por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación

Rango Decreto
Publicación 2009-09-15
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el artículo 189, numeral 16 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

CAPITULO I

Integración del sector, objetivos y funciones generales

Artículo 1°.Integración del Sector Administrativo de Planeación Nacional. El Sector de Planeación Nacional, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, está integrado por el Departamento Nacional de Planeación, quien tendrá a su cargo la orientación del ejercicio de las funciones de las siguientes entidades adscritas y vinculadas, sin perjuicio de las potestades de decisión que les correspondan, así como de su participación en la formulación de la política, en la elaboración de los programas sectoriales y en la ejecución de los mismos:

Fondo Nacional de Regalías.

Superintendencias con personería jurídica.

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Empresas Industriales y Comerciales del Estado.

Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo, Fonade.

Artículo 2°.Objetivos. El Departamento Nacional de Planeación, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, tiene como objetivos fundamentales la preparación, el seguimiento de la ejecución y la evaluación de resultados de las políticas, planes generales, programas y proyectos del sector público, así como realizar en forma permanente el seguimiento de la economía nacional e internacional y proponer los planes y programas para el desarrollo económico, social y ambiental del país y para el diseño de las políticas en materia de macroestructura del Estado.

Con el Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes, constituye uno de los conductos por medio de los cuales el Presidente de la República ejerce su función de máximo orientador de la planeación nacional.

Artículo 3°. Funciones del Departamento Nacional de Planeación. Son funciones del Departamento Nacional de Planeación, además de las que determina el artículo 59 de la Ley 489 de 1998 y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, las siguientes:
Artículo 4°.Funciones del Departamento Nacional de Planeación relacionadas con el Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes. Son funciones principales del Departamento Nacional de Planeación, en su calidad de Secretaría Técnica del Conpes, las siguientes:

CAPITULO II

Estructura del Departamento y funciones de sus dependencias

Artículo 5°. Estructura. Para el desarrollo de las funciones, el Departamento Nacional de Planeación tendrá la siguiente estructura:

1.1 Oficina Asesora Jurídica.

1.2 Oficina de Informática.

1.3 Dirección de Regalías.

1.3.1 Subdirección de Proyectos de Regalías.

1.3.2 Subdirección de Control y Vigilancia.

1.3.3 Subdirección de Procedimientos Correctivos.

2.1 Subdirección de Crédito.

2.3 Oficina de Control Interno.

2.4 Dirección de Estudios Económicos.

2.4.1 Subdirección de Análisis Fiscal.

2.4.2 Subdirección de Estudios Macroeconómicos.

2.4.3 Subdirección de Estudios Sectoriales y de Regulación.

2.5 Dirección de Desarrollo Territorial Sostenible.

2.5.1 Subdirección de Finanzas Públicas Territoriales.

2.5.2 Subdirección de Ordenamiento y Desarrollo Territorial.

2.6 Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas.

2.6.1 Subdirección de Inversiones para el Desarrollo Social y la Administración General del Estado.

2.6.2 Subdirección de Inversiones para la Infraestructura y la Defensa Nacional.

2.6.3 Subdirección de Proyectos e Información para la Inversión Pública.

2.7 Dirección de Evaluación de Políticas Públicas.

2.8 Dirección de Infraestructura y Energía Sostenible.

2.8.1 Subdirección de Transporte.

2.8.2 Subdirección de Minas y Energía.

2.8.3 Subdirección de Telecomunicaciones.

2.9 Dirección de Desarrollo Social.

2.9.1 Subdirección de Educación.

2.9.2 Subdirección de Salud.

2.9.3 Subdirección de Empleo y Seguridad Social.

2.9.4 Subdirección de Promoción Social y Calidad de Vida.

2.10 Dirección de Desarrollo Rural Sostenible.

2.10.1 Subdirección de Producción y Desarrollo Rural.

2.10.2 Subdirección de Comercialización y Financiamiento Agropecuario Rural.

2.11 Dirección de Justicia, Seguridad y Gobierno.

2.11.1 Subdirección de Seguridad y Defensa.

2.11.2 Subdirección de Justicia y Gobierno.

2.12 Dirección de Desarrollo Empresarial.

2.12.1 Subdirección de Política Industrial y Comercial.

2.13 Dirección de Desarrollo Urbano.

2.13.1 Subdirección de Vivienda y Desarrollo Urbano.

2.13.2 Subdirección de Agua y Saneamiento.

3.1 Subdirección Financiera.

3.2 Subdirección de Recursos Humanos.

3.3 Subdirección Administrativa.

ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION

Artículo 6°.Dirección. La Dirección del Departamento Nacional de Planeación estará a cargo del Director General, quien la ejercerá con la inmediata colaboración del Subdirector General del Departamento.
Artículo 7°.Funciones del Despacho del Director General. Son funciones del Despacho del Director General del Departamento Nacional de Planeación, además de las señaladas en la Ley 489 de 1998, las siguientes:

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