por medio del cual se promulga el "Convenio de Rotterdampara la aplicación del procedimiento de consentimiento fundamentado previo a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional", adoptado en Rotterdam, Reino de los Países Bajos, el 10 de septiembre de 1998

Rango Decreto
Publicación 2011-09-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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Conscientes de la labor realizada por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y la organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación con miras al funcionamiento del procedimiento de consentimiento fundamentado previo establecido en las Directrices de Londres para el intercambio de información acerca de productos químicos objeto de comercio internacional, en su forma enmendada (en adelante denominadas "Directrices de Londres en su forma enmendada") y el Código Internacional de Conducta para la Distribución y Utilización de Plaguicidas, de la FAO (en adelante denominado "Código Internacional de Conducta"),

RESUELVE:

Primero. Declarar EXEQUIBLE el "Convenio de Rotterdam para la aplicación del consentimiento fundamentado previo a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional", hecho en Rotterdam el diez (10) de septiembre de mil novecientos noventa y ocho (1998)".

Segundo. Declarar EXEQUIBLE la Ley 1159 del 20 de septiembre de 2007, aprobatoria del instrumento internacional mencionado en el numeral anterior.

Tercero.COMUNÍQUESE esta decisión al Gobierno Nacional por intermedio de la Secretaría General de la Presidencia de la República, y envíesele copia auténtica de la misma para los efectos constitucionales previstos en el numeral 10 del artículo 241 de la Carta Política.

Cópiese, notifíquese, comuníquese, insértese en la Gaceta de la Corte Constitucional, cúmplase y archívese el expediente.

El Presidente,

Humberto Antonio Sierra Porto.

Jaime Araújo Rentería (con salvamento de voto); Manuel José Cepeda Espinosa (ausente en Comisión); Jaime Córdoba Triviño, Rodrigo Escobar Gil, Mauricio González Cuervo (ausente en Comisión); Marco Gerardo Monroy Cabra, Nilson Pinilla Pinilla, Clara Inés Vargas Hernández, Magistrados.

La Secretaria General,

Martha Victoria Sáchica de Moncaleano.

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