes de los usuarios del servicio de energía eléctrica en la zona de jurisdicción de la CVC;
- b) Responder por la facturación y cobro del servicio de energía prestado por la CVC a sus usuarios;
- c) Mantener contacto permanente con las autoridades municipales y otras instituciones con el fin de prestar un servicio óptimo de energía a la comunidad;
- d) Velar por una administración eficiente de los recursos recaudados a través de las distintas oficinas de atención al usuario;
- e) Llevar la contabilidad de las distribuidoras de energía;
- f) Desarrollar y coordinar programas de capacitación para el personal técnico a su cargo;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCIONAL DE TRANSMISION PRIMARIA
Artículo 60. Son funciones de la Sección de Transmisión Primaria, las siguientes:
- a) Velar por la adecuada operación de las Subestaciones y Líneas de Transmisión con tensión de 220.000 voltios y 115.000 voltios del sistema CVC;
- b) Adelantar las labores de mantenimiento preventivo y correctivo en dichas instalaciones;
- c) Programar ejecutar y controlar el presupuesto de gastos para adelantar la operación y el mantenimiento;
- d) Desarrollar y coordinar programas de capacitación para el personal técnico a su cargo;
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
DIVISION DE OPERACION DE CENTRALES
Artículo 61. Son funciones de la División de Operación de Centrales, las siguientes:
- a) Dirigir y controlar la operación técnica y el mantenimiento correctivo y preventivo de las centrales de generación de la CVC;
- b) Coordinar con otras entidades del sector eléctrico, la programación de generación y su mantenimiento;
- c) Propender por el desarrollo e investigación del mantenimiento de centrales de generación eléctrica y sistemas asociados buscando mejorar procedimientos que minimicen tiempos y costos;
- d) Preparar el presupuesto de ingresos y egresos por intercambio de energía con otras entidades del sector y realizar la facturación mensual correspondiente conjuntamente con la División de Operaciones Eléctricas;
- e) Determinar la necesidad de adquisición de los materiales insumos y equipos requeridos para adelantar la adecuada operación y el mantenimiento de las centrales de generación eléctrica de la CVC;
- f) Determinar la necesidad de los seguros requeridos para el amparo de las plantas y sus equipos anexos;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE MANTENIMIENTOS ESPECIALES
Artículo 62. Son funciones de la Sección de Mantenimientos Especiales las siguientes:
- a) Asesorar a las centrales de generación de energía en su operación y la implementación de los programas de mantenimiento preventivo;
- b) Atender la programación y control de las actividades técnicas especiales respecto a mantenimiento preventivo y correctivo de los equipas instalados en las centrales de generación a cargo de la CVC optimizando los equipos de pruebas y el control de existencias mínimas de repuestos;
- c) Desarrollar la investigación técnica de mantenimiento pertinente a centrales hidráulicas de la CVC, que conlleven la minimización de tiempos y costos;
- d) Efectuar estudios tendientes a la actualización permanente y especialización en las áreas de mantenimiento particularmente en equipos que incluyan nuevas tecnologías;
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION PLANTA DE SALVAJINA
Artículo 63. Son funciones de la Sección Planta de Salvajina, las siguientes:
- a) Efectuar la operación y el mantenimiento preventivo en las obras civiles y equipos electro - mecánicos instalados en la central;
- b) Programar y tramitar la adquisición de materiales y equipos necesarios para adelantar la adecuada operación y mantenimiento de la central;
- c) Velar por el manejo eficiente y ordenado del campamento de San Miguel y sus instalaciones administrativas;
- d) Desarrollar y coordinar programas de capacitación y seguridad industrial para el personal técnico a su cargo;
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION PLANTA ALTO ANCHICAYA
Artículo 64. Son funciones de la Sección Planta Alto Anchicayá las siguientes:
- a) Adelantar la operación y el mantenimiento preventivo en las obras civiles y equipos electro-mecánicos instalados en la central;
- b) Programar y tramitar la adquisición de materiales y equipos necesarios para adelantar la adecuada operación y mantenimiento de la central;
- c) Velar por el manejo eficiente y ordenado del campamento de Yatacué y sus instalaciones administrativas;
- d) Desarrollar y coordinar programas de capacitación y seguridad industrial para el personal técnico a su cargo;
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SUBDIRECCION TECNICA
Artículo 65. Son funciones de la Subdirección Técnica las siguientes:
- a) Dirigir, programar y coordinar las actividades relacionadas con estudios especificaciones presupuestos interventoría y contratación de la construcción de obras de ingeniería en las áreas de generación eléctrica control de riesgo drenaje y todo tipo de obras civiles que adelante la Corporación;
- b) Fijar criterios y normas técnicas para los concursos de méritos estudios, diseños interventorías y preparar pliegos de licitación de obras y adquisición de materiales y equipos que se requieran en la ejecución de las mismas;
- c) Analizar las diferentes propuestas de concursos de méritos o licitaciones presentadas para estudios diseños interventorías y construcciones;
- d) Seleccionar las alternativas óptimas de implementación de proyectos de obras civiles programar instalar vigilar y operar las redes sismológicas hidrológicas meteorológicas y climatológicas necesarias para los estudios y diseños de las obras de ingeniería;
- e) Orientar los estudios para municipios y entidades oficiales relacionadas con la construcción operación y mantenimiento de obras control de inundaciones riego y drenaje en áreas de jurisdicción de la entidad;
- f) Dirigir las actividades encaminadas a la ejecución de los levantamientos topográficos estudios de suelos exploraciones del subsuelo, estudios hidrológicos, sedimentológicos sismológicos y de hidráulica fluvial necesarios para el estudio diseño elaboración de planos especificaciones y preparación de pliegos para la ejecución de proyectos o estudios requeridos para las diferentes dependencias de la Corporación;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
DIVISION DE ESTUDIOS TECNICOS
Artículo 66. Son funciones de la División de Estudios Técnicos, las siguientes:
- a) Coordinar la elaboración de estudios diseños, especificaciones presupuestos de proyectos para el control de inundaciones riego drenaje aprovechamiento hidroeléctrico control de la erosión al igual que estudios morfológicos sedimentológicos hidroelimatológicos y sismológicos y otros que se requieran para efectuar y operar las obras o proyectos que adelante la Corporación;
- b) Preparar términos de referencia de los concursos de méritos para los estudios y diseños de proyectos de ingeniería civil que adelante la Corporación;
- c) Estudiar evaluar y emitir los conceptos sobre las propuestas presentadas en los concursos de mérito o licitaciones de estudios y diseños de obras civiles o afines y presentar los resultados respectivos;
- d) Prestar la asesoría necesaria que demanden los estudios de diseño de ingeniería civil adelantados por otras dependencias de la Corporación;
- e) Adelantar la ejecución de estudios técnicos necesarios para conceptuar sobre la explotación de fuentes de materiales de los cauces naturales construcción de vías u otras obras civiles que puedan alterar las condiciones de equilibrio existentes en las cuencas ubicadas en el área de jurisdicción de la CVC;
- f) Coordinar todo el funcionamiento de convenios entre la Corporación y entidades públicas o privadas de servicios similares;
- g) Coordinar la realización de los estudios trabajos de campo necesarios para el control y operación de los embalses existentes y futuros de la región;
- h) Presentar estudios de ingeniería orientados a la implementación de políticas de planeación del recurso agua en la cuenta alta del Río Cauca;
- i) Verificar la interventoría técnica y administrativa de los estudios y diseños de ingeniería civil que adelante la Corporación;
- j) Asesorar y ejecutar programas relacionados con el procesamiento de información básica planeamiento diseño y operación de obras civiles;
- k) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE ESTUDIOS ESPECIALES
Artículo 67. Son funciones de la Sección de Estudios Especiales, las siguientes:
- a) Ejecutar e implementar modelos hidrológicos sedimentológicos morfológicos hidráulicos matemáticos físicos y otros que se requieren para el estudio y solución a problemas de ingeniería hidráulica en proyectos que adelante la Corporación;
- b) Desarrollar estudios tendientes a identificar y planear los aprovechamientos hidroenergéticos;
- c) Elaborar y ejecutar los estudios y diseños de obras de control de erosión en cuencas hidrográficas de dotación de aguas en pequeñas comunidades urbanas y de control de inundaciones y drenajes de zonas pobladas;
- d) Elaborar las memorias técnicas propuestas y especificaciones de las obras o proyectos de la Corporación;
- e) Supervisar la ejecución de estudios de prefactibilidad, diseño y preparación de documentos de licitación de desarrollos hidroenergéticos o aprovechamiento de recursos hidráulicos;
- f) preparar términos de referencia para concursos de méritos en estudios de prefactibilidad y factibilidad de proyectos de generación hidroeléctrica analizar las propuestas y recomendar las adjudicaciones de los contratos respectivos de acuerdo con las normas y especificaciones estipuladas por la Corporación;
- g) Informar y sustentar a los usuarios y a la comunidad en general los programas que en el campo de los proyectos hidroeléctricos control de erosión. estabilización de cauces y obras de regulación adelante la Corporación;
- h) Prestar asistencia técnica a dependencias de la Corporación en la realización de estudios de obras especiales;
- i) Operar la red hidrometeorológica de alertas en el proyecto de regulación del Río Cauca;
- j) Efectuar los estudios necesarios para conceptuar sobre la explotación de fuentes de materiales en los cauces naturales, construcción de vías u otras obras civiles que puedan alterar las condiciones de equilibrio existentes en las cuencas;
- k) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE ADECUACION DE TIERRAS
Artículo 68. Son funciones de la Sección de Adecuación de Tierras las siguientes:
- a) Diseñar proyectos de protección contra inundaciones drenaje primario y riego en la zona de jurisdicción de la Corporación así como otras obras relacionadas con las adecuaciones primarias;
- b) Elaborar planes y memorias de cálculo de cada uno de los proyectos de adecuación de tierras que se realicen;
- c) Preparar las especificaciones técnicas y presupuestos para la construcción de los proyectos en general y supervisar aquellas especificaciones que deban darse para cada proyecto en particular;
- d) Realizar estudios tendientes a utilizar metodologías fáciles de aplicar para la elaboración de los diseños;
- e) Efectuar la revisión técnica de proyectos presentados para terceros a la Corporación;
- f) Prestar asistencia técnica durante la construcción operación y mantenimiento de las obras diseñadas por la Corporación y asesorar en lo pertinente a municipios o entidades oficiales;
- g) Explicar y sustentar ante asociaciones o comunidades de beneficiados el diseño final las alternativas consideradas y las ventajas y desventajas de la solución escogida en obras a realizar por la Corporación;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE HIDROCLIMATOLOGIA
Artículo 69. Son funciones de la Secciona de Hidroclimatología las siguientes:
- a) Diseñar redes hidrológicas, climatológicas y fluviométricas para los diferentes proyectos de desarrollo de la Corporación;
- b) Supervisar la instalación operación y mantenimiento de la red hidroclimatológica de la Corporación;
- c) Elaborar las evaluaciones y procesamientos de datos de tipo hidroclimatológico para estudios o proyectos específicos de la Corporación (análisis de lluvias caudales temperaturas y demás);
- d) Capacitar al personal de campo para obtener una adecuada operación de equipos y ejecución de mediciones de tipo hidrométrico climatológico y de sedimentos;
- e) Preparar informes o documentos técnicos relativos a la información hidroclimatológica obtenida;
- f) Manejar todo el funcionamiento de los convenios establecidos entre la Corporación y otras entidades oficiales relacionadas con la materia;
- g) Efectuar cálculos y diseños hidrometeorológicos necesarias para proyectos de desarrollo hidroeléctrico y de adecuación de tierras;
- h) Elaborar el pronóstico cualitativo vía satélite del estado del tiempo para operación de los proyectos hidroeléctricos a cargo de la CVC;
- i) Mantener la red hidrometeorológica de alertas en el tiempo real del proyecto de regulación del Río Cauca;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
DIVISION DE INGENIERIA CIVIL
Artículo 70. Son funciones de la División de Ingeniería Civil las siguientes:
- a) Coordinar dirigir y administrar las actividades relacionadas con estudios de suelos y fundaciones, levantamientos topográficos interventorias y elaboración de planos;
- b) Mantener actualizado el registro de contratistas de la Corporación.
- c) Mantener actualizado el banco de precios unitarios que sirvan de fuentes de información para el presupuesto de las obras civiles que elaboran las distintas dependencias de la Corporación;
- d) Dirigir y coordinar la preparación de pliegos de licitación para las obras de ingeniería civil que contrate la Corporación.
- e) Intervenir en el proceso de análisis de las propuestas presentadas para las diferentes licitaciones y recomendar a la Junta de Licitaciones la más conveniente con base en el análisis económico y técnico;
- f) Manejar y controlar los registros de la instrumentación de Centrales Hidroeléctricas;
- g) Preparar normas y especificaciones de construcción de las obras civiles que se presenten para la ejecución o supervisión de la Corporación;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE INTERVENTORIA Y NORMAS TECNICAS
Artículo 71. Son funciones de la Sección de Interventoría y Normas Técnicas las siguientes:
- a) Ejecutar la interventoría en las obras de adecuación de tierras relacionadas con los proyectos de regulación de los ríos de la jurisdicción obras civiles que hagan parte de los proyectos que adelanten otras dependencias de la Corporación y obras civiles para subestaciones y líneas del sistema eléctrico CVC y asociados;
- b) Ejecutar diseños estructurales correspondientes a obras de Ingeniería Civil;
- c) Preparar y revisar pliegos de cotizaciones licitaciones y presupuestos para construcción de obras civiles;
- d) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE GEOTECNIA.
Artículo 72. Son funciones de la Sección de Geotecnia las siguientes:
- a) Realizar las exploraciones del subsuelo y de acuerdo con sus resultados y análisis de laboratorio diseñar y dar recomendaciones para las fundaciones de obras civiles que adelante la Corporación;
- b) Efectuar los ensayos de campo y laboratorio para identificar las características físicas y el comportamiento del material del subsuelo;
- c) Controlar la calidad de los materiales utilizados en las diferentes obras tales como agregados cemento y material para relleno;
- d) Hacer las lecturas de instrumentación e inspección geotécnica de las centrales hidroeléctricas;
- e) Prestar asesoría en la solución de problemas de tipo geotécnico que se presenten en la realización de estudios o proyectos adelantados por otras dependencias de la Corporación;
- f) Revisar los estudios de suelos y fundaciones para la realización de obras civiles que adelanten firmas consultoras para la Corporación;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE TOPOGRAFIA
Artículo 73. Son funciones de la Sección de Topografía las siguientes:
- a) Efectuar los levantamientos topográficos que se requieran para los diferentes proyectos y trabajos de ingeniería;
- b) Adelantar mediciones y nivelaciones de precisión así como líneas de reconocimiento;
- c) Supervisar y aprobar trabajos topográficos realizados por terceros para la Corporación;
- d) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE DIBUJO
Artículo 74. Son funciones de la Sección de Dibujo las siguientes:
- a) Elaborar planos topográficos estructurales arquitectónicos y de ingeniería en general tales como sesiones transversales, plantas y perfiles ampliaciones y reducciones pantográficas planimetrías y foto-interpretaciones;
- b) Efectuar el levantamiento de textos diagramación fotomecánica impresión y encuadernación de publicaciones periódicas y extraordinarias de la CVC;
- c) Analizar diseños y elaborar artes finales para carátulas afiches, folletos plegables calendarios y demás impresos para divulgación de los programas de la entidad;
Preparar artes para diapositivas de audiovisuales sonovisos y conferencias presentadas por la corporación pancartas y gráficos;
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
DIVISION DE CONSTRUCCION DE OBRAS ESPECIALES
Artículo 75. Son funciones de la División de Construcción de Obras especiales las siguientes:
- a) Dirigir administrar y supervisar la ejecución de las grandes obras de ingeniería civil tales como centrales hidroeléctricas presas y embalses de regulación para crecientes que requiera ejecutar la CVC en el cumplimiento de las funciones;
- b) Realizar y controlar la interventoría de las grandes obras de ingeniería para que éstas se efectúen de acuerdo con las especificaciones y las normas técnicas definidas en cada uno de los contratos;
- c) Determinar las necesidades de adquisición de equipos elementos y materiales que se requieran para la construcción de obras;
- d) Elaborar programas de construcción actualizar presupuesto y preparar informes de la ejecución de las obras a su cargo;
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE PROGRAMACION DE OBRAS
Artículo 76. Son funciones de la Sección de Programación de Obras las siguientes:
- a) Elaborar revisar y actualizar los programas de la obra en estrecha coordinación con la interventoría;
- b) Sugerir estrategias para recuperación de tiempo cuando algún frente de trabajo presente atraso en su ejecución;
- c) Elaborar los informes periodísticos sobre el avance de las obras cumplimiento del programa e inversiones realizadas;
- d) Mantener debidamente actualizada la información sobre invensiones hechas y la proyección de las futuras hasta la terminación de las obras;
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE ADMINISTRACIÓN DE OBRAS
Artículo 77. Son funciones de la Sección de Administración de Obras las siguientes:
- a) Distribuir y mantener el parque automotor entre los diferentes grupos dedicados a las obras procurando satisfacer todas las necesidades con una óptima utilización del recurso;
- b) Hacer los pedidos de elementos indispensables para el buen funcionamiento de la dependencia;
- c) Contratar y dirigir las obras accesorias diferentes a las supervisadas por la interventoría que se requieran en su proyecto;
- d) Velar por el mantenimiento del servicio del fluido eléctrico comunicaciones telefónicas y radiales y acueducto solicitando la asistencia técnica requerida si es del caso;
- e) Atender y solucionar los problemas ocasionados por las obras a particulares de su zona de influencia;
- f) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE CONTROL DE OBRAS ESPECIALES
Artículo 78. Son funciones de la Sección de Control de Obras Especiales las siguientes:
- a) Supervisar que los contratistas ejecuten los trabajos de acuerdo con los planes normas y especificaciones técnicas establecidas en los contratos; estudiar y aprobar las solicitudes de cambios de los mismos siempre y cuando tengan la finalidad principal de facilitar el buen desarrollo de los trabajos sin perjudicar el funcionamiento de las obras y efectuar el control de las obras especiales que vaya ejecutando la CVC;
- b) Comprobar la bondad de las obras en todos sus aspectos y aprobar para efectuar los pagos las actas de entrega y recibos parciales y las actas finales de terminación de las obras;
- c) Presentar informes periódicos sobre avance de las obras y cumplimiento de los programas de construcción;
- d) Ejecutar todas las funciones inherentes al ejercicio de los derechos que los contratos le conceden a la CVC y que ésta le asigne a la Sección de Control;
- e) Elaborar los informes técnicos sobre la forma como quedan construidas las obras;
- f) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SUBDIRECCION DEL PLAN DE DESARROLLO INTEGRAL DE LA COSTA PACIFICA PLADEICOP".
Artículo 79. Son funciones de la Subdirección del Plan de Desarrollo Integral de la Costa Pacífica Pladeicop, las siguientes:
- a) Evaluar las diferentes propuestas de los departamentos costeros sobre necesidades de obras de infraestructura y proponerles alternativas para obtener la solución óptima.
- b) Dirigir la elaboración de estudios técnicos y legales de los programas de saneamiento desarrollo social Y fomento a la producción industrial en las poblaciones de la Costa Pacífica Colombiana;
- c) Coordinar la ejecución de las obras de saneamiento y desarrollo social en las poblaciones costeras que se benefician del Programa de Desarrollo Integral para la Costa Pacífica;
- d) Estudiar conjuntamente con las instituciones oficiales de los Departamentos (Nariño, Cauca, Chocó) criterios para la definición de las metas y políticas a seguir en cuanto a los programas específicos a desarrollar por estos;
- e) Velar por el cabal cumplimiento a los compromisos adquiridos con las entidades crediticias extranjeras y con el Gobierno Nacional;
- f) Coordinar las actividades de diseño adjudicación y construcción de obras de infraestructura a ejecutar;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
DIVISION DE PROGRAMACION Y CONTROL.
Artículo 80. Son funciones de la División de Programación y control las siguientes:
- a) Coordinar las labores de programación control y el manejo financiero de los créditos adquiridos;
- b) Orientar la elaboración de informes requeridos de manejo de los préstamos con destino a organismos internacionales así como la supervisión y control de la ejecución de la programación de las diferentes actividades que se adelanten;
- c) Coordinar la elaboración de los programas a desarrollar de obras de infraestructura en las diferentes poblaciones del Litoral Pacífico;
- d) Coordinar la elaboración de informes requeridos de los avances y metas del Plan para ser presentados por parte de la Dirección a las entidades crediticias y al Gobierno Nacional;
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE PLANEACION Y PROGRAMACION.
Artículo 81. Son funciones de la Sección de Planeación y Programación las siguientes:
- a) Programas obras de acuerdo a los presupuestos asignados y a las necesidades de la región;
- b) Elaborar para su revisión y trámite respectivo los informes semestrales para Planeación Nacional y las entidades crediticias extranjeras sobre el avance y estado
de las abras estados financieros y consolidado de los Programas del Plan Integral para la Costa Pacífica;
- c) Realizar anualmente la programación de los tres planes y mantener actualizado el avance de los mismos;
- d) Preparar para tramitación por parte de la División de Programación y Control los contratos y convenios que se requieran para la realización de las obras y proyectos con entidades oficiales y privadas;
- e) Hacer el control administrativo técnico y legal de los convenios y contratos elaborados por Pladeicop de acuerdo con las normas establecidas;
- f) Revisar las actas parciales y finales de contratos y convenios;
- g) Ejecutar los cuadros de control de los contratos y convenios;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA.
Artículo 82. Son funciones de la Sección de Administración Financiera las siguientes:
- a) Ejecutar vigilar y controlar el presupuesto de ingresos v gastos de inversión así como los estados financieros de cada uno de los planes de desarrollo;
b)Tramitar solicitudes de desembolso para los préstamos internacionales y justificar el uso de sus fondos;
- c) Revisar y tramitar las diversas cuentas de cobro asignándoles sus respectivas fuentes de financiación e imputaciones contables;
- d) Preparar para su trámite las solicitudes de información financiera que requieran algunas instituciones del Estado como el Departamento Nacional de Planeación, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Contraloría General de la República;
- e) Elaborar periódicamente esquemas de inversión a nivel de proyecto con sus respectivas fuentes de financiación para cada uno de los planes de desarrollo;
- f) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
DIVISION DE DESARROLLO SOCIAL.
Artículo 83. Son funciones de la División de Desarrollo Social las siguientes:
- a) Coordinar acciones necesarias en el campo social en concordancia con las otras actividades del Plan;
- b) Evaluar propuestas de proyectos en lo referente a educación salud y mejoramiento institucional y presentar las recomendaciones;
- c) Dirigir las actividades de compra y entrega de materiales y obras didácticas a los municipios costeros;
- d) Prestar asistencia técnica y capacitar a empleados de las entidades del orden municipal en el manejo institucional;
- e) Coordinar con las entidades coejecutoras los programas de educación y salud a desarrollar en las poblaciones del Litoral Pacífico;
- f) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
DIVISION TECNICA.
Artículo 84. Son funciones de la División Técnica las siguientes:
- a) Dirigir la elaboración de estudios y diseños de los proyectos de infraestructura que estén bajo la responsabilidad de la CVC en el Litoral Pacífico;
- b) Orientar la definición de términos de referencia de concursos de méritos para estudio o diseños de las obras a ejecutar en las diferentes poblaciones del Litoral Pacífico;
- c) Coordinar la escogencia entre las propuestas obtenidas en las diferentes concursos de méritos aquella que cumpla con los requisitos exigidas con base en las estudios económicas y técnicos efectuados;
- d) Coordinar la programación y ejecución de obras que estén a cargo de la CVC en el Litoral Pacífico, ya sea en forma directa o contratadas;
- e) Responder por la coordinación y la interventoría de las obras que estén a cargo de otras entidades públicas que hagan parte del Plan Integral de Desarrollo de la Costa Pacífica;
- f) Las demás que le sea asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE ESTUDIOS Y DISEÑOS.
Artículo 85. San funciones de la Sección de Estudios y Diseños las siguientes:
- a) Elaborar los estudios y diseños de los proyectos de infraestructura que estén bajo la responsabilidad de la CVC en el Litoral Pacífico;
- b) Preparar de acuerdo con los criterios definidos los términos de referencia de concursos de méritos para estudios o diseños de las obras a ejecutar;
- c) Mantener actualizadas planos y censos de las poblaciones donde se ejecuta el Plan;
- d) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE INTERVENTORIA
Artículo 86. Son funciones de la Sección de Interventoría, las siguientes:
- a) Elaborar la programación de obras relacionadas con el Plan que estén a cargo de la CVC, ya sea en forma directa o contratadas;
- b) Efectuar la interventoría de las obras que estén a cargo de otras entidades públicas que hagan parte del Plan Integral de Desarrollo para la Costa Pacífica y recibirlas de acuerdo a las especificaciones pactadas en el contrato.
- c) Elaborar actas parciales y finales de los contratos de obras.
- d) Recibir las obras de acuerdo a las condiciones establecidas en el contrato.
- e) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE CONSTRUCCION.
Artículo 87. Son funciones de la Sección de Construcción las siguientes:
- a) Analizar las propuestas presentadas en los diferentes concursos de méritos y presentar recomendaciones de las mejores con base en los estudios económicos y técnicos realizados.
- b) Actualizar y enviar a la División de Programación y Control los precios unitarios de materiales en la zona para mantener el control del presupuesto y costo de obra.
- c) Efectuar aquellas obras del Plan que estén bajo la responsabilidad directa de la CVC.
- d) Las demás que le sean asignadas y correspondan ala naturaleza de la dependencia.
DIVISION DE DESARROLLO ECONOMICO.
Artículo 88. Son funciones de la División de Desarrollo Económico las siguientes:
- a) Coordinar la elaboración y promoción de los proyectos productivos para la Costa Pacífica.
- b) Dirigir la elaboración de estudios de factibilidad de proyectos de infraestructura requeridos en la región de la Costa Pacífica además de los proyectos de fomento a la producción y promocionarlos teniendo en cuenta los recursos disponibles.
- c) Coordinar con otras instituciones el asesoramiento a la pequeña mediana y grande empresa en los aspectos técnicos administrativos y financieros.
- d) Efectuar los contactos con inversionistas futuros y promocionar los proyectos que se identifiquen para beneficio de la zona, previa aprobación de la Subdirección.
- e) Proponer criterios para el desarrollo de las investigaciones estudios socio-económicos y de infraestructura del proyecto a adelantar para la presentación al Gobierno Nacional y a las entidades crediticias y extranjeras por parte de la CVC.
- f) las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE PROYECTOS.
Artículo 89. Son funciones de la Sección de Proyectos, las siguientes:
- a) Elaborar los proyectos socio-económicos requeridos en la Costa Pacífica, al igual que aquellos de infraestructura.
- b) Realizar investigaciones, estudios de factibilidad técnico-económicos en los programas madereros, pesqueros, agroindustriales y mineros de acuerdo a las pautas establecidas por la División de Desarrollo Económico.
- c) Preparar parámetros para la prestación de asesoría técnica, a la grande, mediana y pequeña industria, en los programas madereros, pesqueros, agroindustriales y mineros, a través de las entidades regionales especializadas.
- d) Estudiar, analizar y evaluar los proyectos contemplados dentro de Pladeicop.
- e) Efectuar el seguimiento de cada uno de los proyectos en su diseño y desarrollo.
- f) Elaborar para su trámite, propuestas de recursos financieros para la tramitación y aprobación del Departamento Nacional de Planeación.
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
SECCION DE PROMOCION Y CREDITOS.
Artículo 90. Son funciones de la Sección de Promoción y Créditos, las siguientes:
- a) Adelantar la promoción a nivel regional, de aquellos proyectos socio-económicos identificados en beneficio de la zona de acuerdo a las pautas establecidas.
- b) Proponer manuales de líneas de créditos para el fomento a la industria de acuerdo con el Plan de Desarrollo para la Costa Pacífica.
- c) Efectuar el seguimiento a los convenios firmados sobre el manejo de recursos v asistencia técnica para los proyectos productivos que se financien dentro del programa de fomento a la producción.
- d) Analizar para su tramitación los proyectos presentados para futura solicitud de funcionamiento y presentar recomendaciones de aprobación o rechazo de acuerdo a los beneficios socio-económicos que aportan a la región.
- e) Llevar a cabo un seguimiento de los créditos dadas a los industriales de la zona a través de la entidad crediticia.
- f) Supervisar a la entidad crediticia en el cumplimiento de las políticas establecidas en los convenios sobre manejo de dinero.
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
DIVISION PLAN BUENAVENTURA.
Artículo 91. Son funciones de la División de Plan Buenaventura, las siguientes:
- a) Presentar a la Subdirección del Plan, alternativas de soluciones de vivienda, desarrollo progresivo y autoconstrucción, para las familias de baja mar.
- b) Velar por el cumplimiento técnico, financiero y administrativo de la finalización de las obras que se adelanten con créditos de entidades financieras internacionales y presentar los respectivos informes.
- c) Coordinar y colaborar con la legalización de los títulos de los asentamientos para la reubicación de las familias.
- d) Adecuar y urbanizar lotes con servicios donde serán trasladadas las familias.
- e) Velar por la entrega de obras y bienes al Municipio de Buenaventura o a las entidades que asumen su manejo.
- f) Coordinar con entidades estatales y privadas de vivienda, los programas de construcción y entrega de soluciones habitacionales a la comunidad de Buenaventura.
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
III- ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION
COMITE ASESOR DE LA DIRECCION
Artículo 92. El Comité Asesor de la Dirección esta integrado de la siguiente manera:
- a) El Director Ejecutivo, quien lo presidirá.
- b) El Secretario General.
- c) El Subdirector Administrativo.
- d) El Subdirector de Energía.
- e) El Subdirector de Recursos Naturales.
- f) El Subdirector Técnico.
- g) El Jefe de la Oficina de Planeación
- h) El subdirector de Pladeicop.
Las funciones de la Secretaria del Comité Asesor estarán desempeñadas por el funcionario que designe el Director Ejecutivo.
Artículo 93. Son funciones del Comité Asesor de la Dirección las siguientes:
- a) Asesorar al Director Ejecutivo en el cumplimiento de las normas y funciones de la Corporación, así como en la planeación, organización y evaluación de los programas y proyectos que ésta adelante.
- b) Asesorar al Director Ejecutivo en la interpretación de las políticas planteadas por el Gobierno Nacional. en lo que atañe al área de funcionamiento de la Corporación proponer recomendaciones que permitan la mejor implantación de programas y proyectos de desarrollo regional.
- c) La demás que le sean asignadas y le correspondan como órgano asesor de la Dirección.
JUNTA DE LICITACIONES Y ADQUISICIONES.
Artículo 94. La integración de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones será la siguiente:
- a) El Subdirector Administrativo.
- b) El Subdirector Técnico.
- C) El Subdirector de Energía.
- d) El Subdirector de Recursos Naturales.
- e) El Subdirector de Pladeicop.
- f) El Jefe de la Oficina de Planeación.
- g) El Secretario General.
- h) El Jefe de la Oficina Jurídica.
La Junta estará presidida por el Subdirector Administrativo y en su ausencia, por el Secretario General, las funciones de la Secretaría de la Junta serán desempeñadas por el Jefe de la División de Servicios Generales.
Los integrantes de la Junta podrán designar delegados para que los representen en caso de ausencias ocasionales.
Artículo 95. La Junta de Licitaciones y Adquisiciones como órgano asesor de la Dirección Ejecutiva, tendrá las siguientes funciones:
- a) Evaluar las propuestas presentadas en las licitaciones, adquisiciones y contratos que sean de su competencia y conceptuar acerca de la respectiva adjudicación conforme a las normas vigentes sobre contratación administrativa.
- b) Velar por el estricto cumplimiento de las demás disposiciones legales establecidas en materia de contratación administrativa.
- c) Recomendar al Director Ejecutivo la política general de compras para cada vigencia anual.
- d) Considerar y recomendar la aprobación del Programa General de Compras de la Corporación, con vigencia anual, ciñéndose a la respectiva política general adoptada por el Director Ejecutivo y conforme al reglamento pertinente.
- e) Estudiar y recomendar la adquisición de bienes no incluidos en el Programa General de Compras, cuando su valor no sobrepase el presupuesto aprobado y se trata de bienes sustitutivos o complementarios de los previstos en el programa original.
- f) Examinar los lnformes periódicos sobre la ejecución del presupuesto para la contratación de obras y servicios y adquisición de bienes v rendir un informe al Director Ejecutivo sobre tal ejecución.
- g) Las demás que le sean asignadas conforme a la naturaleza de esta Junta.
COMISION DE PERSONAL.
Artículo 96. La Comisión de Personal estará integrada de acuerdo con las normas legales y vigentes y cumplirá las funciones contempladas en las mismas.
Artículo 97. Toda modificación general o parcial de la estructura orgánica de la CVC debe someterse a estudio y concepto de la Secretaria de Administración Pública de c la Presidencia de la República, previamente a la expedición de los acuerdos respectivos por parte del Consejo Directivo de la Corporación y la posterior aprobación del Gobierno.
Artículo 98. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Cali, a los veintiocho (28) días del mes de junio de mil novecientos ochenta y cinco (1985).
El Presidente,
Jorge Herrera Barona.
La Secretaria,
Rosario Moreno Oliver».
ARTICULO 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 27 de enero de 1986.
BELISARIO BETANCUR
El Jefe Departamento Nacional de Planeación,
Jorge Ospina Sardi.
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